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ECONOMIA

Inocencia fiscal: 10 claves para entender el proyecto de los “dólares en el colchón” que aprobó el Senado

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La ley de Inocencia Fiscal busca promover el uso de los «dólares del colchón». (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Senado de la Nación convirtió el ley el proyecto de Inocencia Fiscal que impulsó el gobierno de Javier Milei en el Congreso con el que busca redefinir el vínculo entre el Estado y los contribuyentes, así como la promoción del uso de los “dólares del colchón”.

La iniciativa del oficialismo plantea cambios en el régimen penal tributario, en los mecanismos de fiscalización y en la declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias, con la finalidad de facilitar los trámites y disminuir la carga administrativa.

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Si bien en la discusión pública se vincula la propuesta con la declaración de los llamados “dólares del colchón”, el proyecto no incorpora un régimen de blanqueo de capitales ni altera la estructura del impuesto. No obstante, tiene como objetivo que los argentinos utilicen sus ahorros -hasta $100 millones- sin riesgos de ser perseguidos por el fisco.

“La evasión simple se configura con un mínimo de $100 millones, pero, en rigor, no todo lo que supera ese importe es evasión, porque la evasión tiene dos conceptos: uno, que es la condición objetiva, que es superar el piso que impone la ley, y otra es la cuestión subjetiva, es decir, haber transgredido una obligación impositiva», explicó Martín Caranta, socio del Departamento de Impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich.

Para los casos de evasión agravada, el umbral mínimo se eleva a $1.000.000.000, en contraste con los $15.000.000 vigentes hasta el momento. Cuando participan personas físicas, jurídicas, estructuras legales o jurisdicciones que dificultan la identificación del responsable, el mínimo pasa de $2.000.000 a $200.000.000. Este mismo valor se aplica si se utilizan de forma fraudulenta exenciones o beneficios fiscales. En situaciones donde se emplean facturas o documentos apócrifos, la evasión agravada se configura a partir de los $100.000.000, mientras que el límite anterior era de $1.500.000.

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Estas son las diez claves para entender el alcance y las consecuencias de la iniciativa:

  1. Principio de Inocencia Fiscal: El proyecto parte de considerar que los contribuyentes son cumplidores, salvo que se demuestre lo contrario. La administración tributaria no podrá asumir automáticamente la existencia de maniobras evasivas en todos los casos y deberá centrar sus controles y denuncias penales en situaciones donde existan pruebas claras de incumplimientos o conductas dolosas. Esta medida busca reforzar la confianza en el sistema tributario, agilizar trámites y poner el acento en la adhesión voluntaria al pago.
  2. Cambios en el régimen penal tributario: La iniciativa ajusta los valores a partir de los cuales una infracción deja de ser administrativa y pasa a tener consecuencias penales, actualizando los umbrales por la inflación acumulada desde 2017. Se mantiene la posibilidad de evitar la denuncia penal si el contribuyente regulariza la deuda y los intereses antes de la presentación de la denuncia, aunque este mecanismo podrá utilizarse solo una vez por persona. No se avanzará en la vía penal si no se comprueba la intención de evadir, incluyendo casos con criterios interpretativos fundados o presentaciones espontáneas previas a una inspección.
  3. Extinción de la acción penal y prescripción de facultades: El texto dispone que la acción penal quedará extinguida cuando prescriban las facultades del fisco para determinar o exigir el tributo, de modo que si el Estado ya no puede reclamar la deuda por vía administrativa, tampoco podrá continuar con acciones penales. Además, se excluye la posibilidad de cerrar causas penales tributarias mediante acuerdos de conciliación o reparación integral, a diferencia de lo que ocurre en otros tipos de delitos.
  4. Penas y figuras penales específicas: Establece penas de prisión de entre dos y seis años para quienes simulen la cancelación total o parcial de impuestos o aportes al sistema de seguridad social a través de documentación falsa, declaraciones incorrectas o maniobras engañosas. Esta disposición se aplica cuando el monto involucrado supera el equivalente a 115 salarios mínimos, vitales y móviles por ejercicio anual en impuestos, o 23 salarios mínimos por mes en el caso de aportes y contribuciones.
  5. Ajuste anual de montos y publicación de importes vigentes: Todos los valores previstos tanto en el régimen penal tributario como en el simplificado se actualizarán una vez por año a partir del 1 de enero de 2027, en función de la variación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA). La administración tributaria deberá publicar cada año los nuevos importes, con el fin de evitar distorsiones generadas por la inflación.
  6. Reformas en procedimientos y plazos de prescripción: El proyecto modifica el régimen de multas por incumplimientos formales y redefine los plazos de prescripción. Para quienes cumplen regularmente, el plazo general baja de cinco a tres años, siempre que no existan diferencias importantes. Para los no inscriptos, ese plazo se mantiene en diez años. Además, se elimina la suspensión automática de la prescripción con el inicio de una determinación de oficio, lo que obliga a la administración a actuar dentro de plazos más acotados. También se busca unificar los plazos entre impuestos nacionales, provinciales y municipales.
  7. Reducción de multas administrativas para personas humanas y pymes: La propuesta incorpora una reducción en las multas administrativas para personas físicas y pequeñas y medianas empresas, con descuentos de hasta el 90%, siempre que no se trate de contribuyentes de gran tamaño. Esta medida tiene como fin aliviar el peso de las sanciones sobre los sectores más pequeños y promover el cumplimiento voluntario.
  8. Régimen opcional de declaración jurada simplificada de Ganancias: Se establece un mecanismo opcional de declaración simplificada del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas que tengan ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones. En este esquema, la AFIP confeccionará la declaración con la información que posee, y quienes paguen en término quedarán eximidos de otras obligaciones formales, salvo en casos de errores graves o diferencias significativas.
  9. Impacto sobre los “dólares del colchón” y ausencia de blanqueo de capitales: Aunque se presenta como un incentivo para blanquear ahorros no declarados, el proyecto no incorpora un régimen específico de exteriorización de bienes ni introduce cambios en el Impuesto a las Ganancias. El efecto sobre los “dólares del colchón” sería indirecto: al eliminar la obligación de declarar la evolución patrimonial en el régimen simplificado y restringir el uso de presunciones automáticas, se reduce el riesgo de fiscalizaciones por incrementos patrimoniales sin justificación. La AFIP mantiene la facultad de fiscalizar e impugnar declaraciones en caso de encontrar diferencias relevantes.
  10. Modernización de la administración tributaria: El éxito de la reforma dependerá en gran medida de la modernización y la incorporación de tecnología por parte del organismo recaudador. Si no se avanza en la adopción de herramientas informáticas y de gestión más avanzadas, la evasión fiscal seguirá siendo un desafío estructural.

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ECONOMIA

Cayeron la actividad económica y la inversión en noviembre, según un estudio privado

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En noviembre cayó la actividad industrial, según las estimaciones de OJF. EFE/ Juan Ignacio Roncoroni

La actividad económica y la inversión bruta interna mostraron retrocesos en noviembre, de acuerdo con los últimos informes elaborados por la consultora Orlando J. Ferreres & Asociados. Los datos reflejan una caída mensual del nivel de la economía, medida sin estacionalidad, y una baja interanual de la inversión bruta interna, luego de varios meses de registros positivos.

Según el Índice General de Actividad (IGA-OJF), el nivel de actividad económica registró en noviembre una contracción del 0,8% mensual, en la medición desestacionalizada, lo que implicó un freno en la dinámica de los meses previos. Sin embargo, en términos interanuales el indicador mostró una suba de 1,6%, mientras que el acumulado de los primeros once meses del año arrojó un crecimiento de 5,4 por ciento.

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El estudio destacó que la contracción mensual “cortó con la expansión de los últimos meses”, y remarcó que el desempeño interanual mostró una desaceleración frente a períodos anteriores. En ese sentido, el reporte puntualizó que algunos sectores tuvieron un comportamiento negativo durante noviembre.

“La medición interanual muestra una suba de 1,6%, desacelerando respecto de las cifras pasadas, destacándose la merma de la industria (-3,7%) y la del comercio (-0,7%)”, indicó el informe del IGA. Estos dos sectores tuvieron una incidencia relevante en el resultado general del mes.

En el caso de la industria manufacturera, la consultora señaló que “noviembre no fue un buen mes en términos de producción industrial”. La serie desestacionalizada del Índice de Producción Industrial (IPI-OJF) mostró una caída mensual de 1,8%, luego de que la mejora observada en octubre fuera revisada a la baja. En la medición interanual, el sector acumuló una contracción de 3,7%, aunque el resultado de los once primeros meses del año todavía arrojó una suba de 1,6 por ciento.

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Dentro del sector industrial, uno de los retrocesos más relevantes se observó en la producción automotriz. Según el informe, durante noviembre se produjeron 37.961 vehículos, lo que implicó una caída de 29,3% interanual y de 19,6% respecto de octubre.

Otros sectores mostraron desempeños heterogéneos. La actividad de electricidad, gas y agua registró una contracción interanual de 0,5% en noviembre y acumuló una baja de 1,5% en los primeros once meses del año. En el detalle, la consultora indicó que Cammesa informó una caída de 4,4% anual en la generación eléctrica, asociada a una menor demanda residencial.

En contraste, el sector de minas y canteras presentó una suba interanual de 9,2% en noviembre y acumuló un crecimiento de 7,3% en lo que va del año. El informe señaló que este desempeño estuvo liderado por la actividad en Vaca Muerta, donde la producción de petróleo crudo creció 28% interanual, mientras que la producción de gas natural registró una baja de 3 por ciento.

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El agro exhibió un comportamiento
El agro exhibió un comportamiento positivo, según OJF. (Imagen ilustrativa Infobae)

El agro también mostró un comportamiento positivo en la comparación interanual. La actividad de agricultura y ganadería creció 8,9% en noviembre, impulsada por la campaña triguera, aunque el acumulado de los primeros once meses del año reflejó una leve merma de 0,3 por ciento.

En paralelo al freno de la actividad, la inversión bruta interna fija volvió a mostrar un retroceso en noviembre. De acuerdo con el Índice de Inversión Bruta Interna Mensual (IBIM-OJF), la inversión real cayó 2,6% interanual, medida en términos de volumen físico.

“El IBIM-OJF registró para noviembre una caída de la inversión de 2,6% interanual medido en términos de volumen físico”, indicó el informe. En valores corrientes, la inversión fue estimada en USD 6.734 millones, mientras que la relación inversión-producto se ubicó en 18,2% del PBI, según la medición en volumen desestacionalizado.

El comportamiento de la inversión mostró diferencias marcadas entre sus principales componentes. La inversión en maquinaria y equipos registró una expansión interanual de 3,6% en noviembre y acumuló un crecimiento de 32,8% en los primeros once meses del año.

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La inversión en construcción cayó
La inversión en construcción cayó 8,8% interanual en noviembre, según el estudio privado. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Dentro de este rubro, la inversión en bienes de capital importados mostró una suba de 9,6% interanual, mientras que la inversión en equipos de origen nacional se redujo 3 por ciento. Este contraste explicó parte de la dinámica general del indicador durante el mes.

El sector de la construcción, en cambio, tuvo un desempeño negativo. La inversión en construcción cayó 8,8% interanual en noviembre, lo que representó “la contracción más abultada del año”, según la consultora. A pesar de este resultado, el acumulado de enero a noviembre todavía mostró una suba de 1,8 por ciento.

En su conclusión, el informe de inversión remarcó que “luego de once meses de registros positivos, la inversión vuelve a registrar una contracción en la medición interanual”. Además, precisó que “la importante caída de la construcción, más la baja de la inversión en equipos nacionales, primó sobre la expansión de la inversión en equipos durables de producción importados”, que en noviembre mostró la suba más moderada de los últimos doce meses.

De este modo, los datos de noviembre reflejaron un freno simultáneo en la actividad económica y en la inversión, con impactos diferenciados entre sectores.

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Sueldo empleada doméstica: cuáles son los nuevos montos por hora y mes para enero 2026

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El incremento salarial para las empleadas domésticas forma parte del último tramo del acuerdo paritario. Además, al sueldo se suma un bono no remunerativo

30/12/2025 – 17:55hs

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Llega el primer cobro de 2026 y tanto las empleadas domésticas como las trabajadoras del servicio de casas particulares en general recibirán el último aumento acordado en el marco de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. Esta actualización consiste en un incremento del 1,3% sobre los sueldos y las horas de diciembre de 2025, que se paga sobre las escalas vigentes y será efectivizado en enero.

Este ajuste corresponde al tramo final del acuerdo paritario y se calcula sobre los haberes devengados durante diciembre último. Además, al salario de una empleada doméstica se le suma un bono no remunerativo, que se liquida de acuerdo con la cantidad de horas trabajadas y no depende de la categoría de la empleada.

Por ahora, este es el último aumento salarial acordado en paritarias, y aún no hay confirmación oficial sobre ajustes adicionales en los meses siguientes.

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Sueldo empleada doméstica: cuánto cobra por hora y mes en enero 2026

A continuación, los montos que cobrará por hora y por mes en enero una empleada doméstica y cada una de las categorías. Hay que recordar que se trata de lo trabajado en diciembre y que se recibirá en enero 2026:

Supervisor/a

  • Con retiro: $471.956,01 mensuales y $3.783,33 por hora
  • Sin retiro: $525.712,99 mensuales y $4.143,70 por hora

Personal para tareas específicas

  • Con retiro: $438.475,56 mensuales y $3.582,79 por hora
  • Sin retiro: $488.091,78 mensuales y $3.926,84 por hora

Caseros

  • Sin retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora

Asistencia y cuidado de personas

  • Con retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora
  • Sin retiro: $476.755,68 mensuales y $3.784,32 por hora

Personal para tareas generales

  • Con retiro: $384.713,01 mensuales y $3.135,99 por hora
  • Sin retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora

A los básicos del convenio hay que sumar el adicional por antigüedad, equivalente a un 1 por ciento por cada año trabajado de la empleada doméstica en su relación laboral, sobre los salarios mensuales.

También hay un extra del 30 por ciento calculado sobre los salarios mínimos de cada categoría, para empleadas del sector que trabajan en zonas desfavorables como La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de Carmen de Patagones.

Y a eso se suman también las horas extras, que son las que la trabajadora desempeña por fuera de su jornada habitual: 

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  • 50% de recargo para las horas extras trabajadas de lunes a viernes y hasta las 13 horas del sábado.
  • 100% de recargo (doble jornada) si las horas extras se realizan los sábados después de las 13 horas, domingos o feriados.

A la empleada doméstica le corresponde percibir el salario mínimo de la categoría para la cual fue contratada y registrada o uno superior. En caso de prestar tareas en más de una categoría, le corresponde percibir la remuneración de la categoría mejor remunerada. 

Empleada doméstica: cuál es el bono extra al sueldo, según las horas trabajadas

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) fijó para el último bimestre del año un bono no remunerativo de $14.000 en noviembre, diciembre y enero, tanto para personal con retiro como sin retiro que trabajen más de 16 horas semanales

A diferencia de otras paritarias, las subas no se calculan sobre los valores de octubre, sino sobre el salario actualizado del mes anterior. Por su condición no remunerativa, el bono no impacta en el básico ni en adicionales como antigüedad o presentismo, pero sí se suma de manera directa al sueldo en mano de cada trabajadora.

  • 0 a 12 horas semanales: $6.000
  • 12 a 16 horas semanales: $9.000
  • más de 16 horas semanales: $14.000
  • personal sin retiro: $14.000

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ECONOMIA

Inocencia fiscal: por qué la falta de adhesión de las provincias puede complicar los planes de Caputo para los dólares del colchón

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Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), hay más de USD 253.000 millones fuera del sistema al cierre del tercer trimestre de 2025 (Imagen Ilustrativa Infobae)

Mientras que el ministro de Economía, Luis Caputo, busca que los argentinos ingresen al sistema financiero sus tenencias de dólares no declarados “en el colchón” para activar la economía y ampliar la masa prestable, la falta de adhesión de gran parte de las provincias argentinas a acuerdos de intercambio de información fiscal genera el riesgo de limitar el impacto de esa iniciativa. Según especialistas, los distritos que queden afuera de los convenios van a tener el poder de cobrar impuestos a los que la Nación renuncia.

Tras la aprobación del proyecto de Inocencia Fiscal -que aún espera su promulgación para entrar en vigencia-, el ministro de Economía, Luis Caputo, busca que los argentinos saquen los dólares del colchón lo más rápido posible para reactivar la actividad. Pero, además de la reglamentación pendiente por parte del Banco Central (BCRA) y el fisco nacional, aún hay provincias que no adhirieron al intercambio de información.

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Luego de la presentación del proyecto, en mayo pasado, el entonces titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Juan Pazo, promovió la firma de acuerdos de intercambio de información fiscal. Hasta el momento, se logró la adhesión de varias provincias, entre las cuales se encuentran Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Tucumán y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

De esta lista, restan sumarse Buenos Aires, Córdoba, Formosa, La Pampa, La Rioja, Santa Fe, Santiago del Estero y Tierra del Fuego. Según pudo saber Infobae, muchas de ellas, como la gobernación de Axel Kicillof, continúan evaluando si adherirán o no. Esta situación podría complicar los planes del ministro Caputo, ya que afectaría el tratamiento que reciban los dólares no declarados que depositen los contribuyentes en el banco.

Luis Caputo promueve que se
Luis Caputo promueve que se utilicen los dólares del colchón por medio del Banco Nación Argentina (BNA).

«Para que lo dispuesto en la Ley de Inocencia Fiscal cumpla efectivamente con el objetivo de introducir dólares al circuito legal, resulta indispensable que las provincias adhieran al régimen. Sin ese acompañamiento, el incentivo a formalizar ahorros pierde fuerza y previsibilidad“, afirmó Noelia Girardi, gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich.

La falta de adhesión de algunas provincias al intercambio de información con el fisco nacional genera incertidumbre para los contribuyentes. “Si bien el régimen nacional busca simplificar y otorgar seguridad jurídica, la falta de adhesión provincial provoca un tratamiento desigual entre ellas, marcando una diferencia concreta entre individuos según la provincia en la que residan u operen, aun con la misma situación fiscal”, señaló.

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De esta manera, los contribuyentes que adhieran al Régimen Simplificado de Ganancias quedan cubiertos frente a ARCA, pero desprotegidos frente a los fiscos provinciales que no adhieran. «Esto habilita a las provincias a mantener controles, fiscalizaciones o eventuales reclamos, incluso cuando el contribuyente haya cumplido con el marco nacional, generando una clara sensación de inseguridad jurídica“, destacó.

El CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, sostuvo que las provincias que no adhieran pueden llegar a reclamar el cobro del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB). Aunque destacó que pese a que se trató de una posibilidad que existió durante el último blanqueo de capitales para los distritos que no se sumaron a la iniciativa, las provincias optaron por no ir a por el dinero exteriorizado.

“El Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (Sircreb) no se aplica sobre las cuentas en dólares, pero hay jurisdicciones que sí tienen regímenes de recaudación sobre cuentas en dólares. Por ejemplo, en la provincia de Buenos Aires y en CABA no van a retener, pero sí en Tucumán“, aclaró.

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Domínguez señaló además que no sólo los dólares juegan en esta lógica: también los pesos. Si el contribuyente deposita dinero “negro” para comprar, le van a hacer la retención del Sircreb. “Después el fisco provincial puede detectar, con base en inferencias del Sircreb, cuáles fueron los depósitos y controlarlo con los ingresos declarados en IIBB, hacer cruzamientos», puntualizó.

Para el contador Marcos Felice, los montos que ingresen por el Régimen Simplificado de Ganancias quedarán sujetos a lo que cada jurisdicción disponga, como sucedió con el blanqueo de capitales. «Las que adhieran podrán considerar algún régimen especial de IIBB. Las que no, seguramente determinarán de oficio IIBB por impuestos omitidos“, indicó, además de aplicar retenciones y percepciones sobre las sumas de dinero que se muevan.

En su momento, el fisco nacional a cargo de Juan Pazo había advertido a aquellas provincias que no adhieran. “En el marco de la implementación del Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos, ARCA convocará a cada una de las provincias a la firma de un nuevo convenio de intercambio de información (…). De modo tal que aquellas provincias que no adhieran al mencionado Régimen [por Ganancias Simplificado] perderán el acceso a la información de facturación de personas y/o empresas, así como la relativa a los consumos que se den por encima de los umbrales fijados por ARCA ($50.000.000)“, indicaron en un comunicado en su momento. Ahora, con el cambio en la conducción del fisco nacional, con Andrés Vásquez en reemplazo de Pazo, resta saber si se mantendrá esta postura.

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