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POLITICA

El Gobierno ofrece terminar obras en las provincias a cambio del apoyo al DNU y a la Ley Ómnibus

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En una nueva ronda de negociaciones con los gobernadores, el Gobierno ofrece terminar obras en las provincias a cambio del apoyo al DNU y a la Ley Ómnibus. Según pudo saber TN, el Ejecutivo sumó a la mesa de negociación la posibilidad de terminar construcciones avanzadas y que los mandatarios consideren prioritarias en sus distritos.

Es una iniciativa que ya había encabezado el exministro de Infraestructura, Guillermo Ferraro, y su equipo, pero que quedó en pausa tras su salida del gabinete. Lo que no tiene definido el oficialismo es el porcentaje de avance de las obras que continuarán.

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En el Gobierno aseguraron que la elección de proyectos a terminar no es lineal y que apuntan a avanzar sobre los que consideren “de emergencia”, como cárceles y los trabajos de Seguridad Vial.

“No son obras nuevas, sino que se trata de las que ya están avanzadas y tienen financiamiento internacional o son de emergencia. No son de escala municipal. Hay que ver caso por caso. Si tienen un avance del 80%, se van a terminar”, expresó un funcionario.

Los gobernadores se reunieron con Francos y le pidieron fondos:
Los gobernadores se reunieron con Francos y le pidieron fondos: «Las provincias sufrimos gran parte de los recortes». (Foto: NA)

Esta iniciativa la planteó ayer el Ejecutivo en la reunión con los gobernadores del norte en la provincia de Salta. Estuvieron el ministro de Interior, Guillermo Francos, el vicejefe de gabinete, José “Cochi” Rolandi, el secretario de Interior, Lisandro Catalán, el titular de Provincias y Municipios de la Nación, Javier Milano, y el secretario de Hacienda, Carlos Guberman.

De los mandatarios, participaron Raúl Jalil (Catamarca), Leandro Zdero (Chaco), Gustavo Valdés (Corrientes), Gildo Insfrán (Formosa), Carlos Sadir (Jujuy), Ricardo Quintela (La Rioja), Hugo Passalacqua (Misiones), Gustavo Sáenz (Salta), Gerardo Zamora (Santiago Del Estero) y Osvaldo Jaldo (Tucumán).

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Los gobernadores insistieron con el Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), los subsidios al transporte y a la energía y la situación de las obras públicas nacionales. En este último punto tuvieron incidencia el secretario general del Consejo Federal de Inversiones (CFI), Ignacio Lamothe, y el administrador del ENOHSA, Bartolomé Heredia.

Según pudo saber TN, los funcionarios del Ejecutivo escucharon las obras que los mandatarios consideran de mayor importancia y quedaron en revisar su avance para terminarlas. La oferta se extendrá también para el resto de las reuniones.

La reunión entre el gobierno nacional y los gobernadores (Foto: Twitter/@madorni).
La reunión entre el gobierno nacional y los gobernadores (Foto: Twitter/@madorni).

El Gobierno tiene en agenda una reunión con los gobernadores de Juntos por el Cambio -PRO y UCR- el 4 de abril y no descarta un encuentro reducido con algunos de los mandatarios patagónicos en el corto plazo; se habla de una visita a la Casa Rosada de Rolando Figueroa (Neuquén).

Francos estuvo el lunes con el bloque de Diputados del PRO junto a Jorge Macri y prepara cumbres separadas con la Unión Cívica Radical y la bancada que preside Miguel Ángel Pichetto, Hacemos Coalición Federal.

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El oficialismo quiere sumar dentro de las negociaciones por la Ley Ómnibus y el DNU 70/2023 a la reforma laboral que tiene inhabilitada la Justicia. Quieren incluirla en el proyecto en el plenario de comisiones, que esperan que sea a mediados de abril.

En la Casa Rosada reconocen a la restitución de la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias como el punto más tenso y trabado de la negociación. Hay puja por las escalas y por la actualización por inflación. “Cada gobernador quiere algo distinto”, expresó a TN un funcionario.



Gobierno, Obra Pública, Gobernadores, Ley Ómnibus

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La Corte Suprema declaró constitucional la ley que obliga a usar cinturón de seguridad en todo el país

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes por unanimidad el uso obligatorio del cinturón de seguridad en todo el país. El incumplimiento del mismo será sancionado como una falta vial, es por ello que quienes no lo utilicen podrán ser multados.

En noviembre de 2014, un control de tránsito detuvo a un conductor, llamado por sus siglas D.S.G, cuando circulaba por la intersección de Acceso Norte y Reconquista, en el departamento mendocino de Las Heras. Tal como indica la norma provincial, al advertir que no llevaba puesto el cinturón, el oficial de tránsito le hizo una multa.

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Es por ello que D.S.G planteó la inconstitucionalidad de la ley que lo obligaba a usar cinturón cuando se desplazaba en la calle como único ocupante del vehículo. Sostuvo que, en esas condiciones, utilizar o no cinturón era una acción que no afectaba a terceros y debía quedar exenta de control estatal, en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional. Este artículo 19 dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.

Los conductores que no utilicen cinturón de seguridad serán multados. Es una norma que rige para todo el país. (Foto: GCBA)

Por unanimidad, la Corte rechazó este planteo de D.S.G y convalidó hoy la constitucionalidad del uso obligatorio del cinturón. Con diferentes votos, los jueces coincidieron en que las normas que regulan el tránsito vehicular buscan coordinar la acción de diferentes actores que interactúan entre sí.

En el caso puntual, señalaron que el uso obligatorio del cinturón se justificaba en la prevención de un riesgo a terceros. En el caso de si se produce un accidente, la falta del conductor puede aumentar las probabilidades de pérdida de control de su auto y, por ende, afectar directamente a terceros.

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En su sentencia, la Corte reafirmó su línea jurisprudencial que protege constitucionalmente las acciones privadas de la intervención estatal, pero indicó que el planteo de D.S.G se encuentra por fuera de la citada protección.

La Corte recordó que “la protección de la salud (tal el objetivo de la cláusula local que considera falta grave conducir sin cinturón y cabezales de seguridad, instrumentos diseñados para sujetar y mantener en su asiento a un ocupante de un vehículo si ocurre un accidente, con el fin de que no se lesione al hacer de freno del cuerpo frente a la brusca desaceleración producida por el impacto) tiene consagración jurídica en épocas relativamente recientes y está vinculada al llamado Estado de Bienestar”. También, que “la tutela de la salud en el específico ámbito vial, el problema de la indiferencia o de la atención jurídica por las consecuencias de la actividad ha tenido distintas etapas de regulación”.

La defensa del conductor que inició el reclamo y la contundente respuesta de la Corte

En su examen, el Máximo Tribunal dijo que D.S.G, en su presentación, sostiene que frente al derecho a la salud hay otro derecho a la “no salud” que, encuadrado dentro de la elección personal de la forma de vida (y eventualmente de muerte), tiene la misma entidad y reclama similar tutela jurídica.

En ese marco, la Corte recorrió su doctrina relativa a los alcances del artículo 19 que “asegura a cada persona un ámbito de libertad en el cual ella es soberana para adoptar decisiones fundamentales que hacen a su plan de vida, incluso cuando sus creencias legítimas la conducen a anteponer otro valor por sobre su propia vida”. Asimismo, remarcó que “la reserva de este ámbito de autonomía constituye un rasgo característico de nuestro orden constitucional”.

La Corta, además, explicó que “la obligación del uso del cinturón de seguridad en la vía pública –cuyo incumplimiento es sancionado como una falta– no resulta una interferencia indebida en la autonomía individual, ya que lo que procura es la prevención de un riesgo cierto de daño a terceros, que es una de las hipótesis previstas por el mencionado artículo 19 para habilitar la intervención estatal y la jurisdicción de los magistrados”.

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El recurrente, señaló el Máximo Tribunal, “sostiene que el uso obligatorio del cinturón agravia sus convicciones liberales –incluso cuando otros las reputen imprudentes- pero en su presentación no refuta el riesgo a terceros en que la sentencia del tribunal local justifica la validez de ese deber”. Se trata, de acuerdo a lo que apuntó la Corte, de “terceros que también tienen convicciones y para cuyo ejercicio requieren gozar de la vida; una vida que puede peligrar por la actitud omisiva de conductores como el recurrente de estos autos”.

Por ello, entendió que “el obrar del actor está incurso dentro de las acciones y omisiones sujetos a la regulación estatal, la que, en este caso, está plasmada en la ley provincial de tránsito y en un plan general de seguridad vial”.

Corte Suprema, cinturón de seguridad, Ley

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