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POLITICA

Gremios del transporte se declararon en estado de alerta y anticiparon medidas de fuerza para junio

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La Confederación Argentina de Trabajadores de Transporte (CATT) se declaró en estado de alerta y adelantó que en junio podrían lanzar “paros sorpresivos” en contra del decreto del Gobierno que limita el derecho a huelga.

En conferencia de prensa, el secretario general de prensa de la CATT y titular de la Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA), Juan Pablo Brey, comunicó que la decisión de los diversos gremios del transporte nucleados en la CGT buscará “poner un freno” a las medidas del Gobierno.

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“Quiere silenciar a los trabajadores, atentando una vez más contra el derecho a huelga, desregulado el sector aéreo, la marina mercante y atentando contra la soberanía nacional”, expresó Brey.

El dirigente aseguró que durante junio los medios de transporte podría verse afectado por “paros sorpresivos y asambleas”.

La CATT se declaró en estado de alerta y adelantó medidas de fuerza para junio (Foto: Captura)

Leé también: La CGT presentó un amparo judicial que busca frenar el decreto del Gobierno que limita el derecho a huelga

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Las medidas anunciadas por la CATT fueron definidas en un plenario de secretarios generales en la sede de la central obrera. La Confederación Argentina de Trabajadores de Transporte está integrada por algunos de los principales sindicatos del sector del transporte, como Camioneros, Unión Ferroviaria y los Aeronáuticos, entre otros.

Por su parte, la CGT presentó este lunes ante la Justicia que se declare la invalidez constitucional del decreto 340 que limita el derecho a. Sostienen que imposibilita el ejercicio de las medidas de fuerza.

Derecho a huelga: la CGT presentó un amparo judicial que busca frenar el decreto del Gobierno

La Confederación General del Trabajo (CGT) presentó un amparo judicial para intentar frenar el decreto del Gobierno que limita el derecho a huelga.

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La central obrera solicitó ante la Justicia que se declare la invalidez constitucional del decreto y sostuvo que imposibilita el ejercicio legítimo de las medidas de fuerza.

Entre los fundamentos del amparo, la CGT sostuvo que el decreto 340 reglamenta «de manera restrictiva el derecho a huelga, ampliando arbitrariamente la lista de actividades consideradas “servicios esenciales”.

Derecho a huelga: la CGT presentó un amparo judicial que busca frenar el decreto del Gobierno (Foto: NA - Juan Vargas).
Derecho a huelga: la CGT presentó un amparo judicial que busca frenar el decreto del Gobierno (Foto: NA – Juan Vargas).

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También plantearon que el decreto impone niveles mínimos de prestación (del 75% al 50%) que, en los hechos, “imposibilitan el ejercicio legítimo de las medidas de fuerza”.

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Los líderes de la central obrera sostuvieron que la medida planteada por el Gobierno viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otras normas con jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga.

paro de transporte, CGT

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POLITICA

Cómo sigue la salud de Federico Pelli, el diputado libertario que sufrió un violento cabezazo en Tucumán

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El diputado nacional de La Libertad Avanza (LLA) Federico Pelli fue agredido el miércoles pasado en la localidad tucumana de La Madrid, cuando se acercó a colaborar con los afectados por las inundaciones. El legislador fue sometido a una operación este jueves por las lesiones óseas que le produjo el cabezazo recibido.

“A Federico lo operaron ayer de la nariz. Salió bien de la operación. Estaba medio dolorido en la garganta, pero probablemente hoy ya le den el alta”, contó a Paula Omodeo, exdiputada nacional.

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La intervención quirúrgica estuvo a cargo del cuerpo médico de la Clínica Mayo, un establecimiento privado de la ciudad capital. Anteriormente, Pelli había recibido atención médica en el Hospital Regional de Concepción, donde le realizaron estudios preliminares y atención de primeros auxilios.

Así trasladaban al diputado tucumano que fue violentamente agredido por un hombre.captura de vide

Según informaron los médicos de esa institución a la prensa local, el dirigente debió ser asistido por un traumatismo encéfalocraneano y una fractura del tabique nasal. “Una desgracia con suerte. El diputado tuvo un traumatismo encéfalocraneano y nasal. Le realizamos una tomografía computarizada y tiene una fractura del hueso propio, pero está estable”, había especificado el cuerpo médico, según consigna en el medio Contexto Tucumán.

Durante ese primer examen, los médicos también descartaron una lesión cerebral, aunque adelantaron que el legislador permanecería en observación y sería trasladado luego, por decisión del paciente, a una clínica privada.

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Pelli había sido agredido el miércoles, cuando se acercó junto a otros dirigentes del partido de Javier Milei a repartir donaciones y ayudar a los vecinos de la localidad tucumana de La Madrid afectados por las inundaciones y el temporal que azotó esta semana a la provincia. En videos que se viralizaron en redes sociales, el agresor – luego identificado por LLA como Marcelo Segura, referente del PJ local- increpa a Pelli y, tras un breve intercambio verbal, le da un cabezazo en la cara el legislador libertario.

La diputada nacional de La Libertad Avanza Soledad Molinuevo, quien estuvo presente al momento de la agresión, relató a la prensa local que, por el golpe, Pelli tuvo una “importante pérdida de sangre”. “Creíamos que había sido mucho peor por cómo sonó el golpe”, relató.

Ahora, Pelli permanece estable, pero deberá seguir en reposo por algunos días. Mientras tanto, en el partido de Milei piden que se investigue y tomen medidas contra Segura por su comportamiento.

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agredido el miércoles,agredido el miércoles,agresor,prensa local,@JMilei,@pellifederico,pic.twitter.com/Au15pG8sYw,March 11, 2026,March 11, 2026,La Libertad Avanza,Tucumán,Conforme a,La Libertad Avanza,,Tucumán. Quién es Marcelo Segura, el hombre que agredió con un cabezazo al diputado libertario,,Su perfil. Quién es Federico Pelli, el diputado libertario agredido por el chofer de Darío Monteros, ministro de Interior de Jaldo,,La interna de LLA. Valenzuela dijo que “está todo perfecto” con Karina Milei, pese a su desembarco frustrado en el Gobierno

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POLITICA

La Justicia autorizó a “Chiqui” Tapia a salir del país para que asista a un sorteo de la Conmebol

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La Justicia en lo Penal Económico autorizó al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, a salir del país entre el 18 y el 20 de marzo para viajar a Paraguay y participar del sorteo de competiciones organizado por la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol). La decisión fue adoptada en el marco de la causa que lo investiga por presunta retención indebida de aportes de la seguridad social.

El permiso fue concedido por el juez Diego Amarante, quien dispuso además que el dirigente deposite una caución de 30 millones de pesos como condición para autorizar el viaje.

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La autorización se produce mientras el expediente judicial atraviesa una etapa clave. Tras finalizar las rondas de indagatorias y con los escritos de defensa ya presentados, el magistrado quedó en condiciones de definir la situación procesal de Tapia y del tesorero de la AFA, Pablo Toviggino.

A partir de esta instancia, el juez tiene un plazo de diez días hábiles para resolver si dicta el procesamiento de los imputados, si los sobresee o si establece la falta de mérito. Son las tres alternativas previstas por la ley en esta etapa del proceso.

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Cómo sigue la causa

Claudio «Chiqui» Tapia y Pablo Toviggino, los dos máximo dirigentes del fútbol argentino. (Foto: X/@AFA)

La investigación judicial se centra en una presunta retención indebida de aportes a la seguridad social por parte de la AFA. Según la acusación, la entidad no habría pagado en tiempo y forma el Impuesto a las Ganancias, el IVA y los aportes previsionales correspondientes a un período que se extiende desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025.

El monto involucrado asciende a 19.300 millones de pesos. De acuerdo con la normativa vigente, el delito se configura cuando vence el plazo para ingresar el impuesto y el pago no se realiza dentro de los 30 días posteriores.

La acusación sostiene que durante ese período la asociación actuó como agente de retención: descontó impuestos y aportes previsionales que luego no ingresó al fisco en el plazo establecido. Según el planteo del organismo recaudador ARCA, esa conducta se habría repetido durante 19 meses consecutivos.

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En total, el expediente contabiliza 69 hechos que concurren entre sí. Para el organismo, los fondos retenidos no eran recursos propios de la AFA, sino dinero correspondiente a los contribuyentes a los que se les habían practicado esas deducciones.

En su presentación ante la Justicia, ARCA también señaló que la entidad tenía capacidad financiera para cumplir con esas obligaciones. Según los datos incorporados al expediente, durante el período investigado ingresaron a la AFA alrededor de 500 mil millones de pesos.

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La defensa de los dirigentes, en cambio, sostiene que no existió incumplimiento. Durante las indagatorias, tanto Tapia como Toviggino presentaron escritos en los que argumentaron que existía una disposición administrativa que impedía la ejecución fiscal de deudas impositivas en el caso de asociaciones civiles.

Desde esa perspectiva, sostuvieron que no estaban obligados a cancelar esas obligaciones en ese momento. Además, la AFA afirmó que la deuda ya fue regularizada.

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El tesorero de la entidad insistió en ese argumento en el escrito presentado ante el juez. “No existió ardid ni engaño alguno, sino una conducta ajustada a resoluciones administrativas dictadas en el marco de una política estatal de alivio y regularización fiscal”, afirmó Toviggino. En el mismo documento agregó: “Está ausente el elemento subjetivo requerido y no puede atribuirse voluntad criminal”.

La defensa también planteó que existe una persecución contra la dirigencia de la AFA. Según su postura, la denuncia impulsada por el Gobierno nacional fue presentada en diciembre de 2025, mientras que el primer incumplimiento investigado se remonta a marzo de ese mismo año.

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Tapia y Toviggino solicitaron el sobreseimiento en la causa. Sin embargo, el juez Amarante rechazó ese pedido. Esa decisión fue apelada y actualmente se encuentra bajo análisis de la Cámara en lo Penal Económico.

Chiqui Tapia, Claudio Tapia, AFA, ARCA, Conmebol

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Un juez declaró inconstitucional un artículo de la reforma laboral

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La reforma laboral que el Gobierno consiguió aprobar a fines de febrero recibió su primer revés en la Justicia. Un juez de Córdoba declaró “inconstitucional” el artículo 55 de la norma, un punto que regula la actualización de créditos laborales.

El magistrado Ricardo Giletta, integrante de la Sala I de la Cámara del Trabajo de esa provincia, sostuvo que ese apartado de la norma crea una distinción “arbitraria” entre los trabajadores con juicios en trámite y aquellos que demanden tras la vigencia de la ley.

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La nueva ley establece que, para los casos que se inicien tras su sanción, el mecanismo de actualización será por Índice de Precios al Consumidor (IPC, inflación), más un 3% de interés anual; y para los casos que nacieron antes de su sanción y se encuentran todavía en trámite judicial, se aplicará la tasa pasiva del BCRA y, si esa tasa es muy baja, se garantiza un “piso” del 67%.

El juez consideró que ese desdoblamiento viola la garantía de igualdad ante la ley.

En su fallo, también sostuvo que la tasa pasiva del Banco Central -el instrumento contemplado en el artículo 55 para realizar la actualización- es “marcadamente insuficiente” para compensar los efectos de la inflación.

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Queda desechada la validez constitucional del artículo 55”, escribió el juez.

La resolución sin embargo, fue desfavorable para el trabajador que inició la demanda, Mario Urbano, quien reclamaba indemnizaciones por un despido que consideraba injustificado.

La empresa lo había despedido alegando que Urbano presentó certificados truchos para justificar sus inasistencias durante 2016. El juez ratificó que esas presentaciones eran falsas y sostuvo que el despido estaba, en efecto, justificado, pero marcó que algunos rubros de cobro no se pierden por mala conducta y ordenó a la empresa pagar los días trabajados de agosto de 2016, el aguinaldo y las vacaciones proporcionales, ya que el empleador no presentó recibos que demostraran su pago.

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Otros cuestionamientos

El viernes pasado, como parte de una estrategia a varios tiempos, la Confederación General del Trabajo (CGT) presentó un pedido cautelar contra el traslado de la Justicia laboral al ámbito de la Ciudad, que forma parte de la reforma laboral que aprobó el Gobierno durante las sesiones extraordinarias en el Congreso.

Ayer, el juez en lo contencioso administrativo Enrique Lavié Pico rechazó el planteo. Entre otras cuestiones, dijo que no se advierte “peligro en la demora”.

Uno de los aspectos cuestionados en la presentación realizada el viernes pasado se concentra en el artículo 91 de la reforma, que contempla la transferencia de la Justicia Laboral a la Ciudad de Buenos Aires, un ámbito moldeado por los años de Pro en el distrito y, a priori, menos favorable para los trabajadores.

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En rigor, con el texto de la reforma laboral se aprobó el “acuerdo” firmado el 9 de febrero entre el gobierno de Jorge Macri y la administración nacional, por el que se dispuso poner en marcha esa transferencia, una deuda que la Ciudad de Buenos Aires y la Nación arrastran desde la reforma constitucional de 1994, que le otorgó un nuevo estatus a la Capital.


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