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¿Es obligatorio votar el 7 de septiembre en las elecciones Buenos Aires 2025?

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El próximo 7 de septiembre, la provincia de Buenos Aires llevará a cabo las elecciones legislativas de manera desdoblada de los comicios nacionales, previstos para el 26 de octubre.

Ese domingo, se renovarán parcialmente ambas cámaras de la Legislatura bonaerense y se definirán cargos municipales como concejales y consejeros escolares.

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En total, se elegirán 46 diputados y 23 senadores provinciales, así como representantes a nivel local, en una jornada que abarcará a las 8 secciones electorales en las que se divide el territorio bonaerense. Pero, ¿es obligatorio ir a votar?

¿Para quiénes es obligatorio el voto en la provincia de Buenos Aires?

La legislación vigente establece que el voto es obligatorio para todos los ciudadanos argentinos de entre 18 y 70 años, tanto en elecciones nacionales como provinciales.

Así lo confirma la Ley Electoral de la Provincia de Buenos Aires (Ley 5109), cuyo artículo 2°, modificado por la Ley 14.456, indica que son electores habilitados “los argentinos nativos y por opción desde los dieciséis (16) años de edad y los naturalizados desde los dieciocho (18) años”, siempre que estén inscriptos en el Registro Electoral y no estén alcanzados por inhabilidades legales.

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No obstante, la obligatoriedad rige únicamente para la franja etaria comprendida entre los 18 y los 70 años. Los adolescentes pueden votar desde los 16, pero su participación es voluntaria. Lo mismo ocurre con las personas mayores de 70.

¿Quiénes están exentos de ir a votar en las elecciones Buenos Aires 2025?

El voto en Buenos Aires es obligatorio para ciudadanos de entre 18 y 70 años

Existen casos en los que no votar no constituye una infracción, siempre que se justifique debidamente la ausencia. Según la normativa, no están obligados a votar los ciudadanos que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Estén a más de 500 kilómetros del lugar donde deben votar.
  • Se encuentren enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, con certificado médico oficial.
  • Sean jueces y auxiliares judiciales con funciones durante el acto electoral.
  • Se desempeñen como personal esencial o no esencial en tareas que les impidan concurrir durante la jornada de votación.
  • Sean funcionarios de organismos o empresas de servicios públicos convocados a cumplir tareas durante la elección.
  • Hayan sido designados como fiscales o personal electoral en otra mesa.

En todos los casos, la ausencia debe acreditarse con la documentación correspondiente y presentarse ante la Justicia Electoral dentro del plazo legal establecido.

Qué pasa si no voy a votar

Los electores podrán justificar la ausencia con certificado médico, policial o laboral

Quienes no asistan a votar sin una justificación válida y no regularicen su situación dentro de los 60 días posteriores a la elección, serán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, lo que puede derivar en multas económicas y restricciones administrativas.

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El valor de la multa varía entre $1.000 y $2.000, dependiendo de si existen antecedentes de inasistencias sin justificar en elecciones anteriores. Además, el Código Electoral Nacional establece que los infractores:

  • No podrán realizar trámites ante organismos estatales por el plazo de un año.
  • Quedarán inhabilitados para asumir cargos en la administración pública durante tres años.
  • En casos excepcionales, podrían ser sancionados con trabajo comunitario por un máximo de tres días, si lo dispone la autoridad correspondiente.

Cómo justificar el no voto el 7 de septiembre

La justificación de la inasistencia debe realizarse en un plazo de 60 días hábiles posteriores al comicio, y puede gestionarse de forma digital a través del Registro de Infractores de la Junta Electoral.

El trámite requiere ingresar al sitio oficial y adjuntar la documentación correspondiente que acredite el motivo de la ausencia: constancia policial en caso de distancia, certificado médico oficial en caso de enfermedad o documentación laboral en caso de cumplir funciones durante la jornada.

La plataforma también solicita un número de teléfono y una dirección de correo electrónico, y permite seleccionar el motivo de la no emisión del voto para luego completar la gestión.

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Cómo saber si figuro en el Registro de Infractores

El Registro de Infractores al Deber de Votar está disponible en el sitio web de la CNE

Para saber si se figura en el Registro de Infractores, es necesario ingresar al portal de la Cámara Nacional Electoral (www.infractores.padron.gov.ar). Allí se deberá completar un formulario con número de documento, género, distrito electoral y un código de validación.

En caso de aparecer en el registro, se deberá proceder al pago de la multa conforme al Artículo 125 del Código Electoral Nacional y la Acordada 3/2013 de la Cámara Nacional Electoral. Este pago puede realizarse a través del Banco Nación o mediante medios electrónicos habilitados.

Una vez acreditado el pago, el juez electoral correspondiente informará que la obligación fue cumplida, y el votante será eliminado del registro.

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Cómo consultar el padrón electoral

Quienes no voten y no justifiquen podrán ser sancionados con multas y restricciones

Para verificar el lugar y mesa de votación, los electores podrán consultar el padrón electoral en el sitio web oficial de la Cámara Nacional Electoral (www.padron.gov.ar). Para eso, deberán ingresar el número de DNI, género, distrito y un código de verificación.

Esa herramienta digital permite conocer con anticipación el establecimiento de votación asignado, así como confirmar si los datos personales figuran correctamente en el registro.

En definitiva, aunque existen excepciones y mecanismos para justificar la inasistencia, el voto en Buenos Aires el 7 de septiembre es obligatorio para una amplia franja de ciudadanos.

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Se abre camino el criterio del Tribunal Superior porteño para calcular los intereses en accidentes laborales

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El criterio fijado por el Tribunal Superior de Justicia porteño para fijar los intereses en los juicios por accidentes de trabajo comenzó a abrirse camino entre los jueces laborales de primera instancia y en abierto desafio a la Cámara Laboral, que se resiste.

Es que la Cámara Laboral se pronunció en contra del fallo de la Corte Suprema de Justicia (caso Levinas) que estableció que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño es la máxima instancia de apelación de las causas de la justicia nacional civil, laboral, comercial, y penal, lo que fue interpretado como un avance del traspaso de los jueces nacionales a la Ciudad.

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Ahora, en desacuerdo con la Cámara, que en en algunas salas fija criterios de ajuste desproporcionados -lo que mereció que la Corte le llamara la atención en dos ocasiones-, los jueces de primera instancia empezaron a fallar según el criterio de la “Corte” de la Ciudad.

El primer fallo fue el del juez laboral Alberto Calandrino, del juzgado de Primera Instancia del Trabajo N° 35. El magistrado resolvió un planteo vinculado a la actualización e intereses aplicables a una indemnización en un accidente laboral, alineando su decisión con el último precedente del Tribunal Superior de Justicia porteño.

El fallo de Calandrino movilizó a sus colegas de primera instancia, que activaron el chat de jueces laborales. El jueves de la semana pasada, algunos inquietos, promovieron realizar una reunión por zoom para unificar criterios.

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El encuentro tuvo lugar este mediodía y allí hubo tres sectores bien definidos: algunos jueces laborales, más cercanos al kirchnerismo, se mantuvieron en su posición e ignoraron el criterio del TSJ; otros, más moderados, se mostraron dispuestos a avanzar con el nuevo criterio; un tercer grupo aún no tomó una decisión y está abierto a seguir escuchando.

La idea que primó entre los jueces, dijeron fuentes judiciales, es que la escucha en común los llevará a buscar en forma conjunta algún camino consensuado.

La causa que movilizó a los jueces de primera instancia es “Coll Mallorca, César Augusto c/ La Segunda ART SA s/ Recurso Ley 27.348”, donde se debatió la determinación de la incapacidad del trabajador y la forma de calcular los intereses sobre la indemnización.

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Calandrino destacó que, tras el fallo Levinas, de la Corte Suprema de Justicia, el TSJ es el órgano competente para entender en los recursos extraordinarios de la Justicia Nacional ordinaria con asiento en la Ciudad. Y que si bien no es un principio absoluto, los tribunales inferiores “deben conformar sus decisiones a las sentencias de la Corte cuando estas fijan la interpretación de una norma federal”.

“De esta forma, como Juez a cargo de un Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo, de no considerar lo resuelto por el más Alto Tribunal de la Argentina, estaría dilatando el proceso, y perjudicando al Justiciable”, agregó. Y así propuso que el monto de condena debe llevar desde la exigibilidad del crédito (6/1/2024) un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), como lo dispuso Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.

Sobre este último punto, Calandrino mencionó la causa “Boulanger, Roberto Eduardo c/ Provincia ART SA s/ Recurso Ley 27.348″, en la que el TSJ revocó un fallo de la Cámara Laboral (Sala VIII) y dispuso que las indemnizaciones deben actualizarse de conformidad con lo establecido en el inciso 2º del artículo 12 de la Ley 24.557, y al texto del Decreto 669/19, es decir mediante un interés equivalente a la tasa de variación del RIPTE.

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“De esta forma, como Juez a cargo de un Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo, de no considerar lo resuelto por el más Alto Tribunal de la Argentina, estaría dilatando el proceso, y perjudicando al Justiciable”, agregó el juez laboral.

El 1 de octubre pasado, el TSJ determinó el criterio de actualización de los juicios por accidentes laborales y dispuso que se aplique el RIPTE. La resolución del máximo tribunal porteño va a contramano de lo que venía sosteniendo la Cámara Nacional del Trabajo, un fuero en el que tienen peso e influencia los sindicatos peronistas.

El fallo del TSJ lleva la firma de los jueces Inés Weinberg, Luis Lozano, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi. Con la disidencia de la jueza Alicia Ruiz. Así, el tribunal porteño debutó como la máxima instancia de apelación de todos los juicios laborales que se resuelven en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, como lo dispuso la Corte Suprema en el fallo Levinas.

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Con este fallo laboral, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad pone fin a la incertidumbre y a la dispersión de aplicación de intereses en los juicios por accidentes de trabajo que impera en la justicia laboral nacional. La aplicación del RIPTE implica que el ajuste que se hará en los juicios por accidentes de trabajo es inferior a los ajustes que venía aplicando la jurisprudencia de la Cámara del Trabajo.

Este criterio se replicará en más de 1000 causas similares que se encuentran en trámite ante el TSJ. El fallo marca el inicio de una nueva etapa en la jurisprudencia laboral porteña, al ser el primero en lo laboral, posterior al fallo en la causa “Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ incidente de incompetencia”.

En 2019, el Gobierno Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia 669/19, que modificó la Ley de Accidentes de Trabajo y estableció que las indemnizaciones por accidentes tendrían un interés equivalente a la variación del índice RIPTE. Este índice mide la evolución de los salarios formales. El DNU fue remitido al Congreso, que nunca lo rechazó, por lo cual se encuentra vigente.

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Sin embargo, muchos jueces laborales se negaron a aplicar ese DNU. Como resultado de esta decisión, hay diversos criterios judiciales para fijar los intereses de las indemnizaciones por accidente. Esto alarga los juicios y consagra notorias desigualdades entre los trabajadores beneficiarios, dependiendo de a qué juez o a qué sala le toque resolver su caso.


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Dónde voto en las Elecciones 2025: cómo ver en WhatsApp la escuela y el número de mesa que te corresponde

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El domingo 26 de octubre de 2025 se realizan las elecciones legislativas nacionales y, como suele pasar, muchos argentinos se preguntan: ¿dónde voto?. La respuesta ahora está al alcance de la mano y se puede obtener en segundos, gratis y desde cualquier lugar, al usar WhatsApp.

Gracias a un sistema oficial, consultar el Padrón Electoral por WhatsApp es más fácil que nunca. Así, cada ciudadano puede saber en qué escuela y mesa le toca votar, sin perder tiempo en buscar en listados impresos ni navegar por páginas web.

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Leé también: Dónde voto: el padrón definitivo para las elecciones legislativas nacionales 2025

Dónde voto: cómo consultar el padrón de las elecciones 2025 por WhatsApp, paso a paso

El proceso es simple y está disponible para todos los electores. Solo hace falta tener WhatsApp instalado y seguir estos pasos:

1. Agendar el número del chatbot Vot-A

Primero, hay que guardar en la agenda el número +54 9 11 2455-4444.

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2. Iniciar el chat

Mandá un mensaje, por ejemplo un simple “Hola”. El chatbot oficial, llamado Vot-A y desarrollado por la Cámara Nacional Electoral (CNE), te va a responder y ofrecer ayuda con todo lo que necesitás saber sobre las Elecciones Nacionales 2025.

3. Elegir la opción “¿Dónde voto?”

El asistente te va a mostrar un menú. Tocá en “Opciones” y seleccioná la alternativa “¿Dónde voto?”. Así, el sistema te guía para consultar el padrón.

Así te responderá (Foto: Redacción TN).

4. Ingresar tus datos

El chatbot te va a pedir el número de documento (sin puntos ni espacios) y el género tal como figura en tu DNI (masculino, femenino o no binario). Con esos datos, el sistema busca tu información en el Padrón Definitivo.

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5. Recibir la información

En segundos, Vot-A te responde con el lugar de votación, la dirección, el número de mesa y el número de orden. Todo llega en un mensaje de WhatsApp que podés copiar, reenviar o guardar con una captura de pantalla para tenerlo a mano el día de la elección.

Presentarte con el número de orden agiliza el trabajo de las autoridades de mesa y te permite votar más rápido.

Leé también: ¿Cómo consultar el padrón electoral de las elecciones del 26 de octubre?

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¿Qué más podés consultar con el chatbot Vot-A?

Además de decirte dónde votás, el chatbot oficial de la CNE brinda información sobre el nuevo sistema de Boleta Única Papel, capacitaciones para autoridades de mesa y cómo justificar la no emisión del voto si no podés presentarte.

También recuerda datos clave para el día de la elección:

  • Horario de votación: de 8 a 18 horas. Si al cierre hay electores esperando, podrán votar igual.
  • Documentos válidos: se puede votar con el nuevo DNI tarjeta, la tarjeta del DNI libreta celeste (aunque diga “no válido para votar”), DNI libreta (verde o celeste), Libreta de Enrolamiento (LE) o Libreta Cívica (LC).
  • Importante: el ejemplar del documento con el que te presentás debe ser igual o posterior al que figura en el padrón.
Es importante tener en cuenta todos estos datos antes de ir a votar (Foto: Télam).
Es importante tener en cuenta todos estos datos antes de ir a votar (Foto: Télam).

Leé también: Ni 100 mil ni 200 mil: esto es lo que pagan a las autoridades de mesa en elecciones de octubre 2025

Consultar el padrón online y por WhatsApp evita sorpresas y demoras el día de la elección. Las autoridades recomiendan chequear siempre el lugar asignado, ya que puede cambiar respecto a comicios anteriores.

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Elecciones 2025, Whatsapp, TNS

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La extradición de Machado se concretará el 5 de noviembre: sigue preso en Viedma y con llamadas restringidas

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El empresario Federico “Fred” Machado, que aportó fondos no declarados a la campaña a de José Luis Espert de 2019 y está acusado de delitos ligados al narcotráfico, será extraditado a los Estados Unidos el 5 de noviembre próximo, según informaron fuentes oficiales.

Se pondrá fin así a un largo proceso que empezó el 16 de abril de 2021, cuando Machado fue detenido por la Policía de Seguridad Aeroportuaria en la ciudad de Neuquén a raíz del requerimiento de la justicia norteamericana. El empresario cumplió arresto domiciliario en Viedma, con una tobillera electrónica, hasta el 7 de octubre pasado, cuando la Corte declaró finalmente que la extradición era “procedente” y Machado fue trasladado a un destacamento policial.

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Allí se quedará hasta que la Policía Federal lo vaya a buscar para trasladarlo a Ezeiza, desde donde volará a los Estados Unidos. Es probable que deje Viedma el 3 o 4 de noviembre, estiman fuentes del caso.

Mientras tanto, seguirá detenido en el destacamento donde se encuentra hoy, sin teléfono celular a disposición, pero con permiso judicial para comunicarse en determinados momentos con su familia y con su hijo que vive en los Estados Unidos.

En los últimos días, sus abogados ya no presentaron más recursos judiciales, dijeron fuentes del caso. A lo largo del proceso de extradición sus abogados habían presentado reiterados planteos, que fueron todos finalmente rechazados.

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José Luis Espert,la Corte declaró,Conforme a

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