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ECONOMIA

La construcción y la industria se desplomaron hasta 40% en marzo

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La actividad industrial y la construcción se desplomaron en marzo, según los datos difundidos este miércoles por el INDEC. De esta manera, se expone el freno en la actividad económica y el impacto del recorte a la obra pública.

De hecho, el nivel de la industria tocó niveles de junio del 2020, mes de pandemia. En el caso de la construcción, la caída en la actividad también enciende las señales de alerta sobre una mayor pérdida de puestos de trabajo.

Fuerte caída de la industria en marzo

En marzo de 2024, la industria siguió cayendo y profundizando el parate industrial y la recesión. El índice de producción industrial manufacturero (IPI manufacturero) mostró una caída de 21,2% respecto a igual mes de 2023, informó el INDEC.

En el acumulado del primer trimestre de 2024 presenta una disminución de 14,8% respecto a igual período de 2023.

En marzo de 2024, el índice de la serie desestacionalizada muestra una variación negativa de 6,3% respecto al mes anterior y el índice serie tendencia-ciclo registra una variación negativa de 1,4% en comparación al mes anterior.

De las dieciséis divisiones de la industria manufacturera que analiza el instituto estadístico todas presentaron caídas interanuales.

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En orden a su incidencia en el nivel general, se registraron caídas en «Alimentos y bebidas», 14,2%; «Maquinaria y equipo», 37,9%; «Industrias metálicas básicas», 34,0%; «Productos minerales no metálicos», 35,8%; «Otros equipos, aparatos e instrumentos», 42,8%; «Madera, papel, edición e impresión», 19,3%; «Muebles y colchones, y otras industrias manufactureras», 40,4%; «Vehículos automotores, carrocerías, remolques y autopartes», 25,2%; «Productos de metal», 24,6%; «Productos de caucho y plástico», 23,3%; «Prendas de vestir, cuero y calzado», 21,3%; «Sustancias y productos químicos», 4,8%; «Productos textiles», 25,1%; «Productos de tabaco», 20,2%; «Refinación del petróleo, coque y combustible nuclear», 4,0%; y «Otro equipo de transporte», 19,8%.

La industria cayó 21,2% interanual en marzo, según informó el INDEC. Acumuló también 6 meses al hilo en baja mensual.

«La caída de la industria ya acumula 6 meses al hilo en baja mensual, acumulando un retroceso de 17,5% en ese período. La producción se ubica en niveles similares a los de junio 2020, en la recuperación post pandemia«, analizaron desde la consultora LCG.

La construcción también se desplomó en marzo

En marzo de 2024 la actividad de la construcción cayó 42,2% respecto a igual mes de 2023. Con la obra pública parada, el sector sufre la caída de la actividad y la pérdida de puestos de trabajo.

El acumulado del primer trimestre de 2024 del Indicador sintético de la actividad de la construcción (ISAC) que emite el INDEC, muestra una baja de 30,3% respecto a igual período de 2023.

En marzo el índice tuvo una variación negativa de 14,2% respecto al mes anterior.

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Los datos del consumo aparente de los insumos para la construcción en marzo de 2024 muestran, con relación a igual mes del año anterior, bajas de 69,2% en asfalto; 54,3% en hierro redondo y aceros para la construcción; 53,8% en placas de yeso; 46,6% en yeso; 46,1% en hormigón elaborado; 43,7% en ladrillos huecos; 43,1% en cemento portland; 41,6% en mosaicos graníticos y calcáreos; 40,5% en cales; 38,2% en pisos y revestimientos cerámicos; 37,7% en artículos sanitarios de cerámica; 32,8% en el resto de los insumos (incluye grifería, tubos de acero sin costura y vidrio para construcción); y 24,0% en pinturas para construcción.

En tanto, los puestos de trabajo registrados en la actividad de la construcción en el sector privado que efectúan aportes y contribuciones al sistema previsional registraron una baja de 11,6% en febrero con respecto al mismo mes del año anterior. En el acumulado enero-febrero de 2024, este indicador presentó un descenso del 10,8% en relación al mismo período del año anterior.

Industria y construcción en caída: ¿tocaron fondo?

De cara a futuro, al proyectar lo que puede suceder tanto con la industria como la construcción, desde LCG señalaron: «Algunos indicadores de la actividad muestran un ligero repunte en abril, aunque este está muy lejos de compensar la caída experimentada en marzo. Se espera que la disminución de la actividad, especialmente en estas magnitudes, llegue a un punto mínimo. Haber subordinado la recuperación económica al objetivo de desinflación, hace pensar que la recuperación de ambos sectores será marginal. No obstante, es probable que suavice el ajuste a medida que los índices de inflación comiencen a disminuir, pero cualquier repunte será insuficiente para compensar la caída de estos últimos meses».

«Nuestra proyección es una caída anual promedio del 14,7% en el caso de la industria y del 31% en el caso de la construcción, sector que se verá más afectado por el freno drástico de la obra pública y disminución de la brecha cambiaria que implica una suba de los costos medidos en dólares», concluyeron desde LCG.



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ECONOMIA

El aguinaldo está exento de pagar Impuesto a las Ganancias en diciembre a partir de este monto

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A partir de las reformas impositivas relacionadas con el Impuesto a las Ganancias, es relevante evaluar cómo impactarán sobre el aguinaldo

12/12/2024 – 23:16hs


Los trabajadores y las trabajadoras recibirán en estos días el medio aguinaldo correspondiente al mes de diciembre, conforme a lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo, que fija el 18 de diciembre como fecha límite para su pago.

A partir de las reformas impositivas relacionadas con el Impuesto a las Ganancias aprobadas por el Congreso, es relevante evaluar cómo impactará sobre el aguinaldo de este año.

Cuándo está exento el aguinaldo de pagar Impuesto a las Ganancias en diciembre

El gobierno estableció en el paquete fiscal una deducción especial para pagar menos Impuesto a las Ganancias, que en el semestre es de $846.725.

Por lo tanto, en el próximo aguinaldo, un empleado sin cargas de familia tendrá una deducción especial para el aguinaldo de $846.725, mientras que un empleado con cónyuge y dos hijos a cargo tendrá una deducción de $1.122.889.

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De esta manera, para que un trabajador soltero comience a pagar el Impuesto sobre el aguinaldo de diciembre, deberá haber cobrado un salario mensual de al menos $1.693.450.

La reforma a la Ley de Impuesto a las Ganancias, incluida en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, tuvo como objetivo principal eliminar las distorsiones que se habían introducido en años anteriores en el cálculo del impuesto sobre los salarios.

Estas distorsiones también afectaban al aguinaldo, que bajo el régimen impositivo anterior -vigente hasta la aprobación de la nueva Ley y durante la primera mitad del año fiscal 2024- contaba con una exención hasta un determinado nivel de remuneración mensual, establecido en $974.516 para 2024.

Con la nueva Ley 27.743, se derogó esta exención vinculada al aguinaldo y se creó una deducción especial equivalente a la doceava parte de las deducciones personales (como la deducción por ganancia no imponible, la deducción especial y las cargas de familia). 

Qué es el aguinaldo y cómo calcularlo

Para los empleados en relación de dependencia, el Sueldo Anual Complementario (SAC) más conocido por todos como aguinaldo, es el 13° sueldo que te corresponde cobrar en un año de trabajo. Este SAC está regulado por la Ley 23.041 que data del año 1984. Allí se estipula la forma en que se debe calcular.

Cada medio aguinaldo corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por la trabajadora dentro de cada uno de los semestres. La primera cuota se paga en junio y la segunda, en diciembre.

Para el cálculo se considera la mitad de la mejor remuneración en todo concepto del semestre. Así, este «medio aguinaldo» corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual que cobraste en cada uno de los semestres.

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Si durante el semestre el trabajador o la trabajadora no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) hay que pagarle el proporcional a los meses trabajados.

Por lo tanto, para calcular el aguinaldo hay que tener en cuenta los siguientes ítems:

  • Identificar el mayor salario bruto mensual recibido entre julio y diciembre.
  • Calcular el 50% de esa remuneración.
  • Si se trabajó menos de seis meses, dividir el monto por seis y multiplicarlo por los meses trabajados

Los trabajadores no registrados, las personas que son monotributibutistas y otros casos de empleo en negro no recibirán el SAC.

Qué conceptos se incluyen en el aguinaldo

En el cálculo del aguinaldo deben figurar los siguientes ítems:

  • Salario básico
  • Comisiones
  • Viáticos sin comprobante
  • Remuneraciones en especie: casa, habitación y comida
  • Bonificaciones adicionales
  • Propinas habituales y no prohibidas.
  • Bonus o bonos por objetivos cumplidos
  • Salarios por enfermedad accidente profesional
  • Horas extra
  • Vacaciones y plus vacacional

Cuándo se cobra el aguinaldo

La primera cuota se paga en la última jornada laboral del mes de junio y la segunda cuota, que es a la que estamos atentos ahora, en el mes de diciembre.

Por ley, el aguinaldo correspondiente a diciembre debe ser abonado antes del 18 de ese mes, esto es, antes de la Navidad y Año Nuevo. Este plazo aplica tanto para empleados del sector privado como público. 



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