POLITICA
Cuál es la mejor manera de medir el ejercicio físico en mujeres, según un estudio
Las investigaciones sobre el avance de la medicina y el desarrollo del cuerpo humano, con el impulso de la tecnología, son constante en el ámbito científico. En esta misma línea, los profesionales de la salud intentan dilucidar los secretos del bienestar diario respecto a qué es lo mejor que podemos hacer para cuidar nuestro cuerpo y mente.
Los científicos del Brigham and Women’s Hospital de Boston se propusieron determinar la relación entre cómo el tiempo que una persona utiliza para realizar actividad física tiene que ver con los beneficios que puede desarrollar para mejorar su sistema inmune y físico.
Un nuevo estudio revela que tanto el tiempo de actividad física moderada a vigorosa (AFMV) como el recuento de pasos diarios son métricas efectivas para reducir la mortalidad y las enfermedades cardiovasculares en mujeres mayores de 60 años. De esta manera, la mejor forma de controlar el ritmo de la actividad física que se realiza es monitoreando los pasos que se dan.
El reciente análisis contó con el estudio de alrededor de 14.400 mujeres mayores de 62 años sin antecedentes de enfermedades cardiovasculares ni cáncer y arrojó luz sobre la importancia de medir la actividad física para la salud. Según los resultados, tanto el tiempo dedicado a la actividad física moderada a vigorosa como el número de pasos diarios tienen una relación significativa con la reducción de la mortalidad por todas las causas.
Es esta línea, los especialistas sugieren que las futuras guías de actividad física, tanto para las mujeres que fueron foco de este estudio como para el resto de las personas, incluyan el control tanto del tiempo de actividad moderada a vigorosa como del recuento de pasos. Esto le permitirá a las personas elegir la velocidad de ejercicio que mejor se adapte a sus preferencias personales y estilo de vida, sin comprometer los beneficios para la salud.
Este estudio respalda y busca incluir metas basadas en el recuento de pasos junto con las expectativas basadas en el tiempo de actividad física en las recomendaciones de salud para mujeres mayores de 60 años. Adaptar las guías de entrenamiento para acomodar tanto el tiempo de actividad como el recuento de pasos puede facilitar una mayor adherencia y, en consecuencia, mejorar la salud y longevidad de esta población.
Los descubrimientos más importantes del estudio
Los principales hallazgos del estudio tienen que ver con la relación entre la medición de la actividad física y el bienestar a largo plazo de las mujeres del rango etéreo estudiado:
- Tiempo de actividad física y recuento de pasos: ambos parámetros mostraron una asociación similar con la reducción de la mortalidad. Las mujeres que realizaban más actividad física moderada a vigorosa o daban más pasos diariamente tenían un menor riesgo de muerte por cualquier causa.
- Mortalidad por todas las causas: los índices de riesgo (HR) por desviación estándar (DE) para la mortalidad fueron de 0,82 para el tiempo de AFMV y de 0,74 para el recuento de pasos.
- Aumento de la supervivencia: las mujeres en los tres cuartiles superiores de actividad física o recuento de pasos vivieron, en promedio, de 2,22 a 2,36 meses más durante un seguimiento de nueve años, en comparación con aquellas en el cuartil inferior.
POLITICA
El Gobierno eliminó una exigencia para habilitar centros y servicios de salud mental y adicciones
El Gobierno modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental publicado en diciembre del año pasado, pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández. A través de una resolución de las autoridades sanitarias, se eliminó una consulta vinculante con una comisión especial –que pasará a tener un rol consultivo– para agilizar esos trámites, de acuerdo con el texto publicado hoy en el Boletín Oficial.
“La resolución precedente (4107/23) provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones, ya que establecía que para la habilitación y fiscalización de los establecimientos debía realizarse una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos”, señalaron desde el Ministerio de Salud. “Esta situación –continuaron– no se correspondía con lo establecido por la norma superior vigente, la Ley Nacional de Salud Mental 26.657. Por lo tanto, la modificación obedece no solo a ubicar la resolución acorde al artículo 34 [de la ley de salud mental], sino a efectivizar el procedimiento de forma eficiente y expeditiva”.
Por ese artículo de la legislación sancionada por el Congreso en 2010, la cartera sanitaria, como autoridad de aplicación, es responsable de fijar “en consulta con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y con la colaboración de las jurisdicciones” los requisitos de habilitación y fiscalización de los servicios de atención de salud mental en el sector público, privado y las obras sociales.
Para el Gobierno, la Resolución 6155/2024 también adapta ahora esas tareas a la simplificación de procesos en el Estado prevista en la Ley Bases. “Adecua el procedimiento de habilitaciones de estos dispositivos [por los lugares de atención especializada] a fin de garantizar un procedimiento administrativo ágil, dinámico y diligente”, plantean en Salud. Y consideran, a la vez, que “fortalece la red de servicios” al crear “los dispositivos comunitarios necesarios”. La definición de esos servicios incluye la atención de las adicciones y a los equipos interdisciplinarios “para la continuidad de cuidados y la externación sustentable”.
Este conjunto de “normas mínimas” para la habilitación y el control de los establecimientos y los servicios de salud mental y consumos rige para los lugares de atención ambulatoria (consultorios o gabinetes, centros, hospitales de día con/sin internación o comunitarios, emprendimientos de inclusión sociolaboral y servicios de atención domiciliaria), dispositivos residenciales (con apoyo bajo, moderado o alto y estancia transitoria o prolongada) y lugares con internación (servicios de salud mental en hospitales, clínicas o sanatorios).
Dictamen consultivo
De acuerdo con la resolución de diciembre del año pasado firmada por la exministra Carla Vizzotti, el trámite de habilitación empezaba –como en la nueva resolución– con la solicitud de habilitación del administrador de la institución, centro o servicio vía la plataforma online de trámites a distancia oficial.
Pero si bien la autorización para funcionar también la tramitaba la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, dentro del Ministerio de Salud, la evaluación inicial de las solicitudes debía ser “en conjunto” con la Comisión Permanente de Trabajo y Asistencia Técnica para la Implementación de los Estándares de los Servicios de Salud Públicos y Privados. Ahora, de acuerdo con los fundamentos publicados en el Boletín Oficial, esa intervención deja de ser vinculante y pasa a ser consultiva cuando así sea requerida.
Esa comisión permanente de trabajo se formó por una resolución de 2022 con tres representantes designados por Salud y otros tres por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Quedaban exceptuados de su intervención solo los consultorios de salud mental, en cuya habilitación participaba únicamente la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
Con la modificación publicada hoy, sus miembros intervendrán “en caso de que existan incongruencias con los estándares fijados” en un anexo de la resolución y a requerimiento de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental y Consumos Problemáticos para “asistencia técnica, colaboración e intervención”.
En esos casos, una vez finalizada la inspección del lugar a habilitar, la comisión tendrá que emitir opinión “sobre el cumplimiento de los estándares normados” en 30 días hábiles para la administración pública a contar desde la llegada del expediente. Cumplido ese plazo sin esa opinión, regirá el silencio de la administración como en el resto de los procedimientos administrativos del Estado nacional.
Lo mismo se aplica para la fiscalización de los establecimientos y servicios de salud mental y consumos problemáticos, como lo define la nueva resolución, que reemplaza a la 4107 de diciembre del año pasado.
Antes, ese dictamen pasaba a la Dirección Nacional de Abordaje Integral de la Salud Mental y Consumos Problemáticos para remitir el expediente de nuevo a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras para continuar el trámite de habilitación.
“Esta nueva normativa promueve una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental, lo que hace necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, con el objetivo de alcanzar la inclusión socio-comunitaria de las personas y garantizar una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos”, argumentan en el ministerio a cargo de Mario Lugones.
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