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POLITICA

La fiscal que inició la investigación contra los hermanos Kiczka aseguró que las imágenes que encontraron son “realmente tremendas”

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La fiscal Daniela Dupuy, a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas (Ufedyci) brindó detalles este lunes sobre el material hallado en la causa que encabezó por pedofilia contra Germán Kiczka y su hermano Sebastián, quienes fueron trasladados a un penal de Misiones situado a unos 50 kilómetros de Apóstoles.

En una entrevista con Eduardo Feinmann en su ciclo Alguien tiene que decirlo (Radio Mitre), la fiscal penal especializada en delitos informáticos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue consultada por las imágenes que se hallaron en los dispositivos de los hermanos imputados: “Nosotros siempre vemos las imágenes con mi equipo y más allá de que trabajamos hace más de 10 años en la temática, nunca dejamos de conmovernos, son realmente tremendas”, comenzó.

“Esta organización ojalá terminara en uno, Guardianes Digitales por la Niñez es una operación más que nosotros venimos llevando hace más de 10 años”, afirmó y explicó que, a pesar de que las investigaciones hacen foco en la Ciudad de Buenos Aires, las alertas son internacionales. “En este caso, vienen a través de un alerta de Coalición de Rescate Infantil [Child Rescue Coalition] y de International Center of Missing Children, que es una ONG con la que siempre solemos trabajar. Ellos trabajan, lógicamente, a nivel internacional, apoyando la prevención de este tipo de organizaciones transnacionales de explotación sexual infantil; no estamos hablando de que esto pasa en Argentina, en Misiones, no. Esta operación, por ejemplo, involucraba a fuerzas del orden de países de Latinoamérica; Guatemala, El Salvador, Honduras, Costa Rica, creo que República Dominicana, Ecuador, Perú, Chile, Colombia y Argentina”, continuó.

En cuanto a si la investigación termina en los hermanos Kiczka o podría haber algún político “fuerte” involucrado, planteó: “Es cuestión de seguir investigando, decir de antemano que puede haber un político, yo como fiscal no lo puedo asegurar; seguramente el juez que interviene y el investigador van a tomar todas las medidas necesarias para profundizar la investigación y llegar a donde se tiene que llegar”. Asimismo, indicó que estos casos no terminan en la persona o con el material que se encuentra en sus dispositivos de almacenamiento informático.

“Una buena investigación implica profundizar y por lo general, y no quiero decir que seguro vaya a ser el caso de estas personas de Misiones, es muy común, de acuerdo a la experiencia que tenemos, que el que tiene, también distribuya, que el que distribuya también produzca y hasta eventualmente se puede llegar a comprobar que se abuse sexualmente o pueda corromper a niños, niñas, y adolescentes con la utilización y producción de este material”, agregó.

Al preguntarle acerca de los métodos de captación de menores como hacían, presuntivamente, los hermanos Kiscka en Misiones, la fiscal aseguró: “Hoy día no es que esto le pasa al que está en otro país, esto puede pasarle a nuestros propios hijos porque la captación, lo más frecuente es que sea a través de WhatsApp, juegos en línea, Instagram, redes sociales, donde las personas que cometen este tipo de delitos captan a los adolescentes, niños, niñas, con una relación de amistad, rompen el hielo diciendo que tienen muchos gustos parecidos y luego terminan consiguiendo que estos adolescentes, niños, niñas, le envíen fotos o videos filmados por los mismos niños, llevando a cabo algún tipo de actividad sexual”.

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“El acusado, la persona, el imputado se hace de todo este material y no solo satisface sus necesidades libidinosas, sino que lo introduce en una red internacional de explotación infantil. Y allí, gracias a la fuerza de la ley porque esto es un trabajo de todo el mundo, no solo de Argentina; como son delitos transnacionales, si no lo atacamos desde operadores y organizaciones de todo el mundo no funciona, no da buen efecto”, contó. En la misma línea, subrayó que se utiliza una base de datos con gran material de abuso sexual infantil que se actualiza con investigaciones de fiscales de todo el mundo.

En consecuencia, cuando comienza a circular material por el “ciberespacio”, la base de datos permite matchear y comparar “a través de un números de hacks que es un algoritmo matemático que se encuentra en cada uno de los archivos y permite decir ‘mira si desde Misiones a Buenos Aires o de Estados Unidos a Misiones están llegando 700 videos de abuso sexual de niños, niñas y adolescentes, ¿lo vemos? no, no lo vemos’. Hoy se puede determinar con este software si lo que está circulando en el ciberespacio es explotación sexual infantil”, detalló sobre la metodología para investigar casos similares.

Por último, le consultaron si la Comisión presidida por Mariano Borinsky, que trabaja en la Reforma del Código Penal, está pensando en actualizar los delitos que tienen que ver con la tecnología. “Esperemos que si”, respondió. “En este caso concreto, la pena mínima son de 4 años. Si la Justicia de Misiones profundiza la investigación, estamos hablando de delito que, si se concursan de manera real y se advierte que han cometido otras conductas hasta aún más graves, estas personas van a llevar muchísimos años en prisión”, concluyó.

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El Gobierno eliminó una exigencia para habilitar centros y servicios de salud mental y adicciones

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El Gobierno modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental publicado en diciembre del año pasado, pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández. A través de una resolución de las autoridades sanitarias, se eliminó una consulta vinculante con una comisión especial –que pasará a tener un rol consultivo– para agilizar esos trámites, de acuerdo con el texto publicado hoy en el Boletín Oficial.

La resolución precedente (4107/23) provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones, ya que establecía que para la habilitación y fiscalización de los establecimientos debía realizarse una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos”, señalaron desde el Ministerio de Salud. “Esta situación –continuaron– no se correspondía con lo establecido por la norma superior vigente, la Ley Nacional de Salud Mental 26.657. Por lo tanto, la modificación obedece no solo a ubicar la resolución acorde al artículo 34 [de la ley de salud mental], sino a efectivizar el procedimiento de forma eficiente y expeditiva”.

Por ese artículo de la legislación sancionada por el Congreso en 2010, la cartera sanitaria, como autoridad de aplicación, es responsable de fijar “en consulta con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y con la colaboración de las jurisdicciones” los requisitos de habilitación y fiscalización de los servicios de atención de salud mental en el sector público, privado y las obras sociales.

Para el Gobierno, la Resolución 6155/2024 también adapta ahora esas tareas a la simplificación de procesos en el Estado prevista en la Ley Bases. “Adecua el procedimiento de habilitaciones de estos dispositivos [por los lugares de atención especializada] a fin de garantizar un procedimiento administrativo ágil, dinámico y diligente”, plantean en Salud. Y consideran, a la vez, que “fortalece la red de servicios” al crear “los dispositivos comunitarios necesarios”. La definición de esos servicios incluye la atención de las adicciones y a los equipos interdisciplinarios “para la continuidad de cuidados y la externación sustentable”.

Este conjunto de “normas mínimas” para la habilitación y el control de los establecimientos y los servicios de salud mental y consumos rige para los lugares de atención ambulatoria (consultorios o gabinetes, centros, hospitales de día con/sin internación o comunitarios, emprendimientos de inclusión sociolaboral y servicios de atención domiciliaria), dispositivos residenciales (con apoyo bajo, moderado o alto y estancia transitoria o prolongada) y lugares con internación (servicios de salud mental en hospitales, clínicas o sanatorios).

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Dictamen consultivo

De acuerdo con la resolución de diciembre del año pasado firmada por la exministra Carla Vizzotti, el trámite de habilitación empezaba –como en la nueva resolución– con la solicitud de habilitación del administrador de la institución, centro o servicio vía la plataforma online de trámites a distancia oficial.

Pero si bien la autorización para funcionar también la tramitaba la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, dentro del Ministerio de Salud, la evaluación inicial de las solicitudes debía ser “en conjunto” con la Comisión Permanente de Trabajo y Asistencia Técnica para la Implementación de los Estándares de los Servicios de Salud Públicos y Privados. Ahora, de acuerdo con los fundamentos publicados en el Boletín Oficial, esa intervención deja de ser vinculante y pasa a ser consultiva cuando así sea requerida.

Esa comisión permanente de trabajo se formó por una resolución de 2022 con tres representantes designados por Salud y otros tres por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Quedaban exceptuados de su intervención solo los consultorios de salud mental, en cuya habilitación participaba únicamente la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

El procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental había sido establecido pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández por la entonces ministra Carla Vizzotti

Con la modificación publicada hoy, sus miembros intervendrán “en caso de que existan incongruencias con los estándares fijados” en un anexo de la resolución y a requerimiento de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental y Consumos Problemáticos para “asistencia técnica, colaboración e intervención”.

En esos casos, una vez finalizada la inspección del lugar a habilitar, la comisión tendrá que emitir opinión “sobre el cumplimiento de los estándares normados” en 30 días hábiles para la administración pública a contar desde la llegada del expediente. Cumplido ese plazo sin esa opinión, regirá el silencio de la administración como en el resto de los procedimientos administrativos del Estado nacional.

Lo mismo se aplica para la fiscalización de los establecimientos y servicios de salud mental y consumos problemáticos, como lo define la nueva resolución, que reemplaza a la 4107 de diciembre del año pasado.

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Antes, ese dictamen pasaba a la Dirección Nacional de Abordaje Integral de la Salud Mental y Consumos Problemáticos para remitir el expediente de nuevo a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras para continuar el trámite de habilitación.

Esta nueva normativa promueve una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental, lo que hace necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, con el objetivo de alcanzar la inclusión socio-comunitaria de las personas y garantizar una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos”, argumentan en el ministerio a cargo de Mario Lugones.

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