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ECONOMIA

Vacaciones, indemnización y licencias por enfermedad: qué cambios prevé el proyecto oficial de reforma laboral

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El Gobierno tiene intenciones de enviar el proyecto de reforma laboral al Congreso a fin de año (Foto: Comunicación Senado)

El Gobierno y los representantes del sector empresario avanzan, aunque sin consenso del sector de los trabajadores, en la discusión de un borrador de reforma de la legislación laboral en el marco del Consejo de Mayo.

Tal como adelantó Infobae en la última semana, se trata de un texto todavía en debate interno, que la administración de Javier Milei busca consensuar para enviar al Congreso hacia fin de año como parte del paquete de reformas estructurales que impulsa. Aunque aún no está cerrado, el documento ya generó fuertes tensiones con la CGT, que rechaza de plano varios de sus ejes principales.

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Las negociaciones se desarrollan desde hace semanas y son varios los ejes trascendentes, entre ellos Infobae tuvo acceso a tres capítulos centrales para el interés de los trabajadores: los cambios en el esquema de vacaciones, las modificaciones en el régimen de indemnizaciones y un nuevo criterio para las licencias por enfermedad.

Según fuentes del sector empresario, la intención oficial es avanzar hacia un marco “más flexible y homogéneo” que, aseguran, incentive la creación de empleo formal, mientras que desde la CGT advierten que el borrador implica “un retroceso de derechos” y sostienen que no están dispuestos a acompañar el texto en su versión actual.

La intención oficial es avanzar hacia un marco “más flexible y homogéneo” que, aseguran, incentive la creación de empleo formal

El plan del Poder Ejecutivo es unificar el documento antes de fin de año, incorporarlo al temario de sesiones extraordinarias y enviarlo al Parlamento como uno de los pilares del capítulo laboral del Consejo de Mayo.

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A continuación, los detalles del proyecto de reforma en cada uno de esos puntos clave.

El borrador plantea una reescritura integral del artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo. El nuevo texto establece que el empleador deberá otorgar las vacaciones de cada año dentro del período comprendido entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, salvo que ambas partes acuerden un calendario distinto. Se trata de un marco temporal más preciso que busca ordenar la asignación del descanso anual y que, a la vez, permite excepciones individuales mediante acuerdo entre trabajador y empleador.

El documento define un nuevo esquema de comunicación: la fecha de inicio de las vacaciones deberá notificarse por escrito con una anticipación mínima de 45 días, aunque las convenciones colectivas podrán fijar sistemas diferentes según las particularidades de cada actividad.

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El nuevo texto establece que
El nuevo texto establece que el empleador deberá otorgar las vacaciones de cada año dentro del período comprendido entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente

El texto agrega que la autoridad de aplicación estará facultada para autorizar, mediante resolución fundada, períodos distintos cuando exista una justificación vinculada a las características especiales del sector.

Otro de los puntos destacados es la habilitación formal del fraccionamiento del descanso anual. El borrador permite que empleador y trabajador podrán dividir las vacaciones, siempre que cada tramo tenga una duración mínima de una semana.

Además, cuando las vacaciones no se otorguen de manera simultánea dentro de un mismo establecimiento o sector, la empresa deberá organizarlas para que cada trabajador pueda tomar al menos un período durante la temporada de verano, como mínimo una vez cada tres años.

La empresa deberá organizar las vacaciones para que cada trabajador pueda tomar al menos un período durante la temporada de verano, como mínimo una vez cada tres años

El artículo también contempla lo que ocurre cuando el período coincide con una licencia por enfermedad. Si las vacaciones resultan interrumpidas, el texto dispone que el trabajador deberá reincorporarse al puesto una vez finalizado el período originalmente previsto o, si continúa bajo licencia médica, al concluir esa última.

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Los días pendientes deberán reprogramarse conforme a los criterios generales ya establecidos.

El borrador modifica de manera integral el régimen de licencias por enfermedad o accidente no laboral mediante el Artículo 26, que reemplaza el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo.

El nuevo texto establece que, cuando un trabajador quede imposibilitado de prestar servicios por un accidente o una enfermedad inculpable, recibirá una prestación dineraria a cargo del empleador, de carácter no remunerativo y no contributivo a los sistemas de la Seguridad Social, con la única excepción de los aportes destinados al sistema de obra social.

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El período cubierto dependerá de la antigüedad. Si el trabajador tiene menos de cinco años de antigüedad, la prestación se extenderá por tres meses. Si supera los cinco años, el plazo ascenderá a seis meses.

El borrador incorpora un régimen específico para quienes tienen cargas de familia -cónyuge o hijos menores, o mayores con discapacidad a su cargo-: en esos casos, la cobertura será de seis meses para quienes tengan menos de cinco años de antigüedad, y de doce meses para quienes superen ese umbral.

Se propone que cuando un
Se propone que cuando un trabajador quede imposibilitado de prestar servicios por un accidente o una enfermedad inculpable, recibirá una prestación dineraria a cargo del empleador, de carácter no remunerativo y no contributivo a los sistemas de la Seguridad Social (Imagen Ilustrativa Infobae)

El texto también aclara que la recidiva de enfermedades crónicas no será considerada enfermedad, a menos que se manifieste nuevamente después de dos años desde la finalización de la licencia paga correspondiente a esa misma patología o accidente.

Sobre el monto, la prestación será equivalente al 80% de los haberes netos percibidos en el momento de la interrupción del servicio. Adicionalmente, el empleador deberá integrar una prestación extraordinaria destinada a la obra social o a la empresa de medicina prepaga equivalente al valor de los aportes y contribuciones correspondientes al momento de la interrupción.

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Para acceder al beneficio, el trabajador deberá presentar un certificado médico, y el borrador fija los requisitos formales que debe contener: diagnóstico, tratamiento, días de reposo y firma digital conforme a la ley 27.753. Además, los certificados podrán ser emitidos por profesionales habilitados en todo el país. La empresa conservará sus facultades de control establecidas en el artículo 210.

Una suspensión por causas económicas o disciplinarias dispuestas por el empleador no afectará el derecho del trabajador a cobrar la prestación

El artículo también precisa que una suspensión por causas económicas o disciplinarias dispuestas por el empleador no afectará el derecho del trabajador a cobrar la prestación, ya sea que la suspensión se hubiera dispuesto durante la enfermedad o accidente, o que estos hechos se produjeran con posterioridad a la medida disciplinaria o económica.

El borrador también introduce una nueva redacción del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo mediante el Artículo 32, que redefine la fórmula de cálculo de la indemnización por despido sin causa.

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El texto establece que, una vez superado el período de prueba, el empleador deberá abonar al trabajador una suma equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses.

La base de cálculo será la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año, o durante el tiempo trabajado si fuera menor. El artículo detalla que esa base no incluirá el Sueldo Anual Complementario, ni conceptos semestrales o anuales.

El texto establece que, una
El texto establece que, una vez superado el período de prueba, el empleador deberá abonar al trabajador una suma equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses (Imagen ilustrativa Infobae)

Para los trabajadores con remuneraciones variables o comisiones, el cálculo deberá realizarse sobre el promedio de los últimos seis meses, o del último año si resultara más favorable. Además, establece que la base salarial no podrá exceder el tope salarial del convenio colectivo aplicable, equivalente a tres veces el salario mensual promedio previsto para ese convenio. Dichos topes serán fijados por el Ministerio de Capital Humano.

En el caso de trabajadores fuera de todo convenio, el tope será el del convenio aplicable al establecimiento o, si hubiera más de uno, el más favorable. Al mismo tiempo, la norma fija un límite inferior: la aplicación del tope nunca podrá reducir la base por debajo del 67% de la remuneración calculada según los criterios generales del artículo. También establece que la indemnización no podrá ser inferior, en ningún caso, a un mes de sueldo.

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El articulado añade que la indemnización resarcirá la totalidad de los daños y perjuicios derivados de la extinción del contrato. Además, habilita a que mediante convenio colectivo las partes puedan sustituir este régimen por un fondo o sistema de cese laboral, cuyo costo estará siempre a cargo del empleador.

El nuevo Artículo 245 ter profundiza esa posibilidad y aclara que, si se implementa un fondo o sistema de seguro de cese laboral, este reemplazará por completo la indemnización por antigüedad.



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ECONOMIA

Aumento de sueldo para Visitadores Médicos: cuánto ganan en enero, con los bonos incluidos

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El gremio y las cámaras habían cerrado una suba para diciembre y enero, mes el que aumentaron todos los adicionales y la antigüedad.

02/01/2026 – 20:17hs

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En el marco de la paritaria 2025-2026, la Asociación Agentes de Propaganda Médica (AAPM) y la Federación Argentina de Agentes de Propaganda Médica (FAAProMe) informó que este mes se aplicará un nuevo aumento salarial tal lo acordaron con las cámaras de la actividad.

Las negociaciones se cerraron el mes pasado entre los dirigentes de ambas organizaciones gremiales y los representantes de la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), la Cámara Empresaria de Laboratorios Farmacéuticos (COOPERALA ) y la Cámara Argentina de Especialidades Medicinales (CAEME), beneficiando al personal bajo el convenio colectivo de trabajo 119/75.

Sueldo de Garantía Mínima: también subió el pago por «Antigüedad»

Desde los gremios señalaron que «con esta mejora logramos sostener el poder adquisitivo de los ingresos, aunque estamos sufriendo una inflación que impacta sobremanera en alimentos y transporte». Se estima que en las próximas semanas comenzarán los sondeos para establecer una actualización salarial.

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En la última suba, el básico de convenio quedó en enero en $1.577.333,93, a lo que se debe sumar los adicionales específicos de la actividad, como la Tenencia de Muestras, en $308.968,73 y la Comercialización, también en $308.968,73.  

De esta forma, el piso salarial de las trabajadoras y trabajadores conocidos como «visitadores médicos» tiene, para enero, una Garantía Mínima de $2.195.271,39. En cuanto al ítem «Antigüedad«, con un tope de 15 años, por año de servicio se pagan $18.297,94.  

Rechazo a la reforma laboral y defensa de la sindicalización

El secretario Adjunto del gremio de Propaganda Médica, Ricardo Peidro, destacó el acuerdo con los empresarios, aunque expresó su preocupación «por la situación económica que atraviesa el país, con cierre de empresas, despidos y suspensiones».

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En esta línea, sostuvo que «al ajuste y motosierra constante que propone el presidente Javier Milei hay que sumarle que viene con una reforma laboral que será el paso previo de una reforma previsional con intenciones de retomar los negociados de las AFJP» y señaló que «será el fin de los derechos laborales».

Peidro, quien también es el secretario Adjunto de la CTA Autónoma, afirmó que «la movilización que llevamos a cabo en diciembre, junto con la CTA de los Trabajadores, la Confederación General del Trabajo (CGT) y organizaciones sociales y políticas, fue importante para que el Ejecutivo postergue el tratamiento de la reforma laboral» y remarcó que «apenas ganamos una batalla y esta guerra recién empieza».

Apuntó que «muchos hablan de la situación que atraviesan miles de trabajadores y trabajadoras que hoy no tienen derecho y, por diferentes motivos, rechazan la sindicalización; entonces hay que explicar que no se ganan más derechos quitándoselo a otros, sino incorporando a aquellos que están fuera del sistema y entenderán que, a través de las organizaciones gremiales tendrán obra social, contención legal, turismo, vacaciones pagas y aguinaldo, entre otros beneficios».

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“La Escalerita”: cómo era el rulo con el dólar durante el Gobierno de Alberto Fernández que hoy investiga la Justicia

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El circuito conocido como “la escalerita” permitió que grandes sumas de dólares circularan sin control entre bancos y casas de cambio

Fuentes al tanto de las investigaciones describen en detalle la maniobra conocida como “La Escalerita”, que explotó durante 2022 y 2023, en la última etapa del gobierno de Alberto Fernández. Este circuito se consolidó como un esquema de fondeo y venta de dólares entre bancos y casas de cambio, donde los fondos circularon por diversas entidades antes de perder cualquier trazabilidad dentro del sistema formal.

El circuito comenzó típicamente con un fondeo en un banco comercial, el cual derivó fondos a una casa de cambio principal, como Megalatina y Gallo, entre otras. Estas casas de cambio principales distribuyeron después los dólares a otras casas de cambio, eslabonando la operación y dificultando el rastreo del dinero. Según fuentes al tanto de las investigaciones, la operatoria alcanzó hasta cinco eslabones, donde la última casa de cambio de la cadena dejó de informar el destino final de los fondos, adulteró registros o directamente omitió reportar operaciones.

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La operatoria aprovechó la falta de controles y una normativa que, aun bajo cepo cambiario, permitió a las casas de cambio comprar dólares a bancos sin límite alguno, bajo el supuesto de abastecer ventas minoristas. En ese momento, el tope para ventas minoristas era de USD 100 en efectivo y USD 200 con dinero bancarizado por persona al mes. Sin embargo, no existía una restricción para el volumen de dólares que una casa de cambio podía adquirir para cumplir con esa función.

El 30 de noviembre de 2023, el Banco Central dictó una resolución que puso límite a la compra de dólares por parte de casas de cambio, igualando el máximo mensual al volumen vendido el mes previo al público minorista. Esta medida cortó el circuito, pero para entonces el grueso de los movimientos ya se había realizado. Las fuentes estiman que el 84% de los fondos involucrados, entre USD 1.400 y 1.500 millones, perdió trazabilidad y quedó fuera del radar del sistema formal. El resto de las operaciones correspondería a movimientos genuinos, como compras para importaciones, aunque no se puede determinar con precisión su proporción.

Entre 2021 y 2023, el Banco Central cerró aproximadamente 60 casas de cambio por incumplimientos regulatorios, en su mayoría por no presentar información sobre el destino de los fondos. La maniobra se facilitó por la existencia de más de 250 casas de cambio habilitadas, muchas de ellas sin requisitos estrictos de capital ni obligaciones de reporte sobre sus directores. Esta desregulación y falta de controles internos permitió que el circuito alcanzara una escala inédita, en un contexto de connivencia o desinterés de autoridades políticas y regulatorias.

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Las investigaciones señalan que el
Las investigaciones señalan que el 84% de los fondos involucrados perdió trazabilidad en el sistema financiero (Bloomberg)

Desde mediados de 2022, áreas internas del Banco Central elaboraron advertencias, sumarios y memos señalando irregularidades en el circuito. Sin embargo, la decisión política para cortar la operatoria recién se tomó en noviembre de 2023, después de las elecciones presidenciales y en vísperas del cambio de Gobierno. El mecanismo permitió que bancos comerciales con escasa actividad abrieran decenas de cuentas de casas de cambio en un corto período, multiplicando su volumen de operaciones a niveles que ahora atraen la atención de los investigadores.

En efecto, el titular de la autoridad monetaria por aquel entonces, Miguel Ángel Pesce, aseguró en los últimos días que durante su gestión hubo “incontables sumarios” por violación a la normativa cambiaria. A la vez, aclaró que el Ministerio de Economía no participó de estas investigaciones.

“En nuestra gestión se cerraron 136 operadores de cambio, obviamente siguiendo las reglas que corresponden. Primero se intima a la institución para que explique las operaciones que está haciendo, si no lo hace se le inicia un sumario y se la suspende. Durante ese sumario se le da derecho a la defensa y luego se hacen los sumarios. Si hay alguna actividad irregular, se castiga con multas y con inhibiciones para operar en el mercado de cambios”, aseveró Pesce en declaraciones radiales.

“La escalerita” era conocida en el mercado financiero y algunos bancos decidieron no participar debido al riesgo reputacional o a las advertencias que transmitieron funcionarios del Banco Central. Los sumarios abiertos por la autoridad monetaria involucran tanto a casas de cambio como a bancos, señalando la falta de controles y la magnitud de las operaciones.

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Fuentes al tanto de las investigaciones sostienen que la ganancia de este circuito surgió de la brecha entre el dólar oficial y el dólar blue. Tanto casas de cambio como dueños de bancos se habrían repartido esa diferencia, logrando utilidades significativas en un contexto de alta volatilidad y restricciones. El circuito recibió el nombre de “la escalerita” porque el fondeo escalaba entre distintas casas de cambio hasta que el dinero perdía todo rastro.

La operatoria no estaba expresamente prohibida hasta el 30 de noviembre de 2023, lo que constituye el principal argumento de defensa de las casas de cambio y bancos sumariados. Las sanciones por infracciones cambiarias pueden alcanzar hasta diez veces el monto involucrado, aunque la aplicación real de estas multas depende de la interpretación de la justicia. Otras sanciones, relacionadas con déficits de control interno o conducta financiera, tienen menor cuantía y alcance.

La falta de un registro centralizado de accionistas y el reemplazo sencillo de sociedades permitieron que el circuito subsistiera, incluso tras el cierre de casas de cambio. Fuentes consultadas indican que el fenómeno generó un mercado secundario de venta de licencias y habilitaciones, lo que complicó aún más la tarea de fiscalización.

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En base a los sumarios y resoluciones emitidas, el circuito de “la escalerita” representa uno de los mayores desafíos recientes en materia de control cambiario y financiero. Las investigaciones en curso analizan la responsabilidad de cada actor y el impacto de estas maniobras en la disponibilidad de divisas.

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ECONOMIA

Los 10 CEDEAR que recomienda una reconocida sociedad de bolsa para invertir en el arranque del 2026

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Con el calendario «en cero» y mercados atravesando una nueva etapa de definiciones, una de las principales discusiones entre inversores locales vuelve a girar en torno a cómo arrancar el 2026 posicionados en activos en dólares, sin resignar liquidez ni asumir riesgos de más.

En ese contexto, el último informe de Allaria puso el foco en una selección puntual de CEDEARs que, según su equipo de Research, combinan solidez estructural, diversificación entre sectores y señales técnicas favorables para el inicio de 2026.

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El informe de la sociedad de bolsa no solo enumera los papeles sugeridos, sino que también deja entrever la lógica detrás del armado de cartera. Tras un año atravesado por cambios en la política monetaria y expectativas cruzadas sobre tasas de interés de la Fed, la estrategia para 2026 apunta a equilibrar crecimiento y defensa, con empresas líderes a nivel mundial y presencia en sectores clave de la economía internacional.

La recomendación de Allaria parte de un escenario donde la volatilidad se mantiene elevada y el ciclo económico internacional aún no termina de definirse, la calidad de los activos pasa a ser central. Por eso, la selección de CEDEAR prioriza compañías con modelos de negocio probados, balances robustos y capacidad para sostener márgenes aún en contextos menos favorables.

La cartera sugerida distribuye exposición entre consumo discrecional, tecnología, energía, salud, materiales y consumo básico, reflejando una visión pragmática sobre el comportamiento esperado de los distintos segmentos en los próximos meses.

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El Top 10 de CEDEAR recomendados

Dentro de ese marco, Allaria definió un Top 10 de CEDEAR que considera atractivos para arrancar el 2026. La lista incluye los siguientes nombres:

Medtronic (MDT) – Salud

El gigante de dispositivos médicos aparece como una de las apuestas más conservadoras de la cartera. En un contexto de desaceleración económica, el sector health care suele funcionar como refugio relativo, y Medtronic destaca por su escala, diversificación geográfica y fuerte inversión en innovación médica.

Globant (GLOB) – Tecnología de alto riesgo

La empresa nacida en Argentina mantiene un lugar destacado dentro del segmento tecnológico. Allaria valora su exposición a servicios de alto valor agregado, vinculados a transformación digital, software e inteligencia artificial.

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Aun con la volatilidad propia del sector, Globant conserva atractivo por su posicionamiento estructural.

Adobe (ADBE) – Liderazgo en software

Adobe representa una apuesta a tecnología madura y dominante. Su ecosistema de soluciones creativas y digitales le permite sostener ingresos recurrentes y márgenes elevados, incluso en ciclos económicos más exigentes.

En la cartera, cumple el rol de estabilizar la pata tecnológica.

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Vale (VALE) – Materiales y commodities

La minera brasileña suma exposición a commodities industriales, un segmento que suele beneficiarse en escenarios de recuperación internacional.

Allaria destaca que, tras las correcciones recientes, las valuaciones siguen siendo competitivas, especialmente para inversores con horizonte de mediano plazo.

Tesla (TSLA) – Innovación

Tesla continúa siendo una de las acciones más seguidas del mercado.

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Si bien su cotización muestra gran volatilidad, el informe resalta que sigue siendo una apuesta estratégica a largo plazo, vinculada a movilidad eléctrica, tecnología y transición energética.

MercadoLibre (MELI) – El favorito del mercado local

MercadoLibre es uno de los CEDEARs más operados en BYMA y una presencia casi obligada en carteras dolarizadas. Su liderazgo en e-commerce y fintech en América Latina, junto con su capacidad de crecimiento, la consolidan como pieza central dentro del consumo discrecional.

Trip.com (TCOM) – Turismo en recuperación

La compañía asiática aporta exposición directa al sector turismo, que continúa normalizándose tras la pandemia.

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El informe subraya que el repunte del tráfico aéreo y la mayor movilidad internacional sostienen un escenario favorable para plataformas de viajes online.

Petrobras (PBR) – Energía y dividendos

Dentro del segmento energético, Petrobras se destaca por su capacidad de generación de caja y su política de dividendos. En un portafolio, aporta flujo en dólares y exposición a energía tradicional.

Chevron (CVX) – Energía con perfil defensivo

Chevron complementa la apuesta energética con un perfil más conservador. Su escala global, diversificación de operaciones y fortaleza financiera la convierten en un nombre defensivo dentro del sector oil & gas.

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Target (TGT) – Consumo básico para equilibrar

El retailer estadounidense completa el Top 10 aportando consumo básico. En momentos de mayor incertidumbre, este tipo de compañías suele mostrar menor volatilidad relativa, funcionando como contrapeso dentro de la cartera.

Cómo se distribuye la cartera por sectores

Uno de los puntos centrales del informe es la segmentación sectorial. Según el relevamiento de Allaria, la mayor ponderación se concentra en consumo discrecional, que explica cerca del 30% de las recomendaciones. Le siguen tecnología y energía, con participaciones en torno al 20% cada una. Salud, materiales y consumo básico completan el esquema, cada uno con un peso más acotado pero estratégico.

Esta distribución busca capturar crecimiento en sectores dinámicos, sin resignar cobertura frente a eventuales shocks macroeconómicos.

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Más allá del análisis fundamental, el informe incorpora referencias técnicas, como la relación entre precios actuales y medias móviles de 50 y 200 ruedas. En varios de los papeles seleccionados, los precios se mantienen por encima de estos promedios, una señal que el mercado suele interpretar como tendencia favorable.

Este enfoque refuerza la idea de que la recomendación no es meramente conceptual, sino que también responde a momentos de mercado concretos, pensados para el corto y mediano plazo.

CEDEAR como vehículo de dolarización

Para el inversor argentino, los CEDEAR siguen siendo una de las principales vías de dolarización dentro del mercado local. Permiten acceder a acciones internacionales, cubrirse frente al riesgo cambiario y diversificar sin necesidad de operar en el exterior.

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En ese sentido, la selección presentada por Allaria funciona como una hoja de ruta para quienes buscan mayor exposición internacional, apostando a empresas líderes y sectores con perspectivas sólidas.

Más allá de esto, tal como aclara el propio informe, estas recomendaciones tienen carácter informativo y no constituyen una invitación directa a comprar o vender activos. Los rendimientos pasados no garantizan resultados futuros, y cada decisión debe evaluarse según el perfil de riesgo de cada inversor.

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