ECONOMIA
Las prepagas ya permiten adherirte sin recibo de sueldo
Si bien para tener una obra social es necesario tener un trabajo en relación de dependencia o ser monotributista, es distinto en las prepagas
18/05/2024 – 08:22hs
Según estimaciones de especialistas, entre el 40% y el 60% de la economía del país está en negro. Las causas de estos hechos son múltiples, desde la imposibilidad de las PyMEs y pequeños comercios de afrontar las cargas sociales hasta las personas que no registran su actividad laboral, cuando trabajan de forma independiente, para esquivar la presión impositiva del país. Esto genera graves perjuicios como la falta de acceso a la salud y a una jubilación. Sin embargo, actualmente se puede acceder a prepagas sin recibo de sueldo.
¿Cómo puedo contratar una prepaga sin recibo de sueldo?
Las prepagas funcionan como los seguros, es decir, ofrecen servicios de salud a las personas que realicen los respectivos pagos mes a mes. Por este motivo, una de las formas de tener una cobertura de medicina sin recibo de sueldo, evitando el sistema público, es a través de una de estas empresas.
La diferencia que suele existir con respecto a la persona que trabaja en relación de dependencia o es monotributista es el servicio, ya que en esos casos se pueden derivar los aportes obligatorios a la salud, descontándose parte de la cuota y abonando un diferencial. En esta línea, si no trabajás en blanco ni estás inscripto al monotributo, pagarás la cuota de forma independiente.
Para ello, podés utilizar servicios como Elegímejor, ingresando tu edad, el tipo de cobertura deseada (si es para la persona que consulta o se agrega pareja, hijos y/o familiares) y en la opción «Trabajo» elegir «Particular«, indicando que abonarás de forma completa la cobertura escogida.
Muchas empresas de medicina prepaga permiten asociarse de forma particular
De esta forma, al darte de alta, todos los meses deberás pagar la cuota completa de forma particular por el medio de pago que prefieras. Asimismo, es importante recordar que algunas clínicas y hospitales suelen ofrecer coberturas prepagas completas en su institución o red de instituciones, siendo mucho más económicas que una prepaga convencional, aunque solo se limitan a ese lugar.
¿Puedo tener una obra social sin recibo de sueldo?
Para tener una obra social deberás cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar en una actividad laboral registrada, ya sea como trabajador en relación de dependencia o como monotributista;
- Contar con el Comprobante de Empadronamiento (CODEM). El mismo consiste en una constancia en la que figuran los datos del titular de la obra social, su grupo familiar (en el caso de que estén adheridos) y la obra social asignada o elegida.
En otras palabras, deberás contar con una inscripción en el monotributo o trabajar en relación de dependencia. En el caso de que trabajes «en negro» podrás acceder a una obra social adhiriéndote al monotributo social.
El monotributo social, creado por AFIP, te permite acceder a una obra social
Este en un régimen tributario que promueve la inserción de emprendedores y trabajadores en situación de vulnerabilidad, como los que trabajan «en negro», que realizan una única actividad económica por cuenta propia o que, trabajando en relación de dependencia, tienen ingresos brutos inferiores al haber previsional mínimo.
El mismo permite acceder a los siguientes beneficios:
- Emitir facturas;
- Acceder a las prestaciones de una obra social;
- Ingresar al sistema previsional para, en el futuro, contar con una jubilación;
- Ser proveedor del Estado por compra directa.
Desde su creación se ha definido al monotributo social como una herramienta de inclusión, ya que le permite a cualquier ciudadano que quiera iniciar una actividad sin contar con un elevado capital económico y cuya principal herramienta es el capital humano. De esta forma, a través de este instrumento, accede a la «ciudadanía tributaria«.
En otras palabras, se busca que la población históricamente excluida pase a formar parte de la economía registrada. Por otra parte, en el caso de quedarte sin trabajo, si eras un trabajador en relación de dependencia, seguirás manteniendo la cobertura de tu obra social sin la necesidad de pagar durante 90 días desde la fecha de despido o renuncia. El único requisito es que dicha relación laboral haya sido superior a los 3 meses.
Por otra parte, si sos beneficiario del seguro de desempleo, contarás con la cobertura de la obra social para vos y tu grupo familiar primario mientras dure la prestación. Esto incluye a los siguientes grupos:
- Cónyuge o concubino/a
- Hijos solteros hasta 21 años no emancipados
- Hijos solteros mayores de 21 y hasta los 25 años que estén a exclusivo cargo del titular y que cursen estudios regulares con reconocimiento oficial
- Hijos incapacitados de cualquier edad
- Hijos del cónyuge/concubino
- Menores con guarda y tutela acordada por autoridad judicial
Pasado dicho lapso, podrás inscribirte en una prepaga y abonarlo de forma particular o adherirte al monotributo para continuar con la prestación.
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ECONOMIA
El presidente de Guatemala ordena un aumento del 10 % en el salario mínimo Por EFE
Ciudad de Guatemala, 22 dic (.).- El presidente de Guatemala, Bernardo Arévalo de León, anunció este domingo un aumento del 10 % al salario mínimo en el país centroamericano, que pasa a ser ahora de 466 y 483 dólares, dependiendo de la industrial laboral.
Arévalo indicó en un mensaje oficial que la decisión obedece a un «análisis técnico» que se encuentra «fundamentado en estudios económicos nacionales e internacionales».
El aumento del 10 % es el más alto ordenado anualmente por el presidente del país centroamericano y corresponde a las actividades agrícolas y no agrícolas, como señaló el Gobierno.
Por su parte, también fue decretado un aumento del 6 % para las actividades laborales vinculadas a las maquilas y a otros productos de exportación.
Habitualmente, los aumentos del salario mínimo en el presente siglo han sido del 2 al 7 % anuales, como ocurrió por ejemplo en el periodo del anterior presidente, Alejandro Giammattei (2020-2024), quien dictaminó incremento del 4 al 7 % durante su Gobierno.
Con la nueva decisión de Arévalo de León, el salario mínimo en actividades no agrícolas pasará de 3.384 quetzales (439 dólares aproximadamente) a 3.723 quetzales (483 dólares).
Mientras tanto, la actividad agrícola tendrá un nuevo salario mínimo de 3.593 quetzales (466 dólares), superior en 10 % al fijado anteriormente en 3.266 (424 dólares).
Por su parte, la remuneración para las actividades laborales vinculadas a la maquila y las exportaciones, que tuvo un aumento del 6 % ordenado por Arévalo de León, pasó de 3.093 quetzales (401 dólares) a 3.278 quetzales (425 dólares).
Todo ello en la región central del territorio del país centroamericano, que incluye a la Ciudad de Guatemala, ya que en el resto de departamentos (provincias) los salarios mínimos establecidos son menores en un cinco por ciento, de acuerdo a la normativa correspondiente.
Según informes locales y estudios de organismos internacionales, el 59 % de los 18 millones de guatemaltecos vive bajo el umbral de la pobreza y más del 70 % de la población económicamente activa lo hace en la informalidad, es decir sin derechos laborales ni seguridad social.
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