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¿Para qué quiere la República Argentina a las Fuerzas Armadas?

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El 29 de septiembre de 1976, en la calle Corro, de la Ciudad de Buenos Aires, las Fuerzas Armadas Argentinas ejecutaron un operativo militar abierto contra una célula orgánica de Montoneros. No fue un secuestro clandestino ni una “desaparición”: hubo tropas uniformadas, cerco del área, intercambio de disparos y resistencia intensa. Fue una operación militar visible; los combatientes montoneros no se rindieron: eligieron combatir hasta el final.

Sin embargo, casi cincuenta años después, quienes participaron de aquel operativo enfrentan hoy un juicio penal bajo la acusación de delitos de lesa humanidad. Esta sola circunstancia obliga a formular una pregunta incómoda, pero inevitable: ¿para qué quiere la República Argentina a las Fuerzas Armadas si, cuando las emplea, décadas después juzga a sus integrantes como criminales?

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El juicio, con inicio previsto para febrero de 2026, por los hechos de la calle Corro, se tramita bajo la carátula “Orihuela, Carlos Alberto y otros s/ privación ilegítima de la libertad agravada y homicidio agravado (delitos de lesa humanidad)” contra seis oficiales retirados del Ejército Argentino.

A los acusados, que al momento de los hechos revistaban como oficiales subalternos, se les imputa de modo idéntico cinco homicidios agravados y cuatro privaciones ilegítimas de la libertad agravadas vinculadas a personas detenidas y luego liberadas.

El episodio es calificado como delito de lesa humanidad por considerarlo parte de un “plan sistemático de represión ilegal”. La imputación incluye también la muerte de María Victoria Walsh, pese a que se produjo por suicidio, con el argumento de que el contexto del operativo habría anulado la posibilidad de autodeterminación.

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Así, una operación de combate abierta, realizada por fuerzas legales contra una organización armada ilegal que resistió, se reinterpreta como un conjunto de crímenes imprescriptibles. Esta escena no obliga a discutir el pasado en clave sentimental, sino a pensar la República en clave racional.

Si la Argentina necesita Fuerzas Armadas, debe aceptar una verdad elemental: existen para ser empleadas en situaciones límite, cuando el Estado debe protegerse frente a amenazas graves. Para eso el Estado invierte recursos, las organiza, las forma, las equipa y las adiestra, con procedimientos orientados a cumplir la misión. Y si, después de emplearlas, las juzga retroactivamente como delincuentes, la pregunta reaparece: ¿para qué las quiere? Quienes reducen la calle Corro a un eslogan omiten lo esencial: Montoneros no era un partido político ni un movimiento pacífico, sino una organización armada, militarizada y entrenada en tácticas de combate, armas y explosivos, responsable de atentados y acciones violentas contra el Estado y la sociedad argentina. La carta de Rodolfo Walsh tras la muerte de su hija Victoria lo reconoce: ella era un “cuadro” con responsabilidades e instrucción militar.

Frente a ese escenario, el Estado decidió defenderse utilizando su instrumento militar: las Fuerzas Armadas. En toda república, el monopolio de la fuerza no es un privilegio arbitrario, sino una herramienta extrema para preservar el orden y la integridad del Estado cuando es atacado por medios violentos. Si la sociedad decide que el Estado no puede usarla, debe aceptar otra consecuencia: queda inerme frente a quienes sí están dispuestos a hacerlo. Podrá discutirse, con rigor, si existieron excesos o desproporciones, y eso debe analizarse a la luz de tácticas, procedimientos y principios propios de la conducción militar. Lo que no es razonable es convertir el acto mismo de defender al Estado en culpa penal, como si el uso de la fuerza estatal fuera, por definición, ilícito.

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Conviene recordar, además, que la acción estatal contra Montoneros no se origina con el gobierno de facto: la organización ya había sido formalmente proscripta por un gobierno constitucional, lo que excluía toda presunción de legitimidad de su accionar armado y habilitaba al Estado a emplear la fuerza para neutralizar la amenaza. Esa ilegalidad es previa e independiente del régimen bajo el cual se ejecutó la operación.

El operativo se realizó en el marco de los decretos de aniquilamiento, del Código de Justicia Militar y de órdenes operativas que constituían el soporte normativo vigente. La legalidad es siempre temporal: el derecho penal republicano exige previsibilidad; nadie puede ser perseguido con reglas creadas décadas después ni con categorías inexistentes al momento de los hechos. Que la operación se haya desarrollado durante un gobierno de facto no vuelve automáticamente ilegítimos los actos del Estado.

La jurisprudencia de la Corte Suprema, especialmente tras 1983, sostuvo reiteradamente que la ilegitimidad de origen de un gobierno no implica la nulidad general de los actos estatales necesarios para preservar la continuidad jurídica y la seguridad, doctrina que reconoce antecedentes históricos como la Acordada de 1930. Si se acepta reescribir la ley hacia atrás, la República pierde su columna vertebral: el principio de legalidad. Cuando la legalidad se sustituye por un criterio moral o político retrospectivo, el juicio deja de ser justicia y se vuelve instrumento. Aquí está el núcleo del problema: se reinterpreta una operación de combate abierta como “lesa humanidad” por provenir del Estado, se diluye la condición armada del adversario y se la etiqueta como “masacre” desde el título. Así se borra la distinción entre fuerza legítima y violencia ilícita. El resultado es una paradoja: se le exige al Estado defenderse, pero después castiga al ejecutor que él mismo formó y ordenó actuar.

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El debate sobre el empleo de las Fuerzas Armadas en seguridad interior expone la misma irresponsabilidad estructural: se reclama su participación frente a amenazas complejas —terrorismo, narcotráfico, control de fronteras—, pero se evita dotarlas de un marco jurídico claro. El fallido tratamiento del proyecto de ley sobre reglas de empeñamiento en la Comisión de Defensa lo dejó en evidencia: hubo consenso en la necesidad de emplearlas, pero no voluntad política para fijar reglas, límites y protección jurídica.

Sin reglas de empeñamiento, sin responsabilidades delimitadas y sin previsibilidad penal, el Estado traslada el riesgo al ejecutor. La calle Corro muestra a dónde conduce esa omisión: ayer fue la subversión; hoy puede ser en operaciones como la denominada Operación Roca; mañana, en cualquier otro escenario. La defensa nacional no se sostiene solo con armas, sino con decisión política, legitimidad jurídica, responsabilidad de mando y disciplina institucional. Ningún sistema de defensa funciona si el Estado hoy ordena actuar por la República y mañana redefine ese mismo acto como crimen: se erosiona la confianza, se paraliza la iniciativa y el servicio se vuelve un riesgo personal permanente. La República no puede reclamar Fuerzas Armadas eficaces y, al mismo tiempo, presumir criminal, por definición, el uso de la fuerza estatal.

La calle Corro obliga a una reflexión incómoda: una Nación que no sabe para qué quiere a sus Fuerzas Armadas termina quedándose sin ellas. No solo por falta de uniformes o armamento, sino porque ha vaciado de sentido, de respaldo jurídico y de autoridad al instrumento que dice necesitar. Si la Argentina pretende seguir siendo una República, debe recuperar una idea simple: el derecho existe para limitar el poder, no para reescribir la historia con criterios cambiantes. Cuando la legalidad se suspende porque el acusado es un militar, el problema ya no es el pasado, es el presente. Y una República que convierte en delito lo que ayer ordenó hacer corre el riesgo de no tener mañana a quién ordenar nada.

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Santiago Sinópoli es Coronel (R) y abogado

Gabriel D’Amico es General de Brigada (R)

Por Santiago Sinópoli y Gabriel D’Amico

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Un abogado constitucionalista advirtió cuáles son las mayores incongruencias de la reforma laboral: “Todo es un gran show”

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Este viernes el abogado constitucionalista Diego Armesto visitó los estudios de LN+, donde se refirió a las mayores incongruencias de la reforma laboral que el oficialismo busca convertir en ley en el Senado. “En la Argentina todo es un gran show”, manifestó.

Diego Armesto en LN+

Toda reforma laboral tiene tres patas: el Gobierno, los gremios y los empresarios. Cada una de esas patas, arregló. Los únicos que se quedaron afuera son los trabajadores», planteó Armesto.

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En palabras del especialista, “la reforma laboral es regresiva: al trabajador privado lo va a perjudicar”. “Porque esta ley no crea trabajo: es simplemente un marco regulatorio. Desde ahí en adelante tenés con qué jugar”, remató.

“Nadie se puso a leer la ley finita, por ejemplo el artículo 14 actual que regula el fraude laboral sigue vigente, y eso es incongruente”, analizó Armesto.

El especialista visitó los estudios de LN+

“Por otro lado, el artículo de indemnizaciones está mal redactado, porque pone devengado, y el aguinaldo también es devengado”, subrayó el constitucionalista.

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En su visita a los estudios de LN+, el abogado se animó a proyectar un hipotético escenario. “Si la ley se aprueba y el lunes la CGT hace una presentación judicial, va a ir a hacer un show, porque para acatar una ley, la misma tiene que estar promulgada”, planteó.

Según Armesto, “este proyecto es como volver al 1991 y encontrarse con la ley 24.013. Es como la ley nacional de empleo, con una diferencia: ahora no tenés multas”.

“Entonces, al no haber multa, no le generas la obligación al empleador de poner al trabajador en blanco”, argumentó.

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La CGT se movilizó en contra del Gobierno durante el debate de la reforma laboralJUAN MABROMATA – AFP

Por último, el constitucionalista también se refirió a otro proyecto que será tratado por el Senado: el régimen penal juvenil.

“Todo esto es para que el domingo a la noche [en alusión a la apertura de las sesiones ordinarias] cuando hable Milei, el Presidente pueda gritar: ‘yo puse la ley penal juvenil’”, enfatizó.

“Porque todos esos slogans del tipo, “crímenes de adultos, penas de adultos”, son todos mentira», cerró Armesto.

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Reforma laboral,Congreso Nacional,Javier Milei,,Conforme a,Reforma laboral,,Mapa de cortes. Video: los incidentes del Obelisco por una protesta contra la reforma laboral, desde un drone,,Tensión con la Policía. Manifestaciones y cortes en el centro porteño en protesta por la reforma laboral,,Congreso. Qué es la reforma laboral de Javier Milei que aprobó Diputados y cuáles son los principales puntos

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El Superior Tribunal de Entre Ríos anuló la destitución de la fiscal anticorrupción Cecilia Goyeneche

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La sentencia anuló el veredicto del Jurado de Enjuiciamiento que había dispuesto la remoción de Goyeneche de su cargo de fiscal en mayo de 2022. La determinación se correspondió con un fallo de la Corte Suprema de 2024. El máximo tribunal definió que se habían vulnerado los derechos de la acusada en el procedimiento. El hecho en el que se basó fue el corrimiento del Ministerio Público Fiscal como órgano acusador y su sustitución por un fiscal ad hoc.

Ahora, Goyeneche volverá a ocupar su lugar en la Procuración General de Entre Ríos. Sin embargo, ya no podrá ejercer como Fiscal Anticorrupción. Es que la funcionaria había llegado a ese cargo por una resolución administrativa del jefe de los fiscales, Jorge García. La medida era provisoria por la falta de reglamentación de este cargo creado en la Constitución de 2008.

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Luego de la destitución de Goyeneche por el Jury, la Legislatura sancionó una ley reglamentando la Fiscalía Anticorrupción. Dispuso que el cargo principal y los dos secundarios tenían que ser cubiertos por concurso ante el Consejo de la Magistratura. Además, bloqueó la posibilidad de que, mientras estén vacantes, puedan ser subrogados.

“Las funciones que se le atribuyen al Fiscal Anticorrupción, los Fiscales Anticorrupción Adjuntos y el Fiscal Auxiliar no podrán ser asumidas por ningún otro integrante del Ministerio Público Fiscal”, consigna el artículo 6° de la ley 11.000.

El concurso para estos cargos se abrió en 2022. Pero por una serie de impugnaciones quedó empantanado. Hoy por hoy, el Consejo de la Magistratura lleva casi dos años de parálisis en el tratamiento de concursos.

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Quién es Cecilia Goyeneche

La funcionaria judicial estuvo a cargo de las causas por delitos contra la administración pública provincial. En ese papel, se encargó de los casos más resonantes. En particular, de las investigaciones que derivaron en la condena al ex gobernador justicialista Sergio Urribarri.

El ex gobernador justicialista Sergio Urribarri

Su desempeño en la denominada “Causa Contratos” fue la que complicó su carrera judicial. El caso investigaba los desvíos de fondos de la Legislatura hacia la política. El método utilizado era la contratación ficticia de personal.

En las pesquisas, surgió la intervención de un contador encargado de los aspectos administrativos de la operación. Su nombre era Pedro Opromolla. El hombre había tenido vínculo personal, comercial y profesional con el marido de la fiscal, Sebastián Orlando Bertozzi.

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De esa relación surgió que Goyeneche sea copropietaria de inmuebles con Opromolla. Luego de que se rechazara su recusación en la investigación penal preparatoria, el propio Procurador García la corrió del expediente. En su lugar quedó la fiscal Mónica Carmona. El caso “Contratos”, develado en 2018, aún no llegó a juicio. Por ese vínculo, además, fue denunciada por dos abogados de origen radical Guillermo Mulet y Rubén Pagliotto.

Goyeneche concursó en este último tiempo para ser integrante del Tribunal Oral Federal de Paraná. Antes de la prueba de oposición, ocupa el primer puesto del orden de mérito.

Cuál fue la decisión del STJ

La sentencia hizo lugar al planteo de Goyeneche contra la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de nombrar un fiscal ad hoc. Además, extendió esta determinación a todos los demás actos tomados con posterioridad. Entre ellos, el veredicto de remoción.

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El dictado de este fallo correspondió a una conformación especial del Superior Tribunal. Es que los vocales del cuerpo ya habían intervenido con anterioridad en el proceso. Por eso debieron excusarse.

La decisión se tomó por el voto de los magistrados María Alejandra Abud, Aranzazú Quiroga, Marcelo Baridón, Santiago Brugo y Mauricio Mayer.

La sentencia debió tomar en consideración lo resuelto por la Corte. El máximo tribunal no avanzó sobre los hechos que se le atribuyeron a Goyeneche y que motivaron su destitución. Se centró en el aspecto formal de la designación de un fiscal ad hoc.

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El Jurado de Enjuiciamiento había seguido este camino debido a que consideraba que el órgano acusador establecido por la Constitución no podría cumplir con objetividad su rol. Esa función correspondía al procurador García, que también había sido acusado de las mismas irregularidades que Goyeneche. No fue sometido a ningún proceso porque su cargo está en un limbo entre el Jury y el Juicio Político.

Si no era García, debía ser uno de sus subordinados. Que también lo eran de Goyeneche. Ese vacío legal fue completado de manera draconiana por los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento. Convocaron a un abogado que componía la lista de conjueces. Después de varias excusaciones, Gastón Justet aceptó el cargo.

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Encuesta: crece la desaprobación a Milei y la corrupción se consolida como el principal problema para los argentinos

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En las últimas semanas, el presidente Javier Milei cosechó importantes triunfos en el Congreso, donde consiguió recuperar la iniciativa política, evitar derrotas y fragmentar al peronismo. Frente a la crisis de liderazgos en la oposición, el líder de La Libertad Avanza (LLA) activó un feroz ataque contra los grandes empresarios del país y volvió a confrontar con el titular de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, quien está en la mira de la Justicia por las denuncias de desvío de fondos a empresas fantasma.

El Presidente se mueve con soltura en el ring político, como si no tuviera motivos por los que preocuparse o como si su gestión no hubiera sufrido un desgaste. Defiende los logros de su plan económico y, lanzado en la “batalla cultural”, vocifera insultos contra los que considera enemigos de su modelo. Sin embargo, una encuesta realizada en febrero por AtlasIntel y Bloomberg refleja que crece la desaprobación a Milei y que aumenta la preocupación en la ciudadanía por la economía y el futuro del país. Además, la corrupción se consolida como el principal problema para los argentinos.

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Desde junio de 2025, ese ítem trepó a la cima de las preocupaciones ciudadanas. En ese momento, desplazó al desempleo o la inflación. Concuerda con el estallido del escándalo por la difusión de la criptomoneda $LIBRA, que salpica al Presidente y su hermana, Karina Milei, y el avance de la investigación sobre el supuesto pago de sobornos en la extinta Agencia Nacional de Discapacidad (Andis).

Días atrás, el juez federal Sebastián Casanello procesó al extitular de Andis Diego Spagnuolo, quien supo ser amigo de Milei -lo visitaba frecuentemente en Olivos-, por los delitos de cohecho activo (cobro de sobornos), fraude al Estado y negociaciones incompatibles con su cargo de funcionario público.

El estudio -de 4.761 casos- arroja datos sorprendentes. Por ejemplo, el 55.3% de los encuestados desaprueba a Milei, una cifra que creció seis puntos respecto de enero, frente a un 41.5% de aprobación. Desde finales de 2025, la consultora detecta un incremento del rechazo a la gestión libertaria.

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En ese contexto, AtlasIntel y Bloomberg señalan que el 53.1% de los encuestados considera al gobierno de Milei como “malo o muy malo”, mientras que solo el 35% lo califica de “excelente o bueno”.

La imagen negativa de Milei subió en el último mes

A su vez, Milei tiene una imagen positiva del 41% frente a un 57% de negativa. Respecto de febrero, esa cifra creció cinco puntos. Y es el peor registro desde octubre de 2024.

El gobernador bonaerense Axel Kicillof conserva un nivel similar de aprobación (40%), pero su imagen negativa está en entorno al 53%.

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Por otro lado, el 62% de los argentinos tiene una “mala” percepción sobre la economía del país. Y el estudio refleja un marcado pesimismo en la población: el 50% cree que la economía empeorará durante los próximos meses y el 55% aguarda lo mismo para el mercado laboral.

Si bien la percepción de la inflación actual bajó al 25% -si se comprar con el pico del 60% a fines de 2024-, la expectativa de inflación para los próximos meses se mantiene en el 8.9%.

Por otra parte, la corrupción lidera la lista de preocupaciones de los argentinos, con un 43.9%. Más atrás figuran el desempleo (37.8%), los altos precios e inflación (33.5%) y la situación económica general (30.0%).

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Entre tanto, el 71.4% de los encuestados cree que el nivel de criminalidad es “alto o muy alto”. Además, el 78.7% sospecha que las organizaciones criminales “controlan esferas importantes de la política y la justicia”.

En momentos en que Bullrich choca con su sucesora, Alejandra Monteoliva, por el ataque que sufrió por parte un integrante de la Policía Federal un camarógrafo en los alrededores del Congreso, el 58.3% califica de “malo o muy malo” el desempeño de la administración de Milei en seguridad pública.

No obstante, la propuesta impulsada por la Casa Rosada para bajar la edad de imputabilidad cosecha un gran apoyo en la sociedad. Es que el 61.3% de los consultados respalda el proyecto para reducir la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, frente a un 33,9% que está en contra.

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En ese marco, el sondeo refleja una grieta en la sociedad respecto de la reforma laboral que apalanca Milei. Un 46% sostuvo que es necesaria, mientras que un 49% opinó lo contrario. En esa línea, el 59% de los encuestados reconoce su temor de que la reforma disminuya los derechos de los trabajadores, y el 55% considera que ampliará la precarización laboral.


pic.twitter.com/O5U9FBqbbB,February 26, 2026,pic.twitter.com/XHyFxVlYuI,February 26, 2026,Conforme a

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