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Fentanilo contaminado: detuvieron a Ariel García Furfaro, sus dos hermanos, su madre y directivos del laboratorio HLB Pharma

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Este miércoles por la noche se concretó la detención de Ariel Fernando García Furfaro, el dueño de HLB Pharma, el laboratorio vinculado con el fentanilo contaminado. Según trascendió, el acusado permanecerá durante la noche en la cárcel de Ezeiza. El procedimiento estuvo a cargo de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y la Gendarmería.

A través de 10 allanamientos, con las órdenes de detención, se apuntó contra el titular de la firma y de Laboratorios Ramallo, las empresas que están siendo investigadas por la muerte de, al menos, 96 personas.

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En ese sentido, detuvieron a otros involucrados que están vinculados con las acciones de las empresas, como Diego y Damián García, hermanos de García Furfaro, que llevaban el control de las actividades de los laboratorios. Asimismo, su mamá, Nilda Furfaro, quien es accionista y vicepresidenta de HLB.

Uno de los detenidos por la causa del fentanilo mortal

En tanto, también realizaron los allanamientos con la posterior detención del director general de ambos laboratorios, Javier Tchukran, y a los directores técnicos de ambas firmas, Carolina Ansaldi, Víctor Boccaccio y José Antonio Maiorano.

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Víctor Boccaccio, uno de los directores técnicos del laboratorio Ramallo, fue detenido en Rosario

Por último, también se ordenó detener a los accionistas y autoridades de la empresa Ramallo, su presidente Horacio Tallarico y a su director suplente, Rodolfo Labrusciano.

La PSA fue parte de los operativos de detención

“Las hacen, las pagan. Los responsables del lote letal de fentanilo, tras las rejas. Los culpables de las muertes por fentanilo contaminado ya no caminan libres. El cabecilla de la banda, a punto de ser detenido. La GNA y la PSA hicieron un operativo impecable, a pedido de la Justicia. Se acabó la impunidad: ahora deberán responder ante la Justicia, frente a las familias y a toda la sociedad”, escribió la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, en su cuenta de X con las fotos de algunos de los detenidos.

Poco después de que se concretara el traslado de los detenidos, la titular de la cartera de Seguridad compartió una fotografía del dueño de HLB Pharma. En la imagen, se lo veía sentado frente a un escritorio, mientras era rodeado por efectivos de la PSA.

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“Este es Ariel García Furfaro, dueño del laboratorio del fentanilo contaminado. El último que faltaba, detenido”, apuntó la ministra, para luego concluir: “Ser amigo del poder kirchnerista no te salva”.

La imagen de Ariel García Furfaro que compartió Bullrich en las redes sociales

Según informó Fiscales, el juez Kreplak aceptó hoy el pedido de la fiscal María Laura Roteta y del titular de PROCUNAR, Diego Iglesias, para detener y citar a indagatoria a directivos y técnicos de Laboratorios Ramallo S.A. y HLB Pharma. La medida responde a la investigación por posibles desvíos de calidad en los lotes 31.202 y 31.244 de fentanilo, contaminados con bacterias Klebsiella y Ralstonia, así como por un presunto desvío de producto al mercado ilegal. El fiscal Sergio Rodríguez, de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, promovió también pesquisas sobre los controles oficiales.

“Nos encontramos frente a un caso de criminalidad compleja que involucra a un número elevado de víctimas y un conglomerado empresarial organizado”, señaló la fiscal Roteta en el dictamen, mientras remarcó que la real dimensión del brote aún no está plenamente determinada.

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En ese sentido, sostuvieron que a partir de esta complejidad se requirió la intervención de distintas dependencias del Ministerio Público Fiscal que colaboran en el caso: la PROCUNAR, la PIA, la Dirección de Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) y la Secretaría de Investigación Financiera y Recupero de Activos Ilícitos (SIFRAI).

En el comunicado, aseveraron: “Según el dictamen fiscal, las graves falencias estructurales que se verificaron, en estos tres meses de investigación, en los procesos de producción del medicamento a partir de las distintas medidas probatorias practicadas -entre ellas, el reciente informe del prestigioso Instituto Malbrán- resultaron determinantes para que los lotes de fentanilo (N° 31.202 y 31.244) salieran al mercado contaminados y se distribuyeran en todo el país, exponiendo a miles de pacientes a un riesgo sanitario concreto“.

“Estamos frente a un caso dramático, grave, que exige una actuación rápida pero también rigurosa y profesional”, remarcaron los fiscales.

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Detuvieron a familiares y directivos de las empresas que dirigía García Furfaro

La Justicia, a través del juez Ernesto Kreplak, investiga a García Furfaro por la partida 31202 del fentanilo contaminado de HLB Pharma. En ese momento, de acuerdo a las reconstrucciones, la presidenta de la empresa era la abuela de García Furfaro, una jubilada que nunca tomó ninguna resolución ni se la vio en las instalaciones de la planta elaboradora de medicamentos de su nieto. Su madre y hermanos, Diego y Damián también formaron parte de HLB Pharma o Laboratorios Ramallo, elaborador exclusivo de medicamentos de la primera empresa.

HLB Pharma es investigada por la fabricación de fentanilo contaminado

Este martes el juez recibió el estudio de las primeras 20 historias clínicas de pacientes fallecidos, realizadas por el Cuerpo Médico Forense. De ese total, al menos 12 pacientes empeoraron su cuadro después de recibir el medicamento contaminado con dos bacterias.

El informe reveló que los fallecimientos no se los pudo asociar como “Nexo Causal Directo” de la muerte del paciente. Sí, en cambio, certificaron que en doce historias clínicas la aplicación del fentanilo de HLB Pharma “constituye un factor agravante significativo de la condición clínica del paciente portador de un cuadro clínico complejo con múltiples comorbilidades y contribuyó al desenlace fatal”.

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Para la causa es importante que los peritos certificaron que el fentanilo HLB Pharma estaba contaminado y que se encontró en la sangre de los pacientes.

Los facultativos también explicaron que: “El criterio y los tipos de nexo causal aplicados desde el punto de vista médico legal, están fundamentados en la legislación nacional, la doctrina legal y el conocimiento médico forense argentino, y surgen de fuentes doctrinarias, normativas y bibliográficas que son ampliamente utilizadas en el ámbito de la medicina legal”. Y desarrollan: “Entre los criterios y tipos de nexo causal aceptados en Argentina se encuentran Nexo causal directo: Cuando la acción u omisión es la causa inmediata y necesaria del daño o muerte. Nexo causal indirecto o concausalidad: cuando actúan varios factores concurriendo en la producción del daño. Se considera que la causa investigada tiene una alta probabilidad de haber contribuido de manera significativa en el daño o fallecimiento, aunque no pueda afirmarse con certeza absoluta que sea la única causa. Nexo causal fortuito: cuando la asociación entre el factor y el daño es accidental o sin influencia significativa”.

Bajo esas especificaciones científicas los peritos del Cuerpo Médico Forense concluyeron:

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Nexo Causal Directo: Define aquellos casos en los que el cuadro infeccioso vinculado a los microorganismos con demostrada identidad fenotípica, molecular y genómica con los recuperados de las ampollas de Fentanilo de HLB PHARMA fueron la causa determinante del fallecimiento y/o enfermedad sin que existan otras condiciones médicas que puedan explicar dichos causales. No surgen casos de esta categoría en el relevamiento realizado”.

Nexo Concausal:“Define aquellos casos en los que el cuadro infeccioso vinculado a los microorganismos con demostrada identidad fenotípica, molecular y genómica con los recuperados de las ampollas de Fentanilo de HLB Pharma constituye un factor agravante significativo de la condición clínica del paciente portador de un cuadro clínico complejo con múltiples comorbilidades y contribuyó al desenlace fatal. Guarda Relación con el Fármaco Contaminado». En este caso, el Cuerpo Médico Forense identificó 12 casos. En estas historias clínicas se determinó que el fentanilo contaminado, los pacientes con múltiples comorbilidades “contribuyó al desenlace fatal”.

Nexo Causal Fortuito: “Comprende aquellos casos en los cuales los pacientes presentan algún antecedente de infección que involucra a los gérmenes de estudio en coexistencia de eventos clínicos al momento de su fallecimiento con entidad suficiente para causar la muerte independientemente del antecedente mencionado. No obstante, ello, el cuadro infeccioso participó de la enfermedad del paciente”. En este caso se identificaron cuatro historias clínicas.

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Casos no Clasificables con Fallecimiento: Hacen referencia a aquellos casos en los cuales existen documentos con fechas discordantes o existen documentaciones pendientes de remisión para su cierre. En este punto se identificaron cuatro pacientes.

Conclusiones médico legales

En el documento de 30 fojas y firmadas por todos los participantes, se explica que: “Todos los pacientes evaluados presentaron en el curso de su internación algún episodio de infección asociada a alguno o ambos de los microorganismos involucrados en esta causa cuyos estudios microbiológicos certificaron la existencia de trazabilidad entre las bacterias halladas en los pacientes y aquellas recuperadas en. las ampollas de Fentanilo HLB PHARMA lote 31202 certificándose su identidad fenotípica, molecular y genómica”. “Todos estos procedimientos implican la disrupción de las barreras anatómicas naturales, lo que incrementa de manera significativa el riesgo de desarrollar Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud, entendidas como todos los procesos infecciosos que no estaban presentes ni en período de incubación al momento del ingreso del paciente a la unidad, y que son adquiridos durante el transcurso de su atención médicas. Las Infecciones asociadas al Cuidado de la Salud son eventos que irrumpen en la evolución clínica del paciente crítico incrementando su condición de riesgo con impacto en su evolución clínica, siendo un factor de riesgo independiente que incrementa la mortalidad”.

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En tanto, detallaron que “la bacteria Ralstonia es un bacilo Gram negativo no fermentador oportunista que posee gran habilidad de supervivencia en condiciones de bajos nutrientes con posibilidad de sobrevivir en soluciones. No es un microorganismo habitualmente asociado a infecciones intrahospitalarias”, por lo tanto su presencia puede ser asociada a la contaminación en la etapa de elaboración del fentanilo en el laboratorio. Por el contrario la bacteria “Ralstonia no posee elevada patogenicidad, sin embargo, puede ocasionar evento séptico en pacientes inmunocomprometidos. Las infecciones por Ralstonia en pacientes críticos tienen implicancias significativas debido a su naturaleza oportunista y su perfil de resistencia a los antibióticos”: “Ralstonia picketii, Ralstonia mannitolilytica y Ralstonia insidiosa son patógenos emergentes con capacidad de ocasionar infecciones nosocomiales severas especialmente en pacientes con enfermedades subyacentes con incremento de la mortalidad”.

Por último aseguraron que: La Klebsiella es un bacilo gramnegativo, caracterizado por su elevada virulencia y capacidad infectante. A diferencia del microorganismo previamente mencionado se trata de un agente de elevada frecuencia de presentación como agente causal de infecciones asociadas al cuidado de la salud, especialmente en unidades cerradas de nuestro medio”.

Este es un primer tramo de las historias clínicas enviadas por el juzgado de Ernesto Kreplak que ya fueron informadas a las 24 personas sospechadas de tener algún grado de participación en la elaboración del medicamento y en velar por su esterilidad. Ahora se espera la llegada del resto de la documentación enviada a peritar por el magistrado.

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Noticia en desarrollo.

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Tras haber dado quórum en contra del Gobierno, cuatro diputados abandonaron el bloque de LLA

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En un movimiento inesperado durante la sesión en Diputados que debate los vetos presidenciales, cuatro legisladores de La Libertad Avanza (LLA) anunciaron su salida del bloque y constituyeron uno nuevo bajo la denominación “Coherencia”. Se trata de Marcela Pagano, Carlos D’Alessandro, Gerardo González (de Formosa) y Lourdes Arrieta, quien hasta ahora servía como monobloque. El quiebre se confirmó mientras otorgaban quorum para avanzar con la sesión que terminó rechazando el veto a la Ley de Emergencia en Discapacidad.

La diputada Marcela Pagano, quien ganó su banca dentro del armado libertario, había protagonizado tensiones internas previas con sus pares, señal de que la ruptura podría haber estado gestándose desde hace semanas.

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Coherencia se erige ahora como un nuevo espacio político dentro del oficialismo o aliado del bloque de Milei, aunque aún no está claro si se alineará por completo con la estrategia original de LLA o buscará una posición intermedia entre el oficialismo y otros sectores. La salida de estos legisladores redefine la correlación de fuerzas en Diputados, complicando el panorama de votaciones futuras.

El impacto de esta fractura se evidencia tanto interna como estratégicamente: por un lado debilita la cohesión discursiva del libertarismo en el recinto; por otro, reduce el margen para lograr quórum y bloques sólidos en próximas sesiones críticas. Dado que el bloque ya enfrenta desafíos para sostener los vetos presidenciales, esta escisión es un golpe durísimo en términos parlamentarios.

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Cámara de Diputados,emergencia discapacidad,La Libertad Avanza,Marcela Pagano

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Cambio de clima: ofensiva opositora en el Senado para limitar la validez de los decretos de necesidad y urgencia

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En un giro inesperado que marca el cambio de clima político con la administración libertaria que impera en el Congreso tras el cierre de listas para las elecciones de octubre, un amplio arco opositor se puso de acuerdo esta tarde y decidió avanzar en la elaboración de un proyecto que buscar restringir el uso de los decretos de necesidad y urgencia (DNU) por parte del Poder Ejecutivo.

El acuerdo se plasmó en la Comisión de Asuntos Constitucionales, que mandató a su presidenta, la peronista cordobesa Alejandra Vigo (Las Provincias Unidas), para que elaborara un proyecto de dictamen que modifique la ley 26.122, de trámite legislativo, que reglamenta el tratamiento parlamentario de los DNU y los decretos de facultades legislativas delegadas en el Poder Ejecutivo.

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La propuesta contó con el apoyo de la UCR, el kirchnerismo; la porteña Guadalupe Tagliaferri, que responde a Horacio Rodríguez Larreta, y exaliados del Gobierno como el peronista correntino Carlos Espínola (Corrientes), presidente del interbloque Las Provincias Unidas.

En ese sentido, y como un claro indicador de que el Gobierno ha perdido aliados por su política de acuerdos electorales, la movida encontró en la misma vereda al jefe del bloque UCR, Eduardo Vischi (Corrientes), que hasta hace unas semanas atrás apoyaba a la administración libertaria, con dos radicales críticos de Milei como Martín Lousteau (Capital) y Pablo Blanco (Tierra del Fuego).

Reunión conjunta de comisiones en el SenadoGabriel Cano / Comunicaci—n Senado.-

En el debate, los legisladores se pusieron de acuerdo en terminar con la sanción ficta, que le permite a los decretos mantener su validez mientras no sean rechazados por ambas cámaras legislativas o quedar ratificados si son aprobados por una sola cámara legislativa.

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Ahora, se invertirá la carga de la prueba y la idea es exigir la ratificación del Senado y de la Cámara de Diputados para que el instrumento mantenga su vigencia.

En consonancia con esa idea, también se reglamentará de manera restrictiva el concepto de que el silencio del Congreso implica la validez tácita de los instrumentos. En ese sentido, hubo consenso para establecer un plazo perentorio en el que el Congreso tendrá que expedirse sobre los decretos.

Si vencido ese plazo no hay un pronunciamiento, el decreto perderá su vigencia. Los tiempos que se barajaron en el debate de esta tarde fueron desde los 30 días hábiles a los 90 días corridos.

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También se escucharon propuestas para permitir que el Congreso pueda aprobar o rechazar de manera parcial los DNU. Hoy, la normativa vigente obliga al Congreso a tratar como un todo cada instrumento.

La idea es terminar con la disyuntiva de todo o nada que debe dilucidar el Congreso ante el uso de decretos ómnibus, como el 70/23 que dictó Javier Milei en el inicio de su gestión, sin poder separar aquellas medidas que tengan consenso de las consideradas nocivas.

La letra fina de la iniciativa quedó en manos de la senadora Vigo, quien se comprometió a terminar de darle las puntadas finales al dictamen y pasarlo para su firma. Una vez concretado este paso, la iniciativa quedará habilitada para su debate en el recinto de la Cámara alta.

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La ley 26.122 fue sancionada en 2006 por impulso de Cristina Kirchner cuando era primera dama y senadora nacional. Fue ella la que impuso el método de la sanción ficta para favorecer al Poder Ejecutivo, en ese momento ejercido por su esposo, Néstor Kirchner.

Ahora, el kirchnerismo parece haber pasado a la vereda de enfrente y se sumó a la ofensiva para restringir el uso de los decretos de necesidad y urgencia por parte del Gobierno.

Fue el radical Vischi el primero en apoyar la necesidad de modificar la reglamentación de los DNU luego de considerar que han sido usados de “manera excesiva” por este Gobierno y abogó en contra de la sanción ficta vigente.

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“Es nociva la aprobación tácita. Tiene tanta fuerza que permite que los decretos tengan vigencia sin tratamiento y eso vulnera prerrogativas constitucionales”, afirmó el líder de la bancada radical, quien pidió que “sea inválido el DNU que no sea tratado por el Congreso”.

En la misma sintonía se manifestó Tagliaferri, quien sostuvo que con la actual ley “es más fácil tener un decreto que una ley, que tiene que ser aprobada por ambas cámaras, y un decreto no”.

La senadora porteña también pidió reglamentar el silencio del Congreso y propuso un plazo de 60 días para que el Congreso ratifique los decretos, caso contrario perderán su validez. También apoyó la idea de que puedan ser aprobados o rechazados de manera parcial.

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El senador Blanco alertó sobre “el abuso que hace el Gobierno” de los DNU y citó como ejemplo el 70/23 que, dijo, “ahora le permite tomar medidas al Poder Ejecutivo por las facultades delegadas que contiene”.

“Todos los gobiernos han abusado de los DNU, pero este hace uno por semana”, sumó su voz Lousteau, quien recordó que el DNU 70/23 modificó 80 leyes. Además, el radical porteño propuso habilitar la declaración de nulidad de los decretos, lo cual impediría el reclamo de derechos adquiridos en el caso de que el Congreso derogue el instrumento.

“Hay que lograr consenso para reglar algo que ha generado un abuso por parte del Gobierno porque esta ley le permite que sea más fácil gobernar por decreto que lograr una ley en el Congreso”, afirmó la kirchnerista Florencia López.

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Gustavo Ybarra,Javier Milei,Senado de la Nación,Conforme a,Javier Milei,,Sesión maratónica. Diputados aprobó cambios en el régimen tributario y otros proyectos,,Tras un día en silencio. El Gobierno desplazó al jefe de la Agencia de Discapacidad por la difusión de audios en los que se habla de coimas,,Por amplia mayoría. La oposición consiguió resucitar la comisión investigadora del caso $LIBRA

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Cómo consultar el padrón de las elecciones de Corrientes de este 31 de agosto

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Con vistas al 31 de agosto, la provincia de Corrientes se prepara para una jornada electoral en la que se definirán sus autoridades provinciales y representantes legislativos. La novedad principal del proceso es el acceso digital al padrón electoral, que permite a los ciudadanos consultar su lugar de votación a través del sitio oficial del Poder Judicial provincial.

La oferta de candidatos es amplia y las recientes divisiones políticas anticipan una competencia ajustada. La ciudadanía ya comenzó a verificar su inclusión en los listados oficiales para garantizar la participación.

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Qué se vota en las elecciones Corrientes 2025

En esta edición electoral, Corrientes convoca a sus ciudadanos a elegir cargos decisivos para su organización política y administrativa. El llamado a comicios se formalizó por medio del Decreto 1056/25, firmado por el gobernador Gustavo Valdés y publicado el 26 de mayo en el Boletín Oficial.

El sistema de votación será presencial, con boleta en urna y control de autoridades electorales (AP Photo/Matias Delacroix)

Las autoridades a renovar comprenden al gobernador y vicegobernador, quienes encabezarán un nuevo ciclo en la administración ejecutiva provincial. Además, se elegirán cinco senadores provinciales titulares y tres suplentes, junto con 15 diputados provinciales titulares y ocho suplentes. Estos recambios responden a la finalización de los actuales mandatos el 10 de diciembre de 2025, conforme a la normativa vigente.

El proceso electoral abarca tanto la selección de senadores y diputados como la elección de los próximos gobernantes provinciales. Competirán al menos siete fuerzas políticas que presentaron fórmulas para la gobernación y la vicegobernación. Este abanico de candidaturas muestra la fragmentación dentro del oficialismo y la emergencia de nuevas alternativas opositoras, lo que augura un escenario dinámico y abierto para el electorado.

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Además, en más de 70 municipios correntinos también se renovarán autoridades locales, como intendentes y concejales, de acuerdo al cronograma establecido.

Quiénes pueden votar en los comicios del 31 de agosto en Corrientes

La ley electoral provincial establece con precisión las condiciones de participación. Según el Artículo 1° del Código Electoral local, pueden votar todos los ciudadanos nativos, por opción y naturalizados, sin distinción de género, que tengan dieciocho años y no estén comprendidos en las inhabilitaciones previstas por la ley. Esta disposición garantiza una representación amplia y diversa en línea con los estándares nacionales.

Existen excepciones puntuales:

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  • Están exceptuados de votar los ciudadanos mayores de 70 años.
  • Jueces y auxiliares que deban permanecer en sus funciones durante el proceso electoral.
  • Personas que, por distancia justificada, se encuentren a más de quinientos kilómetros de su lugar de votación.
  • Quienes estén imposibilitados por razones de salud debidamente certificadas.
  • Personal de servicios públicos que, por sus funciones, no pueda ausentarse.
  • Cada excepción debe contar con justificación y certificación conforme a la ley.

La ley provincial habilita a votar a ciudadanos mayores de 18 años, con excepciones detalladas por la normativa (Europa Press/Contacto/Maximiliano Ramos)

No figuran en el padrón las personas declaradas dementes o que carecen de capacidad para comunicarse por escrito, soldados conscriptos, miembros de fuerzas de seguridad en actividad, personas detenidas con condena firme durante la privación de libertad, condenados por determinados delitos y quienes hayan perdido sus derechos políticos mediante disposición legal o reglamentaria.

El cumplimiento de estos requisitos resulta esencial para aparecer en el padrón electoral de Corrientes y ejercer el derecho al voto el 31 de agosto.

Cómo consultar el padrón electoral de Corrientes

Los ciudadanos pueden verificar su lugar de votación en la página oficial del Poder Judicial de la Provincia de Corrientes, encargado de administrar y publicar los listados de electores.

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Para consultar la información:

  1. Acceder al apartado “Elecciones” en el sitio institucional.
  2. Seleccionar el enlace “Consulta al Padrón Definitivo – Elecciones Provinciales del 31 de Agosto”.
  3. Ingresar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI).
  4. Elegir el género, con opciones de Masculino, Femenino o No Binario.

La consulta digital al padrón busca agilizar la participación y evitar inconvenientes el día de la elección (REUTERS/Matías Baglietto)

La plataforma brinda el dato fundamental: la mesa y el orden en que cada persona debe votar el día de la elección. Este recurso agiliza la participación y previene inconvenientes el 31 de agosto, representando un avance en la organización de los comicios.

Para votar, se admiten el Documento Nacional de Identidad, la Libreta Cívica y la Libreta de Enrolamiento. Se exige que el elector presente el documento que figura en el padrón.

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El sistema de votación que se usará en las elecciones de Corrientes

La provincia utilizará el sistema tradicional de voto presencial. Cada elector deberá asistir personalmente al establecimiento asignado, presentar el documento requerido y depositar el voto en la urna designada, bajo la supervisión de autoridades electorales. Los votos se emiten en sobre cerrado en cabinas individuales, lo que garantiza el secreto del sufragio.

Para votar es obligatorio presentar el DNI que figura en el padrón (EFE/Enrique García Medina)

El escrutinio y la conformación de listas, tanto en el ámbito provincial como para la elección del gobernador, siguen los procedimientos del Código Electoral local y las normas complementarias. No se anuncian cambios respecto de ediciones anteriores ni se prevé la incorporación de sistemas electrónicos.

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El cumplimiento de la normativa respalda la validez y transparencia de los comicios, donde la participación informada, la correcta consulta al padrón y la presentación del documento correspondiente son pilares del acto electoral en Corrientes.

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