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ECONOMIA

Rige la Ley de Inocencia Fiscal: qué cambia desde hoy para los contribuyentes

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La normativa redefine los umbrales de la evasión tributaria y facilita trámites para contribuyentes (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Ley de Inocencia Fiscal entró en vigencia este viernes tras su publicación en el Boletín Oficial. Desde hoy, los contribuyentes cuentan con nuevas reglas para la declaración y regularización de ahorros no bancarizados y para la determinación de responsabilidades ante presuntas infracciones tributarias. El texto promulgado establece un marco orientado a facilitar la relación entre los ciudadanos y el Estado en materia fiscal, incluyendo cambios en los montos mínimos para sancionar penalmente el delito de evasión, nuevas modalidades para la presentación de declaraciones juradas y la creación de un sistema de presunciones favorables para quienes cumplen con las obligaciones impositivas.

La ley, sancionada en el Congreso el 26 de diciembre y promulgada hoy, rige de manera inmediata pese a que bancos y especialistas esperan todavía precisiones y reglamentaciones extra. La publicación en el Boletín Oficial otorga vigencia plena a sus disposiciones, en línea con el principio de publicidad de los actos de gobierno. La normativa apunta a brindar seguridad jurídica a los contribuyentes, a la vez que introduce herramientas para la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en la fiscalización y control del cumplimiento tributario.

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“Falta la reglamentación del Poder Ejecutivo, es decir, el decreto reglamentario de la ley. Por ejemplo, la ley habilita al Ejecutivo, en el tema de la declaración jurada simplificada, a establecer más condiciones. Hoy, lo que dice la norma es que el sujeto tiene que tener ingresos hasta $1.000 millones, patrimonio hasta $10.000 millones y no ser gran contribuyente en los últimos dos períodos fiscales y en el corriente. También dice que el Poder Ejecutivo puede incorporar otras restricciones, otras condiciones. Entonces, hay que ver si lo hace”, señala Sebastián Domínguez, tributarista.

El especialista explica que la reglamentación pendiente también involucra a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA): “ARCA tiene que reglamentar cómo va a ser la declaración jurada simplificada. La ley no dice si ARCA va a poner a disposición ingresos, gastos y deducciones. No dice si uno tiene que aceptar o rechazar eso, o si puede editar la información y modificarla, que es lo lógico, pero la ley no lo dice. Eso va a tener que surgir de la reglamentación por decreto y de la resolución que establezca cómo va a ser el sistema, porque ARCA no tiene toda la información, y la que tiene a veces hay que cambiarla”.

Por otra parte, Domínguez advierte sobre la situación de la Unidad de Información Financiera (UIF). “Ahí hay que ver si la UIF aumenta o no el umbral del efectivo. Hoy por hoy, la UIF dice que hay que hacer controles reforzados cuando se deposita en efectivo por 40 salarios mínimos vitales, o más. Y eso, más o menos, hoy te da un poquito menos de 9.000 dólares. Entonces, hay que ver qué es lo que hace la UIF, si eso se flexibiliza. La Argentina tiene que cumplir con las directrices del GAFI en materia de lavado”, recordó.

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El tributarista remarca las restricciones internacionales: “Cuando uno va a salir del país, por ejemplo, Argentina, no puede hacerlo con USD 10.000 o más. Si entrás con más de ese monto, tenés que declararlo. Hay normativa similar a nivel internacional. Si la Argentina modifica ese parámetro y lo aumenta a USD 100.000, como algunos dicen, es complicado porque puede ser objetado por el GAFI y quizás, en el futuro, pasar a Argentina en la lista gris, cosa que le impediría acceder a mercado de capitales”.

El Banco Nación quiere ser
El Banco Nación quiere ser el primero en facilitar el uso de ahorros informales

Domínguez también refiere a la comunicación del Banco Central: “El BCRA ya dictó la comunicación que decía que no se podían pedir las declaraciones juradas impositivas, por ejemplo, para analizar las operaciones de los clientes, pero no dice hasta qué monto se puede solicitar efectivo sin controles o algo de ese estilo. Eso lo hace la UIF”.

Sobre el impacto en la operatoria bancaria, el tributarista subrayó: “Las normas de lavado no cambiaron en nada. Y hay funcionarios que dicen que con la sola opción por el régimen simplificado de Ganancias alcanza para que alguien vaya y deposite el efectivo y no se hagan controles. Eso es una adhesión a una cuestión tributaria, no da certeza del origen de fondos, por lo cual el análisis de riesgo que tienen que hacer los bancos sigue siendo igual”.

Por último, Domínguez concluye: “Es cierto que aumentó el monto objetivo de la evasión a $100 millones, por lo cual, antes de esto, el delito de evasión tributaria era presente al lavado, y si se presumía que había. Ahora se aumentó a $100 millones, pero eso no quiere decir que no tenga que hacer el análisis para ver si el delito presente es narcotráfico, trata de personas o lo que fuera”.

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Uno de los ejes centrales de la Ley de Inocencia Fiscal radica en la actualización de los montos y parámetros para definir la evasión simple y agravada. El límite para considerar un hecho como delito penal tributario subió a $100 millones, según el nuevo artículo 1º del Régimen Penal Tributario. Para la evasión agravada, la base pasó a $1.000 millones. En otros apartados, la normativa también elevó montos mínimos para la aplicación de multas y sanciones administrativas, con valores que van desde los 6 millones hasta los $67,5 millones, dependiendo del tipo de infracción y del contribuyente.

El régimen introduce una declaración jurada simplificada para personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y patrimonio de hasta $10.000 millones , siempre que no califiquen como grandes contribuyentes nacionales. Quienes adhieran a esta modalidad podrán acceder a un efecto liberatorio del pago, siempre que acepten la declaración propuesta por la agencia y abonen el importe correspondiente en término. De este modo, se considerarán satisfechas las obligaciones formales y materiales del impuesto a las ganancias para el período fiscal declarado.

La normativa define que la presunción de exactitud de las declaraciones juradas será favorable al contribuyente, salvo que existan discrepancias significativas detectadas por la ARCA. Una diferencia relevante se configura cuando la impugnación genera un incremento de al menos 15% en los saldos de impuestos a favor del organismo, o si la diferencia supera los $100 millones en el caso de impuestos, o los $7 millones en aportes y contribuciones. También se consideran discrepancias si se detecta el uso de facturación apócrifa.

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En este último caso, la agencia podrá extender la fiscalización a períodos no prescriptos y aplicar sanciones conforme la ley vigente. Sin embargo, esta extensión no corresponderá para los contribuyentes que hayan cumplido en término con la declaración jurada y el pago bajo la modalidad simplificada, ni para quienes hayan adherido al régimen de regularización de activos según la ley 27.743.

Otra modificación relevante es la reducción de los plazos de prescripción para la acción del fisco. Para los contribuyentes inscriptos que hayan presentado las declaraciones juradas en término y regularizado saldos, el plazo baja de cinco a tres años, salvo que la agencia detecte discrepancias significativas. Para los no inscriptos, el plazo se mantiene en diez años. Las acciones para exigir recupero o devolución de impuestos y para la repetición de tributos prescriben a los cinco años.

La ley prevé la actualización anual automática de todos los montos mínimos y máximos establecidos, a partir del 1º de enero de 2027, siguiendo la variación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA). La Agencia de Recaudación y Control Aduanero deberá publicar cada año los importes vigentes para el período siguiente.

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El texto promulgado excluye expresamente la posibilidad de aplicar la presunción de exactitud en casos donde se detecte documentación apócrifa, omisión de ingresos o deducciones indebidas. En estos supuestos, la agencia podrá impugnar la declaración simplificada y exigir el pago de la diferencia detectada, más los intereses correspondientes.

Respecto del Régimen Penal Tributario, la nueva ley impide al organismo recaudador formular denuncia penal cuando el contribuyente cancele en forma total e incondicional el importe evadido y sus intereses antes de la denuncia. Si la acción penal ya se inició, se extinguirá si el imputado acepta y cancela el monto evadido, los intereses y un adicional del 50% en un plazo de hasta 30 días hábiles desde la notificación de la imputación.

La ley también introduce reglas específicas para la prescripción en materia previsional y en el Código Civil y Comercial. Las acciones para el cobro de aportes y contribuciones de la seguridad social prescribirán a los diez años, plazo que baja a cinco si el contribuyente cumplió con la presentación de la declaración jurada en término y sin discrepancias significativas. Para acciones civiles, el plazo general es de cinco años, salvo que la legislación local disponga lo contrario.

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En cuanto a la aplicación territorial, la ley invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar regímenes simplificados de fiscalización, en línea con la normativa nacional. El objetivo consiste en ampliar la cobertura y la homogeneidad de criterios en todo el país.

El principio de efecto liberatorio y presunción de exactitud para las declaraciones juradas apunta a reducir la litigiosidad y a dotar de mayor previsibilidad al vínculo fiscal. Los contribuyentes que opten por la declaración simplificada y cumplan con los requisitos quedan liberados de acciones civiles, penales o administrativas vinculadas a los períodos no prescriptos, salvo que la agencia detecte alguna de las causales de exclusión previstas.

El régimen excluye a quienes califiquen como grandes contribuyentes nacionales, según lo determine la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. El Poder Ejecutivo podrá sumar otros requisitos o condiciones, y la agencia podrá excluir del régimen a quienes no cumplan con los parámetros establecidos, habilitando en esos casos la verificación y fiscalización de los períodos no prescriptos.

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La ley contempla situaciones especiales para las diferencias de criterio interpretativo o técnico-contable. Si el contribuyente documenta debidamente su posición y presenta las declaraciones antes de ser notificado de una fiscalización, el organismo recaudador podrá decidir no formular denuncia penal, siempre que la diferencia no tenga como finalidad tergiversar la base imponible ni derive de documentación falsa.

En el articulado final, se dispuso la vigencia instantánea de la totalidad de las disposiciones a partir de su publicación en el Boletín Oficial. El texto lleva la firma de Victoria Villarruel, presidenta del Senado, Martin Alexis Menem, presidente de la Cámara de Diputados, y de los secretarios parlamentarios que certificaron la sanción.

El nuevo marco legal se inscribe en la estrategia de dotar de mayor transparencia, seguridad jurídica y previsibilidad al sistema tributario argentino. La implementación de la Ley de Inocencia Fiscal desde hoy impacta en la operatoria cotidiana de millones de contribuyentes y en la relación entre el fisco y los obligados en todo el país.

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ECONOMIA

Jornada financiera: el riesgo país cayó al nivel más bajo desde 2018 y el dólar subió con las nuevas bandas

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Las acciones argentinas buscan retomar el sendero ganador en 2026.

En la Bolsa porteña transcurrió una lenta operatoria hasta pasadas las 15 horas, cuando se publicaron los avisos de pago de renta y amortización de bonos soberanos en dólares Bonares y Globales el 9 de enero. A partir de entonces, en el tramo final de la rueda las acciones acentuaron la tendencia alcista, mientras que los títulos públicos conservaron una moderada alza que habilitó un nuevo descenso del riesgo país a niveles de 2018.

Por otra parte, en la plaza cambiaria se observó una suba del precio de la divisa a máximos de dos meses, con el debut del régimen de bandas “recalibrado” a partir de enero en función de la inflación.

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El índice S&P Merval de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires ganó 2,5%, en los 3.126.292 puntos, mientras que los bonos soberanos en dólares promediaron una mejora de 0,2%, según la referencia de los Globales en Wall Street.

Encabezaron las subas Ternium Argentina (+4,2%) y central Puerto (+3,7%). YPF subió 3,4%, al igual que Pampa Energía, mientras que Grupo Galicia avanzó 1,8 por ciento.

El riesgo país de JP Morgan, que mide el diferencial de tasas entre los bonos del Tesoro de los EEUU y similares emisiones emergentes, cedió siete unidades, en los 553 puntos básicos, un piso desde el 27 julio de 2018, más de cinco años atrás. “La curva soberana hard-dollar operó levemente al alza en la plaza internacional. En ByMA, los Bonares mostraron bajas de hasta 1,2% en el caso del AL35″, detallaron detallaron desde CMF Banco Corporativo.

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Entre los ADR y acciones de compañías argentinas negociadas en dólares en Wall Street hubo cierres mixtos, afectados a la vez por el movimiento dispar de los principales índices de Nueva York.

“El Tesoro nacional enfrenta vencimientos de deuda soberana por USD 4.200 millones el próximo 9 de enero. Para asegurar el pago, el Ministerio de Economía realizó un canje de títulos con el Banco Central y gestiona préstamos REPO con entidades financieras internacionales. En paralelo, las tasas de caución muestran una volatilidad persistente que requiere atención en las operaciones de corto plazo”, afirmaron los analistas de Rava Bursátil.

El tipo de cambio mayorista avanzó 20 pesos o 1,4%, a $1.475 para la venta. Con el debut del esquema de bandas cambiarias que en enero aumentarán un 2,47% -con la referencia de la inflación de noviembre de 2025-, el oficial tocó su nivel más alto desde el 3 de noviembre.

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“Con un mercado sostenido en la parte alta y sin retrocesos relevantes, el tipo de cambio se mantuvo firme a lo largo del día, sin perforar los mínimos de apertura ($1.460) y con un volumen operado de USD 553 millones. El BCRA informó que no ha intervenido en el mercado con el nuevo esquema donde podría comprar hasta el 5% del volumen diario”, sintetizó Francisco Díaz Mayer, jefe de Operaciones de ABC Mercado de Cambios.

El BCRA precisó que el techo de las bandas cambiarias se situó en los $1.529,03, lo que dejó al mayorista a 54,03 pesos o 3,7% de ese límite.

Agustina Savoia, asesora financiera de Cocos Gold, señaló que “el debut de las nuevas bandas cambiarias en enero de 2026 introduce un cambio relevante en el funcionamiento del régimen cambiario. A diferencia del esquema previo, el piso y el techo de la banda dejan de ajustarse a un ritmo fijo y pasan a actualizarse mensualmente en función de la inflación efectiva. Este punto es central porque evita que el tipo de cambio quede desalineado en términos reales y reduce la probabilidad de tensiones artificiales”.

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“Para el mercado, esto se refleja en un escenario de ajustes graduales del dólar, sin saltos abruptos, siempre condicionado a la consistencia del programa fiscal y monetario. El foco deja de estar en el nivel puntual y pasa a estar en la trayectoria. Inflación, tasas y dólar comienzan así a moverse de manera más coordinada, reduciendo los desajustes que históricamente generaron episodios de inestabilidad”, agregó Savoia.

El dólar al público ganó 15 pesos o 1%, a $1.495 para la venta en el Banco Nación, el precio más alto desde el 24 de octubre, la última sesión financiera previa a las elecciones legislativas del domingo 26 de octubre. En los bancos, el billete minorista promedió $1.491,35 para la venta.

Las cotizaciones bursátiles también reaccionaron al alza este viernes, en un rango de 21 a 24 pesos. El dólar MEP ascendió a $1.506,21 (+1,6%) y el “contado con liquidación”, a $1.544,99 (+1,4%). El “liqui” volvió a superar al dólar blue como el más caro de todos, pues este último negoció sin variantes a 1.530 pesos.

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Los contratos de dólar futuro tuvieron subas generalizadas en un rango de 0,6% a 2,2%, con mayores avances en las posturas de mayor plazo. Los negocios alcanzaron al equivalente de USD 723,9 millones, según datos de A3 Mercados. Los contratos que concentraron el volumen, con vencimiento a fin de enero, subieron nueve pesos o 0,6%, a $1.505,50, debajo de los $1.564,24 previstos como techo de las bandas para el cierre del mes.

Con el inicio de enero se reintegraron a las reservas por los depósitos de dólares provenientes de la cartera propia de los bancos, que regresaron a cuentas del BCRA, en un movimiento técnico habitual cada mes. Así las reservas internacionales subieron USD 1.934 millones en el día, a USD 43.099 millones.

Vale recordar que estos activos habían caído en USD 1.718 millones el lunes 29 por el retiro de estos depósitos, en cumplimiento de la normativa de posición global neta en moneda extranjera de las entidades financieras.

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ECONOMIA

CEDEAR de empresa líder recomendado por expertos: puede subir 40% en dólares en 2026

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Los ahorristas que quieren invertir en una acción de empresa mundial líder y quieren cubrirse también ante la variación del precio del dólar local, tienen una alternativa en que los expertos del mercado están recomendando en este momento. Se trata del CEDEAR de Microsoft, que se compra en pesos, permite subirse a las ganancias esperadas para la compañía creadora del Windows y se calcula que en los próximos meses puede subir 40% en dólares.

Microsoft es una de las mayores compañías tecnológicas del mundo, fundada en 1975 por Bill Gates y Paul Allen, y cuenta con más de 220.000 empleados a nivel global, con presencia en decenas de países y un fuerte peso en los mercados corporativo y de consumo. 

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Entre sus productos estrella se destacan el sistema operativo Windows, la suite de productividad Microsoft 365 (Office), la plataforma de computación en la nube Azure, el ecosistema de videojuegos Xbox, la red profesional LinkedIn y, más recientemente, sus soluciones de inteligencia artificial integradas en Copilot, que se consolidaron como un eje central de su estrategia de crecimiento y monetización.

«Microsoft (MSFT) se posiciona como uno de los CEDEAR más sólidos para invertir de cara a 2026, combinando liderazgo tecnológico, crecimiento sostenido y una estructura financiera muy robusta. La compañía es uno de los grandes ganadores del ciclo de inteligencia artificial, apalancada en el fuerte crecimiento de Azure, que avanza cerca del 40% interanual, y en la rápida adopción de soluciones de IA, como Microsoft 365 Copilot, ya utilizadas por gran parte de las grandes empresas a nivel global», recomienda Esteban Castro, economista y CEO de Inv.est, a iProfesional.

Es decir, se puede invertir de manera local en esta acción a través de su Certificado de Depósito Argentino (CEDEAR), que son instrumentos de renta variable que están listados localmente en pesos en el ByMA, y que equivalen a fracciones de acciones de grandes empresas internacionales e índices sectoriales que cotizan en Wall Street en dólares. 

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Los precios de los CEDEAR ajustan tanto por la devaluación y el movimiento del dólar contado con liquidación (CCL), como también del propio activo representado en Estados Unidos, por lo que incluye el riesgo y la variación de la cotización de la propia compañía a la que representa.

Desde el punto de vista financiero, Microsoft muestra ingresos cercanos a los u$s294.000 millones.

«Sus márgenes elevados y una fuerte generación de caja le permite sostener un ambicioso plan de inversiones en infraestructura de IA, recompras de acciones y un dividendo creciente por más de 20 años consecutivos. Además, los analistas vienen revisando al alza las ganancias esperadas, con un EPS (ganancias por acción) proyectado de u$s16,4 para 2026, reflejando confianza en el crecimiento del negocio», detalla Castro a iProfesional.

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CEDEAR de Microsoft para invertir

En resumidas cuentas, el CEDEAR de Microsoft (MSFT) es recomendado por los analistas porque las proyecciones de crecimiento de su valor pueden ser de hasta 40% en dólares en los próximos meses.

En la actualidad, la cotización de la acción de Microsoft en el Nasdaq de Wall Street ronda los u$s474.

«En cuanto a su valuación, la acción cotiza con múltiplos exigentes, pero acordes a su calidad y a su posicionamiento estratégico. El consenso del mercado ubica los precios objetivos de Microsoft entre u$s600 y u$s650, lo que implica un potencial de suba aproximado del 26% al 36% respecto de los niveles actuales, siempre que se sostenga el crecimiento del negocio cloud y la monetización de la IA«, concluye Castro a iProfesional.

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Y finaliza: «El CEDEAR de Microsoft aparece como una apuesta defensiva dentro de la renta variable, ideal para carteras que busquen exposición al crecimiento tecnológico global con menor volatilidad relativa y fundamentos sólidos, especialmente en un escenario de tasas más bajas hacia 2026″.-

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ECONOMIA

Hay demoras y cancelaciones en decenas de vuelos en Aeroparque: los motivos

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Las demoras desencadenaron largas filas y malestar entre los pasajeros, quienes exigieron información y soluciones en los mostradores de las aerolíneas

Más de 50 operaciones aéreas se vieron alteradas este viernes en el Aeroparque Jorge Newbery, afectando tanto despegues como aterrizajes y generando largas esperas entre los pasajeros. El motivo principal fue una serie de tormentas que azotaron distintos puntos del país, en particular un fuerte temporal de granizo y viento en Córdoba, que impactó de lleno en el funcionamiento de una de las rutas más transitadas desde la capital argentina. El fenómeno climático, además de provocar daños materiales leves en aeronaves y vehículos, obligó a la cancelación y reprogramación de decenas de vuelos.

Las demoras comenzaron temprano en la mañana, cuando muchas partidas mostraban retrasos de entre media hora y una hora promedio. En varios casos, los aviones no lograron regresar a tiempo desde sus ciudades de origen por las condiciones meteorológicas adversas, lo que generó un efecto dominó en la programación de vuelos subsiguientes. Luego se confirmó que aeronaves de distintas empresas habían sufrido daños por la caída de granizo en el aeropuerto de Córdoba y debieron permanecer en inspección técnica, quedando fuera de servicio al menos durante parte de la jornada.

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Las consecuencias del temporal se sintieron también en el Aeropuerto Internacional Ingeniero Ambrosio Taravella de Córdoba, que debió suspender operaciones de manera temporal el jueves debido a la intensidad del fenómeno meteorológico. Según fuentes citadas por la Agencia Noticias Argentinas, la capital mediterránea registró ráfagas superiores a los 100 kilómetros por hora y la caída de granizo de gran tamaño, lo que generó daños en automóviles estacionados al aire libre y en aeronaves que se encontraban en pista o arribando en ese momento. Un avión de la compañía Latam sufrió la rotura de su parabrisas debido al impacto de las piedras de hielo, situación que complicó la normalización de los servicios aún en la mañana del viernes.

De acuerdo a voceros de Aerolíneas Argentinas consultados por Infobae, el cierre temporal del aeropuerto cordobés y las inclemencias del tiempo obligaron a la reprogramación de 30 vuelos de la compañía, con cambios de horario que oscilaron entre los 30 y los 60 minutos en la mayoría de los casos. Destacaron que, a pesar de las dificultades, se logró evitar la cancelación de servicios, aplicando demoras anticipadas para reorganizar la operación y minimizar el impacto sobre los pasajeros.

El temporal en Córdoba provocó
El temporal en Córdoba provocó daños en aeronaves y vehículos, generando cancelaciones y reprogramaciones de vuelos nacionales e internacionales Créditos: NA

No obstante, las dificultades no se limitaron a la aerolínea de bandera. La compañía Flybondi también se vio obligada a cancelar cuatro vuelos debido a que varias de sus aeronaves permanecían fuera de servicio por distintos motivos. La afectación de la flota generó reprogramaciones y reubicaciones de pasajeros, que debieron esperar nuevas asignaciones y, en algunos casos, abonar recargos para modificar sus itinerarios.

El malestar y la incertidumbre se hicieron sentir en los mostradores de las compañías aéreas, donde numerosos pasajeros buscaban información y alternativas para continuar sus viajes. En declaraciones recogidas por TN, una pasajera relató: “Cinco horas me retrasaron. Viajo a Puerto Madryn, llegué a las 12 de Chile. Me dieron un voucher para cenar, almorzar y merendar. Pero si no iba a preguntar, a quejarme, nadie te dice nada”. Otro viajero expresó su descontento: “Me dijeron que cinco aviones ayer en Córdoba se habían roto por la piedra. Pero si sabían eso lo tendrían que haber previsto”.

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El efecto dominó de los retrasos en los despegues repercutió directamente en los arribos posteriores, dado que los vuelos que salieron con demora continuaron acumulando atrasos en sus llegadas y este fenómeno se extendió a lo largo de toda la programación del día. La situación generó que, por momentos, grandes grupos de pasajeros se agolparan en las áreas de embarque y atención al cliente en busca de respuestas sobre la reprogramación de sus servicios, tanto en vuelos nacionales como internacionales.

Fuentes aeroportuarias indicaron que la situación podría tender a normalizarse recién durante las últimas horas de la tarde, conforme las aeronaves afectadas concluyan sus inspecciones y regresen al servicio.

Entre los testimonios recabados por TN, una pasajera que debía viajar a Corrientes afirmó: “Tuve que reprogramar. Ya me reprogramaron unos minutos, me mandaron a una puerta, voy y después me mandaron a otra. Estoy descompuesta, no iba a viajar así, así que reprogramé y me salió tres veces más, tuve que pagar un recargo. Voy mañana a Corrientes. Estaba programado 11.45 de la mañana, después 14 y después 14.45. Flybondi, por favor, salvénme, quiero llegar a Corrientes”.

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