ECONOMIA
La baja de impuestos al comercio exterior marcó la primera mitad del gobierno de Milei, pero el Impuesto al cheque sigue pendiente

Durante los primeros dos años de gobierno de Javier Milei, la estructura de la recaudación tributaria experimentó un cambio significativo. La prioridad del Ejecutivo fue aliviar la carga fiscal sobre el comercio exterior, una medida largamente demandada por los sectores productivos y financieros.
De los tres grandes componentes de los ingresos tributarios nacionales, solo los recursos generados por la Aduana perdieron relevancia en la estructura, mientras que los percibidos por la DGI y la Anses ganaron participación.
Este fenómeno refleja un cambio deliberado en la orientación de la política fiscal: el Gobierno buscó incentivar la generación de divisas, facilitar la importación de bienes de inversión y recortar el sesgo antiexportador.
Uno de los rasgos distintivos de la administración Milei fue la eliminación, desde el primer día, del abultado déficit fiscal heredado, sin afectar las partidas de contención social.
El Gobierno buscó incentivar la generación de divisas, facilitar la importación de bienes de inversión y recortar el sesgo antiexportador
Este logro adquiere mayor relevancia por haberse conseguido en simultáneo con una política de desinflación, que redujo al mínimo el llamado impuesto inflacionario, y la baja o eliminación de diversos tributos nacionales, entre ellos las retenciones sobre exportaciones regionales, el Impuesto PAIS, y la reducción de aranceles a la importación, fundamentalmente para bienes de capital.
En 2024 y 2025, la presión de impuestos y aportes administrados por la Nación cayó, como porcentaje del PBI, al nivel más bajo en casi dos décadas. Esto se tradujo en un alivio fiscal histórico para la sociedad y las empresas. Considerando sólo los ingresos administrados por la actual Agencia de Recaudación y Control Aduanero (DGI, Aduana y Anses), la recaudación pasó del equivalente al 22,5% del PBI en noviembre de 2023, al 21,6% al año siguiente y 18,2% en la actualidad.
Esta tendencia se verifica también al comparar períodos más amplios: si se toma el total recaudado en los 11 meses previos a la asunción de Milei y se contrasta con los mismos meses de los dos años posteriores, se obtiene una baja cercana al 1% del PBI, igualmente significativa.
La diferencia entre ambas mediciones se explica, principalmente, por los efectos del blanqueo de activos, la baja progresiva y luego permanente de retenciones a las exportaciones -eliminadas para productos de economías regionales-, reducción de aranceles y la eliminación del Impuesto PAIS en diciembre de 2024.
El alivio fiscal permitió mayor poder de compra a la población para productos importados y nacionales, e incentivos extra a la inversión en áreas con potencial exportador, aunque para algunas ramas industriales la readecuación fiscal no logró revertir decisiones de cierre de plantas o venta de activos.
La reducción de la presión tributaria fue visible casi exclusivamente en tributos a comercio exterior -retenciones y aranceles- y a la compra de divisas. La participación de la Aduana en los recursos totales descendió del 23,2% en noviembre de 2023 al 17,6% dos años después, y del 23,7% al 20,6% en el acumulado de enero a noviembre de cada período.
El alivio fiscal permitió mayor poder de compra a la población para productos importados y nacionales
El final del Impuesto PAIS para ahorro y gastos en el exterior, dispuesto a fines de diciembre de 2024, marcó el quiebre en la estructura de ingresos: este tributo llegó a representar el 5,2% de la recaudación total en 2024.
A contramano, los ingresos por derechos de exportación -a pesar de la baja permanente de alícuotas y la eliminación para sectores regionales- crecieron en 2024 por la recuperación de la cosecha tras la sequía: subieron de 3,1% a 4,6% y luego descendieron a 4,1% en 2025. Si se toma solo noviembre, estos tributos pasaron del 2,2% al 4,5% y cayeron a 1,5% en 2025, por anticipos de liquidaciones y cambios en la política de incentivos.
El peso de los derechos de importación, en tanto, subió del 3,1% al 3,7% del total de ingresos en el lapso estudiado y de 3% al 3,8% en noviembre, impulsado por una fuerte reactivación de importaciones de automóviles, bienes de consumo y maquinaria usada, así como insumos para la industria nacional.
La liberalización de importaciones, el fin de restricciones administrativas y el aumento del comercio exterior mantuvieron elevados los ingresos por IVA y Ganancias de las empresas asociados a esa actividad.
La liberalización de importaciones, el fin de restricciones administrativas y el aumento del comercio exterior mantuvieron elevados los ingresos por IVA y Ganancias de Aduana
Al mismo tiempo, la relación entre recaudación por exportaciones e importaciones exhibió saltos: pasó del 71,2% al 159% -noviembre de 2023 a noviembre de 2024- y luego se redujo a 40,1%, manteniéndose alta en el promedio acumulado del año.
En tanto, la DGI aumentó su participación: del 55% al 57,8% mes contra mes, y aunque cayó levemente en el acumulado anual, se vio favorecida por mayor fiscalización y recuperación económica. Los rubros que más ganaron peso en la recaudación interna fueron combustibles (por la restitución progresiva de la carga impositiva), IVA y Débitos y Créditos bancarios.
Sobre este último, la presión para su eliminación sigue firme. Durante un encuentro exclusivo con periodistas, Diego Rivas, CEO de Banco Galicia, destacó la necesidad de avanzar en reformas laboral, impositiva y previsional para mejorar la competitividad y reclamó: “Es fundamental eliminar impuestos distorsivos como el Impuesto a los débitos y créditos, que encarece las operaciones y estimula la informalidad. El crédito al sector privado es apenas el 12% del PBI, muy por debajo de la región; si se impulsa el mercado de capitales para proyectos productivos de largo plazo, ese valor podría multiplicarse por cuatro”.

En sentido inverso, lo recaudado por Bienes Personales perdió peso en el total -del 2,3% al 1,1%- producto de los efectos del blanqueo y la baja de alícuotas.
Anses, por su parte, vio crecer su parte en la torta tributaria: subió del 21,8% al 24,5% y del 22,1% al 25,1% en el análisis anual comparado, efecto directo de la mejora en el promedio de los salarios formales.
Para los próximos meses, la atención se centra en el Presupuesto 2026 y en cómo el Gobierno Nacional planea sostener el sendero de alícuotas decrecientes, absorber nuevas demandas sociales y motorizar el crecimiento económico.
Tanto Javier Milei como el ministro Luis Caputo insisten en que la gestión apunta no solo a erradicar el “impuesto inflacionario”, sino a alcanzar una menor carga tributaria real, enfocando los recortes en tributos al comercio exterior y promoviendo un entorno más competitivo para empresas y productores, y aumento relativo de los recursos destinados a la Anses.
La foto final es de un Estado nacional que resignó presión recaudatoria sobre la economía, con una transferencia extraordinaria de recursos hacia el entramado productivo y mayor potencial para estimular el consumo privado y la inversión.
Sin embargo, la eliminación del Impuesto al cheque sigue siendo la gran asignatura pendiente en la agenda empresario-bancaria y una demanda sostenida para la próxima etapa.
La transformación de la estructura recaudatoria abre una nueva etapa para la economía, aunque no exenta de desafíos sobre cómo sostener el superávit de las cuentas públicas con menos peso impositivo sobre empresas y consumidores.
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ECONOMIA
El ciclo de pérdida de poder adquisitivo del Salario Mínimo, Vital y Móvil en la era de Javier Milei

Se espera que el salario mínimo legal en la Argentina sea de 341.000 pesos en enero 2026. Las subas pactadas para el primer semestre
30/12/2025 – 10:01hs
El poder adquisitivo del salario mínimo, vital y móvil (SMVM) se redujo levemente durante noviembre de 2025 (-0,5%). Ello se suma a las reducciones de los meses previos: octubre (-2,3%), septiembre (-2,0%), agosto (-0,5%) y julio (-0,5%), según relevó la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
Se espera que el salario básico legal para el trabajo registrado en la Argentina sea de 341.000 pesos en enero 2026.
El valor lo definió a principios de diciembre el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, con la Resolución 9/2025 publicada en el Boletín Oficial. Se determinaron subas escalonadas para el primer semestre de 2026.
Es Consejo el organismo que periódicamente revisa el SMVM en función de la situación económica y laboral del país. De este modo, el Salario Mínimo se convierte en un indicador central para medir productividad, ingresos y evolución de la economía argentina.
Evolución del salario mínimo en la gestión de Javier Milei
En diciembre de 2023 se inició un extenso proceso de merma del valor real del SMVM, cuando se contrajo 15% de la mano de la aceleración inflacionaria, seguido por una caída aún mayor, del 17%, en enero de 2024.
Esta tendencia se interrumpió momentáneamente en algunos meses posteriores cuando el incremento nominal acompañó o superó la inflación. Sin embargo, más allá de ciertas alzas en algunos meses puntuales, entre noviembre de 2023 y noviembre de 2025 el salario mínimo real acumuló una caída de 36%. En lo que va del año la caída ha sido de 8%, indicó la UBA.
Esta contracción, junto con la tendencia decreciente de los años anteriores, lleva a que el salario mínimo en términos reales de octubre de 2025 se ubique en un valor inferior al de 2001, antes del colapso de la convertibilidad.
Asimismo, implica una erosión del 64% respecto del valor máximo de la serie, en septiembre de 2011, y que represente solo un tercio del mismo.
Cuánto aumentará el salario mínimo en 2026
La mencionada resolución del Boletín Oficial indica las siguientes subas para el SMVM en los primeros 8 meses del año próximo:
- Diciembre de 2025, $224.800;
- Enero de 2026, $341.000;
- Febrero, $346.800;
- Marzo, $352.400;
- Abril, $357.800;
- Mayo, $363.000;
- Junio, $367.800;
- Julio, $372.400;
- Agosto, $376.600.
Los valores horarios para los trabajadores jornalizados también acompañarán esta suba, llegando a $1.883 por hora en agosto de 2026.
A la vez, el nuevo valor del SMVM impacta de forma directa en diferentes planes y programas sociales:
- Prestación por Desempleo: se ajusta automáticamente en función del nuevo piso salarial.
- Becas Progresar: el ingreso familiar del beneficiario no puede superar tres veces el SMVM, por lo que este cambio redefine el universo de posibles beneficiarios.
- Asignaciones y planes sociales: muchas prestaciones toman el salario mínimo como referencia para establecer montos y condiciones de acceso.
- Paritarias: si bien el SMVM no determina los salarios de todos los sectores, actúa como base de referencia en las negociaciones salariales de gremios con trabajadores no registrados o que perciben sueldos bajos.
Por eso, el Consejo del Salario cumple un rol clave en esta instancia, ya que sus decisiones sobre el SMVM impactan en millones de trabajadores y beneficiarios. Cada ajuste busca reflejar el equilibrio entre la situación macroeconómica, la inflación y el nivel de empleo formal.
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ECONOMIA
La tarifa de AYSA aumentará un 4% mensual entre enero y abril de 2026: cuál será la factura promedio

Las tarifas de AySA aumentarán un 4% por mes entre enero y abril de 2026, con lo que la empresa espera “mantener el equilibrio económico-financiero y garantizar la continuidad del servicio”. La empresa presta servicios para 3,8 millones de usuarios, lo que representa un área de 15 millones de habitantes de la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano.
Con ese mecanismo, AySA espera revertir el retraso tarifario del 21,05% que implicó el tope de aumento del 1% mensual fijado por el Gobierno para el año que termina. Para evitar un único incremento por ese porcentaje que golpee en exceso en los bolsillos se dispuso el tope de 4% mensual hasta abril.
Al mismo tiempo, ese porcentaje tendrá un impacto en el nuevo Índice de Precios al Consumidor (IPC) que el Indec comenzará a utilizar a partir de 2026, ya que la ponderación de los servicios públicos será mayor que en el índice actual.
Al mismo tiempo, en la empresa explicaron que habrá dos grupos de usuarios que tendrán una tarifa más baja. El 48% de sus usuarios residenciales pagará con un 15% de descuento por vivir en zonas bajas. Al mismo tiempo, se mantendrá el programa de Tarifa Social que hoy beneficia a 250.000 personas y que tiene duración de un año como máximo, luego del cual debe ser renovado. Para los usuarios con Tarifa Social, el aumento no será inmediato sino que se aplicará recién al momento de la renovación.

De esta forma, en los zonales altos, quien pagó en diciembre una factura de $29.317 sin impuestos pagará $34.296 en abril del año próximo.
Las decisiones sobre la tarifa del agua fueron establecidas por el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) por medio de una resolución publicada en el Boletín Oficial. La actualización “contempla la restitución del mecanismo de actualización propuesto en Audiencia Pública de marzo de 2024 y aprobado en la Resolución 9/2024 de la Secretaría de Obras Públicas, pero aplicándolo de manera progresiva y controlada», señalaron en AySA.
Una vez dejado atrás el tope que rigió en 2025, el mecanismo a aplicar para ajustar la tarifa “consiste en la aplicación de una fórmula polinómica que tiene en cuenta el índice de salarios (IS), el índice de precios internos al por mayor (IPIM) y el índice de precios al consumidor (IPC)”, explicaron desde AySA.
Para mitigar el impacto en los sectores más vulnerables, la empresa remarcó que “el programa de Tarifa Social continuará vigente para neutralizar el impacto del ajuste en los sectores vulnerables, y se mantendrá el descuento del 15% para los zonales bajos, que alcanzan al 48% de los usuarios residenciales, tanto quienes tienen uno como dos servicios”, según estableció la misma AySA.

En 2025, la tarifa había estado sujeta a una limitación extraordinaria con un tope de aumento del 1% mensual, lo que provocó un rezago en relación al esquema aprobado en la última revisión. Esta coyuntura, asociada a la desaceleración de la inflación, había allegado al Gobierno Nacional a “postergar la actualización para profundizar el proceso de eficientización de la empresa, mediante la reducción de gastos operativos y la optimización de recursos”, añadió AySA, aclarando que la empresa “sostuvo este esquema limitado de actualización, absorbiendo el impacto mediante importantes esfuerzos de eficiencia”.
El nuevo sistema carece de retroactividad, por lo que se irá corrigiendo de manera paulatina el atraso tarifario. Al respecto, AySA aclaró: “Paralelamente la empresa absorberá parte del desfasaje restante para el 2026 mediante un mayor control de gastos y mejoras operativas minimizando el impacto en las facturas”.

Una vez alcanzada la eficiencia operativa, los recursos adicionales serán destinados de modo prioritario a la inversión: “Los ingresos derivados de la adecuación tarifaria estarán destinados a consolidar las inversiones previstas en el Plan de Transición, que incluye obras de mejora y mantenimiento del servicio y ordenamiento financiero para asegurar una operación sostenible en el tiempo”, detalló la compañía.
El atraso no actualizado a diciembre de 2025 asciende a un 21,05%, cifra que será reconocida mediante el coeficiente K, sin incorporarse de inmediato a la facturación. Este rezago generó una caída de ingresos superior a $95.000 millones hasta noviembre y la postergación de gastos e inversiones.
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ECONOMIA
¿Se terminó el control de ARCA?: la letra chica de la ley que cambia para siempre tus consumos

El Congreso aprobó una reforma que promete cambiar radicalmente la vida financiera de los argentinos y su relación con el Estado. El proyecto de «Inocencia Fiscal» dejó una premisa clara: terminar con la persecución tributaria sobre el pequeño contribuyente y actualizar una normativa que había quedado obsoleta por la inflación.
No se trata solo de un ajuste técnico de números en una planilla de Excel, sino de una modificación profunda en la filosofía de recaudación de la nueva Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El Gobierno busca con esta medida que el organismo deje de «cazar en el zoológico» persiguiendo deudas insignificantes en términos reales, para concentrarse únicamente en los grandes evasores que mueven la aguja de la economía.
La iniciativa llega en un momento clave, donde la clase media y las pymes reclamaban un alivio ante la presión de un sistema que penalizaba errores administrativos con la misma severidad que delitos complejos. Con la inflación acumulada de los últimos años, cualquier comerciante podía quedar atrapado en una causa penal por montos que hoy apenas cubren la reposición de mercadería básica.
A continuación, analizamos punto por punto la letra chica de este proyecto que ya tiene medio pie adentro de la ley. Desde la libertad para gastar tus ahorros sin miedo a una inspección sorpresa, hasta el aumento exponencial de las multas por trámites mal hechos, te explicamos cómo esta reforma impacta directamente en tu bolsillo y en tu tranquilidad.
El fin del miedo a gastar tus dólares
Uno de los puntos más revolucionarios del proyecto es la creación de un nuevo Régimen Simplificado para el Impuesto a las Ganancias. Esta herramienta está diseñada específicamente para que la gente pierda el miedo a volcar sus ahorros «del colchón» a la economía real. Básicamente, se cambia la forma en que el Estado te mira: ya no importará tanto cuánto gastás, sino estrictamente cuánto facturás.
Bajo este nuevo esquema, quienes tengan ingresos anuales de hasta 1.000 millones de pesos y un patrimonio inferior a 10.000 millones, pagarán sus impuestos exclusivamente sobre lo facturado. Esto elimina de raíz una de las herramientas de fiscalización más temidas de la vieja AFIP: la presunción de evasión basada en el consumo o en el estilo de vida del contribuyente.
En la práctica, esto significa que si te comprás un auto, renovás tu casa o hacés un viaje al exterior usando dólares que tenías guardados y que quizás no estaban declarados, ARCA no podrá abrirte una investigación por «incremento patrimonial no justificado». Mientras respetes los topes de facturación del régimen, el origen de los fondos destinados al consumo deja de ser un motivo automático de persecución.
El objetivo de fondo es reactivar el consumo y la inversión hormiga. El Gobierno entiende que hay millones de dólares fuera del sistema que no se mueven por temor a represalias fiscales. Con esta «inocencia fiscal» aplicada al consumo, se busca generar un blanqueo de facto, permitiendo que ese dinero fluya libremente sin que el contribuyente sienta que tiene un inspector respirándole en la nuca.
Pisos penales: adiós a las causas por «chirolas»
El corazón legal de la reforma es la actualización brutal de los montos a partir de los cuales una deuda se considera delito penal. Hasta ayer, la Ley Penal Tributaria establecía que evadir más de 1,5 millones de pesos era motivo suficiente para una denuncia por «evasión simple». Ese número, devorado por la inflación, había quedado ridículamente bajo, poniendo en riesgo de prisión a cualquier pyme barrial.
El proyecto aprobado eleva ese umbral a 100 millones de pesos. El salto es gigantesco pero necesario para sincerar la economía. A partir de ahora, ARCA solo podrá iniciar acciones penales cuando la supuesta evasión supere esa cifra millonaria. Esto descomprime instantáneamente los tribunales y le quita a los contadores el estrés de saber que un error en una declaración jurada podía terminar en una causa criminal.
Para los casos más graves, caratulados como «evasión agravada», el límite también se dispara. Pasa de los actuales 15 millones a 1.000 millones de pesos. Esto protege a las empresas medianas que, ante una fiscalización agresiva o una diferencia de criterio con el inspector, podían verse amenazadas con penas de prisión efectiva por montos que son habituales en su facturación mensual.
También se actualizan los pisos para los agentes de retención, aquellos que recaudan impuestos de terceros, cuyo mínimo para ser penalizados salta de 100.000 pesos a 10 millones. La lógica es clara: el derecho penal debe ser la última ratio, una herramienta reservada para los grandes delincuentes tributarios y no un mecanismo de cobranza extorsiva para asustar a los contribuyentes de a pie.
Inocencia Fiscal: vos tenés la razón
El nombre del proyecto no es casualidad; busca instaurar el principio de «inocencia» en el ámbito administrativo. Históricamente, la relación con el fisco era asimétrica: si la ex AFIP decía que debías algo, eras vos quien tenía que correr para demostrar lo contrario. La duda siempre jugaba a favor del Estado y en contra del ciudadano, generando una sensación de indefensión constante.
La nueva normativa invierte la carga de la prueba en la etapa inicial. Ahora, ARCA deberá partir de la premisa de que las declaraciones juradas presentadas por los ciudadanos son correctas y veraces. Solo podrá impugnarlas si detecta y prueba una «discrepancia significativa». El organismo recaudador tendrá que trabajar más y mejor para justificar por qué cuestiona tus números.
Esto limita la arbitrariedad de los inspectores y las fiscalizaciones «de pesca», esas donde se abría una investigación sin pruebas concretas solo para ver qué se encontraba. La ley busca dar seguridad jurídica y tranquilidad mental. Si presentaste tus papeles, se asume que estás cumpliendo, salvo que el Estado tenga pruebas contundentes de lo contrario.
Se prioriza así la regularización voluntaria por sobre el castigo. La idea fuerza detrás de la norma es que al Estado le sirve mucho más cobrar los impuestos adeudados de manera civilizada que tener a un empresario procesado o fundido por un juicio eterno. Es una visión pragmática y moderna que busca recaudar sin asfixiar la iniciativa privada ni criminalizar el error contable.
Premios para los cumplidores: menos tiempo de riesgo
Otra gran noticia para la seguridad jurídica de los buenos contribuyentes es la reducción de los plazos de prescripción. Actualmente, el fisco tiene un «cheque en blanco» de 5 años para reclamar deudas, revisar declaraciones antiguas o aplicar multas. Ese lustro se convertía muchas veces en una eternidad de incertidumbre, obligando a guardar papeles y comprobantes por tiempo indefinido.
Con la nueva ley, ese plazo se reduce a 3 años para aquellos contribuyentes cumplidores. Se define como «cumplidor» a quien presenta sus declaraciones juradas en tiempo y forma. Es un incentivo directo a la prolijidad administrativa: si hacés las cosas bien y al día, el Estado tiene mucho menos tiempo para volver a revisarte el pasado.
Sin embargo, hay que estar muy atentos porque este beneficio no es universal. Los contribuyentes no inscriptos o aquellos que no presenten sus declaraciones seguirán sujetos a los plazos largos tradicionales. La norma funciona como un sistema de premios y castigos que busca incentivar la formalización y el cumplimiento estricto del calendario de vencimientos de ARCA.
Esta medida alinea a la Argentina con las tendencias internacionales más modernas, donde los plazos de revisión son cortos para obligar al organismo recaudador a ser eficiente. Si ARCA quiere cobrar o detectar una falla, deberá hacerlo rápido. Se termina la época de «sentarse» sobre los expedientes durante media década esperando el momento político oportuno para activar un reclamo.
La trampa: multas impagables por errores tontos
Pero no todo es color de rosas en este proyecto, y aquí es donde tenés que prestar máxima atención. Como contrapartida a la suba de los umbrales penales (la zanahoria), el Gobierno decidió aplicar un garrote: la actualización feroz de los valores de las multas administrativas previstas en la Ley de Procedimiento Tributario. Aquí es donde el bolsillo te puede doler de verdad si te descuidás.
Las multas por infracciones formales, esas que se aplican por no presentar una declaración informativa a tiempo o por errores simples en los deberes administrativos, sufren un aumento exponencial. Los valores estaban congelados hace años y eran irrisorios (200 pesos), a tal punto que a muchas empresas les convenía pagar la multa antes que gastar recursos en cumplir con el trámite burocrático.
El proyecto eleva estos montos hasta 300 veces. Por ejemplo, la multa mínima por infracciones formales pasa de 200 pesos a 220.000 pesos. La máxima salta a 440.000 pesos. Un simple olvido de tu contador o un retraso en la presentación de un formulario te puede costar ahora casi medio millón de pesos, un golpe durísimo para cualquier profesional independiente.
Más grave aún es el caso de la omisión de presentar declaraciones juradas informativas, una falta común en grandes empresas y regímenes complejos de información. Las sanciones para estos casos se ubicarán entre los 5 millones y los 10 millones de pesos. El mensaje del Gobierno es cristalino: no vas a ir preso por una deuda chica, pero si sos desprolijo con los papeles, lo vas a pagar carísimo.
Borrón y cuenta nueva para causas viejas
Una de las grandes incógnitas era qué pasaría con los procesos judiciales que ya están en marcha. Por el principio de la ley penal más benigna, que tiene efecto retroactivo, el proyecto incluye mecanismos específicos para «limpiar» el historial de quienes hoy están procesados por montos que, con la nueva ley de 100 millones, dejarían de ser considerados delito.
El texto permite la extinción de la acción penal de manera definitiva. Si todavía no hubo denuncia formal de ARCA, el contribuyente puede cancelar la deuda (capital más intereses) y el asunto muere ahí, sin llegar nunca a tribunales. Es una oportunidad de oro para solucionar contingencias antes de que la maquinaria judicial se active.
Si la causa penal ya se inició, también hay una salida, aunque es más costosa. Se podrá extinguir la acción penal pagando el total de la deuda, los intereses y un recargo adicional del 50% en concepto de multa. Es una opción onerosa, sí, pero evita el riesgo de una condena, el embargo de bienes y la mancha en el récord que podría arruinar la reputación comercial de una empresa.
Este beneficio de «pagar para cerrar la causa» es una bala de plata que podrá utilizarse una sola vez por contribuyente. Si volvés a evadir en el futuro y te inician otra causa, ya no podrás usar este comodín. El sistema busca regularizar el stock de juicios viejos acumulados por la inflación, pero no dar una patente de corso para evadir sistemáticamente una y otra vez.
Ajuste automático: el fin de la discrecionalidad política
Finalmente, el proyecto ataca uno de los problemas históricos de la legislación económica argentina: la inflación que licúa las leyes en cuestión de meses. Para evitar que dentro de dos años estos nuevos umbrales de 100 millones vuelvan a quedar desactualizados y ridículos, obligando a otra reforma, se introdujo una cláusula de ajuste automático inteligente.
A partir del 1° de enero de 2027, todos los montos fijos que establece la ley (tanto los pisos para ir preso como los valores de las multas y los topes del régimen simplificado) se actualizarán anualmente. La variable elegida no es el IPC ni el salario, sino la variación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA), que refleja de manera fiel la realidad monetaria.
Esto es clave para la seguridad jurídica a largo plazo de todos los actores económicos. Al atar los montos a la UVA, se garantiza que los parámetros se mantengan constantes en términos reales. Se le quita al poder político de turno la discrecionalidad de mantener los topes bajos para «apretar» a opositores o subirlos arbitrariamente como favor.
La actualización considerará la variación de la UVA entre enero y diciembre del año anterior. De esta manera, contadores, abogados y empresarios tendrán certeza absoluta sobre qué ley aplica cada año, sin depender de que el Congreso se digne a tratar una nueva reforma cada vez que el índice de precios se dispara, aportando una previsibilidad inédita al sistema tributario.
Banco Nación se prepara para canalizar los ahorros sin fricción ni sospecha fiscal
En paralelo a los cambios legales que introduce la Ley de Inocencia Fiscal, el Banco Nación confirmó que ya adecuó su operatoria para acompañar la nueva lógica del sistema. A través de sus más de 700 sucursales en todo el país y sus canales digitales, la entidad pública se declaró preparada para absorber un eventual aumento en la demanda de consultas, operaciones y servicios vinculados al uso de ahorros personales.
Desde la banca oficial remarcan que el nuevo marco normativo elimina uno de los principales frenos que tenían los ahorristas para interactuar con el sistema financiero: el temor a que cualquier movimiento activara alertas automáticas o derivara en investigaciones fiscales.
Con la imposibilidad de que ARCA investigue consumos por fuera de los nuevos umbrales, el uso de cuentas bancarias, transferencias y medios electrónicos deja de ser un factor de riesgo en sí mismo.
En ese contexto, el Banco Nación se posiciona como una puerta de entrada natural para quienes decidan reinsertar sus ahorros en el circuito formal, ya sea para consumo, inversión o simple resguardo. La entidad destaca que su red federal y su infraestructura digital permiten atender tanto a pequeños ahorristas como a pymes y profesionales que buscan regularizar su relación con el sistema sin sobresaltos administrativos.
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