POLITICA
Así funciona el simulador online de la Boleta Única de Papel: cómo evitar errores que anulen el voto

Con la implementación de la Boleta Única de Papel (BUP) en las elecciones legislativas nacionales, el sistema electoral introduce un nuevo mecanismo que reemplaza las tradicionales boletas partidarias por una única planilla en la que las personas deberán seleccionar a su candidato.
En ese contexto, ya se encuentra disponible un simulador online que permite conocer, paso a paso, cómo será el procedimiento de votación en el cuarto oscuro. La herramienta busca familiarizar a la ciudadanía con la dinámica de este nuevo formato y evitar errores que podrían anular el sufragio.
El procedimiento se detalla en el sitio oficial de la Dirección Nacional Electoral, donde se explica que el 26 de octubre, entre las 8:00 y las 18:00, se deberá acudir al local de votación indicado, el cual puede consultarse previamente mediante la app Mi Argentina o en la web correspondiente. Allí, el presidente de mesa firmará y entregará la BUP junto con un bolígrafo para ser utilizada dentro del cuarto oscuro.
La Boleta Única de Papel organiza todas las listas y candidaturas en una sola hoja. Las columnas representan a cada partido político, incluyendo nombre, sigla, logotipo y número de identificación.
Las filas, en tanto, distinguen las distintas categorías en disputa. A diferencia del sistema tradicional, no existe la posibilidad de seleccionar una lista completa con una sola marca. El elector debe optar por una única candidatura por cada categoría.

En ese sentido, la instrucción clave es marcar con birome dentro del recuadro de la opción preferida. Si no se realiza ninguna marca, el voto será computado como en blanco. Y si se produce algún error al marcar o se excede el número de opciones permitidas, el sufragio será considerado nulo.
El modelo busca garantizar igualdad de condiciones para todas las fuerzas políticas, asegurando la presencia de sus listas en el cuarto oscuro sin depender del reparto partidario de boletas.

Según lo dispuesto por el Decreto 1049/2024, firmado por el jefe de Gabinete Guillermo Francos, la BUP deberá imprimirse a cuatro tintas en el frente y con un dorso que incluya firma de la autoridad de mesa, identificación de la elección y, eventualmente, imágenes o leyendas autorizadas por la Justicia Electoral. Además, el margen izquierdo indicará el distrito, circuito y sección electoral correspondiente.
Cómo funciona el simulador

El primer paso al ingresar al simulador es seleccionar el distrito de votación a través de un menú desplegable. El recorrido comienza con una breve descripción del procedimiento general: “El día de la elección, acercate a tu mesa y entregale tu documento al Presidente. Él te dará la boleta única con su firma y una birome. Luego, dirigite a la cabina para votar”, se indica en la pantalla inicial.

Una vez seleccionado el distrito, la plataforma muestra el modelo de boleta correspondiente. En ella se despliegan las candidaturas disponibles, organizadas en columnas por agrupación política y en filas según la categoría del cargo en juego. En la parte superior se advierte: “Marque sólo un recuadro por categoría. La opción correspondiente a su voto”.

Si el usuario marca dos opciones dentro de la misma categoría, el sistema alerta que el voto será anulado y explica los motivos por los cuales un sufragio puede considerarse inválido: marcar dos o más casilleros en una misma categoría, romper la boleta de forma que no se vea la opción elegida, escribir o marcar fuera del recuadro asignado, o añadir elementos extraños.

Completada la selección, aparece un botón amarillo en la parte inferior derecha. Al presionarlo, el simulador muestra un recuadro que resume la elección realizada para la categoría de Diputados Nacionales, identificando la fuerza política seleccionada. Desde allí, se accede a una nueva pantalla que confirma el proceso con el mensaje: “¡Felicitaciones! Marcaste tu voto en la BUP”.

Finalmente, se explica que, en el día de la elección, la boleta deberá doblarse siguiendo las indicaciones del dorso, de manera que quede visible la firma de la autoridad de mesa pero se mantenga oculta la selección del votante.
Se puede realizar la prueba en este link.
POLITICA
Arrancó la veda electoral: qué no se puede hacer y cuáles son las multas

Desde las 8 de la mañana de este viernes 24 de octubre rige la veda electoral en todo el país. Se trata de un período de 48 horas previo al inicio de las elecciones 2025 en los que la idea es que los ciudadanos tengan un tiempo de reflexión para decidir su voto sin recibir publicidades, propuestas políticas ni mensajes tendientes a direccionar su elección en uno u otro sentido.
En este marco es muy importante saber qué no se puede hacer y cuáles son las multas vigentes por infringir esta normativa prevista por el Código Electoral Nacional. Las reglas alcanzan tanto a candidatos y partidos políticos como a medios de comunicación y ciudadanos comunes.
Leé también: ¿Qué pasa si no voto en las elecciones? Multa por no votar el 26 de octubre
Con la veda electoral se pretende garantizar que el electorado tenga un tiempo de reflexión libre de presiones políticas y publicitarias. Por esa razón, dos días antes de la apertura de las mesas empieza a regir este impedimento que le pone freno a las campañas y, además, no permite difundir encuestas ni realizar actividades que puedan influir en la decisión de los votantes.
La veda electoral, que ya está rigiendo, se extenderá hasta el domingo a las 21, es decir tres horas después de finalizados los comicios.
¿Qué no se puede hacer durante la veda electoral?
El artículo 71 del Código Electoral Nacional es claro sobre las actividades que no se pueden realizar:
- Reuniones de electores durante las horas de la elección.
- Espectáculos populares al aire libre o en lugares cerrados, fiestas teatrales, deportivas y cualquier tipo de reunión pública.
- Venta de bebidas alcohólicas: los locales deben permanecer cerrados hasta tres horas después del cierre de los comicios.
- Portación de armas, uso de banderas, divisas o distintivos partidarios durante el día de la elección, desde 12 horas antes y hasta tres horas después de finalizada la votación.
- Actos públicos de campaña y la difusión de encuestas o sondeos preelectorales, desde 48 horas antes del inicio de la elección y hasta el cierre de las mesas.
- Tomar fotografías de la boleta durante el acto electoral.
Entre las actividades que sí se pueden hacer normalmente están las reuniones privadas, siempre que no se difundan mensajes políticos. Tampoco hay restricciones para la circulación de personas ni para la actividad comercial que no esté expresamente vedada.
El incumplimiento de la veda puede derivar en multas para ciudadanos y candidatos, así como en sanciones para medios y organizaciones políticas. En los casos más graves, la Justicia Electoral puede ordenar arrestos o suspender actos en curso para garantizar el respeto de la norma.
Elecciones 2025: las multas por romper la veda electoral
Aquellas personas que no respeten la veda en estas elecciones podrán ser denunciados por violar el Código Electoral y en caso de que se compruebe la falta quedan expuestos a sanciones económicas y hasta a penas de prisión. Esto es así porque la normativa dice que “se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas”.
Esa norma también reprime, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por la autoridad electoral.
En el artículo 140 se penaliza con 2 meses a 2 años de prisión a quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo”. Mientras que el artículo 141 determnar una pena de hasta tres años de cárcel para quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio”.
Leé también: Elecciones 2025: paso a paso, cómo es el proceso para votar con la boleta única de papel
A los ciudadanos, además, se les podrá cobrar una multa entre $10.000 y $100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. Lo mismo aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.
La ley electoral también prevé multas de entre $10 mil y $100 mil pesos “a toda persona física o jurídica” que viole la restricción de difundir sondeos durante la veda. Sin embargo, los medios pueden publicar información sobre los candidatos que no esté relacionada con encuestas, ya que la ley no lo prohíbe y todo lo que no está expresamente prohibido está permitido. La legislación tampoco hace referencia a las redes sociales.
Elecciones 2025, veda, Externo
POLITICA
Cuándo empieza la veda electoral por las elecciones Argentina 2025

Las elecciones nacionales legislativas son este domingo 26 de octubre, jornada en que la población argentina debe elegir a sus representantes en el Congreso. En los días previos a los comicios, se aplica la veda electoral, por la cual algunas actividades están prohibidas o limitadas para promover el funcionamiento pacífico de la votación.
Cuándo empieza la veda electoral por las elecciones Argentina 2025
La legislación prevé que 48 horas antes de las elecciones comience la veda electoral, período en el que algunas actividades están prohibidas o reguladas. En el caso de los comicios generales de octubre, los centros de votación abren a las 8 del domingo 26 de octubre, por lo que la veda electoral empieza a regir desde las 8 del viernes 24.
Sin embargo, algunas regulaciones de la veda electoral se aplican en otros horarios, como la prohibición de expendio para las bebidas alcohólicas, que comienza a regir a las 20 horas del sábado previo a las elecciones.
A qué hora termina la veda electoral
Todas las prohibiciones de la veda electoral concluyen tres horas después de cerrados los comicios, es decir, a las 21 del domingo 26 de octubre.
Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral
Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, hay ciertas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda:
- Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora.
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.

- Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino;
- La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección por parte de los electores, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
- Realizar actos públicos de proselitismo, y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.
- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras a menos de 80 metros de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito.
- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre.
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POLITICA
El último mensaje de Milei antes de la veda electoral: “No perdamos la esperanza, vayamos a votar”

“No perdamos la esperanza. Vamos a salir adelante. Este domingo, vayamos a votar”. Con ese breve mensaje, publicado al filo de la veda electoral junto a un video de tres minutos, el presidente Javier Milei volvió a pedir que los argentinos vayan a votar el próximo domingo.
La pieza audiovisual, musicalizada con una versión de la canción “Septiembre del 88″, de Cacho Castaña, presenta un compilado de imágenes vinculadas a diferentes gobiernos kirchneristas: desde los bolsos de José López en el convento de General Rodríguez a la foto del cumpleaños de la exprimera dama Fabiola Yáñez en la quinta de Olivos y una imagen de la expresidenta Cristina Kirchner con el dictador venezolano Nicolás Maduro.
En un pasaje del video, la letra -adulterada con relación a la original- señala: “Octubre de 2025, querido amigo, te vuelvo a escribir después de dos años. El país se va encaminando, todavía falta mucho, pero de una manera u otra vamos a salir a adelante”.
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