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ECONOMIA

El mercado espera más claridad sobre cómo se acumularán reservas y el riesgo país no logra aún perforar los 600 puntos

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Caputo dijo que nunca negoció un «rescate» de USD 20.000 con bancos privados
REUTERS/Agustín Marcarian

Luis Caputo tuvo que salir a aclarar a finales de esta semana que “nunca hablamos con los bancos de un rescate, ni de USD 20.000 millones”.

El ministro habló incluso de una “operación con la sola intención de generar confusión”. Sin embargo, en las semanas previas a las elecciones ningún funcionario de su equipo había desmentido la versión. Todo era de ayuda en ese momento de incertidumbre política para dar la idea de un gran respaldo norteamericano, tanto del Tesoro como de las principales entidades.

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Las versiones sobre una nueva ayuda financiera están relacionadas con el vencimiento de USD 4.300 millones de capital e intereses de bonos en dólares que debe enfrentar el Gobierno el próximo 9 de enero. No hay dudas sobre el cumplimiento de este compromiso, pero no está claro cómo se afrontará. Ahora la posibilidad más clara es un nuevo “repo” con bancos internacionales. Esto es, financiamiento garantizado con bonos en dólares. El Gobierno ya recibió USD 3.000 millones por esta vía en lo que va de 2025. Sería el modo de afrontar el vencimiento de enero.

Mientras tanto, el Tesoro empezó a comprar dólares en la última semana, llevando la cotización del oficial de 1.420 a 1.450 pesos. Por ahora son compras menores, pero no cabe descartar una aceleración en la medida que no generen un salto significativo en el tipo de cambio.

La posibilidad de volver a los mercados voluntarios de deuda luce cada vez más cerca, sobre todo luego de la última colocación del Bono Tango por parte de la ciudad de Buenos Aires. Se pagó una tasa de 8,1% anual por una duración promedio de siete años. Pero el diferencial es favorable para el distrito porteño, que no defaulteó su deuda en 2002 ni en 2020, cuando el gobierno nacional optó por reestructurar con fuertes quitas.

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La turbulencia que afectó a Wall Street en las últimas dos semanas complicó, o al menos demoró, el objetivo del Gobierno de recuperar el acceso al mercado de financiamiento voluntario.

En Wall Street resurgieron dudas
En Wall Street resurgieron dudas acerca de las cotizaciones empresarias
EFE/EPA/JUSTIN LANE

En los próximos días quedará claro si se trata de una simple toma de ganancias tras la fuerte suba de acciones de empresas vinculadas a la Inteligencia Artificial o de una tendencia bajista más profunda. En todo caso, los inversores decidieron ser más cautelosos y alejarse de activos de riesgo. Así bajó fuerte el Bitcoin, pero también sufrieron acciones y bonos argentinos, con el consiguiente repunte del riesgo país.

El equipo económico sigue sin dar mayores precisiones sobre cómo piensa acumular reservas. La compra de dólares por parte del BCRA, con la consiguiente emisión de pesos, no parece ser una opción a corto plazo. Incluso Milei le puso paños fríos hace una semana: “Si recuperamos el acceso a los mercados no precisaríamos recurrir a la compra de dólares”, explicó.

Es indudable que el “Talón de Aquiles” del Gobierno sigue pasando por la falta de reservas netas en el Central. Esto expone más la economía a los vaivenes del mercado internacional (como sucedió en los últimos días) y a cualquier ruido interno.

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Argentina quedó muy cerca de volver a los mercados a principios de este año, cuando el riesgo país cayó hasta 560 puntos, pero no lo logró. Ahora se presenta una segunda oportunidad, que parece incluso más cercana que hace casi un año. Ahora la situación política es más holgada para el oficialismo, con mayor cantidad de legisladores propios para avanzar con reformas estructurales. A eso se suma un apoyo inédito del gobierno de EEUU. Incluso el tipo de cambio luce mucho más adecuado.

En lo que no se logró avanzar es en fortalecer al Central con reservas propias. El Gobierno todavía está USD 7.500 millones debajo de la meta de reservas netas que debe cumplir con el FMI para fin de año. Es muy difícil llegar a ese objetivo entre nuevo financiamiento de bancos (vía repo) y compras paulatinas del Tesoro en las próximas semanas.

La reactivación de la economía es otro tema que habrá que monitorear de ahora en más y es una de las prioridades de Economía. El BCRA viene induciendo una fuerte baja de tasas y el jueves definió una importante reducción en los encajes diarios que exige a los bancos, pasando del 95% obligatorio a solo el 75%. De este modo libera pesos y se avanza de a poco en la remonetización de la economía.

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La principal duda es cómo
La principal duda es cómo acumular reservas:¿comprándolos con pesos o accediendo al mercado global de capitales?
REUTERS/Agustin Marcarian/

Pero el camino viene con algunos obstáculos, porque la inflación viene subiendo por cinco meses consecutivos y en noviembre mantendría la tendencia alcista. Las principales consultoras ya estiman que el mes podría finalizar en niveles de 2,5 por ciento. Hubo fuertes subas en la carne y también aumentos en combustibles, boletos de colectivo y tarifas de luz y gas. A eso se le suma la búsqueda de las empresas de recomponer márgenes de rentabilidad perdidos a lo largo del año. Un indicio: en octubre por primera vez en casi seis meses la inflación minorista superó a la mayorista.

El aumento de los insumos importados por la suba del dólar a lo largo del año no se había podido trasladar ante la imposibilidad de trasladar esos aumentos al consumidor, en medio de la caída de ventas. Por eso, el proceso de expansión monetaria para acompañar la recuperación de la actividad deberá ser cuidadoso para evitar un rebrote inflacionario mayor.

Tanto la recuperación del nivel de reservas como de la actividad económica despuntan como los grandes temas que definirán la agenda económica del 2026. Y muy probablemente los que marquen la fortaleza del Gobierno para evitar la “crisis del tercer año” que en su momento aquejaron a Cristina Kirchner en su segundo gobierno, pero también a Mauricio Macri con la fatídica crisis cambiaria de 2018 y luego a Alberto Fernández en un 2022 que incluyó varios recambios en el equipo económico.



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ECONOMIA

Qué dice la Ley de Contrato de Trabajo sobre el aguinaldo

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El cronograma de pago del aguinaldo dispone fechas fijas a mitad de año y en diciembre, según lo establece la Ley de Contrato de Trabajo (Reuters)

El Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido como aguinaldo, está garantizado por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) como un derecho fundamental para los empleados registrados bajo relación de dependencia. La importancia de esta prestación reside en su obligatoriedad y en su alcance amplio, que incluye tanto al sector privado como al ámbito público.

Según la LCT, el aguinaldo se abona en dos pagos semestrales: el primer desembolso corresponde a la última jornada laboral de junio, mientras que el segundo debe efectivizarse en la última jornada laboral de diciembre. Este régimen de pago se oficializó con el artículo 122 de la ley, reformulado por la normativa N° 27.073.

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La legislación establece que cada cuota equivale al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador durante el respectivo semestre. El método de cálculo obliga al empleador a identificar cuál fue el salario más alto entre enero y junio para la primera cuota, y entre julio y diciembre para la segunda. El criterio para determinar la “mayor remuneración” abarca todos los conceptos de carácter remunerativo: sueldo básico, horas extras, comisiones y cualquier adicional salarial regulado por convenio.

En cuanto a los plazos, la ley fija fechas precisas: el 30 de junio y el 18 de diciembre marcan los días de vencimiento para la primera y la segunda cuota, respectivamente. La legislación prevé un margen de hasta cuatro días hábiles posteriores a estos plazos para la cancelación efectiva del aguinaldo, sin que ese diferimiento implique incumplimiento. Para el segundo semestre de 2025, el pago podrá realizarse hasta el 24 de diciembre sin considerar demora.

La obligación de pago del aguinaldo recae sobre todos aquellos empleadores que tengan personal bajo contratos por tiempo indeterminado, plazo fijo, eventuales o de temporada. También incluye tanto a empleados con jornada completa como a quienes trabajan jornada parcial, así como al personal del Régimen de Casas Particulares y los trabajadores agrarios. El carácter irrenunciable del aguinaldo se extiende a todos los trabajadores, sin distinción por tipo de vínculo contractual ni modalidad horaria.

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La normativa contempla situaciones en que el empleado no trabaja la totalidad del semestre: quienes inician el vínculo laboral durante el semestre o ven extinguido su contrato antes del cierre del periodo cobran un proporcional del aguinaldo, en función de los meses trabajados. El principio de proporcionalidad asegura que nadie quede excluido del beneficio, aun cuando haya empezado a desempeñarse o se desvincule durante ese lapso.

Para calcular el proporcional del aguinaldo, se utiliza una fórmula práctica: se divide la mejor remuneración mensual del semestre por 12 y se multiplica el resultado por la cantidad de meses efectivamente trabajados en ese semestre. Por ejemplo, si un trabajador comenzó a desempeñarse en marzo y su salario más alto entre marzo y junio fue de $2.500, el primer medio aguinaldo en junio surge de multiplicar (2.500/12) por 4, lo que da $833. Si alguien trabajó seis meses con un mejor sueldo de $7.000, el medio aguinaldo alcanzará los $3.500.

La Ley de Contrato de Trabajo también contiene pautas específicas para situaciones donde, al momento de liquidar la segunda cuota en diciembre, todavía no se pagó el salario correspondiente a dicho mes. En estos casos, el empleador puede estimar el monto del sueldo de diciembre y, de haber diferencias una vez oficializado el cobro regular, ajustar la liquidación conjuntamente con el último pago del año. Esta práctica busca garantizar que el trabajador no resulte afectado por cuestiones administrativas o retrasos en la definición del salario mensual.

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La base de cálculo incluye
La base de cálculo incluye todos los conceptos remunerativos, como el salario básico, las horas extras y las comisiones (Reuters)

El Suplemento Anual Complementario también se les abona a los jubilados y pensionados vinculados al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Así, el sistema protege tanto a quienes mantienen una relación laboral activa como a quienes ya finalizaron su etapa activa, asegurando una lógica de extensión de derechos sobre la jubilación.

Otro aspecto relevante radica en la composición de la base salarial sobre la que se calcula el aguinaldo. Según la información oficial del Gobierno Nacional, el concepto de “mayor remuneración mensual” debe considerar la totalidad de los rubros con carácter remunerativo, lo cual incluye horas extras, adicionales y comisiones. Este criterio impide que se excluyan ítems del cálculo que tengan impacto directo en el ingreso real del trabajador. Por ese motivo, incluso si un empleado recibe habitualmente su sueldo básico y, en un mes concreto, obtiene un monto relevante por horas extra, ese pago se sumará para definir la mayor remuneración del semestre.

En cuanto a la eventualidad de un incumplimiento en los pagos del aguinaldo, la normativa otorga mecanismos claros de reclamo y protección para el trabajador. El primer paso ante la falta de depósito del aguinaldo dentro de los plazos consiste en intimar formalmente al empleador mediante una notificación escrita, en la que se exija la regularización inmediata de la situación. Si esa instancia no resuelve el conflicto, el siguiente recurso implica presentar una denuncia ante la Secretaría de Trabajo, ya sea en forma individual o colectiva.

En casos de gravedad o persistencia del incumplimiento, el trabajador puede optar por considerarse despedido, invocando la figura de “injuria grave” contemplada en el artículo 242 de la LCT. La determinación judicial de si la falta de pago del aguinaldo justifica esa medida queda en manos del fuero laboral, que evaluará la magnitud del perjuicio y las condiciones específicas. En caso de un fallo favorable al trabajador, la empresa está obligada a asumir las indemnizaciones y sanciones que correspondan.

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La vía administrativa y judicial
La vía administrativa y judicial protege el derecho al aguinaldo ante cualquier incumplimiento por parte del empleador (Bloomberg)

La legislación no solamente reconoce la posibilidad de acciones individuales. En situaciones de incumplimiento generalizado, los trabajadores pueden impulsarlas de manera colectiva. Las vías administrativas y judiciales buscan garantizar el respeto al derecho irrenunciable al cobro del aguinaldo, uno de los pilares del sistema de protección social argentino.

Respecto a los beneficiarios, la normativa no impone restricciones motivadas por la carga horaria, sector de actividad, modalidad contractual ni antigüedad. Trabajadores del sector público, privado, agrario y quienes prestan tareas en casas particulares reciben el aguinaldo bajo condiciones similares, adaptadas únicamente al tiempo efectivamente trabajado y al monto máximo de su remuneración regular.

La información oficial del Gobierno Nacional destaca que la fecha precisa de cobro del medio aguinaldo de diciembre varía según el año, y que siempre se respeta el margen adicional de cuatro días hábiles para facilitar los trámites bancarios y la disponibilidad de fondos. En 2025, la fecha límite para acreditar el segundo pago será el 24 de diciembre.

Frente a cualquier controversia vinculada con la liquidación del aguinaldo, el camino formal requiere que el trabajador intime primero al empleador y luego recurra a la Secretaría de Trabajo si persiste el incumplimiento. Solo en circunstancias extremas y debidamente probadas ante la Justicia laboral corresponde que la desvinculación por causa de falta de pago sea reconocida como despido con derecho a indemnización.

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La aplicación cabal de estas reglas evita conflictos y promueve transparencia en la relación laboral. El aguinaldo cumple una función relevante como instrumento de protección para los trabajadores, al tiempo que representa una obligación ineludible para el empleador bajo la legislación vigente en el país.



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ECONOMIA

Reforma Laboral: los cambios decisivos que Milei ya tiene definidos y que considera innegociables

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El futuro tratamiento de la nueva Ley de Reforma Laboral en el Congreso de la Nación sigue generando mucha polémica.

Lo concreto es que más allá de todos los papers que circulan en estudios de abogados laboralistas y en empresas y bancos, lo único que se sabe es que el mismo se basará en la lo que está dentro de la Ley Bases aprobada a través del DNU 70/24 a la que se le harían algunos cambios. Hay que destacar que una gran parte de la Reforma Laboral que está dentro de la Ley Bases está frenada por la justicia laboral.

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El Gobierno buscará aprobar la nueva ley luego 10 de diciembre, con la conformación de la nueva conformación de la Cámara de Diputados donde podría contar con unos 90 legisladores propios, en tanto que en el Senado llegaría con la nueva composición podría tener unos 20 legisladores propios.

Por ahora, por lo que pudo saber iProfesional, el Proyecto de Ley Laboral está guardado bajo 7 llaves en el ministerio de Capital Humano a cargo de la ministra Sandra Pettovello quien junto al secretario de Trabajo Julio Cordero y sus equipos técnicos pulen los últimos detalles.

Reforma laboral: los cambios decisivos que Javier Milei considera innegociables

Los cambios laborales, que el Gobierno de Milei considera innegociables, están siendo discutidos también por los participantes del Consejo de Mayo, que tiene representantes del Gobierno, del sector empresario y del sindicalismo (aunque este último casi ni participa y ya manifestó su pleno rechazo al proyecto).

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En los últimos días, quien comenzó a lanzar algunas ideas de lo que contendría el proyecto fue el ministro de Desregulación y Transformación Federico Sturzenegger pero de acuerdo a lo que pudo saber iProfesional la decisión final corre a cargo del ministerio de Capital Humano.

De acuerdo a uno de los borradores que circulan y al que accedió iProfesional, habría modificaciones destinadas a transformar distintos aspectos de la Ley de Contratos de Trabajo (LCT), los regímenes especiales y los procedimientos judiciales.

El texto incluiría definiciones que afectarían a principios generales, criterios de registración la organización de la jornada, vacaciones, beneficios sociales, licencias por enfermedad, las indemnizaciones y la regulación de actividades que son consideradas como esenciales.

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También se incorporaría un capítulo para la economía de plataformas y otro para el ejercicio profesional sin exigencia de matrícula obligatoria.

Cambios en la Ley de Contratos de Trabajo

Se buscaría reorganizar el alcance de la LCT a través de cambios en el artículo 2. Allí se establecería que la ley no alcanza al empleo público, el trabajo agrario, el régimen de casas particulares, los vínculos comerciales regidos por el Código Civil y Comercial y a los servicios personales de transporte, reparto y mensajería mediante plataformas tecnológicas.

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Algunos puntos claves que se incluirían en la reforma laboral

En el borrador se fija que en el artículo 9 se mantiene el principio de norma más favorable, aunque su aplicación quedó restringida a situaciones en las que persista una duda insuperable luego de un análisis completo.

En tanto que en el artículo 12 se reafirmaría la irrenunciabilidad y en el 15 se definiría que los acuerdos conciliatorios, transaccionales, o liberatorios transaccionales dependerían de la homologación judicial o administrativa.

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Por otra parte, el artículo 18, expresaría que los años de antigüedad se computarían sumando períodos sucesivos e incorporando lapsos previo a un reingreso cuando el retorno se concrete antes de dos años desde la desvinculación.

En cambio, en lo que se refiere a contrataciones de terceros, en el artículo 30 se modificaría la responsabilidad del principal, que pasa a ser subsidiaria y no solidaria, salvo incumplimientos sobre registración, pago de aportes y cobertura de seguros.

En relación las modificaciones en registración laboral, el borrador contendría un punto clave que es la creación de un sistema unificado de registración mediante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y los artículos 52 y 55 dispondrían que la inscripción del vínculo laboral se realizaría exclusivamente a través de ese organismo y que la falta de constancia generaría presunciones a favor del trabajador.

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Reforma laboral: qué cambiaría con respecto a las vacaciones

Con respecto al capítulo referido a la organización del trabajo, formación y vacaciones, se permitiría que el empleador modifique formas y modalidades de la prestación siempre que no cause perjuicio material o moral. El nuevo texto incorporaría un capítulo sobre formación profesional y calificaría a la capacitación como derecho básico del trabajador y esa obligación se vincularía con las necesidades del puesto y con las exigencias de la empresa.

En el capítulo sobre vacaciones habría cambios relevantes, como la fijación del período se otorgaría entre el 1° de octubre y el 30 de abril, y habilitaría el fraccionamiento en lapsos no menores a siete días y además contendría la reprogramación de días interrumpidos por enfermedad.

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Por su parte, el artículo 155 estructuraría los mecanismos de cálculo de remuneración vacacional y contemplaría salarios mensuales, valores diarios, sistemas variables, comisiones y trabajo a destajo.

Otro capítulo clave es el que se refiere a Beneficios, remuneraciones y conceptos excluidos en el que se ampliaría la lista de beneficios sociales no remunerativos y entre ellos se agregarían prestaciones de salud, reintegros de guardería, ropa de trabajo, útiles escolares, suscripciones a gimnasios, gastos de sepelio y provisión de herramientas tecnológicas y ninguno de esos rubros integraría la base remunerativa ni generaría nuevos aportes o contribuciones.

La crítica de los gremios y la reacción del Gobierno

La semana pasada el ministro de Desregulación y Transformación Federico Sturzenegger, cuestionó la marcha convocada por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y además sostuvo que la protesta se llevó a cabo sin conocer el contenido del proyecto, que según aclaró no incluirá a los empleados del estado.

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Sturzenegger, que de acuerdo a lo que pudo saber iProfesional estaría colaborando en Pettovello en detalles solo referidos a los aspectos desrregulatorios, explicó que la reforma, a la que llamó modernización laboral, se organizará en tres líneas centrales.

La primera apunta a modificar la industria del juicio y la registración laboral, con la intención de reducir la incertidumbre legal que enfrentan los empleadores al contratar a los trabajadores.

El segundo eje se enfoca en los convenios colectivos de trabajo, que según indicó deberían volver a negociarse, ya que algunos datan de la década de antes de 1975. No obstante, aclaró que si las partes (empresas, gremios y trabajadores) prefieren mantener los convenios actuales, podrán hacerlo.

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El tercer punto se vincula con la prelación o determinación de qué convenio colectivo prevalece. Sturzenegger señaló que en la Argentina se negocia por sector a nivel nacional, con una estructura centralizada en Buenos Aires, pese a las diferentes realidades productivas del país y la propuesta apunta a permitir que los convenios puedan dividirse por región, provincia, actividad e incluso por empresa.

En relación con los sistemas de afiliación de los trabajadores, Sturzenegger reconoció la importancia de los sindicatos en la negociación colectiva, pero planteó reparos frente a las cuotas, contribuciones y débitos obligatorios que se aplican a los trabajadores y consideró que, con un nuevo esquema de prelación, debería generarse mayor flexibilidad en toda la cadena.

El diálogo con los gobernadores, clave para lo que viene en el Congreso

Luego del contundente triunfo la electoral del 26 de octubre de La Libertad Avanza (LLA) y los reaconodamientos políticos que dejaron al Presidente Javier Milei, a la secretaria General Karina Milei y al Jefe de Gabinete Manuel Adorni y al titular de la Cámara de Diputados Martín Menem como los grandes triunfadores, el Gobierno inició una nueva política de diálogo con los gobernadores, quienes son una parte fundamental para el Gobierno consiga los números para las aprobaciones de las futuras leyes que necesita el Gobierno tanto en Diputados como el Senado.

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Luego del nombramiento de Diego Santilli como ministro del Interior, Karina Milei y Manuel Adorni armaron una estrategia que consiste en una ronda de conversaciones con cada uno de los gobernadores para evaluar cuáles eran sus demandas y, así, llevarlas luego al ministro de Economía Luis Caputo para que se seleccionaran cuáles de las demandas podían satisfacerse. El Gobierno busca no perder credibilidad con los asuntos que promete, algo que ocurrió en el pasado.

Los reclamos de los gobernadores son muchos, pero hay aspectos que se repiten en la mayoría de ellos que son las demandas de fondos concretos vinculados a la obra pública y al transporte, mayores transferencias de los denominados Aportes del Tesoro Nacional (ATN), y una solución a las deudas (como la previsional) que Nación tiene con sus cajas y que el Ejecutivo apruebe de manera más rápida los endeudamientos provinciales.

En este aspecto es importante destacar la colocación de deuda por unos 600 millones de dólares a una tasa del 7,15% anual que colocó ayer el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) que provocó una felicitación de Milei al Jefe de Gobierno, Jorge Macri, a través de su cuenta de X.

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La intención del Gobierno sería aprobar la Ley Bases 2 en las sesiones extraordinarias que comenzarían en febrero, luego de buscar la aprobación del Presupuesto 2026 en las extraordinarias que comenzarían después del 10 de diciembre próximo.

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ECONOMIA

Cuánta leche, aceite y carne se pueden comprar con un salario promedio

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Los consumidores acceden a mayores volúmenes de productos esenciales gracias a la suba del salario promedio

Entre marzo de 2024 y septiembre de este año, una tendencia al alza en el poder adquisitivo del salario promedio modificó la ecuación para los consumidores argentinos. Hoy, los consumidores pueden acceder a más litros de leche, más kilos de asado y más litros de aceite, entre otros productos, que hace un año y medio atrás, según precisó el informe publicado por la entidad rural Coninagro titulado “Del sueldo al Plato: ¿Cuánto rinde el salario?”.

El documento examinó el rendimiento efectivo de los ingresos de los trabajadores frente a una selección de productos esenciales de la canasta básica como el aceite de girasol, yerba mate, leche, asado, huevo y pan, siempre a partir de los datos del índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) procesados por el Ministerio de Capital Humano.

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El seguimiento elaborado por Coninagro señala que entre agosto de 2024 y agosto de 2025 los salarios registraron un aumento interanual del 46%, muy por encima de la inflación medible en ese mismo período, que se ubicó en 31,8%. Este desfasaje positivo representó un avance real de 14% y una recuperación acumulada del 25,6% respecto de los valores mínimos que se observaron en marzo de 2024. Según el informe, esta mejora se tradujo en una capacidad de compra ampliada, con impactos notables en la cantidad de alimentos que pueden adquirirse con el ingreso medio.

Desde la perspectiva de los consumidores, estas variaciones implicaron una transformación concreta en el acceso a los productos de mayor consumo. El informe detalla que en septiembre de 2025, la inflación mensual llegó al 2,1%, mientras el RIPTE subió un 1,4%, manteniéndose apenas por debajo del ritmo general de los precios. De acuerdo con la información presentada, el salario promedio pasó de $1.236.416 en marzo de 2024 a $1.551.832 en agosto de 2025, aportando evidencia a la tendencia de fortalecimiento del poder de compra.

El estudio de Coninagro pone especial énfasis en la comparación de la cantidad de unidades que puede adquirir un trabajador promedio con su sueldo. Entre los casos destacados figura la yerba mate, un producto con fuerte arraigo cultural y protagonismo en el consumo nacional. Según el documento, en septiembre de 2025 el salario habilitaba la compra de 659 paquetes de medio kilo, frente a los 356 que permitía en marzo de 2024. El salto representó un incremento del 85% en la capacidad de compra del trabajador respecto de este producto.

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El informe también subraya el desempeño positivo de la leche. Para ese mismo período, el ingreso promedio alcanzaba la adquisición de 982 sachets de un litro, mientras que en marzo de 2024 el salario permitía acceder solo a 583. Se trató de una expansión del 68,5% en el acceso a este insumo esencial de la mesa familiar.

El poder de compra frente al aceite de girasol también mostró una evolución relevante. El salario permitió sumar 93 botellas más, equivalente a un aumento del 39,5% en términos reales. De este modo, los hogares experimentaron una mayor facilidad para cubrir la demanda interna de este bien habitual en la cocina argentina.

En el caso del asado, el documento señaló un avance real del 27%. Se sumaron 28 kilos adicionales respecto del nivel que se calculó en marzo de 2024, lo que modificó la cantidad de reuniones familiares o encuentros donde este producto puede estar presente en relación a años anteriores.

En el caso del asado,
En el caso del asado, se sumaron 28 kilos adicionales respecto del nivel que se calculó en marzo de 2024

(Imagen Ilustrativa Infobae) Asador Asado

Otro rubro relevante es el huevo, donde el salario promedio amplió en un 33% la posibilidad de compra respecto del dato base. En términos concretos, la cantidad pasó de 293 docenas en marzo de 2024 a 389 docenas en septiembre de 2025, esto es, 96 docenas más.

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La evolución positiva también incluyó al pan, que arrojó una mejora del 27% en la cantidad de kilos accesibles: los trabajadores pasaron de 319 kilos a 405 kilos en el periodo considerado.

El informe de Coninagro expone además que, mientras la recuperación del salario real y el menor ajuste de los precios alimentarios favorecieron a los consumidores, algunos productores enfrentaron una situación adversa. El rezago relativo en los valores percibidos por los alimentos sobre los costos de producción complicó la rentabilidad, especialmente en aquellos bienes donde la relación entre costos y precios sufrió un mayor desequilibrio.

El ingreso mensual permitió adquirir
El ingreso mensual permitió adquirir 93 botellas más de aceite de girasol en comparación con marzo de 2024

Considerando el impacto sectorial, los productos más afectados incluyen arroz, vino y yerba mate, donde el incremento de los costos operativos superó los ajustes en los precios de venta. Este fenómeno afectó no sólo a los productores directos, sino también a otras ramas de las economías regionales que abastecen el mercado interno argentino.

Un ejemplo concreto citado en el informe indica que la papa perdió el 40,5% de su valor real en el último año, mientras que la cebolla se depreció un 29% y el arroz retrocedió 25% en la relación precio-costo. Estos datos revelan la complejidad de la recuperación del mercado interno, que queda sometida no solo al desempeño salarial sino a la estructura de formación de precios a lo largo de toda la cadena.

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