POLITICA
Le concedieron la prisión domiciliaria a Jorge Castillo, el “Rey de la Salada”

La Cámara Federal de La Plata resolvió conceder el arresto domiciliario a Jorge Omar Castillo, más conocido como “El Rey de La Salada”, quien se encontraba detenido con prisión preventiva en el marco de una causa por asociación ilícita y lavado de activos agravado.
La decisión, firmada el 4 de noviembre de 2025 por los jueces Carlos Alberto Vallefín y Roberto Agustín Lemos Arias, revocó la resolución previa del Juzgado Federal n° 2 de Lomas de Zamora, que había rechazado el pedido de morigeración de la medida de coerción.
La apelación había sido realizada por su abogado defensor, Gastón Marano, el mismo penalista que tiene a su cargo, por ejemplo, el patrocinio de Ariel García Furfaro, el dueño de los laboratorios investigados por fabricar fentanilo contaminado vinculado a más de 100 pacientes fallecidos.
El conflicto central del expediente giró en torno a la tensión entre la necesidad de asegurar la comparecencia de Castillo al proceso penal y el respeto a sus derechos fundamentales, considerando su edad y delicado estado de salud. Marano había apelado la negativa inicial, argumentando que la resolución impugnada era arbitraria y carecía de fundamentación suficiente. Sostuvo que no existían riesgos procesales concretos que justificaran la continuidad de la detención y que, por el contrario, se daban múltiples elementos que tornaban procedente el arresto domiciliario.
Entre los puntos destacados por la defensa, se subrayó que “tras el dictado del auto de procesamiento, la mayor parte de la prueba se encuentra colectada y asegurada, que el imputado mantuvo siempre una conducta colaborativa, tiene arraigo y carece de antecedentes”. Además, se remarcó que Castillo no mantenía vínculos ni posibilidad de interferencia con los actuales administradores de la firma Punta Mogote SCA, con quienes incluso existía una enemistad manifiesta.

La defensa también señaló que en un proceso anterior, Castillo había cumplido con todas las condiciones impuestas durante un arresto domiciliario similar y que actualmente existen medidas cautelares sobre sus bienes, intervención judicial en la sociedad y controles financieros que impiden cualquier riesgo de entorpecimiento.
Marano, junto a su colega Gustavo Mario Iglesias, cuestionó que se hubiera utilizado como argumento en contra la supuesta relación familiar con otro imputado prófugo, calificando ese dato como falso, y criticó que se tomara la pena en expectativa como único elemento para sostener la existencia de peligro procesal.
En ese sentido, citó la doctrina del plenario “Díaz Bessone” y precedentes de la propia Sala, que descartan la suficiencia de ese criterio aislado. También reclamó que el tribunal omitió pronunciarse sobre la edad de Castillo, de 68 años, y su estado de salud, lo que consideró una contravención a los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino en materia de derechos humanos de las personas mayores.
La Fiscalía General ante la Cámara no adhirió al recurso de la defensa y solicitó el rechazo de la morigeración, reforzando los argumentos del dictamen de la instancia anterior. No obstante, la defensa presentó un informe médico elaborado por la doctora Laura Leonor López, que resultó determinante en la resolución final. La prpfesional destacó:
–“La necesidad Castillo de realizar controles oncológicos urgentes y un seguimiento médico especializado continuo, debido a las siguientes condiciones clínicas diagnosticadas.
-Adenocarcinoma de colon con sospecha de recidiva.
-Eventración abdominal posquirúrgica no reductible.
-Gastritis erosiva crónica.
-Anemia probable con pérdida de peso acelerada.
-Hipertensión arterial leve.
El tribunal tuvo en cuenta este informe para resolver, “por razones humanitarias”, que mantener a Castillo en un establecimiento penitenciario podría agravar su estado de salud y violar normas constitucionales y tratados internacionales sobre derechos humanos. Por ello, la Sala III de la Cámara Federal de La Plata revocó la resolución anterior y le concedió el arresto domiciliario con dispositivo electrónico.

Al analizar el caso, la Cámara Federal de La Plata repasó los criterios normativos y jurisprudenciales sobre la restricción de la libertad durante la etapa de instrucción penal. Recordó que la prisión preventiva es una medida cautelar respaldada constitucionalmente para asegurar la realización del proceso penal, pero que debe aplicarse como última opción, según las nuevas disposiciones del Código Procesal Penal Federal. El tribunal detalló que, para evaluar el peligro de fuga y de entorpecimiento, deben considerarse factores como el arraigo, la naturaleza del hecho, la pena en expectativa, el comportamiento del imputado y la posibilidad de que influya en la investigación.
En el caso de Castillo, el tribunal había considerado previamente que existían riesgos procesales de fuga y entorpecimiento, teniendo en cuenta su procesamiento como jefe de una asociación ilícita y por lavado de activos agravado, el carácter grave de los delitos, su rol de liderazgo y el alto grado de organización y poder adquisitivo que habría obtenido mediante las maniobras investigadas. También se ponderó la existencia de prófugos en la causa y la posibilidad de acceder a información sensible que facilitara su ocultamiento.
Sin embargo, la Cámara Federal de La Plata ponderó las nuevas constancias incorporadas por la defensa, especialmente el informe médico que acreditó que Castillo padece adenocarcinoma de colon con sospecha de recidiva, eventración abdominal posquirúrgica no reductible, gastritis erosiva crónica, anemia probable con pérdida ponderal acelerada e hipertensión arterial leve. La doctora López destacó la necesidad de controles oncológicos urgentes y seguimiento médico especializado continuo.
En este contexto, el tribunal sostuvo que “el arresto domiciliario –con colocación de dispositivo electrónico– se presenta como una medida de coerción personal menos gravosa y autosuficiente a los fines de neutralizar los mentados riesgos”. Fundamentó su decisión en razones humanitarias y en la protección de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, citando la Constitución Nacional, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Por todo lo expuesto, la Cámara Federal de La Plata resolvió “revocar la resolución apelada y conceder a Jorge Omar Castillo el arresto domiciliario –con colocación de dispositivo electrónico–”. Ordenó notificar la decisión y que el juzgado de origen adopte todas las medidas necesarias para hacer efectivo el arresto domiciliario.
La actual defensa de Castillo valoraron el trabajo que, antes que ellos, realizaron los penalistas anteriores que lo precedieron.
El fallo menciona que Castillo tenía un “elevado poder adquisitivo”, que “habría sido obtenido mediante las maniobras investigadas”, en el marco de un entramado financiero y societario vinculado a los predios de La Salada, pero no precisa una cifra concreta del dinero sin justificar dentro de este documento.
Sin embargo, en causas judiciales anteriores vinculadas al mismo caso —la megacausa “La Salada” tramitada ante el Juzgado Federal N° 2 de Lomas de Zamora—, se le atribuyó a Castillo haber movido y blanqueado sumas millonarias provenientes de la explotación ilegal del predio ferial. En esos expedientes (según resoluciones judiciales y peritajes de la AFIP y la UIF citados en medios y fallos previos), se hablaba de decenas de millones de pesos y dólares sin justificar, a través de sociedades pantalla, testaferros y movimientos bancarios incompatibles con su declaración fiscal. Hasta ahora la causa no fue elevada a juicio oral y Marano e Iglesias apelaron el procesamiento de Castillo.
POLITICA
Andrés Malamud explicó cuál es el problema del que tiene que cuidarse el Gobierno tras la victoria en las elecciones

El politólogo Andrés Malamud se refirió a la victoria de La Libertad Avanza (LLA) en las elecciones legislativas y distinguió un punto clave del cual se tiene que cuidar el gobierno de Javier Milei si quiere fortalecerse en la segunda mitad de su mandato y conseguir avanzar con las reformas que busca implementar en diferentes áreas. “No la metas en tu arco”, consideró.
Entrevistado el martes por la noche en la señal TN, Malamud dijo que “el Gobierno se tiene que cuidar de sí mismo“, lo que, según su visión, se traduce en “no perder votaciones en el Congreso cuando podés ganarlas”.
Para el analista político, el resultado obtenido el pasado 26 de octubre a nivel nacional, e incluso con la sorpresiva victoria en el distrito bonaerense, posiciona a la administración libertaria con la posibilidad de evitar un juicio político, defender sus vetos y los decretos, avanzar con las leyes que impulse al contar con más de un tercio del Congreso. Sin embargo, aclaró que todavía le será complicado avanzar con la designación de jueces, ya que para ello necesitará sí o sí dos tercios del Senado, y por ende, arreglar con el peronismo.
No obstante, la peculiaridad de Milei, según explicó Malamud, no se ciñe únicamente sobre lo que consiguió en el Poder Legislativo tras las elecciones de medio término, sino en la ayuda que podría otorgarle Estados Unidos. Habló acerca de un “cañón de dólares”, una herramienta que no tuvieron Alberto Fernández ni Mauricio Macri ni Cristina Kirchner. “Milei consiguió los dólares”, ponderó.
“Hay una frase de Scott Bessent que recuerda a una frase de Mario Draghi, el presidente del Banco Central Europeo en 2011, que dijo: ‘Vamos a hacer todo lo que sea necesario para salvar el euro, y va a ser suficiente’. Lo mismo dice Bessent, sobre la Argentina. O sea, nunca van a faltar dólares, parece. El mercado no creía porque había condicionalidades como las elecciones. Pero con el triunfo, ahora podés tener dólares infinitos“, desarrolló Malamud.
A pesar de ello, consideró que “la Argentina tiene un par de años turbulentos por delante, y tiene que llegar a alcanzar superávit de dólares con las exportaciones”. Sin embargo, puso un asterisco: “La Argentina depende de Estados Unidos, ahora. Si el gobierno norteamericano pierde elecciones y se mantiene el gobierno cerrado, quizás pierde fuerza de convencimiento. La credibilidad de Estados Unidos sostiene la de Argentina, si se caen, nos caemos”.
Asimismo, Malamud planteó que el presidente Milei “aprendió” de los errores de estos últimos meses y busca acercarse nuevamente a los gobernadores, con quienes deberá negociar para que sus diputados y senadores apoyen las reformas del oficialismo. “Gobernar con los gobernadores tiene sentido, dejando atrás a la provincia de Buenos Aires, que es la que no cabe en este modelo. Hay una nueva versión de Milei: abraza a todos. Y a los gobernadores les interesar tener presupuesto, por eso hay un acuerdo de que algo hay que hacer”, definió el politólogo.
Con eso en mente, Malamud consideró que de concretarse la estabilidad económica y un eventual crecimiento, Milei podría completar la cuenta pendiente que dejó Raúl Alfonsín: corregir la economía.
“En 1930 nos caímos del mundo por la crisis y porque estuvo el primer golpe de Estado. Alfonsín recuperó la democracia 53 años después, pero la economía no se recuperó. Hace casi un siglo que tenemos una economía rota. Milei es presidente gracias a Alfonsín y si Milei recupera el equilibrio fiscal, cumple la mitad que le faltó a Alfonsín”, sintetizó el analista político.
En otro tramo de la entrevista, Malamud habló sobre la interna desatada en el llamado triángulo de hierro del Gobierno integrado por Javier Milei, Karina Milei y Santiago Caputo. Con el diario del lunes, Malamud analizó que hay un par de lecturas que se pueden hacer tras la victoria electoral. Por un lado, que ganó Karina Milei con su metodología de cero acuerdos políticos y con listas pintadas de violeta y que, por ende, perdió Caputo. Pero la otra lectura es que el asesor presidencial no quería ganar y en realidad buscaba camuflar su poder político en una derrota.
“Hay un montón de rumores que indicaban que [Caputo] quería un superministerio del Interior con Transporte y más cajas, pero no escuché a nadie de su grupo decir eso. Es algo que dejaron trascender para que pareciera perdidoso”, evaluó Malamud y agregó: “Creo que no le importa parecer perdedor”.
En la misma línea, razonó: “Pelearse con Karina es el peor error que podés cometer en este gobierno. Él no quiere ni precisa pelearse con Karina, tiene acceso directo al Presidente. Tiene la oreja del Presidente. Quizás, en realidad, no se pelean tanto. Dicen que [Caputo] le cortó el teléfono a los Menem, pero no a Karina. El triángulo sigue funcionando. Escaleno, equilátero, isósceles. Se discute la longitud de los lados nada más”.
Por último, Malamud dedicó un párrafo a la interna del peronismo. “En el pasado tenía mucha regeneración, pero ahora se radicalizaron: hasta que no se muere el líder no hay renovación. El peronismo no tenía esa lógica, se devoraban entre ellos. Cafiero a la ortodoxia, Menem a Cafiero, Kirchner y Duhalde le ganaron a Menem y después llegó Cristina, que lo hizo rígido y lo convirtió en un territorio que es el Conurbano y en una ideología que es la izquierda”.
“El peronismo tendría que recuperar la capacidad de regenerarse, pero mientras esté Cristina, que es la más viva de todos, es muy difícil que alguien le gane. No es culpa de ella ser mejor que los demás. No hay nadie que le gane”, afirmó.
Javier Milei,Conforme a,,Bajo condiciones. El Gobierno estableció un régimen para que civiles puedan acceder a fusiles semiautomáticos,,Análisis. El previsible triunfo de Karina Milei,,»Gracias y hasta siempre». Así fue la despedida de Guillermo Francos de la Casa Rosada,Javier Milei,,»Ha sido un placer». El afectuoso saludo entre Francos y Adorni, tras el cambio en la jefatura de Gabinete,,»Puede decir lo que quiera». Bullrich desestimó las críticas de Macri y aseguró que la sociedad “ve otra cosa”,,¿Dialoguista o combativa? La CGT renueva autoridades en medio del debate por la reforma laboral y hay riesgo de fractura
POLITICA
El Senado hace un nuevo intento para actualizar las multas por evasión tributaria

Tras varios intentos frustrados, la comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado, que comanda el legislador libertario Juan Carlos Pagotto (La Rioja), volverá a reunirse esta tarde -15- para consumar el difícil objetivo de dictaminar un proyecto para actualizar las irrisorias multas vigentes por evasión tributaria.
La iniciativa ya fue aprobada en Diputados por una abrumadora mayoría -226 legisladores- en agosto pasado, con acompañamiento de casi todos los bloques, incluidos los bandos peronistas/kirchneristas: en la Cámara baja sólo se abstuvieron la izquierda y un gremialista chubutense.
A pesar de lo ocurrido en la Cámara baja, el kirchnerismo ya vació un encuentro por esta discusión, aunque ayer dio una sorpresa a la hora de analizar una ley que restringiría los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) y hay expectativa en cuanto a cómo se moverá, ante diversas especulaciones sobre intentos de diálogo entre la Casa Rosada y Cristina Kirchner.
El primer encuentro fallido ocurrió el 24 de septiembre. Los integrantes de la comisión son 17. Para dicho convite participaron, además de Pagotto, el peronista disidente Carlos Espínola(Corrientes), dos radicales -uno de ellos, el chaqueño Víctor Zimmermann-, el misionero renovador -no massista- Carlos Arce y la silvestre santacruceña Natalia Gadano, que llegó tarde al encuentro. Nadie del Frente de Todos estuvo. Tampoco se presentaron el aliado circunstancial de la Casa Rosada Luis Juez(Pro) y la filomacrista Beatriz Ávila.
“Hay que corregir un gran problema. La desactualización del umbral mínimo es de $1,5 millones para el delito de evasión simple. Hoy, un quiosquero, un verdulero o un peluquero de barrio pueden quedar atrapados en un régimen y ser llevados a un juicio. Claramente, una barbaridad”, expresó en su momento el radical Maximiliano Abad (Buenos Aires), quien no forma parte de la comisión y empuja un articulado alternativo de su autoría.

Abad adelantó su acompañamiento a la norma aprobada por la Cámara baja, aunque dejó en claro observaciones a futuro, dado que el texto avalado por Diputados apunta a actualizaciones que serían por salarios y no por IPC, o la diferenciación entre escalas leve y grave. Y sentenció que el objetivo es que “el Estado persiga a los grandes evasores, quienes son los que producen un gran perjuicio al fisco y no a las Pymes, emprendedores, con montos que son irrisorios”.
Para tener una idea de lo que implica el articulado. Para la evasión simple, la cifra actual de $1,5 millones pasaría a 345 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM). Como éste es de $322.000, sería poco más de $111 millones. En tanto, para la agravada, los $15 millones se irían a 3.450 SMVM. Otros ítems hablan del delirio vigente: por aprovechamiento indebido de beneficios fiscales, la multa es de $100.000; por apropiación indebida de tributos, $200.000.
“Viene con un acompañamiento de la totalidad de los bloques y son las cosas que mejoran el funcionamiento del Estado. Estos proyectos mejoran la recaudación y hacen que los evasores tengan algún tipo de pena”, opinó la larretista Guadalupe Tagliaferri, quien tampoco tributa en Justicia y Asuntos Penales.
Resto de agenda
Otras comisiones se reunirán durante la jornada de hoy. Por caso, la bicameral encargada de definir las ternas para Defensor del Pueblo -precisa dos tercios en ambos recintos- y Procurador Penitenciario tiene programado un convite para las 11, aunque quienes siguieron de cerca el proceso percibieron en las últimas horas que podría frenarse el ímpetu inicial al acuerdo que intentaban kirchneristas y radicales.
A la misma hora se juntará la de Economía Nacional, en modo seminario, sobre “conexión productiva y análisis de proyectos a futuro”, mientras que a las 13 lo hará la de Agricultura. Aparece, después de mucho tiempo, la de la Banca de la Mujer, a las 10.30.
POLITICA
El Gobierno estableció un régimen para que civiles puedan acceder a fusiles semiautomáticos

El Registro Nacional de Armas (Renar) estableció un régimen especial para autorizar la compra y tenencia de armas semiautomáticas tipo fusil, carabina o subametralladora de calibre superior al .22 LR. Esta normativa alcanzará a legítimos usuarios de uso civil condicional y entidades de tiro deportivo. La medida surge de la Resolución 37/2025, publicada en el Boletín Oficial, y fija los requisitos, controles y condiciones para solicitar este tipo de armamento.
El organismo, dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, reglamentó lo dispuesto por el Decreto 397/2025, que reemplazó el principio general de prohibición por un régimen de autorización y supervisión específica.
La nueva resolución determina que las entidades de tiro autorizadas para uso de armas cortas o largas y tiro práctico podrán solicitar estas armas para ser utilizadas por sus socios únicamente dentro de las actividades deportivas habilitadas. También podrán emplearlas con fines didácticos, siempre que el uso se encuentre debidamente documentado.
El procedimiento para realizar este trámite incluye la identificación precisa del arma a adquirir o regularizar, indicando marca, modelo, tipo, calibre, número de serie y Código Único de Identificación de Material Controlado (CUIM) si lo tuviera. Los solicitantes deben acreditar un espacio de guarda habilitado bajo la categoría G2, una clasificación prevista en la Resolución 119/2018 de la entonces ANMaC, que implica medidas de seguridad reforzadas para almacenamiento. Además, deben presentar una declaración jurada con los fundamentos del pedido, documentación respaldatoria de esos motivos y registros fotográficos del material, incluyendo vistas laterales y de numeraciones o marcajes.
La resolución indica que el trámite requiere el pago de la tasa correspondiente, equivalente a la vigente para la Tenencia Express y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM). El Renar será el encargado de evaluar cada solicitud y podrá requerir información adicional en caso de considerarlo necesario para la verificación de antecedentes o de la pertinencia del pedido.
Uno de los ejes del régimen es la acreditación de un uso deportivo comprobado. Para cumplir con esta condición, los legítimos usuarios deben demostrar al menos una de tres circunstancias: certificación de una entidad de tiro con instalaciones propias que los reconozca como tiradores asiduos; participación en competencias nacionales o internacionales de tiro en disciplinas que utilicen armamento de estas características; o una solicitud presentada por una entidad de tiro habilitada para ser utilizada exclusivamente por sus socios en prácticas deportivas o con fines didácticos.
Además del uso deportivo, se evaluarán condiciones complementarias. Entre ellas, antecedentes del solicitante, con verificación de que no existan sanciones ni actuaciones administrativas en trámite ante el Renar; una antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de uso civil condicional; y cualquier otro elemento probatorio que el organismo considere pertinente. Estas pautas buscan asegurar que quienes accedan a las armas contempladas por la resolución cuenten con experiencia previa y un historial sin infracciones.
Por otra parte, el anexo de la medida contiene el modelo de declaración jurada obligatoria. En ese documento los solicitantes deben comprometerse a no modificar el sistema de funcionamiento del arma para convertirla en automática y a mantenerla exclusivamente en estado semiautomático. La declaración también establece que la tenencia autorizada será estrictamente personal, sin posibilidad de transferencia o préstamo a terceros. Los solicitantes deberán aceptar someter el arma a verificaciones futuras coordinadas por el organismo.
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