POLITICA
Crecieron las agresiones al periodismo en el último año, según un informe de Fopea

Con un detallado informe, el Foro de Periodismo Argentino (Fopea) advirtió en su presentación anual sobre un fuerte crecimiento en las agresiones a la prensa durante 2024 en todo el país. La entidad, que ya exhortó en reiteradas oportunidades al presidente Javier Milei a sostener “una relación institucional madura con la prensa, respetando el disenso y la crítica”, registró 179 agresiones durante el año último. Representa un 53% más que en 2023 y el doble de lo que fue 2022.
El 45,25% de esos casos registrados fueron de discurso estigmatizante. Es decir, atentando contra la reputación de los periodistas. El 65,43% de esos ataques los hizo el presidente de la Nación, según el informe de Fopea. Además, el 80% de los casos provienen de violencia de origen estatal y de origen paraestatal. Esto es un incremento considerable en relación a 2023, cuando esa ecuación representaba la mitad de los casos.
Los otros ataques detectados o denunciados fueron: ataques a la integridad (agresión física o amenaza al periodista y su familia); ataques contra los bienes (vandalismo a una propiedad del periodista o del medio y ataque contra las herramientas de trabajo); censura; uso abusivo de la publicidad oficial (retiro de la pauta por razones informativas o ideológicas); restricciones al acceso a la información pública; otros abusos del poder estatal (uso de fuerza de seguridad o de inteligencia para intimidar), y acciones judiciales, civiles o penales.
El monitoreo de libertad de expresión es un equipo de periodistas socios de Fopea que trabaja para detectar las limitaciones en el ejercicio del periodismo, sean directas y evidentes (agresiones físicas, amenazas) o sutiles, ya que entiende que esos ataques vulneran la profesión en su rol de pieza central de la vida en democracia.
Del mismo modo, es desde donde FOPEA denuncia públicamente esas agresiones y elabora con ellas un estado de situación a partir del que se pueden evidenciar y comparar datos a lo largo de los años. Se creó en 2006 con un armado federal y desde 2008 viene produciendo el registro de casos de ataque a la libertad de expresión, un material sin precedentes en el país. En 2024, se dio el pico, con 179 casos. El informe se titula “El asedio al periodismo debilita la democracia”.
En el ranking de agresores, se ubica Milei a la cabeza con 56 intervenciones. En segundo lugar, con 25, “allegados a personas con poder”, mientras que el tercer puesto es del “personal policial”, con 16 casos.
Más de la mitad de los 179 casos estuvo atravesado por “la grieta”. Esto significa que el atacante achaca maliciosamente una sospecha o acusación contra lo que considera que es la línea editorial o política del medio o periodista. El 44% de los casos implicó violencia digital, con su consiguiente efecto multiplicador. Se utilizaron además comentarios machistas y misóginos. Seis de esos 7 casos fueron hechos por el Presidente de la Nación.
La agresiones más comunes que utiliza Milei para atacar a los periodistas son las siguientes: “ensobrados”, “pauteros”, “imbéciles”, “violento”, “burra” y “periodismo en llamas”. Luego, le siguen otros como “esbirros”, “corruptos” o “soretes”. Surge así de un relevamiento que realizó la consultora Methodo, especializada en big data, para el informe de Fopea en el período entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2024.
En las últimas dos semanas, el Presidente hizo blanco de sus ataques en periodistas de . A través de redes sociales o en entrevistas periodísticas, atacó a Carlos Pagni, Joaquín Morales Solá, Jorge Fernández Díaz y Florencia Donovan.
Uno de los casos que exhibe Fopea como “discurso estigmatizante, además de los ataques de Milei, es el rol de su vocero, Manuel Adorni. El organismo instó al funcionario a mantener distancia y respeto por el trabajo profesional de los periodistas y evitar la utilización de canales oficiales para ridiculizar su labor. El pedido fue tras un cruce con el periodista Fabián Waldman, de FM La Patriada.
En el informe hay un panorama completo provincia por provincia, y cuenta con un texto de Ricardo Gil Lavedra, presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo título es “los insultos no son libertad de expresión”. El abogado distingue un acontecimiento fuera de lo común: “En los últimos tiempos, somos testigos de un nuevo fenómeno: la cotidianeidad de insultos, epítetos humillantes y agravios por parte del Presidente de la Nación destinados principalmente a periodistas, además de personalidades públicas o dirigentes políticos”.
En su informe, Fopea volvió a la carga para rechazar los cambios que Milei introdujo en la reglamentación de la ley de Acceso a la Información Pública y advirtió que implican “un grave retroceso democrático”, ya que al limitar los datos que deben ser proporcionados “desalienta la participación ciudadana en los asuntos del Estado y oscurece la gestión pública”.
POLITICA
Reglamentaron la ley que amplía el registro de datos genéticos y pone el foco en el ADN de violadores

El Gobierno oficializó este jueves un cambio de fondo en la política criminal argentina al aprobar, mediante el Decreto 709/2025 publicado este viernes en el Boletín Oficial, la nueva reglamentación de la Ley 26.879, que regula el funcionamiento del Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal.
El decreto establece que el Ministerio de Seguridad será la autoridad de aplicación de la ley, desplazando así a la órbita de Justicia que hasta ahora tenía bajo su control la base de datos. El texto ordena la transferencia de toda la información existente en el antiguo registro al nuevo sistema, que amplía su alcance a la investigación de una gama más amplia de delitos graves.
La decisión central del Ejecutivo responde a la necesidad de adaptar el marco normativo a los avances científicos y tecnológicos de los últimos años, así como a las modificaciones introducidas por la Ley 27.759, que amplió el objeto del registro.
Según el decreto, la individualización genética se considera “la herramienta más eficaz y certera usada para la identificación criminal”, y su uso forense resulta clave para el esclarecimiento de hechos bajo investigación judicial, la identificación de presuntos autores y la desvinculación de personas ajenas al delito.
En el considerando de la norma, enfatizaron que el almacenamiento, registro y tratamiento de los datos personales deberán realizarse bajo “estricto secreto y confidencialidad”, en línea con la Ley de Protección de los Datos Personales 25.326 y los convenios internacionales suscriptos por la Argentina.
Además, se dispone que los perfiles genéticos se almacenen en una base de datos separada de la información filiatoria de los aportantes, y que se guarde constancia de los funcionarios que accedan al registro, garantizando la trazabilidad y la administración segura de la información.
A su vez, subrayaron que el registro contribuirá a evitar la revictimización que se produce cuando los delitos quedan impunes, y que su objeto incluye también la identificación de personas extraviadas, desaparecidas o fallecidas, así como la discriminación de las huellas del personal que interviene en la escena del hecho delictivo.
En este sentido, la reglamentación prioriza el ingreso de perfiles genéticos de imputados, procesados y condenados por homicidios dolosos, abusos sexuales, narcotráfico y robos agravados.
La nueva normativa refuerza la coordinación federal y la interoperabilidad entre jurisdicciones, promoviendo el intercambio de información con registros provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
De acuerdo con lo estipulado, esta base de datos contará con información proveniente de laboratorios acreditados bajo normas de la Organización Internacional de Estandarización (ISO) y del Organismo Argentino de Acreditación.
En cuanto a la conducción del organismo, el decreto dispone que, hasta que se sustancie el concurso público de oposición y antecedentes para la designación del director titular, el Poder Ejecutivo podrá nombrar a un director interino con especialización en genética forense y experiencia probada en la materia. La autoridad de aplicación deberá aprobar el procedimiento del concurso en un plazo de 120 días hábiles desde la entrada en vigencia del decreto.
Para esto, derogaron la reglamentación anterior, aprobada en 2017, bajo el argumento de “readecuar y reforzar el marco normativo vigente para el uso forense de datos genéticos, mediante el establecimiento de altos estándares de seguridad, confidencialidad, interoperabilidad entre jurisdicciones y respeto por los derechos fundamentales, con especial énfasis en la rigurosidad científica, la coordinación federal y la transparencia en el manejo de datos personales sensibles”.
La reglamentación también prevé la creación de la Comisión Nacional de Huellas Genéticas, encargada de coordinar, asesorar y supervisar la implementación y funcionamiento del registro, así como de intervenir en el concurso para la designación del director.
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El anexo del decreto aclara cómo funcionará la recolección, almacenamiento y uso de perfiles genéticos en investigaciones penales:
- Para la obtención de perfiles genéticos de personas imputadas, procesadas o condenadas, la normativa exige que las autoridades judiciales ordenen la extracción de muestras biológicas dentro de los cinco días hábiles posteriores al acto procesal correspondiente. Se priorizarán los perfiles de imputados, procesados o condenados por homicidio doloso, abuso sexual, narcotráfico y robo agravado.
- Una vez extraída la muestra y configurado el perfil genético, el laboratorio interviniente deberá remitir al Registro, en un plazo de cinco días hábiles, la información filiatoria y genética pertinente, junto con copia de la resolución judicial.
- Los perfiles genéticos serán eliminados del Registro si la situación procesal no se resuelve y la investigación supera los tres años, o si una resolución judicial desvincula definitivamente a la persona de la causa penal.
- El Registro no podrá negar a los titulares el acceso a sus datos. Se deberá dejar constancia de las consultas y dar a conocer el procedimiento para solicitar la rectificación de datos erróneos, la cual deberá realizarse en un plazo máximo de cinco días hábiles.
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POLITICA
El Senado le exige a Guillermo Francos que aplique la Emergencia en Discapacidad y amenaza con removerlo de su cargo

En la sesión de este jueves, el Senado se opuso al decreto 681/2025 por el cual se promulgó la ley de Emergencia en Discapacidad -luego del rechazo del Congreso al veto de Javier Milei-, pero suspendió su aplicación. El Ejecutivo considera que el Parlamento omitió indicar la manera en la cual se financiaría.
La iniciativa, redactada por el legislador de la UCR Martín Lousteau, se aprobó en la sesión de este jueves por 54 votos a favor y cinco en contra. “(El Ejecutivo) está incumpliendo con la ley por no aplicar la Emergencia en Discapacidad”, advirtió Lousteau.
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Acompañado por los senadores Guadalupe Tagliaferri (PRO), Pablo Blanco (UCR) y Alejandra Vigo (Provincias Unidas), el senador de la UCR además apuntó contra el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, al advertir que el funcionario se atribuye competencias legislativas al suspender la puesta en marcha de la Emergencia en Discapacidad.
Según explicó Lousteau, el ministro Coordinador tiene la obligación de realizar las ampliaciones y las modificaciones presupuestarias, para de esa manera asegurar el cumplimiento de las medidas adoptadas por el Congreso.
“Hace dos años que no hay presupuesto por decisión del propio Gobierno, que impidió su tratamiento, por lo que desde entonces las partidas se asignan discrecionalmente“, concluyó el senador.
La iniciativa fue acompañada por el bloque de Unión por la Patria. “hay una falta de interpretación del Presidente de lo que es el Estado de Derecho, y esto genera una gran inseguridad jurídica”, argumentó el presidente del bloque, José Mayans.
Pedidos de moción de censura contra el ministro Francos
Por el incumplimiento de la puesta en marcha de la Emergencia en Discapacidad, tanto en Diputados como en el Senado -y desde distintos bloques opositores- hay pedidos de mociones de censura contra Guillermo Francos.
En la próxima sesión de la Cámara Baja (sería el 8 de octubre) se fijarían una fecha para tratar los pedidos de interpelación en la Comisión de Asuntos Constitucionales. Se trata del primer paso para llevar adelante una moción de censura. De aprobarse esa moción en ambas cámaras, el jefe de Gabinete perdería la confianza del Congreso y debería ser removido del cargo.
“Conforme al artículo 101 de la Constitución Nacional pedimos la interpelación del jefe de Gabinete para que cumpla con el artículo 19 de la Ley de Emergencia en discapacidad y asigne las partidas presupuestarias. Es su obligación legal. De lo contrario, deberá afrontar las consecuencias. Las leyes se cumplen”, posteó Fernando Carbajal, de Democracia para Siempre, uno de los espacios que realizó la presentación contra Francos. Desde Unión por la Patria, Encuentro Federal y Coherencia -el bloque que agrupa a los exlegisladores oficialistas- hicieron pedidos similares.
Qué es la moción de censura
Es el procedimiento por cual el Poder Legislativo puede exigir la responsabilidad política al Ejecutivo. Se requieren dos etapas. La primera, consiste en la aprobación de un pedido de interpelación a los efectos del tratamiento de la moción de censura. Esta etapa puede ser promovida en cualquiera de las cámaras y requiere una mayoría absoluta de los miembros.
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La segunda etapa de ejecución -la moción de censura- también requiere el voto de la mayoría absoluta sobre la totalidad de cada una de las cámaras y cuyo efecto es la remoción del funcionario. Sin embargo, no hay impedimento para que el Presidente vuelva a nombrarlo.
Senado, Discapacidad, Martin Lousteau
POLITICA
Un video secreto complicó a los García Furfaro en la causa del fentanilo contaminado

El caso del fentanilo contaminado que provocó la muerte de al menos 124 personas en Argentina sumó en las últimas horas una prueba clave que complica aún más a los empresarios involucrados. La Justicia incorporó al expediente un video registrado por las cámaras de seguridad de la casa del director del laboratorio Ramallo, Javier Tchukran, donde se observa a los hermanos Diego y Ariel García Furfaro participando de una reunión que hoy es investigada como un intento de encubrimiento.
El encuentro se llevó a cabo el 17 de mayo de 2025, apenas cinco días después de que la ANMAT realizara la denuncia penal por el lote 31202 de fentanilo. En ese video, hallado en el celular de Tchukran, se escucha al empresario admitir que ordenó borrar toda la información vinculada al laboratorio. “No hay un solo gramo de información”, aseguró frente a los García Furfaro, en una frase que se convirtió en uno de los pasajes más comprometedores del proceso judicial.
El juez federal Ernesto Kreplak procesó con prisión preventiva a los tres protagonistas del encuentro. Tanto los García Furfaro como Tchukran están acusados de adulteración de sustancias medicinales agravada por resultado de muerte, un delito que contempla penas de hasta 25 años de prisión.
La causa, que ya tiene 17 imputados y siete detenidos, no solo apunta contra los empresarios farmacéuticos, sino también contra fallas graves en los mecanismos de control estatal. Documentos internos del Instituto Malbrán habían advertido en marzo sobre la falta de robustez en los procesos de producción, la existencia de “riesgos críticos” y la presencia de bacterias peligrosas en los lotes. Sin embargo, esas alertas no fueron atendidas hasta mayo, cuando los fallecimientos ya se habían multiplicado.
En paralelo, la investigación sumó testimonios que exponen un clima de irregularidades dentro de los laboratorios. El técnico químico Eduardo “Ruso” Darchuk, exjefe de producción, declaró que durante una reunión interna una jefa de control microbiológico reconoció haber omitido un resultado positivo en una muestra de fentanilo. “La verdad, me olvidé”, habría dicho, según reconstruyó Darchuk. Aquella omisión, de haber sido corregida a tiempo, podría haber evitado la tragedia.
Las consecuencias judiciales también alcanzaron a otros integrantes de la familia García Furfaro. Ariel, señalado como el principal responsable del grupo, fue procesado junto a sus hermanos Diego y Damián, su madre Nélida Furfaro y su abuela Olga Arena. Todos enfrentan embargos multimillonarios: un billón de pesos en el caso de Ariel y quinientos mil millones para Diego.
El avance de la investigación revela un entramado de negligencias empresariales y fallas regulatorias que explican cómo un medicamento adulterado pudo circular en hospitales y clínicas de todo el país. La Justicia sostiene que hubo una “decisión deliberada de encubrir la contaminación” y que los responsables priorizaron el negocio por encima de la salud de los pacientes.
El video:
No te puedo creer que en el caso del fentanilo son todos kukas, debe ser un error.
Voten bien , pelotudos.✌️👎
pic.twitter.com/7TvkxrWvOD— Hippies con Osde (@HippiesConOsde) October 2, 2025
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Fentanilo contaminado,GARCIA FURFARO,Javier Tchukran,Laboratorio Ramallo
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