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Causa Libra: Servini no seguirá al frente del caso y lo tomará otro juez

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La causa donde se investiga la presunta estafa con la criptomoneda Libra, que involucra al presidente Javier Milei y a su hermana, Karina Milei, dejará de ser investigada por la jueza María Servini y fue derivada al juez Marcelo Martínez de Giorgi.

Servini se declaró incompetente para seguir al frente de la causa y el juez Ariel Lijo resolvió que debe pasar a Martínez de Giorgi porque en su juzgado se investiga otro expediente similar, donde se denunció a Karina Milei por cobrar por reuniones con el Presidente. Ahora, el magistrado debe decidir si acepta el caso.

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“Advirtiendo las medidas de prueba que fue desarrollando el Fiscal Federal, estimo que la situación varió y existe una mancomunidad probatoria (y de personas imputadas) que, a los fines de lograr una mejor administración de justicia y evitar un dispendio de jurisdiccional, exige la tramitación conjunta de ambos actuados”, sostuvo Lijo en su decisión.

Anteriormente, Martínez de Giorgi rechazó la conexidad de los expedientes, al sostener que deben investigarse por separado. Si el juez mantiene esta postura, la Cámara Federal deberá definir qué magistrado continuará con el caso.

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Se espera que no haya cambios significativos en el rumbo de la causa, ya que el fiscal Eduardo Taiano seguirá al frente de la investigación.

Al inicio de la causa, Servini había rechazado un planteo de su colega de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, quien solicitó hacerse cargo del expediente argumentando que los hechos habrían ocurrido en la Quinta de Olivos, dentro de su jurisdicción, pero la jueza desestimó la solicitud y continuó con la investigación hasta la reciente decisión de Lijo.

Además de los hermanos Milei, la investigación incluye a Julian Peh y Hayden Mark Davis, vinculados a la creación y lanzamiento de Libra; Mauricio Novelli y Manuel Terrones Godoy, organizadores del evento Tech Forum; y Sergio Morales, exasesor de la Comisión Nacional de Valores.

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Javier Milei no respondió el cuestionario que le envió la comisión investigadora

La comisión investigadora por el caso Libra le envió un cuestionario a Javier Milei con nueve preguntas para que aclare su responsabilidad en la promoción de la criptomoneda. Tenía tiempo hasta este viernes para enviar sus respuestas por escrito, pero no lo hizo.

Sin embargo, el organismo -que preside el diputado Maximiliano Ferraro– aguardará hasta el lunes para resolver los pasos a seguir: dada la investidura del Presidente de la Nación, podrían evaluar la posibilidad de extender el plazo.

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En tanto, Karina Milei deberá informar al Congreso la fecha en la cual concurrirá a la comisión investigadora, respondiendo así al pedido de interpelación. O bien, cuando podrá recibir en su despacho de la Casa Rosada a cinco representantes del organismo.

Lo que no puede hacer la secretaria general de la Presidencia es ignorar la convocatoria. Tiene tiempo hasta el miércoles para responderle a la comisión.

Libra, Justicia, Marcelo Martínez de Giorgi, María Servini

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Cuadernos de las Coimas: la Justicia rechazó un recurso de Cristina Kirchner que buscaba anular la causa

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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos extraordinarios presentados por la expresidenta Cristina Kirchner y el exministro Julio De Vido en la causa conocida como Cuadernos de las Coimas.

Los jueces Daniel Petrone y Javier Carbajo declararon inadmisibles las apelaciones que buscaban desestimar las declaraciones de los imputados “arrepentidos” y el pedido de archivar el caso por “falta de acción por cosa juzgada”.

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Julio De Vido y Cristina Kirchner

Por su parte, la jueza Ángela Ledesma votó en disidencia a favor de conceder los recursos, al considerar que los planteos introducían un debate válido sobre “el alcance del derecho de defensa en juicio, los principios de publicidad, oralidad y contradicción”.

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Ledesma sostuvo que la resolución atacada “resulta equiparable a una sentencia definitiva en tanto le ocasionaría a su defendida un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior”, advirtiendo además sobre la vigencia de garantías como el ne bis in idem, que impide que una persona sea juzgada dos veces por el mismo hecho.

Cristina Kirchner, Néstor Kirchner y Julio De Vido

La defensa de la expresidenta cuestionó la resolución que “incorporó los legajos de arrepentidos” al expediente principal, mientras que De Vido buscaba revertir el “rechazo de nulidad y recusación” del Tribunal Oral Federal.

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La mayoría del tribunal resolvió que no se demostraron defectos graves que descalifiquen la decisión como acto jurisdiccional válido, señalando que “la parte recurrente basó su impugnación en juicios discrepantes con el criterio adoptado”. Tras este fallo, a los imputados solo les resta el camino de plantear un recurso de queja directamente ante la Corte Suprema.

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Nuevo revés para Cristina Kirchner y De Vido en el caso de los Cuadernos de las Coimas

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La expresidenta Cristina Kirchner y el exministro de Julio de Vido recibieron un nuevo revés de la Cámara Federal de Casación Penal en la causa de los Cuadernos de las Coimas. El tribunal rechazó sus recursos para desestimar las declaraciones de los imputados “arrepentidos” en el caso y la pretensión de la expresidenta de cerrar la causa por ser cosa juzgada.

La decisión fue tomada por los jueces de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que bloquearon el acceso la Corte Suprema de los recursos planteados por la expresidenta y De Vido.

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El fallo lleva la firma de los jueces Daniel Petrone, Javier Carbajo y Ángela Ledesma.

Los magistrados declararon inadmisibles los recursos extraordinarios federales presentados por las defensas de Cristina Kirchner y Julio De Vido.

Cristina Kirchner Captura LN+

Petrone y Carbajo dispusieron el rechazo de las apelaciones, mientras que la jueza Ledesma votó en disidencia, a favor de conceder los recursos para que las quejas llegaran al máximo tribunal.

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La defensa de Cristina Kirchner cuestionó la resolución que “incorporó los legajos de arrepentidos” al expediente principal del caso de los cuadernos de las coimas, que está actualmente en pleno juicio oral.

Julio de Vido, al salir de tribunales de Comodoro Py junto al abogado Maximiliano Rusconi (archivo)

Hoy, en esas audiencias prestaron declaración indagatoria Oscar Thomas, extitular del Ente Binacional Yacyretá, y los funcionarios Walter Faggias, Germán Nivello, Ramón García y Camilo Gómez.

El juez Petrone, al liderar el voto de la mayoría al que adhirió Carbajo, desestimó la vía extraordinaria. Argumentó que “la resolución que se pretende impugnar no constituye sentencia definitiva ni es equiparable a tal categoría”.

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Además, remarcó que la defensa solo demostró una discrepancia de criterios, señalando que “la parte recurrente basó su impugnación en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal invocada”.

Por su parte, la jueza Ledesma votó en soledad para habilitar la apelación, al considerar que el planteo de la expresidenta introducía un debate válido sobre “el alcance del derecho de defensa en juicio, los principios de publicidad, oralidad y contradicción y la garantía de doble conforme”.

Asimismo, la expresidenta apeló el rechazo a su pedido de considerar que el caso debía archivarse por “falta de acción por cosa juzgada”.

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Nuevamente, los jueces Petrone y Carbajo rechazaron su recurso con el mismo argumento sobre la falta de una sentencia definitiva.

A la hora de fundamentar por qué no se aplicaba la doctrina de la arbitrariedad, la mayoría resolvió que “para que prospere la impugnación con ese respaldo, es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual el impugnante no consiguió probar en autos”.

Ledesma, en cambio, sostuvo que la apelación debía prosperar porque se encontraba en juego el “alcance de las garantías de doble conforme y ne bis in idem, que se refiere a que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho. Y destacó además “la exigencia en el caso de una tutela judicial inmediata”.

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De Vido, por su parte, había acudido a Casación buscando revertir el “rechazo de nulidad y recusación” del Tribunal Oral Federal que lleva adelante el juicio.

Petrone y Carbajo declararon “inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto, con costas”.

La magistrada Ledesma volvió a diferenciarse y argumentó a favor de los imputados, al señalar que los planteos de la defensa introducían cuestiones de gravedad institucional vinculadas al “alcance de los derechos a la doble instancia, debido proceso, defensa en juicio, garantías de imparcialidad, de juez natural y de legalidad”.

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Al igual que en los casos de la expresidenta, Ledesma advirtió que la resolución atacada “resulta equiparable a una sentencia definitiva en tanto le ocasionaría a su defendida un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior”.

De esta forma, ahora las defensas de Cristina Kirchner y De Vido les queda el camino de plantear un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.


Hernán Cappiello,Conforme a

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El Gobierno suspendió por irregularidades a 25 cooperativas que funcionaban en La Matanza

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El Ministerio de Capital Humano informó la suspensión preventiva de la operatoria de 25 cooperativas de trabajo con sede en el partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires, tras detectar “serias irregularidades” en su funcionamiento. Todas las entidades tenían domicilio en Entre Ríos 3269, San Justo, una oficina perteneciente al gobierno municipal. La medida fue adoptada por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) y marca un nuevo capítulo en la fiscalización estatal sobre el cumplimiento de los derechos laborales en el sector cooperativo creadas en gestiones anteriores.

Según el comunicado difundido por la cartera, la decisión se fundamenta en el resultado de un muestreo realizado sobre los asociados de estas cooperativas, en el cual se detectó que 119 trabajadores contratados no contaban con los beneficios de seguridad social obligatorios. La investigación determinó que las entidades, bajo la figura jurídica cooperativa, podrían haber desvirtuado los principios legales previstos en el artículo 2 de la Ley N° 20.337, así como la normativa vigente sobre aportes previsionales.

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La suspensión de las actividades y la apertura del sumario administrativo fueron adoptadas como medidas preventivas, mientras se profundiza la investigación sobre la presunta utilización irregular de la estructura formal cooperativa. El Ministerio de Capital Humano remarcó que existen indicios de que estas organizaciones habrían sido empleadas para “eludir normativa vigente y con prácticas que vulneran derechos laborales”.

La ministra, Sandra Petovello, informó la decisión a través de su cuenta de X, replicando el comunicado oficial y arrobando al presidente Javier Milei.

La nómina oficial incluye cooperativas con nombres correlativos y diferentes CUIT, todas radicadas en el mismo edificio municipal de San Justo

La decisión se tomó luego de descubrir que 119 trabajadores no percibían aportes jubilatorios ni cobertura de seguridad social.

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De acuerdo a lo establecido por la Resolución 4664/13 del INAES, las cooperativas deben realizar los aportes correspondientes al régimen previsional de trabajadores autónomos, o bien cumplir con otro sistema legalmente habilitado. Sin embargo, el relevamiento realizado por el organismo reveló que los beneficios sociales no eran otorgados a los contratados, en franca contradicción con las disposiciones vigentes.

Las entidades intervenidas comparten domicilio en una oficina de la Unidad Ejecutora Operativa Matanza, lo que ha llevado a las autoridades a investigar la posible implicancia de la Municipalidad de La Matanza y de sus funcionarios en el funcionamiento de las cooperativas suspendidas. El sumario administrativo deberá dilucidar el grado de injerencia de la administración local en la operatoria de las entidades.

El Ministerio de Capital Humano sostuvo que las irregularidades detectadas podrían haber desnaturalizado los fines cooperativos, apartándose de los principios de ayuda mutua y esfuerzo propio, y aprovechando la estructura formal para eludir obligaciones legales. El comunicado advierte que, de comprobarse las acusaciones, las cooperativas habrían incurrido en prácticas que vulneran derechos laborales, utilizando la figura jurídica con fines ajenos a los establecidos por la normativa.

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La decisión del INAES implica la suspensión de toda operatoria de las cooperativas alcanzadas hasta que se determine la existencia o no de responsabilidades administrativas, civiles o penales. El procedimiento se mantendrá vigente mientras avanza el sumario y se recolectan pruebas sobre la operatoria real de las entidades y la eventual participación de funcionarios municipales.

El comunicado oficial incluye la nómina completa de las entidades suspendidas, que abarca organizaciones con denominaciones correlativas y diferentes números de CUIT, como Coop. de Trabajo La Matanza 12 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 49 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 51 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 56 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 61 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 72 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 77 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 105 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 112 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 116 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 123 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 135 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 142 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 171 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 205 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 206 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 229 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 236 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 311 Ltda., Coop. de Trabajo La Matanza 329 Ltda. y Coop. de Trabajo Fortalecer Ltda.

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