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AFA: citaron a indagatoria a Claudio Tapia y a Pablo Toviggino y les prohibieron salir del país

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El juez en lo penal económico Diego Amarante citó hoy a declaración indagatoria al presidente de la AFA Claudio Tapia y al tesorero Pablo Toviggino y les prohibió salir del país en la causa que investiga presunta apropiación indebida de aportes por $19.353.546.843,85 vinculada a retenciones impositivas y de seguridad social que, según la denuncia, fueron descontadas pero no depositadas entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.

El magistrado hizo lugar a un pedido de la querella de ARCA y convocó a la AFA como asociación y a Tapia para el 5 de marzo mientras que el tesorero Toviggino deberá presentarse el 6 de ese mes. La citación abarca a la totalidad de la comisión directiva y además se les prohibió la salida del país, según la resolución a la que tuvo acceso Infobae.

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“En orden a lo solicitado y existiendo motivos suficientes para sospechar la participación de los nombrados en los hechos investigados, cítese a la Asociación del Fútbol Argentino y a Claudio Fabián Tapia a las audiencias que se fijan para el día 5 de marzo de 2026 a las 10:30 y 12:00 horas, respectivamente”, resolvió el juez.

Al tesorero Toviggino y al también integrante de la comisión directiva Gustavo Lorenzo se los citó para el 6 de marzo a las 10:30 y 12:00; en tanto que Víctor Blanco Rodríguez y Cristian Malaspina, deberán presentarse el 9 de marzo a las 10:30 y 12:00 en el juzgado con sede en avenida de los Inmigrantes 1950 de la ciudad de Buenos Aires.

En su resolución, el magistrado advirtió sobre » la gravedad de los hechos investigados» y la “severidad de la pena en expectativa” y prohibió salir del país a todos los acusados.

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Hasta el momento sólo tienen defensa designada en la causa la AFA y su titular, Tapia, ante lo cual el juez invitó a los demás imputados a nombrar abogados de su confianza dentro del tercer día de notificados. De no hacerlo se les designará Defensor Público Oficial.

De manera paralela, los abogados de AFA apelaron ya ante la Cámara Nacional en lo Penal Económico el rechazo del juez a dictar sobreseimientos en base a un planteo de “excepción de falta de acción”, con lo cual la cuestión será revisada por el Tribunal de Apelaciones.

Un pedido de ARCA

La decisión surge luego de un pedido de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) , que encabeza Andrés Vázquez, que había solicitado más temprano la citación en un expediente que investiga la presunta apropiación indebida de $19.353.546.843,85 vinculada a retenciones impositivas y de seguridad social que, según la denuncia, fueron descontadas pero no depositadas entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.

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La presentación, realizada ante el fuero en lo Penal Económico, sostiene que existe un “grado de sospecha suficiente” para citar a los directivos en los términos del artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación. La denuncia original fue presentada el 12 de diciembre de 2025 y ampliada el 18 del mismo mes. La investigación abarca 69 hechos independientes ocurridos en ese período, según consta en el expediente al que accedió Infobae.

De acuerdo con la documentación judicial, el monto total surge de la presunta falta de ingreso de distintos conceptos que la AFA, en su carácter de agente de retención y percepción, habría retenido pero no transferido al fisco. El expediente desglosa los importes mes a mes: retenciones de IVA, retenciones del Impuesto a las Ganancias —incluido el régimen del artículo 79— y retenciones de contribuciones a la seguridad social.

La sede de la Asociación del Fútbol Argentino (RSFotos)

Entre los totales acumulados investigados figuran: $663.340.652,50 en retenciones de IVA, $1.998.652.056,40 en retenciones de Ganancias, $8.016.291.166,48 bajo el régimen del artículo 79 de Ganancias y $8.675.262.968,47 en contribuciones a la seguridad social. Julio de 2025 fue el mes con la cifra más alta, con $2.854.022.660,98, seguido por septiembre, con $1.730.951.796,37. Según la hipótesis fiscal, estos montos habrían sido efectivamente retenidos o percibidos, pero no ingresados dentro del plazo legal de 30 días corridos tras su vencimiento.

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La querella invoca los artículos 4° y 7° del Régimen Penal Tributario vigente al momento de los hechos, que prevén penas de dos a seis años de prisión para los agentes de retención o percepción que no depositen, total o parcialmente, los importes retenidos cuando superan determinados mínimos mensuales. Se recuerda que la Corte Suprema de Justicia, en el precedente “Lambruschi”, caracterizó este delito como de omisión instantánea, consumado cuando el depósito no se realiza dentro del plazo establecido.

ARCA afirma que en este caso se verifican los tres elementos estructurales del delito de omisión: el deber jurídico de actuar, la capacidad fáctica de cumplir con ese deber y la ausencia de la acción esperada. Uno de los puntos centrales del planteo radica en la presunta capacidad financiera de la AFA durante el período investigado. El escrito sostiene que la entidad registró “abultadas acreditaciones bancarias” y que, solo en diciembre de 2024, habría recibido más de $45.000 millones. Además, durante 2024 y 2025 constituyó múltiples plazos fijos en pesos y dólares.

La querella sostiene que estos elementos descartarían una imposibilidad material de pago y reforzarían la hipótesis de que la falta de ingreso fue una decisión deliberada. Se cita jurisprudencia que establece que los importes retenidos no pertenecen a la entidad, sino a los contribuyentes afectados, y que el agente de retención actúa como intermediario ante el fisco.

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Tapia, Toviggino y otros directivos de la AFA, en reunión de asamblea

El pedido de indagatoria alcanza, además de Tapia y Toviggino, al secretario general Cristian Ariel Malaspina (desde 2025), al director general Gustavo Roberto Lorenzo y al ex secretario general Víctor Blanco Rodríguez. El escrito reconstruye el esquema interno de decisiones a partir de testimonios del personal administrativo. Según el expediente, la gerencia de Administración y Control confeccionaba las declaraciones juradas y comunicaba los vencimientos al tesorero, quien daba la orden de pago y generaba el Volante Electrónico de Pago (VEP). Las testigos indicaron que el tesorero tomaba las decisiones financieras y contables, mientras que el presidente y el secretario general firmaban los estados contables anuales.

La querella argumenta que resulta “difícil suponer” que una decisión de no ingresar sumas de tal magnitud durante 19 meses consecutivos pudiera adoptarse sin el conocimiento del resto de la conducción. Se destaca que los balances correspondientes a 2023 y 2024 fueron firmados por el presidente, el tesorero y el secretario general, lo que, según la acusación, indicaría que estaban al tanto de la situación financiera y de las deudas registradas.

El planteo también subraya la continuidad temporal de la conducta investigada: la presunta omisión se habría extendido durante 19 meses consecutivos, de marzo de 2024 a septiembre de 2025, lo que, según la querella, descarta que se trate de una situación excepcional o un error administrativo y permitiría inferir la existencia de dolo en esta etapa procesal.

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La declaración indagatoria constituye el primer acto formal de defensa en el proceso penal, en el que el juez comunica los hechos y las pruebas, y el imputado puede declarar o abstenerse. ARCA enfatiza que la indagatoria garantiza el derecho de defensa y contribuye a la averiguación de la verdad. Para que proceda, el juez debe considerar que existe una “sospecha bastante” basada en elementos objetivos de convicción, umbral que, según la querella, estaría cumplido.

El 26 de diciembre de 2025, el fiscal a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Penal Económico N° 11 formuló el requerimiento de instrucción, impulsando formalmente la acción penal. El juzgado debe ahora resolver si hace lugar al pedido de citación a indagatoria, lo que, de concretarse, sería la primera vez que el actual presidente de la AFA enfrenta una instancia de este tipo por presuntas infracciones al Régimen Penal Tributario vinculadas a su gestión. El expediente se enmarca en un contexto de mayor escrutinio sobre el cumplimiento fiscal de grandes contribuyentes y entidades con alto volumen de operaciones.

Por el momento, el planteo de ARCA constituye una acusación en etapa preliminar. La eventual responsabilidad penal de los involucrados deberá determinarse a lo largo de la instrucción y, en su caso, en un eventual juicio oral.

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La esposa de Nahuel Gallo anunció que el gendarme inició una huelga de hambre para que el régimen chavista lo libere

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La esposa de Nahuel Gallo, el argentino que se encuentra detenido de forma ilegal en Venezuela, denunció que el gendarme inició una huelga de hambre junto a otros presos que se encuentran en la cárcel El Rodeo I, en las periferias de Caracas. La medida tiene que ver con la Ley de Amnistía que promulgó el régimen chavista en los últimos días y que dejó excluidos a estos reclusos.

La denuncia la realizó María Alexandra Gómez, esposa del agente argentino que fue detenido el 8 de diciembre de 2024 cuando intentó ingresar a territorio venezolano para visitar a su familia en la frontera con Colombia. Según señaló en sus redes sociales, “lo que están haciendo cruzó el límite de los inhumano“, sostuvo en el escrito.

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Responsabilizo a Martinez Rangel quién es el director del recinto, lo que le pase a Nahuel, a los extranjeros y demás inocentes sólo es responsabilidad de usted y sus custodios. A la Presidenta (E) Delcy Rodríguez, al Presidente de la Asamblea Nacional Jorge Rodríguez, dejen de jugar con la ilusión y expectativa de nosotros y de Nahuel. Nahuel es inocente y tiene que ser liberado YA”, escribió en el mensaje.

En tanto, criticó: “¿Que está haciendo la ONU con respecto a la violación constante de los Derechos Humanos y Fundamentales? Nahuel Agustín Gallo tiene 441 días en Desaparición Forzada, una huelga de hambre agravada muchísimo más está situación. BASTA, LIBÉRENLO YA».

De acuerdo a lo que se conoció en las últimas horas, el director del Foro Penal venezolano, Alfredo Romero, señaló que, de acuerdo con familiares, «aproximadamente 100 presos políticos iniciaron una huelga de hambre en El Rodeo I. Estamos intentando verificar la situación“.

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Gallo está detenido desde el 8 de diciembre de 2024 en Venezuela

La activista Tamara Suju, directora del Instituto Casla, también informó sobre la situación y completó: “En su mayoría son militares, pero también hay civiles y extranjeros. Todos exigen libertad“.

Las demandas se centran en exigir libertad y rechazar la aplicación restringida de la ley de amnistía. “Es discriminatorio e inconstitucional excluir de la amnistía a militares presos y perseguidos políticos. No puede hablarse de convivencia nacional mientras se excluye a un sector tan importante de la sociedad como el militar y a sus familias”, señaló más temprano Romero.

El gendarme había viajado por primera vez a Venezuela (Fotos: Instagram)

Los familiares de los reclusos han acampado durante más de un mes y medio fuera de El Rodeo I y de otros centros de detención, exigiendo mayor celeridad en las excarcelaciones ordenadas por la Ley de Amnistía. En declaraciones recogidas por AFP, mostraron su frustración ante las demoras y la opacidad de los procedimientos: “¡Queremos irnos a nuestras casas, queremos irnos a nuestros hogares!… ¡¿Hasta cuándo tanto abuso de poder? Libérenlos, todos son inocentes!”. Yessy Orozco, hija de un detenido, reclamó: “El perdón nos lo tienen que pedir ellos a nosotros que nos han secuestrado, que nos han robado, que han violado todos nuestros derechos humanos, ya basta de tanto abuso, de tanta tortura allá adentro y acá afuera”.

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El penal El Rodeo I permanece con acceso restringido y, según testimonios recabados por AFP, las autoridades no proporcionan información oficial ni permiten visitas familiares en este momento.

La última imagen de Nahuel Gallo que difundió el régimen chavista para mostrar que estaba con vida

La Ley de Amnistía fue promulgada tras su aprobación por el Parlamento chavista, con la promesa de liberar a presos por motivos políticos desde 1999 hasta 2026. El diputado Jorge Arreaza, al frente de la comisión parlamentaria, informó que la Fiscalía General presentó 379 solicitudes de amnistía ante los tribunales y aseguró que las liberaciones debían realizarse entre la noche del viernes y la mañana del sábado. De esas solicitudes, 371 afectan a Caracas y las demás a otras regiones.

La presidenta encargada Delcy Rodríguez pidió “celeridad” a la comisión especial para atender los casos no incluidos en la ley y defendió la amnistía como “un paso hacia una Venezuela más democrática, más justa, más libre”.

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Sin embargo, Foro Penal estima que al menos 400 detenidos —principalmente militares, pero también otros relacionados con operaciones recientes— han quedado excluidos de la amnistía y la organización entregará a la comisión parlamentaria una lista de 232 casos para su revisión.

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La reforma laboral que aprobará el Senado ordena el sistema de juicios laborales y le da más poder a la Corte Suprema

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El Senado de la Nación aprobará el próximo viernes, seguramente con amplio margen, el proyecto de reforma laboral que obtuvo media sanción en Diputados, pero que deberá volver a la Cámara alta tras la eliminación del artículo 44 que establecía cambios en el régimen de licencias médicas.

Entre los cambios que promueve la norma, el artículo 89 establece una modificación sustancial para todo el sistema judicial laboral. Por primera vez, la iniciativa obliga a los jueces laborales a acatar de manera expresa los fallos de la Corte Suprema y habilita la remoción de quienes omitan esa directiva por mal desempeño. Esta cláusula, que formó parte de un debate político y gremial, aparece alineada con el traspaso de la justicia laboral a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), una transferencia que implica profundas consecuencias institucionales y políticas.

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La iniciativa legislativa, impulsada por la senadora Patricia Bullrich, define que los jueces laborales en todo el país estarán sujetos a la aplicación obligatoria de los criterios jurisdiccionales de la Corte Suprema en temas laborales.

La reforma busca, según interpreta el oficialismo, fortalecer la posición del Estado frente a futuras impugnaciones de la Confederación General del Trabajo (CGT) y otros sindicatos, que ya anticiparon estrategias judiciales orientadas a cuestionar la validez constitucional de la medida. El Gobierno y sectores aliados en el empresariado sostienen que esta herramienta resultará en el combate contra la llamada “industria del juicio”, que consideran distorsiva para la actividad económica.

La Cámara de Diputados aprobó la semana pasada el proyecto de modernización laboral

El artículo 89 sustituye el artículo 124 de la Ley 18.345, que regulaba la organización y procedimientos del fuero laboral. Deja de lado el esquema anterior, que remitía a las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para regir la validez y aplicación de fallos plenarios. El nuevo texto establece una obligación categórica: “Los jueces que resuelvan causas de índole laboral deberán, de forma obligatoria, adecuar sus decisiones a los precedentes establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia”. El artículo 90, complementario, advierte explícitamente que el apartamiento infundado por parte de los magistrados “configurará una causal de mal desempeño en sus funciones”.

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Fuentes de la Justicia laboral le explicaron a Infobae que la norma viene a fijar algo que ya ocurría en los hechos. “Es un refuerzo de lo que es hoy el criterio mayoritario de la doctrina del derecho constitucional, porque pone en una ley lo que la mayoría de la doctrina considera que es así, el valor obligatorio de los precedentes de la Corte. Esto lo tiene dicho la propia Corte en su jurisprudencia, de que cuando fija un criterio debe ser seguido por los tribunales inferiores y por la Corte misma. La jurisprudencia de la Corte está casi consolidada. Viene a poner en una ley lo que hoy es jurisprudencia”, explicaron.

Otro de los que se expresó respecto a ese cambio puntual en cuanto al ordenamiento de los juicios laborales fue Daniel Funes de Rioja, abogado laboralista y ex titular de Copal y de la UIA. En diálogo con Infobae aseguró que la aplicación mandatoria de los fallos de la Corte “es absolutamente razonable”.

“Así es en la mayoría de los ordenamientos constitucionales posteriores a la segunda guerra mundial y en el modelo constitucional europeo, pero no tanto en el sistema americano, que sigue la Argentina. El acatamiento de los fallos de la Corte Suprema, que es un tribunal de última instancia, tiene toda lógica. Muchas empresas no pueden seguir procesos judiciales tan extensos. Para una pyme es imposible llegar a la Corte”, subrayó.

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Otro de los que avaló la iniciativa fue el especialista en derecho laboral Juan Etala, quien actualmente preside Departamento de Política Social de la UIA. “Lo que dice la ley significa poner un límite a lo que estaba sucediendo, de que algunos tribunales no acataban la decisión del tribunal de última instancia. Parece lógico no tener que ir a la Corte Suprema de Justicia para que diga 500 veces lo mismo”, sostuvo.

Daniel Funes de Rioja, abogado laboralista y ex titular de Copal y de la UIA, apoyó el cambio en cuanto a la justicia laboral

En lo que sí coinciden la mayoría de los consultados es sobre las dificultades que puede tener el artículo 90, que establece la posibilidad de remoción por mal desempeño para los magistrados que no sigan los lineamientos del máximo tribunal.

Más allá de lo que pueda suceder, uno de los especialistas consultados por Infobae fue taxativo: “Lo de causal de remoción es un exceso, pero pasa que algunos jueces se creen dioses, no quieren seguir los fallos de la Corte, no quieren reconocerlos. No aceptan el traspaso a la Ciudad, decidieron que la ley que prohíbe la indexación es inconstitucional y empezaron a aplicar por su cuenta tasas de interés y multas absurdas. Eso lleva a una guerra de guerrillas que vuelve locos a las dos partes, fundamentalmente a la parte empresaria”, aseveró.

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Transferencia de la justicia laboral a la Ciudad de Buenos Aires

La reforma legislativa no se limita a la obligatoriedad respecto a los fallos de la Corte. Avanza además en viabilizar el traspaso del fuero laboral a la CABA, con implicancias en la estructura del Consejo de la Magistratura, el organismo encargado de proponer, sancionar y destituir jueces. Históricamente, el núcleo del peronismo sindical mantenía influencia sobre este fuero, especialmente a través del ex diputado Héctor Recalde y ahora su hijo, el senador Mariano Recalde, así como por el dirigente judicial Alberto Lugones, vinculado al kirchnerismo.

La transferencia disminuiría el caudal electoral de la lista Celeste: afín al kirchnerismo, influenciando el equilibrio interno y pudiendo costarle a este espacio una banca clave. Esto ocurre en un contexto donde se buscan reformas en el método de elección de candidatos a jueces y se intenta promover figuras ligadas al kirchnerismo para ocupar cargos en la Cámara Federal de Casación Penal.

El artículo 91 del proyecto legitima el “Acuerdo de Transferencia de la función judicial en materia laboral”, recientemente firmado por el Gobierno nacional y el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri. Este acuerdo se complementa con la Ley 6.789 sancionada por la Legislatura porteña en diciembre de 2024, que reorganiza la estructura de la justicia laboral en la ciudad, y con la Ley 6.790, que introduce un nuevo Código Procesal del Trabajo.

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Como resultado de estas normas, se creó una nueva Cámara de Apelaciones especializada con seis jueces y diez juzgados de primera instancia, cuyos cargos se concursarán según los procedimientos habituales. La transferencia institucional incluyó un compromiso del Ejecutivo nacional de traspasar los recursos materiales y financieros necesarios, asegurando el funcionamiento transitorio del fuero nacional mientras se completa el proceso de integración.

A quienes alcanzará la reforma laboral

Otro de los puntos de debate respecto de la nueva ley de modernización laboral es el universo de trabajadores a los que impactará. En ese punto, en general, hay coincidencia en que la mayoría del nuevo marco normativo aplicará a todos los empleados, no solo a los que firmen su contrato laboral una vez que el proyecto sea aprobado y promulgado por el Poder Ejecutivo.

La mayor parte de las normas se va a aplicar a todos los trabajadores, salvo algunos que tienen que ver con institutos particulares desarrollados en un contrato determinado de trabajo. Pueden redefinir esos contratos”, explicaron desde la justicia laboral a Infobae.

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El Gobierno busca unificar criterios y reducir la litigiosidad en el mercado de trabajo (Imagen Ilustrativa Infobae)

Uno de los principales cambios se reflejará en el cálculo de las indemnizaciones por despido, ya que la reforma excluye ítems como aguinaldo, vacaciones y bonificaciones, y habilita a los empleadores a pagar la indemnización en cuotas. Más allá de que seguramente habrá presentaciones judiciales cuando la norma entre en vigor (algo que ya anticipó la CGT), especialistas entienden que aplicará a todos los empleados.

“Si el despido se produce antes de que se modifique esta norma, la que se debe aplicar es la que estaba vigente al momento del despido. Ahora, si el despido se produce con posterioridad, rige la que está vigente en ese momento”, detalló días atrás el abogado laboralista Julián Ortíz Alonso en diálogo con el equipo de Infobae al Regreso.

Ortíz Alonso precisó que “el proyecto no distingue si se aplica a relaciones vigentes o a nuevas relaciones”. Así, el artículo séptimo del Código Civil y Comercial establece que las normas no tienen efectos retroactivos, salvo que la nueva ley lo disponga expresamente y no afecte derechos constitucionales. Sin embargo, la jurisprudencia sostiene que la indemnización se define por la legislación vigente al momento del despido. “Esto significa que, si la reforma se sanciona y entra en vigencia, impactará tanto a las relaciones laborales futuras como a las ya existentes. Si el cese laboral se produce después del cambio, se aplicará la nueva norma”, puntualizó.

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Por su parte, el abogado laboralista Marcelo Aquino explicó que “la jurisprudencia del fuero laboral argentino aplica la ley vigente al momento de la desvinculación”, lo que implica que la norma que rige al momento del despido determina el cálculo y las condiciones de la indemnización, más allá de la fecha de ingreso del trabajador. En ese sentido, Aquino remarcó que existen derechos en expectativa y derechos adquiridos: “El derecho al cálculo de una indemnización depende de la ley vigente cuando se produce la desvinculación. Si una nueva ley cambia ese régimen, se aplica sobre todos los contratos, salvo que afecte derechos adquiridos y no meras expectativas”.

El debate parlamentario reveló múltiples intentos de la oposición por limitar la aplicación de la reforma exclusivamente a los contratos celebrados a partir de su entrada en vigencia, pero esas iniciativas no prosperaron. Por ejemplo, durante la discusión en el Senado, el legislador Mariano Recalde propuso incorporar un artículo que restringiera el alcance temporal de la ley, mientras que en la Cámara de Diputados, Sergio Palazzo impulsó una cláusula similar, sin éxito frente al rechazo de representantes de La Libertad Avanza.

Días atrás, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, reconoció públicamente en diálogo con Radio Mitre que la reforma abarcará a todos los empleos existentes, incluso a los anteriores a la promulgación. Explicó: “Aplica a cualquier relación laboral. No estás cambiando nada. Estás simplemente dándole precisión al cálculo. Simplemente estamos clarificando temas de la nueva ley de contrato de trabajo, que aplica para todos”.

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La CGT redobló la presión contra los gobernadores e insistió con que intentará frenar la reforma laboral

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Octavio Argüello, uno de los tres líderes de la central CGT, advirtió que intentarán “hasta el último minuto” bloquear la reforma laboral que impulsa el Gobierno, que el oficialismo quiere convertir en ley el próximo viernes en el Senado. El dirigente de Camioneros además redobló la presión contra los gobernadores y el peronismo, en su estrategia para tratar de frenar la iniciativa en el Congreso.

Poco después del paro general del jueves pasado en un fuerte rechazo al proyecto de modernización laboral, el sindicalista planteó: “Vamos a seguir peleándola en todos los ámbitos, que son tres, legislativo, judicial y en la calle, a seguir haciendo manifestaciones, movilizándonos. El ultimo paro fue importante, como hace tiempo que no se daba, el anterior no había sido tan efectivo, este fue mucho más profundo”.

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Leé también: El peronismo da por perdida la pelea por la reforma laboral y solo espera una nueva medida de fuerza de la CGT

El gremialista reconoció: “La instancia, que es difícil. es que (el viernes, en la Cámara Alta) no se acepten las correcciones que se hicieron en Diputados y se caiga la ley. Hasta último minuto vamos a intentar que sea así, pero no tenemos muy seguro que podamos lograrlo”.

Argüello aclaró: “Hicimos cuatro paros generales en dos años, y 13 marchas. Consideramos que no podemos parar todo el tiempo, está demostrado que por más que uno pare el problema no es gremial, es político. Nos falta una fuerza, la política, que está en crisis, tanto en el oficialismo como la oposición”.

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El dirigente de Camioneros criticó: “Nos fuimos del Consejo de Mayo, que no era una mesa de diálogo, era de imposiciones. El Gobierno imponía su posición, como lo hace en este momento, y no había forma de diálogo, no teníamos con quién dialogar. Tratamos de tener diálogo, pero no fuimos escuchados en ningún momento, aunque llevamos propuestas”.

Duras críticas de la CGT a los gobernadores que apoyan la reforma laboral: “Fueron entreguistas”

El cosecretario general de la CGT consideró que gobernadores como los de “Salta, Catamarca, Tucumán, Chubut, Santa Cruz”, fueron “entreguistas” porque “facilitaron legisladores” para el avance del proyecto: “Llegaron a negociaciones (con el Gobierno) quizás por obras, por financiamiento económico, pero no se puede vender la dignidad del pueblo por una zanja cuneta y dos metros de asfalto”.

Argüello criticó, en declaraciones a Radio Splendid: “No está bien que se haga esto, sobre todo con leyes tan importantes como esta, que entregan al pueblo trabajador a una ley que retrocede a 1900. Estos gobernadores facilitaron sus diputados y senadores para que voten este proyecto. Hablamos con ellos, inicialmente nos atendieron, tomaron cierto compromiso, pero la segunda vez no nos atendieron más».

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El gremialista cuestionó: “No tienen que nombrarlo más a Perón, es un fraude. Hay que ser respetuoso, tener ciertos códigos en la vida. Si uno llega por un espacio no puede hacer esto. El pueblo tiene memoria, en su momento van a tener que explicar cuál fue la traición al pueblo, en las elecciones. No sea cosa que después tengan que pagar las consecuencias de lo que están haciendo, la entrega y traición al pueblo trabajador

Fuertes reclamos de la CGT al peronismo: “Se tiene que ordenar, dejar de pelearse por cosas que no importan”

El dirigente de la CGT también le hizo fuertes reclamos al peronismo: “Venimos planteándole al peronismo que se tiene que ordenar, dejar de pelearse por cosas que no le importan a la sociedad. Estamos en la pelea contra una reforma laboral, y el PJ discutía si tenía un afiliado más o menos en el padrón. Tuvimos el acompañamiento de (el gobernador bonaerense) Axel Kicillof en la Provincia. Pero hay un silencio, nadie salió a discutir la reforma laboral».

Argüello cuestionó al bloque de José Mayans lidera en el Senado: “Los senadores no integraron la Comisión de Trabajo, no presentaron un proyecto alternativo. Hicimos el reclamo, les dijimos: ‘Muchachos, ¿qué están haciendo?’. Te salen con ‘la situación, que el momento’“.

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CGT, reforma laboral

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