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Condenan a prisión en Córdoba a un ex intendente kirchnerista y a su hermano por corrupción

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En una decisión unánime, la Justicia cordobesa dictaminó la condena del exintendente de Cosquín, el kirchnerista Marcelo Gustavo Villanueva, a cinco años y seis meses de prisión por el delito de malversación de caudales públicos agravada.

El veredicto también incluyó una serie de sanciones adicionales, como inhabilitaciones y multas, tanto para Villanueva como para su hermano, Eduardo José Villanueva, exsecretario de Economía y Finanzas de la municipalidad, que recibió cuatro años y seis meses de condena

Los hechos por los cuales fueron juzgados los hermanos militantes del kirchnerismo cordobés se remontan al período comprendido entre 2009 y 2011, durante la gestión de Villanueva al frente del municipio.

Según la acusación que se dio por probada en el juicio, los hermanos desviaron fondos destinados a importantes proyectos de infraestructura, como la construcción de la red de distribución domiciliaria de gas natural y el mantenimiento de edificios escolares provinciales. Dichos fondos, provenientes del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación Argentina, fueron utilizados para fines distintos a los estipulados, lo que constituyó un acto de corrupción según lo determinado por la justicia.

El proceso judicial, que se extendió por varios años, culminó con la emisión del fallo condenatorio, que será fundamentado el próximo 22 de abril. A pesar de la sentencia, el abogado defensor de los Villanueva, Pedro Despouy, anunció su intención de apelar la decisión, argumentando que las pruebas presentadas no fueron correctamente analizadas por el jurado popular y que existen evidencias que respaldan la inocencia de sus clientes.

Quién es Marcelo Villanueva, el intendente condenado por corrupto

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Marcelo Villanueva, quien asumió la intendencia de Cosquín en 2003 y fue reelecto en dos ocasiones posteriores, mantuvo una estrecha relación política con el expresidente Néstor Kirchner.

Sin embargo, su carrera política se vio empañada por las acusaciones de corrupción que derivaron en su destitución en 2014, luego de una elección revocatoria en la que la mayoría de los ciudadanos votaron a favor de su remoción del cargo.

Marcelo Villanueva gobernó Cosquín en dos períodos con el aval de Néstor Kirchner.Marcelo Villanueva gobernó Cosquín en dos períodos con el aval de Néstor Kirchner.

El jefe comunal supo ser cercano a César Santos Gerardo del Corazón de Jesús Milani, jefe del Ejército en tiempos de Cristina Kirchner presidenta, militar que fuera investigado tanto por enriquecimiento ilícito como por acusaciones de violaciones a los derechos humanos en tiempos de la dictadura, además de ser sospechado de haber montado un red de espionaje paralela en el propio Estado.

En rigor, Villanueva estaba aún más alineado con el hermano del militar, Rodolfo «Rody» Milani, dirigente del PJ de Cosquín.

La investigación y posterior enjuiciamiento estuvieron a cargo del fiscal de Cosquín, Martín Bertone, quien lideró una auditoría contable para esclarecer el destino de los fondos públicos desviados durante la gestión de Villanueva. Por su parte, el fiscal de Cruz del Eje, Daniel Barrera, también imputó al exintendente por malversación de caudales públicos en una causa separada.



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El Gobierno eliminó una exigencia para habilitar centros y servicios de salud mental y adicciones

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El Gobierno modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental publicado en diciembre del año pasado, pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández. A través de una resolución de las autoridades sanitarias, se eliminó una consulta vinculante con una comisión especial –que pasará a tener un rol consultivo– para agilizar esos trámites, de acuerdo con el texto publicado hoy en el Boletín Oficial.

La resolución precedente (4107/23) provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones, ya que establecía que para la habilitación y fiscalización de los establecimientos debía realizarse una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos”, señalaron desde el Ministerio de Salud. “Esta situación –continuaron– no se correspondía con lo establecido por la norma superior vigente, la Ley Nacional de Salud Mental 26.657. Por lo tanto, la modificación obedece no solo a ubicar la resolución acorde al artículo 34 [de la ley de salud mental], sino a efectivizar el procedimiento de forma eficiente y expeditiva”.

Por ese artículo de la legislación sancionada por el Congreso en 2010, la cartera sanitaria, como autoridad de aplicación, es responsable de fijar “en consulta con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y con la colaboración de las jurisdicciones” los requisitos de habilitación y fiscalización de los servicios de atención de salud mental en el sector público, privado y las obras sociales.

Para el Gobierno, la Resolución 6155/2024 también adapta ahora esas tareas a la simplificación de procesos en el Estado prevista en la Ley Bases. “Adecua el procedimiento de habilitaciones de estos dispositivos [por los lugares de atención especializada] a fin de garantizar un procedimiento administrativo ágil, dinámico y diligente”, plantean en Salud. Y consideran, a la vez, que “fortalece la red de servicios” al crear “los dispositivos comunitarios necesarios”. La definición de esos servicios incluye la atención de las adicciones y a los equipos interdisciplinarios “para la continuidad de cuidados y la externación sustentable”.

Este conjunto de “normas mínimas” para la habilitación y el control de los establecimientos y los servicios de salud mental y consumos rige para los lugares de atención ambulatoria (consultorios o gabinetes, centros, hospitales de día con/sin internación o comunitarios, emprendimientos de inclusión sociolaboral y servicios de atención domiciliaria), dispositivos residenciales (con apoyo bajo, moderado o alto y estancia transitoria o prolongada) y lugares con internación (servicios de salud mental en hospitales, clínicas o sanatorios).

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Dictamen consultivo

De acuerdo con la resolución de diciembre del año pasado firmada por la exministra Carla Vizzotti, el trámite de habilitación empezaba –como en la nueva resolución– con la solicitud de habilitación del administrador de la institución, centro o servicio vía la plataforma online de trámites a distancia oficial.

Pero si bien la autorización para funcionar también la tramitaba la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, dentro del Ministerio de Salud, la evaluación inicial de las solicitudes debía ser “en conjunto” con la Comisión Permanente de Trabajo y Asistencia Técnica para la Implementación de los Estándares de los Servicios de Salud Públicos y Privados. Ahora, de acuerdo con los fundamentos publicados en el Boletín Oficial, esa intervención deja de ser vinculante y pasa a ser consultiva cuando así sea requerida.

Esa comisión permanente de trabajo se formó por una resolución de 2022 con tres representantes designados por Salud y otros tres por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Quedaban exceptuados de su intervención solo los consultorios de salud mental, en cuya habilitación participaba únicamente la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

El procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental había sido establecido pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández por la entonces ministra Carla Vizzotti

Con la modificación publicada hoy, sus miembros intervendrán “en caso de que existan incongruencias con los estándares fijados” en un anexo de la resolución y a requerimiento de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental y Consumos Problemáticos para “asistencia técnica, colaboración e intervención”.

En esos casos, una vez finalizada la inspección del lugar a habilitar, la comisión tendrá que emitir opinión “sobre el cumplimiento de los estándares normados” en 30 días hábiles para la administración pública a contar desde la llegada del expediente. Cumplido ese plazo sin esa opinión, regirá el silencio de la administración como en el resto de los procedimientos administrativos del Estado nacional.

Lo mismo se aplica para la fiscalización de los establecimientos y servicios de salud mental y consumos problemáticos, como lo define la nueva resolución, que reemplaza a la 4107 de diciembre del año pasado.

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Antes, ese dictamen pasaba a la Dirección Nacional de Abordaje Integral de la Salud Mental y Consumos Problemáticos para remitir el expediente de nuevo a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras para continuar el trámite de habilitación.

Esta nueva normativa promueve una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental, lo que hace necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, con el objetivo de alcanzar la inclusión socio-comunitaria de las personas y garantizar una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos”, argumentan en el ministerio a cargo de Mario Lugones.

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