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ECONOMIA

AmCham respaldó a la Argentina en la causa YPF y advirtió sobre riesgos para la economía y la seguridad jurídica

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La jueza Loretta Preska firmó la sentencia original que exige al Estado argentino el traspaso de acciones de YPF, núcleo del actual litigio internacional

Foto NA: JUAN VARGASzzzz

La Cámara de Comercio de Estados Unidos en Argentina (AmCham) presentó un escrito como amicus curiae ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos, con motivo del litigio por el 51% del control estatal de YPF S.A. El documento subrayó el “respaldo irrestricto a la República Argentina” y advirtió sobre los riesgos que, según consideró, podría acarrear el cumplimiento de la decisión judicial que ordena transferir a acreedores privados la mayoría accionaria de la petrolera.

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En su presentación, AmCham basó su intervención en tres ejes principales: la defensa de la soberanía y el Estado de derecho, el impacto sobre la estabilidad macroeconómica y el efecto en las relaciones comerciales bilaterales entre Argentina y Estados Unidos. El texto indicó que el fallo en cuestión fuerza a la República Argentina a violar su propia legislación interna, especialmente la Ley 26.741 que prohíbe ceder el control de YPF sin la aprobación de dos tercios del Congreso de la Nación.

El argumento central refirió a la vulneración de la soberanía nacional, ya que la sentencia exige modificar o quebrantar una disposición aprobada por el Congreso. La presentación remarcó que las consecuencias alcanzan a los funcionarios públicos, quienes podrían enfrentar sanciones penales en territorio argentino si cumplen una orden extranjera que contraría las leyes locales.

El documento enfatizó que la medida castiga las bases del Estado de derecho y las condiciones de previsibilidad que exigen los inversores internacionales. Mencionó que el golpe a la seguridad jurídica podría producir desequilibrios macroeconómicos e inhibir nuevas inversiones, en línea con el daño que apreciaron los referentes de AmCham para empresas de capital estadounidense, y que también podría extenderse a compañías argentinas que operan en ambos países.

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En el plano económico, el escrito de AmCham recordó que YPF genera más del 1,5% del Producto Bruto Interno, lidera la exportación de petróleo y produce seis de cada diez litros de combustible consumidos en el mercado nacional. De acuerdo al texto, una transferencia forzada del control accionario pondría en riesgo el cumplimiento de contratos, habilitaría eventuales procesos de default y comprometería el proceso de recuperación de la economía argentina. El escrito advirtió que la sentencia desatendió los esfuerzos desarrollados por la propia administración de Estados Unidos, que durante 2024 y 2025 envió señales públicas en favor de la estabilización financiera de la Argentina.

El fallo también generó preocupación en torno al marco de comercio bilateral, por sentar un precedente insólito con la reinterpretación de la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA), al permitir la ejecución de activos estatales ubicados fuera del territorio estadounidense. El texto indicó que esta perspectiva abre incertidumbres jurídico-legales para firmas argentinas que tienen operaciones en Estados Unidos y también para capitales estadounidenses con inversiones en Argentina. Según la argumentación incluida en el escrito de AmCham, la sentencia podría debilitar el marco de confianza mutua que por más de un siglo sostuvo la cámara y desalentar la inversión y el comercio bilateral.

Por otra parte, la Procuración del Tesoro de la Nación difundió un comunicado en el que detalló el apoyo de una docena de gobiernos y entidades internacionales en esta causa, como parte de la estrategia de defensa argentina en la etapa de apelación, tal como anticipó Infobae. Según el parte de prensa, el subprocurador Juan Ignacio Stampalijá valoró el “apoyo internacional sumamente contundente en favor de la posición del país”, conseguido mediante la labor conjunta de la Procuración, la Cancillería y áreas técnicas del gobierno nacional.

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La audiencia de apelación en
La audiencia de apelación en la que se definirá la validez de la sentencia de fondo quedó fijada para el 29 de octubre; el fallo actualmente obliga a la República Argentina a cubrir una suma de US$ 16.000 millones más intereses

Efe. EFE/ David Fernández/Archivo

Entre las presentaciones de amicus curiae y cartas diplomáticas se encuentran los gobiernos de Estados Unidos, Israel, Italia, Francia, Ecuador, Uruguay, Chile, Ucrania y Rumania. A estas expresiones se sumaron pronunciamientos de la American Bankers Association, el Bank Policy Institute y la propia Cámara de Comercio de Estados Unidos en Argentina, tanto en términos jurídicos como diplomáticos.

El comunicado oficial indicó que el gobierno de Estados Unidos repitió por tercera vez en el año su apoyo a la República Argentina. La administración presentó un amicus curiae firmado por el Departamento de Justicia, donde alertó que la doctrina esbozada por la jueza Loretta Preska, que niega la inmunidad de ejecución sobre activos soberanos extraterritoriales, va contra el derecho estadounidense y las prácticas del derecho internacional consuetudinario.

Israel presentó por primera vez un amicus curiae en un litigio de estas características. La Procuración del Tesoro puntualizó que el conjunto de apoyos internacionales apunta a destacar la importancia estratégica de la causa y la institucionalidad para la comunidad global. Francia formalizó su acompañamiento a través de una carta diplomática remitida por su representación en la capital argentina.

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La audiencia de apelación en la que se definirá la validez de la sentencia de fondo quedó fijada para el 29 de octubre. El fallo actualmente obliga a la República Argentina a cubrir una suma de US$ 16.000 millones más intereses, como resultado de la controversia en torno a la expropiación de acciones de YPF. De acuerdo a la Procuración, el gobierno confía en la solidez de sus argumentos y anticipó que continuará ejerciendo su derecho de defensa por vías procesales, diplomáticas y políticas, con el objetivo de proteger sus derechos patrimoniales y los intereses estratégicos.

La causa sobre YPF, que inició su capítulo judicial con la sentencia dictada en los tribunales del Distrito Sur de Nueva York, escaló a la instancia de apelación ante el Segundo Circuito a partir del planteo oficial del Estado argentino. El fallo apelado ordena, además del traspaso de acciones, el pago de una suma multimillonaria que representa uno de los desafíos jurídicos y económicos de mayor impacto para el país en la última década.

El documento de la Procuración del Tesoro remarcó que la administración argentina continuará desplegando todos los recursos disponibles para resguardar tanto los activos estratégicos como las potestades internas de decisión política.

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ECONOMIA

Oficial: el Gobierno eliminó el presentismo y baja el sueldo de empleados públicos

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La medida fue publicada en el Boletín Oficial y elimina un incentivo salarial clave para los trabajadores estatales. El impacto en los ingresos de bolsillo

26/02/2026 – 18:11hs

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El escenario laboral en el sector público nacional atraviesa una transformación estructural profunda bajo la actual administración. En las últimas horas, una nueva disposición oficial generó revuelo en las dependencias estatales al modificar directamente la composición de los haberes que perciben miles de trabajadores. Esta decisión se enmarca en un plan de racionalización del gasto y de reconfiguración de las normativas que rigen el empleo público en Argentina con la quita del plus por presentismo.

La medida, que ya fue formalizada a través de los canales institucionales, apunta a desarticular una estructura de beneficios que se consideraba consolidada. Para los empleados, esto no representa solo un cambio administrativo, sino una reducción directa en el poder adquisitivo, ya que el componente eliminado funcionaba como un refuerzo mensual que premiaba la asistencia perfecta y que en algunos casa trepaba a $150.000.

A quiénes afecta la eliminación del plus por presentismo

La medida que decidió el Gobierno luego del vencimiento de la prórroga del Premio Estímulo a la Asistencia, aplica solo sobre los empleados pertenecientes al Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).:

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  • Casa Rosada y ministerios nacionales

  • Organismos descentralizados

  • Dependencias de la Administración Central

Qué implica la eliminación del presentismo para el empleado estatal

La decisión del Ejecutivo consiste en la quita del ítem correspondiente al presentismo en las liquidaciones de sueldo de la administración pública. Históricamente, este suplemento funcionaba como un incentivo monetario para aquellos trabajadores que no registraban inasistencias a lo largo del mes. Al desaparecer este concepto, el salario neto de los trabajadores sufrirá una merma que, dependiendo de la categoría y el convenio, puede tener un peso significativo en el total percibido a fin de mes.

Desde el sector oficial argumentan que esta modificación busca simplificar el sistema de liquidación y optimizar los recursos del Estado. Sin embargo, para los trabajadores, el presentismo no era percibido como un premio, sino como una parte fundamental de su sustento diario para hacer frente a la inflación. La quita de este ítem se suma a otras medidas previas que limitaron las contrataciones, consolidando una política de ajuste sobre la planta estatal que no parece tener marcha atrás en el corto plazo.

La resolución impacta de forma dispar según el escalafón, pero la preocupación es unánime: la pérdida de un ítem fijo en un momento donde las paritarias del sector público corren detrás de los aumentos de precios. Además, la medida elimina el carácter disuasorio que tenía el presentismo sobre el ausentismo, planteando un nuevo interrogante sobre cómo se controlará la asistencia y el cumplimiento de tareas de ahora en adelante sin este incentivo económico de por medio.

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ECONOMIA

Monotributo: paso a paso, qué tienen que hacer los contribuyentes si ARCA los recategoriza de forma automática

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ARCA emplea datos de cuentas bancarias y billeteras virtuales para definir la recategorización de los monotributistas.

La recategorización de oficio que realizó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sobre contribuyentes inscriptos en el Monotributo en las últimas horas generó inquietudes en quienes reciben una notificación inesperada en su Domicilio Fiscal Electrónico (DFE). Ante este escenario, es fundamental conocer cómo y cuándo deben actuar los contribuyentes que desean impugnar esa decisión del organismo.

Por el decreto reglamentario de la Ley de Procedimiento Administrativo existen pasos específicos para quienes buscan apelar la recategorización en el Régimen de Pequeños Contribuyentes. Los especialistas en materia tributaria consultados por Infobae coinciden en que el proceso debe comenzar de inmediato tras la recepción de la notificación, ya que existe un tiempo límite en que se puede llevar a cabo.

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Noelia Girardi, gerente de impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, precisó que el monotributista que no esté de acuerdo con la recategorización puede interponer un recurso de apelación dentro de los 15 días hábiles administrativos desde que se notifica en el DFE. El trámite se realiza exclusivamente a través del servicio “Presentaciones Digitales”, con la opción “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”.

En este procedimiento, el contribuyente debe exponer los motivos de su descargo y adjuntar documentación respaldatoria que acredite su postura. En palabras de Girardi, la carga de la prueba recae sobre el contribuyente, quien debe demostrar que ciertos movimientos no constituyen ingresos alcanzados por el régimen, aunque el fisco nacional puede requerir información adicional para evaluar el caso.

El recurso de apelación debe
El recurso de apelación debe presentarse por vía digital, con toda la documentación respaldatoria.

Un punto central es el análisis de los movimientos en cuentas bancarias y billeteras virtuales. Girardi remarcó que no todos los importes acreditados son ingresos generados por la actividad económica. Pueden existir transferencias entre familiares o amigos, reintegros de gastos o préstamos personales que no deberían computarse como facturación para el régimen simplificado.

El proceso exige una depuración minuciosa, movimiento por movimiento. La correcta identificación de cada origen de los fondos resulta esencial para que el organismo revise la recategorización. Si el monotributista presenta la apelación con la documentación y argumentos correspondientes, el sistema emite una constancia con número de solicitud. Luego, ARCA puede solicitar datos adicionales antes de resolver.

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Pero si el recurso no se interpone dentro del plazo previsto, la recategorización queda firme de manera automática. La nueva categoría tendrá vigencia durante los seis meses siguientes, hasta la próxima recategorización programada por el organismo.

Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, coincidió en los plazos y requisitos del recurso de apelación. En diálogo con Infobae, explicó que desde la fecha de notificación, el contribuyente dispone de 15 días hábiles administrativos para presentar el recurso ante el director general, conforme al artículo 74 del decreto reglamentario de la Ley de Procedimiento Fiscal.

El trámite se gestiona por “Presentaciones Digitales”, en la opción específica para recategorización de oficio del Monotributo. Allí el contribuyente debe aportar toda la prueba que corresponda para indicar por qué ARCA no tiene razón. En el portal web, la persona puede consultar los motivos y los elementos de juicio por los cuales el organismo decidió recategorizarlo.

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Domínguez aclaró que si el fisco rechaza el recurso y mantiene al contribuyente en la categoría asignada, el camino administrativo se agota y solo queda la vía judicial para impugnar el acto. Esta instancia suele implicar costos adicionales, por lo que no resulta habitual que los monotributistas avancen por esa vía, salvo que la recategorización implique la exclusión del régimen simplificado y el traspaso a Responsable Inscripto.

(Fuente)
(Fuente)

No obstante, el experto advirtió que, en caso de exclusión, es probable que el contribuyente opte por la vía judicial, ya que pasa a ser Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias, lo que implica nuevas y mayores obligaciones fiscales. Este cambio afecta la carga administrativa y la estructura de costos de la persona física o el pequeño contribuyente.

El testimonio de los especialistas revela la importancia de observar cada paso del procedimiento oficial. La presentación digital debe ser clara y acompañarse de la documentación respaldatoria pertinente. El análisis de los movimientos bancarios y de billeteras virtuales es una de las variables principales que revisa ARCA para determinar la facturación real de los contribuyentes.

El sistema de recategorización automática utiliza información de acreditaciones bancarias y de billeteras virtuales para identificar posibles inconsistencias entre los ingresos declarados y los movimientos detectados. Frente a estas acciones, los contribuyentes tienen la posibilidad de demostrar que ciertos montos no corresponden a ingresos derivados de su actividad económica. Ante las críticas que se generaron al respecto, el Gobierno tuvo que salir a aclarar que se debe a “un procedimiento habitual y previsto por la normativa vigente”.

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A través de la Oficina de Respuesta Oficial, la administración libertaria remarcó que la recategorización “puede hacerse de forma voluntaria, eligiendo la categoría que corresponda según la facturación real” y agregó que “si no se realiza, ARCA puede recategorizar de oficio, únicamente en función de la información fiscal disponible”.

“En estos días, circularon versiones que indican que ARCA estaría usando transferencias personales o movimientos familiares de billeteras virtuales para recategorizar monotributistas de manera ‘ilegal’. Esto es categóricamente falso”, ampliaron en un comunicado.

En tal sentido, el texto preciso que el organismo recaudatorio “no utiliza transferencias personales (préstamos, regalos, propinas, dinero propio transferido entre cuentas, etc.) para recategorizar” sino que “lo que se informa y se analiza son operaciones comerciales cobradas con tarjeta de crédito, débito o QR, tal como figura explícitamente en las notificaciones enviadas”.

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“Cuando ARCA detecta que un monotributista cobró por medios electrónicos más de lo que facturó, se envía una notificación y se otorgan 15 días para justificar esos ingresos. Solo si no hay justificación, puede corresponder una recategorización. Además, la información sobre transferencias solo se reporta a partir de montos muy elevados: ARCA no recibe información de transferencias por debajo de 50 millones de pesos mensuales”, concluye el texto oficial.

El debate se genera por las idas y vueltas que tuvo el Gobierno para la presentación del proyecto de Inocencia Fiscal. En un primero incluyó el aumento de los umbrales de los regímenes de información (es decir, el monto a partir del cual los bancos y billeteras virtuales tienen la exigencia de brindarle datos al fisco nacional). Pero al final, la idea de que “no se va a perseguir a ningún contribuyente” solo se aplicará para aquellos que se adhieran al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG).

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ECONOMIA

Así perjudicaban empresas de neumáticos a consumidores argentinos: precios altos y márgenes abusivos

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Antes de la llegada de Milei, la protección al sector generó abusos de precios. Hoy los neumáticos cuestan lo mismo que hace dos años, pese a la inflación

26/02/2026 – 17:20hs

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La confesión pública que hizo en las últimas horas Roberto Mendez, dueño y CEO de la cadena de gomerías Neumen, respecto a los márgenes con los que operaron fabricantes y empresarios del neumático en los últimos años desató una segunda ola de especulaciones sobre las reales causas que llevaron a Javier Madanes Quintanilla a cerrar las puertas de la única marca de neumáticos argentinos, Fate.

«Estaban robando las multinacionales y nosotros los empresarios porque teníamos un mercado que no era real. Nunca ganamos tanta plata en ese sentido como cuando nos permitieron hacer lo que estábamos haciendo», dijo en una entrevista en el programa de streaming Ahora Play. «En un momento estábamos marcando con un 60% o 70%», aseguró como complemento de la afirmación anterior.

En efecto, el mercado de los neumáticos estuvo limitado a la oferta y no a la demanda durante muchos años, cuando las importaciones estaban limitadas por un fuerte arancelamiento del 35%, el máximo que admite la Organización Mundial de Comercio (OMC), y los neumáticos tenían un precio de referencia por el cual no se podían vender a menos de ese valor que habían establecido de común acuerdo los tres fabricantes locales: Fate, Pirelli y Bridgestone con las autoridades nacionales de turno.

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«En 2022 y 2023 se vendían neumáticos en bajos volúmenes con unos márgenes completamente abusivos. Había un precio de referencia, que era una especie de medida antidumping que se daba como protección y para poder seguir cobrando los neumáticos a los precios que se cobraban acá. Pero el año pasado se eliminó ese precio de referencia y empezaron a entrar muchos neumáticos importados, incluso cuando los aranceles todavía no eran del 16% como ocurrió a partir de septiembre de 2025″, explicó un empresario referente del sector.

En octubre de 2024, el Gobierno estableció un cronograma de reducción arancelaria progresiva para los neumáticos que se importan desde países de extrazona (D.I.E.) que comenzó con una primera reducción del 35% al 30% en ese mismo momento, una segunda reducción al 25% desde el 1 de enero de 2025, una tercera baja al 20% desde el 1 de abril de 2025 y una última que les permitió llegar al 16% desde el 1 de septiembre siguiente.

«Lo que pasó los años anteriores fue que como había un 35% de arancel para las gomas de origen extrazona, entre las tres marcas que fabrican acá y las que importaban desde Brasil con arancel 0% sabían que tenían ese margen para jugar con sus precios que seguirían estando competitivas. Ellos representaban más del 60% del total del mercado y controlaban el precio. Si querían podían vender un 30% más barato, pero como no tenían competencia, las vendían más caras. Por eso la gente que podía se iba a Chile o Paraguay a cambiar las cubiertas», explicó el mismo empresario.

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Los neumáticos cuestan lo mismo hoy que hace dos años

En 2023, con los conflictos gremiales con el SUTNA (Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino) que pararon las plantas casi 5 meses, la inflación, la brecha cambiaria entre el dólar oficial y el paralelo, y la restricción de acceso a divisas para importar que había, un neumático de camión que internacionalmente costaba u$s200 en Argentina se vendía a u$s1.000, y cuatro gomas de autos de 13 o 14 pulgadas, los más comunes del mercado costaban $400.000, prácticamente lo mismo que cuestan hoy las marcas chinas.

Eso ocurría porque el 70% de los rodados que se usaban en el mercado no se fabricaban localmente y no se podían importar, con lo cual, el precio al que se vendían cuatro neumáticos en Chile era lo que se pagaba por unidad en el mercado argentino.

«Eso fue lo que se terminó con la apertura de las importaciones, la eliminación del precio de referencia y la baja de aranceles. Al que más perjudicó fue a Fate porque es una empresa argentina, pero las otras dos marcas que producen acá, Pirelli y Bridgestone no tienen ese problema, son filiales de empresas multinacionales que si quieren se van y venden solo gomas importadas».

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El mercado cambió completamente en el lapso de un año. En el Gobierno aseguran que como a muy pocos sectores, a las fábricas de neumáticos se les dio 15 meses de plazo para liquidar el stock que habían acumulado cuando las ventas empezaron a bajar por efecto de la mayor competencia. En ese período de tiempo las marcas locales bajaron sus precios para poder vender, pero con una estructura de costos como los que tienen la rentabilidad cayó inevitablemente.

«El último recurso que les quedó fue sembrar dudas en los usuarios respecto a la calidad de los neumáticos chinos, pero el neumático más alta calidad de Michelín se hace en China, así que muy mala calidad no debe tener», concluyó.

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