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ECONOMIA

Trump sube aranceles y estos son los países que comparten el 10% con Argentina

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A horas del viaje de Javier Milei a Estados Unidos para reunirse con empresarios, el presidente norteamericano Donald Trump lanzó un nuevo esquema de aranceles recíprocos para todas las naciones que comercian con su país, en el que Argentina aparece con un arancel fijo del 10%, el mínimo aplicado en esta ronda.

Según reveló la Agencia Noticias Argentinas, la medida impactará de forma directa sobre exportaciones clave como acero y aluminio.

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El impacto del 10%: cómo afectan los aranceles de Trump a Argentina

La decisión llega justo después de que el presidente argentino saludara públicamente a Trump en redes, y difundiera la canción «Friends will be friends» de la banda británica Queen, el mismo día en que se conmemoraba el 2 de abril por la Guerra de Malvinas. El gesto no pasó desapercibido en medio de un fuerte debate sobre la soberanía de las islas.

El arancel del 10% que Estados Unidos le impone a Argentina está por debajo del promedio que aplicará a otras naciones, pero aún así representa un aumento frente a la situación actual de muchas exportaciones nacionales, lo que podría afectar la competitividad argentina en el mercado estadounidense.

La decisión forma parte del plan de «reciprocidad comercial» de Trump, que busca alinear los niveles arancelarios cobrados por los distintos países a productos estadounidenses, con los que Estados Unidos les aplica a cambio. En el caso argentino, un informe de la Cámara de Comercio de EE.UU. en la Argentina (AmCham) detalla diferencias notorias:

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  • En alimentos, Argentina grava con un 16% frente al 4,6% de EE.UU.
  • En químicos, 8,1% frente al 0,3%.
  • En plásticos, 11% frente al 1,4%.
  • En textiles, 20,9% frente al 6,1%.
  • En metales, 13,7% frente al 0,2%.

Los países que también recibieron un arancel del 10% por parte de Estados Unidos

Según el cuadro oficial difundido por la Casa Blanca, Estados Unidos le aplicará el 10% de arancel a los siguientes países (que también imponen ese porcentaje a los productos estadounidenses):

  1. Argentina
  2. Chile
  3. Australia
  4. Colombia
  5. Perú
  6. Emiratos Árabes Unidos
  7. República Dominicana
  8. Guatemala
  9. Honduras
  10. Egipto
  11. Arabia Saudita
  12. El Salvador
  13. Marruecos
  14. Singapur
  15. Reino Unido
  16. Turquía

A estos se suman otros países con tarifas similares, aunque en algunos casos, los aranceles que ellos cobran a EE.UU. son más altos.

El Gobierno apoyó las medidas arancelarias de Trump y avanza en su estrategia comercial con EE. UU.

El Gobierno apoyó la decisión arancelaria del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y reafirmó su intención de avanzar en un tratado de libre comercio con el país norteamericano, destacando que «no se trata de una política proteccionista«.

El presidente Javier Milei se encuentra en Estados Unidos y espera concretar una reunión con Donald Trump en su residencia de Mar-a-Lago, en Florida. Sin embargo, el Gobierno aclaró que, debido a modificaciones en la agenda del exmandatario, el encuentro aún no está confirmado.

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El vocero presidencial, Manuel Adorni, subrayó la sólida relación entre Argentina y Estados Unidos, destacando que el país enfrentará un gravamen mínimo del 10%.

En una conferencia de prensa en Casa Rosada, el Adorni sostuvo: «Tenemos una posición clara respecto a los aranceles, en vistas de la excelente relación con Estados Unidos, incluso previo a que Trump asuma la presidencia, nuestro alineamiento es total y lo sigue siendo«.

Y resaltó: «Esto es una novedad, una medida que confirma que Trump no es proteccionista, sino que hace geopolítica con los aranceles, creemos que su criterio es procomercio. De hecho, sube aranceles en países que considera que tienen un nivel de gravamen desproporcionado o que tienen un tema de dumping«.

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El funcionario afirmó que el Gobierno mantiene una dirección clara y reiteró su intención de negociar un acuerdo de libre comercio con Estados Unidos: «Es un objetivo, y respecto del impacto de los aranceles, hay que esperar a ver cómo se desarrollarán los hechos y avanzarán las conversaciones con Estados Unidos en diversas cuestiones, no veo por qué tiene que haber tanta preocupación».

Además, aseguró que «son medidas que impactan a nivel global, en algunos mercados tendrá impacto positivo, en otros, negativo. Nosotros tenemos el norte bastante claro, nuestro objetivo es hacer un tratado de libre comercio. Nosotros hablamos de nosotros, no veo por qué tenemos que andar analizando qué pasa con cada país. Entendemos que lo de los aranceles no es un tema ideológico».

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ECONOMIA

Cuál es el botón de los autos que podría eliminarse y ahorrar miles de dólares a los usuarios gracias a una decisión de Donald Trump

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Sistemas como el autostop podrá eliminarse de los autos norteamericanos gracias a la medida impulsada por Donald Trump esta semana. Generará una reducción de cotos para los fabricantes y usuarios de automóviles pero tiene una fuerte contra de ambientalistas

Desde que la Unión Europea decidió postergar la decisión de prohibir la fabricación y venta de autos con motores de combustión que entraba en vigor en 2035 y aplazar la medida sin una nueva fecha, la industria automotriz mundial pareció sentirse habilitada para anunciar drásticos cambios de rumbo como son suspender o reducir las inversiones en autos eléctricos y redirigirlas a fabricar autos convencionales e híbridos, que ya se venían gestando en silencio pero no se daban a publicidad porque implicaba ir abiertamente en contra de las regulaciones gubernamentales.

Pero esta semana, esa decisión de defender las finanzas de la industria y las fuentes de empleo del sector recibieron uno de los más fuertes respaldos que podían tener, el del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, que tomó la decisión de revocar el denominado “dictamen de peligro” del año 2009, en lo que el propio Gobierno denomina como la mayor desregulación ambiental en la historia reciente del país y que impacta fuertemente en la industria automotriz norteamericana.

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La decisión de Trump elimina la base legal que permitía al gobierno federal regular los gases de efecto invernadero, un pilar normativo que había sido instaurado durante el mandato de Barack Obama. Este “dictamen de peligro” consideraba que seis gases principales, como el dióxido de carbono y el metano, constituían una amenaza para la salud pública y autorizaba a la Agencia de Protección Ambiental (EPA) a establecer límites estrictos a las emisiones de automóviles, centrales eléctricas y otras industrias.

Donald Trump decidió revocar el
Donald Trump decidió revocar el «Dictamen de Peligro» que impone regulaciones de emisiones a la industria automotriz norteamericana. (Doug Mills/The New York Times)

La Casa Blanca calificó la revocación como un paso para “abaratar los automóviles” y aseguró que los fabricantes de autos ahorrarían hasta USD 2.400 por vehículo con la eliminación de los controles actuales, que por ejemplo generaron el desarrollo de la tecnología Start/Stop, por la cual el motor de gasolina de los vehículos se detiene cuando estos dejan de avanzar y se vuelve a encender al soltar el freno o pisar el acelerador.

Este dispositivo fue parte de los sistemas adoptados por las automotrices para reducir las emisiones de CO2 en momentos en los que los automóviles no están circulando, aunque también implicó un sobrecosto de producción y un aumento en el precio de adquisición para los usuarios.

Karoline Leavitt, portavoz presidencial, afirmó que la desregulación permitirá un ahorro superior a un billón de dólares y contribuirá a reducir el precio de la energía y el transporte. El gobierno sostiene que la norma de 2009 fue “una política desastrosa de la era Obama que perjudicó gravemente a la industria automotriz estadounidense e incrementó drásticamente los precios para los consumidores”, según las palabras de Trump.

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Donald Trump junto a Scott
Donald Trump junto a Scott Bessent recorrieron en enero pasado la planta de Ford de River Rouge, Dearborn, junto a Bill Ford y Jim Farley, en un claro mensaje de apoyo a la industria automotriz. REUTERS/Evelyn Hockstein/File Photo

Pero mientras el presidente de Estados Unidos sostiene que la medida permitirá abaratar los costos de producción de vehículos, organizaciones ambientalistas y expertos advierten sobre consecuencias económicas, legales y sanitarias para el sector y la población.

“La medida consolida flexibilizaciones previas en los estándares de consumo, pero realmente pone a los fabricantes en una situación comprometida, porque nadie más querrá comprar autos estadounidenses”, dijo Michael Gerrard, experto en derecho climático de la Universidad de Columbia, a BBC Mundo.

Organizaciones ambientalistas como objetaron la medida. Peter Zalzal, directivo del Fondo de Defensa Ambiental advirtió que la decisión “obligará a los estadounidenses a gastar más dinero, alrededor de 1,4 billones de dólares en combustible adicional, para impulsar vehículos menos eficientes y más contaminantes”.

Antonio Filosa, CEO de Stellantis
Antonio Filosa, CEO de Stellantis en el Salón de Detroit, apoyando a sus marcas norteamericanas Jeep y RAM, las que se vieron más perjudicadas por la politica ambiental en los últimos años dentro del grupo. REUTERS/Rebecca Cook

Las últimas fueron Ford y Stellantis reconocieron abiertamente que deberán asumir pérdidas por valores de USD 19.500 y 26.000 millones a causa de haber adaptado su estrategia de electrificación a una menor demanda y a la cancelación de proyectos y vehículos ya en producción, mientras que Volkswagen anunció el cierre de una de sus más emblemáticas plantas alemanas, en Dresde, donde sólo se producían autos eléctricos.

En julio pasado, Luca de Meo decidió dejar repentinamente la dirección ejecutiva del Renault Group y salir de la industria del automóvil, en el momento en que la “Renaulution”, el proceso de revalorización y relanzamiento de Renault con una fuerte apuesta a los autos eléctricos, estaba dando sus mejores resultados financieros, pero previendo un escenario mundial de inestabilidad para esta tecnología.

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En ese mismo sentido, al mismo tiempo de anunciar su mejor año histórico de ventas a nivel mundial, Toyota Motor Corporation anunció que reemplazará a su CEO global, Koji Sato, quien llegó hace tres años con la misión de “subir” a Toyota a la movilidad eléctrica a una mayor velocidad de la que lo estaba haciendo, por Kenta Kon, un hombre de finanzas (ex CFO del grupo), quien deberá redireccionar programas de alto costo para enfrentar la complejidad de una industria que lucha contra la expansión de marcas chinas subvencionadas por el Estado, y necesita mantener la competitividad de sus productos.

El efecto cascada de estas decisiones no sólo implica que la industria del automóvil haya redireccionado sus objetivos de reducción de emisiones por medio de los autos híbridos e híbridos enchufables.

En los últimos días se conoció la decisión de Stellantis de volver a equipar algunos modelos de vehículos utilitarios pequeños con motores diésel, en lo que podría ser un progresivo regreso a una tecnología que parecía destinada a desaparecer debido a la mala prensa que recibió a partir del Diéselgate de Volkswagen descubierto en el año 2015.

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ECONOMIA

El 80% de las causas actuales por evasión quedan sin efecto tras la actualización de la Ley Penal Tributaria

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La actualización de los montos a partir de los cuales las conductas relacionadas con la evasión fiscal y el movimiento de fondos sin declarar adquieren relevancia penal se convirtió en el eje central de análisis tanto en el ámbito judicial como entre los principales estudios especializados

Las recientes modificaciones introducidas por la Ley 27.799 a la Ley Penal Tributaria provocaron un efecto inmediato y de gran magnitud sobre el universo de causas penales vinculadas a la evasión y otros delitos fiscales en Argentina.

Según fuentes del Gobierno, estas nuevas disposiciones provocan que cerca del 80% de las causas judiciales iniciadas se caen, lo que representa un giro relevante en la aplicación de la normativa vigente en materia de persecución penal tributaria.

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La actualización de los montos a partir de los cuales las conductas relacionadas con la evasión fiscal y el movimiento de fondos sin declarar adquieren relevancia penal se convirtió en el eje central de análisis tanto en el ámbito judicial como entre los principales estudios especializados en materia tributaria.

Voceros consultados por Infobae coinciden en que el principal efecto inmediato de la reforma es la revisión masiva de expedientes judiciales en trámite, con la consiguiente caída de un número elevado de causas por no superar los nuevos parámetros establecidos.

Con la modificación de los montos del Régimen Penal Tributario que introdujo la Ley 27.799, lo primero que debe analizarse es la aplicación del principio de ley penal más benigna (Girardi)

Noeli Girardi, gerente de impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, dijo a Infobae que el cambio normativo exige considerar el principio de ley penal más benigna.

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“Con la modificación de los montos del Régimen Penal Tributario que introdujo la Ley 27.799, lo primero que debe analizarse es la aplicación del principio de ley penal más benigna. Esto implica que, si los nuevos umbrales son más altos que los vigentes cuando se inició la causa, corresponde revisar si el monto involucrado sigue configurando delito”, sostuvo Girardi.

La especialista aclaró que no se trata de un proceso automático ni de un indulto generalizado. “Cada caso debe analizarse en función del monto efectivamente determinado y de la etapa procesal en la que se encuentre. Además, es clave cómo se compone ese monto, porque pueden existir distintos criterios sobre qué conceptos se incluyen para verificar la condición objetiva de punibilidad”, puntualizó.

Añadió Girardi que la aplicación del principio de ley penal más benigna cuenta con el respaldo explícito del propio organismo recaudador, en línea con la doctrina de la Corte Suprema. “Esto abre la puerta a la revisión de muchas causas en trámite”, observó.

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El ministro de Economía, Luis
El ministro de Economía, Luis Caputo, promueve que los argentinos saquen los dólares del colchón, asegurando que este Gobierno ni ninguno otro los va a perseguir (Foto: Reuters)

En la misma línea, Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, contó a este medio que la jurisprudencia de la Corte avala de manera contundente este principio.

“De acuerdo a la jurisprudencia de la Corte, se aplica el principio de ley penal más benigna. Y si bien había algunos que hacían algunos cuestionamientos, ARCA sacó la instrucción general diciendo que se aplican los nuevos montos objetivos de punibilidad a la nueva situación, digamos, de la ley actual”, dijo Domínguez.

El especialista brindó un ejemplo concreto: “Hay casos donde alguien evadió $3 millones, le habían formulado la denuncia penal por evasión simple. Ahora se aplica ley penal más benigna y ahí se termina la causa penal”.

Domínguez agregó que existen otras situaciones no tan difundidas y mencionó: “Si alguien evade, ya con estos nuevos parámetros o lo hizo antes, por ejemplo más de $100 millones, que antes era evasión agravada, ahora es evasión simple. Ahí ley penal más benigna en principio sería bajarlo de evasión agravada a evasión simple”.

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ARCA sacó la instrucción general diciendo que se aplican los nuevos montos objetivos de punibilidad a la nueva situación, digamos, de la ley actual (Domínguez)

Sebastián Domínguez subrayó que si el periodo fiscal por el cual se está imputando evasión ya está prescripto, ARCA no tiene facultades para determinar y exigir el tributo, lo que implica la extinción de la acción penal.

“Más allá de que ya se superó el parámetro de $100 millones nuevo, se aplica la cuestión de que si está prescripta, se extingue la acción penal. Está prescripta la facultad del fisco para determinar y exigir el impuesto”, describió el CEO de SDC Asesores Tributarios.

El especialista dijo que “si bien ya existen casos de aplicación en los nuevos montos, los casos vinculados a la prescripción todavía no adquirieron notoriedad pública”.

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Las fuentes consultadas por Infobae
Las fuentes consultadas por Infobae remarcaron que la caída masiva de causas judiciales responde a la redefinición de los umbrales de punibilidad y no implica una amnistía general (Imagen Ilustrativa Infobae)

Mariano Ghirardotti, socio de Ghirardotti & Ghirardotti, dijo a Infobae que ya se registró una causa reciente en la que los jueces utilizaron los nuevos parámetros de la Ley Penal Tributaria para fallar a favor del contribuyente en un proceso penal.

El especialista advirtió que la vigencia de los nuevos umbrales debe aplicarse para el período específico en el que se cometió el ilícito, aunque la doctrina de la ley penal más benigna puede dar lugar a discusiones.

“La idea va a ser que estos parámetros se utilicen para el tiempo en el que estén vigentes y, de acá a futuro, cada vez que se vayan ajustando, se apliquen los valores actualizados al año que corresponda. Pero como está la doctrina de la ley penal más benigna, eso puede llegar a ser discutido”, precisó el tributarista.

Lo que dice la ley es que se tiene que juzgar con los parámetros de 2026, o denunciar solo si se exceden los nuevos montos (Ghirardotti)

Ghirardotti planteó un escenario en el que una persona comete una infracción en un año con ciertos parámetros y es descubierta tiempo después, cuando los montos cambiaron. Según el especialista, la ley indica que debe juzgarse con los parámetros vigentes al momento de la infracción. “Lo que dice la ley es que se tiene que juzgar con los parámetros de 2026, o denunciar solo si se exceden esos montos”, explicó.

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Las fuentes consultadas por Infobae remarcaron que la caída masiva de causas judiciales responde a la redefinición de los umbrales de punibilidad y no implica una amnistía general. El proceso de revisión se desarrolla caso por caso, teniendo en cuenta la etapa procesal, el monto involucrado y el criterio de composición de los conceptos incluidos en la acusación.

La instrucción general emitida por
La instrucción general emitida por la ARCA ratificó la vigencia de los nuevos montos objetivos de punibilidad y la necesidad de aplicar el criterio de ley penal más benigna

La instrucción general emitida por la ARCA ratificó la vigencia de los nuevos montos objetivos de punibilidad y la necesidad de aplicar el criterio de ley penal más benigna. Esta definición institucional despejó dudas sobre la postura del organismo y unificó criterios en los tribunales y entre los profesionales del derecho tributario.

El impacto de la reforma en la práctica judicial resulta inmediato, aunque el alcance definitivo de los cambios dependerá de cómo los jueces interpreten la normativa en cada expediente.

El impacto de la reforma en la práctica judicial resulta inmediato, aunque el alcance definitivo de los cambios dependerá de cómo los jueces interpreten la normativa en cada expediente

Tanto las fuentes oficiales como los especialistas consultados reconocen que el proceso de revisión de causas en trámite se encuentra en pleno desarrollo y podría extenderse en el tiempo en función de la cantidad de expedientes y la complejidad de los casos.

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Los estudios especializados coinciden en que la redefinición de los montos de punibilidad no solo afecta el stock de causas, sino que introduce un nuevo marco de previsibilidad para los contribuyentes y sus asesores. La doctrina de la ley penal más benigna y la instrucción general de la ARCA constituyen las herramientas clave en el proceso de depuración de expedientes.



South America / Central America,Government / Politics

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ECONOMIA

El dueño de Manaos habló sobre la indemnización de más de $800 millones a un exvendedor: “No sé qué cuenta hacen para llegar a esas cifras”

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Orlando Canido, fundador y principal dueño de Manaos

El caso del vendedor de Refres Now SA, el fabricante de la gaseosa Manaos, que logró en primera instancia de la justicia laboral mendocina un fallo a favor de más de $1.463 millones de pesos que la Corte Suprema de Justicia de la provincia redujo a poco más de $807 millones entre una “indemnización” de USD 223 millones e “intereses” por $584 millones, sigue provocando estupor.

El caso se suma a una serie de fallos aberrantes de los fueros laborales y pega en el centro del debate sobre el proyecto de modernización laboral al que en la semana dio media sanción el Senado. En particular, la decisión del gobierno de que la futura ley defina claramente qué conceptos y sumas corresponden en una indemnización, cuando efectivamente se trata de despidos, y se ponga fin a la discrecionalidad de los jueces laborales a la hora de calcular actualizaciones e intereses.

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¿Cuáles son las alternativas de la empresa ante un fallo que en divisas fue originalmente de un millón de dólares y la CSJ mendocina redujo a “solo” poco más de medio millón de dólares?

“Ahora todo está en manos de un estudio jurídico” dijo a Infobae el empresario y fundador de la firma, Orlando Canido, quien ya había calificado al fallo de los tribunales mendocinos “insólito y absolutamente fuera de contexto”. Canido recordó a Infobae que el vendedor que hizo el juicio había trabajado “unos seis años o siete años para mí, no sé cuánto podía ganar como vendedor, no sé qué cuenta hacen para llegar a esas cifras”.

El empresario dijo que él respeta los derechos de los trabajadores pero que la ley laboral debe revisar el tema de las indemnizaciones. Sobre el caso del vendedor que planteó el juicio en Mendoza, señaló. “A lo mejor tenía tres provincias y le dejaron una y por eso hizo juicio”.

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Manaos
Manaos

Tiempo atrás, en el Podcast “La Fábrica”, Canido había compartido un debate sobre temas productivos y laborales. Allí precisó que 21 años atrás, cuando se inició en el negocio, había 43 fábricas de gaseosas, contra 6 en la actualidad, y recordó que había convencido a uno de los socios de Cunnington, hasta entonces su principal competidor, de venderle su fábrica a él en vez de a Heineken.

Canido enfatizó entonces: “Hoy un empleado que trabaja un año por cualquier motivo manda una carta documento y se considera despedido. Ve la posibilidad de ganar plata sin trabajar y no lo duda un segundo. Trata de sacar el mejor provecho”. Y recordó al respecto el caso en Mendoza. “Yo tengo un juicio de un jefe de ventas; no sé cuánto trabajó conmigo, si 6 ó 7 años y fallaron a favor de él en Mendoza por un millón de dólares”.

En la misma sesión, Domingo Contessi, presidente de Astilleros Federico Contessi, que lleva fabricados y botados más de 150 embarcaciones en Mar del Plata, dijo estar “totalmente a favor de la reforma laboral, para generar empleo permanente”, pero apunto a una distorsión acerca de lo que es una relación laboral. “Un empleado que trabajó cinco años en una empresa decide irse porque consiguió algo que considera mejor y viene y te dice ‘¿cómo arreglamos?’. ¿Cómo que cómo arreglamos?: mandá el telegrama (de renuncia)”, contó. Sucede, explicó, que hay una percepción errónea de la relación laboral. “El empleado tiene asimilado que trabajó cinco años y le corresponde una indemnización, por más que sea él quien renuncia. Es un disparate”.

El empleado tiene asimilado que trabajó cinco años y le corresponde una indemnización, por más que sea él quien renuncia

Como informó ayer Infobae, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza condenó a Refres Now S.A., el fabricante de Manaos, a pagar más de $807 millones a un extrabajador que se desempeñó como distribuidor en Mendoza, San Juan y La Pampa entre 2013 y 2022. La disputa había sido iniciada por el exvendedor, que denunció despido sin causa, irregularidades en la registración laboral, descuentos ilegales y maniobras de evasión previsional.

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El exvendedor había comenzado sus tareas en octubre de 2013, alegó que la relación laboral se formalizó recién en 2015 y que, durante años, la empresa utilizó acuerdos poco claros y contratos que no reflejaban la realidad de su vínculo.

El dueño del restaurante Piegari
El dueño del restaurante Piegari fue demandado por un mozo que se negó a volver a trabajar tras la pandemia y luego se consideró despedido

La Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael fijó una indemnización de $1.463 millones. La empresa apeló el fallo y la CSJ mendocina rebajó la condena a $807 millones a abril de 2025, por lo cual los intereses se siguen acumulando. El máximo tribunal provincial sostuvo la condena por despido y relación laboral encubierta, pero modificó el cálculo de intereses, aplicando la tasa de préstamos de libre destino del Banco Nación, tomó en cuenta el perfil económico del trabajador y dispuso que la empresa pague la suma en un plazo de cinco días.

Dictado en el contexto del debate por la reforma laboral, el fallo se vuelve un precedente relevante para conflictos similares, tanto por el monto involucrado como por la interpretación judicial sobre la relación laboral y la forma de cálculo de la eventual indemnización.

El caso se suma a una lista de recientes fallos por causas y sumas extemporáneas, como la la demanda por $270 millones y el embargo por $155 millones a raíz del juicio de un exmozo del restaurante Piegari, que durante la pandemia se negó a reintegrarse al trabajo luego de la cuarentena, luego se consideró despedido, inició un juicio de indemnización.

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Naranja Mandarina, la pyme de
Naranja Mandarina, la pyme de Junín que quedó al borde de la quiebra por un fallo a favor de un viajante que se consideró despedido y alegó relación de dependencia

Otro caso destacado fue el del local de diseño y ropa infantil Naranja Mandarina, de Junín, en que un exviajante se consideró despedido, alegó haber trabajado en relación de dependencia y logró un fallo a su favor de $160 millones. Cuando la firma alegó no poder pagar esa suma y requirió una pericia, la Corte Suprema bonaerense exigió debía pagar $330 millones y, como la firma no pudo hacerlo, embargó a Naranja Mandarina y trabó por completo su operación comercial, dejándola al borde de la quiebra.

Infobae expuso también el caso de la Fundación ProVivienda Social, una ONG de ayuda a barrios populares que a raíz de un plan de conexiones domiciliarias a redes de gas en Cuartel V, un barrio de Moreno, en el conurbano bonaerense, fue demandada por un gasista que había sido contratado por algunas familias para sus conexiones particulares. El gasista alegó relación de dependencia y logró un fallo a favor de la justicia laboral por $184,6 millones, casi 17.000% superior al mondo de la demanda inicial.

En su apelación a la Corte de Suprema de Justicia porteña, considerada tribunal competente porque el juicio se planteó en CABA, la Fundación afirma que el fallo laboral se limitó al testimonio de otros cuatro gasistas que presentaron una demanda similar, son parte interesada y a su modo “socios” del demandante.

 Vecinos del barrio Cuartel
Vecinos del barrio Cuartel V, de Moreno, que con ayuda de la Fundación ProVivienda Social accedieron a gas domiciliario
(Imagen Ilustrativa Infobae)

La apelación señala que el fallo laboral se sostiene “dogmática y únicamente sobre testimonios de gente que tiene interés en el resultado del pleito, por la sencilla razón de que esos testigos mantienen, con idéntico patrocinio, pleitos semejantes contra los mismos demandados. No existe otra prueba”.

El escrito también señala que el fallo aplica normas derogadas “que abultan la indemnización dramática y desproporcionadamente”, que “ignora los testigos de la parte demandada” y que según el Código Civil y Comercial de la Nación “el fiduciario (en este caso, la Fundación, que por cuenta y orden de las familias pagaba contra factura los trabajos a los gasistas) no responde por las obligaciones contraídas en la ejecución del fideicomiso”

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Orlando Canido

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