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POLITICA

El oficialismo acelera y busca tener hoy el dictamen de la Reforma Laboral

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Reuni—n plenaria de las comisiones de Trabajo y Previsi—n Social y de Presupuesto y Hacienda, el 18 de diciembre de 2025, en el sal—n Azul del Senado de la Naci—n, Buenos Aires, Argentina.-
Foto: Mario Mosca / Comunicaci—n Institucional Senado.-

En lo que fue la segunda jornada de debate de la plenaria de las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Presupuesto y Hacienda, el oficialismo decidió acortar los plazos y apurar la firma del dictamen para lograr que el proyecto de Reforma Laboral pueda estar listo para ir al recinto la semana que viene, después de la fiesta de Navidad.

El plenario, que estaba citado para las 9:30 y comenzó 9:45, recibió expositores que en su gran mayoría se mostraron contrarios a la reforma que impulsa el Ejecutivo. Una primera tanda de abogados y asociaciones de abogados laboralistas, una segunda tanda de asociaciones de bancos y una tercera y última tanda que estuvo a cargo de representantes de la cultura.

La decisión del oficialismo es avanzar con la firma del dictamen, por eso la presidenta de la comisión de Trabajo, la senadora Patricia Bullrich, señaló minutos después de las 12 del mediodía que se pasaba a un cuarto intermedio hasta las 16, en donde iba a haber una nueva ronda de oradores y que a las 17 “les pedimos a todos estar presentes porque vamos a dictaminar”.

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El senador del bloque Justicialista Mariano Recalde pidió extender el plazo “porque hay muchos que quieren exponer” y la respuesta de Bullrich fue tajante. “Hay una hora para exponer y después pasamos a dictaminar”. Para terminar dejó un comentario que marca un poco el clima que se vive en el Senado: “volvemos a reunirnos a las 16 así ustedes tienen tiempo de ir a la marcha”, en relación a la convocatoria a las 15 horas de la CGT en Plaza de Mayo.

En lo que se refiere a las exposiciones, los abogados laboralistas que tomaron la palabra fueron presentando oposiciones al proyecto. El primero fue Guillermo Crespo, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, quien señaló que la propuesta “lo que busca es potenciar el poder del empleador. Busca hacer del trabajador alguien atado a la voluntad del empleador, y no va a tener la posibilidad de luchar por sus derechos. Hay un avance en la eliminación de controles a los empresarios dando impunidad y en contra de los trabajadores y de los empresarios que cumplen”, agregó.

En la misma línea se mostró Pablo Topet, asesor legal de la CGT, quien señaló que la ley “es un atraso. Se desalariza, la jornada no tiene límite, modifica las facultades, se permite el pago en cuotas algo que es inaceptable. Se incorpora un mecanismo de protección al empleador por la indemnización. El derecho del trabajo es algo que inventamos para mejor mecanismo de seres humanos desiguales, es una involución inadmisible”.

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El único empresario que estuvo presente fue Armando Farina, presidente de la Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas, quien sostuvo que “no se está hablando sobre qué se va a hacer para incluir a los 11 millones de personas que están fuera del sistema. Si la reforma no incluye parámetros que deja de trasladar preocupaciones a las pymes y recursos a los trabajadores, va a seguir fracasando”.

Volviendo al mundo judicial, María Elena López, vicepresidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, también mostró disidencias con el proyecto que busca dictaminar hoy Bullrich y señaló que en la entidad recibieron con “sorpresa y estupor los artículos 90 y 91 del proyecto de modernización como también todos aquellos que contiene el proyecto en materia de modificación de nuestra ley 18.345 de ordenamiento procesal”.

Reuni—n plenaria de las comisiones de Trabajo y Previsi—n Social y de Presupuesto y Hacienda, el 18 de diciembre de 2025, en el sal—n Azul del Senado de la Naci—n, Buenos Aires, Argentina.-
Foto: Mario Mosca / Comunicaci—n Institucional Senado.-

También hubo un espacio para que los sectores de la cultura expongan y en este caso el primero fue Guillermo Tello, coordinador de la Multisectorial Audiovisual, quien apuntó a los cambios impositivos que propone la ley para el sector y dijo que es “importante” que los legisladores entiendan “que lo que se está perdiendo es una cultura federal y repensar también si es necesario borrar los gravámenes que son de un sistema de comunicación federal o el gravamen a las entradas de cine que nada afecta a las provincias”.

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Tello compartió el tiempo de exposición con el actor y productor Pablo Echarri, quien dijo que consideran al proyecto “regresivo y ruinoso en un marco de retracción y de pobreza. Es un sometimiento de los que generan el trabajo a los trabajadores”. Y luego de señalar que no era la primera vez que iban al Congreso a defender al sector preguntó ¿por qué el ataque es tan directo a la cultura?

Apoyo con disidencias

La primera voz a favor llegó de la mano de Pablo Dono, director legal de la Asociación Argentina de Contribuyentes. “Vemos positivo que la baja de impuestos se haga con equilibrio fiscal para no tener que caer ni en deuda, que es impuestos futuros o un default, por lo cual es muy positivo poder hacerlo de esta forma compasada, liberando sectores productivos y evitando la inflación”.

Quienes también estuvieron presentes señalando los beneficios “en general” fueron las asociaciones bancarias. Los hombres que representan a los bancos señalaron un apoyo en general a la norma pero rechazaron la apertura a las billeteras virtuales de las cuentas sueldo.

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Marcelo Mazzón, director ejecutivo de la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina, Claudio Cesario, presidente de la Asociación de Bancos de la Argentina y Javier Bolzico, presidente de Asociación de Bancos Argentinos; apuntaron contra el artículo 35 del proyecto. “”En principio estamos muy de acuerdo con la reforma laboral. Proponemos eliminar el art. 35 porque la cuenta sueldo es un pilar del sistema económico, es la protección legal del salario y está supervisada por el Banco Central», sostuvo Cesario. “Este es un muy buen proyecto porque parte de un buen diagnóstico con articulado consistente con los hallazgos de ese diagnóstico, pero el artículo 35 no hace a la reforma porque no ataca ninguno de los problemas, ni genera acercamiento a los objetivos”, señaló Bolzico.

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Reforma laboral: qué dice la reglamentación de la ley y cuáles son los principales cambios para el trabajador

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El Gobierno reglamentó esta madrugada la ley de Modernización Laboral y promulgó la misma bajo el N° 27.802 a través de Boletín Oficial. Esta formalización ocurrió luego del debate parlamentario que se extendió por varias jornadas y la sanción definitiva en el Senado el 27 de febrero. El oficialismo consiguió uno de sus mayores logros durante las sesiones extraordinadas convocadas por el presidente Javier Milei.

Entre los ejes centrales del texto oficial, se destacan los cambios en la registración laboral, la organización de la jornada, el régimen de indemnizaciones y la estructura de aportes patronales y sindicales. El nuevo esquema se aplica sobre los siguientes puntos:

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Jornada laboral

  • Se habilitó la extensión del horario de jornada laboral diaria de hasta 12 horas siempre mediante acuerdo escrito entre empleadores y empleados y la creación del banco de horas permitirá compensar horas extraordinarias con descansos. La organización de la jornada deberá respetar los límites legales y el descanso de al menos 12 horas entre turnos.
  • Queda ratificado que el pago de salarios solo podrá realizarse a través de bancos o entidades oficiales de ahorro, excluyendo la utilización de billeteras virtuales.
  • Respecto a los sueldos, la reforma incorporó el “salario dinámico”, que puede ser pactado en los convenios colectivos y que ata la remuneración al rendimiento o mérito individual.
  • La digitalización obligatoria de los libros laborales tendrán plena validez y deberán conservarse durante una década. El registro de la relación de trabajo ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será suficiente para acreditar el vínculo, sin exigir trámites adicionales en otros organismos.

Las jornadas laborales podrán extenderse hasta 12 horas siempre que medie un acuerdo por escrito entre partes (Imagen Ilustrativa Infobae)

Aportes patronales y sindicales

  • Los aportes de las empresas a cámaras o asociaciones empresarias no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y serán voluntarios desde enero de 2028.
  • Para los sindicatos, los aportes de los trabajadores, tanto afiliados como no afiliados, no podrán exceder el 2%.
  • Se mantiene el aporte obligatorio del 6% destinado a las obras sociales. Además, la norma elimina la facultad de los empleadores para actuar como agentes de retención de cuotas sindicales sin consentimiento expreso.
  • Se crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), orientado a fomentar la adopción de tecnología y la expansión empresarial, en línea con la reducción de cargas sociales.

Las vacaciones podrán fraccionarse durante el año

Indemnizaciones y vacaciones

  • El cálculo de la indemnización por despido sin causa solo contemplará la remuneración mensual, normal y habitual, dejando fuera el aguinaldo y las vacaciones.
  • La ley fija que la indemnización será la única reparación por el despido y dispone un nuevo sistema de actualización de créditos laborales, que se ajustarán por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual.
  • La norma crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) que cubrirá los costos de las desvinculaciones y se financiará con aportes mensuales de los empleadores: 1% de las remuneraciones para grandes empresas y 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas. El Poder Ejecutivo podrá aumentar estos porcentajes hasta 1,5% y 3%, respectivamente, previa aprobación de la Comisión Bicameral.
  • Los convenios colectivos podrán establecer fondos de cese laboral con sistemas de capitalización individual.
  • El período estival mantiene su intervalo habitual entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán pactar su disfrute fuera de ese plazo en tramos de al menos siete días consecutivos.

Durante las huelgas se deberan garantizar los servicios escenciales

Eliminación de multas

  • La reforma elimina las multas establecidas en la Ley 24.013 para los casos de empleo no registrado o registración deficiente. A cambio, se reafirma un régimen de incentivos para la regularización, que permite a los empleadores blanquear personal sin abonar sanciones, aunque deberán pagar las diferencias salariales y previsionales correspondientes al período no registrado.
  • Programa de Promoción del Empleo Registrado, establece un mecanismo de blanqueo laboral, permitiendo la condonación de hasta el 70% de las deudas por aportes y sanciones para quienes regularicen su situación.
  • Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, reduce las contribuciones patronales al 8% anual y asigna una reducción aún mayor para quienes contraten a personal previamente no registrado antes del 10 de diciembre de 2025, así como a ex monotributistas o ex trabajadores públicos.

Los juicios laborales podrán pagarse en cuotas

Juicios

  • La reforma introduce nuevos criterios para el pago de sentencias judiciales laborales. Las grandes empresas podrán cancelar condenas firmes en hasta seis cuotas mensuales consecutivas, mientras que para las MiPyMEs y empleadores individuales el plazo podrá extenderse hasta doce cuotas.

La normativa tocó otros puntos de la ley anterior (20.744), tales como la redefinición del ámbito de aplicación de la ley, ampliando el listado de grupos de trabajores a los cuales no se aplica. Por ejemplo, “a los trabajadores independientes y sus colaboradores” y “prestadores independientes de plataformas tecnológicas conforme la regulación específica”.

La reforma laboral provocó marchas y disturbios afuera del Congreso (Photo by TOMAS CUESTA / AFP)

A su vez, se incorporó el derecho a la formación profesional y a la promoción en condiciones igualitarias como derecho fundamental de todo trabajador. Por último el derecho de huelga quedará restringido en los servicios esenciales (salud, distribución de agua potable, telecomunicaciones, aeronáutica comercial, control portuario, entre otros) y deberá asegurarse un mínimo del 75% de la dotación de personal en actividad. Y en servicios de importancia “trascendental”, como el transporte de pasajeros y cargas, medios de comunicación, industrias siderúrgica, química, cementera, alimenticia, construcción, aeropuertos y minería, entre otros, deberá garantizarse el funcionamientoal 50%.

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Las propiedades del ex senador Edgardo Kueider están abandonadas y acumulan deudas millonarias

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A través de la empresa Betail SA, Edgardo Kueider había adquirido propiedades en el complejo Live. Eran un semipiso, un departamento de dos dormitorios y otro de uno en uno de los edificios más lujosos de la capital provincial. Además, poseía dos cocheras, un bien escaso en la zona céntrica. La valuación global de mercado de las propiedades supera el medio millón de dólares.

Tras su detención, los bienes quedaron abandonados. Según pudo establecer Infobae, los inmuebles acumulan más de 14 meses de gastos comunes impagos. La mora comenzó con la boleta de las expensas de noviembre de 2024 que vencían al mes siguiente. El martes 4 de diciembre, Kueider fue detenido en Paraguay. Intentaba pasar USD 200 mil en efectivo sin declarar. También cayó su pareja, Iara Guinsel, responsable de atender estos gastos.

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En total, la deuda de los departamentos y las cocheras se ubica en $7,3 millones de pesos a febrero 2026. El monto, que incluye capital e intereses acumulados, fue confirmado a este medio por dos fuentes diferentes y sin contacto entre sí. “Es un clavo”, graficó una de ellas.

La puerta del semipiso en el último piso del Live aún tiene restos de las fajas de clausura que colocó la Justicia luego de realizar un allanamiento. Como cuando se concretaron los operativos hubo que ingresar a la fuerza, la puerta se sostiene con un alambre. Nadie vive en ellos. Los vecinos no se atreven a acercarse.

Pagadios

La deuda de los departamentos y las cocheras se ubica en $7,3 millones de pesos a febrero 2026

La administración del edificio no logra acceder a ningún responsable, directo o indirecto, que pueda hacerse cargo de estas erogaciones pendientes. Kueider está detenido en Paraguay junto con Guinsel, que era la que mes a mes cancelaba los compromisos. El otro socio de Betail SA, Daniel «Gonzalito» González fue excarcelado pero no tiene ingresos. Es empleado de la Biblioteca del Congreso mas no cobra su sueldo por estar sumariado.

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Hasta ahora, la parte que debería recaudarse de los departamentos y cocheras de Kueider se atiende con el fondo de reserva. A pesar de la queja del resto de los propietarios, no hay mucho más qué hacer. Es que el Edificio Live aún no ha terminado su proceso de constitución en propiedad horizontal. Por lo tanto, aún no tiene un consorcio ni puede ejecutar la deuda.

Mientras, la columna del debe crece. La desarrolladora que construyó el edificio CDS (Cavalli, Dujovne y Szczech) tiene la posibilidad de iniciar algún tipo de acción contra el exsenador para intentar cobrar algo. Pero no lo ha hecho, consignaron las fuentes que accedieron a hablar con Infobae.

Además, se prefigura un conflicto adicional. Si el fideicomiso que construyó el Live completa los trámites pendientes (planos de construcción, de electricidad y esquema de bomberos, entre otros) y queda todo listo para escriturar ¿quién firmará por Kueider? En el mientras tanto, los dueños de las distintas unidades solo detentan un boleto de compraventa.

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Si el consorcio estuviera constituido, los departamentos y las cocheras de Kueider podrían ser puestos a remate para cubrir la deuda de gastos comunes.

El lugar de los departamentos en la trama

Los inmuebles en el Live a nombre de Betail SA habrían sido una maniobra para lavar dinero proveniente de fuentes espurias. Esa es la hipótesis que registrar la investigación contra Kueider por enriquecimiento ilícito que se tramita en el Juzgado Federal de San Isidro. El expediente está a cargo de la jueza Sandra Arroyo Salgado y del fiscal Fernándo Domínguez.

Edgardo Kueider

Como sostén de esa conjetura se han acumulado testimoniales y pruebas materiales en la pesquisa.

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Alejando y Ariel Lifschitz y Matías Pérez están vinculados a la firma Cadus SAS que administra el fideicomiso del edificio. Los tres “afirmaron que fue Edgardo Kueider la persona que negoció la compra y finalmente entregó en las oficinas de la ciudad de Paraná gran cantidad de dinero en efectivo para la adquisición de las unidades”, consigna el expediente judicial.

Alejandro puntualizó: “La negociación de la compraventa fue entre mi hermano Ari, yo y Kueider”. Luego, agregó que en marzo de 2021, el entonces senador Kueider se decidió y “abonó en efectivo” la compra del departamento de dos dormitorios. En mayo sumaría el de uno y en octubre, por último, agregaría el semipiso.

Su hermano Ariel añadió un detalle al pago de los inmuebles en billetes constantes y sonantes: “Demoramos bastante en contarlos”.

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En otro tramo del expediente judicial, se cita un informe de AFIP (hoy ARCA). Allí se describe que durante el período 2020 a 2023, Kueider no registró emisión de facturas. Asimismo, indicó que en 2021 tuvo ingresos salariales por $4.114.023,59; en 2022, $ 6.704.690,99 y que en 2023 cobró haberes totales por $16.757.765,47.

El fiscal Domínguez resaltó: “Lo pagado en el año 2021 para la compra de los departamentos ($20.000.000) representa casi 5 veces los salarios obtenidos por Kueider en todo ese año”. Por eso, razonó: “Es claro que (el exsenador) no tenía manera de invertir esas sumas de dinero en efectivo, sin levantar fuertes sospechas, en la compra de tres departamentos a estrenar con sus cocheras anexas”.

La hipótesis de la investigación es que el exrepresentante entrerriano “habría tejido una red de personas interpuestas y una sociedad pantalla (Betail) para ejecutar, bajo su ropaje, una serie de maniobras destinadas a fingir ingresos inexistentes y disimular la ilícita procedencia del dinero utilizado para la compra de aquellos departamentos”.

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La teoría del caso de la Justicia Federal de San Isidro es que el origen de los fondos que manejaba Kueider, o al menos parte de ellos, provenía del pago de coimas realizado por la empresa Securitas. La firma de seguridad está bajo sospecha tras una auditoría interna que reveló una trama de sobornos para quedarse con contratos de empresas y organismos públicos. Una de ellas era Enersa, la estatal eléctrica de Entre Ríos.

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POLITICA

El Gobierno promulgó la Ley de Modernización Laboral a una semana de su aprobación en el Senado

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Luego de que el Gobierno cerrara el período de sesiones extraordinarias en el Congreso de la Nación con la aprobación de la reforma laboral, este viernes se promulgó la denominada Ley de Modernización Laboral. Después de una semana puliendo detalles, la medida fue publicada en el Boletín Oficial.

La norma, que fue registrada como Ley Nº 27.802, comenzó a regir esta madrugada, apenas se emitió el Decreto 137/2026, que contó con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

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“En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el H. Congreso de la Nación en su sesión del día 27 de febrero de 2026″, dictaminaron al ordenar que la medida también quede asentada en la Dirección Nacional del Registro Oficial.

De la misma manera, los detalles de la Ley de Modernización Laboral quedaron disponibles en el sitio oficial del Boletín Oficial. La norma fue publicada con un total de 25 capítulos luego de que fuera sometida a una serie de revisiones que resultaron en la eliminación de los artículos que planteaban una modificación en el régimen de licencias médicas.

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En este sentido, la mayor cantidad de cambios se daría en materia de indemnizaciones, salario, vacaciones, duración de la jornada laboral, los derechos colectivos y el funcionamiento de los sindicatos. Además, se incluirán beneficios para formalizar empleo y un régimen para inversiones medias.

Indemnizaciones y salario

A partir de la modificación del sistema de indemnizaciones por despido, se introdujo una batería de modificaciones en la legislación laboral, con el propósito de abaratar los despidos y garantizar el pago de indemnizaciones. Este nuevo esquema excluyó del cálculo conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas y premios, a la vez que estableció un piso mínimo y un máximo.

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El depósito del sueldo deberá ser realizado en cuentas bancarias, tras eliminarse la posibilidad de sumar billeteras virtuales (Imagen Ilustrativa Infobae)

El rediseño del régimen estableció que la indemnización por despido no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio mensual fijado en cada convenio colectivo de la actividad correspondiente. Para el mínimo, fijó un piso del 67% de la remuneración habitual. Si la aplicación del tope convencional reduce la base salarial a una cifra inferior, dicha reducción no podrá superar el 33%.

Otra de las modificaciones prevé que las grandes empresas puedan abonar las sumas derivadas de sentencias de despidos en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las pymes contarán con la posibilidad de extenderse hasta 12 cuotas. Además, se incorporó un esquema de actualización de las indemnizaciones judiciales solo por inflación, con un adicional del 3% anual.

También se crearán los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados de manera obligatoria con el 1% de las contribuciones patronales en el caso de grandes empresas y el 2,5% para pymes. Estos fondos garantizarán el pago de las indemnizaciones a través de cuentas inembargables, bajo control directo de la Comisión Nacional de Valores.

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Respecto a los salarios, la reforma incorporó el “salario dinámico”, que puede ser pactado en los convenios colectivos y que ata la remuneración al rendimiento o mérito individual. Asimismo, se estableció que el pago deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.

Vacaciones y jornada laboral

En materia de vacaciones, la nueva norma sostiene la obligatoriedad de otorgarlas entre el 1 de octubre y el 30 de abril. No obstante, permite que ambas partes acuerden su fraccionamiento, siempre y cuando el período no sea inferior a siete días corridos.

Por otro lado, se habilitó la extensión del horario de jornada laboral diaria de hasta 12 horas, a condición de que exista acuerdo voluntario en esquemas flexibles como bancos de horas y se garantice un descanso de al menos 12 horas entre turnos. Además, incorporó la posibilidad de contratar trabajadores a tiempo parcial por debajo de la jornada legal completa.

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Derechos colectivos y sindicatos

El sistema prevé que la cuota solidaria sindical seguirá siendo deducida por los empleadores, aunque ahora con un tope del 2% del salario mensual. No obstante, en el plano de la negociación colectiva, la reforma otorgará prioridad a los acuerdos de empresa o regionales sobre los convenios por rama. Además, debilita la vigencia automática —la llamada “ultraactividad”— de las obligaciones que persistían más allá de la validez formal de los convenios.

A partir de ahora, los sindicatos deberán pedir autorización para realizar asambleas en horario laboral

El derecho de huelga quedará restringido en los servicios esenciales (salud, distribución de agua potable, telecomunicaciones, aeronáutica comercial, control portuario, entre otros) y deberá asegurarse un mínimo del 75% de la dotación de personal en actividad.

En el caso de los denominados servicios de importancia “trascendental”, como el transporte de pasajeros y cargas, medios de comunicación, industrias siderúrgica, química, cementera, alimenticia, construcción, aeropuertos y minería, entre otros, deberá garantizarse el funcionamiento al 50%.

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Para la realización de asambleas de trabajadores que puedan afectar el funcionamiento de la empresa, se demandará una autorización previa del empleador.

Beneficios para formalizar empleos y el régimen de inversiones medias

La reforma introdujo el Programa de Promoción del Empleo Registrado y establece un mecanismo de blanqueo laboral, permitiendo la condonación de hasta el 70% de las deudas por aportes y sanciones para quienes regularicen su situación.

El nuevo régimen buscará favorecer a las inversiones en el país pensadas a mediano plazo (REUTERS)

En paralelo, se agregará el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que reduce las contribuciones patronales al 8% anual y asigna una reducción aún mayor para quienes contraten a personal previamente no registrado antes del 10 de diciembre de 2025, así como a ex monotributistas o extrabajadores públicos.

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Por último, las medianas inversiones tendrán un tratamiento diferencial, ya que contarán con amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada de IVA. Este régimen regirá por dos años y estará disponible para empresas que inviertan entre USD 150.000 y USD 9 millones en bienes muebles nuevos o en obras productivas, con la excepción de automóviles.

En busca de reducir la litigiosidad, la iniciativa determinó que los acuerdos laborales homologados judicialmente tendrán fuerza de sentencia firme y que los honorarios profesionales no podrán superar el 25% del monto reclamado. Finalmente, se ordenó que la Justicia Nacional del Trabajo realice un traspaso progresivo a la órbita judicial de la ciudad de Buenos Aires o Federal.

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