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POLITICA

Fracasó la audiencia de conciliación entre Javier Milei y Jorge Fontevecchia

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El presidente Javier Milei no fue este miércoles por la mañana a la audiencia de conciliación con Jorge Fontevecchia, en el juzgado federal de Sebastián Casanello, aunque su abogado Francisco Oneto presentó un escrito «de reposición con apelación en subsidio».

«Javier decidió no presentarse», planteó el abogado de Milei a Clarín. Y agregó: «Eso no tiene significación jurídica alguna. El querellado tiene la opción de no presentarse, porque es inocente y va directo al litigio. No hay ningún tipo de incumplimiento».

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El abogado Oneto explicó que Milei y Fontevecchia «están bastante plantados en su postura, así que no hay posibilidad de acercamiento. Ahora nos tienen que correr traslado por 10 días, para ofrecer pruebas en el juicio. De todos modos, nosotros presentamos una excepción de falta de acción y también que todavía no está resuelta la competencia de Casanello para resolver», planteó Oneto a Clarín.

El abogado de Milei presentó un escrito «para que se revisen las decisiones tomadas en esta causa judicial y, en caso de ser rechazada la ‘reposición’, vaya en apelación a una instancia superior», explicaron fuentes judiciales con acceso a la causa.

Pero luego de fracasada la audiencia de conciliación, este mismo miércoles, el juez Casanello rechazó los recursos de la defensa de Milei. Resolvió rechazar «la reposición interpuesta». Y tampoco «se hará lugar a la apelación», sostuvo Casanello en su resolución judicial, a la que tuvo acceso Clarín.

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Fuentes cercanas al CEO de Perfil anunciaron que avanzarán con la denuncia judicial por “injurias”, ante los reiterados agravios del Presidente, que lo llamó “Tinturelli”, “pautero”, “quebrador serial”, “empresario prebendario” que “vive de la pauta”, entre otras descalificaciones personales.

Así avanza una de las causas judiciales de Perfil contra Milei, que arrancó en abril del año pasado, cuando Fontevecchia presentó la denuncia por los reiterados agravios del Presidente.

Pero Perfil también presentó otras dos denuncias contra el Gobierno por “daños y perjuicios” y por “discriminación en la distribución de la publicidad oficial” de las empresas estatales.

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De hecho, Perfil ya le ganó a los gobiernos kirchneristas en la Corte Suprema un juicio por la discriminación con la publicidad oficial, así que tiene jurisprudencia para que el Gobierno y las empresas públicas distribuyan avisos de manera equitativa a medios de similares características.

Un año de proceso judicial

En abril de 2024, el estudio Biscardi presentó una denuncia judicial contra Milei, por «injurias» reiteradas del Presidente contra el CEO de Editorial Perfil, Jorge Fontevecchia.

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Francisco Oneto, abogado de Milei, había solicitado «el inmediato sobreseimiento de mi defendido», por «inexistencia de delito», ya que «estos dichos constituyen el más amplio ejercicio de la libertad de expresión y no pueden ser censurados, y mucho menos condenado penalmente por expresarlos».

El primer juez federal que llevó adelante esa causa judicial, Sebastián Ramos, falló en sintonía con el pedido del abogado Oneto y decidió sobreseer a Milei en octubre pasado, por entender que sus agravios eran parte de la libertad de expresión del Presidente de la Nación.

Pero la Cámara de Apelaciones revocó ese fallo, apartó al juez Ramos y ordenó que la causa la lleve adelante otro juez, ante el «vacío argumental que la priva de sentido, dogmática, por ende arbitaria y, por ello, nula», que fue la sentencia de primera instancia, dijo en su fallo el camarista Guillermo Farah.

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Por eso, Casanello decidió avanzar con la causa judicial y citar a Milei y a Fontevecchia a una audiencia de conciliación, «en atención a la ampliación de la querella por nuevos hechos», sostuvo el juez federal en la cédula de notificación a la que tuvo acceso Clarín.

Uno de los nuevos hechos que ocurrieron desde la denuncia de Fontevecchia fue la presentación de un informe de Amnistía Internacional, ante la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH), donde incluyó el ataque presidencial contra el CEO de Editorial Perfil, como parte de las restricciones a la libertad de expresión y de prensa en la Argentina, derechos que tienen rango constitucional.

Allí el informe destacó que «tras apodarlo ‘tinturelli’ y mofarse públicamente en una entrevista periodística de ‘está carmeleado que da miedo, ¿no?’, celebró al aire que el diario que dirige está ‘camino a la quiebra así que… ¡qué bueno!’».

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El escrito del abogado Fernando Bosch Fragueiro, en representación de Fontevecchia, cuestionó «los recursos a la confrontación, las tácticas de demonización y la manipulación pública de sectores afines al gobierno -y del Presidente en particular-, para la creación de un ‘enemigo’ a quien confrontar, deslegitimar y destruir para justificar todo tipo de medidas e intervenciones».

Y agregó que «lo que el querellado ha dicho públicamente no constituye el ejercicio de la libertad de expresión de Javier Gerardo Milei, sino un claro ejemplo de desacreditación a la honra y reputación de un periodista, para restringir su libertad de expresión».

«Parangonar el poder de un Presidente de la Nación con el de un periodista es de por sí un sin sentido que no atiende a la realidad de las cosas», insistió el letrado de Fontevecchia, en su escrito, que fue la base para que el camarista Farah ordene la realización de un nuevo juicio contra Milei.

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Perfil destacó en su denuncia original que el hostigamiento de Milei, «que viene realizando desde hace casi dos años» se dio «en coincidencia con las investigaciones y notas de opinión que fueron publicadas en el diario Perfil y en la revista Noticias sobre él y su fuerza política. Entre ellas, investigaciones sobre los plagios que realizó en distintos libros que firmó como propios, los vínculos esotéricos con personas y animales ya fallecidos, informaciones que daban cuenta de la existencia de denuncias que su espacio político había recibido por la supuesta venta de candidaturas o, simplemente, opiniones críticas sobre su violencia verbal o sobre aspectos de su gestión».

Jorge Fontevecchia,Javier Milei,Libertad de expresión,Libertad de prensa

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Echaron a una funcionaria de Misiones por un polémico video en Cancún: “Fuera pobres”

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El Gobierno de la provincia de Misiones dejó sin efecto la designación de Karina Mabel Acosta como Directora de Turismo Social del Ministerio de Turismo, luego de que se viralizara un video suyo en Cancún que desató una ola de críticas.

La medida fue formalizada mediante el Decreto N° 252, firmado en Posadas el 18 de febrero de 2026, que anula el nombramiento establecido por la resolución N° 219 del 16 de febrero de 2024. El documento lleva la firma del gobernador Hugo Mario Passalacqua y del ministro de Turismo, José María Arrúa. Según informaron fuentes cercanas al Gobierno, la medida fue tomada ya que “no habrá tolerancia con actitudes de este tipo por parte de funcionarios públicos”.

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El desplazamiento se produjo luego de que se difundiera en redes sociales un video en el que se la ve practicando parapente en Cancún, México. En las imágenes, Acosta afirma estar “volando por los aires de México, Cancún, para todos los pobres” y, entre risas, agrega: “Fuera, pobres”.

La ahora exfuncionaria se desempeñaba en el cargo de Directora de Turismo Social, categoría 23 del Agrupamiento Administrativo del Plantel de Cargos del Personal Permanente de la Jurisdicción 14 – Ministerio de Turismo– Unidad de Organización 01, Unidad Superior.

La directora de Turismo Social, Karina Mabel Acosta, fue apartada de su cargo por un video discriminador(Foto: Redes Sociales)

El contenido generó una inmediata reacción negativa en plataformas digitales, donde usuarios cuestionaron tanto el tono como el mensaje del video, en especial al conocerse que quien hablaba ocupaba un cargo público vinculado al área de Turismo Social. “¡La tendrían que esperar con la renuncia redactada y que la firme!”, “Ojo con la caída. Suele ser ruidosa” y “Esta mujer es pobre, pero de cerebro”, fueron algunas de las reacciones más fuertes de los usuarios.

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El decreto firmado por Hugo Passalacqua(Foto: Redes Sociales)

El decreto establece que el instrumento será refrendado por el ministro de Turismo y dispone su registro, comunicación y notificación a las áreas correspondientes, entre ellas el Ministerio de Turismo, la Dirección General de Coordinación del Sector Público, la Dirección de Liquidaciones de Contaduría General y el Instituto de Previsión Social. Además, se indica que, tras cumplir con los pasos administrativos, el documento será archivado en la Unidad Sectorial de Personal correspondiente.

Karina Acosta, conocida en redes como “KarinaReina7” en TikTok (perfil que actualmente no se encuentra disponible, ya que fue dado de baja), se presentaba como creadora digital de Posadas y “coaching profesional”. En Facebook, también figuraba como presidenta de una asociación denominada Comunidad Solidaria. Su última actividad pública registrada en redes fue el 1° de febrero, durante el lanzamiento de los Carnavales Misioneros.

Virales,,Tenía 53 años. La dura enfermedad que enfrentó Eric Dane, el actor de Grey’s Anatomy que murió este jueves,,“Ahora díganle cornudo a él”. Qué dijo Yanina Latorre de su infidelidad a Diego Latorre,Virales,,Las divertidas reacciones. El “Chelo” Weigandt se volvió viral en el mundo Boca: ¿se operó los labios?,,De forma insólita. De empleada a multimillonaria virtual: una mujer superó la fortuna de Elon Musk,,Son 36. Las preguntas que tenés que hacer para enamorarte de una persona

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Explosión de una carta bomba en Gendarmería: el juez solicitó a la SIDE que se involucre en la investigación

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El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi quedó a cargo de la investigación de la explosión de un paquete en la Escuela Superior de Gendarmería y solicitó las primeras medidas de prueba.

Según pudo confirmar TN, el magistrado le dio intervención al Departamento Unidad de Investigación Antiterrorista de la Policía Federal y a la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE).

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Leé también: Explotó un paquete en la Escuela Superior de Gendarmería: hay tres efectivos heridos

Concretamente, Martínez de Giorgi ordenó que se remitan fotos del lugar, los planos y todo lo relacionado al sistema de recepción de encomiendas desde hace cuatro meses a esta parte. También la nómina de personas que trabajan en el lugar.

También pidió a los peritos los detalles de la naturaleza del explosivo, así como la experticia necesaria para su armado y la correcta identificación de los lesionados y evolución de su salud.

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El edificio de la Escuela Superior de Gendarmería. (Foto: Google Maps)

Una vez que la SIDE envíe la información solicitada, Martínez de Giorgi deberá decidir si la incorpora como prueba al expediente o no.

El hecho ocurrió este viernes cerca de las 14 en el piso 11 del edificio ubicado en Paseo Colón 533. Según fuentes del operativo, personal de la fuerza abrió una encomienda que había sido recibida aproximadamente cuatro meses atrás y se encontraba resguardada dentro de la institución. Al manipularla, se produjo la explosión.

En rigor, había tres paquetes y uno de ellos fue el que detonó. Como consecuencia, dos efectivos resultaron lesionados con quemaduras y el SAME los trasladó al Hospital Argerich para su atención.

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Uno de los heridos sufrió heridas en el torso y el brazo izquierdo. (Foto: TN.)
Uno de los heridos sufrió heridas en el torso y el brazo izquierdo. (Foto: TN.)

Tras el estallido se ordenó la evacuación preventiva total del edificio y se montó un amplio operativo de seguridad. La zona fue perimetrada mientras especialistas inspeccionaban el resto de las encomiendas para descartar otros dispositivos.

Peritos de la Policía Científica quedaron a cargo de la recolección de evidencia y del análisis de los paquetes restantes, con el objetivo de determinar qué tipo de dispositivo explotó, su mecanismo de activación y el origen del envío. La investigación busca establecer también por qué la encomienda permaneció guardada durante meses dentro de la institución.

Las autoridades no informaron amenazas previas y mantienen reserva sobre la hipótesis principal mientras continúan las tareas de inspección, que podrían extenderse durante toda la tarde.

Marcelo Martínez de Giorgi (Foto: CIJ).
Marcelo Martínez de Giorgi (Foto: CIJ).

Por su parte, el gobierno evalúa el hecho y prepara una presentación judicial para impulsar la investigación. El Ejecutivo asegura que los equipos técnicos están evaluando el material disponible para presentar, pero reconoce que no tienen indicios sobre los posibles autores.

Leé también: Video: un motociclista de 25 años mató a golpes a un automovilista en medio de una discusión de tránsito

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Según fuentes oficiales, la ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, se trasladó a la Casa Rosada para mantener una reunión con el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, con el objetivo de coordinar la respuesta institucional y el seguimiento del caso.

Los funcionarios descartan que la causa pueda encuadrarse en figuras vinculadas a intimidación pública o estrago, dependiendo de lo que surja de las pericias.

Gendarmería , SIDE, Policía Federal, Justicia

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Respuesta a Juan Doe | La clave está en cumplir la Constitución, no en cambiarla por una autoritaria

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publicó el 18 de febrero pasado un artículo periodístico titulado “Un funcionario de Milei elogió a Fujimori y dijo que la Argentina debe “apuntar a lo mismo”, con este subtítulo: “Juan Pablo Carreira, que dirige la Oficina de Respuesta Oficial, ponderó la reforma constitucional del expresidente de Perú que cerró el Congreso, persiguió periodistas y opositores y terminó preso por corrupción”.

Allí se indicaba que Carreira, en su cuenta como Juan Doe, el día anterior había sostenido en las redes sociales que para ”inmortalizar el proceso iniciado por el presidente Milei se debia cambiar la Constitución Nacional” y adoptar el modelo de la Constitución de 1993 del Perú, sancionada durante la presidencia de Fujimori, porque era una de las más liberales del mundo.

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Ante tan graves afirmaciones, sostengo que se debe cumplir nuestra Constitución Nacional en lugar de pretender cambiarla por una de carácter marcadamente autoritario, que significó la consolidación del hiperpresidencialismo, la eliminación del Senado y la centralización del Perú, más allá de los aspectos económicos a los cuales más adelante me referiré.

Además, dicho texto ya ha sido modificado en su mayor parte, por otras posteriores reformas que volvieron a instaurar la descentralización del país, con 25 regiones y con el Senado que volverá a funcionar este año, para superar los problemas de la unicameralidad, como lo he conversado con los destacados profesores de Derecho Constitucional Domingo García Belaúnde y Jorge Cáceres Arce, de la Asociación Peruana de Derecho Constitucional y del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional.

El tuit de Carreira sobre Fujimori

La Constitución Nacional que nos rige es la de 1853, con las reformas de 1860, 1866, 1898, 1957 y 1994, tal como fue sancionada el 22 de agosto y jurada por los Convencionales y autoridades federales el 24 de agosto de 1994, en el histórico Palacio de San José, que perteneciera al General Justo José de Urquiza, prócer máximo de la organización nacional.

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Sostengo que la política constitucional es la quintaesencia de la política arquitectónica, pues debe basarse en amplios consensos sobre las grandes ideas, valores, objetivos y sueños de una sociedad en su más trascendente proyecto político nacional, que es la Ley Suprema.

Tal como lo sostuvo Juan María Gutiérrez, Convencional Constituyente de 1853, la Constitución Nacional es la Nación Argentina hecha ley. Y la nuestra fue el resultado de un proceso histórico para consolidar una república federal y democrática.

En la última reforma de 1994, la más profunda y legítima de la historia, existió muy alto grado de acuerdo para la sanción de 61 normas constitucionales: 20 nuevas, 24 reformadas y 17 disposiciones transitorias. Y se produjo una notable modernización de nuestro derecho público, que también alcanzó a Constituciones Provinciales y a la sanción de 199 Cartas Orgánicas Municipales.

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“Juan Doe”, el tuitero libertario que está a cargo de la Oficina de Respuesta OficialCarajo

Fue la expresión más clara de la unión nacional, que fue y es el primer objetivo planteado en el Preámbulo por los padres fundadores de 1853.

Ese ejemplo de pluralismo, democracia deliberativa y consenso en torno a nuestra Ley Fundamental es el que debió y debe seguirse en la actualidad, para superar las dificultades y divisiones que impidieron el desarrollo nacional.

Pero lamentablemente en la etapa “post constituyente”, destinada a la reglamentación y cumplimiento de las reformas, que también exige esa política de grandes acuerdos, la misma dejó de practicarse.

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Y la política agonal a la que volvimos –que ha primado en la historia argentina- nos dió como resultado una débil cultura constitucional y de la legalidad, como lo han probado las tres encuestas que realizáramos con el politólogo Daniel Zovatto y los sociólogos Manuel Mora y Araujo y Eduardo Fidanza, en 2004, 2014 y 2023.

Asimismo he analizado detalladamente los incumplimientos de la Constitución Nacional, donde no puede dejar de mencionarse la grave responsabilidad del Congreso en el incumplimiento de la sanción de las leyes reglamentarias, luego de la gran reforma de 1994. Se trata aproximadamente de 30 leyes necesarias para la plena vigencia de la reforma, además de las sancionadas de manera inconstitucional en algunos casos, como la 24.588, que limitó la autonomía de la CABA; la 26.080, sobre Consejo de la Magistratura, y la 26.122, que facilitó el dictado de DNU y de legislación delegada.

Por otra parte, es inexplicable que el Congreso no haya designado al Defensor del Pueblo de la Nación, a pesar que han transcurrido casi 15 años del alejamiento del anterior titular y que estén vacantes más del 35% de cargos del Poder Judicial y del Ministerio Público.

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Obsérvese además la defección de nuestros Poderes Ejecutivos y Legislativos Federales y Provinciales, que no han avanzado en la sanción de la Ley Convenio de Coparticipación Impositiva, pese a que el plazo fijado fuera el 31 de diciembre de 1996.

En consecuencia, continúa el hiperpresidencialismo y unitarismo fiscal en lugar de una adecuada vigencia de la república federal.

Volviendo a Perú es evidente que la continuidad de la independencia del Banco Central ha posibilitado un avance en la economía, no obstante los problemas políticos de inestabilidad que han llevado a tener nueve Presidentes en los últimos diez años.

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En nuestro caso, por la falta de cumplimiento del Art. 75 inc. 6 de la Constitución que ordenó la creación del Banco Federal en lugar del Banco Central, se impidió un buen funcionamiento de dicha institución, que debe defender el valor de la moneda, según lo establecido en el Art. 75 en el inc.19, como una de las bases constitucionales de la política económica.

Hay que comprender que se debe gobernar con la Constitución en la mano, porque sólo con el cumplimiento estricto de la misma y de las leyes, Argentina superará sus graves problemas estructurales.

El cambio profundo que necesita nuestro país puede concretarse, si somos capaces de respetar nuestras instituciones, unir la ética a la política y así elevar nuestra cultura constitucional y de la legalidad.

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El autor es abogado constitucionalista y presidente honorario de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional. Fue fue vicepresidente de la Comisión Redactora en la Reforma Constitucional de 1994.


un artículo periodístico,Antonio M. Hernández,Conforme a

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