ECONOMIA
Inocencia Fiscal: así se buscará atraer parte de los u$s260.000 M que hay bajo el colchón

La aclaración del ministro de Economía Luis Caputo acerca de la futura reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal llamada Blanqueo de Dólares del Colchón busca responder a los reclamos de contadores y asesores, que advirtieron que las multas automáticas elevadas podrían afectar a pymes y monotributistas por simples demoras administrativas.
Lo importante es que, de acuerdo a lo que pudo saber iProfesional de fuentes del equipo económico, los ahorros en dólares que los argentinos mantienen fuera del sistema bancario crecieron más de 100.000 millones en la última década.
De acuerdo a esos datos, los ahorros en dólares que los argentinos mantienen fuera del sistema bancario continúan en aumento y representan cerca de un 40% del PIB, por lo tanto, son equivalentes a más de 260.000 millones de dólares. Esta cifra refleja el dinero que particulares y empresas conservan fuera del alcance de los controles fiscales, un fenómeno que se ha intensificado en la última década.
Por su parte, de acuerdo a las estadísticas del FMI en los últimos diez años, los dólares del colchón crecieron más de 100.000 millones, pasando de unos 155.000 millones en 2015 a 260.500 millones de dólares en 2025, con un ritmo promedio de crecimiento de 5.000 millones por trimestre. A esto se suman inversiones en bonos, títulos públicos y propiedades en el exterior, que elevan los activos externos en manos de argentinos, que llegan a casi 480.000 millones de dólares. Por lo tanto, el Gobierno busca incorporarlos al circuito formal de la economía con esta ley.
Qué establece la Ley de Inocencia Fiscal
La Ley de Inocencia Fiscal aprobada en la Cámara de Diputados, ya cuenta con media sanción y comenzará a ser tratada desde el 11 de febrero próximo en el Senado y forma parte de un paquete de reformas para:
- Simplificar el sistema tributario.
- Reducir la litigiosidad.
- Limitar sanciones penales y administrativas en casos de errores formales o de baja significación económica, especialmente cuando no exista intención de evasión.
- También buscará promover mecanismos de corrección temprana antes de aplicar multas.
Entre los principales aspectos de la misma podemos destacar:
1.La evasión empieza a ser delito ahora a partir de $100 millones. La evasión simple se configura con un mínimo de $100 millones, pero, en rigor, no todo lo que supera ese importe es evasión, porque la evasión tiene dos conceptos: uno, que es la condición objetiva, que es superar el piso que impone la ley, y otra es la cuestión subjetiva, es decir, haber tenido, por fin, transgredir una obligación impositiva.
2) la evasión agravada pasará de $15.000.000 a $1.000.000.000 pero, en el caso de que hubieren intervenido personas humanas o jurídicas o entidades interpuestas, o se hubieren utilizado estructuras, negocios, patrimonios de afectación, instrumentos fiduciarios y/o jurisdicciones no cooperantes para ocultar la identidad o dificultar la identificación del verdadero sujeto obligado, el monto pasa de $2.000.000 a 200.000.000 millones de pesos. Lo mismo en el caso de que el obligado hubiera utilizado fraudulentamente exenciones, desgravaciones, diferimientos, liberaciones, reducciones o cualquier otro tipo de beneficios fiscales.
3) En el caso de que hubiere mediado la utilización total o parcial de facturas o cualquier otro documento equivalente, ideológica o materialmente falsos, la evasión es agravada si supera los $100.000.000, en tanto que ahora es $1.500.000.
«Leída en su versión definitiva, la Ley de Inocencia Fiscal no elimina delitos ni consagra impunidad. Mantiene intactas las figuras penales del Régimen Penal Tributario, pero redefine el umbral a partir del cual el Estado considera legítimo activar su herramienta más extrema. Allí reside uno de sus aportes centrales: devolverle densidad y excepcionalidad al reproche penal«, explica el especialista César Livtkin, uno de los tributaristas más consultados por el equipo económico.
Las objeciones de los tributaristas por las multas
El especialista agrega que: «El incremento de los montos que funcionan como condición objetiva de punibilidad es el cambio más visible. La evasión simple pasa a requerir montos superiores a los cien millones de pesos por tributo y por ejercicio anual; la evasión agravada eleva sus pisos a cifras que superan ampliamente los 1.000 millones de pesos. También se actualizan de manera significativa los umbrales vinculados a estructuras interpuestas, beneficios fiscales indebidos, facturación apócrifa y delitos relativos a los recursos de la seguridad social.
El efecto práctico es contundente: el derecho penal deja de ser el canal automático frente a incumplimientos medios o controversias técnicas y se reserva para supuestos de verdadera gravedad económica y dolo relevante. No es una decisión recaudatoria; es una definición de política criminal.
Otro eje estructural de la reforma es la nueva redacción del artículo 16 del Régimen Penal Tributario. Allí se introduce una distinción procesal clave: no es lo mismo cumplir antes de la denuncia penal que después. Si el contribuyente cancela en forma total e incondicional la obligación principal y sus intereses con anterioridad a la denuncia, la administración tributaria queda legalmente impedida de denunciar.
No se trata de una facultad discrecional, sino de una garantía jurídica, reconocida por única vez por obligado. Si la acción penal ya se inició, la extinción sigue siendo posible, pero bajo reglas más exigentes: pago total de la deuda y los intereses, más un importe adicional equivalente al cincuenta por ciento, todo dentro de los treinta días hábiles posteriores a la notificación de la imputación. El mensaje es claro y coherente con una lógica procesal sana: el sistema incentiva el cumplimiento temprano y encarece la llegada tardía al proceso penal.
Otro avance relevante es la vinculación directa entre la prescripción administrativa y la penal. Si el organismo recaudador ya no puede determinar el tributo por prescripción, la acción penal no debe continuar. Esta regla corrige una anomalía histórica que permitió durante años procesos penales desvinculados de una deuda fiscal jurídicamente exigible.
La reforma del artículo 19 también merece atención. Se amplían y sistematizan los supuestos en los que no corresponde formular denuncia penal, incorporando de manera expresa las diferencias interpretativas fundadas, los criterios técnico-contables exteriorizados en forma previa o simultánea a la exteriorización.
Otro avance relevante es la vinculación directa entre la prescripción administrativa y la penal. Si el organismo recaudador ya no puede determinar el tributo por prescripción, la acción penal no debe continuar. Esta regla corrige una anomalía histórica que permitió durante años procesos penales desvinculados de una deuda fiscal jurídicamente exigible.
La reforma del artículo 19 también merece atención, ya que se amplían y sistematizan los supuestos en los que no corresponde formular denuncia penal, incorporando de manera expresa las diferencias interpretativas fundadas, los criterios técnico-contables exteriorizados en forma previa o simultánea a la declaración jurada, las presentaciones espontáneas antes de la fiscalización y los ajustes basados exclusivamente en presunciones sin prueba adicional.
Analizada en conjunto, la Ley de Inocencia Fiscal propone un cambio de enfoque: pasar del reflejo punitivo a la previsibilidad institucional. Umbrales más altos, incentivos claros al cumplimiento temprano, límites a salidas penales ajenas al régimen y una articulación coherente con la prescripción administrativa conforman un sistema más racional.
En un país donde la informalidad no es un eslogan, sino una respuesta acumulada a la inestabilidad, el desafío central será la confianza.
La certeza de que ingresar al sistema no será castigado retroactivamente y de que las reglas no se reescribirán de manera constante es condición necesaria para cualquier política de formalización duradera.
Pero, no todo en la futura Ley de Inocencia Fiscal es bueno para los tributaristas; desde hace días reclaman sobre los efectos negativos que tendrá la actualización de los montos de las multas automáticas, sobre todo en las pequeñas y medianas empresas (pymes).
«Los montos de incremento que tiene el proyecto son muy importantes. Por ejemplo, la multa del artículo 38, que hoy son de $200 está totalmente desactualizado y para personas humanas, pasa a $220.000 y para personas jurídicas, de $400 a $440.000«, comentó el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, antes de la aprobación en Diputados de la semana pasada.
Se trata de multas que se aplican ante la falta de presentación en tiempo y forma de las declaraciones juradas. «Puede haber una pyme que se atrasa un día por problemas administrativos, porque faltan los empleados o una persona humana tamaño. Y tener una multa es bastante oneroso para este tipo de empresas pequeñas», comentó Domínguez.
La iniciativa del Gobierno, que el ministro Luis Caputo definió en abril pasado como fundamental para que la economía continúe creciendo al ritmo del 6% anual, establece modificaciones en el Régimen Penal Tributario, además de cambios en el Código Civil y Comercial y en el Régimen de Procedimiento Tributario, a los fines de darle seguridad jurídica a los contribuyentes de que no serán perseguidos por otra gestión. El debate continúa en el Congreso, y la implementación efectiva de la ley será clave para equilibrar control fiscal, recaudación y alivio para el sector privado.
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ECONOMIA
Las empresas ya pueden girar utilidades, mientras el Gobierno sigue de cerca el stock de reservas

A partir de 2026, que arrancó este jueves, el Gobierno argentino enfrenta un punto clave para la economía, a nueve meses de la cadena nacional con la que el ministro de Economía, Luis Caputo, anunció un nuevo acuerdo con el FMI (Fondo Monetario Internacional) y el levantamiento inmediato del cepo cambiario para personas. Desde entonces, la política cambiaria y las restricciones financieras han atravesado ajustes y nuevos interrogantes, especialmente tras el calendario electoral de medio término y ahora los desafíos que plantea el giro de dividendos empresariales.
El equipo económico debió reintroducir restricciones tras la incertidumbre que generó la contienda electoral. Aunque la expectativa inicial era la liberalización total del mercado cambiario, la realidad impuso límites, como ocurrió con las restricciones de operaciones cruzadas entre dólar oficial y bursátil. Pero desde hoy, las empresas cuentan con la posibilidad de girar dividendos correspondientes al ejercicio 2025.
El giro de utilidades aplica a utilidades generadas a partir de balances cerrados en 2025, no a deudas anteriores (2019-2024)
Así, se levantó una de las mayores restricciones cambiarias, aunque con posibles límites y bajo observación gubernamental por el impacto en las reservas, enfocándose la liberación en dividendos de nuevas inversiones. Esta medida busca normalizar el mercado tras años de controles, y permite la distribución de ganancias generadas desde 2025, no las acumuladas anteriormente, en lo que se considera un paso clave en la liberalización cambiaria, aunque con cautela sobre la salida de dólares y la presión sobre el tipo de cambio.
Hay que recordar que la medida aplica a utilidades generadas a partir de balances cerrados en 2025, no a deudas anteriores (2019-2024). A la vez se libera el acceso al mercado de cambios para girar dividendos a no residentes, siempre que sean ganancias de ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2025, conforme a balances auditados.
En este sentido, hay que considerar que la administración de Javier Milei emitió distintas series de los Bopreal ( Bonos para la Reconstrucción de la Argentina Libre), para cumplir con estas obligaciones en divisas acumuladas por el estricto control de capitales heredado.
Los Bopreal son pasivos remunerados en el balance del Banco Central, con vencimientos de corto plazo, por cuanto su cancelación, al igual que el giro de utilidades autorizado, pueden ejercer presiones sobre las reservas internacionales de la entidad, hoy por encima de los USD 41.000 millones, aunque negativas en un cálculo neto al descontar préstamos y depósitos del sector privado. El stock de Bopreal alcanzaba los USD 12.975 millones al 29 de diciembre.
Fuentes del Banco Central habían indicado a Infobae en noviembre que los giros correspondientes a 2025 podrán efectuarse durante 2026, probablemente a partir de mediados de año. “Una vez que las empresas cierren sus balances, que en general es a partir de junio, está liberada la posibilidad de girar al exterior. No hay ninguna implementación, en especial”, detallaron desde el BCRA.
Durante la tensión cambiaria de octubre, el BCRA, presidido por Santiago Bausili, estableció controles sobre operaciones con el dólar oficial, así como sobre los mercados financieros MEP y Contado con Liquidación (CCL). Inicialmente, las medidas se aplicaron a funcionarios de entidades financieras y luego se extendieron de forma general a todo el mercado. La diferencia entre la cotización oficial (usada para comercio exterior) y las financieras (MEP y CCL) persiste, y para las autoridades esto justifica la continuidad de las restricciones.
Luego de las elecciones, la demanda de pesos mostró una rápida recuperación, lo cual podría completar la absorción de liquidez excedente y abrir la puerta a una flexibilización total del cepo este año. No obstante, la mayor parte de la cartera de pesos del sector privado se mantiene en títulos de corto plazo, por lo que la normalización dependerá de factores internos y de la evolución del mercado.
La discusión sobre el futuro del cepo y los controles cambiarios mantiene en vilo a empresas, inversores y analistas. Mientras el Gobierno sostiene la necesidad de prudencia ante la brecha cambiaria y las reservas negativas, el sector privado aguarda definiciones concretas sobre una apertura definitiva del mercado de cambios.
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ECONOMIA
El diagnóstico de Martín Redrado sobre el nuevo sistema de bandas que regirá al dólar en 2026

El economista Martín Redrado, expresidente del Banco Central (BCRA), anticipó su visión sobre el panorama económico argentino para 2026 en un contexto marcado por la implementación del nuevo sistema cambiario de bandas. Sus proyecciones abarcan desde el esquema de flotación del dólar hasta la evolución de la inflación y el impacto en los salarios.
El exfuncionario dejó en claro que el sistema de bandas cambiarias que comenzó a regir este 1° de enero es transitorio. Según declaró, este esquema no representa una solución definitiva para el mercado de divisas argentino.
«El sistema de bandas es, por definición, un sistema transitorio. Se tiene que plantear un sistema más definitivo», afirmó categóricamente. Para Redrado, el nuevo esquema implica una mayor amplitud con tendencia creciente a acercarse al techo de la banda.
El BCRA intervino para contener la presión cambiaria
Redrado reveló que el Banco Central ya vendió dólares para contener la presión sobre el tipo de cambio. Aunque las publicaciones diarias del organismo financiero no registraron operaciones netas de venta de divisas, el economista sostuvo que las intervenciones fueron neutras si se analiza día a día.
«Se notó una presión sobre el tipo de cambio», explicó al referirse a las operaciones que habría realizado la autoridad monetaria en los últimos días del año pasado.
El expresidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV) también señaló que el equipo económico debe trazar un camino claro. «Todavía no tenemos un programa financiero por delante», advirtió con preocupación.
La cosecha de trigo traerá dólares frescos al mercado
En el frente agropecuario, Redrado destacó el desempeño positivo de la cosecha de trigo. Según datos de Fundación Capital, su consultora, la liquidación de la cosecha fina dejará un excedente de casi u$s800 millones adicionales respecto al año pasado.
«Hay una muy buena liquidación de la cosecha fina, de trigo. Ese excedente va a haber de ofertas entre enero y febrero en el mercado cambiario», proyectó el economista.
Esta entrada de divisas podría aliviar transitoriamente la presión sobre las reservas del Banco Central durante los primeros meses del año.
Tasas al 140% para evitar la fuga hacia el dólar
Consultado sobre el disparo de las tasas de caución, que alcanzaron el 140% en los últimos días, Redrado explicó que se trató de una estrategia para retener ahorristas en pesos.
«Se hizo para que se queden en pesos y no presionen sobre el tipo de cambio», analizó. Para el exfuncionario, estas medidas reflejan la necesidad urgente de «dar certidumbre cambiaria y financiera hacia adelante».
Sin embargo, insistió en que el país necesita avanzar hacia la normalización. «Hay que empezar a levantar las restricciones del mercado cambiario», advirtió, y agregó que el objetivo debe ser «la eliminación de las restricciones para tener, como cualquier país normal, un solo tipo de cambio».
Inflación y salarios: un proceso lento sin recuperación a la vista
Respecto al Índice de Precios al Consumidor (IPC), Redrado fue cauto en sus proyecciones. Declaró que bajar la tasa de inflación «es un proceso» que «no es rápido». Lo importante, según remarcó, es mostrar una tendencia consistente a la baja.
En su diagnóstico, indicó que actualmente los salarios corren por detrás de la inflación y que el consumo «se ha estancado, en los últimos meses, en terreno negativo».
Este panorama plantea un desafío para la recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores argentinos durante 2026.
Reforma tributaria antes que laboral
Sobre las reformas que el Gobierno envió al Congreso Nacional, el economista ratificó su postura: hubiera sido preferible mandar primero la reforma tributaria antes que la laboral.
«Espero que la reforma tributaria tenga, como eje, la recuperación de salarios«, concluyó Redrado, dejando planteada su visión sobre las prioridades que debería tener la política económica para este año.
El expresidente del BCRA dejó un mensaje claro: el sistema cambiario actual es provisorio, la inflación no cederá rápidamente y los salarios seguirán bajo presión en un contexto donde todavía falta certidumbre sobre el programa económico definitivo para 2026.
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ECONOMIA
Plazo fijo versus inflación: cuánto se puede ganar en los principales bancos por depósitos de $1 millón

El plazo fijo atraviesa semanas de tasas decrecientes. Con rendimientos cercanos al 25% anual y una inflación mensual del 2,5%, en algunos casos permite empatar la suba de precios, dependiendo del banco. Aun así, se trata de una herramienta mayormente cortoplacista, especialmente en un país como la Argentina.
En este sentido, hay que considerar que el 2025 terminó con una inflación anual próxima al 31%, lo que dejaría a los rendimientos en pesos por estas colocaciones en terreno negativo.
Para calcular qué rendimiento tuvo un ahorrista que apostó en el último año al plazo fijo, Infobae tuvo en cuenta la tasa que estaba vigente al primer día hábil de cada mes. Así, se obtuvo el rendimiento final a lo largo del año, renovando el plazo fijo todos los meses. Con $1 millón en mano, en todo el 2025 un ahorrista pudo obtener un retorno de 49%. Es decir que hoy tendría $1.490.989, un resultado que le sacó 18 puntos de ventaja a la inflación, y nueve por encima de la tasa de devaluacón respecto del dólar.
Con este antecedente, para 2026 hay que tener en cuenta las proyecciones de inflación futuras y, en este caso, esta alternativa de ahorro se mantiene vigente. El Presupuesto 2026 prevé inflación anual de 10,1 por ciento.
La proyección de inflación anual para 2026 de LatinFocus se sitúa en 23,9%, lo que implica una reducción de 0,4 puntos respecto a la proyección anterior.
Por otra parte, el REM (Relevamiento de Expectativas de Mercado) elaborado por el Banco Central estima en su última edición una inflación del 19,6% para 2026, mostrando una tendencia al alza en la segunda mitad del año.
Además, el presupuesto 2026 proyectó un dólar oficial a $1.423 para fin de año, un precio inferior al del dólar mayorista el martes, a 1.455 pesos. Esto significa que más allá de la evolución de la inflación en 2026, el plazo fijo podría arrojar ganancias medido en dólares.
Los datos oficiales del BCRA muestran que los principales bancos del país ajustaron sus tasas para depósitos a plazo fijo tradicionales a 30 días, mayormente a la baja. Esta actualización de rendimientos impacta en miles de ahorristas que buscan opciones para colocar sus fondos en el sistema financiero formal.
Según la información disponible, varios bancos ofrecen condiciones dispares, lo que lleva a analizar en detalle cuánto se puede obtener por depositar $1 millón en cada uno de ellos. En el segmento de plazos fijos, el interés generado varía según la TNA (Tasa Nominal Anual) que establece cada entidad. A partir de la aplicación de la fórmula vigente, los resultados permiten comparar rápidamente el atractivo de cada alternativa.
A la fecha de corte, los bancos informan tasas que parten desde el 20,5% y alcanzan el 28% anual para depósitos a 30 días en pesos. El abanico incluye a bancos públicos, privados y compañías financieras, tanto para clientes como para quienes operan de manera online sin vínculo previo.
Según el relevamiento de tasas del BCRA, el Banco de la Nación Argentina paga actualmente una TNA de 23,5%, un punto más que la semana pasada. Por un depósito de $1 millón a 30 días, el interés generado asciende a $19.315,07. El Banco Santander Argentina ofrece una TNA de 21%, que arroja un interés de $17.260,27 en el mismo período y monto. En el caso del Banco Galicia y Buenos Aires, la TNA también se ubica en 21%, lo que produce exactamente el mismo resultado en intereses. El Banco de la Provincia de Buenos Aires establece una TNA de 22%, con un interés de $18.082,19 para el plazo y monto analizados.
Entre los bancos privados de mayor volumen, el Banco BBVA Argentina mantiene una TNA idéntica a la de Santander y Galicia, mientras que el Banco Macro sobresale con una TNA de 27%, que permite obtener $22.191,78 de interés por $1 millón en 30 días. Los datos oficiales también incluyen a otras entidades que no informaron tasa vigente, como Banco GGAL S.A.
Al revisar las cooperativas y entidades de perfil mutual, el Banco Credicoop Cooperativo Limitado presenta una TNA de 23%, equivalente a $18.904,11 de interés mensual por $1 millón. El ICBC (Industrial and Commercial Bank of China) repite la TNA de 23,5% y el monto de $19.315,07 de interés, igual que Nación y otras firmas del sector.
En el segmento de bancos públicos regionales, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires establece una TNA de 20,5%, con un interés de $16.849,32. En tanto, el Banco de la Provincia de Córdoba se posiciona entre los más competitivos, con una TNA de 27% y un rendimiento de $22.191,78 para colocaciones de $1 millón. El Banco de Corrientes ofrece 24% de TNA y un interés de $19.726,02, mientras que el Banco de Formosa se ubica en 23% y 18.904,11 pesos.
La comparación con la semana anterior, evidencia una modificación en la mayoría de las tasas ofrecidas por bancos y financieras. El seguimiento de la evolución semanal permite detectar ajustes en la TNA, que responden a cambios en la política monetaria y condiciones de mercado. En esa línea, los bancos modificaron sus propuestas en función de la dinámica inflacionaria y las expectativas de los inversores.
En el grupo de bancos que informan tasas para depósitos online, el Banco Bica, el Banco CMF, el Banco Meridian, el Banco Voii, Crédito Regional Compañía Financiera S.A.U. y Reba Compañía Financiera coinciden en establecer una TNA máxima de 28%. Esta tasa genera el mayor interés del relevamiento: $23.013,70 por cada millón depositado a 30 días. El Banco del Sol S.A. establece una TNA de 27,5%, lo que resulta en $22.630,14. Por su parte, el Banco Mariva y el Banco Macro ofrecen 27%, equivalentes a $22.191,78 de interés en el mes.
Entre las entidades que se ubican por encima del promedio, el Banco Provincia de Tierra del Fuego y el Banco de Comercio pagan una TNA de 25%, con intereses de $20.547,95. El Bibank alcanza una TNA de 26%, que rinde $21.369,86. En el segmento de tasas intermedias, figuran bancos como el Banco Hipotecario y el Banco del Chubut con 23,5% de TNA y $19.315,07 de interés mensual.
El análisis de la dispersión en las tasas muestra que la diferencia entre la propuesta más baja y la más alta se ubica en $6.164,38 por cada millón depositado. Aquellos que acceden a los mejores rendimientos pueden obtener casi un 40% más de interés frente a quienes eligen las tasas mínimas del sistema. Esta brecha se evidencia tanto en los bancos tradicionales como en las compañías financieras con operatoria digital.
En la lista de entidades que otorgan tasas por debajo del promedio, el Banco Ciudad y el Banco Galicia se encuentran entre los que menos pagan por el plazo fijo de 30 días. Otros bancos, como el Banco Dino y el Banco Masventas, ofrecen una TNA de 22% e intereses de $18.082,19. El Banco Julio llega a 24,5%, lo que representa $20.164,38 de interés, mientras que el Banco de Corrientes se mantiene en 24% y 19.726,02 pesos.
La fórmula utilizada para calcular los intereses se basa en la TNA informada por cada banco y en la cantidad de días de la colocación. Este método permite comparar con precisión las propuestas, sin importar el tamaño de la entidad o si opera de forma presencial u online. El uso de datos oficiales del BCRA garantiza la homogeneidad en la comparación y facilita la decisión para quienes buscan proteger el valor de sus ahorros.
La presencia de compañías financieras como Reba Compañía Financieray Crédito Regional Compañía Financiera S.A.U. en los primeros puestos del ranking refleja la competencia que existe fuera de los bancos tradicionales. Ambas entidades igualan la TNA máxima actual y ofrecen el mayor interés posible para el plazo de 30 días. Las entidades regionales también modificaron sus tasas en línea con la tendencia general del sistema.
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