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ECONOMIA

Vacaciones, indemnización y licencias por enfermedad: qué cambios prevé el proyecto oficial de reforma laboral

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El Gobierno tiene intenciones de enviar el proyecto de reforma laboral al Congreso a fin de año (Foto: Comunicación Senado)

El Gobierno y los representantes del sector empresario avanzan, aunque sin consenso del sector de los trabajadores, en la discusión de un borrador de reforma de la legislación laboral en el marco del Consejo de Mayo.

Tal como adelantó Infobae en la última semana, se trata de un texto todavía en debate interno, que la administración de Javier Milei busca consensuar para enviar al Congreso hacia fin de año como parte del paquete de reformas estructurales que impulsa. Aunque aún no está cerrado, el documento ya generó fuertes tensiones con la CGT, que rechaza de plano varios de sus ejes principales.

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Las negociaciones se desarrollan desde hace semanas y son varios los ejes trascendentes, entre ellos Infobae tuvo acceso a tres capítulos centrales para el interés de los trabajadores: los cambios en el esquema de vacaciones, las modificaciones en el régimen de indemnizaciones y un nuevo criterio para las licencias por enfermedad.

Según fuentes del sector empresario, la intención oficial es avanzar hacia un marco “más flexible y homogéneo” que, aseguran, incentive la creación de empleo formal, mientras que desde la CGT advierten que el borrador implica “un retroceso de derechos” y sostienen que no están dispuestos a acompañar el texto en su versión actual.

La intención oficial es avanzar hacia un marco “más flexible y homogéneo” que, aseguran, incentive la creación de empleo formal

El plan del Poder Ejecutivo es unificar el documento antes de fin de año, incorporarlo al temario de sesiones extraordinarias y enviarlo al Parlamento como uno de los pilares del capítulo laboral del Consejo de Mayo.

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A continuación, los detalles del proyecto de reforma en cada uno de esos puntos clave.

El borrador plantea una reescritura integral del artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo. El nuevo texto establece que el empleador deberá otorgar las vacaciones de cada año dentro del período comprendido entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, salvo que ambas partes acuerden un calendario distinto. Se trata de un marco temporal más preciso que busca ordenar la asignación del descanso anual y que, a la vez, permite excepciones individuales mediante acuerdo entre trabajador y empleador.

El documento define un nuevo esquema de comunicación: la fecha de inicio de las vacaciones deberá notificarse por escrito con una anticipación mínima de 45 días, aunque las convenciones colectivas podrán fijar sistemas diferentes según las particularidades de cada actividad.

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El nuevo texto establece que
El nuevo texto establece que el empleador deberá otorgar las vacaciones de cada año dentro del período comprendido entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente

El texto agrega que la autoridad de aplicación estará facultada para autorizar, mediante resolución fundada, períodos distintos cuando exista una justificación vinculada a las características especiales del sector.

Otro de los puntos destacados es la habilitación formal del fraccionamiento del descanso anual. El borrador permite que empleador y trabajador podrán dividir las vacaciones, siempre que cada tramo tenga una duración mínima de una semana.

Además, cuando las vacaciones no se otorguen de manera simultánea dentro de un mismo establecimiento o sector, la empresa deberá organizarlas para que cada trabajador pueda tomar al menos un período durante la temporada de verano, como mínimo una vez cada tres años.

La empresa deberá organizar las vacaciones para que cada trabajador pueda tomar al menos un período durante la temporada de verano, como mínimo una vez cada tres años

El artículo también contempla lo que ocurre cuando el período coincide con una licencia por enfermedad. Si las vacaciones resultan interrumpidas, el texto dispone que el trabajador deberá reincorporarse al puesto una vez finalizado el período originalmente previsto o, si continúa bajo licencia médica, al concluir esa última.

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Los días pendientes deberán reprogramarse conforme a los criterios generales ya establecidos.

El borrador modifica de manera integral el régimen de licencias por enfermedad o accidente no laboral mediante el Artículo 26, que reemplaza el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo.

El nuevo texto establece que, cuando un trabajador quede imposibilitado de prestar servicios por un accidente o una enfermedad inculpable, recibirá una prestación dineraria a cargo del empleador, de carácter no remunerativo y no contributivo a los sistemas de la Seguridad Social, con la única excepción de los aportes destinados al sistema de obra social.

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El período cubierto dependerá de la antigüedad. Si el trabajador tiene menos de cinco años de antigüedad, la prestación se extenderá por tres meses. Si supera los cinco años, el plazo ascenderá a seis meses.

El borrador incorpora un régimen específico para quienes tienen cargas de familia -cónyuge o hijos menores, o mayores con discapacidad a su cargo-: en esos casos, la cobertura será de seis meses para quienes tengan menos de cinco años de antigüedad, y de doce meses para quienes superen ese umbral.

Se propone que cuando un
Se propone que cuando un trabajador quede imposibilitado de prestar servicios por un accidente o una enfermedad inculpable, recibirá una prestación dineraria a cargo del empleador, de carácter no remunerativo y no contributivo a los sistemas de la Seguridad Social (Imagen Ilustrativa Infobae)

El texto también aclara que la recidiva de enfermedades crónicas no será considerada enfermedad, a menos que se manifieste nuevamente después de dos años desde la finalización de la licencia paga correspondiente a esa misma patología o accidente.

Sobre el monto, la prestación será equivalente al 80% de los haberes netos percibidos en el momento de la interrupción del servicio. Adicionalmente, el empleador deberá integrar una prestación extraordinaria destinada a la obra social o a la empresa de medicina prepaga equivalente al valor de los aportes y contribuciones correspondientes al momento de la interrupción.

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Para acceder al beneficio, el trabajador deberá presentar un certificado médico, y el borrador fija los requisitos formales que debe contener: diagnóstico, tratamiento, días de reposo y firma digital conforme a la ley 27.753. Además, los certificados podrán ser emitidos por profesionales habilitados en todo el país. La empresa conservará sus facultades de control establecidas en el artículo 210.

Una suspensión por causas económicas o disciplinarias dispuestas por el empleador no afectará el derecho del trabajador a cobrar la prestación

El artículo también precisa que una suspensión por causas económicas o disciplinarias dispuestas por el empleador no afectará el derecho del trabajador a cobrar la prestación, ya sea que la suspensión se hubiera dispuesto durante la enfermedad o accidente, o que estos hechos se produjeran con posterioridad a la medida disciplinaria o económica.

El borrador también introduce una nueva redacción del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo mediante el Artículo 32, que redefine la fórmula de cálculo de la indemnización por despido sin causa.

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El texto establece que, una vez superado el período de prueba, el empleador deberá abonar al trabajador una suma equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses.

La base de cálculo será la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año, o durante el tiempo trabajado si fuera menor. El artículo detalla que esa base no incluirá el Sueldo Anual Complementario, ni conceptos semestrales o anuales.

El texto establece que, una
El texto establece que, una vez superado el período de prueba, el empleador deberá abonar al trabajador una suma equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses (Imagen ilustrativa Infobae)

Para los trabajadores con remuneraciones variables o comisiones, el cálculo deberá realizarse sobre el promedio de los últimos seis meses, o del último año si resultara más favorable. Además, establece que la base salarial no podrá exceder el tope salarial del convenio colectivo aplicable, equivalente a tres veces el salario mensual promedio previsto para ese convenio. Dichos topes serán fijados por el Ministerio de Capital Humano.

En el caso de trabajadores fuera de todo convenio, el tope será el del convenio aplicable al establecimiento o, si hubiera más de uno, el más favorable. Al mismo tiempo, la norma fija un límite inferior: la aplicación del tope nunca podrá reducir la base por debajo del 67% de la remuneración calculada según los criterios generales del artículo. También establece que la indemnización no podrá ser inferior, en ningún caso, a un mes de sueldo.

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El articulado añade que la indemnización resarcirá la totalidad de los daños y perjuicios derivados de la extinción del contrato. Además, habilita a que mediante convenio colectivo las partes puedan sustituir este régimen por un fondo o sistema de cese laboral, cuyo costo estará siempre a cargo del empleador.

El nuevo Artículo 245 ter profundiza esa posibilidad y aclara que, si se implementa un fondo o sistema de seguro de cese laboral, este reemplazará por completo la indemnización por antigüedad.



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ECONOMIA

Cuánto se ahorraron quienes esperaron que vuelva a subir el dólar para comprar un auto 0 km

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Los autos 0km bajaron entre USD 800 y 1.400 de comienzos de noviembre a la fecha

El mercado automotor argentino de noviembre tiene más preguntas que respuestas. Al comienzo de la semana, con un primer balance de mitad de mes, las ventas de autos 0 km estaban más bajas de lo esperado –un 20% por debajo de octubre-, lo que encendió las alarmas en las fábricas, que llegaron a reprogramar objetivos de ventas ante una proyección prevista para este mes de poco más de 38.000 unidades en total. Ello habría significado un retroceso que va más allá de la estacionalidad, cercano al 25%.

Entre las razones de este inesperado comportamiento de los compradores, se trazaron varias hipótesis, aunque la mayoría de los operadores coincidió en señalar que los fabricantes aumentaron los autos en noviembre en un promedio del 3,5% justo cuando el dólar bajó más de lo imaginado. Esto generó una distorsión que dejó los autos nacionales o importados de Brasil en precios muy altos en dólares, desfasados de la realidad de los usuarios.

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“Es posible que muchas personas hayan comprado dólares a $1.500 imaginando que podía seguir subiendo, e hicieron un pésimo negocio. Hay que entender que la mayoría de los compradores de autos 0 km son ciudadanos que se refugian tradicionalmente en el dólar, y más aun si tienen en vistas comprar un auto nuevo”, dijo el director de ventas de una terminal a Infobae.

Las concesionarias empezaron el mes
Las concesionarias empezaron el mes con bajas ventas. La mayoría lo adjudica a la baja del dólar y la suba de precios – (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las marcas volvieron a apostar por la financiación a tasas subsidiadas en noviembre, pero la baja de las tasas que impulsó el Gobierno todavía no impactó en las dos semanas de principios de mes. Pero más allá de ese tecnicismo, quien compra un auto con tasa 0% está financiando el 50% del auto en dos años, pero tiene que pagar el otro 50% del capital en efectivo. Ese es el ahorrista que tiene dólares y que, antes de cerra la operación, mira la cotización del dólar para saber si es buen momento o si conviene esperar.

Entre miércoles y jueves, con el dólar nuevamente en alza, se reactivaron muchas ventas y el corte de este jueves muestra una recuperación con ventas ahora un 13% por debajo de octubre.

“Los que esperaron tuvieron razón en los últimos dos días hábiles de la semana, porque el dólar volvió a subir cerca de los $1.450. Entonces sí tuvo un poco más de sentido. Uno piensa que son $35 por dólar, pero en la suma, dependiendo el segmento de auto, se pueden ahorrar entre USD 900 y USD 1.500, si venden a $1.415 o a $1.450”, dijo el mismo ejecutivo.

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El Toyota Yaris, el auto
El Toyota Yaris, el auto compacto de mayor venta bajó en 15 días USD 592

Tomando la referencia de los autos más vendidos en lo que va del mes en todas las categorías, los números explican más claramente la diferencia entre uno y otro negocio.

El Toyota Yaris tiene un precio intermedio entre sus tres versiones de $34.686.000. Si se compraba con un dólar de $1.415 representaba USD 24.513, pero si se compra con una cotización oficial de $1.450, requiere utilizar USD 23.921. El ahorro para el comprador por esperar dos semanas fue de USD 592.

Siempre tomando el precio de la versión intermedia de cada modelo, si esa misma cuenta se hace con un Peugeot 208, el ahorro habría sido de USD 637, con un Fiat Cronos, USD 611, con un Chevrolet Onix, USD 572, y con Volkswagen Polo, de USD 675. En contrapartida, el Renault Kwid, el auto más barato del mercado que se vende en $25.616.000 habría permitido un ahorro de USD 437.

Los SUV tienen precio más
Los SUV tienen precio más alto y por lo tanto sintieron mayor diferencia de un dólar bajo a uno alto

En la categoría de los SUV, que tienen precios más elevados y, por lo tanto, marcan más diferencia según la cotización, los modelos de referencia son el Volkswagen Tera, que lidera el segmento luego de dos semanas. Si bien este auto es el más accesible de Volkswagen, más barato que el Polo, es el SUV en el que menos diferencia se puede apreciar con ambas cotizaciones. Tomando un precio promedio de $38.422.000, el ahorro habría sido de USD 655.

En esta misma categoría de autos, el Chevrolet Tracker tiene una diferencia a favor del dólar alto de USD 737, el Ford Territory, USD 876, el Peugeot 2008, USD 811, el Toyota Corolla Cross, USD 913, el Renault Kardian, USD 690 y el Volkswagen Taos, USD 1.080. En un extremo de los SUV, un Toyota SW4 marcaba más diferencia, USD 1.478.

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Para comprar una pick-up mediana,
Para comprar una pick-up mediana, los ahorristas se ahorraron entre USD 900 y USD 1.100

Por último, en los utilitarios, si se compraba una Toyota Hilux con dólar bajo se habrían necesitado USD 38.989 y con un dólar alto USD 38.048, un ahorro de USD 941. Si la operación era con una Ford Ranger, el ahorro habría sido de USD 939, y con una Volkswagen Amarok, USD 1.054. Entre las pick-up compactas, una Fiat Toro ahorraba USD 947 y una Ford Maverick USD 1.083.

Otros utilitarios de referencia son un furgón Mercedes-Benz Sprinter con un precio promedio de $65.000.000 habría generado un ahorro de USD 1.110, o un Renault Kangoo USD 733.

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ECONOMIA

Empleada doméstica: cuánto cobra en diciembre 2025, con el último aumento del año confirmado

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En el mes de diciembre, las empleadas domésticas cobrarán el último aumento de sueldo del año: se trata de un incremento del sueldo del 1,3%, que completa el ajuste bimestral del 2,7%.

Además, hay que tener en cuenta que este mes estará el pago del medio aguinaldo (SAC) y el bono de fin de año de $14.000. Si bien el bono mantiene su carácter no remunerativo, funciona como un refuerzo directo para el ingreso mensual.

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En total, estos aumentos alcanzan a más de 1,3 millones de trabajadoras del régimen de casas particulares, un sector que viene reclamando actualizaciones acordes a la inflación. 

Empleada doméstica: cuál es el aumento de sueldo y el bono que recibe en diciembre 2025

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) fijó para el último bimestre del año los siguientes aumentos:

  • 1,4% de incremento en noviembre
  • 1,3% de incremento en diciembre

Bono no remunerativo de $14.000 en noviembre, diciembre y enero, tanto para personal con retiro como sin retiro que trabajen más de 16 horas semanales

A diferencia de otras paritarias, las subas no se calculan sobre los valores de octubre, sino sobre el salario actualizado del mes anterior. Por su condición no remunerativa, el bono no impacta en el básico ni en adicionales como antigüedad o presentismo, pero sí se suma de manera directa al sueldo en mano de cada trabajadora.

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  • 0 a 12 horas semanales: $6.000
  • 12 a 16 horas semanales: $9.000
  • más de 16 horas semanales: $14.000
  • personal sin retiro: $14.000

Empleadas domésticas: cuánto cobra por hora y mes en diciembre 2025

A continuación, te contamos cuándo cobrará por hora y por mes en diciembre una empleada doméstica y cada una de las categorías para que se pueda ver bien de cuánto será el aguinaldo:

Supervisor/a

  • Con retiro: $471.956,01 mensuales y $3.783,33 por hora
  • Sin retiro: $525.712,99 mensuales y $4.143,70 por hora

Personal para tareas específicas

  • Con retiro: $438.475,56 mensuales y $3.582,79 por hora
  • Sin retiro: $488.091,78 mensuales y $3.926,84 por hora

Caseros

  • Sin retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora

Asistencia y cuidado de personas

  • Con retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora
  • Sin retiro: $476.755,68 mensuales y $3.784,32 por hora

Personal para tareas generales

  • Con retiro: $384.713,01 mensuales y $3.135,99 por hora
  • Sin retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora

A los básicos del convenio hay que sumar el adicional por antigüedad, equivalente a un 1 por ciento por cada año trabajado de la empleada doméstica en su relación laboral, sobre los salarios mensuales. También hay un extra del 30 por ciento calculado sobre los salarios mínimos de cada categoría, para empleadas del sector que trabajan en zonas desfavorables como La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de Carmen de Patagones.

A la empleada doméstica le corresponde percibir el salario mínimo de la categoría para la cual fue c

Empleada doméstica: cuánto cobra de aguinaldo y en qué fecha

El aguinaldo de diciembre 2025 será una fecha clave para millones de trabajadoras en Argentina, entre ellas las empleadas domésticas. Además, el mes cobrará un aumento correspondiente a esta última paritaria, lo que permite proyectar cuánto cobrarán a fin de año. La normativa vigente establece que las trabajadoras de casas particulares tienen garantizado este beneficio.

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El Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido como aguinaldo, se paga en dos cuotas: una en junio y otra en diciembre. Para el personal doméstico, su liquidación está regulada por la Ley 26.844, que equipara sus derechos con los del resto de los trabajadores registrados. El monto se determina tomando el 50% del salario mensual más alto percibido en el segundo semestre, es decir, entre julio y diciembre de 2025.

Un caso práctico ayuda a entender el cálculo: si el sueldo más alto del semestre es el de diciembre, que para personal de tareas específicas será de $438.475,56 por mes y con retiro, entonces el aguinaldo bruto será de $219.238,78.

Cuando la trabajadora no completó los seis meses de servicio, el pago se calcula de manera proporcional al tiempo trabajado. Además, se deben sumar todos los adicionales remunerativos, como antigüedad, zona desfavorable o tareas específicas, dado que integran la base para calcular el SAC.

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El plazo máximo para que los empleadores abonen la segunda cuota del aguinaldo vence el 18 de diciembre de 2025

ontratada y registrada o uno superior. En caso de prestar tareas en más de una categoría, le corresponde percibir la remuneración de la categoría mejor remunerada. 

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Empleadas domésticas: con aumento confirmado, cuánto cobrarán en diciembre

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Los salarios del personal doméstico se incrementará 1,3% en diciembre. (Imagen Ilustrativa Infobae)

A comienzos de noviembre, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) confirmó un aumento salarial para las empleadas domésticas de 2,7% distribuido en dos tramos: 1,4% este mes y 1,3% en diciembre. A eso se sumó un pago adicional no remunerativo.

La CNTCP, integrada por representantes sindicales, empleadores y autoridades del Ministerio de Economía y la Secretaría de Trabajo, dispuso el incremento escalonado y un bono no remunerativo de $14.000 mensuales, que se pagará durante tres meses, hasta enero, para quienes superen las 16 horas de trabajo por semana.

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Esta actualización impacta sobre más de 1,3 millones de empleadas domésticas en todo el país. Los salarios del sector no registraban modificaciones desde septiembre, mes que marcó el cierre del ciclo anterior de aumentos pactados. En ese período, la suba total había sido del 6,5%, distribuida entre julio, agosto y septiembre. Los datos relevados indican que los valores percibidos en la práctica exceden en al menos $2.000 por hora los montos oficiales.

Luego de haber aplicado el 1,4% sobre los sueldos mínimos de noviembre, en base a las escalas de la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) del mes corriente puede calcularse cómo quedarán las remuneraciones de las empleadas domésticas y el resto del personal del sector con la suba de 1,3% en diciembre.

Se fijó el pago de
Se fijó el pago de un bono no remunerativo por $14.000 para quienes superen las 16 horas semanales.

Supervisor/a

  • Con retiro: $3.783,32 por hora / $471.961,06 mensual
  • Sin retiro: $4.143,71 por hora / $525.691,97 mensual

Personal para tareas específicas (cocina, tareas especializadas)

  • Con retiro: $3.582,80 por hora / $438.483,53 mensual
  • Sin retiro: $3.926,79 por hora / $487.121,05 mensual

Caseros

  • $3.383,53 por hora / $427.807,54 mensual

Asistencia y cuidado de personas (adultos mayores, niños, personas con discapacidad o enfermas)

  • Con retiro: $3.383,53 por hora / $427.807,54 mensual
  • Sin retiro: $3.783,32 por hora / $476.759,57 mensual

Personal para tareas generales (limpieza, cocina, tareas del hogar y mantenimiento)

  • Con retiro: $3.135,96 por hora / $384.722,14 mensual
  • Sin retiro: $3.383,53 por hora / $427.807,54 mensual

Supervisor/a

  • Con retiro: $3.734,78 por hora / $465.904,33 mensual
  • Sin retiro: $4.090,52 por hora / $518.965,42 mensual

Personal para tareas específicas (cocina, tareas especializadas)

  • Con retiro: $3.535,82 por hora / $432.851,44 mensual
  • Sin retiro: $3.876,43 por hora / $481.837,15 mensual

Caseros

  • $3.340,11 por hora / $422.316,42 mensual

Asistencia y cuidado de personas (adultos mayores, niños, personas con discapacidad o enfermas)

  • Con retiro: $3.340,11 por hora / $422.316,42 mensual
  • Sin retiro: $3.734,78 por hora / $470.627,41 mensual

Personal para tareas generales (limpieza, cocina, tareas del hogar y mantenimiento)

  • Con retiro: $3.095,73 por hora / $379.784,94 mensual
  • Sin retiro: $3.340,11 por hora / $422.316,42 mensual
En noviembre, los salarios del
En noviembre, los salarios del sector subieron 1,4%. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Quienes desempeñan tareas que corresponden a diferentes categorías deben percibir el sueldo fijado para la función mejor remunerada. Además, existe un adicional por antigüedad equivalente al 1% del salario mensual por cada año completo de servicio en la relación laboral. Este pago comenzó a aplicarse todos los meses desde el 1 de septiembre de 2021, y el período que se toma en cuenta se inicia el 1 de septiembre de 2020, sin retroactividad.

Por otra parte, se otorga un suplemento del 30% sobre los salarios mínimos de cada categoría para quienes realizan sus tareas en zonas consideradas desfavorables. Esta compensación alcanza a las personas que trabajan en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires.

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En cuanto al Sueldo Anual Complementario (SAC), popularmente conocido como aguinaldo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) explica que para los trabajadores domésticos también se abona a la finalización de los semestres de junio y diciembre. Para determinar su valor, se calcula tomando el 50% del mejor sueldo del último semestre.

“Si la prestación de servicios es inferior a los seis meses, deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados (Ley de Contrato de Trabajo)”, aclara ARCA. A modo ilustrativo, si la persona sólo trabajó cuatro de los últimos seis meses, corresponderá que cobre el 66,67% (4 divido 6 meses) de la mitad del mejor sueldo de los últimos cuatro meses.

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