POLITICA
La Corte se reúne mañana y un informe interno recomienda confirmar la condena a Cristina Kirchner
La Corte Suprema de Justicia se reunirá este martes en su acuerdo semanal y ya cuenta con un voluminoso informe interno de su secretario penal, Diego Seitún, donde propone rechazar todos los recursos y confirmar la condena contra Cristina Kirchner, dijeron a fuentes judiciales.
No obstante, y pesar de contar con este insumo, la Corte Suprema no trataría en su acuerdo de mañana la causa Vialidad, sino que se tomaría una semana más para trabajar en la sentencia, señalaron a este diario dos funcionarios del Palacio de Justicia.
Abona esta idea un viaje que tiene previsto realizar a México el juez de la Corte Carlos Rosenkrantz, que partiría el miércoles y regresa el lunes feriado, para estar la semana próxima ya trabajando en su despacho.
Rosenkrantz ya formalizó el pedido de licencia en el alto tribunal, agregaron las fuentes.
Pero la principal novedad que se conoció este lunes en el cuarto piso del Palacio de Justicia, donde los jueces de la Corte tiene sus despachos, es que el secretario penal del máximo tribunal, Seitún, emitió un informe interno en el que concluye como solución que se rechacen todos los recursos, de los acusados y del fiscal Mario Villar, y que de este modo se confirme la condena a 6 años de prisión de Cristina Kirchner y su inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.
Seitún es un abogado de la UCA, que viene de la profesión y se despeñó en los estudios Durrieu y Beccar Varela. Fue designado en ese estratégico cargo con el voto de Horacio Rosatti y Rosenkrantz, y contra los deseos de Ricardo Lorenzetti, que hizo oír su disidencia por la reorganización de esta secretaría.
Seitún emitió este lunes un “muy voluminoso” informe en el que analiza cada uno de los agravios de cada recurso presentado por los acusados y el fiscal.
Hace un resumen de la jurisprudencia de la Corte y propone una solución para resolver. En ocasiones puede ser que proponga mas de una solución, según los precedentes de la Corte.
Idealmente, ese informe es un insumo para que los jueces de la Corte lo utilicen a fin de analizar el caso, pero en general no es un dictamen vinculante, sino que se trata de papeles de trabajo.
Es que, además, los secretarios de cada vocalía, especializados en temas penales, redactan sus propios proyectos de sentencia, según las instrucciones que reciben de sus jefes, los jueces de la Corte.
En casos de alta tensión política o con muchos agravios, son los borradores de los secretarios de cada cortesano los que terminan siendo el esbozo de la sentencia que finalmente verá la luz.
“Se vive en las noticias una psicosis mediática y política”, dijo un funcionario de la Corte para describir el clima externo al tribunal, mientras puertas adentro los jueces adoptan una actitud de máxima reserva. De hecho, este lunes por la tarde estaba prevista una reunión de los jueces, que finalmente no se concretó.
La solución que propuso para el caso el secretario Seitún es resolverlo mediante el artículo 280 del Código Procesal Penal en lo Civil y Comercial, rechazando los recursos sin más explicaciones.
Pero fuentes de la Corte señalaron que, más allá de que esta sea una solución posible, los magistrados están trabajando en un texto fundado para llegar a esta conclusión, no en cuatro líneas que no den razones.
La Corte Suprema, ya resolvió 24 recursos de queja de los distintos imputados a lo largo del proceso que arrancó en 2016.
Los primeros fueron resueltos en septiembre de 2017, y fueron firmados por los cinco jueces de la Corte de ese entonces: Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Rosatti, Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco.
Los últimos recursos de queja resueltos por la Corte en esta causa se resolvieron en junio de 2022, donde firmaron los cuatro jueces que conformaban el Tribunal en ese entonces: Maqueda, Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti.
Hoy, la Corte de tres jueces tiene pendiente de resolver 17 recursos de queja, dentro de los cuales se encuentran aquellos que cuestionan las condenas definitivas.
En este caso se analiza el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que confirmó las condenas del Tribunal Oral Federal 2, del 6 de diciembre de 2022.
El tribunal sentenció a ocho de los trece acusados en el caso Vialidad, a los que encontró culpables del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
A continuación, uno por uno, la suerte de todos los que fueron acusados en el caso.
Cristina Kirchner fue condenada a seis años de cárcel, por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. También se dictó su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. También se la había acusado de asociación ilícita, pero no se la condenó por ese delito.
El empresario dueño de Austral Construcciones, Lázaro Báez, fue condenado a seis años de prisión como partícipe necesario del delito de administración fraudulenta.
El exsecretario de Obras Públicas José López también fue sentenciado a seis años de cárcel. Ya había sido condenado previamente por enriquecimiento ilícito y por la tenencia ilegal de un arma de fuego, a raíz del episodio iniciado cuando intentó introducir casi nueve millones de dólares en un convento. Esa pena fue confirmada por la Cámara de Casación en 2021.
El extitular de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) Nelson Periotti recibió una condena a seis años de prisión como autor de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
El exministro de Planificación Julio De Vido fue absuelto de todos los cargos por los que había sido acusado. Así lo dispuso el TOF 2 y lo confirmó ahora la Casación. El fiscal apeló ante la Corte, pero se confirmaría su absolución.
De Vido ya había sido condenado por la tragedia de Once (en un segundo juicio conocido como Once 2) y por la compra de “trenes chatarra” a Portugal.
Excepto por Héctor Garro, que fue absuelto por el tribunal, los imputados que a lo largo de los tres gobiernos kirchneristas fueron titulares de la Agencia de Vialidad Provincial de Santa Cruz (conocida como “Distrito N°23″), Mauricio Collareda, Raúl Daruich, Raúl Pavesi, José Raúl Santibáñez y Juan Carlos Villafañe, fueron condenados, también, como responsables del delito de fraude al Estado.
Fueron absueltos De Vido, Abel Fatala -que fue el segundo de José López en la secretaría de Obras Públicas- y el extitular de la AGVP Héctor Garro.
El exsubsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal y primo del expresidente Néstor Kirchner, Carlos Santiago Kirchner, fue sobreseído por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.
POLITICA
En segunda instancia, la justicia suspendió el decreto de Javier Milei que ponía límites a las huelgas

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó este lunes un fallo de la jueza nacional Moira Fullana que ante una presentación de la CGT suspende dos artículos del decreto 340/2025 firmado por el presidente Javier Milei que ponía límites a las huelgas en sectores de servicios esenciales.
El fallo fue emitido esta tarde por la Sala IV de la Cámara, con lo cual se confirmó la resolución de la jueza Moira Fullana que había actuado en primera instancia.
Los jueces que ratificaron el fallo de Fullana fueron Héctor Guisado y Silvia Pinto Varela. Asumieron que “no está resuelta la cuestión de fondo” pero cuestionaron los intentos del Gobierno de avanzar por decreto sin discusión previa en el Congreso.
La resolución de la cámara suspendió la aplicación del decreto que regulaba las huelgas en los denominados servicios esenciales para evitar paros totales en la salud o en sectores del transporte y las telecomunicaciones.
En este fallo, al que tuvo acceso Clarín, la cámara también recordó que «el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 340/2025 que, si bien se titula Apruébase el Régimen de excepción de la Marina Mercante Nacional” alude a una ley del Congreso «que reglamenta la huelga en los servicios esenciales» o de importancia trascendental.
En ese punto, la Cámara observó que «en un DNU referente a la Marina Mercante sustituye un artículo de una ley, cuyo texto había intentado modificar el Decreto 70/2023 (el contenido de ambos decretos sobre el tema en cuestión presenta similitudes pero no es idéntico)».
Y, al respecto advirtió que esta misma Cámara ya «en primer término suspendió cautelarmente el decreto 70/23 y luego lo declaró inconstitucional; cuyo resultado final se encuentra para ser tratado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación» en otra causa iniciada por un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo.
El miércoles 21 de mayo, a través de un decreto destinado a regular el funcionamiento de la marina mercante, el Gobierno resolvió volver a la carga con su objetivo de limitar el derecho a huelga, mediante el DNU 340/25 que fue firmado por buena parte del Gabinete.
El texto estableció la ampliación de las actividades consideradas esenciales, incorporando al transporte de cargas y personas, la educación y los servicios de telecomunicaciones, y les impuso la obligación de garantizar la prestación del 75% de los servicios en caso de una medida de fuerza.
Además, en otro de los artículos, el decreto creó la figura de actividades consideradas de importancia trascendental, que abarca los sectores más diversos, y al que le impuso la obligación de mantener un mínimo de la 50% de la prestación en las jornadas de huelga.
Entre las actividades alcanzadas en ese parámetro figuran los principales rubros industriales (alimentación, metalúrgica y la construcción), el funcionamiento de los bancos, los comercios y locales gastronómicos y todos los sectores vinculados a la exportación.
Video
Paro nacional: los nuevos rubros esenciales que no pueden adherirse
La CGT repudió el decreto y presentó un amparo en la justicia. Entre los fundamentos, sostuvo que el decreto reglamenta de manera restrictiva el derecho de huelga, ampliando arbitrariamente la lista de actividades consideradas “servicios esenciales” e imponiendo niveles mínimos de prestación.
Por otra parte, subrayó que la medida viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otras normas con jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga. Por estos motivos, solicitaron una medida cautelar de no innovar para suspender de forma inmediata la aplicación de los artículos 2° y 3° del DNU 340/2025, a los que hizo lugar la jueza laboral este lunes.
Hasta la publicación del decreto del Gobierno, la legislación argentina, siguiendo los parámetros establecidos por la OIT, sólo consideraba como esencial aquellos servicios cuya interrupción pudiera poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la población. Así se incluían como esenciales las actividades vinculadas a los servicios sanitarios, la provisión de agua y energía y el control del tráfico aéreo.
POLITICA
La Libertad Avanza fue inscripta como partido en Uruguay: “tábula rasa”, el saludo de Bullrich y cuál es el referente
A poco más de tres meses de la asunción del presidente Yamandú Orsi, del Frente Amplio, Uruguay ya tiene su alternativa mileísta: se inscribió el partido La Libertad Avanza, el cual recibió el respaldo de funcionarios del gobierno argentino y surgió, según relataron sus integrantes, como un proyecto “naturalmente consubstanciado”.
La Libertad Avanza de Uruguay presentó las firmas y documentos necesarios para su inscripción ante la Corte Electoral. El partido, que será la versión uruguaya de las ideas de Milei, fue lanzado como una opción que “cambiará el rumbo y la historia”.
Nicolás Quintana, uno de los integrantes de la nueva alternativa uruguaya, dijo que se trata de “una alianza de liberales, libertarios, conservadores y patriotas”. Además afirmó que la idea, la cual definió como “no innovadora” fue tomada de un libro del escritor argentino Agustín Laje, ligado fuertemente a la gestión de Milei, a quien calificó como uno de los referentes.
“Es un proyecto que está naturalmente consubstanciado con el éxito de Javier Milei en la Argentina. Es un faro, una guía. Uruguay es un país distinto, con otro tipo de desafíos pero con el mismo problema: estamos muriendo por el socialismo e ideologías colectivistas. La solución y medicamento para esa dolencia es la libertad”, declaró Quintana.
Además, siguiendo la línea del gobierno argentino de “tábula rasa”, expresó: “Este es un proyecto sumamente abierto. Súmense, que nadie les va a reclamar nada si votaron al Frente o la Coalición Republicana. Todos venimos de una conducta de voto anterior y la idea es meterle para adelante y cortar con los kiosquitos de la política. Tenemos que romper con el dinamismo”.
La ministra de Seguridad Nacional argentina, Patricia Bullrich, mandó a La Libertad Avanza de Uruguay un video felicitando al partido por su exitosa inscripción, mientras que desde la iniciativa uruguaya le respondieron que es “un ejemplo de la gestión” en su materia.
“Quiero mandar un saludo muy grande a nuestros hermanos uruguayos, que acaban de inscribir el partido La Libertad Avanza. Ya se abrieron el camino y la senda para que la libertad llegue con toda su fuerza a Uruguay. Les deseo lo mejor en este lanzamiento ante la Corte Electoral”, indicó Bullrich.
También se manifestó la senadora Florencia Arietto, que sostuvo a través de un video: “No quería dejar de estar hoy, felicitando a La Libertad Avanza Uruguay por haber conseguido las firmas y presentado el partido en la Corte Electoral. Vamos con todo a sembrar la semilla de la libertad en Uruguay”.
POLITICA
Fentanilo contaminado: el número de fallecidos por consumir el medicamento de HLB Pharma aumentó a 38

El Ministerio de Salud de la Nación, a través de la Dirección de Epidemiología, le informó al juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak, que ascendió a 38 la cantidad de pacientes fallecidos vinculados al fentanilo de uso clínico elaborado por HLB Pharma. El número de personas infectadas con las bacterias del medicamento en mal estado es de 60 y, al 8 de junio, se registraban 15 casos “sospechosos” que están bajo investigación. La información revela que ya son cinco los “lotes” del fentanilo contaminado. Se trata de los números: 31202, (el que mayor cantidad de muertes produjo; 31245, 31246, 31247 y 31076.
Esto corrobora los datos que ya manejaba el equipo del juez Kreplak que está abocado a la ardua pesquisa, de descubrir que por una razón el laboratorio, vinculado al empresario Ariel García sacó a la venta una campaña de fentanilo -integrada por seis lotes-, que suele usarse en terapia intensiva, contaminada con varios tipos de bacterias, al menos tres, aunque dos son las más preponderantes que produjeron el primer brote mortal en el Hospital Italiano de La Plata. Se trata de Klebsiella pneumoniae MBL y Ralstonia Picketti, microorganismos que no forman parte de la comunidad intrahospitalaria, según un reporte del Instituto Malbrán recibido en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 3 de La Plata.
Los 38 fallecidos, 4 más que las conocidos el 27 de mayo, fueron tratados en ocho hospitales y clínicas privadas con “Fentanilo HLB/Citrato Fentanilo, concentración 0,05 mg/ml, solución inyectable, ampollas por 5 ml, del laboratorio HLB Pharma Group S.A.”. Así se informó en varias alertas de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), a cargo de Nélida Bisio, como la del 13 de mayo en la que se dispuso la prohibición de utilizar esa droga y la inhibición de producción de medicamentos e insumos de HLB Pharma Group S.A. y su elaborador exclusivo Laboratorios Ramallo.
Si a esos ocho efectores se suman los nosocomios donde se registraron casos confirmados -pero que están en tratamiento- y casos sospechosos, el número de entidades que utilizaron fentanilo contaminado se eleva a 12, tres más que los identificados en el reporte de la ANMAT fechado el 27 de mayo.
Los datos fueron volcados al Sistema de Información Sanitaria Argentino (SISA). Es una plataforma digital integrada del Ministerio de Salud de la Nación, que centraliza, organiza y gestiona información vinculada al sistema de salud de todo el país. Su objetivo principal es unificar los datos sanitarios de personas, establecimientos, profesionales y eventos relacionados con la salud pública.
La lista de unidades sanitarias en las que se registraron los casos fatales se estructura de la siguiente manera:
-15 fallecieron en el Hospital Italiano de La Plata;
-2 en el Hospital José María Cullen, de Santa Fe;
-6 en el Hospital de Emergencias Doctor Clemente Álvarez, de la misma provincia;
-1 en el Hospital Italiano de Rosario;
-1 en el Sanatorio Italiano Centro, en Santa Fe;
-3 en el Instituto Cardiovascular de Rosario;
-9 en el Sanatorio Parque de Santa Fe;
-1 en el Sanatorio Dupuytren en CABA.
A estos lugares se le suman los pacientes dados de alta pero que se infectaron en:
–Hospital Interzonal de Agudos y Crónicos Dr. Alejandro Korn y el Hospital Provincial Descentralizado Interzonal General de Agudos Simplemente Evita; ambos ubicados en la provincia de Buenos Aires.
–Hospital Provincial de Rosario.
-El Sanatorio de Niños, de Santa Fe.
En cada caso, que no está identificado con los datos de los pacientes ya que el Instituto Malbrán recibe las muestras “ciegas”, es decir sin el nombre de los pacientes.
Sí se identificó con qué lote el número de lote de fentanilo contaminado con el cual fueron tratadas las 74 personas afectadas con el medicamento de HLB Pharma.
De manera paralela a estos informes, el magistrado analiza cada uno de los cuestionamientos que a lo largo de los años recibieron los laboratorios cuestionados por parte de la ANMAT y las inspecciones que estos recibían por parte de las áreas sanitarias que deben controlar a las empresas farmacéuticas que elaboran medicamentos, por ejemplo, con precursores químicos como el fentanilo y la efedrina solo por dar dos ejemplos y que son el Departamento de Control de Comercio de Precursores Químicos, que forma parte de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud.
-
POLITICA2 días ago
Cristina Kirchner advirtió que la pueden “meter presa” y lo relacionó con su candidatura a diputada provincial
-
POLITICA2 días ago
Detuvieron a Juan Grabois por la toma del Instituto Perón, cerrado por el gobierno de Milei
-
DEPORTE2 días ago
¿Dónde ver EN VIVO y ONLINE el Portugal vs. España por la final de la Nations League?