POLITICA
El debate entre los constitucionalistas por el amparo que presentó Pro por las designaciones en la Auditoría General de la Nación

El Gobierno, en acuerdo con el kirchnerismo, avanzó de madrugada en la integración de los tres miembros de la Auditoría General de la Nación (AGN) que corresponden a la Cámara de Diputados. La jugada detonó un conflicto político inmediato, pero también abrió una controversia jurídica de fondo: ¿podía el Congreso, durante las sesiones extraordinarias, avanzar con una decisión que no figuraba en el temario fijado por el Poder Ejecutivo?
Desde Pro, el jefe del bloque en Diputados, Cristian Ritondo, decidió judicializar el episodio. Presentó una acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad del procedimiento y la nulidad absoluta de la resolución 7018-D-2025, que formalizó los nombramientos. El planteo trasladó la disputa del recinto a los tribunales y activó un debate que ahora se dirime entre constitucionalistas.
La discusión no es menor. En términos generales, existen dos interpretaciones enfrentadas. Por un lado, quienes sostienen que durante el período de sesiones extraordinarias el Congreso solo puede tratar los asuntos expresamente incluidos en el decreto de convocatoria presidencial. Por otro, quienes entienden que esa restricción rige únicamente para la función legislativa -la sanción de leyes- y no alcanza a decisiones institucionales propias de cada Cámara, como la designación de autoridades en órganos de control.
El amparo de Ritondo se apoya en la lectura más restrictiva. El escrito repasa lo ocurrido esa madrugada y enumera tres ejes centrales: la violación del temario de extraordinarias, ya que la designación de auditores no estaba incluida en la convocatoria; la irregularidad del procedimiento, al haberse introducido la moción sin debate previo ni tratamiento en Labor Parlamentaria; y el avasallamiento de los derechos de las minorías parlamentarias.
Ese mismo argumento ya había sido esgrimido en el recinto. Desde su banca, cuestionó la legalidad del trámite y advirtió que en extraordinarias solo pueden tratarse cuestiones formales de la Cámara, como juras o la elección de autoridades, pero no temas ajenos al decreto presidencial.
Entre los especialistas, las posiciones están lejos de ser unívocas. Para el constitucionalista Pablo Manili, el planteo de Pro “tiene algo de razón”. Señaló que el funcionamiento del Congreso durante las extraordinarias es, por definición, “restrictivo” y que la integración de otro órgano constitucional como la AGN no forma parte del funcionamiento interno de la Cámara. En esa línea, entiende que se trata de una competencia que “excede las atribuciones habilitadas durante el receso parlamentario”.
En sentido contrario, Andrés Gil Domínguez sostuvo públicamente que la designación de auditores no implica el ejercicio de la función legislativa. Según su interpretación, no se trata de dictar normas generales ni de intervenir en el procedimiento de sanción de leyes, sino de una potestad institucional propia de cada Cámara, vinculada a la integración de un órgano de control previsto por la Constitución. Desde esa óptica, la decisión tendría naturaleza orgánica interna y no estaría alcanzada por las limitaciones del temario de extraordinarias.
Una posición intermedia introduce otro elemento clave: el alcance del control judicial. Magalí Miranda, profesora de Derecho Constitucional y Derecho Político de la Universidad Nacional de Córdoba, recordó que la designación de autoridades en los órganos de control ha sido considerada tradicionalmente como una materia, en principio, “exenta de revisión judicial”. No obstante, advirtió que existen excepciones cuando se verifica una violación palmaria de derechos individuales. Como antecedente, citó el caso “Juez”, en el que la Corte Suprema revisó la conformación de bloques en el Senado para la designación de representantes en el Consejo de la Magistratura, al considerar que se había frustrado la pluralidad representativa. Aun así, Miranda subrayó que la AGN necesita completar su integración y que esas designaciones deberían surgir “de un debate amplio y profundo, aunque sin dilaciones”.
Gustavo Arballo, profesor de Derecho de la Universidad Nacional de La Pampa, coincidió en gran medida con la interpretación de Gil Domínguez. Destacó que no existe jurisprudencia consolidada sobre este punto, por lo que el planteo es “relativamente novedoso”. A su juicio, la limitación constitucional que rige durante las extraordinarias debe entenderse referida a la actividad legislativa, “y no al ejercicio de potestades propias de cada Cámara”. En ese marco, remarcó que la designación de representantes en la AGN se instrumenta mediante resoluciones internas y no a través de leyes.
El debate se amplía aún más cuando se introduce la cuestión de la autoconvocatoria. Pedro Caminos, abogado y docente de Derecho Constitucional en la Universidad de Buenos Aires, plantea que aun durante el receso el Congreso conserva su función de control sobre el Poder Ejecutivo. Desde esa perspectiva, sostuvo que, aunque el Presidente fije un temario al convocar a extraordinarias, “el Parlamento puede incluir otros tópicos cuando están vinculados al control de los actos de gobierno”. En ese esquema, la conformación de la AGN -un organismo constitucional de control- formaría parte de esas facultades.
Sebastián Guidi, doctor en Derecho y especialista en derecho constitucional, se mostró más escéptico. No considera que la designación de auditores sea una condición necesaria para el funcionamiento parlamentario y advirtió sobre los riesgos de una interpretación amplia de la autoconvocatoria. Recordó que, si se aceptara esa lógica, el Congreso podría siempre eludir el temario presidencial autoconvocándose con agenda propia, algo que históricamente fue resistido por los gobiernos de turno. Citó como ejemplo la oposición del kirchnerismo cuando el Parlamento intentó autoconvocarse para sostener a Martín Redrado al frente del Banco Central, y anticipó que La Libertad Avanza probablemente adoptaría la misma postura si enfrentara un Congreso opositor en una situación similar.
Con la designación ya consumada y la controversia abierta, el conflicto quedó planteado en términos institucionales. La Justicia tendrá ahora la última palabra sobre si la jugada fue una interpretación válida de las facultades parlamentarias o un exceso que vulneró las reglas de las sesiones extraordinarias.
integración,judicializar el episodio,December 21, 2025,pic.twitter.com/tmSKIjlJzn,December 18, 2025,Delfina Celichini,Congreso Nacional,Conforme a,,Caso $LIBRA. Milei firmó con Davis un acuerdo confidencial, quince días antes del lanzamiento y colapso del criptoactivo,,Gesto a una provincia aliada. El Gobierno le pagó a Chaco 12 cuotas juntas del acuerdo por la Caja de Jubilaciones,,Tensión en el Mercosur. Después de la cumbre, Milei pide “más reformas” y apunta contra la “burocracia” del bloque regional,Congreso Nacional,,»Están sobregirados». Los gobernadores atribuyen a la Casa Rosada la caída de un capítulo clave del presupuesto,,Punto por punto. Qué dice el proyecto oficialista para «sacar los dólares del colchón» que tuvo media sanción,,Catalejo. El dueño de la pelota
POLITICA
El Senado tratará la próxima semana la designación de Lucila Crexell como embajadora y ascensos militares

El Senado de la Nación volverá a sesionar la próxima semana con una agenda en donde las cuestiones de privilegio podrían llegar a romper la monotonía del debate. La intención del oficialismo es avanzar en el tratamiento de los pliegos del mundo judicial, de las fuerzas armadas y de Lucila Crexell, la exsenadora que es propuesta como embajadora argentina en Canadá.
“Aún resta definir si se sesiona el miércoles o jueves y se está estudiando la posibilidad de ampliar el temario pero, en principio, es solo pliegos”, explicó una fuente del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara Alta. Cuando se refiere a los pliegos es que habrá dos partes diferentes. Una, que seguramente será la primera parte, que será la votación a mano alzada para aceptar los 45 pedidos de acuerdo para jueces nacionales y federales de diferentes fueros, en su mayoría con asiento en la Capital Federal.
En este caso, lo destacable de este paquete de pliegos que envió el Ejecutivo y que forma parte de los 300 que aseguró el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, que enviará en el corto plazo; es que se incluyó la postulación de Emilio Rosatti, hijo del juez de la Corte Suprema Horacio Rosatti, quien es propuesto para un tribunal federal de juicio con asiento en la ciudad de Santa Fe. También concentra la atención el pliego de María Julia Sosa, secretaria del juzgado de Julián Ercolini.
Se especulaba que en esta tanda también ingresara Ana María Cristina Juan, esposa del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, quien está a cargo de la investigación por la presunta megaestafa con la criptomoneda $LIBRA, pero desde Justicia aseguran que será en el próximo envío de pliegos. Este es un trámite simple ya que no incluye un debate sobre cada uno de los casos sino simplemente darle entrada para su tratamiento en la comisión de Asuntos Constitucionales.

La segunda parte de la sesión podría implicar algún tipo de debate y es en la que el oficialismo buscará sancionar los ascensos militares y a Crexell como embajadora. La semana pasada la Comisión de Acuerdos, presidida por el senador Juan Carlos Pagotto (LLA), dictaminó de manera favorable doce pliegos remitidos por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), los cuales tomaron estado parlamentario en la sesión ordinaria del pasado 18 de marzo. Entre ellos se encuentran diez pliegos de promoción de jerarquía en las Fuerzas Armadas que incluyen la suba de grado de los jefes del Ejército -el actual general de división Oscar Santiago Zarich-, la Armada y el Estado Mayor Conjunto -vicealmirantes Juan Carlos Romay y Marcelo Alejandro Dalle Nogare, respectivamente; la designación de las autoridades de la Autoridad Nacional de la Competencia, organismo descentralizado del Ministerio de Economía; y el pliego que propone a la exlegisladora Lucila Crexell (Neuquén) como embajadora extraordinaria y plenipotenciaria ante Canadá.
En la Comisión firmaron de manera conjunta oficialistas y dialoguistas por lo que se espera que eso mismo se repita en el recinto. Lo mismo sucedió a la hora de firmar el dictamen como embajadora -política- argentina en Canadá a la exlegisladora nacional Lucila Crexell (Neuquén), ante un kirchnerismo que quedó muy en soledad con sus acusaciones contra la postulante, quien incluso fue defendida por la -de nuevo- peronista sin témpera cristinista Carolina Moisés (Jujuy), que criticó a sus excompañeras endilgándoles violencia de género y “sororidad demagógica”.
La posición del kirchnerismo ya la adelantó Juliana Di Tullio quien en el debate en la comisión dijo que “esto está viciado de nulidad total y absoluta. Todo lo que se trate en esta comisión, y usted lo sabe bien”, manifestó Di Tullio a Pagotto por los pocos lugares que oficialismo y dialoguistas dejaron al cristinismo en Acuerdos.
Respecto al pliego de Crexell, que es señalada porque cambió su posicionamiento en la Ley Bases y su voto fue el que permitió al oficialismo empatar con la oposición y habilitó a que Victoria Villarruel defina a favor del gobierno, la riojana María Florencia López del bloque K expresó que “si teníamos dudas de conceder o no el acuerdo -por el pliego de Crexell- hoy es imposible, cuando reconoce que en la casa de las leyes hubo negociaciones oscuras para aprobar la ley Bases”.
POLITICA
La fortuna de Ariel Vallejo, retratada en una frase: “Mamá, me olvidé de contarte, me compré una Ferrari”

Ariel vallejo, el financista cercano a la AFA y dueño de Sur Finanzas, es millonario: inyectó en el mercado un capital inicial ilícito de 108.138.762 dólares, provenientes de infracciones al régimen cambiario y de intermediación financiera no autorizada mediante las sociedades que constituyeron su financiera.
Tal es su fortuna, que junto con su madre y su exsuegra acumuló una flota de autos de alta gama a su nombre, de su familia y sus empresas, que incluyen un Audi, Mercedes Benz, Alfa Romeo, Land Rover BMW y hasta una Ferrari California descapotable negra, destinada a su uso personal, que estacionaba frente a la financiera.
Diez de esos autos fueron secuestrados por el juez Luis Armella, a pedido de la fiscal Cecilia Incardona. Pero tal era la velocidad de los negocios y la cantidad de bienes que a veces Vallejos no los recordaba con precisión.
Tal es así que en uno de los mensajes recuperados por la Justicia en la investigación, le dijo a su madre vía chat: “Ahh me olvidé de contarte, me compré un auto, un Ferrari California”.
El vehículo fue adquirido a un empresario marplatense el 10 de julio de 2025 por 152.100.000 de pesos, unos 110.000 dólares al tipo de cambio blue de ese momento. Lo colocó a nombre de Cluster Palace Beach S.A. cuya presidenta es Bárbara Denise Sena Argis, pero luego de los allanamientos y secuestros practicados en la causa fue transferido.
“La conexión con el lavado se perfecciona y agrava con la maniobra de ocultamiento posterior: a solo diez días de los allanamientos judiciales, teniendo pleno conocimiento de la investigación, Vallejo simuló la venta de dicha Ferrari a una mujer jubilada de 73 años por el mismo monto en que había sido adquirida, evidenciando una maniobra fraudulenta para eludir embargos”, dijo la fiscal Incardona al pedir la indagatoria de Vallejo.
La fortuna de Vallejo es incalculable. Solo un indicio de a cuánto podría ascender lo da el hecho de que, para la Justicia, inyectó 108 millones de dólares producto de sus negocios con la intermediación financiera, el cambio en negro y otros negocios fuera de la ley.
Ese dinero, según concluyó la fiscal Incardona, fue blanqueado mediante la firma de contratos de esponsoreo con clubes de fútbol, desde los que compiten en la Superliga hasta las divisiones inferiores, o clubes de barrio y contratos con la AFA por el auspicio de sus empresas a la Selección nacional.
Con esa liquidez marginal, Vallejo y su círculo íntimo amasaron un patrimonio desproporcionado. A través de la firma Cluster Palace Beach, por ejemplo, adquirieron siete inmuebles, con propiedades en Adrogué por hasta U$S 300.000 y una finca en San Vicente por casi 400.000.000 de pesos.
“La evidencia documental secuestrada en la sede de Sur Finanzas establece un patrón de ilicitud financiera y demuestra que el ecosistema del fútbol profesional argentino es el vehículo principal para el reciclaje de bienes de origen ilícito que se atribuye a Sur Finanzas”, escribió la fiscalía al pedir las indagatorias.
La operatoria de “lavado y simulación” alcanzó niveles grotescos en los clubes del ascenso. La financiera pactó inyectar grandes sumas de dinero en pesos justificadas en “publicidad”, pero los allanamientos demostraron que los carteles publicitarios ni siquiera existían.
El caso más paradigmático es el de la Escuela de Recreación y Deportes Estrella del Sur, un humilde club de la Primera C. Vallejo firmó un contrato para entregarles $5.000.000 mensuales en efectivo y por adelantado, bajo el concepto de “ayuda económica” y patrocinio de un estadio que ni siquiera utilizaban.
En la Primera B Metropolitana, al Deportivo Armenio le asignaron $3.000.000 por mes mediante un contrato donde la cifra original estaba tachada a mano con la leyenda “NO VALE”. En la B Nacional, el club Los Andes firmó el patrocinio más jugoso de la categoría: unos 180 millones de pesos anuales, y la institución debía cobrar a través de la billetera virtual del grupo.
La maniobra era vaciar a los clubes de primera con préstamos impagables y firmar contratos para enviar efectivo clubes chicos mediante patrocinios ficticios para blanquear el capital. La fiscal Incardona resumió así las maniobras de lavado de activos “llevadas adelante por el holding Sur Finanzas, con la intermediación o participación de la AFA”, en perjuicio de los clubes.
Por ejemplo, dijo la fiscal que se acreditó que el Club Atlético San Lorenzo de Almagro cedió y transfirió sus derechos de cobro futuros de televisación a Sur Finanzas Group SA, en garantía de préstamos obtenidos con tasas usurarias.
Así la AFA, a través de la Liga Profesional de Fútbol (LPF), cedió los derechos y la Liga depositó directamente los fondos de los derechos de televisación a la cuenta de la financiera investigada (NEBLOCKCHAIN SA, hoy Sur Finanzas PSP S.A.).
“Esta operación demuestra un mecanismo de interposición institucional donde la entidad rectora del fútbol desvía un activo financiero limpio (derechos de TV) directamente a la estructura de la organización lavadora”, dijo Incardona, colocando a la AFA en un rol activo en el delito.
Además, Sur Finanzas es el esponsor oficial de las selecciones nacionales, el contrato más sensible y de mayor envergadura económica que tiene la firma. Sur Finanzas Group S.A le transfirió a la AFA en 2024 $158.851.500 y en 2025 $625.581.688. Por su parte, Maximiliano Ariel Vallejo, a título personal, le transfirió a la AFA $3.696.000,00.
“El análisis de la operatoria con derechos de televisación, complementado con la reconstrucción periodística de los documentos, sitúa a Sur Finanzas no solo como acreedor, sino como un proveedor de servicios financieros con múltiples roles que facilita la opacidad sistémica del fútbol argentino”, dijo al fiscal.
En el mundo del lavado de dinero se conoce a estos actores como “Multi-Rol High-Risk Provider”, pues actúan al mismo tiempo como cobrando y pagando dinero.
Así por un lado está la esponsorización (publicidad), patrocinio de camisetas y el naming del torneo (“Copa Sur Finanzas”) y por otro los préstamos y refinanciación de deudas proveyendo la mayor parte del capital a clubes como San Lorenzo, Banfield y Racing, actuando como “principal acreedor y rescatista financiero”.
Asimismo, hace la gestión financiera y coordinación institucional de adelantos de derechos de TV, a la vez que tiene servicios de pagos y billetera virtual para múltiples clubes y terceros. “Esta concentración de roles dentro del ecosistema del fútbol profesional facilita la mezcla de flujos lícitos e ilícitos, la triangulación contable y el eventual auto-favorecimiento de actores dirigentes”, deslizó Incardona.
La fiscalía concluyó que “se ha logrado demostrar que el holding Sur Finanzas aplicó un patrón sistémico y uniforme para captar y defraudar a diversas instituciones deportivas, obteniendo ganancias extraordinarias mediante la interposición en sus flujos de activos”. Y sostuvo que la maniobra “constituyó una de las fuentes principales de ganancias ilícitas que luego fueron recicladas por la organización”.
Más aún, la fiscalía cree que hubo acuerdos espurios, debajo de la mesa, entre Sur Finanzas y las dirigencias de los clubes con los que se firmaron los contratos. Las operaciones y contratos fueron con Barracas Central, Acassuso, Argentinos Juniors, Deportivo Armenio, Defensores de Glew, Dock Sud, Independiente, Los Andes, Temperley, Victoriano Arenas, Brown de Adrogué, Racing Club, Morón, San Lorenzo, Platense y Banfield.
“El examen de estos acuerdos refleja anomalías comerciales severas que sostienen la sospecha de administraciones fraudulentas subyacentes, orquestadas entre las cúpulas de los clubes y la estructura de Sur Finanzas.
Los ejemplos más claros son por ejemplo los intereses leoninos cobrados a Argentinos Juniors. El club cedió e-cheqs por $600.000.000. Sin embargo, Sur Finanzas solo le transfirió $400.000.000, y absorbió una diferencia de $200.000.000 (una quita inmediata del 33,33%). Dijo que era el costo financiero del 33%. A su vez, tomó un préstamo de $200.000.000 a devolver en 10 cuotas, donde la financiera le debitaba mensualmente $10.000.000 como “comisión por préstamo otorgado”, un concepto de fantasía.
Otro ejemplo es lo ocurrido con Banfield donde se ve el esquema de vaciamiento diseñado por Vallejo. “La prueba recolectada demuestra que los directivos del club, en connivencia indispensable con el holding Sur Finanzas, ejecutaron una serie de actos financieros ruinosos cuyo único fin fue procurar un lucro indebido para el prestamista y generar una masa de dinero no trazable (“en negro”).
Hicieron dos contratos de mutuo con Sur Finanzas Group S.A. Uno por 500.000 dólares a una tasa del 3% mensual de interés, usuraria. Y otro de 500.000 dólares con una tasa mayor aún del 4% de interés.
Hernán Cappiello,Conforme a
POLITICA
La Justicia suspendió la aplicación de un punto de la reforma laboral que limitaba el paro docente

El Juzgado Nacional del Trabajo N° 74 suspendió este miércoles la aplicación del artículo 101 de la reforma laboral que introducía cambios en la actividad docente.
El fallo firmado por el juez José Ramonet dejó sin efecto el artículo que declaraba a la docencia como actividad esencial, que limitaba la capacidad de huelga de los docentes y les exigía el 75% de presencialidad en caso de paro.
La demanda fue interpuesta por la Unión Docentes Argentinos (UDA), que, tras conocerse la medida, aseguró a través de un comunicado: “Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo, y no restringir derechos colectivos que justamente buscan resguardar esas condiciones”.
“Destacamos la importancia institucional de esta decisión judicial, que preserva el equilibrio del sistema de relaciones laborales y evita que se consoliden restricciones que podrían afectar el núcleo esencial de los derechos colectivos de los trabajadores de la educación”, agregó el gremio.
La medida tiene carácter cautelar, lo que implica que no define aún la validez definitiva de la ley, sino que suspende sus efectos en forma preventiva.
De esta manera, hasta que se dicte una sentencia definitiva, “continúa resguardado el ejercicio del derecho constitucional de huelga y la plena vigencia de los principios de libertad sindical y negociación colectiva”, remarcó la UDA.
La suspensión en el sector docente agrega un nuevo frente al conflicto judicial en torno a la reforma, que continúa escalando y podría tener una definición final en instancias superiores.
La sentencia se dictó dos días después de que la Justicia suspendió la aplicación de 82 artículos de la reforma laboral tras un reclamo de la Confederación General del Trabajo (CGT).
El juez sostuvo que para dictar una cautelar no se requiere certeza absoluta sobre el derecho invocado, sino verificar que exista una apariencia razonable que justifique una tutela preventiva mientras se discute el fondo del asunto. Esa lógica es la que habilitó la suspensión provisoria de las disposiciones cuestionadas hasta que haya una sentencia definitiva.
En su análisis preliminar, el juez consideró que para dictar una cautelar no se requiere certeza absoluta sobre el derecho invocado, sino la verificación de una apariencia razonable que justifique una tutela preventiva mientras se discute el fondo del asunto.
Leé también: Un juez suspendió la aplicación de 82 artículos de la reforma laboral tras un reclamo de la CGT
Desde el gobierno, la cartera que conduce Sandra Pettovello informó que apelará el fallo para intentar revertir la cautelar y restituir la vigencia de los artículos suspendidos mientras se tramita el proceso principal.
En un comunicado, el ministerio sostuvo que existen sectores que “pretenden obstaculizar las reformas necesarias para superar el desempleo y el estancamiento”, y reafirmó su compromiso con la ley de Modernización Laboral.
reforma laboral, Docencia, Justicia
POLITICA2 días agoDos jubiladas que le habrían prestado dinero a Manuel Adorni negaron conocerlo
POLITICA2 días agoQuiénes son las dos acreedoras del préstamo con el que Adorni compró su departamento en Caballito
ECONOMIA2 días agoUno por uno: qué dicen los principales artículos de la Reforma Laboral que suspendió la Justicia por pedido de la CGT

















