POLITICA
Javier Milei vs. Alberto Fernández: según una encuestadora, ambas gestiones provocan el mismo nivel de rechazo

El último informe de Atlas Intel/Bloomberg, uno de los estudios de opinión pública más seguidos por el mercado, sorprendió este miércoles al revelar que la gestión de Javier Milei tendría el mismo nivel de desaprobación que la administración de Alberto Fernández.
Según la encuestadora, el 45,9% de los consultados consideraron que el gobierno libertario es “peor” que el de Alberto Fernández. En tanto, el 45% dijo que la gestión del actual mandatario es “mejor” que la del expresidente y el 9% los evaluó “igual”.
Las áreas en que los encuestados consideraron mejor la administración de Fernández (2019-2023) fueron obras públicas y empleo, políticas sociales y reducción de la pobreza, entre otras. En contraste, prefirieron a Milei, por ejemplo, en materia de gestión económica y responsabilidad fiscal; relaciones exteriores y agricultura.
El reporte también registra un leve repunte en la aprobación presidencial, en la evaluación del Gobierno y en la imagen de Milei. Sin embargo, creció fuertemente la visión negativa sobre la situación económica, mientras, en el ranking de dirigentes con mejor imagen, la expresidenta Cristina Kirchner y la diputada de izquierda Myriam Bregman se ubican en los primeros puestos, por encima del Presidente.
Los datos surgen del último Latam Pulse, el relevamiento mensual que la consultora brasileña Atlas Intel elabora para la agencia norteamericana Bloomberg. Entre el 2 y el 7 de octubre, más de 2000 argentinos fueron consultados (el margen de error es de ±2 p.p.).
Respecto de la comparación Milei-Fernández, el informe muestra que, en los temas en los que los encuestados se inclinan por el Presidente, su ventaja sobre el exmandatario es acotada. En cambio, cuando se impone el peronista, lo hace por márgenes amplios en varios casos.
Milei se destaca en Gestión económica y responsabilidad fiscal, un área a la que se aboca especialmente y la bandera que defiende con mayor intensidad –el equilibrio fiscal–. Allí cosecha un 46% de percepciones positivas frente a Fernández. Sin embargo, un 42% eligió al expresidente.
En Relaciones Exteriores, asunto en el que el líder libertario se alinea fuertemente con los Estados Unidos de Donald Trump y el Israel de Benjamín Netanyahu, también supera al peronista, por 45% a 43%.
Hay una tercera y última materia en la que el jefe de Estado logra un saldo positivo: Agricultura, donde reúne 44% contra 37%.
En el resto de las áreas, Milei obtiene un diferencial negativo; es decir, los consultados lo consideraron “peor” que Fernández.
El expresidente logró el saldo positivo más alto y el mayor porcentaje de respuestas a su favor en Obras públicas (59% a 29%), un área que Milei recortó fuertemente.
Alberto Fernández también superó al Presidente en Empleo, políticas sociales y reducción de la pobreza (57% a 32%); Educación y Cultura (55% a 32%); Medio ambiente (52% a 29%); Salud (55% a 33%); y Turismo (49% a 31%).
Aunque con márgenes más estrechos, también se impuso en Transparencia y lucha contra la corrupción (47% a 38%) y en Seguridad Pública (43% a 38%).
Gestión
La aprobación del Presidente tuvo un leve repunte en septiembre: subió del 38,1% al 38,5% y el rechazo bajó casi 1 punto, hasta ubicarse en 57,2%.
Cuando se pregunta por la evaluación del Gobierno, quienes la consideran entre buena y excelente ascendieron al 33,3% (1,8 puntos más que en agosto), y quienes responden mala o muy mala alcanzaron el 54,2% (eran el 52,7% el mes anterior).
Mientras, el 71% de los encuestados valoró como negativa la situación económica de la Argentina (8 puntos más que el mes anterior), mientras que el 55% cree que empeorará en los próximos seis meses. El 31% piensa que mejorará y el 14%, que seguirá igual.
En septiembre, la corrupción despegó como la principal preocupación de la ciudadanía (50,3%, 5,9 puntos más que el mes anterior). Por debajo se ubicaron el desempleo (44%, se mantuvo estable) y la impunidad y el sistema judicial (34,6%, con un aumento de 6,7 puntos en un mes). Cada entrevistado podía marcar hasta tres opciones.
El informe también mostró la evaluación de políticas puntuales del Gobierno. Las medidas más valoradas como “aciertos” fueron la eliminación de intermediarios en la entrega de planes sociales, el fin del cepo para comprar dólares, la implementación del protocolo antipiquetes, el cierre y la fusión de ministerios y la apertura de importaciones. Todas tuvieron un saldo favorable.
En cambio, las de mayor diferencial negativo, es decir, las valoradas principalmente como “errores”, fueron la reducción de la cobertura de medicamentos del PAMI, la baja del presupuesto en Discapacidad, la paralización de la obra pública, el veto al aumento de las jubilaciones aprobado por el Congreso, la liberación del precio de la medicina prepaga, el recorte de financiamiento del sistema universitario y científico, y los despidos y la caída de salarios en el sector público.
A mitad de tabla –aunque también con saldo negativo– se ubicaron los beneficios fiscales para grandes inversiones, la devaluación del peso al asumir el Gobierno, la derogación de la Ley de Alquileres, el alineamiento internacional con Estados Unidos e Israel, la reforma laboral y la reducción de los subsidios a las tarifas de luz y gas.
Imagen positiva
Aunque todos tienen un diferencial negativo, es decir, más rechazos que apoyos, la lista de dirigentes mejor posicionados en la encuesta la encabezan Cristina Kirchner (39% de imagen positiva y 56% negativa), Myriam Bregman (38%-50%) y Javier Milei (38%-59%). El gobernador bonaerense, Axel Kicillof, ocupa el cuarto lugar (37%-54%) y la senadora oficialista Patricia Bullrich, el quinto (37%-58%).
Cristina Kirchner, en prisión domiciliaria por la condena en el caso Vialidad, había logrado frenar la caída el mes pasado, pero en este registro la imagen negativa volvió a crecer 1 punto, mientras que la positiva se mantuvo estable.
Bregman, que este año sorprendió en las encuestas, tuvo una baja: su imagen positiva cayó de 43% a 38%, aunque la negativa también retrocedió 1 punto. El mes pasado se había ubicado primera en el ranking.
Por su parte, Milei mejoró bastante sus números: la imagen positiva creció 3 puntos y la negativa cayó otros 3. Además, este mes accedió al podio, después de haber quedado quinto el mes anterior.
Por debajo se ubicó Kicillof, uno de los dirigentes que más antagoniza con Milei, que también mejoró su imagen, aunque sutilmente: la positiva creció un punto y la negativa cayó otro.
Bullrich, que continuó marcando diferencias con Milei, atraviesa una curva desfavorable: su imagen positiva cayó 1 punto (viene en baja desde junio, cuando marcó 45%, frente al 37% actual) y la negativa creció 3 (desde julio, su piso en el último año, subió 7 puntos hasta el 58% de hoy).
En rigor, está volviendo a los niveles que mantuvo hasta abril pasado. Desde aquella fecha, creció al marcar distancia con el exjefe de Gabinete Manuel Adorni cuando todavía seguía en funciones en medio de la investigación de su patrimonio. En aquella época, también se desmarcó del gobierno de Milei en materia judicial.
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POLITICA
Jorge Macri envió los pliegos para el recambio de autoridades en el organismo electoral porteño

Tras la renuncia de las autoridades del Instituto de Gestión Electoral (IGE), el jefe de gobierno porteño, Jorge Macri, envió ayer a la Legislatura los pliegos de Federico Fahey Duarte y Tomás Aguerre para conducir el organismo.
El decreto 387/26 oficializó este jueves la salida de Adrián González, hasta ahora director titular, y la de Aguerre, director adjunto. La renuncia de González rige desde el 3 de septiembre, ya que al día siguiente el jefe de Gabinete, Diego Santilli, lo designó presidente del Correo Argentino. Aguerre, que había quedado al frente del IGE tras esa salida, dejó el cargo el martes pasado, aunque ahora es propuesto para volver a ocuparlo.
Para reemplazar a González, el mensaje 50/26, también presentado ayer, postula a Fahey Duarte, quien ya fue director titular entre julio de 2023 y abril de 2024, por lo que estuvo al frente del IGE durante las elecciones de 2023, cuando Horacio Rodríguez Larreta aún era jefe de gobierno. Hasta este martes, además, se desempeñaba como gerente operativo de Administración de Procesos Electorales del organismo.
Aguerre, por su parte, es director adjunto desde junio de 2024. Según la normativa, el director dura cinco años en el cargo y, si renuncia, lo reemplaza el adjunto hasta completar el mandato. Pero cuando ambos puestos quedan vacantes, como ocurre ahora, corresponde designar un nuevo titular y un adjunto con acuerdo de la Legislatura.
El ministro de Justicia porteño, Gabino Tapia, explicó a que Aguerre no continuó como titular “porque el procedimiento para completar el otro director [adjunto] era el mismo y se resolvió enviar un nuevo”. Confirmó, además, que Fahey Duarte y Aguerre ya fueron nombrados en comisión, a la espera de la designación definitiva de la Legislatura.
En el plano político, Aguerre es cercano al senador nacional Mariano Recalde, titular del Partido Justicialista porteño y referente de La Cámpora. Allegados a Recalde señalaron a que el peronismo propuso su nombre en un acuerdo parlamentario que contempla votar a ambos candidatos en conjunto.
Para concretarse, los nombramientos requieren el acuerdo de dos tercios del total de los miembros de la Legislatura: 40 votos sobre 60 diputados. El bloque oficialista Vamos por Más cuenta con 12 legisladores y deberá, como en cada proyecto, buscar consensos con otras bancadas. Fuerza por Buenos Aires, el bloque peronista, tiene 20 diputados.
La renovación de la cúpula del IGE cobra especial relevancia a menos de un año de los comicios. Según la Ley 6031, entre las competencias del organismo figuran:
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POLITICA
La Justicia ordenó al Gobierno mantener las prestaciones de un centro que atiende a personas con discapacidad

La Justicia federal ordenó al Gobierno nacional mantener la categorización de un centro terapéutico que atiende a 61 personas con discapacidad, entre ellas niños, adolescentes y adultos con autismo, psicosis y discapacidad intelectual. La decisión frenó la exclusión de la institución del Registro Nacional de Prestadores, una medida que podía comprometer la continuidad de tratamientos y prestaciones de alojamiento.
El fallo fue dictado por Walter Lara Correa, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 10, quien hizo lugar a una medida cautelar presentada por el Centro de Rehabilitación y Educación Psicomotriz (CEREP), ubicado en el barrio porteño de Flores. La resolución, firmada el jueves 5 de noviembre, ordenó una nueva inspección y citó las denominadas “Reglas Papa Francisco para el trato humano de personas excluidas”.
La cautelar no anuló el procedimiento administrativo iniciado por el Gobierno ni cuestionó sus facultades de fiscalización. Dispuso que el establecimiento conserve su inscripción hasta que las autoridades nacionales realicen una nueva inspección y comuniquen sus resultados al tribunal en el plazo de diez días.
“Corresponde hacer lugar a la medida cautelar de no innovar respecto a la categorización de la amparista hasta tanto la accionada realice la nueva inspección en la sede de CEREP S.R.L.”, estableció el juez en la parte resolutiva.
El conflicto se originó tras una auditoría realizada el 12 de junio de 2026 por organismos nacionales encargados de controlar las prestaciones para personas con discapacidad. Los inspectores detectaron irregularidades edilicias y de funcionamiento, problemas de accesibilidad, deficiencias en materia de seguridad y observaciones sobre la documentación y la organización de los tratamientos.
A partir de esas conclusiones, la Secretaría Nacional de Discapacidad impulsó la baja de CEREP del Registro Nacional de Prestadores, tanto en la modalidad de Centro Educativo Terapéutico como en la de Hogar con Centro Educativo Terapéutico.
La institución, fundada el 23 de agosto de 1990, sostuvo que había corregido gran parte de las deficiencias y que las autoridades administrativas no valoraron de manera adecuada la documentación presentada para acreditar las mejoras. En agosto entregó un descargo con 21 anexos, entre fotografías, facturas de materiales y constancias de reparaciones.

El establecimiento cuenta con 36 concurrentes ambulatorios y 25 personas alojadas de forma permanente. De acuerdo con la documentación incorporada al expediente, tiene una planta funcional de 40 profesionales de la salud. La eventual pérdida de la categorización nacional podía afectar especialmente a quienes reciben cobertura de obras sociales.
En ese punto, la sentencia introdujo una distinción: el procedimiento administrativo no disponía la clausura del centro. El magistrado explicó que una eventual exclusión del registro no impediría que CEREP siguiera funcionando con su habilitación local, aunque modificaría de manera sustancial sus posibilidades de prestar servicios dentro del sistema nacional.
Según el fallo, el establecimiento sería excluido del registro, pero “conservaría la habilitación para seguir trabajando”. Sin embargo, esa decisión podía perjudicar de manera indirecta a los pacientes, porque la institución dejaría de brindar determinadas prestaciones a través de las obras sociales.
La inspección judicial y las mejoras realizadas
Antes de resolver, Lara Correa convocó a las partes a una audiencia el 14 de octubre y ordenó una inspección ocular en las instalaciones. El recorrido se realizó el 20 de octubre, con la participación de funcionarias judiciales, representantes del Ministerio de Salud, profesionales que intervinieron en la auditoría original y autoridades de CEREP.
Durante la diligencia, fueron examinados dormitorios, baños, aulas, espacios comunes, instalaciones de seguridad y sectores destinados a actividades educativas y terapéuticas.
Los funcionarios constataron reparaciones en ventanas, la incorporación de elementos de seguridad, mejoras en el mobiliario y trabajos en las instalaciones sanitarias. También revisaron las condiciones de los colchones, los espacios de alojamiento y los elementos de higiene personal.
Uno de los datos centrales surgió de la evaluación de la arquitecta Alejandra Álvarez, quien había participado de la auditoría original en representación del organismo nacional.
Según el acta judicial, la profesional manifestó que “en líneas generales las observaciones efectuadas en el acta de la auditoría de fecha 12/06/26 fueron subsanadas”.
La comprobación no implicó que hubieran desaparecido todas las deficiencias. Seguían pendientes mejoras en la accesibilidad de sectores con desniveles, la señalización de salidas de emergencia, ciertas condiciones de seguridad vinculadas con la calefacción y la adaptación de un baño para personas con discapacidad.
No obstante, las modificaciones verificadas durante el recorrido fueron un elemento relevante para evaluar la necesidad de mantener la categorización mientras continúa el procedimiento administrativo.
Los argumentos del Gobierno y la decisión judicial
Durante el trámite, la Secretaría Nacional de Discapacidad defendió la actuación de sus equipos técnicos y sostuvo que la exclusión del registro respondía a incumplimientos de los requisitos fijados para garantizar la calidad y la seguridad de las prestaciones.
El organismo afirmó que las instituciones categorizadas deben cumplir estándares específicos y que su fiscalización es una responsabilidad estatal destinada a proteger los derechos de los pacientes. También planteó que la intervención judicial no debía reemplazar las facultades técnicas y administrativas del Poder Ejecutivo.
El juez examinó esos argumentos, pero entendió que correspondía preservar de manera provisoria la situación existente. Consideró que el perjuicio derivado de la baja de la categorización podía ser mayor que el de mantenerla hasta una nueva evaluación.
En particular, destacó los derechos a la salud, la educación, el cuidado, la vida digna y la habilitación y rehabilitación de las 61 personas que asisten al establecimiento.
La sentencia señaló que la pérdida de la categorización podía afectar la continuidad asistencial de los pacientes y generar consecuencias que excedían el conflicto entre el Estado y una empresa prestadora.
El magistrado sostuvo que la naturaleza de los derechos involucrados exigía una “debida diligencia reforzada respecto de los grupos vulnerables”, lo que justificaba las audiencias, la participación de las partes y las inspecciones en el establecimiento.
En ese contexto, recurrió a jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a principios constitucionales de protección de las personas con discapacidad.
Las Reglas Papa Francisco y el derecho a la dignidad

Uno de los aspectos de la sentencia fue la referencia expresa a las Reglas Papa Francisco para el trato humano de personas excluidas, una iniciativa de la Pastoral Judicial que propone incorporar una perspectiva humanitaria al funcionamiento de los tribunales.
“A ello cuadra añadir, las reglas del Papa Francisco para el trato humano de personas excluidas, reglas que reconocen que normativa, procesos o sentencias judiciales en clave de vencedores y vencidos, no dan respuesta adecuada al derecho a la dignidad de cada persona”, escribió Lara Correa.
La mención aparece en el tramo en el que el juez analiza cómo una controversia administrativa puede repercutir sobre personas que no son parte formal del proceso, pero cuyos derechos se encuentran directamente comprometidos.
El magistrado explicó que la resolución debía considerar una concepción de justicia distributiva, orientada al bien común y a las consecuencias sociales de las decisiones, sin limitarse a definir cuál de las partes tenía razón en la disputa.
Las Reglas Papa Francisco fueron elaboradas a partir de los encuentros de “Diálogos por una justicia más humana”, que la Pastoral Judicial desarrolla desde 2024. La iniciativa reúne experiencias de personas en situación de pobreza, exclusión y vulnerabilidad, con el objetivo de trasladar esos planteos a la administración de justicia.
Uno de esos encuentros se realizó en mayo de 2026 en el Cottolengo Don Orione de Claypole, una institución que alberga a cerca de 500 personas con discapacidad.
El sacerdote Aníbal Quevedo, una de las autoridades de la Obra Don Orione en la Argentina, Uruguay y Paraguay, fue anfitrión de aquella reunión. Después recibió una edición especial de las reglas, que también fue enviada al papa León XIV.
La referencia judicial adquiere otra particularidad por el momento en que se produjo: la sentencia fue firmada tres días antes del inicio de la visita apostólica de León XIV a la Argentina, prevista para el domingo 8 de noviembre.
Qué establece la medida cautelar
La decisión de Lara Correa mantiene de manera provisoria la categorización nacional de CEREP, pero no exime al establecimiento del cumplimiento de las normas vigentes ni impide futuras medidas administrativas basadas en nuevas verificaciones.
El Ministerio de Salud deberá realizar otra inspección y comunicar su resultado al juzgado en diez días. Además, tendrá que presentar el informe correspondiente a la acción de amparo dentro de los cinco días fijados en la resolución, con los argumentos y las pruebas para defender su posición.
El magistrado aclaró que la medida cautelar no adelanta una sentencia definitiva sobre el fondo del conflicto y puede ser revisada ante la aparición de nuevos elementos.
En el apartado dedicado al interés público, consideró que mantener la categorización favorecía la protección de los derechos de los concurrentes, mientras que rechazar la cautelar podía ocasionar consecuencias más gravosas para ellos.
La resolución dejó planteado el criterio que guio la intervención judicial: el Estado conserva sus facultades de control y la obligación de exigir condiciones adecuadas a los prestadores, pero el ejercicio de esas atribuciones debe contemplar los efectos concretos sobre quienes reciben atención.
Por ahora, las 61 personas que asisten a CEREP podrán continuar recibiendo las prestaciones bajo la categorización que la Justicia ordenó preservar. La continuidad de esa situación dependerá de la nueva evaluación administrativa y de las decisiones que se adopten durante el trámite del amparo.
POLITICA
El fiscal Pollicita dijo que no hay pruebas para sostener que Adorni se enriqueció en su paso por el Gobierno

El fiscal federal Gerardo Pollicita sostuvo hoy que no existen pruebas para creer que el exjefe de Gabinete Manuel Adorni se enriqueció ilícitamente durante su paso por la función pública. Para el fiscal, no hay elemento alguno para seguir investigando al exfuncionario por corrupción.
Según informaron fuentes judiciales, Pollicita sostuvo esto en un dictamen presentado en el juzgado federal de Ariel Lijo con el que alegó que no tiene fundamentos para rebatir la versión del exfuncionario; es decir, que Adorni tenía el dinero utilizado en compras de inmuebles, reformas y viajes -más de medio millón de dólares- desde antes de llegar a la función pública, escondido del fisco.
El fiscal sostuvo que su investigación no pudo hacer caer esa versión y, con ese argumento, pidió que el caso pase al fuero penal económico para que se determine si hubo evasión.
Si Lijo hace lugar al pedido de Pollicita, Adorni no será sobreseído, pero los números del exfuncionario pasarían a ser revisados por ese fuero.
El dictamen del Pollicita se adecúa a la versión de los hechos del propio Adorni una vez que en la causa por presunto enriquecimiento ilícito quedó a la vista el salto en los bienes y el tren de vida que él y su familia experimentaron desde su llegada al poder.
Según Adorni, el dinero con el que justificó todos sus gastos durante el tiempo que fue funcionario de Javier Milei provenía de una apuesta por la moneda digital Bitcoin y lo tenía desde antes del inicio de gestión, solo que no había sido declarado ante el fisco. Tampoco, en sus declaraciones juradas ante la Oficina Anticorrupción.
“Hago un mea culpa, por supuesto que cometí un error -sostuvo en una entrevista en LN+ hizo pública su defensa- Voy a pagar hasta el último impuesto que me corresponda pagar, hasta la última multa, todos los intereses, todo lo que devenga de este error”.
En los tribunales de Comodoro Py, el eje de la investigación fue determinar si el crecimiento patrimonial exponencial que reflejaban los viajes, las compras inmobiliarias y otros gastos del exfuncionario podían justificarse con sus ingresos y los de su esposa, Bettina Angeletti.
Con la causa penal muy avanzada en su contra, el exfuncionario hizo el movimiento que el fiscal no pudo refutar: introdujo modificaciones en sus declaraciones juradas e incorporó más 565.000 dólares a su patrimonio bajo el rótulo de “venta de activos”; una cifra que salvaba los agujeros que la investigación había ido destapando.
El escrito de Pollicita sostiene que la explicación de Adorni es “poco verosimil” y que su comportamiento es incompatible con la “transperencia” que exige la función pública, pero también que la investigación judicial no pudo probar otra cosa.
“La tenencia de moneda extranjera que Manuel Adorni exteriorizó mediante las declaraciones rectificativas bajo el concepto de ‘venta de activos’ —USD 565.000 al inicio de 2023—, cuyo origen la defensa sitúa en la operatoria con Bitcoin desarrollada entre 2014 y 2018, no pudo ser desvirtuada por esta Fiscalía”, dice el dictamen.
Las billeteras
La clave del dictamen gira en torno a ocho billeteras virtuales en las cuales se realizaron operaciones entre 2014 y 2018. En ellas, Adorni fundó su versión de los bitcoins. Dijo que eran suyas y facilitó la llave de acceso a las mismas.
Con ellas, la investigación pudo comprobar que Adorni tiene acceso a las billeteras, pero no que haya sido su dueño al momento en que se realizaron las operaciones.
Es decir, que el fiscal no pudo verificar la versión de Adorni, pero tampoco refutarla y por eso consideró agotada la pesquisa.
“Este es el punto central de la valoración, porque de ella depende que la operatoria con Bitcoin pueda ser considerada como la fuente, previa a la asunción del cargo, de la tenencia de moneda extranjera que el requerido exteriorizó tardíamente”, dice el texto.
“Sin embargo, la prueba reunida no permite descartar que Manuel Adorni haya tenido el dominio de las ocho direcciones durante el período en que operaron”, afirmó el fiscal.
La fiscalía también analizó si Adorni y su esposa tenían capacidad económica para realizar la inversión inicial de unos 200.000 dólares en Bitcoin que el exfuncionario dijo haber hecho. Para ello, reconstruyó los ingresos del matrimonio anteriores a su llegada al Gobierno y concluyó que la inversión era compatible con su situación económica.
la versión del exfuncionario,Federico González del Solar,Manuel Adorni,Conforme a
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