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Horóscopo: las predicciones de Jimena La Torre para la semana del 21 al 27 de abril

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Jimena La Torre dio el horóscopo para esta semana, que va del domingo 21 al sábado 27 de abril. A través de un video subido a su canal de YouTube, la especialista en artes esotéricas y astróloga adelantó lo que le deparan los astros a cada signo del Zodíaco para los próximos días. Además, puntualizó cuál es la carta de la suerte del Tarot que les tocó para esta semana.

“Esta semana la Luna transita los signos Libra hasta ubicándose el fin de semana en el signo de Sagitario. Pasará por el signo de Escorpio en su fase de llena, que cae el día 23″, informó La Torre. Además, indicó que ya en estos días Mercurio abandonara su tránsito retrógrado para seguir directo por el signo de Aries y que Venus entra directo en Tauro. “También tenemos la conjunción de Júpiter-Urano en Tauro”, agregó en cuanto los movimientos planetarios de la semana.

Las predicciones de cada signo del zodíaco para esta semana, según Jimena La Torre

Aries (del 21 de marzo al 20 de abril)

La Luna llena en Escorpio activa las emociones de los arianos y los ayuda a tener los mejores deseos de amor. También les permite ordenarse a nivel material y profesional.

  • Carta de la suerte: Ocho de Oros. “Recibís justicia a favor en el dinero y te sentís en armonía con tu trabajo”.

Tauro (del 21 de abril al 20 de mayo)

El Sol está en Tauro en estos días

La Luna llena en el signo opuesto hace posible para los nacidos bajo este signo de Tierra que mejoren mucho la búsqueda de pareja y lo ayuda a encontrarla.

  • Carta de la suerte: Caballo de Bastos. “Tenés las expectativas en destacarte, acelerar y mejorar”.

Géminis (del 21 de mayo al 21 de junio)

Esta semana se ordenan los regidos por el signo de los gemelos para darle tiempo a sus deseos, puesto que se sentirán con seguridad y podrán hablar con su pareja mucho más.

  • Carta de la suerte: El Mundo. “Sabés cómo obtener lo que querés para viajar, mudarte o sentirte feliz en tu mundo”.

Cáncer (del 22 de junio al 22 de julio)

La Luna llena en tu signo más amigo, como es el caso de Escorpio, dará encuentros afectivos excelentes que ayudarán a los cancerianos a salir de su encierro interior.

  • Carta de la suerte: As de Oros. “Recibís noticias que ni te imaginás respecto al dinero. Premios inesperados”.

Leo (del 23 de julio al 22 de agosto)

La Luna llena en un signo de Agua es un tránsito un tanto incómodo para Leo, por lo que puede que se detengan un poco o bastante los planes y cambie su humor. En tanto, tomarán decisiones en el trabajo que los llevarán a un proyecto muy positivo. A su vez, eligen entre esas propuestas que se habían dejado atrás.

  • Carta de la suerte: Siete de espadas. “Tomás con decisión imperiosa la espada de la justicia y cortás con lo que no te hace bien”.

Virgo (del 23 de agosto al 22 de septiembre)

Los virginianos tienen en alguna parte el amor, pero está escondido. Con la Luna llena en un signo de Agua, lo podrán encontrar en el trabajo y el dinero. Toman compromisos con lo que sirve de verdad en lo profesional.

  • Carta de la suerte: Caballero de Oros. “Pisás fuerte sobre tus proyectos reales de dinero”.

Libra (del 23 de septiembre al 22 de octubre)

Con la Luna llena en el signo que le sigue, Escorpio, aparecen propuestas de amor que harán a los nacidos bajo el signo de las balanzas dar el primer paso con éxito.

  • Carta de la suerte: La Templanza. “Evaluá con tranquilidad, sin cambiar la estructura que te sostiene, contemplando las situaciones”.

Escorpio (del 23 de octubre al 22 de noviembre)

Esta semana habrá Luna llena en Escorpio

Con la Luna llena en su signo esta semana, es importante que los escorpianos disfruten de aquellas personas que aman su energía. El Sol en Tauro, su eje complementario, señala que es su tiempo para aprovechar, pasarla super bien y empezar a avanzar, a pesar de las oposiciones.

  • Carta de la suerte: Caballero de Espadas. “Conquistás todo y se abren muchas puertas”.

Sagitario (del 23 de noviembre al 21 de diciembre)

La Luna llena en su signo anterior obliga al centauro a mirar para atrás en sus planes de trabajo. Se animan a dar un paso en el amor por la persona que realmente desea.

  • Carta de la suerte: Cinco de Copas. “Tomas fuerzas y peleas por lo que deseas hacia final de la semana”.

Capricornio (del 22 de diciembre al 20 de enero)

Durante esta semana, los capricornianos recibirán invitaciones para nuevas actividades. La Luna llena en un signo de Agua activa sus emociones y los hace salir del encierro que estaban a nivel emocional.

  • Carta de la suerte: La Templanza. “Reciben los llamados que están esperando, sobre todo en el amor”.

Acuario (del 21 de enero al 19 de febrero)

La Luna llena estará en un signo que afín en el amor, pero no tanto en el trabajo. Por lo tanto, es indispensable que sus nacidos se apoyen en la familia. De todos modos, mejoran sus expectativas laborales y profesionales.

  • Carta de la suerte: As de Oros. “Es un comienzo para que inviertas en el trabajo”.

Piscis (del 20 de febrero al 20 de marzo)

La posición de la Luna llena en otro signo de Agua ayudará a los regidos por el signo de los dos peces a mejorar el diálogo con los integrantes de su equipo laboral. Se convertirán en un gran guía durante estos días.

  • Carta de la suerte: El Sacerdote. “Compartís tu sabiduría y luz solo con quien se lo merece”.


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La Corte Suprema declaró constitucional la ley que obliga a usar cinturón de seguridad en todo el país

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes por unanimidad el uso obligatorio del cinturón de seguridad en todo el país. El incumplimiento del mismo será sancionado como una falta vial, es por ello que quienes no lo utilicen podrán ser multados.

En noviembre de 2014, un control de tránsito detuvo a un conductor, llamado por sus siglas D.S.G, cuando circulaba por la intersección de Acceso Norte y Reconquista, en el departamento mendocino de Las Heras. Tal como indica la norma provincial, al advertir que no llevaba puesto el cinturón, el oficial de tránsito le hizo una multa.

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Es por ello que D.S.G planteó la inconstitucionalidad de la ley que lo obligaba a usar cinturón cuando se desplazaba en la calle como único ocupante del vehículo. Sostuvo que, en esas condiciones, utilizar o no cinturón era una acción que no afectaba a terceros y debía quedar exenta de control estatal, en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional. Este artículo 19 dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.

Los conductores que no utilicen cinturón de seguridad serán multados. Es una norma que rige para todo el país. (Foto: GCBA)

Por unanimidad, la Corte rechazó este planteo de D.S.G y convalidó hoy la constitucionalidad del uso obligatorio del cinturón. Con diferentes votos, los jueces coincidieron en que las normas que regulan el tránsito vehicular buscan coordinar la acción de diferentes actores que interactúan entre sí.

En el caso puntual, señalaron que el uso obligatorio del cinturón se justificaba en la prevención de un riesgo a terceros. En el caso de si se produce un accidente, la falta del conductor puede aumentar las probabilidades de pérdida de control de su auto y, por ende, afectar directamente a terceros.

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En su sentencia, la Corte reafirmó su línea jurisprudencial que protege constitucionalmente las acciones privadas de la intervención estatal, pero indicó que el planteo de D.S.G se encuentra por fuera de la citada protección.

La Corte recordó que “la protección de la salud (tal el objetivo de la cláusula local que considera falta grave conducir sin cinturón y cabezales de seguridad, instrumentos diseñados para sujetar y mantener en su asiento a un ocupante de un vehículo si ocurre un accidente, con el fin de que no se lesione al hacer de freno del cuerpo frente a la brusca desaceleración producida por el impacto) tiene consagración jurídica en épocas relativamente recientes y está vinculada al llamado Estado de Bienestar”. También, que “la tutela de la salud en el específico ámbito vial, el problema de la indiferencia o de la atención jurídica por las consecuencias de la actividad ha tenido distintas etapas de regulación”.

La defensa del conductor que inició el reclamo y la contundente respuesta de la Corte

En su examen, el Máximo Tribunal dijo que D.S.G, en su presentación, sostiene que frente al derecho a la salud hay otro derecho a la “no salud” que, encuadrado dentro de la elección personal de la forma de vida (y eventualmente de muerte), tiene la misma entidad y reclama similar tutela jurídica.

En ese marco, la Corte recorrió su doctrina relativa a los alcances del artículo 19 que “asegura a cada persona un ámbito de libertad en el cual ella es soberana para adoptar decisiones fundamentales que hacen a su plan de vida, incluso cuando sus creencias legítimas la conducen a anteponer otro valor por sobre su propia vida”. Asimismo, remarcó que “la reserva de este ámbito de autonomía constituye un rasgo característico de nuestro orden constitucional”.

La Corta, además, explicó que “la obligación del uso del cinturón de seguridad en la vía pública –cuyo incumplimiento es sancionado como una falta– no resulta una interferencia indebida en la autonomía individual, ya que lo que procura es la prevención de un riesgo cierto de daño a terceros, que es una de las hipótesis previstas por el mencionado artículo 19 para habilitar la intervención estatal y la jurisdicción de los magistrados”.

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El recurrente, señaló el Máximo Tribunal, “sostiene que el uso obligatorio del cinturón agravia sus convicciones liberales –incluso cuando otros las reputen imprudentes- pero en su presentación no refuta el riesgo a terceros en que la sentencia del tribunal local justifica la validez de ese deber”. Se trata, de acuerdo a lo que apuntó la Corte, de “terceros que también tienen convicciones y para cuyo ejercicio requieren gozar de la vida; una vida que puede peligrar por la actitud omisiva de conductores como el recurrente de estos autos”.

Por ello, entendió que “el obrar del actor está incurso dentro de las acciones y omisiones sujetos a la regulación estatal, la que, en este caso, está plasmada en la ley provincial de tránsito y en un plan general de seguridad vial”.

Corte Suprema, cinturón de seguridad, Ley

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