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POLITICA

“La Legislatura de CABA fue declarada culpable por el CódIgo de Edificación que aprobó”

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«Luego de cinco años de que se sancionó el Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nosotros iniciamos un amparo porque decíamos que era regresivo en cuestiones que tenían que ver con accesibilidad y también porque no se había cumplido el proceso de pacificación ciudadana», inició la coordinadora de la Fundación Rumbo, Cecilia García Rizzo.

Desde este aspecto, la mujer explicó que «ese proceso requería que cuando uno hace las audiencias y participa de las distintas instancias pueda ser tenido en cuenta y tenga una respuesta a los planteos que uno hace y que se explicite cuando no sean tenidos en cuenta los mismos».

«Todo esto fue pasando, se sancionó el código en 2018 y después en 2021, en plena pandemia, se hicieron modificaciones donde hubo otra posibilidad más de participar de audiencias y poder modificar aquellas cuestiones que considerábamos regresivas, pero tampoco sucedió de acuerdo a lo que nosotros señalábamos», detalló.

De esta manera, prosiguió su relato: «Entonces, se inició el proceso judicial que fue un proceso largo en el que participó el presidente de Fundación Rumbo que inició la demanda, pero luego se sumaron una serie de actores que fuimos afectados por el código y que tenemos discapacidad, familiares, otras organizaciones relacionadas con derechos humanos, organizaciones vecinales y personalidades».

«En la ley anterior los departamentos tenían una mayor superficie, pero ahora eran más chicos, de 18 m2, a los que se le suman un baño de dos metros cuadrados y un espacio de guardado, lo que hacen a 21 m2 más o menos, es decir que son muy chiquitos», resaltó la entrevistada. Y sumó: «En estos departamentos las personas con discapacidad no entran, no podemos usar los baños y son los que más se construyen y los que más se venden por una cuestión de precio».

Finalmente, concluyó: «Sin embargo, después de cinco años la jueza Liberatori falló a favor de nuestros reclamos, declarando la nulidad de las leyes porque determinó que era inconstitucional ya que en el proceso no se dio cumplimiento a la ley de Audiencias Públicas en lo que refiere a la Constitución de la CABA en relación a la participación ciudadana, donde se expresa que tenemos derecho a decir lo que necesitamos y, a la vez, es obligación de la Legislatura dar una respuesta fundamentada por no acceder a nuestros pedidos, algo que nunca se dio». (www.REALPOLITIK.com.ar)

 

 

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Las 27 tareas que tendrá el ministerio de Desregulación y Transformación del Estado a cargo de Federico Sturzenegger

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El Gobierno de Javier Milei oficializó este viernes a la medianoche la creación del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado que estará a cargo de Federico Sturzenegger, cuya designación quedó estipulada también en la última edición del Boletín Oficial, y precisó cuáles serán las 27 funciones «particulares» que tendrá la cartera que se sumará a las de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; Defensa; Economía; Justicia; Seguridad; Salud; y Capital Humano

«Compete al Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a los cursos de acción para la implementación de la desregulación, reforma y modernización del Estado en miras a redimensionar y reducir el gasto público y aumentar la eficiencia y eficacia de los organismos que conforman la Administración Pública Nacional, la transformación de gestión, la simplificación del Estado, el diseño y ejecución de políticas relativas al empleo público», expresa uno de los artículos que se incorpora a la Ley de Ministerios según lo dispuesto por el Decreto 585/2024.

Federico Sturzenegger, de asesor presidencial a ministro del gobierno de Javier Milei. Foto: Clarín.

Según lo que indica ese documento, al ministerio le competen, «en particular», las siguientes funciones:

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional.

3. Entender, junto con las áreas competentes, en la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional y los proyectos relacionados con la desregulación económica y reforma del Estado.

4. Entender en la simplificación y reducción del Estado, con el objetivo de eliminar tareas innecesarias, duplicadas y/u obsoletas, con la intervención de las áreas competentes.

5. Entender en la elaboración de políticas tendientes a aumentar la competitividad, eliminar cargas burocráticas, facilitar el funcionamiento de los mercados, impulsar el crédito, disminuir regulaciones y controles, aumentar la libertad económica y disminuir los costos del sector privado y productivo, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

6. Impulsar las acciones necesarias para el dictado de actos administrativos que propicien la simplificación y/o supriman las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como aquellas exigencias normativas que distorsionen los precios de mercado, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

7. Participar, junto con las áreas con competencia en la materia, en la revisión de esquemas tributarios, exenciones impositivas y regímenes especiales que generen privilegios o distorsiones en el funcionamiento de los mercados y la economía.

8. Impulsar, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, reformas estructurales que impulsen la creación de empleo privado, el desarrollo económico, la equiparación de las estructuras tributarias y la eliminación de los privilegios.

9. Entender en la elaboración de propuestas para la reorganización del Sector Público Nacional con el objeto de lograr mayor economía, eficiencia, eficacia y racionalización de sus estructuras administrativas y reducir su actual sobredimensionamiento.

10. Proponer a las distintas jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional la implementación de medidas encaminadas a mejorar la calidad y eficiencia de la gestión y el gasto público.

11. Entender en el diseño de políticas que promuevan el perfeccionamiento de la organización y el funcionamiento de la Administración Pública Nacional, con el objetivo de reducir el gasto público y propender a una administración pública moderna y eficiente.

12. Coordinar y controlar las acciones relativas a la reforma, transformación y modernización del Estado que se desarrollen en todos los Ministerios, Secretarías de Presidencia de la Nación y organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional.

13. Entender en la definición y monitoreo de los temas vinculados a la simplificación de trámites y procesos de la Administración Pública Nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados, con especial foco en aquellos concernientes al sector productivo nacional en coordinación con las áreas sustanciales en la materia.

14. Impulsar los principios de calidad regulatoria y la aplicación de estándares internacionales en materia de simplificación y desburocratización de trámites y procesos del Sector Público Nacional.

15. Promover, junto con el Jefe de Gabinete de Ministros, procesos de reforma y modernización que sean transversales al Sector Público Nacional, en coordinación con los sectores públicos provinciales y locales, destinados a impulsar una agenda común de mejora regulatoria que incluya políticas de revisión normativa, desregulación, simplificación y desburocratización, fomentando el uso de herramientas tecnológicas.

16. Proponer el dictado de reglamentos para modificar y/o eliminar trámites y normativas que establezcan una carga administrativa excesiva o que incumplan con la política de calidad regulatoria vigente.

17. Entender en la transformación, modernización y desarrollo de la política de gestión del empleo público tendiendo a la optimización y fortalecimiento de los recursos humanos de la Administración Pública Nacional, junto con las áreas competentes en la materia.

18. Diseñar e implementar el régimen de ingresos del personal, a través de parámetros para el diseño de una carrera pública conforme las negociaciones colectivas de trabajo.

19. Entender en la implementación de las políticas relativas a la mejora estratégica de los recursos humanos y su capacitación, la política salarial del sector público, la promoción y el desarrollo de carrera de los agentes de la Administración Pública Nacional y en la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.

20. Entender en la formulación de políticas nacionales en materia de recursos humanos, procedimiento de selección e ingreso, gestión del empleo público, evaluaciones de desempeño y compensaciones, en el ámbito de su competencia.

21. Colaborar con las áreas competentes de cada Ministerio en la sistematización de los procesos de administración de los recursos humanos de la Administración Pública Nacional, como la liquidación de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y protección de la salud en el trabajo.

22. Intervenir en el diseño, desarrollo e implementación de políticas públicas de fortalecimiento institucional y en la promoción de políticas de integridad en la función pública, en coordinación con los organismos del Estado Nacional con competencias en la materia.

23. Coordinar junto con las áreas competentes, la estrategia y los estándares sobre tecnologías de la información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información de la Administración Pública Nacional.

24. Impulsar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión del Sector Público Nacional.

25. Promover, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, la implementación de los canales y plataformas digitales a fin de alcanzar un gobierno digital y tecnológico al servicio del ciudadano y del sector productivo.

26. Participar en la elaboración y ejecución de políticas vinculadas al desarrollo, uso y fomento del software público, su interoperabilidad, estandarización y reutilización por parte del Estado Nacional.

27. Promover acuerdos con organismos provinciales y locales, en el ámbito de su competencia.

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