POLITICA
El exministro Marcelo D’Alessandro ahora trabaja para Cristóbal López

El exministro porteño Marcelo D’Alessandro, cercano al PRO, fue contratado por el empresario kirchnerista Cristóbal López para que maneje los asuntos institucionales de su grupo empresario Indalo, según confirmaron fuentes de la compañía.
D’Alesandro, que es abogado, fue ministro de Justicia y Seguridad del Gobierno porteño entre 2021 y 2023, cuando renunció luego de que se conoció que viajó junto con jueces, directivos de Clarín y agentes de inteligencia a la estancia Lago Escondido en el sur.
Su teléfono fue hackeado y se conocieron supuestos mensajes de Telegram que mantuvo con los viajeros. La causa por el contenido de esos mensajes fue sobreseída con todos los imputados.
D’Alesandro, antes de ser ministro, fue diputado por el PRO entre 2013 y 2016.
Fuentes de la empresa dijeron que D’Alesandro se sumó al Grupo Indalo luego de conversarlo con sus allegados del mundo de la política, que están en veredas opuestas al posicionamiento político de Cristóbal López.
Su misión es trabajar en la relación con los medios y los actores de poder y buscar reposicionar la imagen del grupo luego de la separación de sus accionistas: Cristóbal López quedó por un lado y Fabián de Sousa, por otro.
En la desvinculación, De Sousa se quedó con la empresa Oil, que tiene un 6% del mercado de combustibles. También, con los medios de comunicación que actualmente forman parte de Indalo, como el canal C5N y Radio 10.
Por su parte, López se quedó con el resto de los negocios: empresas alimenticias, concesionarias de autos e industrias y la firma Oil M&S.
Cristóbal López y De Sousa, a pesar de su divorcio empresario, enfrentan juntos una causa judicial actualmente en la Corte Suprema de Justicia, donde ambos llegaron absueltos.
Se los juzgó junto con el extitular de la AFIP Ricardo Echegaray por la retención del impuesto a los combustibles por parte de OIL, por unos 8000 millones de pesos. La denuncia indicaba que, con esa retención de fondos de la AFIP, habían financiado a las otras compañías del grupo.
La Justicia condenó a Echegaray pero absolvió a López y a De Sousa. Los fiscales recurrieron y la Corte Suprema ya dos veces mandó a dictar una nueva sentencia con respecto a los empresarios.
Sin embargo, en ambos casos los nuevos pronunciamientos mantuvieron su absolución. Ahora, la causa está nuevamente en la Corte Suprema de Justicia.
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POLITICA
El Gobierno trabaja en una nueva ley de inteligencia para convalidar el decreto que firmó Milei

El primer paso fue la resurrección y reorganización de la SIDE, que en julio de 2024 reemplazó a la entonces AFI. En el último día de 2025, y ya con el contador Cristian Auguadra al frente de la inteligencia nacional en reemplazo de Sergio Neiffert, llegó el segundo cambio, que corrió los límites de los espías con el polémico DNU 941, que les brinda amplias facultades para detener personas sin la intervención de un juez y les da acceso a datos personales.
Estas y otras modificaciones generaron polémica y presentaciones judiciales de inconstitucionalidad contra el decreto.
Por estas horas, y sin dar detalles, el gobierno de Javier Milei avanza en una tercera etapa de reformas en el ámbito de la inteligencia nacional, que sin cargo formal maneja el asesor presidencial Santiago Caputo. A diferencia de las dos anteriores, sería a través del Congreso.
En el Gobierno confirmaron a que se avanza en una nueva ley de Inteligencia que prevé incluir ítems del polémico decreto y sumar otros en la nueva legislación. La iniciativa no tiene una fecha de presentación prevista, informaron las fuentes.
“Se está trabajando”, confirmaron a este diario cerca del Presidente, aunque aclararon que la nueva ley “no está terminada y no está definido cuándo se manda”. Otras fuentes con conocimiento del proyecto agregaron que probablemente “se intentará plasmar estos cambios de aquel decreto y alguna cosa nueva” en una norma “más abarcativa”, según expresara la propia SIDE en un comunicado, en enero pasado y luego de la difusión del decreto.
La nueva composición del Congreso, dónde la Libertad Avanza ya consiguió avanzar en proyectos de ley como la reforma laboral o el régimen penal juvenil, son un aliciente para intentar plasmar en una ley los cambios dispuestos por decreto.
El primero de ellos, que en los comienzos del gobierno de Milei habilitó a los espías a actuar como auxiliares de la Justicia y eliminó la obligatoriedad del acuerdo del Senado para nombrar al titular del organismo, fue cuestionado en la Justicia por el CELS, sin resultado hasta el momento.
El decreto 947, en tanto, generó inquietud en organismos de derechos humanos al establecer que uno de los objetivos es el de “reorientar las actividades de la citada Agencia en materia de contrainteligencia para identificar y analizar, con enfoque preventivo, amenazas a la seguridad estratégica nacional, incluyendo acciones de espionaje, sabotaje, injerencia, interferencia e influencia”. Aunque la propia SIDE lo negó en un comunicado, y tal como publicara , estos párrafos podrían terminar justificando tareas de inteligencia sobre actividades legítimas, como la militancia política o el periodismo.
También generó alarma la habilitación al entrecruzamiento e intercambio de información entre dependencias del Estado que manejan datos personales sensibles, como Migraciones, Aduana, Renaper, Justicia, Renar y ARCA. Este punto fue cuestionado por el CELS y otras entidades en un amparo colectivo.
Los eventuales aliados en el Congreso siguieron con atención el artículo 2 de ese decreto, agregado a la Ley de Inteligencia Nacional, que establece que “todas las actividades que se realizan en el ámbito de la Inteligencia Nacional revisten carácter encubierto en virtud de su sensibilidad, con el fin de minimizar el Riesgo Estratégico Nacional”. La Comisión Bicameral de Seguimiento de Actividades de Inteligencia, encargada del control parlamentario de la SIDE, quedó acéfala a fines del año pasado por el paso de su hasta entonces presidente, Martín Lousteau, del Senado a la Cámara de Diputados, y aún no se constituyó.
Otro de los puntos que contiene el decreto –por ahora la herramienta legal con la que cuenta la central de espías- dispone la disolución de la Dirección de Inteligencia Estratégica Militar (Dniem) y el traslado de sus funciones al Estado Mayor Conjunto, lo que reduciría la injerencia del ministro de Defensa y refuerza el peso de la SIDE en el esquema de inteligencia de las Fuerzas Armadas.
El decreto generó la previsible oposición de Unión por la Patria y la izquierda, aunque se sumó también el rechazo de los provinciales de Provincias Unidas y de la Coalición Cívica. En Pro y la UCR se mostraron expectantes, sin tomas de posición concretas.
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POLITICA
El juez que le prohibió a Claudio Tapia salir del país lo autorizó a viajar esta semana a Colombia y Brasil

El juez en lo penal económico Diego Amarante, que el jueves pasado le prohibió al titular de la Asociación del Futbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, salir del país, le habilitó hoy una excepción y lo autorizó a viajar a Barranquilla, Colombia, y a Río de Janeiro, Brasil, entre hoy y el sábado próximo.
A cambio, le fijó una “caución real” de $5.000.000.
Es una buena noticia para Tapia. No solo porque podrá salir del país esta semana sino por los compromisos internaciones que le esperan este año, en el que se juega el mundial de fútbol. Además, el 27 de marzo próximo, la selección argentina se enfrentará a la española por la Finalissima.
El juez relató en su fallo que Tapia había pedido que lo habilitaran a viajar “con el fin de participar de actividades oficiales en su carácter de presidente de la AFA y de vicepresidente de la Conmebol”.
Detalló que “acompañó copias de la invitación oficial cursada por la Federación Colombiana de Fútbol para participar de un acto oficial en la ciudad de Barranquilla, del itinerario de vuelos elaborado por la firma Baires Fly S.A. y del acta del orden del día de la Reunión del Consejo de la Conmebol”. Informó que también precisó en qué hoteles planeaba alojarse, tanto en Colombia como en Brasil.
Los argumentos que citó el juez cuando le prohibió a Tapia salir del país, la semana pasada, incluyeron “la gravedad de los hechos investigados” y “la severidad de la pena” que podría corresponderles a los acusados (la medida incluye a otros dirigentes), “y en miras a garantizar la regular realización de los actos procesales que aquí se ordenan”; es decir, para garantizar que se lleven a cabo las indagatorias. No se sabe si después de esas declaraciones levantará la prohibición o si Tapia deberá pedir permiso para cada viaje.
Tapia y el tesorero de la AFA, Pablo Toviggino, fueron citados a declarar en indagatoria acusados de haber retenido aportes previsionales y haber evadido el pago de impuestos. En ese mismo fallo, se les prohibió la salida del país.
A Tapia y a Toviggino se los acusa del delito de omisión del pago de aportes de la seguridad social de jugadores y empleados. Según la denuncia inicial hubo un total de $7.593.903.512,23 en obligaciones que no fueron depositadas en tiempo y forma, dividido en dos rubros, retenciones impositivas y retenciones de la seguridad social. En la ampliación de la denuncia el monto denunciado sumó $11.759.643.331,62. El total bajo investigación supera los $19.300 millones por retenciones y aportes que no habrían sido ingresados.
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POLITICA
Masivo cierre de expedientes por evasión a raíz de la sanción de la ley de inocencia fiscal

Los efectos judiciales de la denominada “ley de inocencia fiscal” se sienten con fuerza en el fuero penal económico, donde todas las fuentes consultadas por coinciden en señalar la existencia de un cierre masivo de expedientes tras la sanción de la norma y en tan solo 13 días de vigencia.
La ley fue aprobada junto al presupuesto 2026, a fines del año pasado, e incrementó en al menos un 3000% los montos mínimos a partir de los cuales se configuran los delitos tributarios, por lo que la enorme mayoría de las causas activas que tramitan en el fuero, afirman las fuentes, quedaron fuera del ámbito penal y comenzaron a caerse a un ritmo de entre 15 y 20 por día, o incluso más en algunos casos.
Con la nueva ley, la evasión simple pasó de $1.500.000 a $100.000.000 y la agravada, de $15.000.000 a $1.000.000.000, lo que representa en ambos casos un aumento del 6567%. Todavía más lejos fue el delito de evasión a través de terceros, que creció un 9900%, al pasar de $2.000.000 a $200.000.000.
“Son muy pocas las [causas] que pasan los montos”, explica un funcionario judicial en cuyo despacho quedaron apenas cuatro de las más de 300 causas que tenía, todas relativas al delito de facturación apócrifa.
El vaciamiento del fuero es un fenómeno todavía en curso porque si bien la nueva ley comenzó a regir el 2 de enero, su impacto en los tribunales empezó a sentirse recién en febrero, con el regreso de la actividad tras la feria judicial, por lo que solo estuvo operativa durante 13 días hábiles.
Así, un extendido universo de casos abandona los estrados judiciales para pasar a ser atendido en el ámbito administrativo, relativizando el problema de las vacantes que azota a la Cámara del fuero, con solo dos jueces en las seis vocalías.
Los fiscales y ARCA, alineados
Son al menos dos las vías por las que este grupo de causas comenzó a morir: o los abogados defensores presentan un escrito pidiendo quedar al amparo de la nueva ley o son los propios jueces, basados en el principio constitucional de la ley penal más benigna, quienes actúan de oficio y cierran los expedientes.
Los fiscales, en tanto, con el mismo criterio, o no apelan la decisión de los magistrados u optan directamente por hacer caer la acusación.
La tendencia de la mayoría de los representantes del Ministerio Público Fiscal durante los últimos años fue oponerse a la aplicación de ley penal más benigna cuando los montos punibles cambiaban o se “actualizaban” con el objetivo de no quedar tapados por la inflación. Fue la posicion que fijó el exprocurador Esteban Righi en 2012 o el actual, Eduardo Casal, en 2018.
La postura, sin embargo, se fue flexibilizando en los hechos porque las apelaciones de los fiscales se estrellaban contra el muro que la Corte Suprema fue construyendo con una serie de sentencias y que terminó de consolidar en 2021 con el fallo “Vidal”, que dejó asentado de manera definitiva que las nuevas leyes no eran “actualizaciones” de los montos sino normas sustantivas cuya aplicación debía ser retroactiva.
Ahora, además, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio instrucciones precisas sobre el tema a sus funcionarios y equipos jurídicos. Tras la sanción de la ley, en su primer instructivo de 2026 ordenó la aplicación “universal e irrestricta” del principio de la ley penal más benigna y el reconocimiento de los nuevos montos mínimos en la causas ya iniciadas.
“A diferencia de otras épocas, los fiscales y ARCA hoy están alineados”, señala el juez Marcelo Aguinsky, que tiene a su cargo dos de los once juzgados del fuero Penal Económico. En línea con el espíritu de la nueva normativa, el magistrado considera que también debería actualizarse el monto que divide la frontera entre una infracción aduanera del delito de contrabando, hoy fijado en 500.000 pesos.
Alivio para un empresario
La semana pasada, la Casación puso en movimiento la nueva ley, al revertir una condena contra G.G.M S.A, una empresa de calzado que era agente de retención y había quebrado, y su presidente, Guillermo Andrés Gotelli, condenado a dos años y seis meses de prisión.
En abril de 2024, el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº2 los encontró culpables del delito de apropiación indebida de recursos de la seguridad social en 29 períodos entre los años 2012 y 2015.
Sin embargo, el jueves pasado la Justicia dio vuelta la sentencia. La Sala III de la Casación sostuvo que los montos mensuales retenidos por la empresa en cada uno de esos periodos eran inferiores al nuevo umbral de $3.500.000, por lo que, en virtud de la nueva ley y el principio constitucional de la ley penal más benigna, no había delito.
Los camaristas Mariano Borinsky, Carlos Mahiques y Juan Carlos Gemignani resolvieron “remitir la presente causa al Tribunal Oral en lo Penal Económico N°2 de esta ciudad a los fines de que resuelva acerca de la atipicidad de la conducta enrostrada a los nombrados”.
Los “peces gordos”
Los detractores de la ley sostienen que los nuevos montos son demasiado elevados y que se trata prácticamente de una “amnistía fiscal”, mientras que sus partidarios, como los jueces Aguinsky y Borinsky, argumentan que, con ella, el Estado concentra sus esfuerzos y recursos en perseguir penalmente solo a los “grandes evasores” y que el resto de los casos no quedan impunes, sino que se abordan desde una perspectiva administrativa, con sanciones o multas.
“La medida apunta a dotar de mayor coherencia al sistema y a delinear una política criminal verdaderamente focalizada en los grandes evasores”, marcó el juez Borinsky en una columna sobre el tema de reciente publicación.
“Al mismo tiempo, al desplazar los casos de menor entidad al ámbito administrativo, se favorece una resolución más ágil y eficiente orientada al cobro efectivo de las deudas, lo que incluso puede traducirse en una mejora de la recaudación fiscal”, escribió en Infobae.
Un caso contra “grandes evasores” es la denuncia que ARCA impulsó en diciembre contra la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), que abrió la causa en la que su presidente, Claudio “Chiqui” Tapia, y su tesorero, Pablo Toviggino, entre otros dirigentes, fueron llamados a indagatoria por el juez Diego Amarante.
El monto total denunciado por ARCA asciende a más de 19.000 millones de pesos, que abarcan un total de 35 períodos mensuales reclamados, 18 son por retención tributaria y 17 por retención de aportes previsionales.
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