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POLITICA

Diputados ya fijó fecha para empezar a debatir la baja de la edad de imputabilidad

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El debate sobre la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 13 años, impulsado por el oficialismo, comenzará la próxima semana en la Cámara de Diputados.

En rigor, se abrirá formalmente en un plenario de comisiones la discusión de esta iniciativa que modifica el Régimen Penal Juvenil que, actualmente, se aplica entre los 16 y los 18 años.

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La bancada de La Libertad Avanza junto al PRO decidieron avanzar en el debate del proyecto clave para el Gobierno. Argumentan que se incrementaron los delitos cometidos por menores de 16 años.

El proyecto para bajar la edad a partir de la cual se puede condenar a un menor se discutirá el miércoles 31 a las 12.30 en un plenario de las comisiones de Legislación Penal, Justicia, y de Presupuesto y Hacienda, que presiden Laura Rodríguez Machado (PRO-Córdoba), Manuel Quintar (LLA-Buenos Aires) y José Luis Espert (LLA-Buenos Aires).

El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, durante la presentación del proyecto. (Foto: prensa LLA)

Fuentes parlamentarias de Unión por la Patria informaron que van a pedir que se amplíe el giro a la comisión de Familia, Niñez y Juventudes, que está a cargo de la radical Roxana Reyes.

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El proyecto impulsado por el oficialismo reduce la edad de imputabilidad a los trece años y establece un nuevo Régimen Penal Juvenil para los adolescentes que cometan delitos tipificados en el Código Penal, donde se establece una pena máxima de 20 años y se prohíbe la reclusión perpetua.

En los fundamentos del proyecto, el Gobierno señala que “la situación de los menores en conflicto con la ley penal es uno de los graves problemas que hoy atraviesa la sociedad argentina y su abordaje requiere una solución integral que contemple no solo la cuestión punitiva, sino también medidas estatales que acompañen al adolescente luego, con el objeto de que obtenga un futuro con integración social y trabajo, comprensión y arrepentimiento por la conducta punible perpetrada”.

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Además, en las comisiones hay proyectos presentados por el presidente del bloque del Pro, Cristian Ritondo, por el libertario Álvaro Martínez, por el legislador de Hacemos, Ricardo López Murphy, y otro impulsado desde Unión por la Patria por María Eugenia Alianiello.

La iniciativa impulsada por Unión por la Patria no avanza en la baja de la edad para ser detenido por un delito que son 16 años, pero contempla un mecanismo de sanciones y propuestas para que los menores puedan reinsertarse en la sociedad. Establece como tope una pena de diez años.

En cambio, el proyecto propiciado por el jefe del bloque del Pro, Ritondo, se baja la edad de imputabilidad a los 14 años y estará en un centro especializado para menores hasta que cumpla la mayoría de edad, cuando tendrá que cumplir la misma que les corresponde a los mayores de acuerdo a la gravedad del delito.

El proyecto más duro sobre la baja de la imputabilidad fue presentado por el mendocino de la Libertad Avanza, Álvaro Martínez, que propone prisión de hasta 10 años a los menores entre 12 y 16 años, mientras que aquellos que superan esa edad se le podrá imponer hasta quince años de prisión.

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Diputados, imputabilidad, Congreso de la Nación

POLITICA

El Gobierno eliminó una exigencia para habilitar centros y servicios de salud mental y adicciones

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El Gobierno modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental publicado en diciembre del año pasado, pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández. A través de una resolución de las autoridades sanitarias, se eliminó una consulta vinculante con una comisión especial –que pasará a tener un rol consultivo– para agilizar esos trámites, de acuerdo con el texto publicado hoy en el Boletín Oficial.

La resolución precedente (4107/23) provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones, ya que establecía que para la habilitación y fiscalización de los establecimientos debía realizarse una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos”, señalaron desde el Ministerio de Salud. “Esta situación –continuaron– no se correspondía con lo establecido por la norma superior vigente, la Ley Nacional de Salud Mental 26.657. Por lo tanto, la modificación obedece no solo a ubicar la resolución acorde al artículo 34 [de la ley de salud mental], sino a efectivizar el procedimiento de forma eficiente y expeditiva”.

Por ese artículo de la legislación sancionada por el Congreso en 2010, la cartera sanitaria, como autoridad de aplicación, es responsable de fijar “en consulta con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y con la colaboración de las jurisdicciones” los requisitos de habilitación y fiscalización de los servicios de atención de salud mental en el sector público, privado y las obras sociales.

Para el Gobierno, la Resolución 6155/2024 también adapta ahora esas tareas a la simplificación de procesos en el Estado prevista en la Ley Bases. “Adecua el procedimiento de habilitaciones de estos dispositivos [por los lugares de atención especializada] a fin de garantizar un procedimiento administrativo ágil, dinámico y diligente”, plantean en Salud. Y consideran, a la vez, que “fortalece la red de servicios” al crear “los dispositivos comunitarios necesarios”. La definición de esos servicios incluye la atención de las adicciones y a los equipos interdisciplinarios “para la continuidad de cuidados y la externación sustentable”.

Este conjunto de “normas mínimas” para la habilitación y el control de los establecimientos y los servicios de salud mental y consumos rige para los lugares de atención ambulatoria (consultorios o gabinetes, centros, hospitales de día con/sin internación o comunitarios, emprendimientos de inclusión sociolaboral y servicios de atención domiciliaria), dispositivos residenciales (con apoyo bajo, moderado o alto y estancia transitoria o prolongada) y lugares con internación (servicios de salud mental en hospitales, clínicas o sanatorios).

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Dictamen consultivo

De acuerdo con la resolución de diciembre del año pasado firmada por la exministra Carla Vizzotti, el trámite de habilitación empezaba –como en la nueva resolución– con la solicitud de habilitación del administrador de la institución, centro o servicio vía la plataforma online de trámites a distancia oficial.

Pero si bien la autorización para funcionar también la tramitaba la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, dentro del Ministerio de Salud, la evaluación inicial de las solicitudes debía ser “en conjunto” con la Comisión Permanente de Trabajo y Asistencia Técnica para la Implementación de los Estándares de los Servicios de Salud Públicos y Privados. Ahora, de acuerdo con los fundamentos publicados en el Boletín Oficial, esa intervención deja de ser vinculante y pasa a ser consultiva cuando así sea requerida.

Esa comisión permanente de trabajo se formó por una resolución de 2022 con tres representantes designados por Salud y otros tres por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Quedaban exceptuados de su intervención solo los consultorios de salud mental, en cuya habilitación participaba únicamente la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

El procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental había sido establecido pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández por la entonces ministra Carla Vizzotti

Con la modificación publicada hoy, sus miembros intervendrán “en caso de que existan incongruencias con los estándares fijados” en un anexo de la resolución y a requerimiento de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental y Consumos Problemáticos para “asistencia técnica, colaboración e intervención”.

En esos casos, una vez finalizada la inspección del lugar a habilitar, la comisión tendrá que emitir opinión “sobre el cumplimiento de los estándares normados” en 30 días hábiles para la administración pública a contar desde la llegada del expediente. Cumplido ese plazo sin esa opinión, regirá el silencio de la administración como en el resto de los procedimientos administrativos del Estado nacional.

Lo mismo se aplica para la fiscalización de los establecimientos y servicios de salud mental y consumos problemáticos, como lo define la nueva resolución, que reemplaza a la 4107 de diciembre del año pasado.

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Antes, ese dictamen pasaba a la Dirección Nacional de Abordaje Integral de la Salud Mental y Consumos Problemáticos para remitir el expediente de nuevo a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras para continuar el trámite de habilitación.

Esta nueva normativa promueve una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental, lo que hace necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, con el objetivo de alcanzar la inclusión socio-comunitaria de las personas y garantizar una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos”, argumentan en el ministerio a cargo de Mario Lugones.

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