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Ignacio Torres denunció a un juez por ordenar a la obra social de Chubut a cubrir una cirugía de cambio de sexo

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El gobernador de Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, anunció este jueves por la tarde que el Estado provincial denunciará al juez de Familia de la localidad de Sarmiento, Santiago Martín Huaiquil, por exigir que la obra social provincial, Seros, cubra el 100% de una cirugía de cambio de sexo “que no tiene por qué brindar”.

A través de un posteo en X, el mandatario calificó al magistrado como “demagogo, irresponsable e ignorante” y afirmó que su fallo “pone en riesgo al sistema de salud”. Torres detalló que la intervención ordenada por la Justicia involucra “millones de pesos que exceden los costos de los tratamientos oncológicos más caros”.

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En esa línea, aseguró que su administración no permitirá que “un juez ideologizado y populista vuelva a fundir nuestra obra social”. El gobernador de la provincia patagónica recordó que al asumir la gestión, Seros tenía un déficit de más de $6.000 millones y que fue necesario un arduo trabajo para sanear sus cuentas. “Estos jueces creen que pueden fallar cualquier cosa sin contemplar la factibilidad financiera o económica, y eso es un riesgo enorme para todos los chubutenses”, sostuvo.

Torres adelantó que el Ejecutivo chubutense analizará todos los amparos y fallos judiciales que obliguen a la obra social provincial a cubrir prestaciones que no corresponden. “Dijimos que cada vez que nos encontráramos con un cuello de botella que atente contra el desarrollo de la provincia, íbamos a dar pelea”, enfatizó.

Como detalla en la publicación, el fallo de Huaiquil obliga a la obra social a cubrir una cirugía estética de cambio de sexo que incluye, entre otras cosas, feminización facial, contorno de frente, rinoplastia, blefaroplastia, pexia de cejas y cantopexia, lifting facial, genioplastia, contorno de mandíbula y transferencia de grasa facial.

“Se trata de un conjunto de intervenciones estéticas para modificar la apariencia de género que la obra social no tiene por qué cubrir. Esto no es una batalla cultural, sino una discusión sobre derechos y obligaciones. No vamos a permitir que ningún juez intente fundir la obra social que volvimos a poner al servicio de todos”, cerró.

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Antecedente

No es la primera vez que un juez ordena a Seros cubrir una intervención de este tipo. En septiembre de 2021, el juez de Familia de la localidad de Trelew, Daniel Manse, hizo lugar a un amparo presentado por el abogado de una adolescente trans y ordenó a la obra social a brindarle cobertura en una cirugía de readecuación corporal.

El recurso se presentó luego de que la obra social provincial, a través de sus asesores legales, requiriera al joven de 17 años presentar una autorización judicial previa para luego solicitar la intervención quirúrgica. Para Manse, el menor de edad no necesitaba de un permiso para “avanzar en su sentir más íntimo”.

Cambios en la normativa

Los tratamientos de adecuación de género están amparados por la Ley 26.743 (Identidad de Género). Entre otras cosas, la norma ordena que todos los tratamientos médicos de adecuación sean incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO), lo que garantiza su cobertura tanto tanto en el sistema público como privado.

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En ese sentido, el pasado mes de febrero, el Gobierno anunció la prohibición de los tratamientos de hormonización y las intervenciones quirúrgicas para cambio de sexo en los menores. En una conferencia de prensa, Adorni dijo que el Ejecutivo derogaba el artículo que permitía a los menores registrar su nuevo nombre y sexo.

“A partir de ahora, los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, ya no deberán garantizar este tipo de prácticas, por lo que dejarán de estar incluidas en el Plan Médico Obligatorio (PMO)”, ampliaron desde el Ministerio de Salud de la Nación.

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Los cambios a la norma incluyen la derogación del artículo 5, que permitía a los menores de 18 cambiar el sexo, el nombre de pila y la fotografía del documento de identidad en el Registro Nacional de las Personas. A la vez, al modificar el artículo 11, en adelante, los menores de edad “ya no podrán realizarse intervenciones quirúrgicas totales o parciales o tratamientos integrales hormonales para modificar su cuerpo, incluidos sus genitales”, detallaron desde Salud.

Estas intervenciones quirúrgicas incluyen, por ejemplo, aumento mamario, mastectomía, aumento de glúteos, orquiectomía, penectomía, vaginoplastia, clitoroplastia, vulvoplastia, anexohisterectomía, vaginectomía, metoidioplastia, escrotoplastía y faloplastia con prótesis peneana.

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Bullrich cruzó a los gobernadores que armaron un frente opositor: “Es kirchnerismo de baja intensidad”

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En su presentación en la Bolsa de Comercio de Córdoba, Patricia Bullrich cuestionó con dureza el frente electoral formado por varios gobernadores provinciales: “Es una especie de kirchnerismo suplente, de baja intensidad”, subrayó, cuestionando su coherencia política.

La ministra afirmó que este conglomerado carece de identidad: “Hay un peronista, otro kirchnerista, otro del PRO y otro radical, ¿por qué dicen que son del medio? Eso es no tener identidad”, y añadió que si votan sistemáticamente con el kirchnerismo, entonces “están ahí”.

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Un “grito federal” contra Javier Milei: los gobernadores que le disputan fondos y votos

Bullrich expresó que los gobernadores deberían acompañar las políticas de ajuste fiscal en vez de reclamar “superávit con más impuestos”. Aseguró: “La avenida del medio es un kirchnerismo de baja intensidad” y recalcó que el ajuste debe realizarse sobre el gasto estatal, no gravando a los contribuyentes.

El emplazamiento estuvo dirigido al llamado “Grito Federal”, integrado por mandatarios como Martín Llaryora (Córdoba), Maximiliano Pullaro (Santa Fe), Ignacio Torres (Chubut), Carlos Sadir (Jujuy) y Claudio Vidal (Santa Cruz), quienes buscan presentarse como una tercera opción electoral frente a Milei y al kirchnerismo.

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Presentan un recurso judicial preventivo contra las “deepfakes” en la campaña electoral

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El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez presentó un una acción de amparo electoral preventiva colectiva ante la justicia, buscando que el Estado Nacional adopte antes de las próximas elecciones nacionales de octubre medidas efectivas para prevenir, alertar y hacer cesar las “deepfakes” o noticias falsas basadas en videos apócrifos donde se clona la voz y el rostro con Inteligencia Artificial (IA).

La demanda busca evitar que los electores sean inducidos a engaño a la hora de votar y apunta contra la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Subsecretaría de Asuntos Políticos. La causa recayó en el juzgado federal electoral de María Servini.

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El objeto de la acción es proteger el derecho a elegir libremente en un proceso electoral transparente.

El abogado dijo que las “deepfakes” son contenidos generados por IA (audio, imágenes, videos) diseñados para imitar de manera realista la apariencia y el comportamiento de una persona, a menudo con la intención de engañar a los espectadores.

La demanda subraya que la IA generativa produce datos sintéticos que pueden distorsionar la información existente o crear contenido que nunca existió, repercutiendo en la noción de realidad y ficción.

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Y citó como antecedentes lo ocurrido en la veda electoral del 18 de mayo de 2025, en la campaña para legisladores porteño, cuando se difundieron videos generados con IA simulando al expresidente Mauricio Macri y a la diputada Silvia Lospennato, quienes desmintieron rápidamente los contenidos en los que se recomendaba votar por el candidato de Javier Milei, Manuel Adorni.

El Tribunal Electoral de CABA ordenó la eliminación de los videos en la red social “X”. “Este episodio evidenció los desafíos para la integridad electoral», dijo el abogado, ya que se violó la veda y “pudo haber impactado en el resultado, dado que el candidato promovido en el video falso, Manuel Adorni, resultó ganador”.

En Córdoba, semanas atrás, un video con voz e imagen del gobernador Martín Llaryora, generado con IA, fue viralizado por un diputado nacional, pronunciando un discurso que no era real.

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“Estos incidentes no son aislados. El informe AI Index 2024 de la Universidad de Stanford advirtió que los deepfakes políticos ya están afectando los procesos electorales en todo el mundo”, dijo Gil Domínguez.

Y citó como ejemplo las elecciones en Estados Unidos de 2024 (Donald Trump y Kamala Harris), las elecciones de Brasil en 2022 (Lula da Silva y Jair Bolsonaro), y un deepfake del presidente de Ucrania, Volodímir Zelenski, pidiendo la rendición de sus tropas en 2022.

La Cámara Nacional Electoral, en el caso “Villaver, María Victoria”, ya determinó que estas conductas pueden subsumirse en el artículo 140 del Código Penal (inducir al error al sufragante) y reafirmó que el objetivo es “mantener la pureza del sufragio como base de la forma representativa de gobierno”.

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Bullrich denunció al laboratorio del fentanilo mortal por presentar un certificado municipal falso para importar precursores químicos

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El Ministerio de Seguridad Nacional, a cargo de Patricia Bullrich, presentó una denuncia penal contra la empresa HLB Pharma Group S.A., acusada de haber presentado un certificado de habilitación municipal falso en 2024 durante un trámite ante el Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE), entre ellos fentanilo. Se trata de la firma y su elaborador exclusivo de medicamentos Laboratorios Ramallo investigados por el juez federal de La Plata Ernesto Kreplak por haber producido fentanilo de uso clínico contaminado al que se lo vincula con el fallecimiento de 68 pacientes internados en hospitales, sanatorios y clínicas de Buenos Aires, CABA y Santa Fe. Por ese hecho el magistrado ya trabó una inhibición de bienes generales y se les prohibió salir del país ante una posible fuga a 24 personas, entre ellas la cara visible de los establecimientos cuestionados Ariel García Furfaro.

Según consta en la denuncia oficial, que recayó en el juzgado federal de Sebastián Casanello, la HLB Pharma Group SA intentó inscribirse para operar con sustancias químicas controladas, pero adjuntó un documento presuntamente emitido por la Municipalidad de San Isidro. Tras consultar a las autoridades locales, estas negaron haber otorgado dicha constancia, lo que activó las alertas en la cartera a cargo de Bullrich. El laboratorio HLB Pharma Group está ubicado en Avenida Intendente Tomkinson 2054.

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Como consecuencia directa, la solicitud fue oficialmente rechazada. Ahora la Justicia investiga posibles responsabilidades penales tanto de la compañía como de sus representantes.

La justicia allanó en dos oportunidades HLB Pharma y Laboratorios Ramallo

Infobae accedió de manera exclusiva al documento en el que se basa la denuncia penal del Ministerio de Seguridad Nacional ante los tribunales federales de Comodoro Py.

Está fechado en San Isidro el 27 de febrero de 2024 dirigida al Guido I Carcedo, el “Asesor Legal de la Dirección del Registro y Fiscalización de Precursores Químicos -Delegación Mendoza“.

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El documento, firmado por José M Gamarra, el Asesor Legal Municipalidad de San Isidro sostiene en el primer punto: “El Municipio no tiene registro de haber entregado la constancia que ha sido enviada vía correo electrónico por Ud. al Ing. Ricardo Antoniassi el día 1 de febrero del presente año (v.RE-2023-151875206-APN-DNPQ#MSG). Informamos además, que el procedimiento para extender este tipo de constancias se inicia por pedido formal por parte del interesado, debiendo, la interesada, informar ante qué dependencia va a ser entregada (ej. ANMAT, REMPRE, etc), o ‘ante quien corresponda’ de acuerdo a lo solicitado, pero explicando el trámite a realizar. De lo recabado en el expediente de habilitación no surge pedido de HLB PHARMA GROUP S.A. para extender constancia alguna en esa fecha (18 de diciembre de 2023).

Familiares de victimas mortales por el uso de fentanilo asisten a una manifestación este jueves, frente al Hospital Italiano de La Plata (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)

En el segundo punto la la alcaldía informó que el laboratorio “se encuentra autorizada para explotar los rubros ELABORACION DE PRODUCTOS MEDICINALES TIPO BIOLÓGICOS Y QUIMIOTERÁPICOS TANTO PARA EL USO HUMANO COMO VETERINARIO”, entre otros.

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Según el escrito de la denuncia, los hechos podrían configurar el delito previsto en los artículos 44 y 44 bis de la Ley N°23.737, que es la Ley de Estupefacientes de la República Argentina, sancionada en 1989, modificada por la Ley N°27.302 sancionada en 2016, introdujo modificaciones específicas principalmente en lo que respecta al control de precursores químicos.

Su objetivo fue reforzar la fiscalización y trazabilidad de sustancias químicas que pueden ser utilizadas para la elaboración de drogas ilícitas, y aumentar las sanciones en caso de incumplimientos o falsificación de documentación.

El citrato de fentanilo comprado por HLB Pharma

Entre las modificaciones clave que además se mencionan en la denuncia del Ministerio de Seguridad se destacan: -Artículo 44 – Obligación de inscripción en el Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE). La modificación aclara que: “Toda persona física o jurídica que produzca, fabrique, elabore, distribuya, comercialice, importe, exporte, almacene o transportes precursores químicos debe obligatoriamente inscribirse en el RENPRE.

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También se extiende esta obligación a quienes adquieran, fabriquen o almacenen maquinaria para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos.

El Artículo 44 bis prevé que quien falsee datos o documentos presentados ante el RENPRE u omita su presentación será reprimido con prisión de uno a seis años e inhabilitación especial de dos a seis años.

Ariel garcía Furfaro dentro de su planra elaboradora de medicamentos

El objetivo general de la reforma fue reforzar el control estatal sobre sustancias químicas susceptibles de desvío hacia el narcotráfico, endurecer las penas ante irregularidades y mejorar la trazabilidad de operaciones con precursores químicos.

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El Registro Nacional de Precursores Químicos depende de la Dirección Nacional de Precursores Químicos, que forma parte de la Subsecretaría de Investigación Criminal y Cooperación Judicial del Ministerio de Seguridad Nacional.

Este nuevo capítulo judicial se suma a una causa de alto impacto la del fentanilo de uso clínico mortal contaminado con las bacterias Klebsiella pneumoniae y Ralstonia pickettii, detectadas en ampolletas del fármaco y las muestras de hemocultivos de los pacientes fallecidos.

El Ministerio de Seguridad, bajo la gestión de Patricia Bullrich, tiene entre sus funciones la prevención de amenazas vinculadas al narcotráfico y delitos organizados RS Fotos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), a través de la Disposición 3156/2025 del 11 de mayo de 2025 prohibió “el uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional del producto Fentanilo HLB / Citrato de Fentanilo concentración 0,05 mg/ml, en la forma farmacéutica solución inyectable, frasco ampolla por 5 ml (presentación x 100 ampollas, según VMN); lote 31202, vencimiento 09/26; Certificado N°53.100” y clausuró los laboratorios implicados. Kreplak también allanó dos veces los laboratorios de Ariel García Furfaro para reunir pruebas y determinar si hubo negligencia o incumplimientos de las normas sanitarias y de calidad que derivaron en la venta del fentanilo en efectores sanitarios.

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El Ministerio de Seguridad, bajo la gestión de Patricia Bullrich, tiene entre sus funciones la prevención de amenazas vinculadas al narcotráfico y delitos organizados. El RENPRE, es la autoridad encargada de analizar y resolver trámites para operar con sustancias controladas y prevenir su desvío hacia canales ilícitos.

Ahora, será el juez Casanello quien deberá decidir si en esta nueva causa existen responsabilidades penales por parte de los responsables de la empresa.

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