POLITICA
El Newcastle es el campeón de la Copa de la Liga 2025

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La final de la Copa de la Liga 2025 fue vibrante y llena de emoción. En el partido decisivo por el trofeo se enfrentaron el Liverpool y el Newcastle. Por un lado, los de Merseyside partían como favoritos, ya que contaban con una plantilla más potente. Sin embargo, en ese momento el Liverpool atravesaba una especie de crisis anímica tras su temprana eliminación de la Liga de Campeones.
El Newcastle supo aprovechar al máximo los problemas de su rival. Las Urracas marcaron un gol en cada tiempo y controlaron con autoridad el desarrollo del encuentro. Hacia el final, el Liverpool logró recortar distancias, pero los dirigidos por Slot no pudieron hacer más. Resultado final — 2:1 a favor del Newcastle.
Seguir los próximos partidos del club es muy fácil en 1xBet, y gracias a las ofertas especiales, tus pronósticos serán aún más rentables. Para el Newcastle, esta victoria fue de gran importancia y significado: es su primer trofeo nacional en 70 años. El equipo luchó durante mucho tiempo por alcanzar este logro, cayendo en varias finales, pero finalmente logró su objetivo.
Las claves de la victoria del Newcastle en su último partido
En el último partido, el Newcastle se mostró claramente más decidido que su rival. El equipo saltó al campo cargado para la lucha. Si te interesan sus encuentros en el futuro, síguelos en una casa de apuestas de confianza. La casa de apuestas también complacerá con ofertas inesperadas como dominó online con premios o tragaperras inusuales. Gana dinero con el fútbol y otros juegos.
Volviendo a la victoria del Newcastle, podemos destacar que los principales factores de su triunfo fueron los siguientes:
- Gran rendimiento del equipo en jugadas a balón parado, algo que quedó especialmente claro en el primer gol, marcado por Dan Burn tras un saque de esquina.
- Destacada actuación de las figuras del club: Alexander Isak, Kieran Trippier y varios más firmaron un partido sobresaliente.
- Un planteamiento táctico muy acertado. Las Urracas no permitieron que el Liverpool generara peligro, mérito en gran parte del entrenador Eddie Howe.
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POLITICA
El Gobierno no intervendrá en el conflicto electoral de la UOM y espera un fallo que aclare la situación de Abel Furlán

El Gobierno no intervendrá en el conflicto desatado en la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) luego de que su titular, Abel Furlán, realizó el congreso para elegir autoridades nacionales sin acatar la suspensión ordenada por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Así lo revelaron a Infobae fuentes oficiales, que aseguraron que la Secretaría de Trabajo no cederá ante las presiones de los opositores a Furlán para que se declare la acefalía de la UOM ni ante la intención del líder metalúrgico de que le extiendan el certificado de autoridades para darle legitimidad a su designación.
En el entorno de Julio Cordero, el titular de Trabajo, consideran que el conflicto en la UOM nacional está judicializado y por eso decidieron esperar una decisión de los magistrados laborales en un sentido o en otro antes de dictar alguna resolución acerca de la validez del congreso nacional de los metalúrgicos, que se realizó el miércoles pasado en abierto desafío al fallo dictado por la Cámara de Apelaciones del Trabajo.

Como anticipó este medio, los camaristas laborales María Dora González y Víctor Arturo Pesino suspendieron la proclamación y toma de posesión de autoridades electas en la Seccional Zárate-Campana de la UOM y pospusieron la elección del Secretariado General del sindicato a nivel nacional tras una denuncia por presuntas irregularidades en los comicios realizados entre el 2 y el 4 de marzo en aquella filial gremial.
Sin embargo, Furlán realizó igual el congreso de la UOM, en el hotel del Sindicato de Luz y Fuerza ubicado en Brasil 780, donde obtuvo el 80 % de los votos de los congresales (215 sobre 270), “configurando un respaldo mayoritario a su estrategia sindical y confirmando una estructura de conducción alineada a su gestión”, según informó el gremio metalúrgico en un comunicado.
Entre los principales novedades del nuevo secretariado figura la designación de Daniel Daporta, líder de la seccional Avellaneda, como secretario adjunto de la UOM, reemplazando a Naldo Brunelli, titular de la Seccional San Nicolás, que quedó afuera de la conducción nacional del gremio.

La Cámara de Apelaciones del Trabajo consideró que la verosimilitud de las presuntas irregularidades en la votación de UOM Zárate-Campana está acreditada prima facie con la prueba presentada en el expediente y que el peligro en la demora se vincula con la elección nacional.
La resolución advirtió que la falta de pronunciamiento de las autoridades internas de la UOM ante la denuncia produce, en la práctica, una denegación y permite la intervención de la vía judicial directamente.
Por eso se ordenó la suspensión del acto electoral nacional hasta que el tribunal adopte un pronunciamiento definitivo sobre la nulidad planteada. El artículo 49 del estatuto de la UOM establece que el Secretariado Nacional debe ser elegido por un Colegio Electoral cuyos integrantes surgen de cada seccional y, según los camaristas, la validez de ese proceso queda en cuestión si no se resuelve previamente la situación de la Seccional Zárate-Campana.

Tras el acto de desobediencia de Furlán al realizar igual el congreso nacional que lo reeligió, sus opositores creen que los camaristas dictarán otro fallo que le quitará validez legal a la designación del líder de la UOM y que Trabajo deberá actuar en función de esa sentencia.
“La Seccional Campana-Zárate está acéfala y el congreso nacional de la UOM que votó a Furlán es nulo”, interpretaron en el sector disidente de esa filial, que lidera Angel Derosso, el candidato opositor que denunció fraude e irregularidades en la elección.
En el furlanismo, sin embargo, advirtieron que “son varios los gremios sin el reconocimiento del certificado de autoridades, como en el caso del SOMU, pero no van a tardar mucho en entregárselo a la UOM”.

Señalaron que las autoridades elegidas en el congreso metalúrgico “tomaron posesión de sus cargos y desde este miércoles ya ocupan sus oficinas” en la sede de la UOM nacional, ubicada en Alsina al 400, en Capital.
Desde la Secretaría de Trabajo, mientras, aclararon que no intervendrán en el conflicto hasta que se expida la Justicia: “Nosotros tenemos que ajustarnos al decreto que directamente nos quita la competencia en materia electoral, salvo en casos de acefalía”, dijeron.
La fuente consultada aludió así al decreto 342, dictado en mayo pasado, que limitó la injerencia del Estado en los procesos electorales sindicales, “priorizando la autonomía y autodeterminación de los gremios”. El Gobierno impulsó esa norma para adecuarse a los convenios sobre libertad sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
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POLITICA
«Estados Unidos nos apoyó varias veces en el expediente»: Amerio resaltó el rol clave de Washington en el fallo por YPF

El Procurador del Tesoro de la Nación, Sebastián Amerio, aseguró este domingo que el apoyo formal de Estados Unidos fue decisivo para que la Argentina lograra revertir el fallo judicial por la expropiación de YPF y evitar el pago de USD 18.000 millones. El funcionario detalló el peso de la estrategia diplomática y jurídica conjunta, que incluyó la presentación de Estados Unidos y otros países como “amicus curiae” ante la Cámara de Apelaciones.
Amerio explicó que la respuesta coordinada entre la Procuración del Tesoro, la Secretaría Legal y Técnica, la Cancillería y la Embajada argentina en Estados Unidos, bajo la conducción del presidente Javier Milei, permitió construir una posición sólida y obtener el respaldo internacional necesario para inclinar la balanza en los tribunales estadounidenses.
Durante una entrevista en Radio Mitre, Amerio destacó que Estados Unidos presentó informes formales como amigo del tribunal, acompañando la postura jurídica argentina en la causa YPF. “Se han presentado doce países, principalmente Estados Unidos, como amigos del tribunal. Todos esos informes fueron a favor de la posición argentina”, remarcó.
El Procurador del Tesoro subrayó el valor de este apoyo: “Formalmente, Estados Unidos nos apoyó varias veces en el expediente. Y eso sí pesa”. Según Amerio, este respaldo fue posible por la tarea diplomática intensa y la articulación del equipo argentino con funcionarios estadounidenses y de otros países.

Para Amerio, el resultado marca una diferencia respecto a gestiones anteriores: “Se trabajó de forma distinta, más allá de lo jurídico también. Se trabajó desde una mirada multifocal, con una unidad muy grande de funcionarios, grupos determinados que trabajábamos en esto desde el inicio de la gestión del presidente Milei y sobre todo bajo su guía”.
Reconstrucción del caso YPF
El funcionario repasó la cronología del conflicto. Recordó que la expropiación de YPF se dispuso en 2012, con un litigio internacional que se extendió durante doce años y que atravesó varios gobiernos argentinos. Durante el gobierno de Alberto Fernández, la Argentina sufrió un fallo adverso de la jueza Preska que condenó al país al pago de USD 18.000 millones.
Amerio explicó que al asumir la nueva administración el 11 de diciembre de 2023, el presidente Milei priorizó la conformación de un equipo enfocado en el caso YPF. Este grupo incluyó a la secretaria legal y técnica, María Ibarzabal, al canciller Pablo Quirno, al embajador argentino en Estados Unidos, Alex Oxenford, y a los subprocuradores Juan Stampalia, Pablo Comadira y Santiago Castro Videla.
Amerio relató que el equipo de la Procuración del Tesoro y otras áreas técnicas diseñó una estrategia proactiva y coordinada para afrontar el proceso. “Se empezó a trabajar en una estrategia mucho más organizada, con una proactividad distinta. Resistimos las presiones para acordar”, señaló.
El funcionario valoró el esfuerzo conjunto: “Desde el día uno trabajamos con la gente de Cancillería, los equipos técnicos de la Procuración, la Secretaría Legal y Técnica, y la Embajada en Washington. Todos bajo la guía del presidente Milei”.
Detalles del fallo y escenarios abiertos
La sentencia de la Cámara de Apelaciones revocó el fallo de primera instancia y eliminó la condena por USD 18.000 millones. “Argentina no tiene que pagar absolutamente nada”, afirmó Amerio.
Consultado sobre las posibilidades de que el fondo demandante recurra a la Suprema Corte de Estados Unidos o al CIADI, Amerio explicó que las chances de éxito son muy bajas: “Cuando teníamos un 10 % de chances de éxito, ahora ellos tienen menos del 5 % de revertir esto”. Sin embargo, advirtió que mientras existan recursos procesales, no se puede descartar por completo un giro adverso.
Amerio valoró el efecto inmediato de la resolución para la economía argentina y para YPF. Sostuvo que durante años el juicio dificultó la inserción internacional del país y la llegada de inversiones: “Todo el ecosistema mundial y cuestiones como generar seguridad jurídica, préstamos y confianza estaban absolutamente en caída”.
El Procurador afirmó que la sentencia favorable abre un nuevo ciclo: “Esto va a posibilitar que sigan viniendo las inversiones, que la Argentina gane la confianza del mundo y que las empresas quieran invertir. Esto genera un círculo virtuoso para la economía argentina”.
En el cierre de la entrevista, Amerio dedicó un reconocimiento al equipo de la Procuración y resaltó el valor de la formación profesional: “Son gente muy preparada, que desde el día uno dejaron el alma por esta causa. El ejemplo es ese: se puede hacer en Argentina las cosas bien. Requiere trabajo, bajo perfil y control del ego”.
POLITICA
Vuelos comerciales: cuáles serán los servicios mínimos que deberán garantizarse durante los conflictos gremiales

Mediante una normativa publicada en Boletín Oficial, el Gobierno estableció cómo deberá ser la prestación de los servicios públicos y esenciales de la Navegación Aérea durante los conflictos gremiales que afecten a la actividad.
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) oficializó la reglamentación a través de la resolución 173/2026 publicada este jueves por la madrugada para asegurar la continuidad, regularidad y seguridad de los servicios aeronáuticos en el país cuando exista una decisión de ejecutar un paro.
De esta manera, el organismo descentralizado que actúa como autoridad aeronáutica nacional con competencia para regular, fiscalizar y administrar la actividad aeronáutica civil en todo el país, aprobó el “Cuadro de prelación y ordenamiento” para la “prestación de los servicios esenciales durante el ejercicio de acciones gremiales”, cuyo esquema se encuentra detalladado en el anexo I que acompaña la resolución.

El documento destaca la importancia estratégica del transporte aéreo para la conectividad y el desarrollo de las economías regionales, dada la extensión territorial y “las particularidades geográficas y económicas” del país. En este sentido se considera esencial la continuidad de los servicios aerocomerciales y de navegación aérea dado que la interrupción o alteración así como las demoras, cancelaciones y reprogramaciones de vuelos “pueden comprometer la seguridad operacional, afectar la movilidad de pasajeros y mercancías e incidir negativamente en la planificación, regularidad y previsibilidad del sistema”.
Por ello, ANAC dejó asentado el mínimo de servicios que deberá estar garantizado durante el ejercicio de acciones gremiales el cual “se calculará sobre la franja horaria afectada de la programación que incluye la operación regular y no regular dentro, desde o hacia la República Argentina”. Se trata de una prestación mínima obligatoria del 75%. A su vez, aclaró que “en ningún caso, la medida de fuerza podrá afectar aeronaves públicas o sanitarias, ni aeronaves en vuelo o que hubieran iniciado su operación con anterioridad al inicio de la medida, ni las operaciones aerocomerciales regulares o no regulares desde o hacia aquellos destinos que posean una única frecuencia diaria de transporte”.

Por último, el organismo también ordena que dichas acciones se suspendan si el pronóstico anuncia condiciones meteorológicas adversas, como niebla, neblina, tormentas eléctricas u otros fenómenos que puedan alterar el desarrollo normal de los vuelos. Al concluir la medida de fuerza, el tránsito aéreo deberá normalizarse en un plazo máximo de 30 minutos, organizando el reinicio de las operaciones según las planificaciones existentes previas a la interrupción.
Una de las útlimas medidas anunciadas por el gremio de ATE se vio interrumpida por la conciliación obligatoria dictada por el Gobierno el 17 de marzo. La Secretaría de Trabajo de la Nación convocó a las partes (ATE y ANAC) a “buscar una solución al conflicto y garantizar la normal prestación de los servicios” e intimó a la organización sindical y a los trabajadores representados “a dejar sin efecto durante el período de conciliación toda medida de acción directa y a prestar servicios de manera normal y habitual”.
Se trata de una decisión que surge a partir de los reiterados conflictos que se vivieron en los últimos años y que perjudicaron el normal funcionamiento de los aeropuertos. Uno de los casos más emblemáticos tuvo lugar en septiembre de 2024 cuando el Gobierno calificó la medida como salvaje.

Así quedó organizado el cuadro de prelación y ordenamiento para la prestación de los servicios esenciales:
- Prevalencia de primer grado: vuelos comerciales internacionales regulares extra países limítrofes (garantizando que toda la demanda en la franja programada afectada por la acción gremial efectuará su operación dentro de las cuatro horas posteriores a la franja horaria de las medidas de fuerza).
- Prevalencia de segundo grado: vuelos comerciales internacionales regulares países limítrofes (garantizando al menos un servicio en franja horaria de medidas de fuerza, si durante el día fuera el único vuelo a destino).
- Prevalencia de tercer grado: vuelos comerciales nacionales regulares países limítrofes (garantizando al menos un servicio en franja horaria de medidas de fuerza, si durante el día fuera el único vuelo a destino).
- Prevalencia de cuarto grado: vuelos no regulares internacionales (sujeto a cupo porcentual en franja horaria de medidas de fuerza).
- Prevalencia de quinto grado: vuelos no regulares nacionales (sujeto a cupo porcentual en franja horaria de medidas de fuerza).
- Prevalencia de sexto grado: vuelos de trabajo aéreo (sujeto a cupo porcentual en franja horaria de medidas de fuerza).
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