POLITICA
La oposición criticó el fallo del juez Maraniello que prohibió publicar audios de Karina Milei

Luego de la difusión de una serie de audios en donde se expuso una maniobra para presuntas coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad, el viernes pasado se conocieron otras escuchas de la secretaria general de la presidencia, Karina Milei, en la Casa Rosada. En ese marco, el Gobierno decidió denunciar ante la Justicia Federal una operación de inteligencia con el fin de desestabilizar al Poder Ejecutivo antes de las elecciones.
La medida cautelar fue otorgada por el juez Civil y Comercial, Alejandro Maraniello, quien falló a favor de la hermana del Presidente para que no se difundan los audios que habrían sido grabados dentro de la Casa Rosada.
Justamente, una vez que se conoció la decisión del Poder Judicial para con la información que fue publicada en el canal de streaming Carnaval, desde diferentes sectores de la política salieron a cuestionar la decisión que informó el vocero presidencial Manuel Adorni.

“Es censura previa, prohibida por la Constitución, en un fallo exprés a medida y pedido del Gobierno, con una cautelar sin plazo alguno. El juez ni siquiera escuchó los audios de Karina Milei y decidió prohibirlos ‘por si las dudas’. Como si eso fuera poco, Patricia Bullrich pide allanar medios y periodistas. ¿Qué sigue? ¿Quemar imprentas», escribió Maxi Ferraro, líder de la Coalición Cívica en sus redes sociales.
Y agregó: “¿Y quién firma esta censura? Un juez denunciado por abuso sexual, acoso laboral y maltrato en el Consejo de la Magistratura. Este es el Juez que decide qué puede o no puede publicar la prensa en Argentina. El gobierno de Milei elige callar a los periodistas antes que dar explicaciones por las denuncias de corrupción, pero la censura y los aprietes no tapan la mugre, solo la multiplican».

“Democracia es libertad de prensa y expresión. La censura previa la usan los autoritarios o los que tienen miedo a la verdad. En este caso son las dos cosas”, completó.
En ese sentido, el cuestionamiento de Ferraro se da tras conocerse que el magistrado enfrenta actualmente nueve denuncias en su contra en el Consejo de la Magistratura, cinco de ellas por presunto acoso sexual a empleadas de su juzgado.
La dimensión de las acusaciones contra Maraniello llevó a la Asociación de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial de la Nación (Aefpjn) a solicitar desde septiembre de 2024 la presencia policial dentro del Juzgado para preservar la integridad física y psíquica de los empleados.

Otro de los que se expresó en sus redes sociales fue Martín Lousteau. “El pedido de allanamiento a un canal y a periodistas por parte de Patricia Bullrich es un acto de autoritarismo sin precedentes y un ataque a la democracia. Busca violar el secreto de las fuentes en medio de graves denuncias de corrupción, incluso relacionadas con el robo de fondos destinados a personas con discapacidad”, escribió el líder de la Unión Cívica Radical.

“En lugar de atacar la Constitución y al sistema republicano, el gobierno de Javier Milei debería explicar estos hechos. Desde que asumió, ha tensionado los límites constitucionales con DNU abusivos, ataques a la prensa y bloqueos legislativos. Este allanamiento busca amedrentar a periodistas y evadir responsabilidades. La libertad de prensa y el secreto de las fuentes están protegidos por la Constitución. En 2014, Bullrich calificó un allanamiento similar como censura; hoy, como ministra de Seguridad, lo ignora. Este intento de censura envía un mensaje claro: autocensura por miedo a represalias. La Corte Suprema ha dejado claro que no se puede prohibir la difusión de información, salvo para proteger la intimidad de menores, como en el caso de una niña, sin restringir toda la información”, cerró.
Graciela Ocaña acompañó los dichos de Lousteau con otro contundente mensaje: “No a la censura”.

Por su parte, desde el peronismo, el titular de la bancada de Unión por la Patria en la Cámara de Diputados, Germán Martínez, fue uno de los primeros en referirse al tema y compartió: “La cautelar dispuesta por el juez Maraniello es ESCANDALOSA. Avala la censura previa y legitima el cercenamiento de la libertad de prensa y de expresión, en sintonía con los deseos del gobierno de Milei. La libertad retrocede y el fascismo avanza”.

“CUANDO UN GOBIERNO ESTÁ DESESPERADO, PASAN ESTAS COSAS. Le tienen tanto miedo al contenido de los audios que incurren en censura y violan el principio de libertad de expresión. Para lograrlo, recurrieron a un juez con múltiples acusaciones y cuentan con la defensa de la ministra de Seguridad, que hace años decía exactamente lo contrario”, escribió Victoria Tolosa Paz en sus redes sociales.
Más temprano, la senadora Juliana Di Tullio refirió en su cuenta de X: “Nada más peligroso para la democracia que un presidente autoritario y asustado. Cálmese, cuide al pueblo y a las instituciones de sus miedos y desaciertos. Ah, y no se vaya del país si no es por temas de interés nacional que el congreso no lo autorizó a irse de joda”.

“Venían en nombre de la libertad y coso”, añadió otra de las parlamentarias de Unión por la Patria, Anabal Fernández Sagasti.

Por último, Esteban Paulón apuntó contra el juez y lanzó: “CASUALIDADES DE LA VIDA. Justo la causa para silenciar los audios del 3% cayó en el juzgado del Dr. Alejandro Patricio Maraniello, denunciado por las asociaciones de trabajadores judiciales por acoso sexual, violencia de género y acoso laboral entre otras”.

“Un gobierno desesperado impone censura previa a la prensa, impone la persecución e intenta amedrentar a periodistas”, redactó Myriam Bregman en sus redes, donde agregó: “Como en los peores momentos, vuelve a cobrar fuerza la frase de Rodolfo Walsh: ‘Vuelva a sentir la satisfacción moral de un acto de libertad. Derrote el terror. Haga circular esta información’”.
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La Justicia confirmó la prohibición para salir del país que pesa sobre Chiqui Tapia y Toviggino

La Cámara en lo Penal Económico confirmó la prohibición para salir del país que pesa sobre Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino, presidente y tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).
La resolución se da en el marco de la causa que revisa deudas millonarias de la entidad con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en la que ambos dirigentes fueron procesados por apropiación indebida de tributos agravada, por un lado, y apropiación indebida de recursos de la seguridad social, por el otro.
Uno de los argumentos esgrimidos por los camaristas que firmaron la resolución, Roberto Hornos y Carolina Robiglio, es que la prohibición no es “absoluta”, puesto que los dirigentes pueden pedir permiso a la Justicia para salir del país. Fue lo que hicieron, de hecho, en ocasiones previas, aunque con resultados dispares.
Los camaristas indicaron que la medida, ordenada por el juez que instruye el caso, Diego Amarante, está “justificada” y “tiende a garantizar la comparecencia del imputado a los llamados del juez de la causa cuando su presencia sea requerida”.
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ambos dirigentes fueron procesados,Conforme a
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La Justicia suspendió la aplicación de la reforma laboral en el sector docente: qué implica la medida

La justicia del trabajo suspendió la aplicación del artículo 100 de la reforma laboral que declaró a la educación como servicio esencial y, por lo tanto, los sindicatos del sector están obligados a mantener un 75% de prestación normal de la actividad si disponen una huelga.
El planteo judicial contra la aplicación de la ley lo hizo la Unión Docentes Argentinos (UDA), que lidera Sergio Romero, quien anunció la sentencia dictada por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 74, José Ignacio Ramonet, y afirmó a Infobae: “La Justicia nos dio la razón y nos garantizan los derechos históricos”.
“Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo y no restringir derechos colectivos que justamente buscan resguardar esas condiciones”, dijo el sindicalista, que además es secretario de Políticas Educativas de la CGT.
En un comunicado de prensa, el gremio informó que “la Justicia Nacional del Trabajo resolvió que la acción promovida por la UDA continúe su trámite dentro del proceso colectivo que se encuentra radicado ante el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, donde ya se había dictado una medida cautelar de alcance general».
“La resolución judicial dejó expresamente establecido que dicha medida cautelar resulta plenamente aplicable al caso del sector docente, manteniéndose suspendida, en esta etapa del proceso, la aplicación de la Ley 27.802 en cuanto califica a la educación como servicio esencial y exige la cobertura obligatoria del 75% del plantel durante medidas de acción sindical”, sostuvo la UDA.
De este modo -agregó-, y hasta tanto exista una decisión definitiva sobre el fondo de la cuestión, continúa resguardado el ejercicio del derecho constitucional de huelga y la plena vigencia de los principios de libertad sindical y negociación colectiva».
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El Gobierno le dio un bono de $40.000 y otro de hasta $300.000 a las fuerzas de seguridad

En el marco del deterioro de los ingresos de las fuerzas de seguridad y el malestar por las prestaciones de su obra social, el Gobierno decidió otorgarle al personal de seguridad en actividad un bono de 40.000 pesos y sumas extras que, de acuerdo a las categorías, llegarán hasta 300.000 pesos.
La decisión alcanza tanto al personal de la Policía Federal, como de la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal del ministerio de Seguridad.
Por ahora no hay anuncios para las Fuerzas Armadas, donde también hay quejas por los bajos salarios. En el Ministerio de Defensa deslizan que “algo puede haber”, pero no dan precisiones por el momento. Por lo pronto, el bono amplía la brecha salarial entre las fuerzas de seguridad y los militares, que vienen reclamando desde hace tiempo una equiparación salarial.
La información sobre las erogaciones para las fuerzas federales se dio a conocer este miércoles, a través de una publicación en el Boletín Oficial (B.O), en el que se incluyó el decreto 216/2026 que contiene la decisión. Y se dio en la antesala de una protesta convocada por redes sociales para este jueves, bajo la consigna de la necesidad de reclamo “un salario digno”, y también junto a otros pedidos por la situación de la obra social.
En el decreto dado a conocer este miércoles se sostuvo que las erogaciones por parte del Poder Ejecutivo tienen “el propósito de reconocer y mantener una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación para la correcta ejecución de las actividades encomendadas a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales”.
“El gobierno nacional considera necesaria la implementación de medidas concretas que impacten positiva y directamente en la capacidad adquisitiva de dicho personal”, agrega.
A través de información en anexos se detalla que el bono de $40.000 es fijo, no remunerativo y no bonificable, y se pagará con los haberes del mes de abril. La suma contempla también a los alumnos en formación de la Gendarmería y la Prefectura Naval.
En tanto que el segundo bono será de entre $100.000 y $300.000 según los rangos del personal en actividad. Las sumas más altas serán para las jerarquías iniciales del escalafón: agentes, cabos y sargentos, en el caso de la Policía Federal, y rangos similares de las otras fuerzas. Comisarios y comandantes generales y mayores, las categorías más altas, no recibirán el bono.
En el decreto también se consignó que “el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto” no implicará una partida adicional, sino que se atenderá con recursos ya otorgados en el presupuesto y que los fondos saldrán de los créditos asignados al propio Ministerio de Seguridad Nacional, a cargo de Alejandra Monteoliva.
En el primero de los casos se habla de “una suma fija no remunerativa y no bonificable, excepcional, por única vez, de percepción única por persona, de $40.000, a abonarse con los haberes correspondientes al mes de abril del año 2026″.
En el segundo, se consigna la entrega de “una suma fija, no remunerativa y no bonificable, excepcional, por única vez, y de percepción única por persona, a abonarse con los haberes correspondientes al mes de abril del año 2026″ y que esto es “conforme los importes que para los distintos grados se detallan en el Anexo I”, donde están las tablas con los montos para cada categoría.
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