POLITICA
Gastronómicos: la justicia laboral falló en favor de Barrionuevo por las elecciones realizadas en 2021

La Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió rechazar la demanda presentada por el sector de Dante Camaño contra la Junta Electoral de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la Argentina (UTHGRA), en la que se cuestionaba la validez de las resoluciones que suspendieron las elecciones de la Seccional CABA del gremio, realizadas en diciembre de 2021.
De esta forma, quedó en firme la medida adoptada hace cuatro años por el oficialismo que responde a Luis Barrionuevo, líder del gremio a nivel nacional, que fue frenada por la justicia laboral y abrió un largo proceso de en los tribunales que incluso contempló un fallo de la Corte Suprema, que ordenó una nueva sentencia.
La sentencia, firmada por los jueces de cámara Mario S. Fera y Roberto C. Pompa, sostuvo que las resoluciones impugnadas por el Camaño, que dirige la Seccional Capital de la UTHGRA, no presentaron ilegitimidad ni arbitrariedad y justificó los argumentos del barrionuevismo para suspender la votación porteña.

Los nuevos comicios en la UTHGRA iban a realizarse el 18 de septiembre, pero fueron suspendidos por la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ante una impugnación del sector camañista porque no fue oficializada su lista opositora a nivel nacional.
Barrionuevo dispuso entonces dejar sin efecto los comicios nacionales y en las seccionales del sindicato, pero Camaño realizó igual las elecciones en la Seccional Capital, sin participación de ninguna lista opositora, por considerar que tiene autonomía para hacerlas.
En el conflicto intervino la CGT, que apoyó a Barrionuevo y cuestionó a Camaño, al denunciar en un comunicado “la arbitraria intromisión de la Justicia Nacional del Trabajo ha frustrado el ejercicio de la democracia sindical bajo el pretexto de garantizar la participación de quienes no respetaron los reglamentos electorales”.

“Resulta inaceptable la suspensión preventiva de los derechos democráticos de cientos de miles de trabajadores y trabajadoras gastronómicos de todo el país a partir de una presentación amañada”, afirma la declaración de la central obrera.
Lo nuevo ahora es la sentencia definitiva sobre las elecciones de 2021 por parte de la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que dictó un fallo tras la intervención de la Corte Suprema, que dejó sin efecto una sentencia anterior y ordenó a los camaristas pronunciarse sobre la legalidad de las resoluciones adoptadas por la Junta Electoral Central de UTHGRA.
Ese cuerpo, dominado por el barrionuevismo, suspendió la votación en la Seccional CABA alegando irregularidades en el traslado de urnas y la imposibilidad de los fiscales de la Lista Azul (de Barrionuevo) de acompañarlas, lo que fue corroborado por informes de veedores y actas notariales, según destaca en el fallo de los camaristas.
Da acuerdo con la documentación judicial, la votación en la Seccional CABA estuvo marcada por la presencia de vallas, personas identificadas como “custodios” y restricciones al acceso de fiscales de la lista Azul, lo que motivó la suspensión del comicio convocado por Camaño.
El tribunal consideró que la Junta Electoral Central actuó dentro de sus facultades estatutarias, que incluyen la adopción de medidas para garantizar la transparencia y legalidad del proceso electoral, así como la intervención de juntas seccionales en caso de irregularidades.
El fallo también señala que, de los 62.965 afiliados habilitados para votar en la Seccional CABA, sólo 3.812 emitieron su voto, y que 75 de las 258 urnas no pudieron trasladarse a los establecimientos, mientras que 58 no recibieron votos por impedimentos en la constitución de las mesas. Estos datos fueron considerados relevantes para evaluar el desarrollo y la validez del proceso electoral.
La sentencia establece que la Junta Electoral Central tenía competencia para intervenir y que las decisiones adoptadas se ajustaron a las normas estatutarias y legales vigentes, incluyendo la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales y su decreto reglamentario.
POLITICA
Los detalles de la declaración del piloto del vuelo privado de Adorni a Punta del Este

Este jueves declaró ante la Justicia el piloto del vuelo privado de Manuel Adorni a Punta del Este, Agustín Issin. Aseguró que tanto la ida como la vuelta la pagó Marcelo Grandio. Además, contó que tenía una empresa de brokers de vuelos, donde compró un paquete de 10 vuelos por US$42.000, de los cuales le vendió un par a Grandio.
El vuelo a Punta del Este fue facturado a Grandio, a Imhouse S.A., la productora del periodista, a través de la empresa Alpha Centauri. Pagó US$3000 dólares. Adorni deberá demostrar que pagó esos vuelos a Grandio y que no se trató de una dádiva.
Según la declaración, la contratación de los vuelos no apareció como una operación aislada, sino dentro de una relación comercial previa.
El testigo explicó que trabajaba habitualmente con la firma aérea Alpha Centauri S.A., con la que ya tenía acuerdos anteriores para la compra de paquetes de vuelos a Punta del Este. También dijo que Grandio ya había contratado en otras oportunidades sus servicios, aunque aclaró que no era de sus clientes más importantes sino una persona que lo contactaba con cierta frecuencia.
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El broker se refirió a la factura de US$3000 emitida por el tramo de vuelta. Issin sostuvo que ese importe no representaba el valor total original del vuelo, sino el saldo final luego de una reducción acordada. Según explicó, el precio base del regreso era de US$ 4800, pero Grandio pidió que se utilizaran plazas vacías del avión —la llamada “pata vacía” o empty leg— para bajar el costo.
De acuerdo con esa versión, sobre esos US$4.800 se aplicó una quita total de US$1.800: US$1.200 por dos plazas vacías vinculadas al vuelo del 12 de febrero y US$600 por otra plaza vacía correspondiente al tramo del 17 de febrero.
En cuanto a la forma de pago, el testigo diferenció claramente la ida de la vuelta. Respecto del vuelo de ida, declaró que fue facturado directamente entre Alpha Centauri S.A. y la empresa contratante, y que se pagó mediante transferencia bancaria. Sin embargo, no dejó asentado en ese acto el monto exacto efectivamente abonado por ese tramo y dijo que debía verificarlo.
Sobre el vuelo de vuelta, en cambio, fue más preciso: afirmó que los USD3.000 se pagaron en efectivo, a través de un tercero, y que esa entrega fue coordinada por WhatsApp y audios, respecto de los cuales dijo contar con respaldo.
El dato clave es que la factura de la vuelta fue emitida varias semanas después del vuelo. Frente a eso, Issin explicó que no obedeció a una nueva contratación ni a una modificación posterior del servicio, sino a que se encontraba de viaje y recién cuando regresó confeccionó la factura.
También aclaró que la constancia del cobro no habría sido un recibo formal, sino un mensaje enviado informando que el dinero había sido recibido por Whatsapp. Por último, cuando se le preguntó si le constaba que Adorni hubiera viajado con su empresa en alguna otra oportunidad anterior, respondió que no.
Manuel Adorni, Vuelos, Gobierno
POLITICA
Milei se sumó al enfrentamiento por el caso de la argentina detenida en Rio y apuntó contra Alberto Fernández

El gobierno nacional autorizó formalmente a la empresa Latam Airlines a operar la ruta entre San Pablo, Brasil, y Ushuaia, Argentina, como transporte aéreo de pasajeros y cargas o de forma combinada, por medio de la línea de bandera brasileña TAM. La medida fue oficializada mediante la Disposición 2/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
“Autorizar a la empresa de bandera brasileña, TAM, sucursal argentina, nombre de fantasía Latam Airlines Brasil para explotar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros y cargas, en forma combinada, en la ruta San Pablo, Brasil, y Ushuaia, Argentina y viceversa.
POLITICA
Escándalo en la AFA: Pablo Toviggino le habría pagado a otro árbitro para beneficiar a Barracas Central

Una investigación judicial a cargo del juez Luis Antonio Armella y la fiscal Cecilia Incardona expuso presuntos sobornos en el fútbol argentino tras analizar chats del 12 de diciembre de 2020.
Según los mensajes, Pablo Toviggino, tesorero de la AFA, habría indicado a Juan Pablo Beacon el pago de “300.000, unos USD 2.000” al árbitro Jorge Nelson “Chino” Sosa. El pago se habría efectuado horas después de un polémico partido donde Sosa expulsó a dos jugadores de Belgrano de Córdoba, beneficiando a Barracas Central (equipo de Claudio “Chiqui” Tapia) con un gol en el minuto 95. Tras la entrega del dinero, Beacon confirmó: “Deje el total en lo del chino” y agregó que el referí “quedó satisfecho”.
Jorge Nelson “Chino” Sosa
El escándalo de Sosa se inscribe en una serie de sospechas que alcanzan al director nacional de Arbitraje, Federico Beligoy, y otros jueces como Luis “Lobo” Medina y Fernando Espinoza. La Justicia investiga no solo el arreglo de partidos, sino también presunto lavado de dinero vinculado a exsponsors de la AFA y el patrimonio de Toviggino, a quien se le atribuye una mansión de 17 millones de dólares.
Según fuentes internas de la AFA, los pagos a los árbitros funcionan como un “premio y un extra”, ya que si perjudican a los equipos vinculados a la dirigencia “los dejan parados y no cobran ni el sueldo”.
Tras aquel encuentro de 2020, el entonces técnico de Belgrano, Ricardo Caruso Lombardi, denunció: “Nosotros somos víctima de esta gente, somos rehenes del fútbol argentino”. Por su parte, el delantero Pablo Vegetti publicó un descargo afirmando que “sabíamos que lo que nos pasó iba a pasar”, cerrando con la frase: “Diego, la pelota hoy se manchó”.

Partido investigado
Actualmente, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) investiga a seis árbitros por incompatibilidades patrimoniales, mientras crecen los testimonios sobre órdenes de “retorcerte el reglamento” para favorecer a clubes específicos.
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AFA,Arbitros,Claudio «Chiqui» Tapia,Pablo Toviggino
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