POLITICA
El Gobierno quiere elevar de $1,5 a $100 millones el monto a partir del cual la evasión se considerará delito

El Gobierno propondrá elevar de $1.500.000 a $100.000.000 el monto a partir del cual la evasión tributaria se considera delito. Así quedará plasmado en el proyecto que enviará al Congreso para incentivar el uso de los “dólares del colchón” y que tiene por intención modificar la Ley Penal Tributaria y de Procedimiento Fiscal para darle seguridad jurídica a los ahorristas que ingresen al esquema que comunicó el ministro de Economía, Luis Caputo.
Según pudo saber TN, la Casa Rosada tiene previsto anunciar esta semana el envío de la iniciativa al Congreso, pero la presentación formal se oficializará en los primeros días de la semana que viene. En Balcarce 50 están preparando una conferencia del vocero presidencial, Manuel Adorni, para profundizar los detalles. “Puede ser este jueves o postergarse”, expresan en Nación.
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El oficialismo asegura además que reducirá los cinco años de prescripción penal para delitos tributarios. Más allá de que el jefe de gabinete, Guillermo Francos, manifestó la intención de bajar los plazos a dos años, los cercanos al presidente sostienen que intentarán fijarlo en tres. Se trata del tiempo en que el fisco puede juzgar hacia atrás la evasión.
El marco jurídico actual establece que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puede exigir el pago de impuestos y aplicar multas junto a clausuras por el transcurso de cinco años en el caso de contribuyentes inscriptos, así como en el caso de contribuyentes no inscriptos que no tengan obligación legal de inscribirse ante ARCA. El plazo llega hasta diez años para los no inscriptos sin la condición anterior.
La Ley Penal Tributaria fija penas de dos a seis años de prisión para personas que evadan el pago de tributos en casos en que el monto sea mayor a $1.500.000. La evasión agravada contempla una pena de tres a nueve años cuando se trata de sumas que superan los $15.000.000.
El Gobierno no incluirá cambios sobre la Ley Penal Cambiaria, que dispone como ilegal la compra de moneda extranjera en el mercado informal. En Nación sostienen que es una reforma para 2026 y argumentan que si lo hacen antes puede “perjudicar” la secuencialidad del programa económico. “Puede generar un problema en la liquidación de exportaciones”, agregan.
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El Ejecutivo apunta a incentivar la regularización voluntaria de contribuyentes que hayan evitado declarar parte de su capital en los últimos años, pero reconoce que no impulsará la eliminación de datos fiscales. “Es ilegal, no es posible hacerlo”, expresan en el oficialismo. La iniciativa la está terminando de trabajar la secretaria de Legal y Técnica, María Ibarzabal.
La Casa Rosada asegura que tampoco modificará la Ley de Prevención del Lavado de Activos y que mantendrá las atribuciones de investigación de la Unidad de Información Financiera (UIF). El titular de ARCA, Juan Pazo, anunció los nuevos umbrales a partir de los cuales se registrarán informaciones financieras.
Contempla topes de $50.000.000 para transferencias de individuos, de $10.000.000 para extracciones y para compras informales sin requisitos de presentación de papeles y de $100.000.000 para tenencias en sociedades de bolsa y para plazos fijos.
Comunicó también la creación de un régimen simplificado de Ganancias, en el que no se requerirá información sobre el consumo y el patrimonio de los adhesores. El esquema entrará en vigencia a partir del 1 de junio. “La gente se va a poder adherir con un sólo click”, explicó el titular del organismo en conferencia de prensa.
Gobierno, evasión tributaria
POLITICA
Se abre camino el criterio del Tribunal Superior porteño para calcular los intereses en accidentes laborales

El criterio fijado por el Tribunal Superior de Justicia porteño para fijar los intereses en los juicios por accidentes de trabajo comenzó a abrirse camino entre los jueces laborales de primera instancia y en abierto desafio a la Cámara Laboral, que se resiste.
Es que la Cámara Laboral se pronunció en contra del fallo de la Corte Suprema de Justicia (caso Levinas) que estableció que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño es la máxima instancia de apelación de las causas de la justicia nacional civil, laboral, comercial, y penal, lo que fue interpretado como un avance del traspaso de los jueces nacionales a la Ciudad.
Ahora, en desacuerdo con la Cámara, que en en algunas salas fija criterios de ajuste desproporcionados -lo que mereció que la Corte le llamara la atención en dos ocasiones-, los jueces de primera instancia empezaron a fallar según el criterio de la “Corte” de la Ciudad.
El primer fallo fue el del juez laboral Alberto Calandrino, del juzgado de Primera Instancia del Trabajo N° 35. El magistrado resolvió un planteo vinculado a la actualización e intereses aplicables a una indemnización en un accidente laboral, alineando su decisión con el último precedente del Tribunal Superior de Justicia porteño.
El fallo de Calandrino movilizó a sus colegas de primera instancia, que activaron el chat de jueces laborales. El jueves de la semana pasada, algunos inquietos, promovieron realizar una reunión por zoom para unificar criterios.
El encuentro tuvo lugar este mediodía y allí hubo tres sectores bien definidos: algunos jueces laborales, más cercanos al kirchnerismo, se mantuvieron en su posición e ignoraron el criterio del TSJ; otros, más moderados, se mostraron dispuestos a avanzar con el nuevo criterio; un tercer grupo aún no tomó una decisión y está abierto a seguir escuchando.
La idea que primó entre los jueces, dijeron fuentes judiciales, es que la escucha en común los llevará a buscar en forma conjunta algún camino consensuado.
La causa que movilizó a los jueces de primera instancia es “Coll Mallorca, César Augusto c/ La Segunda ART SA s/ Recurso Ley 27.348”, donde se debatió la determinación de la incapacidad del trabajador y la forma de calcular los intereses sobre la indemnización.
Calandrino destacó que, tras el fallo Levinas, de la Corte Suprema de Justicia, el TSJ es el órgano competente para entender en los recursos extraordinarios de la Justicia Nacional ordinaria con asiento en la Ciudad. Y que si bien no es un principio absoluto, los tribunales inferiores “deben conformar sus decisiones a las sentencias de la Corte cuando estas fijan la interpretación de una norma federal”.
“De esta forma, como Juez a cargo de un Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo, de no considerar lo resuelto por el más Alto Tribunal de la Argentina, estaría dilatando el proceso, y perjudicando al Justiciable”, agregó. Y así propuso que el monto de condena debe llevar desde la exigibilidad del crédito (6/1/2024) un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), como lo dispuso Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.
Sobre este último punto, Calandrino mencionó la causa “Boulanger, Roberto Eduardo c/ Provincia ART SA s/ Recurso Ley 27.348″, en la que el TSJ revocó un fallo de la Cámara Laboral (Sala VIII) y dispuso que las indemnizaciones deben actualizarse de conformidad con lo establecido en el inciso 2º del artículo 12 de la Ley 24.557, y al texto del Decreto 669/19, es decir mediante un interés equivalente a la tasa de variación del RIPTE.
“De esta forma, como Juez a cargo de un Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo, de no considerar lo resuelto por el más Alto Tribunal de la Argentina, estaría dilatando el proceso, y perjudicando al Justiciable”, agregó el juez laboral.
El 1 de octubre pasado, el TSJ determinó el criterio de actualización de los juicios por accidentes laborales y dispuso que se aplique el RIPTE. La resolución del máximo tribunal porteño va a contramano de lo que venía sosteniendo la Cámara Nacional del Trabajo, un fuero en el que tienen peso e influencia los sindicatos peronistas.
El fallo del TSJ lleva la firma de los jueces Inés Weinberg, Luis Lozano, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi. Con la disidencia de la jueza Alicia Ruiz. Así, el tribunal porteño debutó como la máxima instancia de apelación de todos los juicios laborales que se resuelven en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, como lo dispuso la Corte Suprema en el fallo Levinas.
Con este fallo laboral, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad pone fin a la incertidumbre y a la dispersión de aplicación de intereses en los juicios por accidentes de trabajo que impera en la justicia laboral nacional. La aplicación del RIPTE implica que el ajuste que se hará en los juicios por accidentes de trabajo es inferior a los ajustes que venía aplicando la jurisprudencia de la Cámara del Trabajo.
Este criterio se replicará en más de 1000 causas similares que se encuentran en trámite ante el TSJ. El fallo marca el inicio de una nueva etapa en la jurisprudencia laboral porteña, al ser el primero en lo laboral, posterior al fallo en la causa “Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ incidente de incompetencia”.
En 2019, el Gobierno Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia 669/19, que modificó la Ley de Accidentes de Trabajo y estableció que las indemnizaciones por accidentes tendrían un interés equivalente a la variación del índice RIPTE. Este índice mide la evolución de los salarios formales. El DNU fue remitido al Congreso, que nunca lo rechazó, por lo cual se encuentra vigente.
Sin embargo, muchos jueces laborales se negaron a aplicar ese DNU. Como resultado de esta decisión, hay diversos criterios judiciales para fijar los intereses de las indemnizaciones por accidente. Esto alarga los juicios y consagra notorias desigualdades entre los trabajadores beneficiarios, dependiendo de a qué juez o a qué sala le toque resolver su caso.
Tribunal Superior de Justicia porteño,el fallo Levinas,Conforme a
POLITICA
Dónde voto en las Elecciones 2025: cómo ver en WhatsApp la escuela y el número de mesa que te corresponde

El domingo 26 de octubre de 2025 se realizan las elecciones legislativas nacionales y, como suele pasar, muchos argentinos se preguntan: ¿dónde voto?. La respuesta ahora está al alcance de la mano y se puede obtener en segundos, gratis y desde cualquier lugar, al usar WhatsApp.
Gracias a un sistema oficial, consultar el Padrón Electoral por WhatsApp es más fácil que nunca. Así, cada ciudadano puede saber en qué escuela y mesa le toca votar, sin perder tiempo en buscar en listados impresos ni navegar por páginas web.
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Dónde voto: cómo consultar el padrón de las elecciones 2025 por WhatsApp, paso a paso
El proceso es simple y está disponible para todos los electores. Solo hace falta tener WhatsApp instalado y seguir estos pasos:
1. Agendar el número del chatbot Vot-A
Primero, hay que guardar en la agenda el número +54 9 11 2455-4444.
2. Iniciar el chat
Mandá un mensaje, por ejemplo un simple “Hola”. El chatbot oficial, llamado Vot-A y desarrollado por la Cámara Nacional Electoral (CNE), te va a responder y ofrecer ayuda con todo lo que necesitás saber sobre las Elecciones Nacionales 2025.
3. Elegir la opción “¿Dónde voto?”
El asistente te va a mostrar un menú. Tocá en “Opciones” y seleccioná la alternativa “¿Dónde voto?”. Así, el sistema te guía para consultar el padrón.
4. Ingresar tus datos
El chatbot te va a pedir el número de documento (sin puntos ni espacios) y el género tal como figura en tu DNI (masculino, femenino o no binario). Con esos datos, el sistema busca tu información en el Padrón Definitivo.
5. Recibir la información
En segundos, Vot-A te responde con el lugar de votación, la dirección, el número de mesa y el número de orden. Todo llega en un mensaje de WhatsApp que podés copiar, reenviar o guardar con una captura de pantalla para tenerlo a mano el día de la elección.
Presentarte con el número de orden agiliza el trabajo de las autoridades de mesa y te permite votar más rápido.
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¿Qué más podés consultar con el chatbot Vot-A?
Además de decirte dónde votás, el chatbot oficial de la CNE brinda información sobre el nuevo sistema de Boleta Única Papel, capacitaciones para autoridades de mesa y cómo justificar la no emisión del voto si no podés presentarte.
También recuerda datos clave para el día de la elección:
- Horario de votación: de 8 a 18 horas. Si al cierre hay electores esperando, podrán votar igual.
- Documentos válidos: se puede votar con el nuevo DNI tarjeta, la tarjeta del DNI libreta celeste (aunque diga “no válido para votar”), DNI libreta (verde o celeste), Libreta de Enrolamiento (LE) o Libreta Cívica (LC).
- Importante: el ejemplar del documento con el que te presentás debe ser igual o posterior al que figura en el padrón.

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Consultar el padrón online y por WhatsApp evita sorpresas y demoras el día de la elección. Las autoridades recomiendan chequear siempre el lugar asignado, ya que puede cambiar respecto a comicios anteriores.
Elecciones 2025, Whatsapp, TNS
POLITICA
La extradición de Machado se concretará el 5 de noviembre: sigue preso en Viedma y con llamadas restringidas

El empresario Federico “Fred” Machado, que aportó fondos no declarados a la campaña a de José Luis Espert de 2019 y está acusado de delitos ligados al narcotráfico, será extraditado a los Estados Unidos el 5 de noviembre próximo, según informaron fuentes oficiales.
Se pondrá fin así a un largo proceso que empezó el 16 de abril de 2021, cuando Machado fue detenido por la Policía de Seguridad Aeroportuaria en la ciudad de Neuquén a raíz del requerimiento de la justicia norteamericana. El empresario cumplió arresto domiciliario en Viedma, con una tobillera electrónica, hasta el 7 de octubre pasado, cuando la Corte declaró finalmente que la extradición era “procedente” y Machado fue trasladado a un destacamento policial.
Allí se quedará hasta que la Policía Federal lo vaya a buscar para trasladarlo a Ezeiza, desde donde volará a los Estados Unidos. Es probable que deje Viedma el 3 o 4 de noviembre, estiman fuentes del caso.
Mientras tanto, seguirá detenido en el destacamento donde se encuentra hoy, sin teléfono celular a disposición, pero con permiso judicial para comunicarse en determinados momentos con su familia y con su hijo que vive en los Estados Unidos.
En los últimos días, sus abogados ya no presentaron más recursos judiciales, dijeron fuentes del caso. A lo largo del proceso de extradición sus abogados habían presentado reiterados planteos, que fueron todos finalmente rechazados.
José Luis Espert,la Corte declaró,Conforme a
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