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El CELS apeló los sobreseimientos de Arribas y Majdalani y busca reabrir la investigación por el “fichaje ideológico” de la AFI

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El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) reclamó ayer ante la Cámara Federal que se reabra la investigación por presunto espionaje contra periodistas, sindicalistas, activistas, académicos y organizaciones sociales durante la presidencia de Mauricio Macri y que se cite a indagatoria al entonces director general de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas, y a la entonces subdirectora, Silvia Majdalani.

El CELS, querellante en la causa, solicitó además que la Cámara revoque los sobreseimientos del entonces responsable de la Dirección Operacional de Contrainteligencia, Martín Coste, y del entonces director de Eventos Especiales de la AFI, Carlos Tonelli Banfi, y que aparte de la investigación al juez federal Marcelo Martínez de Giorgi.

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El planteo ante los camaristas Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola se produjo pocos días después de que Llorens y Bertuzzi confirmaran los sobreseimientos de Mauricio Macri, Arribas y Majdalani en otra causa por presunto espionaje ilegal. En ese expediente consideraron inválida una prueba digital por deficiencias en la cadena de custodia de los discos rígidos.

La causa que ahora busca reabrir el CELS se concentra en 403 fichas elaboradas por la AFI durante los operativos de seguridad de la Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio (OMC), realizada en Buenos Aires en 2017, y de la cumbre del G20 de 2018.

Los documentos fueron hallados en enero de 2020, tras la asunción de Alberto Fernández, por la entonces interventora de la AFI, Cristina Caamaño. Estaban en tres sobres guardados en el “Área Restringida” de la Dirección Operacional de Contrainteligencia e incluían perfiles e informes sobre las posturas políticas e ideológicas de múltiples personas.

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Mauricio Macri y Gustavo ArribasArchivo

“Podemos inferir que es kirchnerista”, “manifiesta una postura cercana al gobierno”, “devoción por el catolicismo” y “comparte permanentemente posteos en contra del gobierno” fueron algunos de los encuadres consignados en esas fichas, según expuso el CELS ante los camaristas.

Los documentos incluían datos sobre opinión política, adhesiones partidarias, militancia social, actividad sindical y creencias religiosas. Para la querella, esos registros muestran que la AFI no se limitó a reunir información para evaluar riesgos de seguridad durante las cumbres, sino que realizó un “fichaje ideológico”.

Martínez de Giorgi había sobreseído a principios de septiembre a Arribas, Majdalani, Coste y Tonelli Banfi sin haberlos citado antes a indagatoria. Consideró que las tareas realizadas por la AFI estaban justificadas por razones de seguridad nacional derivadas de la magnitud de ambos eventos internacionales.

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Para el CELS, esa decisión fue “prematura” y el juez hizo una valoración irrazonable de los hechos y de la prueba. Según la querella, no existe en el expediente ninguna prueba concreta de que las personas fichadas representaran un riesgo para la OMC o el G20.

Uno de los argumentos de Martínez de Giorgi fue que parte de la información había sido obtenida de fuentes abiertas, como las redes sociales. El CELS cuestionó ese razonamiento y recordó que la Ley de Inteligencia Nacional prohíbe obtener o almacenar información y producir inteligencia sobre personas en función, entre otros motivos, de sus opiniones políticas.

Métodos

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La organización también cuestionó otros métodos utilizados para reunir información. Según expuso, hubo datos obtenidos mediante intercambios con organismos estatales, como Migraciones. En el caso de una reunión del Partido de los Trabajadores Socialistas (PTS) en el Hotel Bauen, la AFI consignó que la información provenía de “fuentes propias”, lo que para el CELS podría indicar la existencia de informantes infiltrados en un encuentro interno de un partido político legalmente constituido.

Otro argumento de Martínez de Giorgi para sobreseer a los imputados fue que la mayoría de las fichas recibió un “color verde” durante el proceso de evaluación. Según el juez, eso indicaría que la posición política de las personas relevadas no habría determinado finalmente si podían acreditarse para los eventos. El CELS replicó que la ley prohíbe la recopilación y sistematización de esa información, más allá de que haya influido o no en la acreditación.

El CELS recordó además que la AFI negó poseer datos y haber participado del proceso de acreditación para la conferencia de la OMC cuando personas a las que se les negó el ingreso presentaron hábeas data para conocer qué información tenía el Estado sobre ellas. Una de ellas fue el académico Francisco Cantamutto. La AFI respondió no tener información sobre él, pero en una de las fichas se lo describía como integrante de “un grupo de economistas de izquierda kirchnerista”.

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Juan Bautista Mahiques, Pablo Bertuzzi y Alejandra MonteolivaRicardo Pristupluk

Arribas, Majdalani y los demás imputados, sin embargo, jamás fueron indagados, aun cuando en 2021 la fiscal federal Paloma Ochoa había considerado que existía un grado de sospecha suficiente para citarlos, pedido al que había adherido el CELS. Martínez de Giorgi no concretó esas indagatorias y, por el contrario, los sobreseyó. Según la querella, al dictar los sobreseimientos seguían pendientes pedidos de indagatoria que el juez omitió en su resolución.

El fiscal Franco Picardi apeló esos sobreseimientos, al igual que el CELS. Argumentó que existían indicios suficientes para disponer las indagatorias y consideró que las actividades de la AFI para seleccionar y perfilar a las personas estaban vedadas por la Ley Nacional de Inteligencia.

Ahora serán Llorens, Bertuzzi y Yadarola quienes deberán decidir si confirman el cierre dispuesto por Martínez de Giorgi o si, como reclamó el CELS, revocan los sobreseimientos y permiten que la investigación continúe. La organización pidió además que, en ese caso, la causa quede en manos de otro juez, por considerar que existe un “temor fundado” de que Martínez de Giorgi esté condicionado por la posición que ya fijó sin haber interrogado a los imputados.

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reabra la investigación,revoque los sobreseimientos,Hugo Alconada Mon,Denuncia de espionaje,Conforme a

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Tras los insultos de Milei, Pedro Sánchez le respondió con una canción de Lali Espósito – Nexofin

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Luego de las palabras de Javier Milei, contra su par de España, Pedro Sánchez, a quien insultó y acusó de dictador, el mandatario ibérico utilizó una canción de Lali Espósito como respuesta.

El mensaje del premier español, llegó tras la exposición en el Nueva Economía Fórum en Madrid, del libertario, en donde calificó al jefe de gobierno español de “impresentable dictador”.

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Javier Milei en España: llamó “impresentable dictador” a Pedro Sánchez y pidió “sacar a los socialistas a patadas”

Ante ello, Sánchez utilizó las redes sociales para expresar: “Aprovechando que voy en el coche, camino de Burgos, para escuchar este temazo argentino ¡Me encanta!”.

El posteo en X, del mandatario fue acompañado por una imagen de su celular en donde se muestra el video de la cantante argentina. Vale destacar que ese tema Lali lo compuso en medio de los brutales ataques de Milei n las redes sociales y los medios.

“España supo acoger a cientos de miles de argentinos que escaparon de la miseria y la falta de futuro, fruto del siniestro socialismo del siglo XXI, su sucursal argentina, que es el kirchnerismo, y que ustedes padecen con el impresentable dictador de Pedro Sánchez”, había dicho Milei.

En medio de su apoyo a la ultraderecha española, el libertario agregó: “Sacar a los socialistas a patadas porque España es la cuna del liberalismo. Cada inmigrante es un voto y si el precio es la destrucción total del país, está más que dispuesto a pagarlo”.

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La entrada Tras los insultos de Milei, Pedro Sánchez le respondió con una canción de Lali Espósito se publicó primero en Nexofin.



España,Javier Milei,Lali Espósito,Pedro Sánchez

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Chaco: condenaron a cuatro “cueveros” que escondían millones en los paneles de un auto y a la sociedad que usaron como fachada

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La Justicia federal homologó ayer las condenas por lavado de activos e intermediación financiera no autorizada contra cuatro hombres que operaban bajo la fachada de una casa de repuestos en Resistencia, Chaco, y trasladaban millones de pesos ocultos detrás de los paneles de un Toyota Corolla. También condenó a la sociedad usada para encubrir las maniobras, un indicador relevante para el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) al evaluar la capacidad de la Argentina para perseguir el blanqueo ilegal de activos.

El caso comenzó en 2025, cuando Gendarmería Nacional descubrió $357.210.000 escondidos en distintos compartimientos del Corolla, durante un control sobre la ruta nacional 11, en la provincia de Santa Fe. A partir de ese hallazgo, los investigadores reconstruyeron una operatoria sistemática de transporte de dinero entre Resistencia y Buenos Aires, con viajes que se repetían aproximadamente cada 48 horas, y determinaron que la estructura societaria de la firma NEAPARTS, que en teoría se dedicaba a la venta de repuestos para autos y motos, servía como cobertura para las actividades financieras clandestinas.

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Tras un año y medio de instrucción, el juez federal de Garantías Aldo Mario Alurralde homologó ayer las condenas de Pablo Mauricio Tascón, Marcos Sebastián Ferrero, Fernando Emanuel Viñuela y Christian Emmanuel Froy. También impuso una sanción a la persona jurídica, de acuerdo con las disposiciones del Código Penal que contemplan la responsabilidad de las empresas involucradas en determinados delitos económicos.

Las multas impuestas a los cuatro hombres suman $714.420.000. A eso se agregan el decomiso del dinero secuestrado, el vehículo y los elementos utilizados para cometer los delitos. Según la Fiscalía, el monto conjunto de las multas y los bienes decomisados supera los $1000 millones, cuyo pago se concretará en 24 cuotas mensuales, actualizado por inflación.

La investigación, que estuvo a cargo de la Sede Fiscal Descentralizada Reconquista, encabezada por el fiscal Roberto Salum, con la intervención del fiscal federal coadyuvante de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), Juan Argibay Molina, logró además reconstruir cómo era el negocio financiero que los ahora condenados habían montado detrás de la fachada de una casa de repuestos.

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De acuerdo con la acusación, los involucrados realizaban operaciones de compra y venta de moneda extranjera, establecían cotizaciones diferenciadas según el tipo de billete y manejaban simultáneamente pesos, dólares, reales y guaraníes sin la necesaria autorización del Banco Central (BCRA) para operar como intermediarios financieros y cambiarios.

La fiscalía determinó, además, que los viajes de los acusados distaban de ser aislados. Los registros de antenas de los teléfonos utilizados por Viñuela y las infracciones de tránsito permitieron reconstruir desplazamientos reiterados entre Resistencia y Buenos Aires, con una frecuencia incompatible con la actividad comercial declarada por la sociedad.

La investigación también detectó un antecedente relevante: un procedimiento similar realizado el 28 de febrero de 2025 en jurisdicción del Juzgado Federal de Concordia. Según la reconstrucción fiscal, después de ese episodio, los acusados cambiaron el recorrido habitual y comenzaron a transitar la ruta nacional 11, que atraviesa Santa Fe.

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La hipótesis fiscal recayó también contra la firma NEAPARTS SAS. ¿Por qué? Porque determinaron que el dinero obtenido mediante la intermediación financiera no autorizada se incorporaba al circuito económico formal a través de su transporte, ocultamiento y posterior aplicación en otras operaciones, utilizando su estructura societaria como cobertura.

Detrás del tablero

El procedimiento que permitió descubrir la maniobra ocurrió el 28 de marzo de 2025, cuando efectivos de Gendarmería detuvieron un Toyota Corolla Cross sobre la ruta 11, a la altura del paraje El Timbó.

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Durante la inspección, los agentes advirtieron irregularidades en las piezas plásticas próximas a la palanca de cambios, que parecían haber sido manipuladas. Tras obtener autorización judicial para requisar el vehículo, encontraron fajos de billetes ocultos detrás de la salida del aire acondicionado, el equipo de sonido, el volante, la guantera y el sector de la palanca de cambios.

El conductor, Viñuela, les indicó a los efectivos cómo retirar las piezas del tablero. En los compartimientos preparados para esconder el dinero había $357.210.000. Para la fiscalía, la disposición de los billetes en espacios acondicionados para eludir controles resultaba incompatible con un traslado comercial ordinario y revelaba una logística clandestina.

Ahora, el administrador titular de NEAPARTS, Pablo Tascón, recibió una pena de un año de prisión por intermediación financiera no autorizada y lavado de activos por receptación intermedia de los fondos. El juez unificó esa sanción con una condena anterior de dos años de prisión, dictada en noviembre de 2023 por tenencia simple de estupefacientes e intermediación financiera no autorizada. La pena única quedó fijada en tres años de prisión de cumplimiento efectivo.

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Ferrero, titular del 50% del capital social y encargado operativo del depósito de la empresa, fue condenado a un año de prisión de ejecución condicional por los mismos delitos. También se le impuso una multa de $178.605.000.

Viñuela, quien conducía el vehículo en el que se encontraron los millones, recibió igualmente un año de prisión de ejecución condicional y una multa de $178.605.000. La fiscalía sostuvo que su participación excedía la de un simple conductor: coordinaba las entregas con Tascón y realizaba los viajes en los que se trasladaba el efectivo.

Froy fue condenado a dos años de prisión por lavado de activos por receptación intermedia, en relación con fondos por $357.210.000. Según la acusación, coordinaba la logística, supervisaba los viajes y controlaba los movimientos del dinero. También recibió una multa de $178.605.000.

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La firma NEAPARTS SAS, en tanto, fue condenada por intermediación financiera no autorizada y lavado de activos, en aplicación de los artículos 304 y 313 del Código Penal, que contemplan sanciones para personas jurídicas en los supuestos previstos por la ley. Su condena constituye un aspecto central del caso, ya que la persecución de las personas jurídicas, junto con el decomiso de activos y la aplicación efectiva de sanciones económicas, son datos relevantes al evaluar los sistemas de prevención y combate del lavado en el país.

Investigaciones y coberturas especiales en más de dos docenas de países de América, Europa, Medio Oriente y Asia.



Hugo Alconada Mon,Lavado de dinero,Conforme a

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Revés contra una intendenta de Pro y continúa el proceso para su destitución

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CÓRDOBA.- El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba rechazó un recurso extraordinario presentado por la intendenta de Mendiolaza y vicepresidenta del Pro nacional, Adela Mercedes Arning, para frenar su proceso de destitución. A principios de año, un grupo de vecinos inició la recolección de firmas para pedir que se abra la revocatoria. El descontento de los vecinos tendría que ver con el aumento del costo de los servicios municipales.

Arning, en primera instancia, obtuvo un fallo a favor, pero ahora el TSJ confirmó el criterio de la Cámara Contencioso-Administrativa y ordenó que el trámite continúe ante la Junta Electoral Municipal, que deberá verificar los requisitos establecidos por la ley antes de avanzar hacia una eventual consulta popular.

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La intendenta tiene mandato hasta el 10 de diciembre, con lo cual es prácticamente imposible que se produzca la revocatoria. En el hipotético caso de que se diera, es el presidente del Concejo Deliberante -Alejandro Medrano- quien debería reemplazarla.

La administración provincial no avala el pedido de los vecinos. En su momento, el ministro de Gobierno, Manuel Calvo, planteó su desacuerdo “en judicializar la política”. Dijo: “Le hace mucho daño a la institucionalidad”.

Arning es vicepresidenta de la Asamblea Nacional del Pro y siempre se mostró cercana a Patricia Bullrich. Aun así, se mantiene formalmente en la estructura del partido creado por Mauricio Macri.

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Arning había cuestionado en su presentación “la validez” de las firmas reunidas para promover el mecanismo de remoción anticipada. La mayoría del TSJ consideró que la presentación de su defensa “no cumplía con las condiciones técnicas necesarias” para habilitar la instancia extraordinaria de casación y descartó que la Cámara hubiera incurrido en arbitrariedad o falta de fundamentación.

La decisión del TSJ no implica la destitución de Arning ni supone que la convocatoria a un referéndum sea automática. Ahora la Junta Electoral Municipal deberá retomar la tramitación y resolver, dentro de sus competencias, sobre el cumplimiento de las exigencias legales para la promoción de la revocatoria.

El máximo tribunal también rechazó que se hubiera vulnerado el derecho de defensa de la intendenta. Explicó que el trámite se encontraba todavía en una etapa preliminar de verificación de los requisitos legales y que, por lo tanto, aún no se había declarado formalmente promovida la revocatoria.

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Gabriela Origlia,Pro (Propuesta Republicana),Conforme a

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