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La Corte rechazó un recurso de Ricardo Echegaray en la causa en la que está condenado por Oil Combustibles

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un planteo del extitular de la AFIP Ricardo Echegaray, condenado en la causa en la que fue señalado por beneficiar a la empresa Oil Combustibles.

Echegaray fue condenado por administración fraudulenta agravada, ya que su desempeño fue en perjuicio de la administración pública.

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En esa causa fueron absueltos los empresarios Cristóbal López y su socio Fabián de Sousa, en dos fallos de la Cámara de Casación, que volvieron a ser recurridos ante la Corte.

El empresario Fabián de SousaMarcos Brindicci

La causa se inició por una denuncia presentada por Elisa Carrió por la omisión ilegal de la empresa Oil Combustibles de pagar el impuesto a la transferencia de los combustibles líquidos entre 2013 y 2015, que habría sido posible gracias al otorgamiento indebido de planes de facilidades de pago por parte de las autoridades de la AFIP.

El 16 de diciembre de 2021, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 condenó a Echegaray a cuatro años y ocho meses de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer la función pública. Contra esa decisión, sus abogados presentaron un recurso de casación, que fue rechazado por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal.

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Entonces fueron con recursos de nulidad, también rechazados porque el camino era plantear un recurso extraordinario federal. La defensa de Echegaray presentó finalmente ese recurso extraordinario, que fue también declarado inadmisible por la Cámara de Casación.

Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Horacio RosattiMarcelo Manera –

Finalmente, tras la presentación de un recurso de queja, el caso donde debe definirse el monto de la pena llegó a la Corte que, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo porque no se dirigió contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.

La condena contra Echegaray no se ejecuta aún porque no está firme y debe terminar de agotarse esta vía de recursos antes de que la Corte dicte su sentencia definitiva.

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En tanto, la Cámara Federal de Casación Penal absolvió en febrero pasado a los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa. El fallo fue firmado por los jueces Alejandro Slokar y Mariano Borinsky, con la disidencia -con duros argumentos- del juez Guillermo Yacobucci.

La mayoría rechazó así el pedido del fiscal Mario Villar para condenar a López y a De Sousa. Ahora la acusación recurrirá de nuevo a la Corte Suprema para tratar de conseguir una condena.

Una refinería de Oil CombustiblesMarcelo Manera –

El caso ya había llegado a la Corte, que en términos enfáticos había pedido a la Cámara de Casación que dictara un nuevo fallo. El máximo tribunal había considerado que la absolución de López y De Sousa resultaba “arbitraria”, tanto por “dogmática”, como por “fragmentaria”.

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En 2018, con los votos de Gustavo Hornos y Eduardo Riggi, la Cámara Federal de Casación Penal había confirmado los procesamientos de López y De Sousa, acusados de liderar una administración fraudulenta agravada en perjuicio de las arcas públicas por cerca de $8000 millones. Hornos había ido más lejos: alertó que se trataba de un grave hecho de corrupción con la participación criminal de la AFIP.

Sin embargo, López y de Sousa, dueños de C5N, fueron absueltos en 2021 por el Tribunal Oral Federal N° 3. Tras ello, la fiscalía apeló por lo que el caso fue revisado en Casación, que confirmó el sobreseimiento con la firma de Diego Barroetaveña y Daniel Petrone.

No obstante, el recurso de apelación llegó hasta la Corte Suprema, que pidió a la Casación que dictar un nuevo fallo con otra sala. Dijo la Corte que no respondieron los argumentos del fiscal. Lo hizo y la Casación, con la firma de Slokar y Borinsky, volvió a fallar en febrero pasado favor de los empresarios. El fiscal Villar volvió a llevar el caso a la Corte, que fue la que había sugerido dictar una nueva sentencia contra las absoluciones.

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El Gobierno acató un fallo judicial y reactivó las pensiones por invalidez suspendidas en todo el país

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El Gobierno nacional reactivó las pensiones no contributivas por invalidez laboral que habían sido suspendidas en distintas provincias, luego de un fallo judicial que obligó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a restablecer el beneficio a todos los titulares afectados.

La decisión fue formalizada este miércoles a través de la Resolución 13.653, publicada en el Boletín Oficial, en la que el organismo confirmó que cumplirá con la medida cautelar dictada por el Juzgado Federal Nº 2 de Catamarca, en el marco de la causa “Defensor del Pueblo y otro c/ANDIS s/Acción de Amparo Ley 16.986 c/Cautelar”.

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El texto oficial dispone: “Restablécese las suspensiones de los beneficios de las personas identificadas en el Anexo I (…) y reanúdese los pagos correspondientes a partir del período mensual en que fueran dispuestas las suspensiones”.

La resolución instruye, además, a notificar a los beneficiarios y a la ANSES para que se reactiven los pagos y se regularicen los haberes retenidos durante los meses que duró la suspensión.

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El fallo del tribunal federal catamarqueño reconoce el carácter colectivo del reclamo, al considerar que las suspensiones afectaron a miles de beneficiarios en todo el país. Por ese motivo, ordenó restituir las pensiones y frenar cualquier tipo de auditoría o revisión hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo del caso.

Según la decisión judicial, el objetivo es garantizar la protección de los derechos sociales de las personas con discapacidad y evitar que se interrumpa el cobro de un ingreso que resulta vital para su subsistencia.

El trasfondo del conflicto

En los últimos meses, diferentes organizaciones de personas con discapacidad y defensores del pueblo habían denunciado suspensiones masivas de pensiones sin previo aviso ni evaluación técnica adecuada.

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La resolución también busca evitar que se repitan prácticas administrativas que vulneren los derechos reconocidos por la Ley 22.431 y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de jerarquía constitucional.

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Agencia Nacional de Discapacidad,fallo judicial,Javier Milei,pensiones por invalidez

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La UBA irá a la Justicia para que el Gobierno cumpla con la Ley de Financiamiento Universitario

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La Universidad de Buenos Aires (UBA) resolvió iniciar acciones judiciales contra el Poder Ejecutivo Nacional para exigir el cumplimiento de la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición Salarial, sancionada por el Congreso y promulgada por decreto, pero con su aplicación suspendida hasta que el Poder Legislativo defina las fuentes de financiamiento.

El Consejo Superior de la institución adoptó la decisión por unanimidad durante su sesión del 22 de octubre de 2025. En su resolución, la UBA sostuvo que “este decreto que promulga formalmente, pero suspende materialmente la ejecución de la ley, altera el sistema republicano de frenos y contrapesos establecido en el artículo 1° de la Constitución Nacional y quebranta la voluntad soberana del Congreso de la Nación”.

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El texto aprobado agrega que la medida del Ejecutivo “implica la vulneración de derechos constitucionalmente establecidos afectando al sistema universitario y a su comunidad al no poder acceder al financiamiento necesario y a la recomposición salarial establecidos en la ya mencionada ley”.

La resolución, registrada bajo el expediente EX-2025-04995445-UBA-DME#REC, instruyó al rector a iniciar las acciones judiciales pertinentes “a fin de exigir la inmediata implementación efectiva de la Ley 27.795”. También dispuso que se comunique la medida a todas las unidades académicas, colegios secundarios, hospitales universitarios e institutos dependientes de la universidad.

Autoridades de la UBA (Fotografía: Jaime Olivos)

El Consejo Superior fundamentó la decisión en la situación económica que atraviesa el sistema universitario nacional. En los considerandos se expresó que “esta Universidad ha manifestado reiteradamente su profunda preocupación ante la grave situación presupuestaria que afecta a las Universidades Nacionales y ante el menoscabo salarial de los trabajadores y trabajadoras docentes y nodocentes”.

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Asimismo, recordó que la UBA “ha declarado la emergencia tanto en materia salarial como presupuestaria” y que la norma aprobada por el Congreso “tiene por objeto garantizar la protección, el sostenimiento del financiamiento de las Universidades Nacionales en todo el territorio de la República Argentina y la recomposición salarial de los trabajadores y trabajadoras docentes y nodocentes”.

En otro tramo del documento, el cuerpo colegiado enfatizó que “la Ley da respuesta a la situación crítica tanto de funcionamiento de las universidades nacionales, como salarial de sus trabajadores y trabajadoras, y por tanto su no aplicación arbitraria solo sigue profundizando esta crisis”.

El texto señala también que “la no ejecución de esta Ley es un ataque directo a uno de los bienes más valiosos de nuestra sociedad: la Universidad Pública Argentina”.

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Por último, el Consejo remarcó que resulta “imprescindible que de manera inmediata el Poder Ejecutivo Nacional cumpla con la efectiva ejecución de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del salario, asignándose en forma urgente los recursos presupuestarios necesarios, en cumplimiento con las obligaciones constitucionales y legales vigentes”.

Una de las manifestaciones en defensa de la educación pública

El máximo órgano de gobierno de la UBA, que integran el rector, los decanos de las trece facultades y representantes de los claustros de profesores, graduados y estudiantes, consideró que el cumplimiento de la ley es esencial para garantizar la educación pública y la institucionalidad democrática en el país.

Este martes, el Gobierno promulgó la Ley N° 27.795, que establece un nuevo régimen de financiamiento para las universidades públicas y la recomposición salarial del personal docente y no docente, y la Ley N° 27.796, que declara la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales en salud en la República Argentina por un año. Sin embargo, la aplicación de ambas quedó suspendida hasta que el Congreso de la Nación determine las fuentes de financiamiento e incluya las partidas necesarias en el Presupuesto Nacional. Hace un mes ocurrió lo mismo con la Ley de Emergencia en Discapacidad.

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Esta decisión fue oficializada en la madrugada de este martes, con la publicación de los decretos 759/2025 y 760/2025 en el Boletín Oficial. Así, el Poder Ejecutivo suspendió la aplicación de las legislaciones, debido al impacto fiscal que, consideran, traería a las cuentas del Estado.

marcha universitaria congreso

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Estos son los documentos son para votar en las elecciones 2025

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Las elecciones 2025 son este domingo 26 de octubre. Durante la jornada, los argentinos se deben acercar a las mesas electorales a emitir su voto. Para hacerlo, hay que entregar documentación válida que las autoridades presentes puedan utilizar para confirmar los datos personales y la identidad.

Este domingo se vota con Boleta Única de PapelIgnacio Amiconi

Tal como informa el Gobierno a través de su sitio oficial, los siguientes tipos de documentos, expedidos por el Estado nacional a lo largo de los años, son válidos para emitir el sufragio en las elecciones legislativas del 26 de octubre:

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Desde la cartera confirman que los documentos que contienen la leyenda “No válido para votar” sí son válidos para sufragar, aunque estas tarjetas no informan de qué tipo de ejemplar de DNI se trata. También se recuerda a los electores que el documento a presentar en la mesa de votación debe ser el mismo que figura en el padrón o uno posterior.

Asimismo, desde la cartera oficial advirtieron que no se puede votar con un certificado de DNI en trámite, ni tampoco si el DNI está en el celular.

Qué documentos necesito para ir a votarMartín Zabala – XinHua

Para conocer el establecimiento, la mesa y el número de orden asignado para votar, los electores pueden consultar el padrón electoral online siguiendo estos pasos:

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El padrón electoral se encuentra disponible a través de la plataforma oficial de la CNE.

El consultante deberá completar un formulario con su número de Documento Nacional de Identidad (DNI), su género y el distrito electoral al que pertenece.

Antes de enviar el formulario, el sistema solicitará la introducción de un código de validación captcha. Una vez completado, se debe hacer click en el botón “Consultar”.

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Instantáneamente, el sistema proporcionará de manera precisa la dirección del establecimiento donde se debe votar, el número de mesa asignado y el número de orden dentro del padrón.

Cómo se vota con la boleta única para las elecciones de este domingo 26 de octubre de 2025

La Boleta Única de Papel (BUP) es un modelo de votación que reúne a todos los candidatos en una sola boleta. De esa forma, se garantiza la presencia de la totalidad de la oferta electoral el día de los comicios en cada centro de votación y se elimina la posibilidad de que falten boletas de algún partido.

El elector debe entregar su DNI para que se verifique su identidad y si puede votar. Una vez chequeado esto, el votante recibirá la boleta, firmada por la autoridad de mesa, y una lapicera.

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En la cabina de votación, se debe marcar el casillero correspondiente al candidato o lista elegida. Es importante recordar que se debe realizar una sola marca por categoría.

Luego de marcar la preferencia, se dobla la boleta por la línea punteada y se deposita en la urna. Al finalizar, el elector debe firmar el padrón y recibirá la constancia de voto junto con su DNI.

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