Connect with us

POLITICA

Petróleo, política y apropiación de empresas

Published

on



El controvertido fallo de la jueza Loretta Preska, que ordenó al Estado nacional pagar la indemnización que reclama la familia Eskenazi y el fondo Burford por la estatización de YPF con acciones de la compañía, actualizó la importancia de dos problemas. Uno recorre buena parte de la historia contemporánea argentina: es la relación entre, para evocar a Arturo Frondizi, petróleo y política.

El otro es mucho más reciente. Se refiere al proyecto de poder de Néstor Kirchner, que incluyó la apropiación de empresas a través de amigos o testaferros. La apropiación del 25% de YPF que, sin poner una moneda, llevaron adelante los Eskenazi, fue sólo una jugada, acaso la más audaz, de ese sueño megalómano. Estos dos planos se cruzan en el escándalo que, con su decisión, reavivó la jueza Preska.

Advertisement

En su magnífica Historia del petróleo en la Argentina, Nicolás Gadano explica el lugar privilegiado que ocupan los hidrocarburos en las fantasías del nacionalismo populista. Es el corazón de un prejuicio muy arraigado para esa mentalidad: la idea de que la riqueza de una nación radica en sus recursos naturales. Un mito que no puede explicar ni la pobreza de Liberia ni la prosperidad de Suiza, por mencionar sólo dos ejemplos. Este fetichismo petrolero está detrás de la estatización de YPF dispuesta por Cristina Kirchner y ejecutada por su flamante adversario interno, Axel Kicillof.

La captura del 51% de las acciones de la empresa por parte del Estado fue la vía que eligió la señora de Kirchner para corregir la política de su esposo y antecesor. Esta consistió en controlar a la petrolera a través de empresarios de su círculo más íntimo.

El significado de la selección de los Eskenazi se entiende con la lectura de dos expedientes judiciales. Uno es el de la causa por enriquecimiento ilícito del matrimonio, que Norberto Oyarbide cerró con un sobreseimiento, gracias a que el fiscal Eduardo Taiano no atinó a apelar. Allí se intentaban justificar los cuantiosos bienes de Cristina y Néstor Kirchner con las exorbitantes remuneraciones que, al parecer, les ofrecía el Banco de Santa Cruz, perteneciente a los Eskenazi.

Advertisement

El otro caso es el conocido como “Cuadernos de las Coimas”. Allí constan las declaraciones del contador Víctor Manzanares consignando que desde Río Gallegos se transportaban montañas de dinero en efectivo que llegaban a Buenos Aires y se atesoraban en bóvedas cuya llave sólo poseían Daniel Muñoz, el multimillonario secretario privado del expresidente Kirchner, y Sebastián Eskenazi.

El ingreso a YPF de esos empresarios sin antecedente alguno en el negocio energético no sólo fue bochornoso por su relación con los Kirchner. La martingala con la que remuneraron a la española Repsol por el 25% de su subsidiaria YPF merece pasar a la historia de la psicodelia financiera: Repsol cobraría con los dividendos que la empresa asignaría a sus nuevos socios. El método plantea una enorme incógnita: por qué nadie en España levantó la voz en defensa de Repsol, y contra Antoni Brufau, presidente de la compañía que aceptó ese procedimiento.

En 2007, Elisa Carrió pidió que se examine esta operación en el juzgado de Ariel Lijo. En 2006 ella ya había promovido una investigación sobre comportamientos de Repsol en YPF. En 2012, el fiscal Carlos Stornelli, inspirado por una queja que Federico Pinedo publicó en la sección Carta de Lectores de , formuló otra denuncia, que quedó absorbida en el expediente iniciado por Carrió. La causa es la número 3518/06. Lijo la durmió desde el primer minuto. Si hubiera estudiado lo ocurrido entre Kirchner, los Eskenazi e YPF, tal vez Preska no habría tomado las decisiones que tomó en contra del Tesoro nacional.

Advertisement

Para realizar su negocio los Eskenazi establecieron en España la sociedad Petersen Energía. Las acciones de YPF en poder de esa firma fueron estatizadas en 2012 junto con las de Repsol. Los motivos por los cuales Cristina Kirchner tomó esa decisión son misteriosos. Una versión muy insistente en el ambiente petrolero afirma que fue para vengarse de los Eskenazi. Ellos se habrían quedado con un patrimonio que correspondía a Néstor Kirchner, aprovechando su fallecimiento, en octubre de 2010.

Brufau, horas antes de dejar el país en medio de la estatización de YPF, repetía: “Yo puedo entender que haya una deuda de varios millones de dólares de la familia Eskenazi con la familia Kirchner, ¿pero por eso se van a cargar una compañía?”. El catalán, en muy probable, hablaba de oídas. Pero tenía donde oír.

Siempre se atribuyó a Elías Jassán, exministro de Justicia de Carlos Menem, haber abierto los ojos de Máximo Kirchner sobre ese perjuicio. Jassán había sido abogado de los Eskenazi pero terminó enfrentado con ellos. Habladurías. En el sector energético hay muy importantes empresarios que están seguros de que las investigaciones de Claudio Bonadio contra Cristina Kirchner, que lo llevaron a citarla para 8 declaraciones indagatorias en un solo día, fueron “estimuladas” por Sebastián Eskenazi. Es lo que vuelve más significativa la foto del juez y el empresario almorzando en lo que fue La Pecora Nera, un excelente restaurante de Recoleta. Una larga cadena de venganzas.

Advertisement

Los Eskenazi, a través de Petersen Energía, quedaron con un derecho a reclamar porque la estatización se llevó por delante las prescripciones del estatuto de la empresa. Los funcionarios kirchneristas, encabezados por Kicillof, alegan que ese estatuto no puede ser superior a una ley sancionada por el Congreso. Burford sostiene que es un argumento frágil porque YPF tomó fondos en los Estados Unidos, bajo la jurisdicción de la Securities and Exchange Commission, garantizando a los inversores que estaban a salvo de una embestida como la que realizó la señora de Kirchner. Repsol recurrió al mismo juzgado en su momento, pero al final aceptó una indemnización que se pagó con una emisión de bonos.

Petersen, de los Eskenazi, vendió al fondo Burford, por 15 millones de euros, el 70% de ese derecho a litigar. En los papeles, sin embargo, la titular de ese derecho sigue siendo Petersen, como salta a la vista en la documentación que se acumula en el juzgado de Preska. Los expertos interpretan que eso se debe a que el derecho español prohíbe transferir la titularidad de un crédito para que quien la recibe inicie un pleito especulativo.

Además, esa legislación obliga también a que el beneficiario del crédito, antes de venderlo a un tercero, ofrezca el mismo acuerdo a quien va a ser ejecutado. Es decir: los Eskenazi/Petersen deberían haber ofrecido al Estado argentino su pretensión a ser resarcidos por los mismos 15 millones de euros que recibió de Burford. Hoy no estarían frotándose las manos por varios miles de millones.

Advertisement

Durante la gestión de Mauricio Macri el Estado se presentó en los tribunales madrileños, a través del procurador del Tesoro, Bernardo Saravia Frías, para denunciar que en el pase de los derechos de los Eskenazi a Burford había un fraude. YPF, bajo la presidencia de Miguel Gutiérrez, compró una acreencia de la Bolsa de Comercio sobre esa familia, para presentarse como querellante en el concurso de Petersen Energía y conocer el pleito desde adentro. Cuando el kirchnerismo regresó al poder y reemplazó a Macri esas acciones se paralizaron.

Esa desidia no debe sorprender. En 2019 se hizo cargo de la Presidencia un abogado que, ocho años antes, había sido contratado por los Eskenazi en YPF por 25.000 pesos mensuales: Alberto Fernández. Mucho antes, cuando todavía era jefe de Gabinete de ambos Kirchner, Fernández mantenía un trato privilegiado con esos empresarios a través de un oscuro operador de negocios llamado Adrián Kochen, que se acercó más tarde al “Señor del Tabaco”, Pablo Otero. “Todo tiene que ver con todo”, dirían en San José 1111.

Ese mismo año fue designado procurador del Tesoro Carlos Zannini, que fue el responsable jurídico de la estatización, impugnada en lo de Preska. Además de haber sido, durante los cuatro años de Macri, director del Banco de Santa Cruz de la familia Eskenazi. Lo había designado Alicia Kirchner en representación de esa provincia.

Advertisement

Gracias a la desidia, que parece deliberada, de Zannini, bajo el paraguas de Alberto Fernández, la Argentina quedó expuesta a tener que indemnizar a Burford/Eskenazi por 16.000 millones de dólares. Es el monto que reconoció Preska. Los Eskenazi se quedarían con 30% de esa suma. Es decir: entraron a YPF sin poner una moneda pero se llevarían, en teoría, alrededor de 5000 millones de euros por haber sido expulsados de la empresa. Cuánto que aprender.

Como ese desenlace sería muy escandaloso, voceros de la familia aclaran que ella no recibiría monto alguno, ya que esa suma iría a pagar deudas de Petersen, que está concursada en España. El argumento es gracioso, porque esas deudas fueron contraídas por los Eskenazi. Una segunda discusión es cuál es el volumen de esas deudas. Alrededor de este punto existe una controversia.

Algunos abogados creen que se trata de unos 4000 millones de euros, que en su mayor parte irían a bancos que prestaron dinero a los Eskenazi con créditos garantizados con acciones de YPF de las que ellos fueron despojados. Otros consideran que el pasivo de Petersen sería mucho más pequeño, por lo cual la familia retendría una fortuna. Ante este panorama aparece un interrogante razonable: dado su comportamiento en este contubernio, ¿qué tamaño debería tener el pago a los Eskenazi para que no sea intolerable?

Advertisement

En este contexto Preska firma su fallo, levantando una ola de objeciones jurídicas. El centro del problema es que la jueza carece de facultades para ordenar al Estado argentino que disponga de un activo, el 51% de las acciones de YPF, para indemnizar a Eskenazi/Burford. Con el agravante de que existe una ley que prohíbe enajenar esas acciones si no lo autoriza el Congreso con dos tercios de los votos de ambas cámaras. Saravia Frías sugirió, entre varias propuestas, que el Estado recurra a la Corte Suprema, mediante un recurso de per saltum, en busca de protección jurídica para no cumplir el fallo de Preska.

Si se tomara ese camino se encontraría a una Corte, acaso, muy favorable. Su presidente, Horacio Rosatti, fue procurador del Tesoro al comienzo de la gestión de Néstor Kirchner. En esa condición debió defender al Estado frente al CIADI, que es el tribunal de protección de inversiones del Banco Mundial. Rosatti sostuvo en ese momento un criterio que dejó más tarde cifrado en su Tratado de Derecho Constitucional. Consiste en distinguir con nitidez dos instituciones jurídicas. Una es la prórroga de jurisdicción, por la cual un Estado se somete a los tribunales de otro. La otra es la inmunidad soberana. Rosatti explica que la prórroga de jurisdicción no reduce la inmunidad soberana.

La consecuencia práctica de esa premisa es que un juez extranjero puede condenar a un país, pero no puede ejecutarlo. Preska ya había condenado a la Argentina a pagar 16.000 millones de dólares a Eskenazi/Burford. El lunes pasado fue más allá, transgrediendo el principio defendido por Rosatti: ejecutó al Estado nacional disponiendo el embargo del 51% de las acciones de YPF.

Advertisement

La decisión de Preska impulsa varios cursos de acción. El Estado va a objetarla ante la Cámara de Apelaciones de Nueva York. Burford/Eskenazi hacen palanca sobre ese fallo para precipitar una negociación con el gobierno de Javier Milei. Desde hace ya tiempo trabaja para ellos el argentino Gerardo Mato, un ex ejecutivo de HSBC. Mato recurrió al ministro Luis Caputo para sensibilizarlo por la demanda de Burford. Caputo lo derivó al secretario de Finanzas Pablo Quirno. Y Quirno organizó una reunión para que Mato explique su posición ante el responsable jurídico del ministerio, Ignacio García Hamilton. Fue una vía muerta. Ahora Burford pretende recuperar esas tratativas ante un Palacio de Hacienda muy desconcertado ante la decisión de Preska.

Otro campo de acción es el Congreso, donde varias fuerzas políticas pretenden la aprobación de una declaración de repudio contra el fallo de la jueza. La iniciativa puede dar lugar a un debate interesante por los protagonistas de la escena. En Diputados está Máximo Kirchner, víctima de los Eskenazi (¿?) y enfrentado a muerte con Kicillof, a quien el costo de la estatización pone en el ojo de la tormenta. ¿Llegarán a cruzarse reproches? Por suerte está Sergio Massa para pacificar. En este caso con más pasión que de costumbre por su amistad con Eskenazi.

También son determinantes los legisladores de provincias petroleras: ellas son las titulares del 25% de las acciones de YPF en poder del Estado. Se las entregó Cristina Kirchner cuando avanzó sobre la compañía. Hay otros gobernadores que, en voz mucho más baja, tendrán algo que decir: los que tienen a los Eskenazi como banqueros de sus provincias. Claudio Vidal de Santa Cruz, Rogelio Frigerio de Entre Ríos, Maximiliano Pullaro de Santa Fe, Marcelo Orrego de San Juan. No hay que olvidar al gobierno nacional, al que Eskenazi tiene acceso gracias a algunas amistades muy próximas a Karina Milei. Interesantísima encrucijada, en plena campaña electoral.

Advertisement

La tan poco edificante participación de los Eskenazi en YPF, tanto su ingreso como su salida, son un fragmento de un mapa mucho más extenso: el del sistema de empresas que aspiró a formar Néstor Kirchner como engranaje de su maquinaria de poder. Una ensoñación parecida a la de Putin pero, como en tantas otras áreas, muy ineficaz. Allí está Ciccone, cuya conquista Kirchner encomendó a Amado Boudou poco antes de morir.

El Eskenazi de esa aventura debía ser Jorge Brito (h). Los sinsabores judiciales los pagó su padre, quien, ejemplar, murió si formular un solo reproche a su heredero. Una colina mucho más valiosa, de frustrada incorporación, fue Telecom. La historia tiene estas ironías: los “expertos en merecados regulados” encargados de poner en la mesa del expresidente esta joya, presionando de la peor manera a los accionistas italianos, fueron Gerardo Werthein y su primo Adrián. Gerardo es el actual canciller de Milei. Un adalid contra la casta.


Advertisement
Advertisement

POLITICA

El Gobierno promulgó la Ley de Modernización Laboral a una semana de su aprobación en el Senado

Published

on



Luego de que el Gobierno cerrara el período de sesiones extraordinarias en el Congreso de la Nación con la aprobación de la reforma laboral, este viernes se promulgó la denominada Ley de Modernización Laboral. Después de una semana puliendo detalles, la medida fue publicada en el Boletín Oficial.

La norma, que fue registrada como Ley Nº 27.802, comenzó a regir esta madrugada, apenas se emitió el Decreto 137/2026, que contó con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Advertisement

“En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el H. Congreso de la Nación en su sesión del día 27 de febrero de 2026″, dictaminaron al ordenar que la medida también quede asentada en la Dirección Nacional del Registro Oficial.

De la misma manera, los detalles de la Ley de Modernización Laboral quedaron disponibles en el sitio oficial del Boletín Oficial. La norma fue publicada con un total de 25 capítulos luego de que fuera sometida a una serie de revisiones que resultaron en la eliminación de los artículos que planteaban una modificación en el régimen de licencias médicas.

.container-video {
position: relative;
width: 100%;
overflow: hidden;
padding-top: 2%;
}
.responsive-iframe-video {
position: absolute;
top: 0;
left: 0;
bottom: 0;
right: 0;
width: 100%;
height: 100%;
border: none;
}

Advertisement

</html

En este sentido, la mayor cantidad de cambios se daría en materia de indemnizaciones, salario, vacaciones, duración de la jornada laboral, los derechos colectivos y el funcionamiento de los sindicatos. Además, se incluirán beneficios para formalizar empleo y un régimen para inversiones medias.

Indemnizaciones y salario

A partir de la modificación del sistema de indemnizaciones por despido, se introdujo una batería de modificaciones en la legislación laboral, con el propósito de abaratar los despidos y garantizar el pago de indemnizaciones. Este nuevo esquema excluyó del cálculo conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas y premios, a la vez que estableció un piso mínimo y un máximo.

Advertisement

El depósito del sueldo deberá ser realizado en cuentas bancarias, tras eliminarse la posibilidad de sumar billeteras virtuales (Imagen Ilustrativa Infobae)

El rediseño del régimen estableció que la indemnización por despido no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio mensual fijado en cada convenio colectivo de la actividad correspondiente. Para el mínimo, fijó un piso del 67% de la remuneración habitual. Si la aplicación del tope convencional reduce la base salarial a una cifra inferior, dicha reducción no podrá superar el 33%.

Otra de las modificaciones prevé que las grandes empresas puedan abonar las sumas derivadas de sentencias de despidos en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las pymes contarán con la posibilidad de extenderse hasta 12 cuotas. Además, se incorporó un esquema de actualización de las indemnizaciones judiciales solo por inflación, con un adicional del 3% anual.

También se crearán los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados de manera obligatoria con el 1% de las contribuciones patronales en el caso de grandes empresas y el 2,5% para pymes. Estos fondos garantizarán el pago de las indemnizaciones a través de cuentas inembargables, bajo control directo de la Comisión Nacional de Valores.

Advertisement

Respecto a los salarios, la reforma incorporó el “salario dinámico”, que puede ser pactado en los convenios colectivos y que ata la remuneración al rendimiento o mérito individual. Asimismo, se estableció que el pago deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.

Vacaciones y jornada laboral

En materia de vacaciones, la nueva norma sostiene la obligatoriedad de otorgarlas entre el 1 de octubre y el 30 de abril. No obstante, permite que ambas partes acuerden su fraccionamiento, siempre y cuando el período no sea inferior a siete días corridos.

Por otro lado, se habilitó la extensión del horario de jornada laboral diaria de hasta 12 horas, a condición de que exista acuerdo voluntario en esquemas flexibles como bancos de horas y se garantice un descanso de al menos 12 horas entre turnos. Además, incorporó la posibilidad de contratar trabajadores a tiempo parcial por debajo de la jornada legal completa.

Advertisement

Derechos colectivos y sindicatos

El sistema prevé que la cuota solidaria sindical seguirá siendo deducida por los empleadores, aunque ahora con un tope del 2% del salario mensual. No obstante, en el plano de la negociación colectiva, la reforma otorgará prioridad a los acuerdos de empresa o regionales sobre los convenios por rama. Además, debilita la vigencia automática —la llamada “ultraactividad”— de las obligaciones que persistían más allá de la validez formal de los convenios.

A partir de ahora, los sindicatos deberán pedir autorización para realizar asambleas en horario laboral

El derecho de huelga quedará restringido en los servicios esenciales (salud, distribución de agua potable, telecomunicaciones, aeronáutica comercial, control portuario, entre otros) y deberá asegurarse un mínimo del 75% de la dotación de personal en actividad.

En el caso de los denominados servicios de importancia “trascendental”, como el transporte de pasajeros y cargas, medios de comunicación, industrias siderúrgica, química, cementera, alimenticia, construcción, aeropuertos y minería, entre otros, deberá garantizarse el funcionamiento al 50%.

Advertisement

Para la realización de asambleas de trabajadores que puedan afectar el funcionamiento de la empresa, se demandará una autorización previa del empleador.

Beneficios para formalizar empleos y el régimen de inversiones medias

La reforma introdujo el Programa de Promoción del Empleo Registrado y establece un mecanismo de blanqueo laboral, permitiendo la condonación de hasta el 70% de las deudas por aportes y sanciones para quienes regularicen su situación.

El nuevo régimen buscará favorecer a las inversiones en el país pensadas a mediano plazo (REUTERS)

En paralelo, se agregará el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que reduce las contribuciones patronales al 8% anual y asigna una reducción aún mayor para quienes contraten a personal previamente no registrado antes del 10 de diciembre de 2025, así como a ex monotributistas o extrabajadores públicos.

Advertisement

Por último, las medianas inversiones tendrán un tratamiento diferencial, ya que contarán con amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada de IVA. Este régimen regirá por dos años y estará disponible para empresas que inviertan entre USD 150.000 y USD 9 millones en bienes muebles nuevos o en obras productivas, con la excepción de automóviles.

En busca de reducir la litigiosidad, la iniciativa determinó que los acuerdos laborales homologados judicialmente tendrán fuerza de sentencia firme y que los honorarios profesionales no podrán superar el 25% del monto reclamado. Finalmente, se ordenó que la Justicia Nacional del Trabajo realice un traspaso progresivo a la órbita judicial de la ciudad de Buenos Aires o Federal.

South America / Central America,Government / Politics

Advertisement
Continue Reading

POLITICA

Córdoba impulsó una ley para proteger a las víctimas de delitos cometidos por menores tras el caso Joaquín Sperani

Published

on



A pocos meses de cumplirse tres años del crimen de Joaquín Sperani, el adolescente de 13 años, asesinado en 2023 por un amigo de 14 en Laboulaye, el Gobierno de la provincia de Córdoba presentó en la Legislatura un proyecto de ley que busca implementar nuevos derechos y garantías para las víctimas de delitos.

La iniciativa, denominada “Ley Joaquín”, propone la creación de un Régimen Provincial de Protección de Víctimas de Delitos y la modificación del Código Procesal Penal, con el objetivo de mejorar el trato, la participación y la protección de quienes atraviesan un proceso penal. El texto fue impulsado por el gobernador Martín Llaryora.

Advertisement

El anuncio fue copartido por el gobernador @MartinLlaryora

La familia de la víctima insistió en la necesidad de cambiar las normas para garantizar la intervención de los familiares en el proceso judicial y el acceso a la información del expediente. A raíz del pedido, desde la Legislatura provincial avanzaron con el proyecto que fija estándares mínimos en el trato, la información y la protección de las víctimas, junto con obligaciones precisas para el Estado y los operadores judiciales.

“El proyecto establece estándares claros de actuación para el Estado y para todos los operadores del sistema penal. Además, fija un piso común de protección para todas las víctimas en la provincia, sin alterar el debido proceso entre las partes”, escribió el gobernador en su cuenta de X. Y afirmó: “Propusimos que lleve el nombre de “Ley Joaquín”, en memoria de Joaquín Sperani, el adolescente de 14 años asesinado en Laboulaye en 2023. Su familia transformó el dolor en un compromiso para que ninguna víctima vuelva a sentirse sola frente al sistema“.

Los adolescentes iban al mismo colegio

Entre los derechos que se garantizan desde el primer contacto con la Justicia, la propuesta incluye: trato digno, privacidad y no revictimización, acceso a información clara sobre el proceso penal, patrocinio jurídico especializado y gratuito, y la posibilidad de participar activamente en audiencias relevantes. Además, la iniciativa contempla la asistencia médica, psicológica, social y jurídica sin costo, medidas urgentes de protección ante riesgos o intimidaciones, y la reparación integral del daño sufrido.

Advertisement

El proyecto incorpora el principio de “debida diligencia”, que obliga a las autoridades a actuar sin demoras para evitar que el trámite judicial profundice el daño de la víctima. Según detalló El Doce, la propuesta también habilita que familiares de víctimas de delitos cometidos por menores inimputables puedan constituirse como querellantes.

Los padres de Joaquín Sperani impulsaron el cambio

El asesinato del menor ocurrió el 29 de junio y su cuerpo fue hallado luego de tres días de búsqueda, en una casa abandonada cerca del colegio donde ambos adolescentes asistían. El chico de 14 declaró semanas después ante el juez de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil, Violencia Familiar y de Género y Faltas, Sebastián Ignacio Moro. “Ha reconocido que es el autor del crimen”, confirmó en aquel entonces el magistrado. Sin embargo, lo declararon inimputable bajo la legislación vigente.

Según fuentes de la investigación, el relato del joven señalado como autor del hecho coincidía con lo que se reconstruyó a través de las imágenes de tres cámaras de seguridad, “en donde claramente se los ve ingresar a los dos (a un baldío)”

Advertisement

Durante su declaración, el compañero de colegio de Joaquín sostuvo que “no tuvo intención de matarlo”. Explicó que el adolescente “hizo un relato en donde admite que participó solo, que no hubo participantes, que todo sucedió a partir de una fuerte discusión, que tomó un fierro y le pegó en la cabeza”.

En octubre del año pasado la familia del adolescente había demandado civilmente al Gobierno provincial y a los padres del asesino por una suma de $600 millones. En el caso del Gobierno, lo señaló “por daños y perjuicios como ente rector, a través del Ministerio de Educación”, de la escuela IPEM 278 Malvinas Argentinas.

Advertisement
Continue Reading

POLITICA

Tras jurar como ministro de Justicia, Mahiques espera que le entreguen el expediente de la AFA para definir si designa veedores

Published

on


Este jueves asumió Juan Bautista Mahiques como nuevo ministro de Justicia de la Nación luego de la renuncia de Mariano Cúneo Libarona y su primer acto administrativo podría ser la designación de veedores en la Asociación de Fútbol Argentino (AFA).

Es que días atrás Cúneo Libarona recibió a especialistas en derecho civil y comercial para analizar la situación en la AFA, pero este miércoles formalizó la renuncia que venía impulsando desde hace tiempo.

Advertisement

Leé también: “Chiqui” Tapia cambió de abogados y logró postergar su declaración indagatoria

Cúneo Libarona ya tenía definida la decisión, pero abandonó el cargo antes. Sobre esta postura hay dos versiones: la primera que circulaba dentro del Gobierno era que estaba “pateando el problema para adelante” y que no quería que la eventual designación de veedores en la AFA sea su último acto administrativo al frente del Ministerio.

“Se quiere ir y no quiere definir sobre los veedores; que en todo caso lo haga su reemplazante”, deslizó una fuente con llegada a la Casa Rosada días atrás. En ese marco, también hubo quienes creían que estaba demorando la decisión para dejar el tema sin resolver antes de su salida.

Advertisement

La segunda, según pudo saber TN de altas fuentes del Ministerio de Justicia, se debió a que simplemente los tiempos de la documentación no le permitieron llevar adelante la medida.

Es por eso que previo a su renuncia, aseguraron que Cúneo Libarona estaba “tratando de dejar todo ordenado” y que su intención era resolver el planteo con fundamento jurídico.

Mariano Cúneo Libarona renunció y dejó pendiente la decisión sobre la designación de veedores en la AFA. (Foto: X @m_cuneolibarona)

Ahora será Mahiques quien debe definir si designa veedores en la AFA. Pero el proceso es largo. En la IGJ, distintas dependencias analizarán el expediente y recién después de ese proceso pasará al Ministerio.

Advertisement

En primer lugar, lo recibirá Carlos Medina, quien está a cargo del control del organismo. Luego pasará a legales de Justicia y recién ahí definirá el flamante ministro.

El trámite para determinar a los veedores no es sencillo. En el Ministerio explican que el proceso es “engorroso”: se debe elaborar un proyecto de resolución, someterlo a consideración del titular de la cartera y articular la intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Recién entonces puede formalizarse una respuesta. Ese circuito administrativo explica, según fuentes oficiales, por qué la definición aún no se produjo.

Advertisement

La investigación en la AFA

El conflicto se originó luego de que la AFA no presentara el balance financiero correspondiente a 2025. La IGJ sostiene que la entidad fue entregando documentación de manera parcial en los últimos meses, pero no cumplió con la presentación del último ejercicio.

Por eso pidió la designación de veedores que auditen los estados contables de 2025, los números de la Universidad de la AFA y todos los movimientos económicos de TourProdEnter.

En el último balance presentado, correspondiente a 2024, se consignaron gastos por 39 mil millones de pesos en selecciones nacionales, sin desagregar el destino de esos fondos.

Advertisement

Además de los egresos, la IGJ requirió el detalle de los ingresos y de todos los movimientos económicos de la institución.

Leé también: La Justicia investiga a “Fiño”, un financista que habría llevado US$5 millones a una oficina ligada a la AFA

Cuando comunicó la medida, el Ministerio de Justicia señaló que la AFA se negó a entregar “la documentación requerida, a pesar de que la IGJ le otorgó todos los plazos legales para regularizar su situación”.

Advertisement

En ese mismo mensaje se indicó que “los veedores designados obtendrán y verificarán la información que no fue presentada”.

El organismo también advirtió que la entidad “no explica las cifras globales de sus balances desde hace más de ocho años”, lo que —según el comunicado oficial— impide conocer el origen y destino de los millones de dólares que ingresaron y salieron de la institución en ese período.

El titular de la IGJ, Daniel Roque Vítolo, sostuvo públicamente que en las últimas semanas trascendió una investigación sobre “eventuales maniobras que podrían implicar el ocultamiento de importantes ingresos de AFA”, que habrían sido derivados a través de entidades ajenas, tanto locales como extranjeras, sin pasar por su contabilidad.

Advertisement

AFA, Juan Bautista Mahiques

Continue Reading

Tendencias