POLITICA
El Ministerio de Capital Humano ratificó los pagos al sistema universitario en medio del paro convocado para mañana

El Ministerio de Capital Humano ratificó el cumplimiento de los compromisos presupuestarios y salariales con el sistema universitario nacional. Además, confirmó el pago de las transferencias a los hospitales universitarios y el cumplimiento del acta paritaria firmada el 10 de junio con los gremios docentes y no docentes. La comunicación oficial se produjo a través de la Subsecretaría de Políticas Universitarias, que precisó que la cartera “continúa dando cumplimiento a las obligaciones correspondientes al sistema universitario nacional, tanto en materia de hospitales universitarios como en lo referido a la paritaria salarial y a los gastos de funcionamiento de las Universidades Nacionales”.
El anuncio se realizó en el marco del paro nacional universitario de 24 horas convocado para el miércoles 12 de agosto por la Federación de Docentes de las Universidades (FEDUN), la Federación Argentina de Gremios Docentes Universitarios Tecnológicos (FAGDUT) —que representa a los docentes de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN)— y la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (FATUN), que nuclea al personal no docente de 55 universidades públicas del país.
Las organizaciones reclaman la aplicación integral de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario y sostienen que siguen pendientes obligaciones vinculadas a la recomposición salarial, las becas estudiantiles y las partidas para hospitales universitarios.
La cartera que conduce la ministra Sandra Pettovello respondió con un comunicado en el que aseguró que “el paro anunciado para el próximo 12 de agosto constituye una medida de carácter político y no responde a un reclamo genuino, toda vez que no existe incumplimiento alguno por parte del Gobierno nacional”. El texto agregó que la Subsecretaría de Políticas Universitarias “ha actuado en todo momento en estricto cumplimiento de la normativa vigente y en los términos dispuestos por la Justicia”.

Sobre los hospitales universitarios, el Ministerio detalló el estado de las transferencias al 10 de agosto. La Universidad de Buenos Aires (UBA) recibió fondos en virtud de dos resoluciones: la N.° 420/26 por $20.000.000.000, “devengada y transferida”, y la N.° 484/26 por otros $20.000.000.000, “ya devengada y en proceso de transferencia”, según consta en el documento oficial. La Universidad Nacional de Cuyo dispone de la Resolución N.° 427/26 por $2.259.960.000, con pagos mensuales de $188.330.000. Se encuentran en trámite administrativo las asignaciones para la Universidad Nacional de Córdoba ($2.259.960.000) y la Universidad Nacional de La Rioja ($380.260.885).
En materia de paritaria salarial, el Gobierno transfirió $666.823.011.021 mediante la Resolución N.° 430/26 del 26 de junio, en concepto de gastos en personal e incrementos salariales del mes de junio y la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) 2026. A través de la Resolución N.° 478/26 del 3 de agosto, se asignaron $448.544.808.500 adicionales correspondientes al mes de julio.
El Ministerio precisó que “los aumentos salariales acordados se están abonando de acuerdo con los montos, plazos y el cronograma establecidos oportunamente”.
El acuerdo que rige esos pagos fue suscripto el 10 de junio con los gremios docentes y no docentes y con los rectores nucleados en el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN). Estableció “una actualización salarial equivalente al 21,33% sobre los salarios básicos vigentes al 31 de mayo de 2026, con vigencia a partir del 1° de junio de 2026”, según el texto de la resolución. El acuerdo total prevé un incremento del 24,33% en dos tramos: 21,33% en junio y 3% en octubre. Los gremios, sin embargo, sostienen que ese pacto no equivale al cumplimiento integral de la ley.
La Asociación Gremial Docente de la UBA (AGD UBA), afiliada a Conadu Histórica —que no firmó el acta del 10 de junio—, afirmó que persiste una diferencia del 28,5% para alcanzar la equiparación salarial que correspondería por la norma, y reclama además el pago retroactivo desde su entrada en vigencia, en octubre de 2025.

Los cuadros presupuestarios difundidos por Capital Humano desglosan las transferencias de julio a las universidades nacionales con un total de $473.091.450.703, distribuidos entre salarios docentes, no docentes, gastos de funcionamiento e incrementos salariales. La UBA encabeza la distribución con $18.836.747.590, seguida por la Universidad Nacional de Córdoba con $7.202.779.000, la Universidad Nacional de La Plata con $5.543.508.465 y la UTN con $1.973.249.762. La cartera también autorizó la transferencia de $132.965.000 a la Red de Interconexión Universitaria (RIU), depositados en la cuenta corriente del Banco Patagonia.
El Ministerio remarcó que “los únicos damnificados por estas medidas de fuerza son los estudiantes, cuyo derecho a aprender se ve afectado por decisiones que atentan contra la continuidad de su educación”.
En un comunicado, la cartera a cargo de Pettovello expresó que: “Como ya hemos señalado en comunicaciones anteriores, se trata de un paro ilegítimo, que responde a motivaciones políticas y no tiene como prioridad la educación. Los únicos damnificados por estas medidas de fuerza son los estudiantes, cuyo derecho a aprender se ve afectado por decisiones que atentan contra la continuidad de su educación”.
El conflicto podría extenderse más allá del paro del miércoles: Conadu Histórica convocó a una huelga nacional de cinco días entre el 18 y el 22 de agosto, y el Frente Sindical de las Universidades Nacionales tiene prevista una “jornada de visibilización” para el 19 de ese mes, cuando se cumplirán 300 días desde la sanción de la Ley de Financiamiento Universitario.
La mesa paritaria fue convocada para el martes 1° de septiembre. Tres días después, el 4 de ese mes, el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) celebrará su 96° Plenario de Rectoras y Rectores en Bariloche, donde el presupuesto universitario 2027 será uno de los ejes del debate.
POLITICA
El Gobierno oficializó los cambios en el subsidio de Zona Fría: quiénes podrán mantener el descuento en el gas

El Gobierno de Javier Milei oficializó este martes la modificación del Régimen de Zona Fría, que otorga descuentos en las tarifas de gas a usuarios de distintas regiones del país. La medida quedó formalizada con la publicación de la Ley 27.828 y del Decreto 1161/2026 en el Boletín Oficial.
La reforma, sancionada por el Congreso el 24 de septiembre y promulgada por el Presidente el 9 de octubre, establece nuevas condiciones para acceder al beneficio y una bonificación adicional para los hogares que cumplan determinados requisitos socioeconómicos y geográficos.
La nueva legislación modifica el artículo 75 de la Ley 25.565 y deroga distintos artículos de la Ley 27.637, que había ampliado el alcance territorial del régimen.
El principal cambio es que residir en una zona alcanzada por la ampliación anterior ya no será suficiente para acceder automáticamente al descuento. Los hogares deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados y cumplir las condiciones establecidas por la nueva normativa.
Además, la bonificación adicional se aplicará sobre los denominados Consumos Base, por lo que no necesariamente alcanzará a la totalidad del gas utilizado por cada hogar.
La reforma mantiene un tratamiento diferenciado para la Región Patagónica, el departamento de Malargüe, en Mendoza, y la región conocida como Puna, donde continuarán los beneficios previstos en el régimen.
Quiénes podrán mantener el subsidio de Zona Fría con la nueva ley
La Ley 27.828 establece una bonificación adicional por Zona Fría para determinados usuarios residenciales de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes.
El beneficio estará destinado a hogares ubicados en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, contempladas en la normativa utilizada por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).
Para acceder, los usuarios deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados, encontrarse dentro de las áreas geográficas previstas y cumplir alguno de los criterios socioeconómicos establecidos por la ley.
Los requisitos contemplados son:
- Ingresos familiares: hogares cuyos integrantes registren, en conjunto, ingresos netos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2, según el INDEC.
- Certificado de Vivienda Familiar: hogares con al menos un integrante que posea este documento del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).
- Veteranos de Malvinas: hogares con un integrante que perciba una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Personas con discapacidad: hogares con al menos un integrante que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD). En estos casos, la Secretaría de Energía deberá evaluar de qué manera esa condición implica una necesidad de asistencia económica para pagar los servicios energéticos.
La ley no establece un límite de ingresos fijo en pesos, sino que lo vincula al valor de tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, de acuerdo con las mediciones del INDEC.
La legislación también determina que la bonificación adicional estará limitada a los consumos base reconocidos por el régimen de subsidios.
Por otra parte, la Región Patagónica, Malargüe y la Puna conservarán un régimen específico. Para esas zonas continuarán los beneficios destinados a usuarios residenciales de gas natural y gas propano por redes, así como a determinados usuarios del Servicio General P.
El Poder Ejecutivo, por sí o mediante la autoridad de aplicación, tendrá la facultad de determinar las modalidades de esos beneficios.
Qué cambia en las facturas de gas y hasta cuándo estará vigente el régimen
La modificación introduce un cambio en las condiciones de acceso a los descuentos para los usuarios de las zonas comprendidas en la ampliación anterior.
La bonificación adicional dejará de depender únicamente de la ubicación geográfica y quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos del régimen focalizado.
Esto significa que los hogares que no reúnan las nuevas condiciones podrían dejar de recibir el descuento territorial anterior, aunque su situación frente a otros subsidios energéticos deberá evaluarse por separado.
Además, el nuevo beneficio se aplicará sobre los consumos base establecidos por el régimen, por lo que no necesariamente cubrirá la totalidad del gas utilizado en una casa.
Sin embargo, la Ley 27.828 no establece un porcentaje específico para la nueva bonificación adicional ni determina cuánto aumentarán las facturas de los usuarios que dejen de recibir el descuento anterior.
Tampoco precisa cuántos hogares podrán conservar el beneficio ni cuántos quedarán excluidos.
En cuanto al financiamiento, la normativa establece que el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas se constituirá con un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, con las excepciones previstas en la ley.
El Poder Ejecutivo podrá aumentar o disminuir el nivel de ese recargo hasta en un 50%, de acuerdo con las modalidades que considere pertinentes.
La reforma también incorpora disposiciones sobre el mercado eléctrico, las condiciones de contratación de gas, las fuentes renovables de energía y la actividad hidrocarburífera.
POLITICA
Malvinas: venció el ultimátum de la Argentina al Reino Unido y es inminente el pedido de arbitraje al Tribunal del Mar

El plazo de dos semanas que el gobierno de Javier Milei concedió al Reino Unido para detener las actividades vinculadas con el proyecto petrolero Sea Lion en las Islas Malvinas venció este lunes y abrió una nueva etapa del reclamo argentino. El Ministerio de Relaciones Exteriores, encabezado por Pablo Quirno, trabaja ahora para formalizar, durante esta semana, una presentación ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, con sede en Hamburgo, en busca de medidas provisionales que puedan impedir el avance del emprendimiento mientras se desarrolla un arbitraje internacional.
Según pudo saber Infobae de fuentes oficiales con conocimiento de las actuaciones, la Cancillería conduce la estrategia diplomática y jurídica internacional, mientras que la Procuración del Tesoro de la Nación, encabezada por Sebastián Amerio, trabajó durante las últimas semanas sobre los aspectos legales de la presentación. Los próximos pasos contemplan completar las instrucciones a los abogados que llevarán el caso. Todavía resta determinar si la representación se organizará exclusivamente con letrados argentinos o si se incorporará asesoramiento jurídico externo. La presentación fue proyectada para esta semana, aunque no tiene una fecha pública confirmada.
La novedad es el vencimiento de la intimación que la Oficina del Presidente comunicó el 28 de septiembre. Desde entonces, Londres mantuvo su rechazo a la posición argentina y defendió las actividades económicas autorizadas por las autoridades de las islas. La falta de un acuerdo abre la posibilidad de que Buenos Aires avance con el pedido anunciado por Milei. Su presentación, sin embargo, no suspende automáticamente Sea Lion: corresponde al Tribunal decidir si adopta medidas y cuál será su alcance.
El Gobierno concentra su expectativa inmediata en una decisión provisional que frene nuevas actividades de desarrollo y explotación hidrocarburífera. No pretende que el Tribunal del Mar resuelva la soberanía de las islas, materia ajena a su jurisdicción. Busca que examine obligaciones internacionales vinculadas con los recursos marítimos y determine si corresponde preservar la situación actual hasta que exista una resolución arbitral sobre el fondo.

La conducción de la gestión está centralizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores, donde la Consejería Legal Internacional, encabezada por el embajador Mario Oyarzábal, interviene en el desarrollo técnico del procedimiento. La Procuración del Tesoro, bajo la conducción de Amerio, participó de la preparación jurídica de las actuaciones. De acuerdo con la información obtenida por Infobae, la Cancillería coordina los próximos movimientos para completar la presentación y avanzar ante la instancia internacional.
El Tribunal del Mar puede disponer medidas provisionales
El 28 de septiembre, Milei instruyó a la Cancillería a iniciar el procedimiento del Anexo VII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). En su comunicado, la Presidencia exigió al Reino Unido que adoptara medidas para impedir el inicio o la continuación de actividades destinadas a explotar hidrocarburos en la Cuenca Malvinas Norte y advirtió que recurriría al Tribunal del Mar si no obtenía una respuesta satisfactoria.
“Si en 2 semanas el Reino Unido no frena la explotación ilegítima, vamos a ir al Tribunal Internacional del Derecho del Mar”, publicó el Presidente en X. El canciller Pablo Quirno anunció entonces que había notificado a Londres el inicio del arbitraje. Esta última comunicación y la eventual solicitud de medidas provisionales son actuaciones diferentes, una distinción central para comprender qué puede pasar desde ahora.
La CONVEMAR prevé, a través de su Anexo VII, la constitución de un tribunal arbitral de cinco integrantes para resolver controversias sobre interpretación o aplicación de la Convención. Su conformación y el intercambio de escritos, defensas y audiencias pueden llevar años. En cambio, el artículo 290.5 permite acudir al Tribunal Internacional del Derecho del Mar antes de que esté constituido ese órgano arbitral, siempre que se satisfagan las condiciones procesales correspondientes.

La regla exige considerar si el tribunal arbitral que se constituirá tendría competencia preliminar para intervenir y si existe urgencia suficiente para adoptar medidas. Los jueces pueden atender el pedido, rechazarlo o disponer medidas distintas de las solicitadas. Si se ordenan medidas provisionales, son obligatorias para las partes según el artículo 290.6. Cuando comience a funcionar el tribunal arbitral, este podrá mantenerlas, modificarlas o dejarlas sin efecto.
También hay una precisión respecto de los plazos. Las dos semanas que concluyeron este lunes corresponden al requerimiento anunciado por la Argentina. El artículo 290.5 contempla, a su vez, dos semanas desde la notificación de una solicitud de medidas provisionales, cuando las partes no acuerden qué tribunal debe examinarlas. Para establecer cómo se computa ese requisito en este expediente se necesita conocer el contenido completo de las notificaciones diplomáticas. El vencimiento del ultimátum no equivale, por sí solo, a una habilitación judicial automática.
El procedimiento urgente puede concluir en plazos comparativamente breves. Si la Argentina formaliza el pedido durante octubre, los antecedentes permiten considerar una eventual definición en noviembre. No existe, sin embargo, una fecha de resolución predeterminada ni una garantía de que las medidas solicitadas sean concedidas. El Tribunal debe escuchar a las partes y evaluar tanto su jurisdicción preliminar como las circunstancias alegadas.
El precedente argentino más significativo es el de la Fragata ARA Libertad. En 2012, cuando el buque estaba retenido en Ghana a partir de un reclamo de acreedores, la Argentina inició un arbitraje bajo el Anexo VII y recurrió al Tribunal del Mar. El pedido de medidas provisionales ingresó el 14 de noviembre y el 15 de diciembre los jueces ordenaron la liberación inmediata e incondicional de la embarcación. El resultado práctico llegó antes de cualquier decisión definitiva del arbitraje.

Otro antecedente se relaciona directamente con el petróleo. En 2015, una sala especial del Tribunal intervino en la controversia marítima entre Ghana y Costa de Marfil. Aunque no dispuso la paralización total de las actividades existentes, ordenó impedir nuevas perforaciones en el área disputada. La comparación tiene límites porque aquel caso trataba sobre delimitación marítima y no sobre la soberanía de un archipiélago, pero ilustra el tipo de restricciones provisionales que puede disponer una instancia internacional.
La urgencia invocada por Buenos Aires se vincula con el avance material de Sea Lion. La explotación comercial todavía no comenzó, pero el proyecto superó la etapa exploratoria. Navitas Petroleum, empresa israelí y operadora, controla el 65 por ciento; Rockhopper Exploration, compañía británica que descubrió el yacimiento en 2010, posee el 35 por ciento restante. Ambas adoptaron la decisión final de inversión a fines de 2025 y mantienen como objetivo iniciar la producción durante el primer trimestre de 2028.
El desarrollo está situado unos 220 kilómetros al norte de Malvinas y prevé una primera fase de once pozos submarinos conectados con una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga, denominada FPSO. Las perforaciones de desarrollo están proyectadas para 2027.
La semana pasada, Rockhopper informó que acordó invertir USD 44 millones por su participación del 35 por ciento en la sociedad propietaria del buque FPSO OSX-1, destinado a una aceleración del desarrollo central de Sea Lion. La operación confirma que, pese a las objeciones argentinas, las empresas continúan comprometiendo recursos y sostienen públicamente el calendario productivo.
Las acciones del Gobierno también alcanzaron a los contratistas. La Oficina del Presidente anunció que Halliburton, proveedor internacional de servicios petroleros, confirmó que sus filiales no prestarían servicios a Sea Lion. Navitas informó después que trabajaba para sustituir a dos contratistas afectados, aunque sostuvo que no esperaba un perjuicio material sobre el proyecto. Estas decisiones integran un escenario de presión jurídica y comercial que se desarrolla en paralelo con el futuro expediente internacional.
El reclamo busca evitar cambios unilaterales

La solicitud argentina se apoyará en la existencia de una disputa de soberanía reconocida por Naciones Unidas, en las obligaciones de la CONVEMAR vinculadas con el medio marino y sus recursos, y en la necesidad de evitar cambios unilaterales mientras continúa la controversia. La Resolución 2065 de 1965 reconoció la disputa entre ambos países e instó a negociar. La Resolución 31/49 de 1976 llamó a abstenerse de adoptar decisiones que modificaran unilateralmente la situación.
La Cancillería buscará asociar esos antecedentes con los recursos del lecho y subsuelo marino, en particular con el carácter no renovable del petróleo. El argumento es que su extracción y determinadas modificaciones físicas derivadas de las perforaciones podrían producir efectos imposibles de revertir mediante una resolución posterior. En esa discusión también aparece el artículo 83.3 de la CONVEMAR, referido a las obligaciones de los Estados mientras está pendiente la delimitación de una plataforma continental.
La cuestión de competencia representa una dificultad central. El Reino Unido sostiene que las actividades petroleras se realizan conforme a las normas aplicables en las islas y al derecho internacional. Argentina debe formular un reclamo que pueda examinarse bajo la CONVEMAR sin exigir al Tribunal que decida antes cuál de los dos países tiene soberanía territorial. En el arbitraje sobre el archipiélago de Chagos, un tribunal rechazó estudiar determinadas pretensiones precisamente porque implicaban resolver una disputa territorial ajena a su competencia.
Tras el vencimiento del ultimátum, la próxima novedad dependerá de la formalización del pedido argentino. La Cancillería, bajo la conducción de Pablo Quirno, tiene previsto avanzar esta semana con la presentación, después del trabajo jurídico realizado junto con la Procuración del Tesoro. El trámite todavía requiere decisiones operativas y una presentación concreta. Deberá fundamentar por escrito su urgencia procesal. Si llega a Hamburgo, el Tribunal examinará si corresponde disponer medidas provisionales sobre Sea Lion. El arbitraje de fondo seguirá su curso por separado, mientras las empresas buscan continuar con un proyecto cuya primera producción está prevista para 2028.
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POLITICA
Por irregularidades en su residencia, el Gobierno expulsó a un brasileño que insultó a Milei en redes sociales

El Gobierno le canceló la residencia permanente y le prohibió el ingreso al país por cinco años a un ciudadano brasileño ligado al Partido de los Trabajadores de Lula da Silva que había insultado a Javier Milei en sus redes sociales. Según explicaron fuentes oficiales, la medida se tomó por incumplimientos en sus condiciones de residencia.
Se trata de José Rogério Carvalho Tomaz Junior, que en sus redes se define como un periodista y analista político con vínculos con el oficialismo brasileño. Este lunes, al aterrizar en el Aeropuerto Jorge Newbery, fue demorado en Migraciones.
Según explicaron fuentes del Ministerio de Seguridad, la cancelación se debió a que Tomaz Jr “prácticamente no había permanecido en la Argentina durante el período de vigencia de su residencia permanente”, además de haberse constatado que no vivía en el domicilio declarado ante la Dirección Nacional de Migraciones. “Es una falta grave eso”, explicaron a este medio.
La medida se ampara en la reforma migratoria que impulsó el Gobierno de Milei en mayo de 2025. A través del DNU 366/25, el Ejecutivo modificó la Ley de Migraciones y amplió los supuestos por los que se puede cancelar una residencia, sin importar su antigüedad o categoría. También estableció que las expulsiones que no están vinculadas con un delito llevan implícita una prohibición de reingreso de al menos cinco años.
Además, aquella reforma también incorporó obligaciones específicas relacionadas con la declaración del domicilio real para recibir notificaciones y la comunicación de los cambios de residencia. Según explicaron, ese fue uno de los motivos que justificó la expulsión del brasileño.
Si bien desde el Ejecutivo aseguraron que la medida no tuvo otros fundamentos, Tomaz Jr era señalado en el ecosistema digital de La Libertad Avanza por su posicionamiento en contra del Gobierno. “Realmente ya no sé si Javier Milei terminará sus días exiliado en Estados Unidos, colgado en la Plaza de Mayo por el pueblo o internado a la fuerza en algún hospital psiquiátrico. Pero no hay forma de que este loco termine bien, definitivamente”, había posteado en agosto.
En ese contexto, su expulsión fue celebrada por el asesor presidencial Santiago Caputo y uno de los funcionarios de su entorno, el director Nacional de Comunicación Digital de la Presidencia, Juan Pablo Carreira. Este, junto con otras figuras como Daniel Parisini -conocido en redes como El Gordo Dan- tuvieron múltiples cruces con Tomaz Jr en julio, luego de que figuras del oficialismo reavivaran el debate sobre el cobro a la salud y educación de extranjeros en instituciones públicas.
“Te falló el operativo, campeón”, escribió Santiago Caputo en X este lunes tras conocerse la expulsión del brasileño. “CHAU GOR… PUT…No solo no vas a poder seguir depredando nuestros recursos, sino que vas a tener que vivir 4 años en la Brasil de Flávio Bolsonaro siendo zurdo. Qué felicidad por favor. Un zurdo menos en Argentina. Hoy se celebra”, escribió por su parte Carreira.
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