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¿Indulto a Cristina?: qué dice la Constitución, qué opinan los juristas y qué propone la Coalición Cívica

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La confirmación de la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos contra Cristina Fernández de Kirchner reactivó una vieja discusión: ¿puede ser indultada? ¿Es posible perdonar un caso de corrupción con sentencia firme? La respuesta sobre el indulto no es unánime y se ancla en una zona gris de la Constitución Nacional, específicamente en su artículo 36.

El primero en poner el tema sobre la mesa con fuerza fue el exjefe de Gabinete Agustín Rossi. “En 2027, ¿qué tiene que decir el candidato peronista? ‘No pasará un minuto de mi mandato sin devolverle la libertad a Cristina’”, declaró en AM 530. También propuso reformar la Constitución para modificar el sistema de elección de jueces y reestructurar el Poder Judicial. Aunque no habló expresamente de un indulto, su declaración dejó entrever esa posibilidad.

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Más cauto fue Axel Kicillof, quien aspira a liderar la renovación del peronismo con proyección presidencial. Consultado por Cenital sobre si indultaría a la exvicepresidenta, el gobernador bonaerense esquivó una definición tajante: “Creo que también el que recibe el indulto… hubo discusiones de todo tipo”, deslizó, sin cerrar ninguna puerta.

La propuesta no quedó solo del lado del peronismo. El diputado nacional José Glinski, de Unión por la Patria, fue un paso más allá y desafió directamente al Presidente: “Si [Javier] Milei quiere ganarle a @CFKArgentina en las urnas, que use la facultad del indulto”, escribió en redes sociales. La frase, provocadora, apuntó a poner en tensión la legitimidad política de la condena.

La Constitución Nacional introduce una ambigüedad en su artículo 36. Allí establece que los responsables de actos de fuerza contra el orden institucional -como los golpes de Estado- no pueden recibir el beneficio del indulto ni de la conmutación de penas. Sin embargo, más adelante en el mismo artículo, se considera que también atentan contra el sistema democrático quienes cometan “grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento”. En este segundo párrafo no se menciona el indulto, lo que abre el debate: ¿la prohibición del perdón presidencial alcanza también a los delitos de corrupción?

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Para el abogado constitucionalista Pablo Manili, el punto es debatible. “El artículo 36 establece expresamente que no pueden ser indultados quienes cometan atentados contra el orden institucional. Luego, en un párrafo distinto, dice que también atentan contra la democracia quienes incurren en delitos de corrupción con enriquecimiento ilícito. La duda es si la prohibición de indulto del primer párrafo también rige para el segundo. Yo entiendo que sí, pero es un tema opinable”, sostuvo. Y agregó un dato revelador sobre el contexto en el que se redactó esa norma: “Fue el primero que se votó en la Convención Constituyente de 1994, y se aprobó por unanimidad de todos los bloques. Eso muestra la importancia que se le dio”.

De aquella convención participaron dos protagonistas centrales de la escena política actual: Horacio Rosatti, hoy presidente de la Corte Suprema, y Cristina Kirchner, entonces senadora nacional y convencional por el peronismo.

Los jueces de la Corte Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti durante la apertura de sesiones, el 1° de marzo de 2023, con Cristina Kirchner y Alberto Fernández cercaAníbal Greco – LA NACIÓN

Más categórico es el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, autor del libro Defensa del sistema democrático y corrupción (2019). “Las condenas por delitos de corrupción no son indultables, ni conmutables, ni amnistiables. Son atentados graves contra el sistema democrático”, afirma. Para él, el término “asimismo”, incluido en el artículo 36, es determinante: “Quiere decir que esos delitos también quedan excluidos del beneficio del indulto”. En una columna publicada en en 2021, reforzó su posición: “Aceptar que los delitos de corrupción sí pueden ser indultados implicaría considerarlos menos graves que un golpe de Estado. Los constituyentes de 1994 pusieron ambas situaciones en un mismo plano, sin establecer diferencias en cuanto al daño institucional que generan”.

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En sintonía se expresa Christian Cao, abogado, doctor en Derecho y profesor de Derecho Constitucional en la UBA. Sostiene que la reforma de 1994 equiparó explícitamente los delitos de corrupción con los atentados contra el orden democrático. Por eso -subraya- no pueden ser objeto de perdón presidencial.

Cao y Gil Domínguez coinciden además en destacar un antecedente judicial que respalda esta interpretación. En 2016, la Sala II de la Cámara Federal de La Plata declaró la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción, al entender que constituyen una forma grave de ataque al sistema democrático. La sentencia -basada también en el artículo 36- fue dictada en una causa contra el exjuez federal Julio César Miralles, y estuvo firmada por los magistrados Leopoldo Schiffrin, Olga Calitri y César Álvarez. Como amicus curiae participó Elisa Carrió, quien ya en la campaña presidencial de 2015 había propuesto declarar imprescriptibles estos delitos.

Elisa «Lilita» CarrióNicolás Suárez –

Con ese marco interpretativo, la Coalición Cívica promueve desde hace años un proyecto para cerrar cualquier margen de ambigüedad. La versión más reciente -presentada por el diputado Juan Manuel López y acompañada por Maximiliano Ferraro, Paula Oliveto y Victoria Borrego- propone modificar la ley 27.156 para extender de forma expresa la prohibición del indulto, la amnistía y la conmutación de penas a los delitos de corrupción previstos en el Código Penal.

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“El artículo 36 establece -desde nuestra perspectiva- una prohibición del indulto y la conmutación de penas, tal como lo prevé su segundo párrafo”, afirma López. Y recuerda que la propia Cristina Kirchner, como convencional constituyente en 1994, avaló esa formulación.

Un dato jurídico relevante completa el panorama: el indulto no requiere la aceptación del beneficiado. Así lo demostró el caso de Graciela Daleo, sobreviviente del excentro clandestino de detención de la ESMA, quien rechazó públicamente el indulto que le concedió el entonces presidente Carlos Menem, sin que eso impidiera su aplicación.

En definitiva, mientras el peronismo explora salidas políticas para revertir lo que considera una injusticia judicial, un sector de la oposición busca blindar por ley la imposibilidad de perdonar delitos de corrupción. En un terreno neutral donde rige la letra constitucional, los juristas vuelven a mirar con lupa el artículo 36.

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VIDEO | “Quiero un Milei en España”: el mensaje viral de una streamer de Barcelona

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Un video publicado en la red social X, de la streamer española Shuuy (@Shuuy_live), se viralizó en las últimas horas por un mensaje dirigido a los argentinos en relación con el gobierno de Javier Milei.

En el clip, la creadora de contenido —quien en su perfil indica que transmite en vivo desde Barcelona, España— expresa su apoyo al rumbo político del país y plantea que le gustaría ver un liderazgo similar en su tierra. “Quiero un Milei en España”, afirma en el video.

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Durante su intervención también envía un mensaje dirigido a los ciudadanos argentinos. “Argentinos, por favor no cambiéis el rumbo”, sostiene en el fragmento que comenzó a circular en redes sociales.

En el mismo video agrega otra reflexión sobre la gestión del mandatario argentino: “Está haciendo lo que tiene que hacer”. El clip fue difundido en X y comenzó a ser replicado por distintos usuarios en las últimas horas, incluso por el mismo presidente Javier Milei.

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La entrada VIDEO | “Quiero un Milei en España”: el mensaje viral de una streamer de Barcelona se publicó primero en Nexofin.



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Tras la muerte por extorsión de un soldado, impulsan un proyecto para prohibir celulares en las cárceles bonaerenses

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El diputado bonaerense de La Libertad Avanza Oscar Liberman presentó un proyecto de ley para prohibir los teléfonos celulares en las cárceles de la provincia de Buenos Aires. La iniciativa fue elaborada con la colaboración de la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado y del juez de la Cámara Penal de Apelaciones y Garantías del Departamento Judicial de Azul, Carlos Pagliere (hijo).

La propuesta fue denominada “Ley Rodrigo”, en referencia al soldado Rodrigo Gómez, quien se suicidó en la Quinta de Olivos luego de una extorsión que, según la investigación judicial, se organizó desde la cárcel bonaerense de Magdalena.

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El proyecto modifica la Ley 12.256 de Ejecución Penal Bonaerense y plantea que las personas privadas de la libertad no puedan tener celulares ni dispositivos electrónicos capaces de conectarse a redes de telefonía móvil o transmisión de datos.

El texto establece que la comunicación telefónica de los internos deberá realizarse únicamente a través de equipos provistos y supervisados por el Servicio Penitenciario. Además, fija un límite diario para esos contactos.

“La comunicación telefónica se realizará exclusivamente a través de los medios fijos o dispositivos móviles provistos y controlados por el Servicio Penitenciario. El tiempo de comunicación por interno quedará limitado a un máximo de dos horas diarias, y en ningún caso los dispositivos móviles podrán estar a su libre disposición”, indica el proyecto.

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También dispone que cada detenido podrá comunicarse únicamente con un listado de hasta cinco personas previamente registradas. Según la iniciativa, el Servicio Penitenciario deberá supervisar esos contactos “para garantizar la seguridad del establecimiento y la protección del orden público y de las víctimas”.

Entre los cambios previstos, el proyecto declara la caducidad del “Protocolo para el uso de teléfonos celulares” aprobado durante la pandemia mediante la Resolución N° 47688/20, que había flexibilizado el uso de dispositivos personales dentro de las unidades penitenciarias.

En los fundamentos, Liberman sostuvo que la regulación vigente debe adecuarse a las exigencias actuales de seguridad pública.

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“El artículo 18 de la Constitución Nacional establece que las cárceles serán sanas y limpias ‘para seguridad y no para castigo de los reos’. Este mandato implica no sólo la prohibición de tratos crueles, sino también la obligación estatal de garantizar que el encierro cumpla su finalidad preventiva y no se convierta en un ámbito desde el cual se continúe delinquiendo”, expresó.

Mauricio Duarte Areco, novio de Cufré, señalado como el segundo jefe de la banda

El legislador afirmó además que el proyecto apunta a restablecer condiciones de control sobre las comunicaciones dentro de los establecimientos penitenciarios. En ese sentido, sostuvo que la normativa “tiene por finalidad adecuar el régimen de comunicaciones de las personas privadas de libertad a las exigencias actuales de seguridad pública, protección de las víctimas y adecuado funcionamiento del sistema penitenciario”.

La iniciativa también establece la instalación obligatoria de sistemas de inhibición o bloqueo de señal de telefonía móvil y transmisión de datos en los sectores de alojamiento de los internos. Según el texto, esos mecanismos deberán implementarse de forma progresiva y sin interferir con comunicaciones institucionales o de emergencia.

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El proyecto dispone además que el uso de inhibidores deberá complementarse con medidas de control permanentes. Entre ellas menciona requisas periódicas en celdas y pabellones, controles tecnológicos para detectar dispositivos electrónicos y acciones preventivas destinadas a evitar el ingreso de elementos prohibidos.

En las disposiciones transitorias, la iniciativa fija un procedimiento para retirar los teléfonos que actualmente poseen los internos. Dentro de los diez días hábiles de promulgada la ley, el Servicio Penitenciario Bonaerense deberá notificar a los detenidos para que entreguen voluntariamente los dispositivos en un plazo de 24 horas.

La norma establece que los teléfonos registrados podrán ser retirados por familiares o allegados del interno luego de seis meses. En cambio, aquellos equipos que no estén declarados deberán ser destruidos en un acto público ante escribano.

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Si los dispositivos no son entregados voluntariamente, el proyecto ordena realizar requisas en celdas y espacios comunes para secuestrar los teléfonos y aplicar sanciones a los responsables.

Arroyo Salgado dictó recientemente la prisión preventiva para siete personas acusadas de integrar una organización criminal que operaba desde cárceles bonaerenses y que, según la investigación, habría participado en la extorsión al soldado Rodrigo Gómez. La causa sostiene que las maniobras se realizaban mediante comunicaciones telefónicas desde el interior de las unidades penitenciarias.

El apoyo del intendente de San Isidro

En paralelo, el intendente de San Isidro, Ramón Lanús, presentó un pedido formal y urgente ante la Justicia Provincial para que deje sin efecto la autorización que permite, desde el Gobierno de Alberto Fernandez, el uso de teléfonos celulares en las unidades penitenciarias bonaerenses.

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En una carta dirigida al Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, Lanús argumenta que esta medida fue una disposición excepcional y temporal, adoptada durante la pandemia por el DNU 297/20 y sus prórrogas, cuya vigencia ya finalizó hace tiempo.

“No podemos permitir que personas condenadas por delitos sigan operando y comandando nuevos desde la cárcel”, enfatizó el intendente.

El escrito detalla que, a pesar del cese de la emergencia sanitaria, los detenidos continúan utilizando dispositivos de telefonía celular de manera indiscriminada y sin control efectivo. Esto facilita la planificación y ejecución de delitos desde el interior de los penales, agravando los niveles de inseguridad en el conurbano bonaerense, incluido el distrito de San Isidro.

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Rodrigo Andrés Gómez,Quinta de Olivos,Granaderos

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Trump reiteró su apoyo a Javier Milei al lanzar una nueva alianza regional

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En el lanzamiento de la alianza regional Escudo de las Américas en Miami, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, renovó públicamente su respaldo al presidente Javier Milei.

El nuevo apoyo público de Trump a Milei refuerza la relación bilateral y proyecta a Argentina como un socio estratégico de Estados Unidos en América Latina. Según el discurso brindado en Miami, el respaldo de Trump se da en el contexto de una coalición regional aunque con la ausencia de países como Brasil y México.

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El exmandatario estadounidense dijo que su apoyo tuvo impacto en la carrera electoral de Milei y lo señaló entre los líderes preferidos en la cumbre, al afirmar: “Estaba unos puntos abajo y subió como un cohete”.

Durante el acto de presentación de la Coalición Anticártel de las Américas, Trump agradeció la presencia de más de 17 delegaciones nacionales y elogió la decisión de los líderes que participaron en la nueva alianza. Subrayó la importancia de este bloque para combatir el avance de los cárteles y las redes criminales en la región.

La alianza Escudo de las Américas fue presentada en Miami con la participación de más de 17 delegaciones nacionales (Captura de video)

“Quiero agradecer a los miembros de la coalición, la mayoría de los cuales son amigos míos. Algunos los conocí recién, pero la mayoría son amigos, muchos de los cuales apoyé. Ellos tomaron ese respaldo y ganaron en grande”.

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El expresidente destacó a Milei entre los presentes y reiteró que aquellos a quienes ha respaldado en el pasado lograron victorias significativas. Entre bromas, Trump señaló desde el escenario: “No he tenido un mal respaldo todavía, ¿cierto?”, y a continuación, mencionó la rápida recuperación de Milei en las encuestas electorales: “Estaba unos puntos abajo y subió como un cohete, ¿verdad? En Argentina”.

Junto al presidente argentino, Trump también reconoció a los mandatarios de El Salvador, Paraguay, Ecuador y Panamá, al hacer especial mención a Nayib Bukele, Santiago Peña y Daniel Noboa por la confianza y los vínculos construidos con Estados Unidos en el marco de la alianza regional.

Apoyo previo de Trump a Milei y contexto internacional

En la Junta de la Paz celebrada en Washington en febrero, Trump ya había subrayado su apoyo a Milei ante líderes internacionales. Allí, el líder republicano recordó que su historial de respaldo a candidatos ha sido positivo tanto en Estados Unidos como en el extranjero.

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Durante ese foro internacional, orientado a la reconstrucción de Gaza, Trump declaró sobre Milei: “Yo lo apoyé, lo respaldé. No se supone que deba respaldar a personas, pero respaldo cuando me cae bien alguien”. Añadió que el presidente argentino “estaba un poco atrás en las encuestas” antes de las elecciones legislativas de 2025, pero, a su juicio gracias al respaldo, “terminó ganando por goleada”.

Javier Milei fue destacado por Donald Trump como uno de los líderes preferidos durante la cumbre regional en Miami

El apoyo del gobierno estadounidense sitúa a Argentina en una posición relevante dentro de la agenda diplomática y militar de la Casa Blanca. Junto con El Salvador y Paraguay, Argentina es uno de los tres países latinoamericanos que forman parte de la Junta de la Paz, un foro impulsado por Estados Unidos y enfocado en la reconstrucción de Gaza.

Durante la Junta en febrero, Trump anunció ayudas internacionales por 7.000 millones de dólares. Argentina, sin embargo, no realizará un aporte monetario, sino que podría contribuir con su “experiencia militar” en zonas de conflicto, diferenciando su papel del de otros países que sí ofrecerán financiación directa. Esta conducta destaca la orientación eminentemente estadounidense del foro, con una participación latinoamericana selecta y la exclusión de actores europeos y asiáticos relevantes.

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International,Relations,Diplomacy / Foreign Policy,North America

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