ECONOMIA
Auto despacho de naftas: fricción entre empresarios y los gremios pronostican ola de despidos
La decisión del Gobierno de desregular el despacho de combustibles para promover el autoservicio en las estaciones de servicio sacudió la relativa quietud con la que venía operando el ámbito del expendio. En el empresariado de la comercialización se entrecruzan las opiniones: mientras que para algunos la medida es «compleja» de aplicar dado los requerimientos de seguridad que implica la actividad, otros sostienen que la modalidad «iba a llegar al país tarde o temprano» y que su implementación demandará una intensa labor previa de concientización de los conductores en términos de manejo responsable de los surtidores.
También los gremios se pronunciaron en contra de lo anticipado por Federico Sturzenegger, actual ministro de Desregulación y Transformación del Estado. Sostienen que la implementación de la medida podría redundar en hasta 70.000 despidos, y que el costo de los salarios no repercute en el precio final de las naftas.
Tras los dichos de Sturzenegger, entre los empresarios de la venta de naftas surgió la división entre quienes están de acuerdo con la medida y aquellos que sostienen que el autoservicio no mejorará el negocio en los puntos de expendio.
«Falta un consenso entre las distintas cámaras de combustibles y los empresarios en general. Si bien hay quienes están de acuerdo con la decisión del Gobierno, ocurre en un momento de mucha sensibilidad social y preocupación por los empleos«, comentó a iProfesional una fuente ligada a las cámaras que nuclean a los empresarios de las naftas.
«El Gobierno no dio más detalles que anunciar su decisión de cambiar el modelo de despacho de naftas, por lo que tampoco se tienen mayores precisiones sobre cómo se implementaría el nuevo régimen. Lo que sí es concreto es que hay opiniones dividas entre los empresarios. Y las entidades están en alerta por la reacción que pueden tener los gremios», agregó.
Además de remarcar que habilitar el autoservicio en las estaciones de servicio no implicará una baja en la cotización de las naftas para los automovilistas, las fuentes consultadas sostuvieron que implicará «una menor carga de responsabilidades para los empleados de playa», pero tampoco impactará en la reducción de puestos de trabajo dado que «el sector ya ajustó sus números en los tiempos de pandemia».
Los sindicatos se oponen a la desregulación del expendio de naftas
Tal como diera cuenta iProfesional, entre los empresarios que se mantienen en la vereda de enfrente a la decisión oficial se ubica Juan Carlos Basílico, presidente de la Federación de Entidades de Combustibles (FEC), quien advirtió el Gobierno «está equivocado si cree que puede llevar a la práctica el autodespacho de nafta y gasoil de la noche a la mañana».
«Aunque no lo quieran reconocer, la carga de combustible enfrenta varios riesgos que solo lo pueden afrontar los playeros que están debidamente capacitados para esta tarea por parte las empresas y el sindicato del sector», añadió.
En lo que refiere a la posición de los gremios ante la propuesta oficial, Carlos Acuña, secretario general del Sindicato de Empleados de Estaciones de Servicio (SOESGyPE), expuso su total oposición a la medida alegando que «cerca de 70.000 trabajadores podrían perder sus puestos» a raíz del auto despacho.
El directivo sostuvo ante el portal Surtidores que el cambio que impulsa La Libertad Avanza es una «expresión de deseo» antes que una opción que pueda llevarse a cabo en el mercado de los combustibles nacional.
Además de señalar que el costo del personal representa menos del 3% en la composición del precio del litro de nafta, afirmó que la medida «no beneficiaría a clientes ni empresarios, y agravaría la crisis laboral en el sector privado».
«Si se busca algún cambio, se podrían otorgar francos los domingos a los empleados, permitiendo a los trabajadores disfrutar tiempo con sus familias, en lugar de impulsar medidas perjudiciales para el sector y la sociedad», declaró.
Autoservicio de naftas: la propuesta del Gobierno
Reunido con los principales empresarios del sector energético del «Club del Petróleo», el ministro Sturzenegger adelantó en las últimas horas que el oficialismo desregulará al expendio de combustibles mediante un decreto que habilitará la modalidad de «self service» que rige en varios países del mundo.
Bajo esa opción, los usuarios podrán cargar directamente en sus vehículos nafta o gasoil de los surtidores sin la asistencia de los operarios de las estaciones de servicio. El funcionario indicó que el decreto ya está en escrito y que se implementará en las próximas semanas junto con cambios normativos referidos al tamaño que podrán tener las nuevas estaciones de servicio.
«¿Por qué vamos a tener una ley que te dice que no podés generar autodespacho de combustible? En Argentina, por un tema de necesidad extrema, YPF ya lo ha implementado en Rosario, pero no tendría que ser por un tema de seguridad, es un tema de libertad. Vos organizás tu relación comercial de la manera más libre que quieras», dijo.
Agregó que la desregulación también comprenderá el «autodespacho» para autos eléctricos «en cualquier lugar con total libertad y sin que se genere un nicho de negocios particulares».
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ECONOMIA
ARCA, ex AFIP: a partir de qué sueldo se paga Impuesto a las Ganancias en enero 2025
Con el nuevo dato de la inflación de diciembre 2024, que se dio a conocer este martes a través del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), se modificó el monto a partir del cual se paga el Impuesto a las Ganancias en enero 2025. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, es la encargada de actualizar las escalas a partir del dato oficial.
La variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) durante el último mes de 2024 fue del 2,7%. Sin embargo, hay que considerar que no es el único dato a tener en cuenta para determinar a partir de qué sueldo se paga Ganancias.
Desde 2025, las escalas del Impuesto a las Ganancias se actualizarán semestralmente, en enero y julio, basándose en la inflación acumulada de los seis meses anteriores. Pero, como estos montos ya se ajustaron en octubre, considerando la inflación de junio, julio y agosto, el ajuste de este año será excepcional, tomando únicamente en cuenta la variación del IPC entre septiembre y diciembre de 2024.
La inflación acumulada a considerar de septiembre a diciembre 2024 es de 11,78%, según el siguiente cálculo:
- Septiembre: 3,50%
- Octubre: 2,70%, acumulado 2,79%
- Noviembre: 2,4%, acumulado 2,55%.
- Diciembre: 2,7%, acumulado 2,94%
- Total del IPC acumulado: 11,78%
De cuánto es el sueldo para pagar el Impuesto a las Ganancias en enero 2025
El mínimo para no pagar Impuesto a las Ganancias ajustado por la inflación de diciembre de 2024, que el INDEC dio a conocer este martes, queda de la siguiente manera:
Solteros: $2.280.647 bruto y $1.892.937 neto.
Solteros con 1 hijo: $2.467.406 bruto y $2.047.947 neto.
Soltero con 2 hijos: $2.654.165 bruto y $2.202.956 neto.
Casado: $2.650.977 bruto y $2.200.311 neto.
Casado con 1 hijo: $2.837.736 bruto y $2.255.321 neto.
Casado con 2 hijos: $3.005.128 bruto y $2.510.330 neto.
Para los jubilados rige una regla que indica que se tributa cuando el ingreso supera el haber mínimo multiplicado por 8. Este mes esa cifra es de $2.127.256; sin embargo, como el nuevo piso salarial para trabajadores activos superará ese monto, se aplicará la misma base que para los empleados.
ARCA, ex AFIP: premios o bonos anuales e Impuesto a las Ganancias
Los premios o bonos anuales están considerados como «rubros no habituales» por la Resolución 4003 de ARCA, ex AFIP, por ese motivo tienen una consideración especial en el cálculo de la retención impositiva. El adelanto de las vacaciones, que se abona en los próximos meses, engrosa la base de cálculo que se considera para determinar el importe a retener del tributo.
En cuanto al aguinaldo, al ser también una retribución no habitual, tiene un tratamiento especial para determinar el impuesto a las Ganancias. Se considera aplicando el sistema del devengado, en lugar de incluirlo en el momento en que se percibe, lo que implica un adelanto del impuesto a pesar de no haberse cobrado el sueldo.
En estos meses de transición, la AFIP por medio de la resolución 5531, teniendo en cuenta las modificaciones realizadas este año por la ley 27.743, establece que los empleadores tienen dos opciones para incluirlo en el cálculo de la retención del impuesto a las Ganancias:
- Sumar los importes efectivamente pagados en los meses en que se liquidó el aguinaldo, o
- Computar 1/12 partes (8,33%) mensuales, de acuerdo al devengamiento del aguinaldo y posteriormente ajustar los cálculos en la liquidación anual.
Como, en general, los diferentes conceptos que se perciben impactan impositivamente en el momento de cobrarse, si un bono se paga en enero se debería prorratear en los doce meses del año que viene, de esta manera el efecto tributario es menor que si se abona en el mes de diciembre, ya que castigará totalmente en este ejercicio fiscal que finaliza este año.
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