POLITICA
Ignacio Torres denunció a un juez por ordenar a la obra social de Chubut a cubrir una cirugía de cambio de sexo

El gobernador de Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, anunció este jueves por la tarde que el Estado provincial denunciará al juez de Familia de la localidad de Sarmiento, Santiago Martín Huaiquil, por exigir que la obra social provincial, Seros, cubra el 100% de una cirugía de cambio de sexo “que no tiene por qué brindar”.
A través de un posteo en X, el mandatario calificó al magistrado como “demagogo, irresponsable e ignorante” y afirmó que su fallo “pone en riesgo al sistema de salud”. Torres detalló que la intervención ordenada por la Justicia involucra “millones de pesos que exceden los costos de los tratamientos oncológicos más caros”.
En esa línea, aseguró que su administración no permitirá que “un juez ideologizado y populista vuelva a fundir nuestra obra social”. El gobernador de la provincia patagónica recordó que al asumir la gestión, Seros tenía un déficit de más de $6.000 millones y que fue necesario un arduo trabajo para sanear sus cuentas. “Estos jueces creen que pueden fallar cualquier cosa sin contemplar la factibilidad financiera o económica, y eso es un riesgo enorme para todos los chubutenses”, sostuvo.
NO VAMOS A PERMITIR QUE NINGÚN JUEZ DEMAGOGO FUNDA NUESTRA OBRA SOCIAL
Desde el primer día que asumimos, afrontamos el desafío de sanear nuestra obra social SEROS. Con esfuerzo, transparencia en las compras, y mucha inteligencia financiera, logramos poner en orden el Instituto y… pic.twitter.com/YVkeUcerK2
— Nacho Torres (@NachoTorresCH) April 3, 2025
Torres adelantó que el Ejecutivo chubutense analizará todos los amparos y fallos judiciales que obliguen a la obra social provincial a cubrir prestaciones que no corresponden. “Dijimos que cada vez que nos encontráramos con un cuello de botella que atente contra el desarrollo de la provincia, íbamos a dar pelea”, enfatizó.
Como detalla en la publicación, el fallo de Huaiquil obliga a la obra social a cubrir una cirugía estética de cambio de sexo que incluye, entre otras cosas, feminización facial, contorno de frente, rinoplastia, blefaroplastia, pexia de cejas y cantopexia, lifting facial, genioplastia, contorno de mandíbula y transferencia de grasa facial.
“Se trata de un conjunto de intervenciones estéticas para modificar la apariencia de género que la obra social no tiene por qué cubrir. Esto no es una batalla cultural, sino una discusión sobre derechos y obligaciones. No vamos a permitir que ningún juez intente fundir la obra social que volvimos a poner al servicio de todos”, cerró.
Antecedente
No es la primera vez que un juez ordena a Seros cubrir una intervención de este tipo. En septiembre de 2021, el juez de Familia de la localidad de Trelew, Daniel Manse, hizo lugar a un amparo presentado por el abogado de una adolescente trans y ordenó a la obra social a brindarle cobertura en una cirugía de readecuación corporal.
El recurso se presentó luego de que la obra social provincial, a través de sus asesores legales, requiriera al joven de 17 años presentar una autorización judicial previa para luego solicitar la intervención quirúrgica. Para Manse, el menor de edad no necesitaba de un permiso para “avanzar en su sentir más íntimo”.
Cambios en la normativa
Los tratamientos de adecuación de género están amparados por la Ley 26.743 (Identidad de Género). Entre otras cosas, la norma ordena que todos los tratamientos médicos de adecuación sean incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO), lo que garantiza su cobertura tanto tanto en el sistema público como privado.
En ese sentido, el pasado mes de febrero, el Gobierno anunció la prohibición de los tratamientos de hormonización y las intervenciones quirúrgicas para cambio de sexo en los menores. En una conferencia de prensa, Adorni dijo que el Ejecutivo derogaba el artículo que permitía a los menores registrar su nuevo nombre y sexo.
“A partir de ahora, los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, ya no deberán garantizar este tipo de prácticas, por lo que dejarán de estar incluidas en el Plan Médico Obligatorio (PMO)”, ampliaron desde el Ministerio de Salud de la Nación.
Los cambios a la norma incluyen la derogación del artículo 5, que permitía a los menores de 18 cambiar el sexo, el nombre de pila y la fotografía del documento de identidad en el Registro Nacional de las Personas. A la vez, al modificar el artículo 11, en adelante, los menores de edad “ya no podrán realizarse intervenciones quirúrgicas totales o parciales o tratamientos integrales hormonales para modificar su cuerpo, incluidos sus genitales”, detallaron desde Salud.
Estas intervenciones quirúrgicas incluyen, por ejemplo, aumento mamario, mastectomía, aumento de glúteos, orquiectomía, penectomía, vaginoplastia, clitoroplastia, vulvoplastia, anexohisterectomía, vaginectomía, metoidioplastia, escrotoplastía y faloplastia con prótesis peneana.
POLITICA
El Gobierno acató un fallo judicial y reactivó las pensiones por invalidez suspendidas en todo el país

El Gobierno nacional reactivó las pensiones no contributivas por invalidez laboral que habían sido suspendidas en distintas provincias, luego de un fallo judicial que obligó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a restablecer el beneficio a todos los titulares afectados.
La decisión fue formalizada este miércoles a través de la Resolución 13.653, publicada en el Boletín Oficial, en la que el organismo confirmó que cumplirá con la medida cautelar dictada por el Juzgado Federal Nº 2 de Catamarca, en el marco de la causa “Defensor del Pueblo y otro c/ANDIS s/Acción de Amparo Ley 16.986 c/Cautelar”.
El texto oficial dispone: “Restablécese las suspensiones de los beneficios de las personas identificadas en el Anexo I (…) y reanúdese los pagos correspondientes a partir del período mensual en que fueran dispuestas las suspensiones”.
La resolución instruye, además, a notificar a los beneficiarios y a la ANSES para que se reactiven los pagos y se regularicen los haberes retenidos durante los meses que duró la suspensión.
El fallo del tribunal federal catamarqueño reconoce el carácter colectivo del reclamo, al considerar que las suspensiones afectaron a miles de beneficiarios en todo el país. Por ese motivo, ordenó restituir las pensiones y frenar cualquier tipo de auditoría o revisión hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo del caso.
Según la decisión judicial, el objetivo es garantizar la protección de los derechos sociales de las personas con discapacidad y evitar que se interrumpa el cobro de un ingreso que resulta vital para su subsistencia.
El trasfondo del conflicto
En los últimos meses, diferentes organizaciones de personas con discapacidad y defensores del pueblo habían denunciado suspensiones masivas de pensiones sin previo aviso ni evaluación técnica adecuada.
La resolución también busca evitar que se repitan prácticas administrativas que vulneren los derechos reconocidos por la Ley 22.431 y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de jerarquía constitucional.
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POLITICA
La UBA irá a la Justicia para que el Gobierno cumpla con la Ley de Financiamiento Universitario

La Universidad de Buenos Aires (UBA) resolvió iniciar acciones judiciales contra el Poder Ejecutivo Nacional para exigir el cumplimiento de la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición Salarial, sancionada por el Congreso y promulgada por decreto, pero con su aplicación suspendida hasta que el Poder Legislativo defina las fuentes de financiamiento.
El Consejo Superior de la institución adoptó la decisión por unanimidad durante su sesión del 22 de octubre de 2025. En su resolución, la UBA sostuvo que “este decreto que promulga formalmente, pero suspende materialmente la ejecución de la ley, altera el sistema republicano de frenos y contrapesos establecido en el artículo 1° de la Constitución Nacional y quebranta la voluntad soberana del Congreso de la Nación”.
El texto aprobado agrega que la medida del Ejecutivo “implica la vulneración de derechos constitucionalmente establecidos afectando al sistema universitario y a su comunidad al no poder acceder al financiamiento necesario y a la recomposición salarial establecidos en la ya mencionada ley”.
La resolución, registrada bajo el expediente EX-2025-04995445-UBA-DME#REC, instruyó al rector a iniciar las acciones judiciales pertinentes “a fin de exigir la inmediata implementación efectiva de la Ley 27.795”. También dispuso que se comunique la medida a todas las unidades académicas, colegios secundarios, hospitales universitarios e institutos dependientes de la universidad.
El Consejo Superior fundamentó la decisión en la situación económica que atraviesa el sistema universitario nacional. En los considerandos se expresó que “esta Universidad ha manifestado reiteradamente su profunda preocupación ante la grave situación presupuestaria que afecta a las Universidades Nacionales y ante el menoscabo salarial de los trabajadores y trabajadoras docentes y nodocentes”.
Asimismo, recordó que la UBA “ha declarado la emergencia tanto en materia salarial como presupuestaria” y que la norma aprobada por el Congreso “tiene por objeto garantizar la protección, el sostenimiento del financiamiento de las Universidades Nacionales en todo el territorio de la República Argentina y la recomposición salarial de los trabajadores y trabajadoras docentes y nodocentes”.
En otro tramo del documento, el cuerpo colegiado enfatizó que “la Ley da respuesta a la situación crítica tanto de funcionamiento de las universidades nacionales, como salarial de sus trabajadores y trabajadoras, y por tanto su no aplicación arbitraria solo sigue profundizando esta crisis”.
El texto señala también que “la no ejecución de esta Ley es un ataque directo a uno de los bienes más valiosos de nuestra sociedad: la Universidad Pública Argentina”.
Por último, el Consejo remarcó que resulta “imprescindible que de manera inmediata el Poder Ejecutivo Nacional cumpla con la efectiva ejecución de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del salario, asignándose en forma urgente los recursos presupuestarios necesarios, en cumplimiento con las obligaciones constitucionales y legales vigentes”.
El máximo órgano de gobierno de la UBA, que integran el rector, los decanos de las trece facultades y representantes de los claustros de profesores, graduados y estudiantes, consideró que el cumplimiento de la ley es esencial para garantizar la educación pública y la institucionalidad democrática en el país.
Este martes, el Gobierno promulgó la Ley N° 27.795, que establece un nuevo régimen de financiamiento para las universidades públicas y la recomposición salarial del personal docente y no docente, y la Ley N° 27.796, que declara la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales en salud en la República Argentina por un año. Sin embargo, la aplicación de ambas quedó suspendida hasta que el Congreso de la Nación determine las fuentes de financiamiento e incluya las partidas necesarias en el Presupuesto Nacional. Hace un mes ocurrió lo mismo con la Ley de Emergencia en Discapacidad.
Esta decisión fue oficializada en la madrugada de este martes, con la publicación de los decretos 759/2025 y 760/2025 en el Boletín Oficial. Así, el Poder Ejecutivo suspendió la aplicación de las legislaciones, debido al impacto fiscal que, consideran, traería a las cuentas del Estado.
marcha universitaria congreso
POLITICA
Estos son los documentos son para votar en las elecciones 2025

Las elecciones 2025 son este domingo 26 de octubre. Durante la jornada, los argentinos se deben acercar a las mesas electorales a emitir su voto. Para hacerlo, hay que entregar documentación válida que las autoridades presentes puedan utilizar para confirmar los datos personales y la identidad.
Tal como informa el Gobierno a través de su sitio oficial, los siguientes tipos de documentos, expedidos por el Estado nacional a lo largo de los años, son válidos para emitir el sufragio en las elecciones legislativas del 26 de octubre:
Desde la cartera confirman que los documentos que contienen la leyenda “No válido para votar” sí son válidos para sufragar, aunque estas tarjetas no informan de qué tipo de ejemplar de DNI se trata. También se recuerda a los electores que el documento a presentar en la mesa de votación debe ser el mismo que figura en el padrón o uno posterior.
Asimismo, desde la cartera oficial advirtieron que no se puede votar con un certificado de DNI en trámite, ni tampoco si el DNI está en el celular.
Para conocer el establecimiento, la mesa y el número de orden asignado para votar, los electores pueden consultar el padrón electoral online siguiendo estos pasos:
El padrón electoral se encuentra disponible a través de la plataforma oficial de la CNE.
El consultante deberá completar un formulario con su número de Documento Nacional de Identidad (DNI), su género y el distrito electoral al que pertenece.
Antes de enviar el formulario, el sistema solicitará la introducción de un código de validación captcha. Una vez completado, se debe hacer click en el botón “Consultar”.
Instantáneamente, el sistema proporcionará de manera precisa la dirección del establecimiento donde se debe votar, el número de mesa asignado y el número de orden dentro del padrón.
La Boleta Única de Papel (BUP) es un modelo de votación que reúne a todos los candidatos en una sola boleta. De esa forma, se garantiza la presencia de la totalidad de la oferta electoral el día de los comicios en cada centro de votación y se elimina la posibilidad de que falten boletas de algún partido.
El elector debe entregar su DNI para que se verifique su identidad y si puede votar. Una vez chequeado esto, el votante recibirá la boleta, firmada por la autoridad de mesa, y una lapicera.
En la cabina de votación, se debe marcar el casillero correspondiente al candidato o lista elegida. Es importante recordar que se debe realizar una sola marca por categoría.
Luego de marcar la preferencia, se dobla la boleta por la línea punteada y se deposita en la urna. Al finalizar, el elector debe firmar el padrón y recibirá la constancia de voto junto con su DNI.
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