INTERNACIONAL
El retroceso récord de un glaciar en la Antártida preocupa a los científicos

Los glaciares de la Antártida suelen moverse lejos de la atención global, pero en 2022 el Hektoria sorprendió a la ciencia.
Esa masa de hielo, que se encuentra en la costa este de la península Antártica, mostró el retroceso más veloz registrado para un glaciar apoyado en tierra firme.
En solo dos meses perdió más de ocho kilómetros, algo que nunca se había visto en glaciares de este tipo, según el estudio que fue publicado en la revista Nature Geoscience.
El hallazgo generó alarma entre los expertos por la posibilidad de que el nivel del mar suba más rápido si otros glaciares siguen el mismo camino.
Según los registros, Hektoria llegó a retroceder hasta 0,8 kilómetros por día mientras su frente colapsaba y se desprendía.
La investigación fue liderada por Naomi Ochwat, investigadora en glaciares de la Universidad de Colorado Boulder, en los Estados Unidos.
“Cuando volamos sobre Hektoria a inicios de 2024, no podía creer la inmensidad de la zona que había colapsado. Había visto el fiordo y los notables accidentes montañosos en las imágenes satelitales, pero estar allí en persona me llenó de asombro por lo que había sucedido”, contó la científica.
Con su equipo también colaboraron expertos de la Universidad Central de Washington, la Universidad de Swansea, en el Reino Unido, la Universidad de Toulouse, en Francia, y del Departamento de Geografía y Estudios Ambientales de la Universidad de Carleton en Canadá.

El estudio nació ante la falta de conocimiento sobre cómo ciertos procesos bajo el hielo pueden acelerar transformaciones en el borde de los glaciares apoyados sobre roca.
Los científicos detectaron que muchos modelos de predicción actuales no consideran todos los factores que pueden provocar colapsos rápidos.
Las preguntas apuntaban a las llamadas “llanuras de hielo”, que son zonas planas bajo los glaciares que podrían ocultar riesgos no previstos.
Hasta ahora, los glaciares como Hektoria solo mostraban retrocesos de cientos de metros cada año.

Los investigadores se propusieron entender con pruebas cuándo y cómo esas masas pueden perder grandes sectores de hielo en poco tiempo.
Saber hasta dónde puede retroceder un glaciar importa porque el derretimiento aumenta el nivel del mar sin demora.
Las señales en el Hektoria mostraron lo poco que se sabe sobre el fondo de la Antártida y la necesidad de nuevas tecnologías para evitar sorpresas en las proyecciones climáticas.

El grupo usó imágenes satelitales, vuelos de observación y estudios de altura tomados entre febrero de 2022 y agosto de 2023.
Así reconstruyeron el avance y retroceso del glaciar y detectaron un cambio abrupto tras el invierno austral.
Los datos indicaron que el frente del glaciar perdió 8,2 kilómetros entre noviembre y diciembre de 2022.
Observaron un retroceso del frente glaciar de al menos 8,2 kilómetros entre noviembre y diciembre.
En ese mismo período, los sismógrafos de la zona registraron terremotos. Las formas de las ondas sísmicas coincidieron con desprendimientos de icebergs desde el glaciar apoyado, según informaron los científicos.

El retroceso sin precedentes tiene relación con una “llanura de hielo”, superficie plana de roca bajo el hielo cerca del mar. Cuando el glaciar perdió grosor, esa zona quedó expuesta al empuje del océano y el frente glaciar terminó por fragmentarse.
“El retroceso del Hektoria es algo impactante: este tipo de retroceso ultrarrápido realmente cambia lo que es posible para otros glaciares más grandes del continente. Si se dieran las mismas condiciones en otras zonas, podría acelerar mucho el aumento del nivel del mar desde el continente”, resaltó Ted Scambos, investigador principal de CIRES y coautor del estudio publicado en Nature Geoscience.

Ese proceso de desestabilización, casi no observado hasta ahora, podría darse en contextos similares de la Antártida y Groenlandia.
Por eso, los investigadores consideraron que el caso del Hektoria obliga a revisar lo que se sabe del comportamiento polar y su efecto en el nivel del mar.
El registro desafía ideas previas sobre la velocidad y el alcance de estos cambios y deja abierta la posibilidad de que eventos así ocurran en el futuro.
El informe recomienda relevar mejor el relieve escondido bajo el hielo para anticipar riesgos. “Mapear la topografía bajo los glaciares de Groenlandia y la Antártida se torna vital para evaluar la probabilidad de otros colapsos inesperados”, advirtió.
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Un abecedario para restablecer la democracia: segunda parte

En días pasados planteamos la necesidad de “Un Abecedario para restablecer la democracia”, convencidos de que a pesar de sus incontables beneficios se le “zarandea” de un lado a otro no pasando, por lo menos, en algunos cuantos países por su mejor momento. Entiéndase lo analizado como “Consideraciones preliminares” y que a partir de ahora se analizarán en este y posteriores ensayos el contenido de las letras del Abecedario. Empezamos, por consiguiente, con el:
Letra “A”
Capítulo I
A la cual calificamos en las “Consideraciones preliminares” como “aquella integrada por diputados elegidos por el pueblo en votación universal y secreta, a fin de que en ejercicio de la potestad que al último, como es bien sabido, le es soberana y a través de una constitución se estatuya, organice, discipline al Estado y se reafirmen los fines que le son propios y que realmente se hagan realidad. Al texto constitucional, en atención a su jerarquía, como ley superior de un país, se le denomina, asimismo, “Carta Magna, Ley Suprema y Ley de Leyes. Acotamos, también, con relación a Venezuela, que no ha escapado de la tendencia propia de los países de América Latina, a los cuales “erga omnes” les ha costado crearse, componerse y estabilizarse con la eficiencia debida con arreglo a lo estatuido por la asamblea constitucional, a la cual, incluyendo sus consecuenciales derivados, más bien se le ha asumido como una pelota de futbol que va y viene de arco en arco, pero sin entrar en ninguno de los dos. Ha de atribuirse, por tanto, significado, como se les ha ocurrido a estudiosos del tema, a la frase “la necesidad constituyente”, ilustrativa en lo concerniente a que si no nos enseriamos, alrededor de la burla proseguiremos con la diversión. Nosotros, conscientes del “caos constitucional”, hablaríamos más bien de “una determinante urgencia de la necesidad”. Pues, ha de realzarse la urgencia, por demás imperativa, del tratamiento que la crisis demanda.
Nos inclinaríamos, igualmente, en aras de una mayor precisión, por afirmar que “el propósito” de una Asamblea Constituyente “es la de edificar a una república”, lo cual no deja de complementar la apreciación con respecto al “balón de futbol”, pues, para la Academia de la Lengua Española “el sustantivo “propósito”, está referido al “ánimo o intención de hacer algo”, pero, asimismo, “el no hacerlo”, hipótesis no ausente en nuestra historia, ya que a lo largo de ella nos cuesta y bastante constatar una profusa diversidad de intentos por edificarnos como “república”, lo cual pareciera conducir a que no han sido “asambleas constitucionales serias”, más bien, tentativas alimentadas por el “ánimo o intención de no hacer algo”. Esto es, la segunda interpretación que al sustantivo “propósito” atribuye la Real Academia.
Algunas lecturas, por demás interesantes, entre ellas, la del Doctor en Ciencia Política de México, Sergio Ortiz Leroux (República y republicanismo, enero-abril 2007), sustentan que la creación de una república se ha confrontado con dos tipos de “republicanismo”, el “democrático-radical”, conforme al cual no se teme a la democracia y se sustenta que la idea del bien común es coincidente con la ecuación “el gobierno del, para y por el pueblo”. Se le identifica, asimismo, como “el de los pobres”. La segunda aproximación, el gobierno de los ricos, se alimenta en la oligarquía, en la autocracia y en “un único líder o grupo de individuos”, por lo que es escasa “la tolerancia al pluralismo político”. En lo conexo a la república se escribe que más bien ha de asociársele con la defensa de la libertad, a fin de “decidir quiénes y cómo queremos ser”, excluyendo, por tanto, la dominación, esto es, a ser gobernado por otro. No serlo conduce a autogobernarnos.
Esta segunda tipología de “republicanismo”, para Ortiz Leroux, es la de “una sociedad de propietarios”, y por tanto, de quienes dependen aquellos que no lo son, hipótesis a la que se cuestiona “que quien vive a merced de otro no es libre sino esclavo”, por lo que la ciudadanía a edificar, además de proporcionarnos derechos vinculados a la libertad, nos reclame obligaciones. En el republicanismo liberal-democrático, el bien común está asociado con el gobierno de las leyes y con la noción moderna de representación. La participación del pueblo es, por supuesto, importante, pero limitada a la elección de los gobernantes. No participa directamente en el gobierno, apreciación que conduce a preguntarse si pueden existir “repúblicas no democráticas”.
En esta modalidad republicana se reafirma la autonomía del individuo frente al Estado y el predominio de sus derechos individuales, particularmente, la propiedad, lo cual se evidencia al indagar con respecto a sus deberes para con la comunidad, limitados, en principio, al interés de sus propios derechos mediante el sufragio. La participación de los individuos en la esfera pública se reduce, consecuencialmente, a la mera expresión de los intereses privados mediante el voto, terciando las preferencias de los electores en puestos de representación. En la asamblea obviamente los derechos de los pudientes tendrán preferencia.
Las consideraciones anteriores corroboran que “edificar a “una república” es cosa seria”, por lo que, también, ha de serlo “una Asamblea Constituyente”. Y no menos determinante la representación popular que la componga. Consecuencialmente, ha de concluirse en que “no todos los países son repúblicas o que, por lo menos, las hay distintas y hasta opuestas”.
Ante el escenario tengamos en cuenta “la problemática en la cual se ha desenvuelto “la asamblea constituyente” en Venezuela”, cuyo análisis, al analizarse la numerosa diversidad de tentativas provoca determinar si han sido sinceras o “disfrazadas”. En efecto, desde nuestra independencia en 1811 hemos tenido formalmente 25 constituciones, si incluimos nuestra Acta de Independencia de 5 de julio de 1811 y la Constitución de la Gran Colombia de 1821. Se acota al respecto que el Acta de Independencia no se clasificaría como una Constitución, sin embargo, para estudiosos del tema sí lo es, pues es la que nos constituye como pueblo, manifestada aun antes de la independencia (Grupo de estudio integrado por el profesor de derecho constitucional, Gustavo Planchart Manrique, su coordinador y Manuel Caballero, Marianela Ponce, Manuel Pérez Viva Vila, Nikita Harwich Vallenilla, Fundación Empresas Polar).
En aras de la apreciación, leemos que la referida Acta de Independencia lleva incita dos providencias, derivadas del ejercicio de la soberanía: 1. Poner término al régimen colonial español y 2. La determinación de principios conforme a los cuales nos apartaríamos del estatus de colonia, para instituirnos en “república”. Circunstancias que en criterio de respetados analistas coadyuvan a calificar a la referida “acta” como derivada de “una asamblea constituyente”. La primera, deberíamos pensarlo, de una cadena sucesiva que ilustran a nuestra historia, tantas, que resulta por demás difícil encontrar una respuesta idónea al ¿Por qué? Un largo debate con el cual coexistimos desde 1811 hasta nuestros días.
Es recomendable, pues, admitir que los venezolanos hemos propendido, como en un número importante de países, a “una institucionalidad republicana”. Y, asimismo, aceptamos que la metodología ha sido “una asamblea constituyente” y en todos los supuestos, a pesar de que así, formalmente, no se le haya calificado. Esto es, que aplicando el criterio material (libertad, igualdad, dignidad y justicia) no otra conclusión pareciera posible.
En el compendio “Constituciones de Venezuela”, digno de elogiar, se hace una adecuada selección de los textos constitucionales a lo largo del acontecer venezolano, en procuración de “una república” seria, estable y eficiente. Estamos seguros de que el excelso profesor venezolano Allan Brewer Carías, coordinador del trabajo, así como los integrantes del equipo que le acompañó, han debido preguntarse ¿Por qué tantas constituciones? Lamentablemente no deja de ser difícil contestar, no obstante, estar a las puertas del año 2026 del presente siglo. Pero, asimismo, con respecto a las razones para haberse tirado por la ventana, hecha añicos, la Constitución de 1961, cuya estabilidad se prolongó durante 4 décadas y con ella la democracia más estable y próspera con la cual hemos contado. Sustituyó, como leemos, a la del 11 de abril de 1953 y refleja las tendencias todavía actuales de la democracia occidental al tomar en cuenta:
1. Las necesidades contemporáneas han orientado hacia un socialismo intervencionista, en búsqueda de un equilibrio estable y fructífero con el antiguo fondo liberal,
2. El espíritu de la nueva Carta traduce un liberalismo totalmente ausente de la Constitución anterior, que concretaba la cabal expresión de una dictadura,
3. Ha de advertirse que fue aprobada por un “congreso” electo popularmente, a raíz del fin del régimen antidemocrático.
No cuesta, por consiguiente, mucho esfuerzo para que concluyamos que atendiendo a un criterio material, la Constitución democrática de 1961 fue resultado del ejercicio de la función constituyente. Esto es, “el Congreso ejerció la función constituyente”. Cómo que hubiese sido una “asamblea”.
Es por demás conocido que esa constitución fue derogada por “una asamblea constituyente”, la cual establecería una sociedad democrática, participativa y protagónica, un Estado de justicia, la consolidación de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley, el aseguramiento del derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad… La República, pasó a llamarse “Bolivariana” y… fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional… Venezuela, nominalmente, se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores … la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político… El gobierno… es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables…. la Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico.
Venezuela, cuesta dudarlo, está hoy a las puertas de una nueva “Asamblea Constituyente” y para el mismo fin, o sea, la elaboración y promulgación de una, también, nueva, Constitución, la número 26. Pensábamos, incluyendo a unos cuantos asambleístas de la de 1999, que la de 1961 sería la última, pues las cartas magnas requieren del tiempo necesario para consolidarse, acudiéndose a las enmiendas y a las reformas con la finalidad de adecuarlas a situaciones reales que vayan surgiendo. No un “plumazo” fue suficiente, hábito en Caracas, donde el escribano lo ha hecho nada más y menos que en 25 ocasiones. Y que lo más grave es preguntarnos ¿por qué y para qué?
Las respuestas, lamentablemente, más que difíciles, por no pensar que parecieran no existir. Las causas para ser como somos, si es que allí pudiera encontrarse algún motivo de “nuestra incontinencia institucional”, algunos estudiosos la han identificado en las limitaciones que nos impusiera la colonización española, argumentación refutada duramente en el libro “Nada por lo que pedir perdón”, de la autoría de Marcelo Gullo Omodeo, en cuyo prólogo escrito por Carmen Iglesias, Directora de la Real Academia de la Historia, manifiesta que el autor está en lo cierto cuando afirma que “los españoles llevaron a América su cultura, su religión, su lengua, su organización social, los valores de la civilización occidental, todo lo que eran y tenían”. Portaron consigo un cuerpo legislativo, las leyes de Indias y otras Disposiciones sucesivas, que permitían recurrir ante los tribunales de justicia a los súbditos del Rey, bajo la potente protección de la Monarquía Hispana, también, denominada Española. En la lectura de Don Marcelo pareciera inferirse que somos nosotros quienes deberíamos hacer genuflexiones a los españoles y no lo opuesto.
Las complejidades derivadas de la lucha entre unos y otros, etiquetadas desde antaño en la Asamblea Nacional de Francia, como “la derecha y la izquierda”, parecieran que hubiesen sido estatuidas más bien por un Ser Superior y para la eternidad. Pues, se les sigue usando y en lo que respecta a Caracas en más de una ocasión. En rigor, no han dejado de enredarnos y no dejaría de ser objetivo expresar que no nos han afectado. Aunque parezca mentira se le prosigue usando y que transcurridas ya tantas centurias, en las definiciones de los poderosos y afincados fuertemente en principios religiosos y profesionalmente mejor preparados y en el denominado proletariado, al cual integra “el trabajador que no posee medios de producción y que obtiene su salario de la venta del propio trabajo”, para unos cuantos, “el verdadero pueblo”, titular de la soberanía y de la constitucionalidad.
El próximo ensayo estaría referido, conforme a las pautas del abecedario, a “la Constitución, Ley Suprema y Ley de Leyes”. Genuina manifestación de la “Asamblea Constituyente”. Capítulo II del ensayo.
@LuisBGuerra
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