POLITICA
Cómo fue el “punto de quiebre” de los Milei: un Adorni golpeado y las conversaciones para la transición

“El punto de quiebre fue el jueves”, coinciden altas fuentes de la Casa Rosada. Desde ese día, los hermanos Milei cambiaron el chip y perdieron certezas sobre mantener al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, en su cargo. El viernes, la salida del funcionario -que fue encumbrado el año pasado tras las elecciones- terminó de ultimarse, con la secretaria general, Karina Milei, in situ e hiperactiva en la Casa Rosada, y el presidente Javier Milei de vuelta desde España.
Voces del Gobierno consultadas por creen que hubo dos cosas que pesaron en los hermanos y que decantaron en la renuncia del jefe de Gabinete. Una fue su desgaste personal tras casi cuatro meses de revelaciones sobre gastos e incrementos patrimoniales suyos mientras públicamente hacía gala de la austeridad; otra, la imposibilidad de avanzar en el Congreso, con énfasis en el Senado, sin que Adorni quedara en jaque. Una cuestión de gobernabilidad.
Quienes lo trataron a Adorni en estas últimas jornadas lo notaron realmente tocado. Dicen que le afectaron en particular la aparición a cuentagotas de los consumos desde que asumió la función pública, como así también que la gente pase por la vereda de su edificio y le grite. “No da más, estaba cocinado, muy golpeado. En las reuniones buscaba mostrar normalidad pero estaba ido”, refirió una de las fuentes. “Manuel no daba más, le pareció demasiado todo, se quería ir”, coincidió otra.
Pero en su salida del cargo no solo importaron las sensaciones de Adorni. Hubo algo más relevante: Karina Milei entendió que el Senado estaba imposible si esto seguía así.
Esta semana, en la Cámara alta no pudo tratarse la ley de sociedades porque si se habilitaba el quorum, Adorni iba a terminar interpelado y con moción de censura. Para el miércoles próximo estaba convocada la Comisión de Asuntos Constitucionales y tampoco esperaban un buen devenir para el jefe de Gabinete. Con un poco más de tiempo, en Diputados pasaría lo mismo.
Cuentan los que saben que el jueves funcionarios de altísima confianza de Karina Milei que entienden de lo legislativo le transmitieron a la hermana presidencial que el Senado ya era una encerrona. “El mensaje fue: el Congreso se frena. Karina lo vio. Sintió que ya no había más voluntad del Senado, que estaba trabada la aprobación de leyes”, explicaron fuentes oficialistas.
La mirada de Caputo
Ese jueves a la noche cambió el aire. El estratega Santiago Caputo también orbitó. Los que saben aseguran que, además, hubo una comunicación de Patricia Bullrich con Karina Milei, el jueves a la noche, en el mismo sentido. “Esto no da más y todavía quedan 530 días de gobierno”, le dijo -palabras más, palabras menos- la jefa de la bancada oficialista, que no pasa un buen momento con el Ejecutivo por los constantes desmarques para que remuevan a Adorni. Para ese momento, Karina Milei ya estaba en otra tesitura, más convencida de que el jefe de Gabinete debía irse.
El viernes, a medida que pasaron las horas, en la Casa Rosada ya todos los funcionarios afirmaban que Adorni dejaría su cargo. Esta vez era cierto. Ese mismo día él habló con sus equipos y se los comunicó. “Fue un viernes letal”, afirmaron quienes vivieron de cerca lo que pasó.
Distintas fuentes del Gobierno aseguran que los hermanos Milei ultimaron los cambios. Karina Milei se convenció de que el reemplazante de Adorni debía ser Santilli. En las huestes del estratega Santiago Caputo vieron con buenos ojos ungirlo a “El Colo”. Lo consideran inteligente. Equilibrista, Santilli no es un puro ni de una terminal ni de la otra.
El ministro del Interior iba a ir a reunirse con Eduardo “Lule” Menem por temas de gestión justo ese viernes, pero la secretaria general le pidió que la visitara a ella. La reunión comenzó cerca de las seis de la tarde y estuvo también el jefe de Diputados, Martín Menem, de extrema confianza de la hermana presidencial. Ahí Santilli se enteró que picaba en punta para reemplazar a Adorni. Sin embargo, le aclararon que la última palabra sería del Presidente. El objetivo principal del ministro en su cambio de funciones es conservar la rosca política con los gobernadores.
En esos momentos asimismo se instaló como posible número dos de Santilli el hasta ahora secretario de Asuntos Estratégicos, Ignacio Devitt, un karinista que llegó al Gobierno de la mano de Adorni, pero que se lleva bien con el caputismo.
Hasta el sábado a la tarde, Milei todavía no había llamado a su ministro del Interior para decirle que lo promovería. Tanto el Presidente como su hermana querían una despedida amigable a Adorni. Algo así como “abrazarlo y darle un aplauso”, incluso ante quienes les recomendaron anunciar todo junto para que ya se empiece a hablar de la nueva etapa.
Tanto quienes tienen simpatía por Adorni como sus detractores admiten que fue un fiel de los hermanos y por eso entienden el encono de los Milei por hacerlo sentir bien.
También pasaron otras cosas en el mundillo libertario. La frase pronunciada desde España por Milei el viernes por la mañana a El Observador generó interpretaciones disímiles. “Si la Justicia lo considera culpable, lo eyecto de una patada, pero yo creo en su honestidad”, dijo el Presidente. Algunos oficialistas sintieron con esa frase que Milei había cambiado su postura y abierto la puerta a echarlo; otros se sorprendieron por la celeridad con la que se definió la salida de Adorni pese a ese respaldo.
La semana había sido compleja para el jefe de Gabinete, aunque quiso mostrarse holgado cuando Karina Milei le armó reuniones con senadores el martes. A Adorni no solo le habían recortado sus funciones de comunicación, que quedaron en el vocero Adrián Ravier; sino que también despidieron a su histórico número dos, Javier Lanari.
Asimismo, ante el caso Martín Insaurralde no fueron pocos los que dentro de las filas oficialistas hicieron mover la pelota de que la gente ponía en el mismo plano al exintendente de Lomas que a Adorni. De mínima, en varias oficinas de la Casa Rosada observaron que ni los videos de Jesica Cirio tocando con sus semipermanentes los fajos de dólares, ni el procesamiento de “Chiqui” Tapia en pleno Mundial, permitieron correr la vista sobre el jefe de Gabinete.
Además, por estos días la oposición friccionó en el Congreso y el Gobierno solo logró aplazar los tiempos. Esas negociaciones generaron mal clima. Hubo una acalorada discusión entre Devitt y Bullrich por la estrategia legislativa. En Diputados, el miércoles dentro de la bancada oficialista algunos cantaron “Adorni no se va” y otros, por eso, se quisieron “meter abajo del piso”.
Por estas horas, no son pocos los que piensan que la renuncia de Adorni bajará la presión judicial sobre él; y también mediática.
“Para qué esperaron tanto, con tanto daño hecho… Podría haber sido más expeditivo: correrlo, ponerlo a disposición de la Justicia, y haber alejado así todos los fantasmas”, se lamentaron en algunos despachos.
Otros optaron por la esperanza. “Estamos todos felices”, se escuchó, como una vuelta de página.
Manuel Adorni,,frase,Paula Rossi,Javier Milei,Karina Milei,Manuel Adorni,Conforme a,Javier Milei,,Minuto a minuto. Javier Milei y sus medidas, en vivo: la renuncia de Adorni y las repercusiones del arco político,,»Me han tratado de delincuente y corrupto». Qué dice el texto completo de la renuncia de Manuel Adorni,,Lo reemplaza Santilli. Renunció Adorni después de tres meses de escándalo por su patrimonio
POLITICA
El Programa de Ciudadanía por Inversión es contrario a la Constitución

El art. 20 de la Constitución argentina establece que las personas extranjeras, para obtener la ciudadanía, deben residir dos años de forma continua en el territorio nacional, salvo que dicho plazo se acorte cuando quien la solicite alegue y pruebe ciertos servicios prestados a la República Argentina.
En 1869 se sancionó la ley de ciudadanía (ley 346), que estableció como requisito de acceso a la ciudadanía, además de los dos años de residencia, la acreditación de alguno de los servicios allí previstos, entre los que se encontraban -entre otros- haber desempeñado con honradez algún empleo para la Nación o las provincias, establecido en el país una nueva industria, introducido una invención útil o ejercido el profesorado en el campo de la educación o la industria. También dispuso que la petición de ciudadanía debía tramitarse ante el juez federal competente con el contralor del Ministerio Público Fiscal.
El modelo constitucional argentino en torno a la ciudadanía por naturalización y su correspondiente reglamentación legal no contemplaron como un “servicio prestado” al país la mera “compra de ciudadanía” mediante una inversión ni la sola acreditación de una determinada capacidad patrimonial. Los servicios exigidos remiten a aportes efectivamente realizados y no a la mera disponibilidad de recursos económicos. De este modo, aun cuando algunos de esos servicios pudieran requerir la utilización de capital, la inversión constituía, en todo caso, el instrumento mediante el cual se materializaba una contribución al país y no el servicio mismo. Sustituir esa lógica por un sistema en el cual la capacidad económica opera directamente como título habilitante supone modificar cualitativamente el concepto histórico de la naturalización: se pasa de una ciudadanía asentada en la residencia y en la vinculación efectiva con la sociedad argentina a otra en la que el patrimonio puede convertirse, por sí solo, en una vía de acceso al vínculo jurídico-político que exige la ciudadanía.
A esto se agrega que, si la persona extranjera que “compra la ciudadanía” tiene una posición privilegiada en cuanto a la obtención de la misma respecto de otras personas extranjeras, entonces, también se afecta el derecho a la no discriminación con motivo de la posición económica. Una distinción de esta naturaleza exige una justificación objetiva, razonable y proporcional particularmente consistente, pues de lo contrario la ciudadanía deja de organizarse sobre condiciones vinculadas con la residencia, la integración o los servicios prestados al país para quedar parcialmente estratificada según la capacidad de pago. El resultado es una suerte de ciudadanía a dos velocidades: una sometida al régimen general y otra, privilegiada, disponible para quien cuenta con el patrimonio suficiente para adquirirla.
Mediante el dictado del DNU 366/2025 se sustituyeron varios artículos de la ley 346 y se estableció un nuevo régimen de ciudadanía, a través del cual las personas extranjeras que acrediten “haber realizado una inversión relevante en el país”, sin importar el plazo de residencia –cuando el resto de las personas extranjeras debe cumplir con los dos años de residencia permanente–, podrán obtener la carta de ciudadanía por naturalización, que será otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones (organismo descentralizado ubicado en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros) a través de un acto administrativo, desplazando la intervención judicial que históricamente caracterizó al procedimiento de naturalización. De los considerandos, no surge ningún argumento que justifique -tal como lo exige el art. 99.3 de la Constitución argentina- la existencia de una objetiva situación excepcional que haya impedido seguir con los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes, y por ende, cuando esto sucede, la consecuencia constitucional prevista es la nulidad absoluta e insanable del decreto de necesidad y urgencia dictado. Mucho más aún cuando la potestad de legislar sobre naturalización y nacionalidad está expresamente atribuida al Poder Legislativo en el art. 75.12 de la Constitución argentina.
En el caso “Yang, Liping” (2026), la Cámara Nacional Electoral resolvió declarar nulo el DNU 366/2025 respecto de la supresión de la competencia judicial en la concesión de la ciudadanía por naturalización. Entre sus argumentos se destaca aquel que afirma que las consideraciones expuestas por el Poder Ejecutivo Nacional “expresan razones de oportunidad, mérito o conveniencia que incumben a la decisión del Poder Legislativo, pues no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del régimen de naturalización, sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé”. Y acá surgen con toda evidencia los efectos nocivos para el sistema republicano y la interdicción de la suma del poder público que tiene la posición obturadora sostenida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la ausencia de legitimación procesal y de caso o controversia para impugnar de forma general a los decretos de necesidad y urgencia que no cumplen con los requisitos de habilitación constitucional para su dictado: como solo se puede cuestionar judicialmente a un DNU respecto de los derechos subjetivos que este afecta, por más que en una causa se compruebe que un DNU es nulo de nulidad absoluta, continúa vigente para el resto de la sociedad (aunque la nulidad constitucional establecida por los convencionales constituyentes de 1994 tenga efectos derogatorios generales y retroactivos).
A pesar de los argumentos constitucionales expuestos, el ministro de Economía acaba de anunciar la puesta en marcha del Programa de Ciudadanía por Inversión a través de dos mecanismos que consisten en realizar un aporte directo y no reembolsable al Tesoro Nacional por la suma de US$350.000 o suscribir un título público de US$800.000 creado específicamente para este Programa. También ofrece un “combo familiar”: un grupo integrado por un solicitante principal, su cónyuge y dos hijos menores, podrá solicitar la ciudadanía por US$500.000.
Cuando la ciudadanía abandona la idea de expresión de pertenencia, integración y no discriminación para ofrecerse exclusivamente a cambio de una suma de dinero, se degrada el sentido originalista de la misma. La República Argentina puede atraer inversiones o ponerle precio a un título público, pero lo que el orden constitucional claramente no permite es poner en venta la condición de ciudadano.
El autor es doctor en Derecho (UBA) y profesor de Derecho Constitucional y Derechos Humanos (UBA y UNLPam)
Andrés Gil Domínguez,LA NACION,Política
POLITICA
La Corte Suprema se reúne este viernes y podría fallar sobre la Ley de Tierras

La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó para este viernes a las 9 a un Acuerdo Extraordinario para emitir un nuevo fallo sobre la Ley de Tierras que podría dejar vigente nuevamente las restricciones derogadas por el decreto del Gobierno, confirmaron fuentes judiciales a TN.
Antes de fijar la fecha, los jueces redujeron a 24 horas el plazo para que las partes presenten las impugnaciones contra la integración de los dos conjueces sorteados para el expediente y habilitó días y horas inhábiles.
El tribunal tiene para resolver un pedido de medida cautelar que, si prospera, pondría nuevamente en vigencia las restricciones a la venta de campos a extranjeros derogadas por el decreto 70/2023.
Este caso fue iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre los que se incluyen las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon, y está vinculado con el proceso colectivo impulsado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. Concretamente, los involucrados pidieron una aclaratoria, ya que su amparo colectivo fue tratado como caso conexo al del CECIM y buscan “que se precise” si el fallo produce algún efecto sobre su expediente
Para intervenir en este expediente fueron designados los conjueces Diego Barroetaveña, de Casación, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Ambos aceptaron el cargo.
Como suplentes quedaron Jorge Morán, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, y Eduardo Farah, juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
En la resolución emitida este jueves por la Corte, se aclaró: “en atención a las particulares circunstancias de la causa, corresponde abreviar el plazo para que dicha integración quede consentida, el que se fija en 24 horas”. Habitualmente, el plazo es de 72 horas.
El expediente a resolver llegó después del fallo de la semana pasada, en el que la Corte revocó una sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del decreto 70/2023 por el que Javier Milei derogó la ley 26.737. Los jueces consideraron que el CECIM no cuentan con legitimación activa para cuestionar la medida. El fallo de la Corte generó fuertes críticas de la oposición y la amenaza de tratar en el Congreso, en una sesión especial, la caída de todo el DNU 70/2023.
Por el revuelo que generó la decisión, la Corte emitió un comunicado donde aclaró que solo resolvió “un aspecto procesal”, con una decisión que “se ajusta estrictamente” a sus precedentes. Que no afectaba “a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales”.
“Tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”, remarcó el máximo tribunal.
POLITICA
Rechazan por unanimidad el pedido de Máximo y Florencia Kirchner para suspender el decomiso de sus bienes

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la pretensión de Máximo y Florencia Kirchner de suspender el remate de sus bienes para ejecutar la condena de la causa Vialidad, donde su madre Cristina Kirchner cumple una condena de seis años de prisión.
El remate de los bienes de la expresidenta, hasta cubrir la suma de 645 millones de dólares, depende ahora de una resolución de la Corte Suprema de Justicia, que desde hace cuatro meses tiene en sus manos el asunto.
Los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña declararon inadmisibles sendos recursos de casación interpuestos por Máximo y Florencia Kirchner, y por Sebastián Sánchez, director titular de las empresas Hotesur y Los Sauces.
Los recursos cuestionaban la resolución del Tribunal Oral Federal 2 del 14 de septiembre de 2026, que había rechazado los planteos contra la ejecución de esos bienes, dispuesta el 26 de agosto último.
Máximo y Florencia Kirchner pretendían que se suspendiera el trámite del incidente de ejecución patrimonial y que se avanzara con medidas cautelares hasta que la Corte resolviera la queja vinculada con el decomiso.
Por su parte, Hotesur y Los Sauces S.A. cuestionaban que se hubiera diferido su intervención en el incidente respecto de los bienes de su titularidad.
La Sala IV consideró que los recursos eran formalmente inadmisibles porque la resolución cuestionada no era recurrible. No constituía una sentencia definitiva ni era equiparable a ella, ni impedía la continuación del trámite, dijeron los jueces. Tampoco los que reclamaban demostraron un perjuicio actual de imposible o tardía reparación posterior.
La Cámara de Casación destacó que las cuestiones planteadas no habían sido resueltas definitivamente, sino que su tratamiento fue diferido y podía ser retomado en la oportunidad procesal correspondiente. De esa manera, declaró inadmisibles los recursos y permitió que continúe el trámite de ejecución del decomiso dispuesto en la causa Vialidad, por un monto actualizado de aproximadamente 685.000 millones de pesos.
111 inmuebles
Lo que está en juego por ahora es la ejecución patrimonial de la condena y el remate virtual de los 111 inmuebles de la causa Vialidad que propusieron los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.
Hay un segundo pedido fiscal para avanzar con el decomiso de otros 141 inmuebles, 46 autos y más de US$ 5,6 millones en efectivo de Florencia Kirchner que fueron secuestrados en su caja de seguridad del Banco Galicia.
Las defensas de Cristina Kirchner y de Máximo y Florencia se opusieron a que el decomiso alcance bienes de los hijos del matrimonio presidencial -si se toma en cuenta los que generó también el fallecido Néstor Kirchner-, pues ninguno de los se encuentra entre los condenados por Vialidad.
No obstante, el Tribunal Oral Federal 2 y la Cámara Federal de Casación —en un voto dividido— rechazaron ese planteo al entender que los fondos eran parte del objeto del delito, por más que hubieran sido heredados luego por los hijos de Néstor y Cristina Kirchner. Ese fallo es el que fue cuestionado ante la Corte Suprema de Justicia.
El Tribunal Oral Federal 2 no puede ejecutar el decomiso de 111 inmuebles hasta que la Corte Suprema resuelva los recursos de queja de las defensas, pendientes desde fines de mayo, cuando la Sala IV de Casación rechazó los recursos extraordinarios de Cristina Kirchner y sus hijos.
Hasta ahora, los acusados vienen teniendo éxito en demorar la ejecución. La Corte ya se pronunció sobre otro aspecto de la ejecución. En julio pasado, los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron las quejas contra la actualización del monto calculado sobre la base del Índice de Precios al Consumidor, que quedó fijado en 684.990.350.139,86 pesos.
Resta, en cambio, la definición sobre los bienes con los que se cubrirá esa suma. Aunque la Corte resolviera, el decomiso tampoco se completaría de inmediato, pues falta terminar de realizar dos pasos previos.
El primero es que el Cuerpo de Peritos Tasadores entregue la valuación de los inmuebles. El segundo es que la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte responda una consulta del Tribunal Oral Federal 2, vinculada con el reglamento aprobado por la Acordada 22/2025, sobre qué propiedades quiere el máximo tribunal para su propio uso.
Es decir, como es la Corte la que resuelve sobre los bienes decomisados en un delito, tiene prioridad para elegir aquellos que considere que son de utilidad pública para su funcionamiento; los que directamente no irían a remate, sino incorporados a su patrimonio o al del Poder Judicial.
Recién entonces, según el tribunal, podrá avanzarse con el cambio de titularidad de los inmuebles que pasen a manos de la Corte Suprema y con el remate del resto de los bienes, para lo que se dispuso la creación de una plataforma de subastas online, que es utilizada en todas las causas donde el Poder Judicial subasta bienes.
En paralelo, los fiscales pidieron un segundo decomiso, más amplio que el primero: 141 inmuebles, 46 automotores, 5.656.134 dólares y otros 53.280,24 pesos.
ejecutar,Hernán Cappiello,Conforme a
DEPORTE1 día agoEscándalo total en la AFA: reventa millonaria, un homenaje paupérrimo a Messi y el pedido urgente de renuncia a Chiqui Tapia
INTERNACIONAL2 días agoDespués de su prohibición, las plataformas de apuestas deportivas y los casinos en línea ya están fuera de servicio en Brasil
POLITICA2 días agoMarcha contra la Corte: sectores del PJ, la izquierda, gremios y piqueteros protestan por el fallo que libera la venta de tierras para extranjeros


















