POLITICA
Uno de los líderes de la CGT deberá pagar $8 millones a una estación de servicio para indemnizarla por un bloqueo

Carlos Acuña, cotitular de la CGT, fue beneficiado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 18 de la Capital Federal con la suspensión del juicio en el que estaba procesado y embargado por el bloqueo contra una estación de servicio en CABA el 21 de diciembre de 2021: se le concedió una probation que consiste en 4 horas mensuales de trabajos comunitarios, además del pago de una indemnización de $8 millones a la empresa.
Así, el líder del Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicios, GNC, Garajes, Playas de Estacionamiento y Lavaderos de Autos de la Capital Federal y Provincia de Buenos Aires (SOESGyPE) se convirtió en el sexto sindicalista que pudo zafar de ser enjuiciado por un bloqueo: como anticipó Infobae, una resolución similar benefició la semana pasada a miembros del Sindicato de Camioneros, entre quienes está Omar Pérez, dirigente de confianza de Hugo Moyano, imputados por extorsionar a una pyme de Trenque Lauquen.
En el caso de Acuña, estaba procesado y embargado por 8 millones de pesos desde noviembre pasado por un bloqueo realizado en octubre de 2021 a una estación de servicio ubicada en la avenida Jujuy y México.

La decisión fue adoptada hace ocho meses por la Sala 4 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que revocó el sobreseimiento judicial que lo había beneficiado en septiembre de 2024. Pero el 19 de junio pasado el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 18 de la Capital le concedió a Acuña la probation, como pidieron sus abogados, aunque el sindicalista tendrá que pagar el daño a la estación de servicio y, en la práctica, reconoció que bloquear es un delito.
El dirigente estaba procesado y embargado porque la Justicia lo consideró responsable del delito de coacción en calidad de autor por el bloqueo contra la estación de servicio realizado el 21 de diciembre de 2021: ese día, al frente de activistas de su gremio, Acuña “bloqueó los accesos a la playa e impidió trabajar a los empleados, retirándose recién a las 16.30″, según el fallo.
En realidad, el sindicalista fue denunciado ante la Justicia por el empresario Antonio Roberto Rizzo, con el patrocinio de la abogada Florencia Arietto, por una serie de bloqueos dispuestos por unos 100 activistas de su sindicato durante dos días, en forma simultánea, en la estación de servicio de Capital y otras tres en Vicente López, Lomas de Zamora y San Pedro.
Según la denuncia de la empresa, las protestas extorsivas fueron realizadas por reclamos que estaban fuera de lo estipulado en el convenio y se centraron en estaciones de servicio enroladas en la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA) mientras se desarrollaban las negociaciones salariales de 2021, por lo cual “el accionar delictual estaba perfectamente planificado al solo efecto de generar daño y condicionar la discusión paritaria”.
En su fallo que revocó el sobreseimiento de Acuña, la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional señaló que “ningún derecho podía ejercerse abusivamente, dado que la ley no los considera absolutos ni tampoco ampara el exceso por sobre lo que en justicia corresponde al prójimo” y recordó que la Corte Suprema afirmó que “el derecho de huelga, con jerarquía constitucional, no es óbice a la sanción legal de tipos de conducta que importe extralimitaciones en el ejercicio razonable de dicho derecho”.

Los jueces apuntaron contra la responsabilidad directa de Acuña en los bloqueos: “No modifica en lo sustancial que no hubiera estado presente en la estación de servicio al momento del episodio, en tanto se le ha enrostrado en su carácter de secretario general del sindicato la planificación y organización de esas acciones y el envío al lugar del grupo de personas que se ocuparon de ejecutarlas bajo su constante dirección”.
Sin embargo, en una audiencia realizada el 24 de junio pasado, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°18 de Capital consideró procedente la suspensión del juicio contra Acuña, decisión que habilita la probation porque el delito del que se lo acusa al sindicalista (amenazas coactivas) es “de acción pública y la pena prevista puede dar lugar a una eventual condena en suspenso” ya que Acuña no tiene antecedentes y “se ajustó a derecho” durante todo el proceso judicial.
En la audiencia, presidida por el titular del tribunal, Domingo Luis Altieri, la abogada del líder cegetista, Ana María García, ratificó el pedido de suspensión del juicio y, respecto a las reglas de conducta, propuso que, además de someterse al cuidado del Patronato de Liberados y fijar residencia, Acuña sustituya la realización de tareas comunitarias por una donación de $2 millones a la Parroquia San Cayetano.

Además, la abogada ofreció $8 millones como reparación del daño a la estación de servicio, que es la misma cifra del embargo dispuesto por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, mientras que Arietto pidió un resarcimiento de $20 millones ya que, además de esta causa, “existen tres expedientes en la jurisdicción de Lomas de Zamora, San Pedro y Vicente López por cuanto la orden del imputado fue bloquear, siendo esta la impronta y la responsabilidad penal ya que emitió una orden que se cumplió a 200 kilómetros de distancia”.
Rizzo, el dueño de la estación de servicio, explicó que “el perjuicio económico no fue sólo el día puntual del bloqueo sino que los tres días posteriores los usuarios no se dirigían a la estación de servicio por temor a que le rompan el auto o haya un maltrato” y remarcó que “esto tuvo lugar en tres estaciones de servicio”.
Aun así, Arietto aceptó lo que dispusiera el tribunal respecto de la cifra en concepto de reparación de daños.

Finalmente, el juez Altieri suspendió el juicio, fijó los trabajos comunitarios y consideró razonable el ofrecimiento de $8 millones a la empresa. Además, estimó como adecuado el término de 18 meses en los que el acusado deberá mantener informado el domicilio en el que vive e informar si egresa del país, mientras que deberá presentarse trimestralmente ante la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal.
En cuanto a la sustitución de las tareas comunitarias por una donación, el magistrado rechazó el planteo y dispuso que Acuña que deberá realizar 4 horas mensuales de trabajo comunitario en un lugar por definirse.
El juez tampoco aceptó el pedido de Arietto de que se exija que el sindicalista se abstenga de realizar actos de hostigamiento a los socios de la estación de servicio y de de impedir su actividad comercial: según Altieri, “la ley impone extrema cautela en cuanto a las condiciones para el otorgamiento de la suspensión de juicio a prueba por cuanto adoptar reglas que no fueron contempladas en ningún aspecto por el legislador podría violentar el principio de legalidad”, aunque aclaró que “cualquier acto de hostigamiento que se realice constituye, al menos, una infracción al código contravencional”.

“En definitiva -destacó-, resulta evidente que en este plazo de un año y seis meses no deben ocurrir actos de hostigamiento. Sin embargo, el imputado cumple una función de carácter gremial que se encuentra contemplada en la Constitución Nacional, por lo que el acto de hostigamiento no puede ser un acto de la labor propia que desempeña. Por lo tanto, será otro magistrado quien determine si incurrió en un delito y, en ese marco, se expedirá respecto de la continuación o no de la suspensión del juicio a prueba”.
El otro caso similar al de Acuña se registró la semana pasada cuando el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 3 de la Capital Federal suspendió la audiencia en la que se enjuiciaba por extorsión a Omar Pérez, dirigente de confianza de Hugo Moyano, y otros cuatro representantes del Sindicato de Camioneros y les concedió una probation que consiste en tareas comunitarias en Cáritas durante 18 meses.
Además, los sindicalistas tuvieron que pagar una indemnización de $1.500.00 cada uno, en 5 cuotas de $300.000, a Alejandro Castell, el dueño de Andar Transportadora, al que le bloquearon la empresa en 2020 para exigirle el pago de una deuda que no existía.

Pérez es secretario de Políticas de Transporte del Sindicato de Camioneros y secretario Gremial de la Confederación de Trabajadores del Transporte (CATT). Los otros procesados son Omar Dutrá (secretario de Logística del gremio), Diego Emanuel Coria, Jorge Fabián Aguirre y Matías Ezequiel Paz.
Arietto dijo que se trató de “una medida positiva» y lo explicó así: “Estuvimos dos años y medio para que nos fijen la fecha del juicio, el tribunal propuso la probation, no era una opción, y nos pareció que si nos oponíamos iban a avanzar igual e íbamos a quedar sin posibilidad de reparación del daño económico”.
“Nos pareció importante sentar un precedente -dijo a Infobae-. Primero, que lo que hicieron no es gratis y segundo, que se pagó el daño al reconocer el delito. Eso es un delito económico porque si bien extorsionan, estaban pidiéndole plata (a Castell) para dejarlo trabajar. Entonces, ante la adversidad de la jurisprudencia penal respecto de estos delitos, y como es muy complejo porque nos tuvieron dos años para citar a juicio, fue importante sentar un antecedente que protege a Andar y deja jurisprudencia para otras empresas. Nosotros ahora tenemos la jurisprudencia de que, como mínimo, cualquier bloqueo termina en probation. Ya no es gratis».

La abogada mencionó un riesgo si se oponía a la probation: “Si apelaba la decisión, el paso del tiempo podría haber llevado a la prescripción de la causa. Al aceptar la probation, les quedó una causa abierta y están a prueba durante un año y medio. Pérez tiene que pedir permiso para salir del país, acreditarse una vez por mes en el Patronato de Liberados, hacer tareas comunitarias y pagar 1 millón y medio de pesos».
Lo mismo sucederá con Acuña tras la probation concedida por la Justicia en una audiencia con un dato curioso: además de Ana María García, el sindicalista tuvo como abogado defensor al ex presidente Eduardo Duhalde.
POLITICA
Prorrogaron la fecha límite para adherir al plan voluntario de retiro de la ANSES

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) decidió extender el plazo para que su personal pueda adherirse al Plan de Retiros de Voluntad Recíproca (RVR), una herramienta que permite la desvinculación laboral de común acuerdo entre el agente y el organismo.
La prórroga, según lo publicado hoy mediante la resolución 81/2026 en el Boletín Oficial, fija como nueva fecha límite el 24 de abril de este año a las 23:59 horas. Este cambio responde a motivos operativos y a la alta aceptación que ha tenido la iniciativa en su etapa inicial, según se informó oficialmente.
La medida, adoptada en virtud de las facultades conferidas a la máxima autoridad del organismo por el Decreto N° 2741/1991 y el Decreto N° 162/2026, fue impulsada tras un pedido concreto de la Subdirección Ejecutiva de Administración. El objetivo es garantizar que todos los interesados en acceder al plan cuenten con el tiempo necesario para analizar los términos y condiciones y completar el procedimiento administrativo de manera adecuada.
El Plan de Retiros de Voluntad Recíproca fue aprobado por la Resolución N° RESOL-2026-68-ANSES-ANSES y establece un marco legal para que los agentes puedan desvincularse voluntariamente de ANSES, bajo condiciones previamente estipuladas. Esta extensión del plazo se integra en las políticas de modernización de la gestión de recursos humanos impulsadas por la administración pública nacional en los últimos años.
El RVR está diseñado bajo la normativa del Convenio Colectivo de Trabajo N° 305/98 “E” y la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, que habilitan la extinción del contrato laboral tanto por jubilación como por retiro voluntario o por acuerdo entre las partes. En este contexto, la modalidad de retiro recíproco surge como una alternativa flexible que favorece la reorganización interna del organismo y la gestión eficiente de sus recursos humanos.

El cronograma original establecía que la adhesión al programa podía realizarse hasta el 5 de abril de 2026. Sin embargo, diversas áreas técnicas de ANSES advirtieron la necesidad de contar con una ventana temporal adicional para atender el volumen de solicitudes y garantizar la correcta instrumentación de los trámites.
La Dirección General de Recursos Humanos ha sido facultada para implementar todas las acciones necesarias que permitan la operatividad de la extensión del plazo. Esto incluye la actualización de sistemas internos, la comunicación directa con los agentes y la articulación con otras áreas relevantes para asegurar la transparencia y agilidad en el proceso.
Una de las condiciones más relevantes es la prohibición de reincorporación al sector público nacional durante cinco años. El texto normativo establece: “El personal que adhiera al presente programa, no podrá ser reincorporado ni continuar prestando servicios, bajo ninguna modalidad de empleo o contratación… por el término de cinco años contados desde la fecha de su baja”.
El retiro voluntario implica la finalización definitiva de la relación laboral por acuerdo mutuo. Quienes se acojan al programa deberán declarar que no tienen reclamos laborales pendientes y aceptar que no podrán trabajar en el sector público nacional dentro del plazo fijado. Además, aquellos que ocupen cargos sindicales deberán renunciar tanto a esos puestos como a la tutela sindical si desean acceder al beneficio.
El nuevo régimen de retiro busca ordenar la transición del personal en la administración pública nacional, fijando restricciones claras sobre futuras reincorporaciones y asegurando que solo quienes cumplan con los requisitos puedan acogerse al programa.
La gratificación extraordinaria única de egreso será del 90% por cada año de antigüedad efectiva en ANSES, calculada sobre los conceptos brutos mensuales habituales, con un tope de 24 haberes brutos.
En cuanto al cobro “se abonará en una cuota de pago único, hasta la suma de pesos ochenta millones ($ 80.000.000)” y para los importes superiores a dicha suma “el pago se efectuará en dos cuotas mensuales, iguales, y consecutivas”.
POLITICA
El Gobierno otorgó los anticipos financieros a doce provincias

Tal como había sido anunciado, el Gobierno publicó hoy en Boletín Oficial el decreto 219/2026 con el que otorga un anticipo a doce provincias en materia de coparticipación de hasta $400.000 millones “a ser reintegrado dentro del Ejercicio Fiscal en curso”. La medida había sido anticipada la semana pasada, cuando se habló del tratamiento de Ley de Glaciares que se espera para el próximo miercoles.
La medida fue firmada por el presidente Javier Milei, que busca demostrar una postura concesiva y reforzar la relación con los gobernadores -incluso con la modificación de la mencionada ley-. Las provincias que recibirán este anticipo financiero son Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, La Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra Del Fuego y Tucumán; algunas de ellas alineadas con el oficialismo mientras que otras solo mantienen un diálogo frecuente.
Asimismo, el artículo primero señala que “el monto a otorgar a cada provincia lo determinará la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía conforme a la capacidad de repago de cada provincia sobre la base de su participación en la recaudación de tributos nacionales”.

El mecanismo elegido prevé que los anticipos sean devueltos dentro del mismo Ejercicio Fiscal 2026, a través de retenciones automáticas sobre los fondos que cada estado provincial reciba en concepto de coparticipación federal de impuestos. Será la secretaría la encargada de “disponer la cancelación de los anticipos otorgados, con más los intereses que se devenguen calculados sobre la base de una Tasa Fija Nominal Anual del 15 %, mediante la afectación de la respectiva participación de las provincias detalladas”.
Las provincias beneficiarias deberán autorizar al organismo bajo la órbita de Economía, a retener automáticamente los fondos emergentes del régimen, hasta cubrir el total del anticipo más los intereses correspondientes. La normativa prevé la posibilidad de que las autoridades de Hacienda acuerden con cada jurisdicción las condiciones de desembolso, los plazos y las modalidades de devolución de los fondos «pudiendo suscribir acuerdos con cada una de las jurisdicciones para determinarlos».
En otro orden el documento subraya que a fin de dar cumplimiento a la reciente medida, los Gobiernos de las provincias deberán “afectar su participación en el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido en la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que lo sustituya, y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado, con más sus intereses».

Dentro del Gobierno, se señala que las negociaciones para alcanzar estos acuerdos contaron con la intervención del ministro del Interior, Diego Santilli, en el plano político, y del ministro de Economía, Luis Caputo, en lo referido al control de las cuentas públicas. “Fue una buena jugada la del adelanto financiero a las provincias. Le sirve al Gobierno para ordenar la relación fiscal y financiera con los gobernadores que todos los meses les piden adelanto de copa (sic). Fija un límite, lo cual es bueno. La mala es que las provincias están para atrás. No hay ninguna provincia que esté bien”, afirmó a Infobae una fuente cercana al Gobierno.
La implementación de este mecanismo de anticipos surge como respuesta a ocho meses seguidos de caída en la recaudación y apunta a mitigar la crisis fiscal que afecta a las provincias. Desde los gobiernos provinciales advierten que la recaudación total del primer trimestre muestra una disminución de un billón de pesos respecto al mismo período del año anterior.
“Eso se ve en la recaudación provincial. La situación es dramática, están todos preocupados sean del color que sea. Están todos con los frentes abiertos y las paritarias incendiadas”, afirman. El anticipo de fondos de coparticipación representa una de las opciones con las que contaba el Gobierno para dar alivio financiero a algunos gobernadores.
La normativa también modificó el decreto 922/25, que había autorizado un anticipo financiero a la provincia de Entre Ríos, para ajustar la tasa de interés aplicable y equiparar las condiciones con las de las nuevas jurisdicciones incluidas en la medida.
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POLITICA
El Gobierno comienza a trabajar en la formulación del Prespuesto 2027

El proceso de elaboración del Presupuesto Nacional es uno de los momentos más decisivos para la administración pública argentina. Para el ejercicio 2027, la administración nacional mediante la publicación fijó un cronograma específico para la formulación del proyecto de ley de presupuesto y del presupuesto plurianual 2027-2029, estableciendo responsabilidades y fechas que buscan garantizar el cumplimiento oportuno de cada etapa.
La decisión, formalizada mediante la publicación el Boletín Oficial de la Resolución 446/2026, involucra a una serie de áreas técnicas y de gestión que, como integrantes del Grupo de Apoyo para la Elaboración del Presupuesto (GAEP), quienes deberán cumplir con actividades y plazos establecidos en los anexos oficiales. El objetivo es asegurar la presentación ante la Honorable Cámara de Diputados de la Nación en la fecha límite, el 15 de septiembre.
La organización de los trabajos para la elaboración del proyecto de ley de presupuesto y del presupuesto plurianual recae en la Subsecretaría de Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía. Esta dependencia tendrá la misión de coordinar el GAEP y podrá ajustar el cronograma para adaptarse a la marcha de los trabajos, además de requerir colaboración de otras áreas si fuera necesario.
El proceso de formulación incluye la utilización de sistemas digitales como el Sistema de Información Financiera para Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios, Entes Excluidos del Presupuesto de la Administración Nacional y Universidades Nacionales (SIFEP). Esta herramienta ha permitido perfeccionar la gestión y la presentación de la información presupuestaria por parte de empresas públicas, fondos fiduciarios y otros entes del sector público nacional, integrando múltiples actores bajo un enfoque macroeconómico y fiscal.
El cronograma oficial, cuya versión definitiva forma parte de los anexos de la resolución ministerial, comprende actividades que van desde la recopilación de información de base hasta la proyección de variables, la elaboración de anteproyectos y la redacción final del mensaje de remisión del proyecto de ley. Cada etapa está sujeta a plazos precisos, asignación de responsables y mecanismos de control interno.

El cronograma paso a paso
De acuerdo con el Anexo 1 que acompaña la resolución, desde el mes de abril de 2026, la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Economía asumió la coordinación inicial del Grupo de Apoyo para la Elaboración del Presupuesto (GAEP). Esta estructura es responsable de articular los trabajos, emitir instrucciones técnicas y acompañar a las jurisdicciones y entidades en cada una de las etapas fijadas en el cronograma oficial.
Durante los primeros días de este mes, la Oficina Nacional de Presupuesto comunicó las instrucciones y brindó asistencia técnica remota a todas las áreas involucradas. Paralelamente, la Secretaría de Hacienda y la Secretaría Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros establecieron los criterios de priorización y selección de proyectos de inversión para el periodo 2027-2029. Esta fase inicial incluyó la carga en el Banco de Proyectos de Inversión (BAPIN) de los requerimientos recibidos tanto de jurisdicciones y entidades nacionales como de empresas públicas y fondos fiduciarios.
El cronograma establece que la recopilación y presentación de la información relativa a la planta ocupada de cargos y la ejecución mensual del gasto en personal correspondiente al año 2026 debía culminar a principios de mayo. Este insumo es fundamental para proyectar los recursos humanos del sector público.
Entre el 20 de abril y el 4 de mayo, la Subsecretaría de Análisis y Modelación Económica, junto a la Dirección Nacional de Modelos y Proyecciones, trabajará en la proyección de las variables macroeconómicas para el período 2027-2029. Casi simultáneamente, la Subsecretaría de Ingresos Públicos se encargó de estimar los recursos impositivos y las contribuciones a la seguridad social. La Subsecretaría de Financiamiento, por su parte, programará el servicio de la deuda pública interna y externa, desglosando intereses, amortizaciones y comisiones según tipo de acreedor.
Otro de los hitos clave es la programación de los gastos financiados con préstamos de organismos internacionales y convenios bilaterales, tarea que recayó en la Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales. Todos estos aportes confluirán en la formulación preliminar del presupuesto, que cada jurisdicción y entidad nacional tendrá que remitir digitalmente entre el 4 y el 29 de mayo.
Tras la integración de la información y la revisión de los avances, el proceso continuará con la elaboración y remisión del Informe de Avance del Proyecto de Presupuesto al Congreso, actividad que se extenderá hasta fines de junio. A continuación, la Subsecretaría de Presupuesto y la Oficina Nacional de Presupuesto prepararon los techos presupuestarios para el trienio 2027-2029, que serán comunicados oficialmente a las jurisdicciones y entidades entre el 30 de junio y el 3 de julio.
Durante julio y agosto, las jurisdicciones y entidades nacionales formularán y remitirán sus anteproyectos de presupuesto mediante firma digital, utilizando el sistema eSIDIF-FOP. En paralelo, fondos fiduciarios, empresas públicas y otros entes del sector público nacional no financiero realizaron la misma tarea a través del sistema SIFEP, asegurando la cobertura de todos los componentes del sector público argentino.
La segunda mitad de agosto marcará el inicio de la redacción del proyecto de Ley de Presupuesto, a cargo de la Subsecretaría de Presupuesto y la Oficina Nacional de Presupuesto. En ese mismo período, se preparrá y remitirá la información macrofiscal al Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal, dando cumplimiento a la Ley 25.917. Además, se estimarán los resultados primarios y financieros por nivel de gobierno, así como los límites de endeudamiento y la proyección de recursos por provincia y ciudad autónoma.
Entre el 7 y el 11 de septiembre, la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de Economía aprobarán y consolidarán el documento definitivo del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional 2027. Finalmente, el 14 de septiembre fue la fecha fijada para la remisión formal del proyecto al Honorable Congreso de la Nación, en cumplimiento del plazo legal establecido.
La elaboración y remisión del Presupuesto Plurianual 2027-2029 continuará hasta finales de octubre, con la participación de la Jefatura de Gabinete, la Secretaría Ejecutiva, el Ministerio de Economía, la Secretaría de Hacienda y la Subsecretaría de Presupuesto, en conjunto con la Oficina Nacional de Presupuesto.
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