ECONOMIA
Dólar hoy en vivo: a cuánto operan todas las cotizaciones minuto a minuto este viernes 20 de febrero

Durante el primer mes de 2026, el intercambio comercial argentino alcanzó un superávit de USD 1.987 millones, cifra que representa una mejora sustancial en comparación con el saldo positivo de USD 162 millones registrado en enero del año anterior. De acuerdo con el informe oficial del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), este resultado consolida una tendencia favorable al marcar el vigésimo sexto mes consecutivo con saldo positivo para la balanza comercial del país. El valor total del intercambio comercial, que suma exportaciones e importaciones de bienes, ascendió a USD 12.128 millones, lo que implicó un incremento interanual del 3,9%.
ECONOMIA
Qué dice el artículo de la reforma laboral que obliga a los abogados a pagar gastos del juicio con su propio patrimonio

La reforma laboral incorpora un artículo para los juicios laborales que generó malestar entre los abogados, por generarles un riesgo patrimonial a la hora de ejercer la defensa.
Se trata de modificaciones a los artículos 20 y 277 de la Ley 20.744, que incorpora la “pluspetición inexcusable”, una figura que busca establecer un criterio objetivo frente a reclamaciones excesivas de créditos. Su aplicación podría derivar en que los abogados asuman responsabilidad solidaria en el pago de costas, en caso de que un juez detecte sobreestimaciones en los montos reclamados.
Alejandro González Rossi, profesor del Departamento de Derecho Laboral de la Universidad Austral, explicó que la figura de la “pluspetición inexcusable” existe desde hace décadas en el Código Procesal Civil y Comercial. Se aplica cuando una persona pide un monto excesivo en un juicio, y puede derivar en que el litigante deba pagar las costas del proceso, incluidos los honorarios de la otra parte y la tasa de justicia del expediente.
Tradicionalmente, la aplicación de esta figura dependía de la apreciación judicial, y se consideraba que no existía pluspetición inexcusable si la diferencia entre lo pedido y lo otorgado no superaba ciertos porcentajes. También siempre existió la posibilidad de responsabilizar solidariamente al abogado si hubo un fraude manifiesto en el planteo.
Según resaltó el especialista, la novedad de la reforma es que introduce esta figura específicamente para los abogados que participan en juicios laborales. La norma señala que, objetivamente, podría haber un exceso en los reclamos y que, en esos casos, se debería condenar al abogado solidariamente. Esto busca aplicar la figura en un ámbito particular, distinto de la generalidad que regía hasta ahora.

En los juicios laborales, donde rige la gratuidad para los empleados, si un trabajador pierde, generalmente no se le puede cobrar. Aunque se le puedan imponer las costas, no se le puede ejecutar sobre su casa. Esto implica que un empleador que gana el juicio debe pagar igualmente a su abogado y cubrir los gastos del expediente, aun cuando la norma considere que hubo un exceso en la demanda.
Walter Mañko, Socio en Deloitte Legal, sostuvo que se considera que, si como resultado de un juicio un abogado promueve un reclamo infundado, irracional y completamente desproporcionado en comparación con lo que sería la lógica habitual de un reclamo laboral, podría existir responsabilidad.
Esto no significa que un abogado que representa a un trabajador ante una empresa vaya a ser condenado simplemente por perder un juicio debido a falta de pruebas u otras razones. Lo que establece la norma es que debe existir una responsabilidad directa del letrado, cuando este, a sabiendas y en su calidad de profesional experto en la materia, actúa de manera indebida, generando un reclamo que supera los montos legalmente previstos o los usos, prácticas y costumbres habituales.
“Ese es el criterio que fundamenta el artículo 20 vigente. Si me preguntas si se registran muchas condenas de este tipo, la verdad es que no. En la mayoría de los casos en que se rechaza una demanda, los jueces suelen disponer que las costas sean soportadas por el acusado, considerando que el trabajador podía legítimamente entender que tenía derecho a presentar su reclamo”, dijo Mañko.
En síntesis, “esto sería una sanción por la falta de profesionalismo y de ética. Es una situación donde lo que se advierte es que se trata de sacar una ventaja desproporcionada entre lo que es el pleito y la realidad del caso concreto”, indicó el abogado.

Ahora, detalla Mañko, el texto dispone que si de los antecedentes del proceso resultase pluspetición inexcusable, esta se configurará de manera objetiva en caso de sobreestimación de los créditos reclamados.
“Este punto es bastante claro. Es decirle al juez: si tenías un reclamo que debía ser, por ejemplo, de un millón y de pronto en el expediente aparece uno por 55 millones, claramente hay una sobreestimación. Ahí me parece que el juez no tiene mucho margen para no interpretar esta parte del texto”, señaló.
“La nueva ley establece que las costas deberán ser soportadas solidariamente entre la parte —es decir, el trabajador— y el profesional actuante”, explicó el abogado.
“Vale decir, ¿esto incorpora algo nuevo que hoy los jueces no tengan como herramienta o facultad para eventualmente condenar al abogado? La verdad es que no. Hoy esa herramienta ya existe en el artículo 20. El problema es que, en la práctica, los jueces no suelen hacer uso de esa facultad. Lo que hace el proyecto de modernización laboral es poner el foco en esta figura y, si se quiere, reforzarla o darle algún condimento adicional para incentivar su aplicación”, indicó.
Por su parte, el Colegio Público de la Abogacía de CABA expresó en una carta enviada al Congreso que “lla ambigüedad del concepto genera un riesgo patrimonial directo para quienes ejercen la defensa técnica de los derechos laborales y establece un trato diferencial respecto de otras ramas del derecho”.
“Asimismo, manifestamos nuestra preocupación ante la posibilidad de habilitar el pago en cuotas de sentencias laborales, incluyendo créditos de naturaleza alimentaria y honorarios profesionales, lo que colocaría a trabajadores/as y abogados/as en una situación más gravosa que la de otros acreedores judiciales”, señalaron.
“Advertimos también que la limitación en materia de costas, en combinación con el principio de gratuidad vigente en el fuero laboral, podría traducirse en una restricción directa al derecho de percepción de honorarios, desalentando el ejercicio profesional en la materia”, agregaron.
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ECONOMIA
Expensas en jaque: la morosidad ya alcanza el 31% en CABA y crece la tensión en los consorcios

La suba sostenida de las expensas y el deterioro del poder adquisitivo están impactando de lleno en los edificios de la Ciudad de Buenos Aires. Con una expensa promedio que supera los $316.000 y niveles de morosidad que ya alcanzan el 31% en CABA —con picos aún más elevados en zonas turísticas— los consorcios comienzan a sentir con fuerza el efecto financiero y social de una deuda que no deja de expandirse.
El fenómeno no es nuevo, pero sí más profundo que en años anteriores. Lo que antes era un atraso circunstancial en los pagos hoy empieza a consolidarse como una problemática estructural que compromete la administración cotidiana de los edificios.
Aumentos, desaceleración y límite de pago
Tras un 2024 marcado por fuertes incrementos, 2025 mostró cierta desaceleración en el ritmo de las subas. Sin embargo, esa moderación no alcanzó para recomponer la capacidad de pago de propietarios e inquilinos.
El desfasaje entre inflación y actualización de costos, la reducción de subsidios y el peso creciente de salarios y servicios básicos configuraron una estructura de gastos cada vez más difícil de sostener para muchos hogares. En ese contexto, las expensas dejaron de ser un gasto secundario para transformarse en un compromiso central dentro del presupuesto familiar.
Cuando la morosidad supera el 25% del total de unidades, los efectos comienzan a sentirse rápidamente: se reducen los fondos de reserva, se postergan tareas de mantenimiento y aumentan las fricciones entre vecinos. La tensión interna escala a medida que los números dejan de cerrar.
Un cambio estructural en los consorcios
Para Martín Eliçagaray, especialista en tecnología aplicada a la propiedad horizontal y fundador de Simple Solutions, el problema revela una transformación más profunda en la dinámica de los consorcios.
«Las expensas dejaron de ser un gasto administrativo más y pasaron a competir directamente con el alquiler o la cuota del crédito. Cuando eso ocurre, la morosidad deja de ser excepcional y se vuelve estructural», sostiene.
Desde su perspectiva, el aumento de costos no puede analizarse únicamente en clave inflacionaria. Existen componentes rígidos que presionan de manera constante y que son difíciles de negociar.
«Hay tres factores que impactan fuerte: salarios, servicios públicos y mantenimiento técnico. Si el edificio no revisa cómo consume y cómo contrata, cualquier aumento externo repercute sin amortiguación», explica.
Impacto en el valor de las propiedades
La morosidad creciente no solo afecta la administración diaria, sino también la percepción de valor de los inmuebles. Según Eliçagaray, un consorcio con altos niveles de deuda pierde previsibilidad financiera, lo que influye directamente en decisiones de alquiler, venta o inversión en mejoras.
«La salud financiera del edificio empieza a ser un dato tan relevante como la ubicación», advierte.
En otras palabras, la situación económica del consorcio se convierte en un factor determinante al momento de evaluar una propiedad, algo que hasta hace pocos años tenía un peso menor en el análisis inmobiliario.
Tecnología y eficiencia como herramientas de contención
Frente a este escenario, la incorporación de tecnología aparece como una posible vía para recuperar eficiencia y transparencia en la gestión.
«Medir consumos en tiempo real, automatizar sistemas de iluminación o calefacción, digitalizar la administración y transparentar gastos no es un lujo. Es una forma concreta de reducir costos y, sobre todo, de generar confianza entre vecinos», plantea el especialista.
La optimización del consumo energético y la profesionalización de la administración pueden contribuir a amortiguar parte del impacto externo, especialmente en edificios con estructuras de gasto rígidas.
El desafío cultural de la vida en comunidad
Más allá de los números, Eliçagaray subraya una dimensión cultural del problema. La participación activa de los propietarios resulta clave para evitar que los costos se disparen.
«Cuando los propietarios se desentienden, el edificio se encarece. Administrar un consorcio no es solo pagar una expensa: implica involucrarse, controlar y planificar. La indiferencia termina siendo mucho más costosa que cualquier inversión en eficiencia», remarca.
Con niveles de deuda que ya generan preocupación entre administradores y cámaras del sector, el debate sobre cómo sostener la vida en comunidad en un contexto económico adverso recién comienza.
El desafío, concluye, no es únicamente financiero. Se trata de preservar el patrimonio y la convivencia. Si no se actúa a tiempo, el deterioro no será solo contable, sino también estructural, afectando tanto el valor de las propiedades como la calidad de vida dentro de los edificios.
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ECONOMIA
Pesca ilegal: con predominio chino y presencia de España, 500 buques extranjeros depredan en el Sur

La depredación que sufren las aguas del Atlántico Sur y su riqueza en términos de especies marinas llegó a su punto más alto en lo que va de 2026. Reportes oficiales y mediciones del sector pesquero dan cuenta de al menos 500 embarcaciones extranjeras apostadas sobre la milla 201, esto es, al borde de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) de la Argentina. De ese total, se estima que el 80% corresponde a buques de la flota de pesca en aguas distantes de China, mientras que el resto comprende unidades que depredan para España, Corea, Taiwán, Rusia y Portugal. Recientemente, Prefectura dio con un buque español, el BP Playa Da Cativa, haciendo pesca de arrastre ya en aguas jurisdiccionales argentinas. Asimismo, organizaciones expusieron que embarcaciones chinas vienen realizando mapeos y estudios de prospección sin ningún tipo de aval oficial en la plataforma continental de nuestro país.
La presencia de semejante volumen de embarcaciones pesqueras extranjeras fue constatada por la Armada, que viene de llevar a cabo el operativo de vigilancia Mare Nostrum VIII frente a las costas de la Patagonia.
Dicha operación tuvo como objetivo principal vigilar, controlar y proteger los espacios marítimos argentinos y la Zona Económica Exclusiva (ZEE). Implicó el despliegue del patrullero oceánico ARA Storni y una aeronave P-3 Orion de la Aviación Naval, con asiento en la base Almirante Zar de Trelew.
La flota que depreda el Atlántico Sur está conformada por «poteros» —barcos diseñados para extraer mayormente el calamar—, arrastreros y unidades que dan apoyo logísticos a esas embarcaciones foráneas.
Desde el ámbito naval se señaló que este año es por demás elevada «la cantidad de arrastreros de diferentes nacionalidades que operan cables afuera de la ZEE, muchos de ellos, de reciente construcción y con esloras mayores a 40 metros».
Los arrastreros utilizan una red gigantesca que, en forma de bolsa, arrasa con todas las especies que encuentra a su paso mientras el buque ejecuta sus movimientos. Se trata de uno de los métodos de pesca industrial que más aniquila al ecosistema marino.
«La diferencia entre los cerca de 500 buques extranjeros apostados en el límite de la ZEE y más de un centenar de buques argentinos que operan sobre el recurso, explica la necesidad de reforzar el control y la inteligencia marítima, en una año donde la abundancia de calamar, y la demanda internacional sumado a precios sostenidos alientan cualquier transgresión a los límites argentinos en el mar», señalan al respecto publicaciones especializadas como Pescare.
Pesca: dos intrusiones ilegales constatadas este año
Con relación a las intrusiones en aguas nacionales constatadas en este inicio de 2026, a inicios de este mes la Prefectura ubicó al pesquero español Playa Da Cativa realizando actividades ilegales en la ZEE.
«La embarcación permaneció en el área por aproximadamente 45 minutos, durante los cuales navegó a una velocidad inferior a cuatro nudos, comportamiento que, conforme a la normativa pesquera vigente, constituye una presunción de actividad de pesca por arrastre», informó la dependencia oficial.
De acuerdo a Prefectura, la incursión detectada representó una presunta infracción a la Ley N.º 24.922–Régimen Federal de Pesca, que regula la explotación y conservación de los recursos pesqueros en aguas jurisdiccionales argentinas.
«Cabe señalar que, previamente, el jueves 29 de enero, la Autoridad Marítima nacional había notificado al capitán del buque que se encontraba realizando tareas de pesca muy próximos al límite de la ZEEA, indicándole la necesidad de mantener un margen de seguridad a fin de evitar incursiones ante eventuales imprevisto. Dicha notificación fue debidamente recepcionada por el responsable de la embarcación», se añadió.
Ya en el inicio de enero, Prefectura detectó al pesquero Bao Feng, con bandera de Vanuatu pero que se presume opera para capitales chinos, realizando una actividad similar. El buque en cuestión «fue detectado ingresando a la Zona Económica Exclusiva Argentina el 10 de enero en horas de la tarde y se mantuvo en el sector por aproximadamente una hora y media, navegando a una velocidad menor a 4 nudos», lo cual coincide con maniobras de pesca por arrastre.
Según informó la Armada de manera oficial, en este período del año se registra un incremento significativo del arribo de buques pesqueros extranjeros, «provenientes principalmente del Indo-Pacífico y de las Islas Galápagos, atraídos por la zafra del calamar».
Mapeo ilegal por parte de buques chinos
A la par de esta situación, y similar a lo ya observado en 2022, organizaciones expusieron que embarcaciones de la potencia asiática vienen realizando mapeos y estudios de prospección sin ningún tipo de aval oficial en la plataforma continental argentina.
En este caso, se señaló que el pesquero chino Lu Qing Yuan Yu 205 realizó movimientos con esas características incluso en aguas frente a la provincia de Buenos Aires. Se indicó que el navío efectuó recientemente maniobras lentas, rectilíneas y sistemáticas, compatibles con las aplicadas para estudios biológicos y geológicos en alta mar.
La acción fue señalada por el Círculo de Políticas Ambientales y vía uno de sus referentes, Milko Schvartzman, quien en redes sociales compartió detalles de la trayectoria del Lu Qing Yuan Yu 205.
El mismo barco fue denunciado por efectuar tareas similares en enero de 2023. En esa ocasión, el Círculo de Políticas Ambientales emitió un informe señalando que el buque siguió «patrones que concuerdan con la realización de estudios biológicos y geológicos marinos en el Atlántico Sudoccidental, sobre la Plataforma Continental Argentina, al Este de la Zona Económica Exclusiva».
«Estos movimientos de mapeo pueden tener diferentes intenciones, entre ellas, el estudio de las características químicas del mar, las especies blanco de la pesca, nuevas especies para capturar, el aprovechamiento de los recursos genéticos marinos, y la composición y especies del fondo marino de la Plataforma Continental Argentina (PCA)», afirmó.
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