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Constitucionalistas advirtieron que el fallo que prohibió publicar los audios de Karina Milei vulnera la libertad de expresión

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El fallo del juez Alejandro Maraniello que restringió la difusión en medios periodísticos de audios atribuidos a la secretaria general de la gobernación, Karina Milei, generó una inmediata reacción en destacados juristas que cuestionaron su legalidad y advirtieron sobre las derivaciones de una medida que calificaron como censura previa.

En efecto, desde distintos sectores advirtieron que el fallo de Maraniello, concedido luego de una presentación que realizó el Gobierno nacional, no solo afecta gravemente el ejercicio periodístico, sino que también vulnera preceptos fundamentales consagrados en la Constitución Nacional y en pactos internacionales suscritos por el país.

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El trabajo de los periodistas apunta a divulgar información que podría ser de interés público, ya que involucraría el desempeño de funcionarios en temas sensibles como el manejo de los recursos del Estado.

Por caso, el abogado constitucionalista Daniel Sabsay sostuvo que la resolución “viola la libertad de opinión y de libre difusión de las ideas”. Según Sabsay, la medida judicial infringe el Pacto de San José de Costa Rica, tratado internacional que establece el derecho a expresar ideas sin censura previa. Además, argumentó que se daña el derecho de los periodistas a comunicar y preguntar a funcionarios, recalcando que tal prohibición no solo afecta a los profesionales de la prensa, sino también al público general. “Está claramente violando el derecho que tienen los periodistas de expresar libremente sus opiniones y de hacer preguntas, y eso no solo está violando su derecho, sino el de todos los habitantes para estar debidamente informados”, explicó el abogado.

En la misma línea, Cristian Cao, también especialista en derecho constitucional, manifestó su inquietud por el rumbo tomado por el caso. En declaraciones al canal A24, describió la situación con el término “preocupante” y afirmó: “No tengo memoria en los últimos años de democracia en la Argentina de una medida judicial que censura previamente al periodismo, en primer lugar, y al resto de los ciudadanos”. Cao recordó que la prohibición de censura previa está incorporada a la Constitución Nacional desde 1853 y a los tratados internacionales firmados por Argentina. Según su análisis, la garantía del “secreto de la fuente” para periodistas queda cuestionada con este tipo de decisiones, al igual que el estándar de protección de la libertad de expresión que, de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Suprema argentina, es de los más altos de la región.

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El fallo que restringió la difusión de audios de Karina Milei desató advertencias sobre libertad de prensa

Cao hizo referencia también al antecedente de 1992, donde el máximo tribunal nacional resolvió en sentido contrario a una medida de censura previa en contexto democrático. Aquella vez, una orden buscó impedir la salida al aire de un programa televisivo, decisión que fue revertida y motivó una masiva reacción a favor de la libertad de prensa. Trajo este antecedente para reforzar la idea de que las responsabilidades de los medios por sus publicaciones no pueden establecerse ex ante, sino únicamente a posteriori. “Nunca puede haber censura previa en una república como la que tenemos en la Argentina. Es uno de los principales derechos”, subrayó el especialista al rememorar fallos emblemáticos en defensa de la labor periodística.

Félix Lonigro, docente y abogado constitucionalista, alertó, en la misma línea, que “la libertad de expresión es uno de los derechos que no son susceptible de ser reglamentado, no hay manera de la hacerlo sin censura previa”.

Lonigro recordó el caso del recordado capocómico Tato Bores, quien sufrió un acto de censura previa. Luego añadió: “Los funcionarios tienen derecho a la intimidad pero cuando se trata de cuestiones privadas, no públicas. En este caso se trata de un presunto hecho de corrupción”.

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Por su parte, el abogado Andrés Gil Domínguez también se expresó en redes sociales respecto a la decisión de Marianello. En su cuenta de la plataforma X, Gil Domínguez cuestionó la legalidad y el sentido de la medida.

“La interdicción de la censura previa es un contenido esencial de la libertad de expresión y el acceso a la información. Mucho más aún cuando lo que se protege está relacionado con asuntos de interés público y funcionarios públicos”, introdujo Gil Domínguez.

Luego indicó: “La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos desarrolló estándares precisos en la materia. Una cautelar sin plazo y sin sujeto pasivo que impone la censura previa a la función periodística, afecta el pleno ejercicio de la libertad de expresión como un derecho colectivo y sostén fundamental del sistema democrático”.

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Los especialistas coincidieron en que cualquier restricción debe estar justificada por razones extraordinarias y bajo parámetros absolutamente delimitados, aspecto que según su análisis, no se verifica en el fallo sobre los audios de Karina Milei.

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“Una de más”: el Gobierno reconoce que los cambios a las licencias por enfermedad podrían traer problemas en las negociaciones

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El proyecto de reforma laboral que el oficialismo logró aprobar en el Senado había pasado casi desapercibido en uno de sus aspectos: la reducción sustancial de los plazos de las licencias pagas y la redefinición del porcentaje salarial que percibirán los trabajadores ante enfermedades o accidentes no vinculados al trabajo.

En el bloque legislativo de La Libertad Avanza reconocen que ese apartado había pasado “por debajo del radar” hasta el mismo día de la sesión en el Senado. Pero señalan que el tema cobró relevancia la mañana siguiente a la media sanción, cuando el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, brindó un ejemplo para explicar el alcance de la medida.

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“Si te lastimaste jugando al fútbol, es decir, en una situación en la que tomaste una acción activa y el empleador no tuvo nada que ver, y quedaste temporalmente incapacitado para trabajar, en ese caso la cobertura es del 50%”, indicó. “La idea es que esto también apunta a reducir las licencias que se volvían prácticamente eternas, porque en la práctica no implicaban ningún costo para la parte que ingresaba en ese esquema”, agregó.

Dos miembros del Poder Ejecutivo reconocieron que ese ejemplo catapultó el tema de discusión a la agenda pública. “Se mandó una de más, como siempre”, afirmó una fuente del bloque de La Libertad Avanza a Infobae.

“Eso fue lo que calentó, como cada vez que sale a hablar Sturzenegger”, comentó un miembro del oficialismo. La molestia dentro del Gobierno no se debe al contenido del ejemplo, con el que están de acuerdo, sino a que no era el momento de instalar esa cuestión en la agenda pública.

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Federico Sturzenegger

Los especialistas en comunicación ya analizan cómo revertir la carga negativa que tuvo ese caso en los medios y en las redes. El Gobierno cuenta con más de una semana antes de que se trate esta cuestión en una sesión en el recinto, y La Libertad Avanza debe conseguir adhesiones en la Cámara de Diputados para que el proyecto remitido desde el Senado no sufra modificaciones.

Si se rechaza o modifica un solo título del proyecto, el oficialismo debe devolverlo a la Cámara alta, lo que demoraría la sanción definitiva de toda la reforma. Milei ya firmó el decreto para extender un día más el período de sesiones extraordinarias para que la reforma laboral pueda tener sanción el 28 de febrero, un día antes de la Apertura de Sesiones Ordinarias en la que hablará Javier Milei.

El temor en el oficialismo es que la discusión que se generó sobre este punto desincentive a actores de la oposición dialoguista para avalar ese apartado. Una alta fuente reconoció a Infobae su preocupación por no poder conseguir los votos necesarios para ratificar ese punto.

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Cámara de Diputados

Tras la media sanción de la reforma, el oficialismo afirmaba tener asegurados los votos para la aprobación en general y altas posibilidades para las votaciones en particular. Actualmente, esto no está garantizado: el primer bloque que expresó su desacuerdo fue el PRO, al pedir que se reincorpore el artículo que permite recibir el sueldo a través de una billetera virtual.

El bloque de Provincias Unidas mantiene serias diferencias con más aspectos del proyecto. “Vamos a marcar diferencias en el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), en el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). Con lo de las licencias por enfermedad no hay fisuras, nos oponemos”, remarcó uno de sus integrantes, informando que solo hay apoyo de ese bloque en 9 de los 26 títulos.

Las críticas sobre la modificación de las licencias surgen por lo que podría ocurrir en casos de enfermedades más graves y que no necesariamente tengan vínculo directo con el desempeño en el lugar de trabajo. Además, se discute si esto traerá mayor judicialización o no, un aspecto que el proyecto busca reducir. El abogado laboralista Julián de Diego afirmó a Infobae En Vivo que la reforma provocará una mayor cantidad de conflictos legales en las empresas.

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Qué dice la modificación de las licencias por enfermedad

Las nuevas reglas establecen límites de entre 3 y 6 meses para las licencias pagas, según si el trabajador tiene personas a cargo, y reducen los porcentajes de sueldo abonados durante la baja.

El texto prevé que, cuando la imposibilidad de trabajar derive de una actividad voluntaria y consciente que implicara un riesgo para la salud, el empleado percibirá el 50% de su remuneración básica. Este período será de 3 meses si no tiene cargas de familia y de 6 meses si las tuviera. Para situaciones donde no hubo voluntad ni conciencia del riesgo, el porcentaje de pago sube al 75%, manteniendo el mismo plazo de licencia.

Estas modificaciones resultaron de extensas negociaciones entre el Gobierno y las empresas. En el esquema vigente, un trabajador con menos de 5 años de antigüedad y sin cargas de familia accede a una licencia paga de 3 meses, y de 6 meses si tiene cargas de familia. Si la antigüedad supera los 5 años, actualmente la licencia por enfermedad o accidente es de 6 o 12 meses según el grupo familiar, y se paga el 100% del sueldo. La reforma elimina la extensión a 12 meses y el pago total, limitando la licencia a un máximo de 6 meses y ajustando el porcentaje abonado.

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Estas disposiciones también abarcan los accidentes o enfermedades psiquiátricas originadas fuera del trabajo y obligan al trabajador a informar de inmediato cualquier imposibilidad para asistir al primer día laboral por enfermedad o accidente, salvo motivos de fuerza mayor. Si el aviso no se realiza y no se comprueba la causa posteriormente, se pierde el derecho a la remuneración.

Las inasistencias deberán justificarse mediante certificados médicos emitidos y firmados digitalmente por profesionales habilitados. El trabajador deberá someterse a controles médicos designados por el empleador; si existiera una discrepancia insalvable entre diagnósticos, la ley prevé la intervención de una junta médica en entidad oficial o la solicitud de un dictamen en institutos reconocidos, cuyo costo asumirá el empleador.

Respecto a la recidiva de enfermedades crónicas, la reforma aclara que no serán consideradas nuevas enfermedades, salvo que la reaparición ocurra después de 2 años desde el primer episodio. La normativa también establece que la suspensión del trabajador por motivos económicos o disciplinarios no afecta el derecho a cobrar la remuneración parcial correspondiente a la licencia paga por enfermedad o accidente.

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Coimas en la ANDIS: la Cámara Federal obligó a revisar el embargo multimillonario contra la empresa aérea Baires Fly

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La investigación judicial por presuntas irregularidades en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) sumó un nuevo capítulo. La Cámara Federal porteña dispuso recalcular el embargo millonario que pesaba sobre la firma de aviación privada Baires Fly SA, una de las compañías señaladas en el expediente por supuestos movimientos financieros vinculados al pago de medicamentos.

El embargo había sido fijado por el juez federal Sebastián Casanello por una suma superior a los $7.000 millones. Sin embargo, los camaristas entendieron que el monto carecía de fundamentación suficiente y resultaba desproporcionado frente al estado actual de la causa, por lo que ordenaron emitir una nueva resolución con criterios más precisos.

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Los magistrados remarcaron que la medida cautelar debe mantenerse, pero con un cálculo acorde a la evidencia reunida hasta el momento. En otras palabras, la empresa continuará afectada patrimonialmente, aunque el monto será redefinido.

El rol de la empresa en la causa

La investigación gira en torno a presuntas maniobras de facturación simulada y lavado de dinero vinculadas a la compra de medicamentos destinados a personas con discapacidad. Según la hipótesis fiscal, parte de los fondos habría sido canalizada a través de distintas empresas, entre ellas la aerolínea privada.

Coimas en la ANDIS: la Justicia procesó a Diego Spagnuolo por corrupción

El expediente incluye comunicaciones y transferencias bancarias bajo análisis judicial. De acuerdo con la pesquisa, algunas droguerías habrían enviado dinero a cuentas relacionadas con la compañía aérea, tras lo cual se emitían comprobantes por supuestas horas de vuelo o kilómetros aéreos.

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La Justicia sospecha que esos servicios no se habrían prestado realmente y que las facturas podrían haber servido para justificar movimientos financieros. En el expediente se detectaron comprobantes emitidos entre 2023 y 2025 por montos millonarios, lo que motivó la intervención del juzgado y la posterior medida de embargo.

En paralelo, el magistrado procesó al ex titular de ANDIS, Diego Spagnuolo, junto a otros imputados, por delitos que incluyen asociación ilícita, cohecho y defraudación contra la administración pública. La causa continuará bajo la subrogancia del juez Ariel Lijo, quien deberá tomar nuevas declaraciones indagatorias.

Entre las personas citadas figura un empresario vinculado a la compañía aérea, sospechado de haber participado en la circulación del dinero investigado. La fiscalía considera que su intervención pudo haber sido clave para canalizar transferencias provenientes de empresas proveedoras del Estado.

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El Gobierno anunció la disolución de la ANDIS tras el escándalo por las coimas en la compra de medicamentos

Los cuestionamientos de la Cámara

El tribunal de apelaciones señaló que, si bien existen elementos que justifican la cautelar, la suma fijada inicialmente no guarda relación clara con la responsabilidad que, por ahora, se le atribuye a la firma. Incluso destacó que la empresa no fue imputada formalmente como persona jurídica al momento de dictarse la medida.

Por ese motivo, los jueces indicaron que el juzgado debe volver a analizar la afectación patrimonial y establecer un monto razonable sustentado en pruebas concretas. Uno de los camaristas, en minoría, consideró suficiente aceptar como garantía una aeronave ofrecida por la empresa.

Además, en otra resolución vinculada al expediente, la Cámara dispuso revisar cómo se incorporaron al proceso ciertos audios que mencionarían presuntos pagos ilegales a funcionarios, una decisión que podría incidir en la validez de parte de la prueba.

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La causa ANDIS se transformó en uno de los expedientes judiciales más delicados en materia de corrupción vinculada al sistema de salud y asistencia social. Con nuevas indagatorias en puerta y medidas bajo revisión, el avance de la investigación podría tener impacto político y judicial en los próximos meses.

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Baires Fly SA,Coimas en ANDIS,embargo de bienes,Sebastián Casanello

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El Gobierno ultima los detalles de la estrategia para blindar la reforma laboral ante la posible judicialización

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Con la media sanción en Senado de la Nación de la reforma laboral, el Gobierno ultima los detalles de la estretegia que desplegará para blindar la norma que obsesiona al presidente Javier Milei ante los potenciales embates judiciales que descartan que ocurrirán. Según confirmó a Infobae una fuente inobjetable involucrada en el diseño de la misma, vaticinan que el caso terminará de definirse en la instancia de la Corte Suprema.

De conquistarse la aprobación completa durante las sesiones extraordinarias y la posterior promulgación por parte del Poder Ejecutivo, en Casa Rosada anticipan que se abrirá una instacia de presentaciones judiciales que, detectan, nacerán de la propia Justicia y de los gremios.

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Para hacer frente al accionar judicial, un equipo de legales diseña desde hace meses la estrategia definitiva, que mantienen bajo llave, que utilizarán. En la tarea coordinan la Secretaria de Legal y Técnica, que lidera María Ibarzabal; la Procuración del Tesoro Nacional (PTN), que lleva al frente a Santiago Castro Videla; y el Ministerio de Justicia, en cabeza del secretario, Sebastián Amerio. Todos del riñón del asesor presidencial, Santiago Caputo.

“Estamos trabajando en prevenir la judicialización que sabemos que va a ocurrir. Descontamos que termina en la Corte, afortunadamente solo hay un laboralista”, precisó una voz con acceso al despacho presidencial en alusión al ministro del Máximo Tribunal, el constitucionalista Horacio Rosatti.

El ministro de la Corte, Horacio Rosatti, en el homenaje al Máximo Tribunal por los 40 años del Juicio a las Juntas Militares (Jaime Olivos)

Con el antecedente del amparo judicial presentado por los gremios al capítulo laboral de la Ley de Bases, en el oficialismo descuentan que los puntos que mayor conflicto despertarán en el sindicalismo son la prelación de convenios de empresas, item que establece que los acuerdos de empresa de una provincia prevalecerá por sobre uno del ámbito nacional; la limitación de la ultraactividad en los convenios colectivos de trabajo; la redefinición del cálculo de indemnizaciones; entre otras cuestiones.

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Asimismo, detectan que el propio Poder Judicial cuestionará la determinación de Nación de transferir la Justicia del Trabajo desde el ámbito nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A través del Decreto 95/2026, el Gobierno le otorgó la potestad al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, para firmar acuerdos de traspaso. El conflicto reside en la disputa por el ejercicio del poder real sobre los tribunales laborales y se originó con la reforma constitucional de 1994, cuando la Ciudad de Buenos Aires adquirió el estatus de autonomía y la facultad de organizar su propio Poder Judicial.

Hasta entonces, el funcionamiento de la Justicia del Trabajo estuvo bajo control Nacional, con jueces y cámaras de apelaciones designados por el Estado, algo que la Corte Suprema sostuvo que debería ser una determinación temporaria. “No corresponde que la justifica intervenga porque está en la Constitución, los fallos de la Corte avalan esto y es el deber ser de un sistema federal”, argumentó una fuente judicial al tanto.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, institución clave en el sistema judicial argentino

En los últimos años, tras la aprobación en la Legislatura porteña de las leyes que reorganiza la justicia laboral local y que fija un nuevo Código Procesal para el fuero del Trabajo, la Ciudad avanzó con la creación de una Cámara de Apelaciones del Trabajo integrada por seis magistrados y diez juzgados de primera instancia.

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En el ecosistema violeta denunciaron que la justicia laboral “ha sido cooptada”, y aseguran que se dedicó a “atentar” contra las pymes. “Estamos a favor de los derechos laborales, pero en contra que 5 jueces digan que la ley no les gusta y apliquen la suya propia”, arremetió un voz calificada.

Pese a que en la previa de la sesión del Senado, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) solicitó una audiencia con la jefa de bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich; la vicepresidenta Victoria Villarruel; y representantes de otros bloques, el oficialismo avanzó con su tratamiento en la sesión y obtuvo media sanción a la espera de su aprobación definitiva en Diputados hacia finales de febrero.

En paralelo, en la administración libertaria reafirman la vigencia de la proyecto de “Modernización”, mientras trabajan en los últimos retoques de la hermética estratégia judicial. “Es obvio que van a tratar de pararla, pero no deberían tener éxito. Intentarán discutir todo, con justicia laboral a medida, pero van a perder», sentenció ante Infobae uno de los involucrados.

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