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POLITICA

AUH: cuándo cobro la Asignación por Hijo de marzo si mi DNI termina en 9

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La Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) informó que los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que tienen el DNI terminado en 9 reciben su prestación el jueves 21 de marzo, según lo establecido por el calendario de pagos del tercer mes de 2024. Esto se debe a que la entrega de todas las prestaciones sociales habitualmente se hace a lo largo del mes, según el documento de los beneficiarios.

La Asignación Universal por Hijo está destinada a las madres, padres o titulares que vivan con menores de 18 años y cumplan con determinados requisitos. Esta ayuda funciona desde hace 13 años y constituye una de las de mayor alcance: es percibida por 2,5 millones de familias, las cuales en promedio tienen menos de dos niños; por lo tanto, llega a 4,3 millones de menores en total.

Los beneficiarios de la AUH tendrán un aumento en sus haberes este mes

En marzo, los beneficiarios de esta asignación reciben un incremento del 27,18 por ciento, dado por el reajuste de la Ley de Movilidad, que se otorga de manera trimestral. De esa forma, esta prestación llegará a $52.554. Sin embargo, vale recordar que el monto percibido por la AUH mensualmente es de $42.043,20, ya que es una de las prestaciones de Anses en la que se abona el 80 por ciento del total anual. El titular debe acreditar hacia el final del ciclo lectivo la asistencia escolar del alumno y presentar los certificados de salud para poder recibir el 20 por ciento restante.

Cómo presentar la Libreta AUH

Quienes cobren la Asignación Universal por Hijo tienen tiempo los primeros meses para presentar la Libreta AUH completa en las oficinas del organismo, a la que pueden ir sin turno previo. Aunque normalmente la fecha límite es el último mes del año, el Gobierno abrió la posibilidad de presentar el formulario del año pasado desde el 15 de enero al 31 de marzo de 2024 de forma online, sin necesidad de acercarse a una de las oficinas del organismo. En esta ocasión, el trámite se realiza a través de Mi Anses.

Mediante este trámite se debe acreditar la condición de alumno regular y los controles de salud de los niños y adolescentes que la perciben. De este modo se habilita el cobro del 20 por ciento acumulado del año anterior.

Libreta de Asignación Universal – Fuente: YouTube

Pasos para presentar la Libreta AUH

  • Descargar el formulario Libreta (PS.1.47) desde el apartado Mi Anses, con la Clave de la Seguridad Social.
  • Imprimirlo o retirarlo en la oficina de Anses más cercana al domicilio.
  • Llevarlo al centro de salud y a la escuela para que sea cumplimentado y firmado.
  • Presentarlo completo junto al DNI del titular y grupo familiar.

El calendario completo de marzo de la Anses

El cronograma de pagos completo de la Anses para el mes de marzo

Jubilaciones y pensiones que no superen los haberes mínimos

  • DNI terminados en 0: 8 de marzo
  • DNI terminados en 1: 11 de marzo
  • DNI terminados en 2: 12 de marzo
  • DNI terminados en 3: 13 de marzo
  • DNI terminados en 4: 14 de marzo
  • DNI terminados en 5: 15 de marzo
  • DNI terminados en 6: 15 de marzo
  • DNI terminados en 7: 18 de marzo
  • DNI terminados en 8: 19 de marzo
  • DNI terminados en 9: 20 de marzo

Jubilaciones y pensiones que superen los haberes mínimos

  • DNI terminados en 0 y 1: 21 de marzo
  • DNI terminados en 2 y 3: 22 de marzo
  • DNI terminados en 4 y 5: 25 de marzo
  • DNI terminados en 6 y 7: 26 de marzo
  • DNI terminados en 8 y 9: 27 de marzo

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

  • DNI terminados en 0: 8 de marzo
  • DNI terminados en 1: 11 de marzo
  • DNI terminados en 2: 12 de marzo
  • DNI terminados en 3: 13 de marzo
  • DNI terminados en 4: 14 de marzo
  • DNI terminados en 5: 15 de marzo
  • DNI terminados en 6: 18 de marzo
  • DNI terminados en 7: 19 de marzo
  • DNI terminados en 8: 20 de marzo
  • DNI terminados en 9: 21 de marzo

Asignación por Embarazo

  • DNI terminados en 0: 11 de marzo
  • DNI terminados en 1: 12 de marzo
  • DNI terminados en 2: 13 de marzo
  • DNI terminados en 3: 14 de marzo
  • DNI terminados en 4: 15 de marzo
  • DNI terminados en 5: 18 de marzo
  • DNI terminados en 6: 19 de marzo
  • DNI terminados en 7: 20 de marzo
  • DNI terminados en 8: 21 de marzo
  • DNI terminados en 9: 22 de marzo

Asignación por Prenatal y Maternidad

  • DNI terminados en 0 y 1: 12 de marzo
  • DNI terminados en 2 y 3: 13 de marzo
  • DNI terminados en 4 y 5: 14 de marzo
  • DNI terminados en 6 y 7: 15 de marzo
  • DNI terminados en 8 y 9: 18 de marzo

Asignaciones de Pago Único

  • Todas las terminaciones de documento: 7 de marzo al 9 de abril

Pensiones No Contributivas

  • DNI terminados en 0 y 1: 1 de marzo
  • DNI terminados en 2 y 3: 4 de marzo
  • DNI terminados en 4 y 5: 5 de marzo
  • DNI terminados en 6 y 7: 6 de marzo
  • DNI terminados en 8 y 9: 7 de marzo

Asignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas

  • Todas las terminaciones de documento: 8 de marzo al 9 de abril

Prestación por Desempleo

  • DNI terminados en 0 y 1: 21 de marzo
  • DNI terminados en 2 y 3: 22 de marzo
  • DNI terminados en 4 y 5: 25 de marzo
  • DNI terminados en 6 y 7: 26 de marzo
  • DNI terminados en 8 y 9: 27 de marzo

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POLITICA

El Gobierno eliminó una exigencia para habilitar centros y servicios de salud mental y adicciones

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El Gobierno modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental publicado en diciembre del año pasado, pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández. A través de una resolución de las autoridades sanitarias, se eliminó una consulta vinculante con una comisión especial –que pasará a tener un rol consultivo– para agilizar esos trámites, de acuerdo con el texto publicado hoy en el Boletín Oficial.

La resolución precedente (4107/23) provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones, ya que establecía que para la habilitación y fiscalización de los establecimientos debía realizarse una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos”, señalaron desde el Ministerio de Salud. “Esta situación –continuaron– no se correspondía con lo establecido por la norma superior vigente, la Ley Nacional de Salud Mental 26.657. Por lo tanto, la modificación obedece no solo a ubicar la resolución acorde al artículo 34 [de la ley de salud mental], sino a efectivizar el procedimiento de forma eficiente y expeditiva”.

Por ese artículo de la legislación sancionada por el Congreso en 2010, la cartera sanitaria, como autoridad de aplicación, es responsable de fijar “en consulta con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y con la colaboración de las jurisdicciones” los requisitos de habilitación y fiscalización de los servicios de atención de salud mental en el sector público, privado y las obras sociales.

Para el Gobierno, la Resolución 6155/2024 también adapta ahora esas tareas a la simplificación de procesos en el Estado prevista en la Ley Bases. “Adecua el procedimiento de habilitaciones de estos dispositivos [por los lugares de atención especializada] a fin de garantizar un procedimiento administrativo ágil, dinámico y diligente”, plantean en Salud. Y consideran, a la vez, que “fortalece la red de servicios” al crear “los dispositivos comunitarios necesarios”. La definición de esos servicios incluye la atención de las adicciones y a los equipos interdisciplinarios “para la continuidad de cuidados y la externación sustentable”.

Este conjunto de “normas mínimas” para la habilitación y el control de los establecimientos y los servicios de salud mental y consumos rige para los lugares de atención ambulatoria (consultorios o gabinetes, centros, hospitales de día con/sin internación o comunitarios, emprendimientos de inclusión sociolaboral y servicios de atención domiciliaria), dispositivos residenciales (con apoyo bajo, moderado o alto y estancia transitoria o prolongada) y lugares con internación (servicios de salud mental en hospitales, clínicas o sanatorios).

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Dictamen consultivo

De acuerdo con la resolución de diciembre del año pasado firmada por la exministra Carla Vizzotti, el trámite de habilitación empezaba –como en la nueva resolución– con la solicitud de habilitación del administrador de la institución, centro o servicio vía la plataforma online de trámites a distancia oficial.

Pero si bien la autorización para funcionar también la tramitaba la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, dentro del Ministerio de Salud, la evaluación inicial de las solicitudes debía ser “en conjunto” con la Comisión Permanente de Trabajo y Asistencia Técnica para la Implementación de los Estándares de los Servicios de Salud Públicos y Privados. Ahora, de acuerdo con los fundamentos publicados en el Boletín Oficial, esa intervención deja de ser vinculante y pasa a ser consultiva cuando así sea requerida.

Esa comisión permanente de trabajo se formó por una resolución de 2022 con tres representantes designados por Salud y otros tres por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Quedaban exceptuados de su intervención solo los consultorios de salud mental, en cuya habilitación participaba únicamente la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

El procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental había sido establecido pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández por la entonces ministra Carla Vizzotti

Con la modificación publicada hoy, sus miembros intervendrán “en caso de que existan incongruencias con los estándares fijados” en un anexo de la resolución y a requerimiento de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental y Consumos Problemáticos para “asistencia técnica, colaboración e intervención”.

En esos casos, una vez finalizada la inspección del lugar a habilitar, la comisión tendrá que emitir opinión “sobre el cumplimiento de los estándares normados” en 30 días hábiles para la administración pública a contar desde la llegada del expediente. Cumplido ese plazo sin esa opinión, regirá el silencio de la administración como en el resto de los procedimientos administrativos del Estado nacional.

Lo mismo se aplica para la fiscalización de los establecimientos y servicios de salud mental y consumos problemáticos, como lo define la nueva resolución, que reemplaza a la 4107 de diciembre del año pasado.

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Antes, ese dictamen pasaba a la Dirección Nacional de Abordaje Integral de la Salud Mental y Consumos Problemáticos para remitir el expediente de nuevo a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras para continuar el trámite de habilitación.

Esta nueva normativa promueve una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental, lo que hace necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, con el objetivo de alcanzar la inclusión socio-comunitaria de las personas y garantizar una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos”, argumentan en el ministerio a cargo de Mario Lugones.

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