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Fuerte rechazo de Adepa a la medida que prohibió la difusión de de los audios de Karina Milei

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La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) emitió un fuerte comunicado de rechazo tras la reciente sentencia de la Justicia en lo Civil y Comercial Federal por la cual se prohibió a los medios de comunicación difundir los audios presuntamente grabados en la Casa de Gobierno de la Nación y que se atribuyen a la secretaria general de la presidencia Karina Milei.

“Las prohibiciones preventivas son contrarias al artículo 14 de la Constitución Nacional y afectan el derecho de la ciudadanía a informarse y conocer hechos de relevancia pública”, sentenció el organismo respecto de la medida tomada por el juez Alejandro Patricio Maraniello.

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Adepa dijo además, a través de sus redes sociales, que la medida “es un nuevo ejemplo de esas órdenes estatales que limitan de modo ilegítimo las libertades de expresión y de prensa”.

“Adepa rechazó de modo constante todas aquellas decisiones de funcionarios públicos por las cuales se ordene no difundir información. En especial cuando se trata de información relativa a funcionarios públicos o a hechos de interés o relevancia institucional”, se agregó en el comunicado oficial.

De acuerdo a la entidad que congrega a los medios de comunicación detalló que la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene resuelto que, con la sola excepción de la protección de la infancia y la adolescencia, “cualquier medida preventiva que limite la circulación de información constituye un menoscabo de la libertad de pensamiento y de expresión“.

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“La publicación de informaciones solo puede dar lugar a responsabilidades ulteriores y el gobierno puede promover la investigación y sanción de los delitos que puedan haber dado lugar a la grabación de los audios, del mismo modo que puede procurar la sanción de cualquier funcionario que haya violado sus deberes de secreto”, prosiguió el fuerte comunicado.

Un grupo de constitucionalistas consultados por este diario coincidieron con la opinión de Adepa al considerar que prohibir la difusión de supuestos audios atribuidos a Karina Milei es “inconstitucional”, implica un “acto de censura” y “viola la libertad de expresión”, porque se trata de un caso de “interés público”.

El abogado Carlos Laplacette sostuvo que “en la sentencia se advierte el esfuerzo del juez por limitar el alcance de la medida y tratar de que no sea entendida como un caso de censura o bozal legal, pero el resultado no es otro que el de prohibir la difusión de audios atribuidos a un funcionario público”.

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“Una orden de esas características, donde se prohíbe en forma anticipada la difusión de cierta información, es un caso de censura previa incompatible con los artículos 14 [que otorga la libertad a trabajar en tareas lícitas] y 32 [que indica que el Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal] de la Constitución Nacional, así como con el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, indicó el especialista.

Este martes por la mañana, en diálogo con radio Splendid, el abogado y jurista Andrés Gil Domínguez afirmó hoy que la prohibición dispuesta por el magistrado Maraniello constituye “un típico caso de censura previa” que está “prohibido” por la Constitución Nacional.

Gil Domínguez sostuvo que debido a esa norma constitucional “cualquier persona, cualquier periodista que cuente con esos estos audios en su poder, los podría hoy tranquilamente difundir sin ningún tipo de consecuencias jurídicas” pese a la cautelar en contrario que dictó la Justicia.

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Industria del juicio: denuncian un armado de demandas laborales para perjudicar a una empresa en Río Negro

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Una empresa que brinda servicios de limpieza denunció un mecanismo recurrente de demandas laborales millonarias en el Centro Atómico Bariloche (CNEA), donde afronta un juicio por más de 1000 millones de pesos ante reclamos de 49 trabajadores que se “autodespidieron” y exigen indemnizaciones.

Lo que sucede en San Carlos de Bariloche, en la provincia de Río Negro, se considera un caso típico de la industria del juicio en la Argentina que atormenta a los empresarios y ahora afecta a La Mantovana, una empresa especializada en servicios generales con más de 55 años de trayectoria, cuyo conflicto laboral, que pasó al ámbito judicial, está ahora a consideración del Supremo Tribunal de Justicia de la provincia.

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En el área jurídica de la empresa explicaron que todo comenzó cuando La Mantovana perdió en 2024 una licitación en el CNEA tras haber prestado el servicio de limpieza durante 5 años, con empleados encuadrados en el Sindicato de Obreros de Maestranza (SOM).

El Centro Atómico Bariloche (CNEA), en el centro de un conflicto laboral de una empresa de limpieza

Al finalizar ese proceso, los 49 trabajadores reclamaron despido indirecto (figura prevista en la ley en caso de incumplimientos graves del empleador), pidieron dirimir qué convenio colectivo de trabajo les corresponde y exigieron el reconocimiento de diferencias salariales conforme al régimen del Sindicato de Comercio a pesar de que, según la compañía, no existe ninguna actividad comercial en el centro científico y ese convenio no resultaría adecuado para aplicar al personal.

La demanda inicial ascendía a $200 millones, cifra que, por la actualización de intereses impuesta por la justicia, trepó a $1.080 millones en octubre del año pasado.

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El conflicto por una costumbre no escrita: cada vez que una compañía pierde una licitación en el Centro Atómico Bariloche, el personal debe ser absorbido por la nueva prestataria, aunque los pliegos no imponen esa obligación. Según fuentes empresariales, “cada 2, 4 o 6 años, depende cuándo se retire el concesionario, el personal cobra la indemnización por la antigüedad y sigue trabajando para el nuevo prestador del servicio”. Así, los empleados perciben compensaciones por el despido, pero mantienen su puesto tras el traspaso.

Ricardo Apcarian, Cecilia Criado, Sergio Ceci, Liliana Piccinini y Sergio Barotto, miembros del Supremo Tribunal de Justicia de Río Negro

Esta tradición en el CNEA cobró una dimensión particular con la última licitación del servicio de limpieza. La Mantovana fue descalificada en el rubro sostenibilidad laboral por aplicar el convenio del SOM y proponer la respectiva obra social, frente a la exigencia, informal pero históricamente aplicada en la empresa, de utilizar el convenio mercantil, más antiguo y amplio. Finalmente, la empresa Linser ganó la licitación, aunque su oferta en la licitación resultó un 20% más cara que la anterior, de acuerdo con la información que surgió de ese proceso.

Tres días antes de la finalización formal de la concesión de La Mantovana, los 49 empleados firmaron el alta temprana como trabajadores en Linser, pese a que aún no había comenzado sus tareas en el CNEA, y algunos días después recién se dieron por despedidos. “Incumplieron su obligación y el principio más importante del contrato de trabajo, que es la buena fe, porque se inscribieron como personal de otro empleador y todavía trabajaban para La Mantovana”, explicaron abogados de esta compañía.

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Es decir, comenzaron con las acciones legales por despido indirecto y reclamo de indemnizaciones, a pesar de que no existió una interrupción laboral real.

Javier Milei retuiteó en 2025 un mensaje que decía: “Se viene la motosierra para la industria del juicio y los caranchos” (Foto: Reuters/Cristina Sille)

La fuente consultada aseguró que los 49 empleados se dieron por despedidos invocando que no les dieron continuidad laboral, algo incorrecto, según afirmó, porque primero tendrían que haber intimado a la empresa e incluso resaltó que les exigieron que retomen sus tareas en el CNEA y “nunca quisieron ir a trabajar”.

Incluso cuando la nueva concesionaria comenzó a prestar el servicio, los 49 empleados iniciaron juicios contra La Mantovana y por primera vez reclamaron diferencias salariales porque consideraron que tendrían que haber estado encuadrados en el convenio de Comercio y no del SOM, aunque el CNEA no ejerce la actividad mercantil.

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“Los empleados declaran que ellos sabían que iban a continuar trabajando porque hace 20 años que vienen haciendo lo mismo y siempre mantienen su empleo”, señalaron en el sector jurídico de La Mantovana, donde calificaron la situación como “un armado” frecuente propiciado, entre otros, por un abogado que habitualmente lleva adelante estos reclamos y que “tiene siempre los mismos juicios por los mismos empleados contra todas las concesionarias que pasan por el CNEA”.

La empresa La Mantovana, en medio de un conflicto laboral en donde se muestra la industria del juicio

La empresa en conflicto rechazó resolver las demandas con arreglos expeditivos y decidió aportar documentación ante la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche. Según registros consignados en la sentencia, se presentaron recibos, nóminas, certificaciones y pruebas de protocolos de transición, en un expediente que fue unificado por acumulación de causas.

El 15 de septiembre de 2025, finalmente, el tribunal dictó sentencia de primera instancia, desestimando la multa prevista en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (que establece las obligaciones del empleador al finalizar la relación laboral), aunque admitió parcialmente otros rubros reclamados en materia salarial e indemnizatoria.

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El monto central de condena certificado asciende a más de $814 millones, mientras que el depósito inicial fue cubierto con un seguro de caución por $1.036.655.091,31, que incluye honorarios, IVA, caja forense y tasa de justicia. Este procedimiento sigue en trámite ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, al que la empresa dirigió un recurso de casación reclamando la revisión del fallo.

Los abogados de a Mantovana afirmaron que su estrategia fue “enfrentar el sistema de acuerdos forzados y litigar con prueba completa». “Está acreditado el encuadre, las certificaciones y las altas previas en el nuevo empleador con cobertura ART -agregaron-. No vamos a convalidar una matriz de reclamos seriales que castiga a quien cumple. Confiamos en que el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro ponga las cosas en su lugar”.

South America / Central America

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Javier Milei recibió en Casa Rosada a dos argentinos que fueron rehenes de Hamas

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El presidente Javier Milei, recibió en Casa Rosada a dos argentinos que fueron rehenes de Hamas durante más de dos años. Se trata de David y Ariel Cunio, quienes habían sido secuestrados por la organización extremista en un kibutz de Israel el 7 de octubre del 2023.

Los hermanos Cuneo, fueron liberados el 14 de octubre del 2025, luego de los intensos bombardeos y ataques terrestres del ejército israelí sobre la Franja de Gaza, que dejaron miles de muertos y heridos.

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Javier Milei y Luis Caputo celebraron el dato de la inflación de diciembre: “Este es el único camino”

Del encuentro en la casa de Gobierno, participaron además del libertario, el ministro de Relaciones Exteriores, Pablo Quirno; y la fundadora y directora ejecutiva de la agencia de noticias Fuente Latina, Leah Soibel.

Vale destacar que los hermanos Cunio son dos de los 20 rehenes con vida que fueron liberados el 14 octubre de 2025 y entregados a la Cruz Roja, luego de una incursión de Hamas en Israel, que desencadenó dos años de guerra en Palestina.

 

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Franja de Gaza,Guerra en Medio Oriente,Hamas,Israel,Javier Milei

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PJ Bonaerense: Magario acelera y suma afiliaciones para competir, a la espera de negociar con el kirchnerismo

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Verónica Magario aceleró en sus intenciones de presidir el Partido Justicialista de la provincia de Buenos Aires, que el próximo 15 de marzo deberá renovar autoridades, tal como se dispuso en la última reunión del consejo partidario. En estos días, al Senado bonaerense están llegando las últimas afiliaciones en formato físico que se cargaron para la actualización del padrón del PJ en vistas a las elecciones. En La Cámpora se encargaron de remarcar que solo se van a incluir quienes hayan sido cargados hasta el 30 de diciembre del año pasado, que “se considera como fecha de afiliación la fecha de aceptación partidaria que consta en la ficha papel” y que, para votar, los afiliados deberán tener como mínimo 180 días de antigüedad a la fecha.

Si hay una interna, Magario competirá. Para esta instancia cuenta con el respaldo de algunos intendentes de peso del conurbano que forman parte del Movimiento Derecho al Futuro (MDF). Hacia afuera, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, busca mostrarse prescindible de la discusión. Puertas adentro, respaldará a Magario si hay internas; un escenario que muchos espacios prefieren evitar. En caso de que se llegue a un esquema de unidad, el mandatario ve en el intendente de La Plata, Julio Alak, una figura de posible consenso; más allá de que sea del riñón kicillofista. El ex ministro de Economía delegó en el jefe de la capital bonaerense la negociación para ampliar la cantidad de apoderados del partido; algo que el kirchnerismo aceptó. Alak puso a una abogada de su confianza llamada Ana Laura Ramos.

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En tanto, que para ir hacia un esquema de unidad, el cristinismo podría aportar el nombre del intendente de Lomas de Zamora, Federico Otermín.

El intendnete de Lomas de Zamora, Federico Otermin, y la ministra de Ambiente bonaerense, Daniela Vilar (AG La Plata)

Esta semana, en la Cámara alta provincial -que preside Magario- se estuvieron recepcionando afiliaciones en formato físico. Fue por pedido de la vicegobernadora que junto a un grupo de intendentes se activó un operativo para sumar afiliaciones, luego de que en la última reunión del Consejo del PJ bonaerense celebrada en Malvinas Argentinas se acordó que el 15 de marzo se renovarán las autoridades del partido que hoy preside el líder de La Cámpora, Máximo Kirchner.

Sin embargo, la avanzada del sector de Kicillof podría chocar con lo dispuesto por la Junta Electoral del PJ que integran, entre otros, la propia Magario. Es que el viernes 9 de enero, cuando se reunió la Junta Electoral del partido, se acordó que los apoderados le pidan al Juzgado Electoral N°1 de La Plata que este jueves levante la feria judicial para la entrega de un nuevo padrón de afiliados en el que se incluyan todas las fichas presentadas en la mesa de entradas de dicho Juzgado, hasta el día 30 de diciembre de 2025. Inclusive, que se considere como fecha de afiliación, la fecha de aceptación partidaria que consta en la ficha papel.

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Además, de acuerdo con el artículo 13 inciso a) de la Carta Orgánica del partido, “solo podrán computarse como válidas las afiliaciones con una antigüedad mínima de 180 días”. La cuestión burocrática podría trabar el acto eleccionario.

Entre los intendentes de Kicillof repiten que “durante cuatro años, si no eras de La Cámpora no podías afiliar”, en alusión a la administración del PJ en la figura de Máximo Kirchner. Por ello, pese a lo dispuesto por la Junta partidaria, en el MDF algunos dirigentes buscarán que se considere la carga virtual en la actualización del padrón. Luego de la reunión del consejo partidario, el MDF “logró” tener acceso a las claves del sistema interno de afiliaciones. Cargaron afiliaciones virtuales hasta el 30 de diciembre.

La última reunión del PJ bonaerense se celebró en Malvinas Argentinas. Allí se acordó que el 15 de marzo haya recambio de autoridades

Sin embargo, la discusión por la renovación de autoridades del PJ aún no está saldada y va desde estirar los plazos y pedir una prórroga tanto para la conformación del padrón, mover la fecha de recambio de autoridades o llegar a un escenario de acuerdo.

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Si se avanza en una mesa política que tenga representación de los distintos sectores en las próximas semanas para sellar qué camino tomar, Magario buscará tener una base de afiliaciones propias para poner en valor ante el kirchnerismo, que aún no mueve nombres propios.

Por lo pronto, según el cronograma electoral, el 8 de febrero es la fecha límite para presentar candidaturas. Ese día se sabrá si hay internas o un esquema de unidad. El 20 de enero se fijó una nueva reunión de la junta electoral del partido; ese órgano lo preside el intendente de Malvinas Argentinas, Leonardo Nardini.

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